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Prevención de riesgos para la programación segura relacionados con la violencia basada en género
from Procedimiento para la detección, orientación y derivación de casos de Violencia Basada en Género
Y es que precisamente, parte del derecho a la dignidad se resguarda reconociendo las capacidades, experiencia y conocimientos en la base comunitaria. Por ello es fundamental que se involucre “activamente a las personas afectadas en las decisiones que les afectan” (Asociación Esfera, 2018, p.62), esto además, les contribuye a recuperar la sensación de control y protección, pero sobre todo trabajar con las comunidades refuerza el sistema de auto ayuda y cohesión comunitaria. La violencia de género ocasionada por las relaciones desiguales entre hombres y mujeres es un factor que se debe considerar en los mecanismos de protección, incluyendo la identificación de los riesgos y soluciones posibles, con la participación de todos los actores. Se deben implementar acciones para reducir las brechas de género, promoviendo la participación de las mujeres y niñas en todo el ciclo de programa y abordando factores que obstaculizan la participación segura (IASC, 2015). Un ejemplo de obstáculo es que la cultura patriarcal asigna las labores de cuidados a las mujeres, niñas y adolescentes lo que se convierte en limitante para su participación, es por ello que deben considerarse y seleccionar horas, lugares y duración de las reuniones según sus disponibilidades o bien algunas organizaciones locales han implementado como buena práctica el incorporar cuidados de niños y niñas, durante las reuniones y capacitaciones, esto para que las mujeres puedan participar activamente. Otra limitante para la participación de las mujeres es la seguridad y la movilidad de los lugares por los cuales deben desplazarse, estos elementos deben ser considerados en el análisis de riesgos de la programación de los procesos. También, a nivel metodológico la programación de las estrategias de comunicación y facilitación deben permitir a las mujeres sentirse seguras de hablar, opinar y decidir en los procesos que les afectan y benefician. Que las mujeres, adolescentes y niñas participen activamente en los procesos de toma de decisiones y en los mecanismos de protección, retroalimentación y rendición de cuentas, empodera y promueve resiliencia, es decir implica que ellas puedan “percibirse así mismas como capaces y con el derecho de tomar decisiones en igualdad ante hombres y niños” (UNFPA,2019, p.12). Para estar empoderadas, las mujeres y niñas deben gozar de sus derechos en igualdad con hombres y niños, por lo que el acceso a recursos y a la ayuda humanitaria debe ser en igualdad y seguridad. Así mismo, la IASC (2015) recomienda que todos los mensajes sobre Violencia de Género y salud se deben publicar en formatos accesibles a personas con discapacidad y establece que una acción para transversalizar la perspectiva de género es:
Proporcionar a los hombres y en particular los lideres de la comunidad, información sobre los riesgos para la salud de la violencia sexual tanto para los hombres como para las mujeres, y sobre la importancia de que personas sobrevivientes reciban atención. Velar porque los hombres y en particular los lideres de comunidad, colaboren como actores del cambio en las actividades de prevención de la Violencia de Género y en la promoción de los derechos de sobrevivientes a recibir atención (IASC, p.156.2015)
Las personas lideresas de las comunidades donde se realizan las intervenciones, deben conocer los códigos de conducta, políticas y reglamentos que orientan sobre el comportamiento que se espera del personal y sobre todo deben conocer cómo acceder a la denuncia, los mecanismos de retroalimentación y queja, los canales para comunicarse y el procedimiento que se presenta en este Manual.
Para que la acción humanitaria y todas las intervenciones que desarrollamos en las comunidades, sean seguras para sus participantes, debemos considerar todos los riesgos posibles de salvaguarda y protección, con especial énfasis en la prevención del abuso, acoso y explotación sexual, y los abusos de poder. Estos, debido a desigualdades históricas provocadas por el sistema patriarcal se acentúan en las mujeres y niñas, por lo que presentamos a continuación un contenido orientativo para la detección y prevención de la violencia basada en género y la discriminación. Violencia contra las mujeres
Según Navarro-Mantas (2012), la violencia contra las mujeres, en todas sus expresiones, ocurre en el contexto de una cultura basada en el sistema patriarcal que resalta el papel de lo masculino sobre lo femenino, legitima las diferentes manifestaciones de violencia y obstaculiza la concienciación social sobre esta problemática. Por lo tanto, se evidencia una serie de obstáculos para el pleno goce del derecho a una vida libre de violencia y del derecho a vivir con dignidad. Históricamente, El Salvador ha sido una sociedad que no escapa de ser reproductora del sistema patriarcal. Sienta en sus bases las marcadas relaciones desiguales de poder, en las que “ser mujer” significa menos valor y prestigio social. Ese proceso de construcción social de las identidades de género (masculinas o femeninas) se desarrolla a través de la socialización, y juega un papel clave las instancias socializadoras como la familia, la comunidad, el ámbito educativo, los medios de comunicación, la religión, entre otras instancias que, a partir de lo cotidiano, validan una estructura jerárquica del poder. Lo anterior se manifiesta en prácticas de discriminación y violencia, específicamente, las que se producen por razón de género. Las Naciones Unidas, en su Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, define que la violencia basada en el género es: […] todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada. (Naciones Unidas, 1993). Asimismo, la Organización Mundial de la Salud reconoce que la violencia contra las
mujeres, en su ciclo de vida, constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos de las mujeres (OMS, 2021). En el marco normativo nacional, según el Decreto Legislativo 520 (2011), la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), reconoce en su artículo 2, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Esto último comprende: “ser libres de toda forma de discriminación, ser valoradas y educadas libres de patrones estereotipados de comportamiento, prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación” (artículo 2). La violencia basada en género se profundiza en contextos de emergencia humanitaria, ya que aumentan las desigualdades, la discriminación y la violencia contra las mujeres, adolescentes, niñas y poblaciones en condición de vulnerabilidad. Así, estas poblaciones pueden requerir medidas especiales de protección y asistencia. Dentro del fenómeno de la violencia, un factor importante es analizar los mecanismos sociales que están presentes en la población y generan una percepción ante los hechos de violencia contra las mujeres, por ejemplo, los mitos, expresiones, actitudes o frases que intentan justificar, minimizar, e incluso naturalizar la violencia de género.
Tipos y modalidades
Los elementos mencionados impactan en la toma de decisiones de las mujeres que enfrentan situaciones de violencia. Esto, dependerá también de las redes de apoyo con las que cuenten, la respuesta de los estados en casos de atención, sanción y reparación de la justicia, así como, del entorno social y cultural. Las mujeres, a lo largo de la vida, pueden enfrentar diferentes tipos de violencia. La LEIV , en su artículo 9, tipifica y define los tipos de violencia contra las mujeres en:
Económica: toda conducta por acción u omisión que tiene la persona agresora contra la mujer con la finalidad de limitar, controlar o impedir que la mujer cuente con ingresos económicos. Afecta su supervivencia.
Feminicida: es considerada la forma más extrema de violencia contra las mujeres, conformada por conductas misóginas que conllevan a la impunidad social o la del Estado. Ocurre en los ámbitos públicos o privados, y culmina en feminicidio o en otras formas de muerte violenta para las mujeres.
Física: conducta directa o indirecta que tiene como finalidad causar daño o sufrimiento físico a las mujeres, con resultado o riesgo de sufrir daño. Estos actos los pueden cometer la pareja, expareja o alguna persona con la que hayan estado ligadas de forma emocional. Asimismo, se considera violencia física aquella que genera la persona agresora en el ámbito familiar, laboral o social.
Psicológica y emocional: se refiere a la conducta directa o indirecta con la finalidad de ocasionar daño emocional a las mujeres, así como la disminución de su autoestima. Afecta y perjudica un desarrollo sano. Estas conductas pueden ser verbales o no verbales, y producen minimización, desvalorización o sufrimiento. Se incluyen las amenazas, exigencia de obediencia y sumisión, culpabilización, coerción, o coacción de la libertad en cualquier tipo de relación.
Patrimonial: se refiere a las conductas, acciones u omisiones que se realizan con el fin de afectar la libre disposición del patrimonio que las mujeres tienen, incluyendo los daños a los bienes comunes o propios mediante la transformación, sustracción, destrucción, daño, pérdida, limitación, retención de objetos, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.
Sexual: se refiere a la conducta que amenaza o vulnera los derechos de las mujeres a decidir de forma voluntaria sobre su vida sexual. Cabe señalar que, la Ley contempla en este tipo de violencia acciones que no solo se refieren al acto sexual en sí, sino a todas las formas de contacto o acceso sexual, genital o no genital, que son independientes de si la persona agresora tiene algún vínculo o relación, ya sea conyugal, de pareja, social, laboral, afectiva o de parentesco con la mujer víctima.
Simbólica: todos aquellos valores, mensajes, íconos, que transmiten y reproducen desigualdad, relaciones de dominación y discriminación en las relaciones sociales, donde se naturaliza la subordinación de las mujeres. Así como, en el artículo 10, señala las modalidades y ámbitos donde se reproducen estos tipos de violencia como: el comunitario, institucional y laboral.
Ciclo de la Violencia
La autora Lenore Walker, en el año 1979, denominó ciclo de la violencia a una serie de etapas o fases que enfrenta una mujer con respecto a la vivencia del maltrato la permanencia en una relación violenta (CFEC Estudios Criminal, 2017), seguidamente se exponen: FIGURA 1 FASES EN EL CICLO DE LA VIO-
1)Calma
4)Luna de miel 2)Acumulación de tensión
3)Explosión
1) Calma: se refiere al momento o fase en la que aparentemente la relación de pareja no se encuentra en situaciones de conflicto. Si la mujer ha enfrentado el ciclo completo de violencia, puede incluso considerar que este momento de la relación existe debido a que para su pareja todo se encuentra “bien”.
2) Acumulación de tensión: en esta etapa del ciclo, es muy probable que inicien algunas estrategias de la persona agresora para manipular, controlar y ejercer violencia inicialmente psicológica contra su pareja; puede ocurrir tensión en la relación y expresiones de violencia.
3) Explosión: ocurre cuando se manifiestan diferentes expresiones de violencia, como física, sexual, psicológica, entre otras. El nivel de severidad de estas manifestaciones puede ir en aumento con cada episodio de violencia.
4) Luna de miel: se refiere a la etapa del ciclo en la que la persona agresora puede mostrarse arrepentida por los hechos cometidos. Puede intentar convencer a su pareja que hará cambios o mejoras en su comportamiento y en la relación. La víctima probablemente experimente sentimientos de culpa, y crea en las promesas de cambio de su pareja. Esta etapa del ciclo de la violencia suele vivirse en la pareja como una “nueva oportunidad”. Vuelve con la fase inicial de calma. El ciclo es cada vez más severo y frecuente de manifestaciones de violencia.
Síndrome de la mujer maltratada
Indefensión aprendida
Lenore Walker definió el síndrome de la mujer maltratada como un patrón de signos y síntomas que sufre una mujer luego de que ha sido víctima o ha enfrentado situaciones de violencia en una relación de pareja, y ha vivido el ejercicio del poder y control por parte de su pareja. Este es capaz de generar coacción para que ella haga lo que él decida: existe desprecio hacia los derechos de las mujeres (UVirtual, 2021). De acuerdo con una nota publicada por la Universidad Católica de Valencia (2018), los resultados de un estudio revelaron que el síndrome de la mujer maltratada se puede relacionar como una subcategoría o clasificación del trastorno de estrés postraumático. Alguna de su sintomatología es: recuerdos recurrentes y con perturbación del hecho de violencia, ansiedad, depresión, relaciones interpersonales conflictivas como resultado del ejercicio de poder por el agresor, distorsión de la imagen corporal, dificultades en su salud física y sexual.
De acuerdo con la propuesta de Seligman en 1975, la indefensión o la desesperanza aprendidas se refieren a un estado psicológico que se hace presente cuando se considera que las situaciones o acontecimientos se salen del control; se piensa o siente que no se puede hacer nada para cambiar esa situación, o que aun haciendo algo el panorama no cambiará (Villanueva, 2012). Micó (2021), citando a Walker (1989), reseña que las mujeres maltratadas desarrollan sentimientos de indefensión que les limita la capacidad de solucionar y afrontar problemas, lo que hace que permanezcan en relaciones violentas. De acuerdo con la autora, la indefensión se aprende desde la infancia; entonces, se trata de mujeres que han sido constantemente violentadas, en estados de depresión que alteran sus percepciones, generando mecanismos como la minimización o negación. Según la autora, en la indefensión aprendida concurren tres componentes: pasividad, empobrecimiento de la capacidad para resolver problemas y sentimiento creciente de indefensión, incompetencia, frustración y depresión. Es importante recalcar que no todas las mujeres violentadas actúan con pasividad y se ven indefensas, otras mujeres sí logran reconocer la situación de violencia y buscan salir de este ciclo con apoyo de autoridades y personas de confianza.
Mitos de la violencia basada en género
De acuerdo con las autoras Bosch-Fiol y Ferrer-Pérez (2012), los mitos son creencias estereotipadas generalmente falsos, sostenidos de forma persistente en el tiempo y se clasifican en tres categorías: 1. Los que están relacionados con la marginalidad. 2. Aquellos relacionados con el agresor. 3. Los mitos sobre las mujeres maltratadas. A continuación, se hace una revisión de los mitos más frecuentes. TABLA 1. CLASIFICACIÓN DE LOS MITOS SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO2 Mitos REALIDADES
Mitos sobre la marginalidad:
La violencia solo ocurre en países subdesarrollados o solo ocurre a familias con problemas. La violencia contra las mujeres en su ciclo de vida ocurre en todo el mundo. Se puede analizar su impacto a través de los estudios y las estadísticas de cada país. Ocurre en cualquier familia, en todos los grupos sociales, étnicos, culturales, de cualquier edad, nivel de ingresos, estudios u ocupación (Carlshamre, 2005; Keltosova, 2002; Heise y García-Moreno, 2003, como se citó en Bosch-Fiol y Ferrer-Pérez, 2012).
Si bien el factor de ser testigo de violencia de género en la infancia puede suponer una serie de secuelas a lo largo de la vida, no hay suficientes evidencias que comprueben que todos los agresores han sido maltratados o han vivido el maltrato desde pequeños. También, no todos los agresores tienen esa conducta debido a que padecen una enfermedad mental; en su mayoría, están en pleno uso de sus facultades mentales cuando cometen los actos de violencia. Asimismo, el consumo de alcohol, drogas o medicamentos puede ser considerado como factor de riesgo, no obstante, no es apropiado considerar ello como una causa de episodios o hechos de violencia. Por último, tal como lo señaló la ONU en el año 2006 (como se citó en Bosch-Fiol y Ferrer-Pérez, 2012), los celos son utilizados por la persona agresora para intentar ejercer control y restringir o aislar a su pareja del contacto con las demás personas. Nunca son la causa de la violencia.
Mitos sobre el agresor:
Los hombres maltratadores tienen ese comportamiento porque lo han aprendido en casa. Probablemente, han sido maltratados desde su infancia o han observado conductas agresivas. También, tienen una enfermedad mental, consumen o han consumido drogas, alcohol, medicamentos o lo hacen porque tienen celos de su pareja.
Mitos sobre las mujeres maltratadas o sobrevivientes de violencia:
La violencia solo les pasa a cierto tipo de mujeres, con características específicas. Las mujeres que enfrentan situaciones de violencia y no abandonan la relación es porque les gusta o porque han hecho algo para merecer ese trato. Cualquier mujer puede enfrentar violencia en su ciclo de vida. Diferentes estudios realizados revelan que las mujeres enfrentan situaciones de violencia en los ámbitos públicos y privados; no existe distinción de raza, etnia, estatus social, preparación académica, edad, ya que esta violencia ocurre como su misma definición lo expresa: por ser mujer. Asimismo, hay factores sociales, económicos, culturales, entre otros, como el ciclo de la violencia (que se revisará a continuación), que dificultan o impiden que la mujer rompa el silencio, busque ayuda y tenga acceso a una vida libre de violencia. La responsabilidad de los hechos de violencia siempre es de la persona que comete la acción, es decir, de la persona agresora, tal como lo reconoce la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, ONU, 1995 (como se citó en Bosch-Fiol y Ferrer-Pérez, 2012). Las formas de violencia contra las mujeres son una violación de los derechos humanos y un obstáculo para el pleno disfrute de todos los derechos humanos por parte de las mujeres.