REVISTA LABORAL – TOMO I
Por su parte, el Art. 5 del C. del T. limitó la irrenunciabilidad de los derechos laborales al lapso durante el cual el contrato e trabajo permanezca vigente, de manera que, una vez extinguido
éste, no existe inconveniente jurídico para que se produzcan renuncias de beneficios jurídicamente eficaces. Lo anteriormente expresado, autoriza para sostener que, bajo el imperio de la legislación
actualmente vigente el finiquito suscrito por una trabajadora que se encuentre en conocimiento de su estado de embarazo constituye una renuncia válida del fuero que le asiste de conformidad al Art. 201 del C. del T.
A la inversa, si la mujer hubiese suscrito el finiquito desconociendo su estado de embarazo, hecho que constituye la causa del fuero, no podrá estimarse que ha renunciado derecho alguno y cobrará plena vigencia la disposición del Art. 201 la cual ordena su inmediata reincorporación.
PROCEDIMIENTO POR NEGATIVA DEL EX TRABAJADOR DE FIRMAR FINIQUITO En el caso que el extrabajador se negare a firmar el finiquito por cualquier circunstancia, el empleador no podrá exigirle firmarlo. Ante la negativa es recomendable que el empleador proceda según las siguientes formalidades:
Enviar carta certificada al extrabajador dirigida al domicilio que figure en el respectivo contrato
de trabajo, en la cual se le indicará que se encuentra a su disposición finiquito para su firma y ratificación ante ministro de Fe, el cual arroja un saldo a favor de $______________.
Dejar constancia en la página web de la Dirección del Trabajo del Trabajo, en la que se indique que el extrabajador se ha negado a firmar finiquito.
LA CARTA AMONESTACIÓN
La amonestación es la primera herramienta a disposición de la empresa para sancionar e intentar corregir faltas e incumplimientos leves o graves por parte del trabajador, La amonestación puede darse de forma verbal o escrita: LA AMONESTACIÓN VERBAL Es una sanción por falta leve con la que se advierte al trabajador de la posibilidad de ser sancionado más gravemente si persiste en su conducta infractora.
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