el Zemillero 20

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Semillero de Redes, Organizaciones y Colectivos de Resistencia y Rebeldía adheridos a la Sexta Nacional e Internacional

Cooperación solidaria, octubre 18, 2020, Año I, No. 20

La lucha es a pie de tierra 528 años de Resistencia por la Autonomía, por la Libertad, pór la Justicia... por la Vida

Bachajón Comunidades bajo asedio

¡¡No a la Guardia Nacional!! A los pueblos originarios del mundo, Mexico y Chiapas. A los medios masivos de comunicación

L

os habitantes del municipio de Chilón, Chiapas, repudiamos rotundamente la instalación de la Guardia Nacional en nuestro municipio, toda vez que vivimos en paz y tranquilidad, y no tenemos la necesidad de que haya presencia militar en nuestro territorio. Ya que en el año 1994 cuando se dio el movimiento zapatista de liberación nacional, ezln, el gobierno federal en turno instaló bases militares en diferentes comunidades pertenecientes a los pueblos originarios de chiapas dando como resultado un alto indice de asesinatos, mujeres violadas, embarazadas y abandonadas, separación de matrimonios, niños abandonados, incremento del alcoholismo, drogadicción y prostitución, asi como propagación de la delincuencia organizada e inseguridad. Por lo que no permitiremos la instalación de guardia nacional y solicitamos la inmediata destitucion del ing. Carlos ildefonso jimenez trujillo, presidente muncipal de chilón chiapas, y del c. Juan jiménez hernández, comisariado ejidal del ejido san sebastian bachajón, municipio de chilón, por haber firmado convenio para instalar una base de la guardia nacional a 2 km del citado ejido sin consultar a los habitantes del municipio. Exigimos al gobierno federal, estatal, y municipal que se instalen medidas eficaces para dar marcha atrás a la instalación de esta base militar en el municipio de chilón, chiapas; asi como el respeto a los derechos y cultura de los pueblos originarios de chiapas y de méxico, de conformidad con:

Artículo 2°- párrafo 2°, Artículo 13° del 169 Convenio de la OIT Sobre pueblos indígenas y tribales 1989. Los acuerdos de San Andrés Art.129 Constitucional. Artículo 7°- parrafos 1 y 3 de la Constitucion Política del estado de Chiapas.

Artículo 19°- de la declaración de las naciones undas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Numeral xxiii y demás relativos de la declaracion americana sobre los derechos de los pueblos indígenas. Solicitamos a la población su comprensión y apoyo solidario por las acciones que estamos emprendiendo, y responsabilizamos al gobierno federal, estatal y municipal, de cualquier acto de represión que pudieran ejecutar en nuestra contra, al tiempo que hacemos un llamado a las organizaciones sociales inde-

pendientes, organismos de derechos humanos en chiapas y méxico, a que juntos conformemos un frente único para poner un alto a la continuidad de la politica neoliberal. “Alto a la militarización en Chiapas y México”, “Respeto a los acuerdos de San Andrés”, “Respeto a la autonomía y cultura de los pueblos originarios”, “Alto a los megaproyectos”, “Respeto a la madre tierra” 5 de octubre de 2020

Represión y criminalización a población que defiende su territorio

J

osé Luis Gutiérrez Hernández y Cesar Hernández Feliciano con lesiones y en privación arbitraria de su libertad.

El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba) documentó que alrededor de 300 elementos de la Policía Estatal, Municipal, Sectorial y de la Guardia Nacional reprimieron una movilización pacífica en el punto conocido como crucero de Temó, en el municipio de Chilón, Chiapas, México. Dos personas fueron privadas arbitrariamente de su libertad y varias resultaron heridas, el día de hoy, entre las 10:30 y las 11:00 horas, durante un violento operativo de desalojo en contra de habitantes de San Jerónimo y San Sebastian Bachajón, quienes se oponen a la militarización de su territorio. En un video publicado por el periodista Mario Nájera se observa el uso excesivo e injustificado de

la fuerza así como Tratos Crueles, Inhumanos y/o Degradantes en la detención ilegal de José Luis Gutiérrez Hernández, (José Luis) de 46 años de edad, originario de la comunidad Bahuits Guadalupe y de César Hernández Feliciano, (César) de 30 años de edad, originario de la comunidad San Martin Cruztón, del municipio de Chilón, acusados de ataques a la vías de comunicación1. Ambos de identidad Maya Tseltal, fueron detenidos en el crucero Temó Ocosingo-Palenque2. Los policías municipales directamente responsables son: Guillermo López Díaz, Samuel Jiménez Deara y Carlos Alberto Bertono Gutiérrez. De acuerdo a los testimonios de José Luis y César, quienes se

a la p. 2


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