Calendario escolar 2016/7

Page 1

BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 152

MARTES 28 DE JUNIO DE 2016

Pág. 95

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 22

ORDEN 2049/2016, de 22 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2016-2017 en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Administración educativa debe establecer anualmente el calendario escolar, que comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias. En el proceso de elaboración de esta Orden han sido oídas las organizaciones representativas del profesorado y ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificado por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Asimismo, se ha tenido en cuenta el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid. En uso de las competencias atribuidas por el Decreto 198/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. DISPONGO Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación La presente Orden tiene por objeto establecer el calendario escolar para el curso 20162017. Su contenido será de aplicación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas en la Comunidad de Madrid. Artículo 2 2.1. Actividades escolares. Las actividades escolares se desarrollarán entre los días 1 de septiembre de 2016 y 30 de junio de 2017, salvo en las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos que desarrollarán su actividad escolar entre los días 1 de septiembre de 2016 y 28 de julio de 2017, con excepción, en todos los casos, de las correspondientes vacaciones y días festivos. 2.2. Actividades lectivas. 2.2.1. En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos, las actividades lectivas comenzarán el día 6 de septiembre de 2016 y finalizarán el día 28 de julio de 2017. Los niños escolarizados en unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos podrán hacer uso del calendario de primer ciclo de Educación Infantil en las condiciones que oportunamente establezca la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. 2.2.2. En los centros que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Especial las actividades lectivas comenzarán el día 8 de septiembre de 2016 y finalizarán el 22 de junio de 2017.

BOCM-20160628-22

Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.