Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
LA EUTANASIA: PERSPECTIVA SOCIAL Y JURÍDICA
Autor: Laura Bojko Tutores: Maite Fernández Rodríguez y Alberto Higuera Antón 0
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La eutanasia: perspectiva social y jurĂdica
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La eutanasia: perspectiva social y jurídica
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA JUAN GRIS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Comunidad de Madrid
La eutanasia: perspectiva social y jurídica Este trabajo ha sido realizado en el programa «Bachillerato de Investigación del I.E.S. Juan Gris» Móstoles (Madrid). Febrero de 2018 Cursos: 2016-2017 2017-2018 Centro: I.E.S Juan Gris AUTOR: Laura Bojko TUTORES: Maite Fernández Rodríguez y Alberto Higuera Antón
Este trabajo está bajo licencia de Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual
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«Me gustaría agradecer este trabajo a mis tutores, Maite Fernández Rodríguez y Alberto Higuera Antón. Gracias por vuestra dedicación, colaboración y sobre todo por guiarme tanto durante estos dos años, al igual que a Javier Murillo Arroyo y Gregorio Rosa Palacios, por transmitirme entusiasmo y confianza. También quiero agradecer a Amparo Botejara y Francisco Igea, por la gran oportunidad de entrevistarles. Por último, a mis amigos y en especial a mi familia, por apoyar mi trabajo y ayudarme en todo lo posible».
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ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................ 8 1.1 Síntesis ............................................................................................................................... 8 1.2 Interés ................................................................................................................................. 8 1.3 Descripción del trabajo ........................................................................................................ 9 1.4 Delimitación del objeto de estudio ..................................................................................... 10 1.5 Metodología ...................................................................................................................... 10 1.6 Objetivos .......................................................................................................................... 13 1.7 Hipótesis ........................................................................................................................... 13 2. La eutanasia: precisiones terminológicas ............................................................................. 15 2.1 ¿Qué es la eutanasia?......................................................................................................... 15 2.2 Tipos de eutanasia: ............................................................................................................ 15 2.3 Otras definiciones ............................................................................................................. 17 Suicidio asistido .................................................................................................................. 17 Ortotanasia y distanasia ....................................................................................................... 18 Enfermedad terminal ........................................................................................................... 18 Cuidados paliativos ............................................................................................................. 18 Limitación del esfuerzo terapéutico ..................................................................................... 19 Doble efecto........................................................................................................................ 19 3. Referencia histórica de la eutanasia ..................................................................................... 21 3.1 En la antigüedad. ............................................................................................................... 21 3.2 En la edad media. .............................................................................................................. 23 3.3 En la modernidad. ............................................................................................................. 25 4. Argumentos en contra de la eutanasia .................................................................................. 27 5. Argumentos a favor de la eutanasia ..................................................................................... 29 6. Casos .................................................................................................................................. 31 6.1 Ramón Sampedro .............................................................................................................. 31 6.2 Brittany Maynard .............................................................................................................. 32 6.3 Andrea Lago Ordóñez ....................................................................................................... 34 7. Aspectos legales .................................................................................................................. 35 7.1 En Europa ......................................................................................................................... 36 7.1.1 Holanda. Eutanasia y suicidio médicamente asistido ................................................... 36 7.1.2 Bélgica. Eutanasia ...................................................................................................... 39 7.1.3 Luxemburgo. Eutanasia y suicidio médicamente asistido ............................................ 40
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7.1.4 Suiza. Suicidio asistido ............................................................................................... 42 7.1.5 Alemania. Suicido asistido.......................................................................................... 43 7.2 Fuera de Europa ................................................................................................................ 43 7.2.1 Estados Unidos ........................................................................................................... 43 Oregón. Suicidio médicamente asistido ........................................................................... 43 Washington. Suicidio médicamente asistido .................................................................... 44 Montana. Suicidio médicamente asistido ......................................................................... 44 Vermont. Suicidio médicamente asistido ......................................................................... 45 California. Suicidio médicamente asistido ....................................................................... 46 7.2.2 Quebec. Suicidio médicamente asistido ...................................................................... 46 7.2.3 Australia. Eutanasia voluntaria ................................................................................... 47 7.3 En España ......................................................................................................................... 47 7.3.1 Leyes Autonómicas .................................................................................................... 48 7.3.2 Propuestas .................................................................................................................. 50 Proposición de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida. ............................................................................................................... 50 Proposición de Ley Orgánica sobre la eutanasia. .............................................................. 51 8. Marco social: encuestas ....................................................................................................... 54 8.1 Encuesta 2.803 del CIS ..................................................................................................... 54 8.2 Encuesta 8.811 del CIS ..................................................................................................... 57 8.3 Encuesta IPSOS MORI ..................................................................................................... 57 8.4 Encuesta I.E.S. Juan Gris .................................................................................................. 59 9. Conclusiones ....................................................................................................................... 62 10. Errores y mejoras .............................................................................................................. 63 11. Anexo I: Entrevista a Francisco Igea, diputado de Ciudadanos ........................................... 64 12. Anexo II: Entrevista a Amparo Botejara, diputada de Podemos.......................................... 74 13. Anexo III. Encuesta I.E.S. Juan Gris .................................................................................. 87 14. Bibliografía ....................................................................................................................... 98
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1. INTRODUCCIÓN 1.1 Síntesis En este trabajo se abordará la eutanasia desde una perspectiva interdisciplinar, realizando un análisis del marco legal y social de esta práctica. En el marco legal se analizarán las distintas leyes que regulan la eutanasia y suicidio asistido en el mundo. Se incluyen, además, dos entrevistas a los partidos políticos Podemos y Partido de la Ciudadanía. En el marco social se procederá a analizar algunas encuestas, como es el caso de la encuesta realizada a los alumnos que cursan Bachillerato en el IES Juan Gris (Móstoles, Madrid). Todo ello, con la finalidad de conocer su opinión sobre la eutanasia. Abstract This research work studies euthanasia from an interdisciplinar point of view, doing an analysis of the legal and social framework. The legal framework analyses the different laws that regulate euthanasia around the world. Two interviews to two political parties, Podemos and Ciudadanos, are included. Some surveys are analysed in the social framework. A survey is carried out among the Bachillerato students of the Juan Gris High School (Móstoles, Madrid) in order to find out their opinion about euthanasia.
1.2 Interés La decisión de hacer un trabajo de investigación no fue fácil, pero era una oportunidad que no podía desaprovechar ya que además de contribuir en investigaciones iniciadas, me ayudaría a adquirir nuevos conocimientos en materias no exploradas. La elección del tema tampoco fue algo sencillo, ya que tenía el corazón dividido entre fisioterapia y eutanasia. Tras varias dudas me atreví con el segundo. Decidí abordar el tema de la eutanasia ya que cumplía con muchos de los requisitos que puse como condición para hacer el trabajo.
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El primero es el aspecto controvertido de la eutanasia. Necesitaba que el tema que escogiese fuese objeto de discusión, con muchos puntos de vista distintos. Es posible que esto produzca rechazo a la hora de leer el proyecto, pero seguro que dará mucho que pensar. Al ser una cuestión tan polémica, es interesante conocer la opinión de la sociedad al respecto. Por ello, he realizado una encuesta a los alumnos que cursan Bachillerato en el centro I.E.S. Juan Gris, para conocer su punto de vista sobre esta práctica, además de su conocimiento sobre ella. Cabe añadir que problema sobre la regulación de la eutanasia está a la orden del día, por tanto, siempre habría algún suceso nuevo que investigar. Debido a ello, he tenido la oportunidad de entrevistar a dos diputados de partidos políticos distintos, que han presentado propuestas de leyes orgánicas para regular la práctica de la eutanasia y cuidados paliativos. Otro aspecto que me sorprendió sobre la eutanasia y que me animó a escogerla como tema de investigación, fue la diferencia legal que existe sobre esta práctica en países relativamente cercanos y parecidos, como son España y los Países Bajos.
1.3 Descripción del trabajo La idea inicial de este trabajo era analizar las razones y causas por las que una persona decide que se le practique la eutanasia. Este camino no lo pude continuar ya que había mucha disconformidad de ideas. En lo poco que investigué en esta rama, descubrí que las personas que tienen cáncer son las que más solicitan que se les practique la misma. También son frecuentes las solicitudes por parte de personas con enfermedades psíquicas. Pero, recalco, que las opiniones eran muy diversas en cuanto a las causas por las que una persona solicita la práctica de la eutanasia, y por ello, no era un camino factible. Al rechazar esta vía, pensé en investigar las «Barreras que impiden legalizar la eutanasia en España». Esta temática tampoco era viable ya que no se puede trabajar sobre supuestos sino sobre realidades. Es decir, se debe investigar sobre sucesos que ya se han puesto en práctica y han tenido algún resultado, ya sea bueno o haya tenido un final perjudicial.
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La idea final, y la más idónea, es la de centrar la investigación en crear un trabajo de carácter descriptivo, en el que se van a tratar los rasgos más importantes para entender esta práctica. Cuando me decidí por esta opción, volví a comenzar con la investigación y delimité el objeto de estudio.
1.4 Delimitación del objeto de estudio La eutanasia es un tema de estudio muy amplio. En este trabajo se va a analizar principalmente el aspecto legal de diferentes países, como Bélgica, Suiza, Holanda, así como el marco jurídico español. Previamente, se realizará un análisis general sobre la eutanasia, se aclararán los tipos de eutanasia que existen, se comentará algunas referencias históricas, etc., todo ello con la finalidad ulterior de situar al lector y aportarle las herramientas suficientes para poder comprender el estudio. También se explicarán algunos de los argumentos a favor y en contra que existen en relación con esta práctica y se hará mención particular a personas que han luchado por la misma. Otro aspecto importante de este trabajo es el social. Por ello, se analizarán encuestas realizadas tanto a partidos políticos como a los estudiantes que cursan Bachillerato en el I.E.S. Juan Gris. En este trabajo no se hablará de los aspectos médicos, biológicos, morales, ni éticos de la eutanasia.
1.5 Metodología La mayor parte de la investigación se centró en leer artículos, libros, encuestas, etc., para obtener información de todo lo relacionado con la eutanasia. Todo lo que se leyó sobre esta práctica, sirvió para formar una opinión propia. A la hora de leer, los aspectos que resultaban más interesantes fueron los que delimitaron el objeto de estudio. Estos aspectos fueron: •
Definición de eutanasia
•
Tipos de eutanasia
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•
Historia de la eutanasia
•
Argumentos a favor y en contra de la eutanasia
•
Casos conocidos de personas que lucharon por la eutanasia
•
Marco legal
•
Marco social Estos puntos conformarán el trabajo de investigación, que como ya se ha
mencionado, es un trabajo descriptivo sobre la eutanasia. Una vez realizado este esquema, fue necesaria la oportuna documentación, que gracias a esta delimitación, se hizo más sencilla y productiva. Todo este conocimiento, se ha plasmado en el trabajo. La mayor parte de las definiciones han sido extraídas de la Real Academia Española o de las instituciones correspondientes. El resto de la información se ha obtenido mediante un resumen y análisis de artículos que se mencionan en el punto 14. Bibliografía. El marco legal es uno de los pilares fundamentales de este trabajo y se ha construido a partir de la lectura y análisis de las leyes que regulan la eutanasia y el suicido médicamente asistido de los diferentes países del mundo. Al investigar el marco legal nacional surgió la duda de por qué en España no está legalizada esta práctica. Por ello, se ha realizado una investigación y realmente se ha visto que existen posibles propuestas de leyes. A modo de ejemplo, el partido político Podemos realizó en 2017 una propuesta para despenalizar esta práctica, y Ciudadanos presentó una ley de cuidados paliativos, también en ese mismo año. Con la ayuda de D. Javier Murillo, secretario del I.E.S. Juan Gris, se procedió a contactar con ambos partidos para conocer cuáles eran las aportaciones que hacían sus propuestas. Además, se planteó la oportunidad de realizar una entrevista con ambos. Junto a Maite Fernández, tutora de este trabajo, se determinaron los objetivos de estas entrevistas, que son mencionados en el apartado de 1.6 Objetivos, y que sirvieron de base para la realización de un guion de preguntas que se iban a realizar a ambos diputados.
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Las entrevistas se realizaron a D.ª Amparo Botejara, médico y diputada de Podemos, y a D. Francisco Igea, médico y diputado de Ciudadanos. Ambas se realizaron el día 12 de junio de 2017. Tras las entrevistas, estas fueron transcritas y se obtuvieron las oportunas conclusiones que después pasaran a detallarse. Otro de los aspectos importantes del trabajo es la perspectiva social de la eutanasia. Por ello, se han analizado varias encuestas en las que se conoce la opinión de los ciudadanos sobre la eutanasia. Estas encuestas, realizadas por distintas organizaciones, no son muy recientes. Por ello, para solventar las posibles lagunas que se habían planteado, se decidió realizar una encuesta. El objetivo es que la muestra fuese de toda la población española, pero obviamente no se disponían de medios suficientes para llevar a cabo la misma. Por ello, se escogió una muestra de alumnos de Bachillerato del I.E.S. Juan Gris. Su elección se basa en la mayor madurez y conocimiento en estas materias de actualidad, así como mayores conocimientos que permiten contestar a la encuesta realizada de forma más seria y precisa que a la que realizaría un alumno de la ESO. «Formularios de Google» fue la herramienta empleada para ello y se obtuvieron alrededor de unas 95 respuestas. Además, D. Gregorio Rosa, jefe de estudios, facilitó en su página web personal el enlace a la encuesta, con la finalidad de obtener un acceso más sencillo a la misma. Esta encuesta constaba de ocho preguntas, algunas de selección y otras en las que tenía que redactar el encuestado. La cuestión principal que se quería obtener es la concepción del término eutanasia de la población anteriormente definida. Para definir este concepto se puso como opción cada una de las diferentes definiciones que tiene la eutanasia, es decir, cada opción correspondía a un tipo distinto de eutanasia. La primera opción correspondía a la eutanasia activa, la segunda a la pasiva, la tercera a la indirecta, la cuarta a la eutanasia voluntaria y la quinta a la no voluntaria. Una vez resuelta esta pregunta, el resto son cuestiones de conocimiento general sobre la práctica de la eutanasia, que tenían como objetivo descubrir el conocimiento de la población sobre esta temática.
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En la segunda se plantea la opción de que un médico pueda plantear la eutanasia activa, y en la tercera cuestión, la posibilidad de la práctica de la eutanasia pasiva.
1.6 Objetivos El principal objetivo de la investigación es realizar un enfoque global sobre la eutanasia, desde una perspectiva interdisciplinar. Es decir, desde una visión legal, social, política, histórica, etc. Además, se quiere dar a conocer la eutanasia, práctica considerada como poco conocida por la sociedad. Los objetivos de las entrevistas son: •
Conocer la postura del partido político.
•
Conocer el apoyo de la propuesta.
•
Entender porque no se ha legalizado antes la eutanasia en España.
•
Averiguar si la regulación de la eutanasia está relacionada con aspectos económicos, políticos, religiosos, o de otro tipo.
Los objetivos de la encuesta son: •
Conocer que entiende por eutanasia la sociedad.
•
Determinar el conocimiento e información que tiene la sociedad joven sobre la eutanasia.
1.7 Hipótesis •
La eutanasia es un término con muchas acepciones.
•
Son pocos los argumentos y asociaciones que están a favor de la eutanasia.
•
En España, no se han dado casos de personas que solicitasen la eutanasia.
•
En España no se han presentado propuestas para regular la eutanasia.
•
No existen razones médicas ni científicas para explicar el marco legislativo menos favorable a la eutanasia en España, sino que son factores de carácter social, cultural, etc, los que lo explican. 13
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•
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La población joven no está informada sobre temas tan polémicos, como es la eutanasia.
•
La población no conoce la situación legal de esta práctica.
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2. La eutanasia: precisiones terminológicas 2.1 ¿Qué es la eutanasia? Cuando hablamos de eutanasia nos estamos refiriendo a un tema novedoso. Según la Real Academia Española, el término eutanasia tiene dos definiciones. La primera es «la intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura». La segunda definición, y más enfocada al ámbito médico, explica la eutanasia como la «muerte sin sufrimiento físico». Etimológicamente, la palabra eutanasia proviene del griego «eu», que significa bien, y «thánatos», muerte. Por tanto, la palabra eutanasia no significa otra cosa que buena muerte o morir bien. Sin embargo, esta palabra ha adquirido otro sentido, algo más específico, que es la acción u omisión destinada a provocar la muerte en un enfermo, a petición libre y voluntaria de éste, con el fin de evitarle sufrimientos que le resulten insoportables. 1
2.2 Tipos de eutanasia: No hay unanimidad acerca de los posibles tipos de eutanasia que existen y como diferenciar unos de los otros, pero podemos tener en cuenta algunos criterios para intentar hacerlo: 1. Según la manera de administrar la sustancia: Bajo este criterio podemos distinguir dos tipos de eutanasia: eutanasia indirecta y eutanasia directa. La primera, eutanasia indirecta2, corresponde a la acción por la cual se tiene como única intención aliviar el sufrimiento del paciente. Para ello, se suministran analgésicos que calmen los dolores. En España, a esta práctica se la conoce como cuidados paliativos. 1
MACÍA, R., Eutanasia: concepto legal, 2008, Pág. https://www.eutanasia.ws/hemeroteca/z14.pdf (visitado en enero de 2018). 2 Ibidem, Pág. 2.
2,
consultado
en:
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Por su parte, la eutanasia directa3 se realiza cuando la única intención es producir la muerte en el paciente, por medio de sustancias letales cuando las acciones que se realizan sobre el enfermo tienen únicamente la intención de provocar su muerte. En la eutanasia activa se consideran dos subtipos: •
Eutanasia activa4: consiste en la administración deliberada de fármaco con la intención provocar la muerte en un enfermo, a petición libre y voluntaria de éste.
•
Eutanasia pasiva5: consiste en la suspensión o no iniciación de un tratamiento que mantiene con vida al paciente. Esta práctica médica está permitida por la Organización Mundial de la Salud.
El segundo criterio por el cual se distinguen los tipos de eutanasia es: 2. Según la voluntad del paciente: Al igual que en el anterior criterio, se distinguen dos tipos de eutanasia, la eutanasia voluntaria y la no voluntaria. La eutanasia voluntaria6 se produce cuando el paciente se encuentra en plenas facultades físicas y mentales para solicitar que le ayuden a morir, es decir, el paciente da su consentimiento. La eutanasia no voluntaria7 se produce de varias maneras. La primera, cuando el paciente no se encuentra plenas facultades físicas y mentales para solicitar la muerte, pero escribió un testamento para solicitar ayuda en caso de que no pudiese hacerlo él mismo. El segundo caso se produce cuando tampoco se encuentra en plenas facultades físicas y mentales para pedir que lo ayuden a morir, y es sometido a la eutanasia sin conocer cuál es su voluntad.
MACÍA, R., Eutanasia: concepto legal… Op Cit., Pág. 2 PADOVANI,A. y CLEMENTE, M., Eutanasia y legislación., Revista Ciencias Médicas, Vol. 12, Núm. 2, agosto 2008, Pág. 8, consultado en: http://scielo.sld.cu/pdf/rpr/v12n2/rpr15208.pdf (visitada en enero de 2018). 5 Ibidem, pág. 9 6 NOMBELA, C., LÓPEZ, F., SERRANO, J., POSTIGO, E., ABELLÁN, J. y PRENSA, L., La eutanasia: perspectiva ética, jurídica y médica, Pág. 3, consultado en: http://eprints.ucm.es/11693/1/La_Eutanasia_perspectiva_etica_juridica_y_medica.pdf (visitada en enero de 2018). 3 4
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Ibidem,. Pág. 3.
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Todas ellas, excepto la eutanasia no voluntaria, requieren del consentimiento válido del paciente, o de un representante de éste. Estos tipos de eutanasia no son fijos, sino que se pueden combinar entre sí. De esta forma podemos distinguir: •
Eutanasia voluntaria activa: aquella en la que el paciente pide que lo ayuden a morir por medio de sustancias letales. Este caso es el más fácil de justificar ya que el paciente está completamente seguro de su decisión y así la solicita.
•
Eutanasia voluntaria pasiva: el paciente solicita que se le ayude a morir suspendiendo su tratamiento. Supongamos el caso de un paciente con fuertes lazos religiosos. Esta persona, basándose en su religión, no podría solicitar la eutanasia activa, ya que el catolicismo entiende que la vida es un don que nos ha sido entregado Dios, y solamente él es quien nos la puede quitar. En este caso, el paciente podría solicitar la eutanasia pasiva, ya que simplemente se está interrumpiendo el tratamiento, y la muerte es un efecto que se produce por esta interrupción.
•
Eutanasia no voluntaria activa.
•
Eutanasia no voluntaria pasiva.
En los dos últimos casos el paciente no se pronuncia acerca de cómo le gustaría finalizar su vida. En este trabajo, cada vez que se hable de eutanasia, se especificará a qué tipo de esta se está haciendo referencia. Aunque la mayor parte de las veces entenderemos eutanasia como acción de producir la muerte a un paciente para aliviar su sufrimiento.
2.3 Otras definiciones Suicidio asistido Primero de todo, debemos saber que es el suicidio. Según la Real Academia Española, el suicidio es el acto de quitarse, voluntariamente, la propia vida.
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El suicidio asistido es la acción por la cual una persona, normalmente un médico o profesional sanitario, ayuda a otra persona a acelerar su muerte. Para ello le puede dar fármacos o simplemente consejos sobre cómo hacerlo 8. Cuando la ayuda la proporciona un médico, se denomina, suicidio médicamente asistido. El suicidio asistido está prohibido en nuestro país.
Ortotanasia y distanasia Aunque en este trabajo no se hablará de ello, la ortotanasia y la distanasia son conceptos que mantienen una estrecha relación con nuestro objeto de estudio. El primero, ortotanasia proviene del griego «orthos», recto, y «thánatos», muerte. Según la Real Academia Española, se refiere a «muerte natural de un enfermo desahuciado sin someterlo a una prolongación médicamente inútil de su agonía», por tanto, procura que la muerte ocurra en su tiempo correcto. Los médicos pueden proporcionar tratamientos que disminuyan el dolor del paciente, pero bajo ningún concepto pueden alterar el transcurso de la enfermedad ni el periodo de vida de éste. La distanasia es una palabra que proviene del latín dysthanasia y este del griego «dis», que significa mal, y «thánatos», muerte. Esta palabra, etimológicamente, es lo
contrario a la eutanasia. La distanasia, según la Real Academia Española, es la «prolongación médicamente inútil de la agonía de un paciente sin perspectiva de cura »,
es decir, suministrar al paciente medicamentos que además de calmar sus síntomas, prolonguen su vida sin tener en cuenta la calidad que tenga esta.
Enfermedad terminal Aquella persona que sufre una enfermedad de la que no cabe esperar que se recupere, con una esperanza de vida corta, desde algunas semanas a varios meses 9.
Cuidados paliativos El verbo paliar viene del latín palliare, pallium, capa y significa tapar, encubrir. La Organización Mundial de la Salud define los cuidados paliativos como el «enfoque que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los
problemas asociados con enfermedades amenazantes para la vida, a través de la 8
MARTÍNEZ, K., Eutanasia y cuidados paliativos: ¿amistades peligrosas?, Pág. 142, consultado en: https://eutanasia.ws/hemeroteca/eukoldo.pdf (visitada en enero de 2018). 9 NOMBELA, C., LÓPEZ, F., SERRANO, J., POSTIGO, E., ABELLÁN, J. y PRENSA, L., La eutanasia: perspectiva ética, jurídica y médica.... Op Cit., Pág. 5.
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prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana e impecable evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas, físicos, psicológicos y espirituales». La Asociación Española Contra el Cáncer completa esta definición con los siguientes principios sobre los cuidados paliativos: ● «Proporcionan alivio del dolor y otros síntomas. ● Afirman la vida y consideran la muerte como un proceso normal. ● No intentan ni acelerar ni retrasar la muerte. ● Integran los aspectos espirituales y psicológicos del cuidado del paciente. ● Ofrecen un sistema de soporte para ayudar a los pacientes a vivir tan activamente como sea posible hasta la muerte. ● Ofrecen un sistema de soporte para ayudar a la familia a adaptarse durante la enfermedad del paciente y en el duelo. ● Utilizan una aproximación de equipo para responder a las necesidades de los pacientes y sus familias, incluyendo soporte emocional en el duelo, cuando esté indicado. ● Mejoran la calidad de vida y pueden también influenciar positivamente en el curso de la enfermedad. ● Son aplicables de forma precoz en el curso de la enfermedad, en conjunción con otros tratamientos que pueden prolongar la vida, tales como quimioterapia o radioterapia, e incluyen aquellas investigaciones necesarias para comprender mejor y manejar situaciones clínicas complejas».
Limitación del esfuerzo terapéutico La Revista Clínica Española declara que la limitación del esfuerzo terapéutico consiste en «no aplicar medidas extraordinarias o desproporcionadas para la finalidad terapéutica que se plantea en un paciente con mal pronóstico vital y/o mala calidad de vida».
Doble efecto Este término médico hace referencia al aumento de la dosis de analgésicos a un paciente con el fin de aliviar el dolor. Este aumento puede acelerar el fin de la vida del
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enfermo terminal10. El doble efecto está admitido por la Organización Mundial de la Salud.
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Cuidados paliativos y eutanasia: calidad de vida de los enfermos terminales, OCU-SALUD, Núm. 33, diciembre 2000-enero 2001,Pág. 10, consultado en: https://www.eutanasia.ws/_documentos/dossier_eutanasia/Encuestas/00%20OCU%20eut%20CP.pdf (visitada en enero de 2018).
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3. Referencia histórica de la eutanasia 3.1 En la antigüedad. La práctica de la eutanasia siempre ha estado relacionada con el uso de la medicina, pero incluso en los pueblos primitivos se conocen prácticas de la eutanasia, aunque en esta época no se hubiesen desarrollado los cuidados médicos. En esta época, la muerte era todo un ritual y la eutanasia era una forma más de ese rito. Cada cultura realizaba una acción diferente para ayudar a morir a alguien. Algunas ahumaban a personas, otras les daban plantas venenosas 11 y en casos extremos se abandonaba12 a los enfermos, ya que una vez excluidos del grupo, su capacidad de supervivencia disminuía y era más fácil morir. El historiador romano Suetonio (70-130 d.C.), afirmó que el emperador Octavio Augusto era partidario de la eutanasia. Suetonio fue el primero en emplear el término eutanasia, y escribió: «Su muerte fue tranquila y como siempre la había deseado; porque cuando oía decir que había muerto alguno rápidamente y sin dolor, exponía al punto su deseo de morir él y todos los suyos de esta manera, lo que exponía con la palabra griega correspondiente».13 Pero mucho antes ya se hablado de eutanasia, aunque no tuviese una palabra que lo designase. Platón (427-347 a. C.) estaba a favor de la eutanasia y lo demostró en La República diciendo: «Nadie puede pasar la vida en enfermedades y medicinas. Tú establecerás, oh Glaucón, una disciplina en el Estado y una jurisprudencia tales como nosotros la
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Tipos de culturas primitivas que usan la eutanasia, I.E.S. Manuel Gutiérrez Aragón, consultado en: http://www.iesgutierrezaragon.es/comunidad/alumnado/item/334-tipos-de-culturas-primitivas-que-usanla-eutanasia (visitada en enero de 2018). 12 Argumentos y reflexiones para quienes defendemos que la libertad de disponer de la propia vida es un derecho fundamental del Siglo XXI, Cuaderno Asociación Derecho a Morir Dignamente, 2ª Edición Mayo 2017, Pág. 7, consultado en: https://www.eutanasia.ws/_documentos/Cuaderno_DMD/Cuaderno%20DMD%20email%202017.pdf (visitada en enero de 2018). 13 SUETONIO, C., Los Doce Césares, Octavio Augusto, XCIX, Ed. Iberia S.A., Barcelona 1962, Pág. 110-1, consultado en: https://uhphistoria.files.wordpress.com/2011/02/gaio-suetonio-los-doce-cesares.pdf , Pág. 62, Octavio Augusto, XCIX (visitada en enero de 2018).
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entendemos, limitándote a dar cuidados a los ciudadanos bien constituidos de alma y cuerpo. En cuanto a los que no son sanos corporalmente se les dejará morir».14 El juramento hipocrático es un juramento público que pueden hacer los graduados en medicina y que les orienta de manera ética en la práctica de su oficio. Hipócrates (460-370 a.C.) en su Juramento, muestra su oposición hacia la práctica de la eutanasia afirmando que: «Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me soliciten, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a mujer alguna».15 Fueron varios los filósofos pertenecientes a la escuela de los estoicos, movimiento del periodo helenístico, quienes hicieron alusiones a la eutanasia y la mayoría de ellos eran partidarios de esta práctica cuando una persona padeciese una enfermedad incurable: ● Séneca (4 a.C.-65 d.C.), en la Epístola LXXVII de la muerte de Marcelino, cree que: «Lo mismo es nuestra vida que una comedia; no se atiende a si es larga, sino a si la han representado bien. Concluye donde quieras, con tal de que pongas buen final».16 A lo largo de toda la carta mantiene la idea de que es preferible quitarse la vida, a una vida con sufrimiento. •
Marco Aurelio (121-180 d.C.) dijo que: «No desdeñes la muerte; antes bien, acógela gustosamente, en la
convicción de que ésta es también una de las cosas que la naturaleza quiere». 17 Más tarde, llegó el cristianismo al Imperio Romano y la opinión sobre la muerte fue cambiando hasta que se condenó el suicidio como pecado mortal.18 14
SILVA, D., La eutanasia. Aspectos Doctrinarios. Aspectos Legales, Pág. 3, consultado en: http://muerte.bioetica.org/doc/silva.pdf (visitada en enero de 2018). 15 HIPÓCRATES, Juramento Hipocrático, Pág. 1, consultado en: http://www.bioeticanet.info/documentos/JURHIP.pdf (visitada en enero de 2018). 16 SÉNECA, Epístolas Morales, Epístola LXXVII de la muerte de Marcelino, Ed. Biblioteca Clásica, Pág. 267, consultado en: http://www.bibliotecavirtualdeandalucia.es/catalogo/catalogo_imagenes/imagen.cmd?path=1004872 (visitada en enero de 2018). 17 AURELIO, M., Meditaciones, IX, 3, Pág. 48, consultado en: http://www.nuevaacropolismalaga.org/libros_dig (visitada en enero de 2018).
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3.2 En la edad media. En la Edad Media, la doctrina cristiana predominaba en la población y la visión sobre la eutanasia cambió ya que se adoptó una actitud contraria hacia ella, al igual que sucedió con el aborto o el suicidio. En este momento, estas tres acciones eran consideradas pecado, ya que el hombre no era libre para decidir sobre la vida que le fue otorgada por Dios. San Agustín (354-430), condenó el suicidio de manera rotunda y sin excepciones. 19 Santo Tomás de Aquino (1225-1274) dijo que «…El suicidio, el cual es gravísimo, porque el hombre se causa a sí mismo un daño, debiéndose un máximo amor, y también, es pecado peligrosísimo, pues no queda tiempo para expiarlo por la penitencia». 20 Tomás Moro (1478- 1535), que es Santo Católico, se atrevió a oponerse a las ideas del momento y en su obra Utopía defendió la necesidad de eutanasia voluntaria para pacientes terminales. Escribió que: «...Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle. Tratan de hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales... y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, (…) no debe dudar en liberarse a sí mismo o permitir que le liberen otros...».21 En el fragmento, emplea los dolores y sufrimientos del paciente, y su privación de los placeres de la vida, para concluir con que debe aceptar la muerte y ver que no es algo malo. Francis Bacon (1561-1626) en su obra Historia de la vida y de la muerte, dice que:
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JONSE, A., Ética de la eutanasia, Pág. 104, consultado en: https://eutanasia.ws/hemeroteca/m44.pdf (visitada en enero de 2018). 19 Ibidem, Pág. 104. 20 AQUINO, T., Suma teológica, Parte II-II, Cuestión 64, Art. 5, consultado en: http://hjg.com.ar/sumat/c/c64.html (visitada en enero de 2018). 21 MORO, T., Utopía, Pág. 53, consultado en: http://www.biblioteca.org.ar/libros/300883.pdf (visitada en enero de 2018).
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«La función del médico es devolver la salud y mitigar los sufrimientos y los dolores, no sólo en cuanto esa mitigación puede conducir a la curación sino también si puede servir para procurar una muerte tranquila y fácil».22 Otros pensadores como David Hume (1711-1776), filósofo empirista, escribió un breve ensayo On Suicide en 1742. En él justifica la eutanasia en términos prácticos al decir que: «Una vez que se admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación. Creo que ningún hombre ha renunciado a la vida si esta mereciera conservarse».23 Además, dice que: «Si la disposición de la vida humana estuviera tan reservada como dominio peculiar del todopoderoso que fuera una vulneración de su derecho por parte de los hombres disponer de sus propias vidas, sería igualmente criminal actuar a favor de la preservación de la vida como en aras de su destrucción ».24 Por su parte, Kant (1724-1804) no acepta el suicidio ya que viola los deberes y el respeto de uno mismo. Frente a la eutanasia tiene en cuenta la potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las posibilidades de desarrollo de sus capacidades. «La vida no vale por sí misma, sino en función de un proyecto de vida ligado con una libertad y una autonomía, ésta se justifica si permite la base material para una vida digna ».25
22
CABRERA, J., Eutanasia: enfoque ético, Rev. Filosofía Univ., Costa Rica, XXXI (74), Pág. 43,1993, consultado en: http://inif.ucr.ac.cr/recursos/docs/Revista%20de%20Filosof%C3%ADa%20UCR/Vol.%20XXXI/No.%20 74/Jorge%20Mario%20Cabrera%20Valverde.%20Eutanasia.%20Enfoque%20etico..pdf (visitada en enero de 2018). 23 Hume, D., Sobre el suicidio y otros ensayos, Ed. Alianza, Madrid, 1988, p. 133. consultado en: http://revistas.ucm.es/index.php/RESF/article/viewFile/RESF8989110187A/12290 (visitada en enero de 2018). 24 Tasset, J., Razones Para Una Buena Muerte (La Justificación Filosófica De La Eutanasia Dentro De La Tradición Utilitarista: De David Hume A Peter Singer), Rev. Iberoamericana de Estudios Utilitaristas, Núm. 18, 2011,Págs.174 y175, consultado en: www.usc.es/revistas/index.php/telos/article/download/469/1619 (visitada en enero de 2018). 25 Ortega, A., Derecho a morir tratamiento jurídico penal de la eutanasia en la legislación chilena y comparada, 2008, Pág. 31, consultado en: http://repositorio.uchile.cl/tesis/uchile/2008/deortega_a/pdfAmont/de-ortega_a.pdf (visitada en enero de 2018).
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3.3 En la modernidad. En la modernidad la importancia de la religión cristiana se abandona y las opiniones sobre la eutanasia son muy diversas. En el siglo XX, se empleó la eutanasia en Alemania, en un programa financiado por el régimen nazi. En el uso nazi, eutanasia se refería a la matanza sistemática de los discapacitados mentales y físicos que estaban internados en instituciones, sin el conocimiento de sus familiares.26 Adolf Hitler fue el iniciador de este programa debido a su idea de una raza pura germana en la que no había lugar para discapacitados ni enfermos mentales ni ninguna otra persona que tuviese algún defecto físico. Por eso, la eutanasia se empleó para purificar la «raza» germana. El programa fue diseñado por ciertos médicos, pero fue Hitler quien lo aprobó y en 1939 firmó una autorización para proteger a médicos y personas que participasen en el programa. La firma se produjo en octubre, pero se antedató al 1 de septiembre de1939 para sugerir que el programa era parte de las medidas de guerra.27 La operación se llamó T4, debido a que la oficina desde se controlaba todo se encontraba en la calle Tiergartenstrasse 4. Se crearon 6 instalaciones de gaseamiento y las víctimas eran niños y adultos con discapacidades, anomalías físicas y enfermedades mentales. Los pacientes seleccionados para morir no eran examinados por los médicos del programa, sino que estos analizaban los diagnósticos de los pacientes. 28 Los seleccionados eran transportados a las instalaciones con la excusa de una evaluación física. Y para ello debían tomar una ducha para desinfectarse, pero en vez de ello eran asesinados en cámaras de gas usando monóxido de carbono puro. Las cenizas eran empaquetadas y enviadas a los familiares con una causa y fecha ficticia de la muerte.
26
El programa de eutanasia, United States Holocaust Memorial Museum, Washington, DC, Pág. 1, consultado en: https://www.ushmm.org/wlc/es/article.php?ModuleId=10007017 (visitada en enero de 2018). 27 Ibidem, Pág. 1. 28 Ibidem, Pág. 1.
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El programa se convirtió en un secreto a voces y Hitler ordenó su suspensión en 1941, pero en 1942 se retomó y las matanzas pasaron de hacerse en las instalaciones sino por una inyección letal o sobredosis de drogas. Esta práctica de eutanasia ya era algo rutinario en los hospitales y continuó hasta finales de la guerra. Durante la fase inicial de las operaciones, de 1939 hasta 1941, alrededor de 70.000 personas murieron en el programa de eutanasia. En el procedimiento del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg (1945-1946), se calculó que el número total de víctimas era de 275.000 personas. 29 En 1993 se despenaliza la eutanasia en Holanda y en 2002 se convierte en el primer país en el que la eutanasia el legal. En el apartado 7. Aspectos legales se tratará la situación legal de la eutanasia. En la actualidad, hay quienes están a favor de la eutanasia y quienes están en contra, países donde está legalizada y otros donde no. Para que una cualquier persona se posicione a favor o en contra de esta práctica, primero debe conocer los argumentos, tanto a favor como en contra de esta práctica.
29
El programa de eutanasia… Op Cit., Pág. 1.
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4. Argumentos en contra de la eutanasia El primer argumento, y que defienden las personas católicas, es que la vida humana es sagrada, es un regalo de Dios y los hombres no pueden eliminarla 30. De este modo, tenemos que vivir la vida, cumplir objetivos y cuando Dios decida, nos iremos de la tierra. A un lado de la perspectiva religiosa, un argumento en contra de la eutanasia es que las solicitudes para esta práctica, a menudo, se realizan cuando el enfermo se encuentra en una situación de máxima agonía, en la que sólo piensa en un método para acabar con ella. Es decir, la persona no era libre si no que se encontraba cegada el dolor. Además, se cree que la eutanasia es un círculo vicioso del que no se puede salir. Ya que, si se legaliza, al comienzo solo se permitirá en ciertos casos, pero eso conducirá inevitablemente a una pendiente resbaladiza que irá justificando más casos en los que se permita practicar la eutanasia. En Holanda, la eutanasia se aplica a enfermos y también a personas que no quieren vivir 31. La regulación de la eutanasia podría empeorar la relación del médico con el paciente32, ya que este último, podría pensar que el médico en vez de curar al enfermo prefiere la opción de la eutanasia debido a que resultaría más sencillo para él. En relación con esto, la eutanasia también podría empeorar la relación entre el paciente y su familia 33. Esto se podría producir en aquellos momentos en los que enfermo y familia tuviesen puntos de vista distintos sobre cómo debería ser el final de la vida del paciente. Para continuar con argumentos sobre la actividad del médico, su trabajo es curar personas y eliminar su dolor, en vez de producirles muerte, incluso en aquellos casos en los que la única manera que exista para evitar el dolor sea producir la muerte.
30
CALSAMIGLIA, A., Sobre la eutanasia, Pág. 353, consultado https://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/10687/1/doxa14_16.pdf (visitada en enero de 2018). 31 ZAPATA, J., Once argumentos contra la eutanasia, Pág. 3, consultado https://www.eutanasia.ws/hemeroteca/t292.pdf (visitada en enero de 2018). 32 Ibidem, Pág. 3. 33 Ibidem, Pág. 3.
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Además, la eutanasia dificulta la labor de terapeutas, ya que estos trabajando con personas que tienen una grave minusvalía. Si la eutanasia fuese legal, este tipo de pacientes verían la eutanasia como una práctica muy atractiva, en vez de realizar las actividades que les recomiendan sus especialistas. También, se cree que la eutanasia se podría emplear como una estrategia para finalizar con la vida de pacientes terminales. Normalmente, los tratamientos de este tipo de pacientes son muy costosos, y la eutanasia sería una forma barata y fácil para terminar con su vida.
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5. Argumentos a favor de la eutanasia Todos los partidarios de la eutanasia coinciden en que las personas son autónomas para hacer con su vida lo que quieran34 y tienen derecho para decidir sobre esta. Si a una persona se le niega tomar la decisión de dejar de sufrir, aunque eso implique la muerte, entonces no estamos respetando su libertad. Por eso, eutanasia es la solución para los que no disfrutan de su vida y la consideran indigna. La negación del derecho a decidir sobre todo cuanto se refiere al cuerpo de una persona, es una posible violación a los derechos humanos. Según el principio de Autonomía de la Bioética se tiene que tener respeto a la opinión del paciente, sabiendo que toda persona posee el derecho a tener su propia opinión sobre sus asuntos. Además, el paciente tiene el máximo derecho a tomar decisiones médicas que a él respectan, siempre y cuando, se encuentre en plenas facultades psíquicas para hacerlo. Por tanto, si solicita no seguir viviendo, se le debería ayudar. Uno de los argumentos de más peso, es que todas las personas tienen derecho una muerte digna35. No voy a una la muerte digna, ya que para cada persona puede ser diferente, pero seguro que, para la inmensa mayoría, morir en agonía, con dolores atroces e insoportables, no es la manera en la que esperan morir. Por ello, la eutanasia es la mejor manera de morir que tienen muchos enfermos terminales. Además, aquellas personas que llegado el momento no sean capaces de tomar decisiones por sí mismas, han tenido la posibilidad de realizar un documento de Voluntades Anticipadas. En este documento, el paciente planifica las actuaciones sanitarias que desea recibir o rechazar en el futuro, en caso de perder la capacidad de poder decidir. Si la eutanasia fuese legal, esa persona podría dejar por escrito que desea que se le practique. Los partidarios de la eutanasia recalcan que la vida puede llegar a ser indigna, condición que quebranta el derecho de la dignidad humana. Así, una vida que no se puede vivir no es un privilegio, sino un mero caso clínico de interés, pero para el paciente la vida deja de ser una satisfacción y pasa a ser un castigo.
34
MONTERO, E., La dimensión sociopolítica de la eutanasia, Pág. 2, consultado en: https://www.iebeib.org/en/pdf/20091119-dimension-sociopolitica-de-la-eutanasia.pdf (visitada en enero de 2018). 35 PADOVANI, A. y CLEMENTE, M., Eutanasia y legislación… Op Cit., Pág. 3.
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Asimismo, las asociaciones que defienden la eutanasia aluden a artículos y leyes comunitarias, que muestran la situación degradante a la que están sometidos algunos pacientes, y que no deberían estarlo. En el art.2 del Tratado de la Unión Europa, se establece que «la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos»36. En el art.15 de la Constitución Española se recalca que «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes»37. Estaríamos por ello, incumpliendo un derecho fundamental al someter a una persona a situaciones dolorosas debido a su enfermedad, cuando realmente, existen formas que tiendan o puedan evitarlo. En los artículos mencionados se prohíbe la tortura, sin embargo, la mayoría de pacientes terminales que piden la aplicación de la eutanasia aluden a que la vida que llevan es una tortura más que una vida digna, como el caso de Ramón Sampedro; del que posteriormente hablaremos. Evitar esta tortura o sufrimiento, no lo es solo para el propio paciente sino también para su familia, que sufren al ver la agonía de su ser querido. Otro argumento empleado para promover la eutanasia es el elevado número de solicitudes recibidas en las últimas décadas, que tras ser denegadas, se practican en la clandestinidad38. Como fue el caso de José Antonio Arrabal, enfermo de ELA, que se quitó la vida el 2 de abril de 2017. Lo hizo solo ya que, si hubiera recibido algún tipo de ayuda, esta persona hubiera sido acusada de cooperadora al suicidio, delito tipificado en el Código Penal en al art. 143 y castigado con una pena de prisión de dos a cinco años.
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Versión consolidada del tratado de la unión europea, Art.2, Pág. 5, consultado en: https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf (visitada en enero de 2018). 37 Constitución española, Art. 15, Pág. 29318, consultado en: https://boe.es/boe/dias/1978/12/29/pdfs/A29313-29424.pdf (visitada en enero de 2018). 38 La Eutanasia en la Europa del S. XXI, Rev. de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, Núm. 75, Pág. 9, consultado en: https://www.eutanasia.ws/_documentos/Revista/REVISTA75.pdf (visitada en enero de 2018).
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6. Casos Son muchos los casos de personas que se encuentran en una situación compleja de su enfermedad y de su vida. Algunos de ellos, quieren morir bien y con dignidad. Por ello solicitan que se les aplique la eutanasia, pero a menudo, el desenlace de su vida no es como ellos esperaban.
6.1 Ramón Sampedro El caso de Ramón Sampedro es uno de los más conocidos en nuestro país. Ramón fue el primer ciudadano de España en pedir la eutanasia. Ramón Sampedro fue el primer español en reivindicar su derecho a un suicidio asistido. En 1968 sufrió una tetraplejía, parálisis conjunta de las cuatro extremidades del cuerpo. Su tetraplejía se debió a una sección medular, interrupción más o menos completa y definitiva de la conducción medular, provocada por un accidente. Ramón se tiró al agua desde un acantilado, la marea bajó, su cabeza chocó con la arena y le produjo la fractura de la séptima vértebra cervical. Desde entonces se encontraba inmovilizado de forma absoluta y permanente de todo el cuerpo, a excepción de la cabeza. Se pasaba los días en su cama leyendo poemas, libros de filósofos como Kant, Nietzsche, Sócrates y llegó a la conclusión de que en esas condiciones su vida no era digna, sino una tortura. Consideraba, que tenía más sentido una «buena muerte» que seguir viviendo. Por ello, solicitó a los jueces «que se autorice a mi médico de cabecera a que rechace las sondas con las que me alimento o suministre los medicamentos necesarios para evitar el dolor, la angustia y la ansiedad que el estado en que me encuentro me produce, sin que eso, en ningún caso pueda ser considerado, bajo el punto de vista penal, como ayuda al suicidio, delito o faltas de ninguna clase, al asumir por mi parte el riesgo que tal medicación y poder así, llegado el caso, morir dignamente»39. Es decir, pidió la autorización para que su médico pudiese asistirlo, y que lo exonerasen de cualquier responsabilidad penal, fuesen cuales fuesen las consecuencias.
39
La muerte, el último tabú en la educación ¿Cómo trabajarla en el aula?, Asociación Derecho a Morir Dignamente, Pág. 14, consultado en: http://eutanasia.cat/attachments/article/74/trad-ES-JDebate%20eutanasia_material%20alumnado.pdf (visitada en enero de 2018).
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El caso fue presentado ante los juzgados de Barcelona y Noia (A Coruña), y ambos denegaron su petición. Después recurrió, también sin éxito, ante las audiencias de Barcelona y A Coruña. En 1996 publicó sus reflexiones en un libro, Cartas desde el infierno. Fue todo un éxito en ventas y años más tarde, Alejandro Amenábar escenificó su historia en la película «Mar Adentro». La película ganó un Óscar en 2005 a la mejor película extranjera. Finalmente, Ramón no murió dignamente, y como él dijo, lo hizo cansado de recurrir a la justicia y a escondidas, como un criminal. Sucedió el 12 de enero de 1998 en Boiro (La Coruña). El proceso que condujo a su muerte fue dividido en once pequeñas acciones que no constituyen ningún delito en sí mismos y que fueron llevadas a cabo por diferentes amigos suyos. Cada persona tenía una labor; comprar cianuro, analizarlo, calcular la proporción exacta de la mezcla, trasladarlo de lugar, recogerlo, preparar la mezcla de agua y cianuro, introducir la mezcla en un vaso, colocar la pajita, ponerlo al alcance de Ramón, recoger la carta de despedida de Ramón y grabar en vídeo la muerte de Ramón. Momentos antes de ingerir la mezcla, durante el vídeo, Ramón dijo que si a pesar de ello, el Estado quería castigar a sus cooperadores, recomienda que se les corten las manos, ya que es lo único que aportaron. Dijo que la conciencia la puso él. Al beber el vaso de agua con cianuro potásico, murió y, por tanto, renunció a su cuerpo. Él dijo que consideraba que vivir es un derecho y no una obligación, como fue en su caso, ya que fue obligado a soportar una penosa situación durante algo más de 28 años. Ramona Maneiro, íntima amiga de Ramón y cuidadora de éste, fue detenida bajo la acusación de cooperación necesaria al suicidio, pero posteriormente puesta en libertad sin cargos por insuficiencia de pruebas. Cuando prescribió el delito, admitió que fue ella quien le puso el vaso para que bebiese.
6.2 Brittany Maynard Brittany Maynard era una joven estadounidense de 29 años que sufría un cáncer cerebral terminal. 32
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El 1 de enero de 2014, le diagnosticaron un astrocitoma difuso (grado II), que es una forma de cáncer cerebral, producida por células en forma de estrella que rodean a las neuronas. De grado II, se refiere a que su crecimiento es bastante lento, aunque tiene tendencia a inflamarse. Para detener el avance del tumor, se sometió a una craneotomía parcial, operación quirúrgica en el cráneo, y una resección parcial, extirpación quirúrgica, del lóbulo temporal. En abril, los análisis demostraron que su operación no sirvió para frenar el cáncer, y pasó a ser un glioblastoma, que es el tumor más común y más maligno. Cuando sus médicos diagnosticaron este aumento del tumor, le dieron una esperanza de vida de apenas catorce meses. Analizó cuidadosamente su pronóstico y opciones de vida, y junto a su familia decidió que quería morir dignamente. Para morir dignamente, Brittany, que vivía en Oakland (California), se mudó con su marido a Oregón, ya que la eutanasia es legal en este estado. Actualmente, en Estados Unidos, la eutanasia está legalizada en cinco estados: Oregón, Washington, Montana, Vermont y California. La joven no puedo finalizar con su vida en California, porque en este estado, la práctica de la eutanasia se legalizó en 2015. Después de instalarse en Oregón, Brittany se acercó a Compassion & Choices, una organización americana sin ánimo de lucro, que trabaja para mejorar los derechos y elecciones de los pacientes al final de la vida. Les preguntó cómo podía ayudar, para que los estadounidenses con enfermedades terminales tuviesen más opciones a la hora de cómo morir. Aceptó ser entrevistada en una película sobre la muerte con dignidad, debido a su fuerte creencia en la ética de este cuidado básico de la salud y el derecho humano. Su primer video, publicado en TheBrittanyFund.org el 6 de octubre de 2014, fue visto más de 9 millones de veces en su primer mes. Todos los miembros del equipo de Compassion & Choices se sintieron honrados por el coraje y la generosidad de Brittany, y continúan esforzándose por honrar su regalo al movimiento de elección al final de la vida. Escogió el 1 de noviembre de 2014 como fecha para poner fin a su vida, y murió de una manera digna.
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6.3 Andrea Lago Ordóñez Andrea nació en 2003, y a los ocho meses, a Andrea se le diagnosticó una enfermedad neurodegenerativa sin diagnóstico, es decir, no se le pudo establecer una asociación a una enfermedad conocida. Desde entonces, mantuvo una regresión que le produjo un 93% de minusvalía física, aunque siempre estuvo intelectualmente activa con su entorno. Sus padres se comunicaban con ella mediante gestos. En 2014, aproximadamente, su enfermedad se agravó. Su estómago ya no admitía la cantidad de alimento que ella necesitaba, y hasta abril del 2015, tuvo una trombocitopenia, disminución de las plaquetas en sangre por debajo de las 100.000 unidades por mm3. Las plaquetas ayudan a la coagulación de la sangre, y su falta, suele producir sangrado anormal. La trombocitopenia es visible por las hemorragias y petequias, que son manchas rojas o violetas en la piel. Cuando la madre de Andrea observó estas anomalías, llevo a su hija al hospital, le comunicaron que su hija «estaba ya en un retroceso vertiginoso, sin cura e irreversible y que estaba sufriendo 40», explicó la madre a la prensa. Desde aquel diagnóstico, los padres de Andrea lucharon para poner fin al sufrimiento de su hija, ya que se encontraba en una situación en la que su cuerpo no aguantaba más. «Durante años ha soportado operaciones y tratamientos, pero su cuerpo ha llegado al límite» 41, dijo su madre. Al principio, los médicos se negaron a retirar el soporte vital que mantenía con vida a la niña, aludiendo a la buena práctica médica. Tras varias negociaciones entre médicos y padres, se le retiró la sonda de alimentación a Andrea, y tuvo una muerte digna el 2 de octubre de 2015.
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Hospital español accede a la eutanasia de Andrea, la niña para la que los padres pedían una muerte digna, Periódico BBC, 2015, consultado en: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/10/151001_espana_muerte_digna_nina_lav (visitada en enero de 2018). 41 Una familia de Santiago lucha por una muerte digna para su hija, a la que el hospital se niega, Periódico 20 Minutos, 2015, consultado en: https://www.20minutos.es/noticia/2568267/0/andrea/muertedigna/hospital-santiago/ (visitada en enero de 2018).
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7. Aspectos legales La mayoría de los países, incluido España, consideran la eutanasia como un delito, y sancionan su práctica. En la tabla que se encuentra debajo, se muestra la postura frente a la eutanasia y el suicidio asistido de varios países de la Unión Europea. Tanto la eutanasia como el suicidio asistido son formas de poner fin a la vida de una persona, y pueden parecer lo mismo, pero hay un pequeño matiz que las diferencia. Cuando la acción de producir la muerte la realiza la propia persona, con ayuda del médico, se habla de suicidio médicamente asistido. Cuando es el médico quien produce directamente la muerte del paciente, a petición de éste, se denomina eutanasia. Tabla 1.Marco legal europeo de la eutanasia. Siendo - penalizado, y + despenalizado.
España Holanda Bélgica Luxemburgo Suiza Reino Unido Alemania Francia Dinamarca
Eutanasia + + + -
Suicidio Asistido + + + +/-
Como podemos observar, Holanda y Luxemburgo son los únicos países de Europa, y de todo el mundo, en los cuales está despenalizada la eutanasia y el suicidio asistido, además de un pequeño territorio en el norte de Australia. En Bélgica la eutanasia está despenalizada pero no se menciona el suicidio asistido, y en Alemania, el suicidio asistido tiene un marco legal algo confuso del que luego hablaremos. El resto de países europeos y del mundo no aparecen, ya que sus legislaciones no legalizan estas dos prácticas. A excepción de cinco estados de Estados Unidos, Oregón, Washington, Montana, Vermont y California, y Quebec. A continuación, se explicarán las distintas posturas jurídicas internacionales. Para ello se realizarán muchas citas ya que, si redactaran las leyes, se podría introducir algún matiz erróneo.
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7.1 En Europa 7.1.1 Holanda. Eutanasia y suicidio médicamente asistido Al hablar de eutanasia, no se puede evitar mencionar a Holanda, ya que es un país que lleva debatiendo más de treinta años sobre la muerte digna. Este largo proceso ha estado siempre ligado a la figura de médicos y jueces. En 1969, el médico Jan Hendrick van der Berg, publicó Poder Médico y Ética Médica, en el que recomendaba a los médicos: «acabar con la vida de sus pacientes si el poder de la tecnología médica les hiciera sufrir, vegetar o prolongar injustificadamente su agonía ».42 En los años ochenta, la opinión pública iba participando cada vez más en debates sobre todo lo relacionado con casos de relevancia social, y por consiguiente, también de la eutanasia. En 1985, se creó una Comisión Estatal para la Eutanasia que después de siete años, presentó un informe a favor de la eutanasia. En 1993, un sondeo reveló que un 80% de los ciudadanos holandeses eran partidarios de despenalizar la eutanasia y ese mismo año se despenalizó. Pero no fue hasta 2001 cuando esta práctica tolerada se estableció como ley. Fue llamada, Ley de comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio y entró en vigor el 1 de abril de 2002. En esta ley, en ningún momento se menciona la palabra «eutanasia», y se entiende el auxilio al suicidio como «ayudar deliberadamente a una persona a suicidarse o facilitarle los medios necesarios a tal fin». Según la nueva legislación, se regula la práctica de la eutanasia activa, en la que los enfermos terminales tienen el derecho a acabar con su vida y no se sancionará a los médicos que ayuden a morir a los pacientes sin cura. Dentro de esta ley, en el capítulo 2 dedicado a Requisitos de cuidado y esmero profesional, en el art.2 se determinan los requisitos que implican al médico y que no hacen punible la eutanasia. Se indica que el médico: A. «Ha llegado al convencimiento de que la petición del paciente es voluntaria y bien meditada, 42
Eutanasia y suicidio asistido en el mundo, https://www.eutanasia.ws/eutanasia_mundo.html (visitada en enero de 2018).
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B. ha llegado al convencimiento de que el padecimiento del paciente es insoportable y sin esperanzas de mejora, C. ha informado al paciente de la situación en que se encuentra y de sus perspectivas de futuro, D. ha llegado al convencimiento junto con el paciente de que no existe ninguna otra solución razonable para la situación en la que se encuentra este último, E. ha consultado, por lo menos, con un médico independiente que ha visto al paciente y que ha emitido su dictamen por escrito sobre el cumplimiento de los requisitos de cuidado a los que se refieren los apartados a. al d. y F. ha llevado a cabo la terminación de la vida o el auxilio al suicidio con el máximo cuidado y esmero profesional posibles». Además, el médico podrá atender la petición de pacientes, mayores de dieciséis años, que ya no estén en condiciones de expresar su voluntad, pero que estuvieron en condiciones redactar una declaración por escrito. Esa declaración contiene la petición de terminación de su vida. Si los pacientes son menores de edad, el médico podrá atender una petición del paciente de terminación de su vida o de auxilio al suicidio, siempre que se le pueda considerar en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses en este asunto. Además, los padres o el tutor legal del paciente deben ejercer la patria potestad y deben estar de acuerdo con el joven, en la idea de finalizar con su vida. Existe una Ley de disposición de cadáveres, y dicta que cuando la muerte de un paciente se produzca por la aplicación de técnicas que faciliten su muerte, el médico informará al médico forense y le enviará los informes por los que demuestra su cumplimiento de los requisitos del art.2 de la Ley de comprobación de la finalización de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio. Si el forense no está de acuerdo con la actuación del médico, lo comunicará a la Comisión Regional de Comprobación. Volviendo a la Ley de comprobación de la finalización de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio, en ella se especifica que el Comité debe estar formado por al menos un jurista, y que a la vez será presidente, un médico y un experto en ética, y serán nombrados por el Ministerio de Sanidad y de Justicia para un periodo de seis años. El art.8 determina las competencias del Comité. Sus funciones son:
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1. Juzgar la acción del médico al realizar la terminación del paciente ha actuado según los requisitos del art.2. 2. Solicitar un informe adicional al médico, cuando sea necesario para poder juzgar adecuadamente la actuación del médico. 3. Solicitar un informe adicional al médico forense. Para juzgar convenientemente la actuación del médico. Si el Comité determina que el médico no ha cumplido los requisitos del art.2 de La Ley de comprobación de la finalización de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio, deberán comunicarlo al Ministerio Fiscal, y si procede, aplicar el Código Penal. En el Código Penal holandés se dicta: Art.293: ● «El que disponga de la vida de otro, respondiendo a una petición seria y explícita de éste, será castigado con pena de cárcel de hasta 12 años y multa. No será punible si la acción la ha llevado a cabo un médico cumpliendo los requisitos del artículo 2 de la Ley de comprobación de la finalización de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio, y esto lo ha comunicado al forense municipal». Art 294: ● «El que de forma intencionada indujere a otro para que se suicide será, en caso de que el suicidio se produzca, castigado con una pena de prisión de hasta tres años o con una pena de multa de la categoría cuarta. ● El que de forma intencionada prestare auxilio a otro para que se suicide o le facilitare los medios necesarios para ese fin, será, en caso de que se produzca el suicidio, castigado con una pena de prisión de hasta tres años o con una pena de multa de la categoría cuarta. Se aplicará por analogía el artículo 293, párrafo segundo». En conclusión, la eutanasia y el suicidio asistido siguen siendo penados en Holanda, a excepción de que se cumplan los requisitos del art.2 de la Ley de
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comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio que fueron creados para poder practicar legalmente la eutanasia.
7.1.2 Bélgica. Eutanasia En Bélgica, se aprobó el 28 de mayo de 2002 una ley que despenaliza la eutanasia, Ley de Eutanasia, y entró en vigor el 22 de septiembre de ese mismo año. A diferencia de Holanda, la ley belga no hace referencia al suicidio asistido ya que en Código Penal no lo castiga. Los requisitos que establece la ley belga son: ● «El paciente que la solicita debe ser mayor de edad o menor emancipado, capaz y consciente en el momento de la solicitud. El sujeto puede revocar su solicitud en cualquier momento. ● La petición de eutanasia debe ser voluntaria, reiterada, reflexionada, libre de petición externa y por escrito (firmada y fechada por el paciente). ● El paciente debe tener una enfermedad irreversible, con sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable sin alivio posible». El médico debe informar al paciente sobre su estado de salud y su pronóstico, informar de la existencia de cuidados paliativos, debe asegurarse de que la petición del paciente es voluntaria y tiene que certificar el sufrimiento de éste, ha de consultar a otro médico y juntos examinar el informe del paciente, certificar el carácter insoportable de la enfermedad y redactar un nuevo informe. Cuando se tengan los dos informes, el médico principal debe deliberar con el equipo de enfermería y llegar a una decisión. Además de la petición directa al médico, la ley específica que el paciente puede hacer una voluntad anticipada solicitando la eutanasia para que se aplique cuando no pueda expresar sus deseos. Para aplicar la voluntad anticipada. El médico debe asegurarse que el paciente sufre una enfermedad grave e incurable, está inconsciente y sufre una situación irreversible. Tras aplicar la eutanasia, el médico tiene cuatro días para notificar a la Comisión Federal de Control y Evaluación (CFCE) de la práctica de esta. La CFCE está formada por dieciséis miembros (ocho médicos, cuatro juristas y cuatro representantes de grupos representados con la atención a pacientes terminales).
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El médico debe entregar a la CFCE un registro de la práctica, donde incluye datos personales del paciente, del médico y de profesionales sanitarios que han colaborado en la aplicación de la eutanasia; además del diagnóstico, motivos por los vales el paciente solicitó la práctica, si se esperaba la muerte próximamente, el procedimiento seguido para acabar con la vida del paciente, etc. La Comisión debe realizar informes que evalúen la manera en la que se ha aplicado la Ley y si se ha hecho de una manera correcta, se certifica la muerte producida por la eutanasia, que se considera muerte natural a todos los efectos. Simultáneamente a la Ley de Eutanasia, se legalizaron dos leyes más. La Ley sobre Cuidados Paliativos y la Ley sobre Derechos de los pacientes.
7.1.3 Luxemburgo. Eutanasia y suicidio médicamente asistido El 16 de marzo 2009 se aprobó en Luxemburgo la Ley de 16 de marzo 2009 sobre la eutanasia y la asistencia al suicidio. Con esta ley, Luxemburgo se convirtió en el tercer país del mundo en legalizar la eutanasia. En esta ley se entiende la eutanasia como «el acto, practicado por un médico, que pone fin intencionadamente a la vida de una persona a la demanda expresa y voluntaria de la misma». Por asistencia al suicidio se entiende «el hecho de que un médico ayude intencionalmente a otra persona a suicidarse o procure a otra persona los medios a tal efecto, a la demanda expresa y voluntaria de la misma.» Los requisitos que no hacen punible la acción de un médico al responder a una solicitud de eutanasia o suicidio asistido se especifican en el art.2 del Capítulo II. Y son: ● «El paciente es mayor de edad, capacitado y consciente en el momento de su demanda; ● la demanda se formula de manera voluntaria, reflexionada y, en su caso, repetida, y que no sea el resultado de una presión exterior; ● el paciente se encuentra en una situación médica sin solución y su estado es de un sufrimiento Físico o psíquico constante e insoportable sin perspectiva de mejoría, resultante de una dolencia accidental o patológica; ● la demanda del paciente de recurrir a una eutanasia o a la asistencia al suicidio deberá ser consignada por escrito». 40
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El médico deberá seguir unos procedimientos antes de proceder a una eutanasia o un suicidio asistido, que también se especifican en el artículo antes nombrado. El médico debe informar al paciente de su estado de salud y de su esperanza de vida, estudiar la demanda de eutanasia o ayuda al suicidio del paciente, ofrecer los cuidados paliativos y sus consecuencias, asegurarse del sufrimiento físico o psíquico del paciente, consultar con otro médico lo relativo al carácter grave e incurable de la dolencia, precisando las razones de la consulta. El médico consultado, debe estudiar el expediente médico, examinar al paciente y asegurarse del carácter insoportable y sin perspectiva de mejoría del sufrimiento físico o/y psíquico del paciente. Redactará un informe y el médico de cabecera informará al paciente sobre los resultados de esta consulta. Ningún médico está obligado a practicar una eutanasia o suicidio asistido, y si alguno rechaza responder a la demanda de eutanasia o suicidio asistido, se designará a otro profesional. La demanda del paciente deberá estar redactada, fechada y firmada por el misma. En caso de no poder hacerlo, elegirá una persona mayor de edad para hacerlo. Esta persona, indicará en la demanda, que el paciente se encuentra en imposibilidad física para redactar el documento e indicará las causas. Además, el paciente podrá revocar su demanda en cualquier momento. Existe una Comisión Nacional de Control y de Evaluación compuesta por nueve miembros. Tres médicos, tres juristas, un profesional sanitario y dos miembros serán representantes de organizaciones que defienden los derechos de los pacientes. Serán destituidos cada tres años. Una vez realizada la eutanasia o el suicidio asistido, el médico deberá informarse a la Comisión Nacional de Control y Evaluación sobre la metodología seguida y presentará un documento de «Declaración oficial». La comisión deberá examinar el documento de «Declaración oficial», que deber realizar los médicos cada vez que practiquen la eutanasia. Este documento es similar al registro que se exige en Bélgica. En él se deben indicar los datos personales del paciente, del médico y de profesionales sanitarios que han sido consultados en la aplicación de la eutanasia. También se deben indicar las dolencias que sufría el
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paciente, naturaleza del sufrimiento, razones por las cuales dichas dolencias y sufrimiento se calificaron sin perspectiva de mejoría, el procedimiento seguido, etc. Cuando la comisión examine el documento, deberá verificar si se han cumplido las condiciones que se especifican en el art.2 del Capítulo II, antes nombrados. Deberá pronunciarse en un plazo de dos meses y enviarán el expediente al Colegio de Médicos. Este último se pronunciará en un plazo de un mes, y en caso de que el médico no haya respetado alguna de las condiciones del art.2 del Capítulo II, se transmitirá el expediente a la Fiscalía. La ley belga introdujo en el Código Penal el art.397-1, que dicta: «No entra dentro del campo de aplicación de la presente sección el hecho de que un médico responda a una demanda de eutanasia o de asistencia al suicidio en el respeto de las condiciones de fondo señaladas en la Ley de 16 de marzo de 2009 sobre la eutanasia y la asistencia al suicidio».
7.1.4 Suiza. Suicidio asistido En suiza, la eutanasia activa es penada por la ley. El 11 de diciembre de 2001, se decidió despenalizar el suicidio asistido. Fue el Tribunal Federal quien afirmó que el suicidio asistido es legal y no existe ninguna ley que regule su práctica con claridad. Suiza cuenta con tres organizaciones voluntarias, que dan apoyo a personas que solicitan el suicidio asistido. EXIT ayuda a los ciudadanos de habla germánica e italiana; AMD ayuda a los ciudadanos de habla francesa; y DIGNITAS ayuda a personas extranjeras que viajan a Suiza para recibir ayuda en el suicidio. El doctor Jérôme Sobel, presidente de EXIT, concedió al portal de noticias suizo, «Swissinfo», una entrevista en la que aclaró mitos y realidades del suicidio asistido en Suiza. Dijo que «el Código Penal permite esa asistencia (asistencia al suicidio), salvo en el caso de intereses personales. O sea, no podemos ser herederos del paciente, por poner un ejemplo»43. 43
Mitos y realidades del suicidio asistido en Suiza, Swissinfo, consultado https://www.swissinfo.ch/spa/sociedad/mitos-y-realidades-del-suicidio-asistido-en-suiza/7101634 (visitado en enero de 2018).
en:
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Si esto ocurriese, la persona estaría incumpliendo el art. 15 del Código Penal y sería castigado. Art. 115: «Quien, impulsado por un móvil egoísta, haya incitado a una persona al suicidio o le haya prestado ayuda con vistas al suicidio, sufrirá una pena de privación de libertad a lo sumo de cinco años o una sanción pecuniaria.»44 Además, Sobel indicó algunos de los requisitos que exige su asociación, para que se le asista en el suicido. Dijo que la demanda del paciente debe ser seria y reiterada. La enfermedad de este debe ser incurable cuyo desenlace fatal sea previsible y debe padecer sufrimientos insoportables, ya sean psíquicos o físicos.
7.1.5 Alemania. Suicido asistido Alemania prohíbe la eutanasia. El suicidio asistido mantiene un marco legal bastante similar al de Suiza, ya que no existe una ley que determine los criterios para poder dar auxilio al suicidio. El Código Penal alemán castiga a quien de forma directa ponga fin a la vida de un paciente, que es la eutanasia, pero no a quién proporciona medios para producir la muerte, suicidio asistido 45.
7.2 Fuera de Europa 7.2.1 Estados Unidos El suicidio asistido es legal en cinco de los cincuenta estados de Estados Unidos: Oregón, Washington, Montana, Vermont y California.
Oregón. Suicidio médicamente asistido Oregón fue el primer estado en legalizar el suicidio médicamente asistido.
44
ELIZARI, F., ¿La hora de la eutanasia? Reflexiones para el debate social, Pág. 388, consultado en: http://iscm.edu/webantigua/La%20hora%20de%20la%20eutanasia.pdf (visitado en enero de 2018). 45 DE MIGUEL, C. y LÓPEZ, A., Eutanasia y suicidio asistido: conceptos generales, situación legal en Europa, Oregón y Australia, Rev. Medicina Paliativo, Vol. 13, Núm. 4, Pág. 213, consultado en: https://www.eutanasia.ws/hemeroteca/j23.pdf (visitado en enero de 2018).
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Es la única legislación existente que tuvo su origen en una iniciativa popular. El referéndum se aprobó en 1994, con el 51% de los votos a favor del suicidio médicamente asistido y la Oregon Death with Dignity Act (Acta de muerte con dignidad), legalizó esta práctica. En 1995 esta práctica fue declarada anticonstitucional, pero en 1997 se aprobó nuevamente el Acta de muerte con dignidad, con el 60% de votos a favor46. En la ley, no se habla de «suicidio asistido», sino de «morir con dignidad». Para practicar el suicidio médicamente asistido, el paciente debe vivir en Oregón, debe tener más de dieciocho años y debe padecer una enfermedad terminal con una esperanza de vida menor a los seis meses. Además, debe ser capaz de expresar plenamente su voluntad, no presentar síntomas de depresión y debe formular dos solicitudes con una separación de dos semanas. Habrá un médico que le atiende y otro de consulta, que revisen su historial médico y sus solicitudes. En casa de que todo esté correcto, le podrán recetar, pero no administrar, una dosis letal de fármaco para producir una muerte rápida. Algunos hospitales católicos no han permitido esta práctica 47.
Washington. Suicidio médicamente asistido En 2009 se aprobó el Washington Death with Dignity Act (Acta de muerte con dignidad), que es bastante similar al acta de Oregón. Los médicos podrán dar ayuda al suicidio cuando el paciente sea mayor de edad, viva en Washington, tenga las facultades psíquicas para solicitar la ayuda al suicidio, tenga una enfermedad terminal y se espere su muerte en menos de seis meses.
Montana. Suicidio médicamente asistido En 2009, el Tribunal Supremo del estado de Montana dictaminó que el suicidio asistido es legal. En la legislación de este estado, no esté bien regulado la práctica del auxilio al suicidio.
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Eutanasia y suicidio asistido en el mundo… Op Cit. PARREIRAS, M., CAFURE, G., PACELLI, L., RÜCKL, S., y ÁNGELO, V., Eutanasia y suicidio asistido en países occidentales: una revisión sistemática, Pág. 358, consultado en: http://www.scielo.br/pdf/bioet/v24n2/es_1983-8034-bioet-24-2-0355.pdf (visitado en enero de 2018). 47
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Según el Tribunal Supremo, los pacientes deben ser mayores de edad, con plenas facultades psíquicas para solicitar esta práctica y deben tener una enfermedad terminal para solicitar fármacos letales. Esta práctica se reguló a propósito de una demanda en el caso de un paciente, Robert Baxter48. Sufría de forma terminal leucemia linfocítica, un tipo de cáncer por el cual la médula ósea produce demasiados linfocitos, que son un tipo de glóbulos blancos49. El juez dictaminó que los enfermos terminales tienen derecho a ingerir libremente dosis letales de fármacos que los médicos les han recetado, y que estos no serán castigados.
Vermont. Suicidio médicamente asistido Se legalizó el suicidio asistido en 2013 por la Ley 39, que trata las elecciones del paciente al final de la vida. La ley permite a los médicos administran dosis letales de medicamento para provocar la muerte de pacientes terminales, con una esperanza de vida menor a seis meses. Además, es necesario que los pacientes sean adultos y residan en el estado de Vermont. Para ayudar al suicidio debe haber dos opiniones médicas y se puede realizar una evaluación psiquiátrica.50 Muchos hospitales se negaron a permitir esta práctica y el Departamento de Salud sugirió que el personal médico debería apoyar la ley. 51
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KNAPLUND, K., Montana Becomes Third U.S. State to Allow Physician Aid in Dying, Pág. 2, consultado en: https://poseidon01.ssrn.com/delivery.php?ID=91607306510210307909901101311408800703100503106 8030005011121068010110068127091115109050018100005055097010092122106085112078000055038 0140690121151201030300121240190360790670030110720271050640690180201201090671130290211 21064089072029120069005068089005&EXT=pdf (visitado en enero de 2018). 49 Información general sobre la leucemia linfocítica crónica, Instituto Nacional del Cáncer, consultado en: https://www.cancer.gov/espanol/tipos/leucemia/paciente/tratamiento-llc-pdq (visitado en enero de 2018). 50 Eutanasia y suicidio asistido en el mundo… Op Cit. 51 PARREIRAS, M., CAFURE, G., PACELLI, L., RÜCKL, S., y ÁNGELO, V., Eutanasia y suicidio asistido en países occidentales: una revisión sistemática… Op Cit., Pág 358.
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California. Suicidio médicamente asistido En 2015, California se convirtió en el quinto estado que aprueba el suicidio asistido con el Acta de opción de fin de la vida. Se permite a los médicos prescribir fármacos que pongan fin a la vida de pacientes terminales, mayores de edad, residentes en el estado de California y con una esperanza de vida inferior a seis meses.
7.2.2 Quebec. Suicidio médicamente asistido En 2014, Quebec se convirtió en la primera, y única, provincia canadiense en legalizar la ayuda médica para morir, la Ley sobre los cuidados al final de la vida. El art.26 de esta ley se indica que los médicos solo pueden ayudar morir a personas mayores de edad, que padezcan una enfermedad terminal, con sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables. Los pacientes deben formular una solicitud en el que pide la ayuda médica para morir. Lo debe hacer de manera libre e informada, y en todo momento puede retirar su solicitud. El médico debe tener claro que el paciente cumple los requisitos del art. 26. Debe informar al paciente de su pronóstico y de posibles tratamientos, asegurarse del sufrimiento del paciente y obtener la opinión de otro médico. El médico consultado debe ser independiente, tanto al paciente que solicita la ayuda, como al médico que solicita la opinión. Si el médico consultado está de acuerdo con ayudar a la muerte de un paciente, el médico principal deberá permanecer con el enfermo hasta su fallecimiento. Los médicos tienen el poder de negarse a realizar esta práctica y se asignará al paciente otro médico que acepte ayudar al enfermo. Cuando un médico ayude médicamente para morir, deberá informar en un plazo de diez días al Consejo de médicos, dentistas y farmacéuticos. Este Consejo evaluará la práctica que ha hecho el médico y si se cumplen los criterios del art.26.
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7.2.3 Australia. Eutanasia voluntaria En 1995, se legalizó la eutanasia voluntaria en Northern Territory. Esta pequeña zona se convertía en el primer lugar del mundo en el que la eutanasia es legal cuando la solicita el paciente, eutanasia voluntaria. Esta práctica se legalizó mediante el Acta de los enfermos terminales. Estuvo en vigor nueves meses, pero el Senado australiano declaró esta práctica ilegal. En el tiempo que fue vigente, murieron cuatro personas por inyección subcutánea letal con la ayuda de un ordenador.
7.3 En España España carece de una ley específica de la eutanasia. En nuestro país, el art.143 del Código Penal dedicado al homicidio y sus formas, sanciona el suicidio asistido y la eutanasia con penas de muerte. Dice al respecto que: ● 143.1: «El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años». ● 143.2: «Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona». ● 143.3: «Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte». ● 143.4: «El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo». Como se observa, el Código Penal castiga la eutanasia y el suicidio asistido, pero no se penalizan prácticas como la limitación de las medidas de soporte vital. En casos de pacientes con enfermedades terminales e irreversibles, se permite la retirada o
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el no inicio del tratamiento que mantiene con vida al enfermo, lo que es posible que provoque su fallecimiento. Es interesante resaltar que en el art. 143.4 se castiga al que cause o coopere en la muerte de enfermos terminales, con graves sufrimientos permanentes y difíciles de soportar. Estas características de una persona son algunos de los requisitos exigidos para poder realizar la eutanasia o el suicidio asistido en Bélgica, Holanda, Luxemburgo, etc.
Por otra parte, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, establece que los pacientes tienen derecho a decidir libremente sobre las opciones clínicas disponibles y además, tienen derecho a negarse al tratamiento El art. 11 indica que una persona mayor de edad, con plenas facultades psíquicas puede manifestar anticipadamente su voluntad, con objetivo de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en las cuales no sea capaz de expresarlos personalmente. Esta capacidad de poder dejar unas instrucciones previas coincide con la ley holandesa. La voluntad expresada no puede tener como finalidad acabar con la vida de la persona porque estaría contradiciendo la jurisprudencia española. Por tanto, las opciones que se pueden solicitar son la sedación paliativa, rechazo del tratamiento y limitación del esfuerzo terapéutico 52.
7.3.1 Leyes Autonómicas En España no existe una ley estatal específica sobre la eutanasia, pero algunas comunidades autónomas cuentan con regulaciones al respecto. Las leyes autonómicas particularizan esos derechos dentro de sus competencias y de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Por tanto, no pueden contemplar que un paciente muera cuando así lo decida.
52
MOLINA, M. y SERRANO, R., Regulación de la eutanasia y el suicidio asistido en España ¿Hacia qué modelo se dirige la opinión pública?, Rev. ARBOR Ciencia, Pensamiento y Cultura, Vol. 190-769, septiembre-octubre 2014, Pág. 8, consultado en: http://www.iesa.csic.es/publicaciones/280120156.pdf (visitado en enero de 2018).
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En 2010, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. El fin de la ley es proteger la dignidad de la persona en el proceso de su muerte y asegurar la autonomía de los pacientes y el respeto a su voluntad en el proceso de la muerte, incluyendo la manifestada de forma anticipada mediante el testamento vital. Esta ley regula la limitación del esfuerzo terapéutico, permite a los pacientes tomar decisiones y a rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial, da derecho a los pacientes a la administración de sedación paliativa y al acompañamiento, entre otros. En 2011, se aprobó la Ley Foral 8/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte, en el Parlamento de Navarra. Ese mismo año, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte. En 2015, el Parlamento de Canarias aprobó la Ley 1/2015, de 9 de febrero, de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida. Ese mismo año, se aprobó la Ley 4/2015, de 23 de marzo, de derechos y garantías de la persona en el proceso de morir, en el Parlamento de las Islas Baleares. También en 2015, el Parlamento de Galicia aprobó la Ley 5/2015, de 26 de junio, de derechos y garantías de la dignidad de las personas enfermas terminales. En 2016, la Ley 11/2016, de 8 de julio, de garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida, se aprobó en el Parlamento Vasco. Y, por último, la Comunidad de Madrid aprobó en 2017 la Ley 4/2017, de 9 de marzo, de Derechos y Garantías de las Personas en el Proceso de Morir. Todas estas leyes autonómicas son prácticamente iguales a la ley andaluza, y las diferencias que tienen no son muy importantes.
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7.3.2 Propuestas Proposición de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida. Esta propuesta de ley fue realizada por el partido político Ciudadanos y se presentó el 16 de diciembre de 2016. Su objetivo es regular los derechos de la persona al final de su vida y los deberes del personal sanitario que atiende a los pacientes. Los derechos que incluye su ley son el derecho a: ● Recibir información asistencial. ● A la toma de decisiones. ● A otorgar instrucciones previas. ● Al rechazo y a la retirada de una intervención. ● A los cuidados paliativos integrales y al tratamiento del dolor. Toda persona que se encuentra en el proceso final de su vida tiene derecho a la atención integral que prevenga o alivie el dolor, incluida la sedación paliativa si el dolor y otros síntomas que producen dolencias severas, son refractarios al tratamiento, aunque eso implique un acortamiento de la vida del paciente. ● Al acompañamiento. ● A la intimidad personal y familiar. Las personas que se encuentren en el proceso final de su vida harán uso de una habitación individual durante su estancia en el centro hospitalario. Esta ley, también regula los deberes del personal sanitario que atiende a personas en el proceso final de su vida. Los profesionales sanitarios deben respetar las decisiones clínicas y la voluntad del paciente, respetar a personas que puedan hallarse en situación de incapacidad y respetar la limitación del esfuerzo terapéutico. La entrevista a Francisco Igea, diputado del partido Ciudadanos se encuentra en el Anexo I. 50
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Conclusiones de la entrevista •
Su propuesta busca mejorar la condición de los cuidados paliativos.
•
Existe una gran desinformación de la población sobre sus derechos como pacientes.
•
La experiencia del diputado le ha animado a elaborar una ley sobre cuidados paliativos.
•
La proposición tuvo mucho apoyo y a comienzos de 2018, va a entrar en vigor.
•
Legalizar la eutanasia no está relacionado con temas económicos ni sociales, sino que es un debate filosófico y está legalizada en pocos países ya que el derecho a la vida es preeminente.
•
La ley belga tiene errores.
Proposición de Ley Orgánica sobre la eutanasia. Esta propuesta de ley fue realizada por el partido político Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y se presentó el 30 de enero de 2017. En la propuesta, se entiende eutanasia como «las acciones realizadas por un médico, apoyado por un equipo de profesionales sanitarios, para causar la muerte de manera rápida, eficaz e indolora a una persona con una enfermedad grave que conduce necesariamente a su muerte o que padece sufrimientos físicos o psíquicos que considera intolerables.» Una persona podrá solicitar la eutanasia si es mayor de dieciocho años, consciente en el momento de la petición. Si la solicita un menor, debe estar emancipado legalmente. La persona se debe encontrar en fase terminal de una enfermedad o padecer sufrimientos físicos o psíquicos que considere intolerables. Deberá solicitar esta práctica dos veces, con una separación de quince días. Si una persona se encuentra incapacitada para solicitar la eutanasia, ha podido realizar un documento de instrucciones previas, que recoge el art. 11 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica de la autonomía del paciente, donde expresa su voluntad anticipada. Si el paciente cumple los requisitos que exige la ley se podrá llevar a cabo la eutanasia. Antes de practicar la eutanasia, el médico debe: 51
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● Informar al paciente de su estado de salud y su pronóstico. ● Asegurarse de que la petición de eutanasia es voluntaria. ● Confirmar que el paciente sufre una enfermedad terminal o sufrimiento físico o psíquico que el enfermo considera intolerables. ● Consultar a otro médico, que deberá confirmar que se cumplen los requisitos. Una vez realizada la eutanasia, el médico deberá enviar a la Comisión de Evaluación, un documento con los datos personal de todo aquel que participe en la práctica, ya sean el paciente, médicos, etc. Además, se deberá añadir el historial del paciente, motivos por los que el sufrimiento es intolerable, si se podía esperar la muerte próxima, si existía voluntad anticipada y procedimiento seguido, entre otros. La Comisión de Evaluación estaría constituida por siete miembros, dos médicos, tres licenciados en derecho, un profesional sanitario y una persona procedente de organizaciones implicadas en la atención a enfermos terminales. Las funciones de la comisión son, detectar problemas en el funcionamiento de la ley, servir como órgano consultivo a los servicios médicos, verificar la buena praxis de los médicos, etc. Actualmente el art. 143.4 del Código Penal dicta que: «El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo». La propuesta incluía una modificación de este artículo para quedar redactado de la siguiente manera: «No será punible la conducta de aquél que con actos necesarios y directos coopere en o cause la muerte a otro cuando este lo haya solicitado de manera expresa, inequívoca y reiterada con arreglo a lo que establezca la legislación específica. La 52
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persona solicitante habrá de ser una persona con una enfermedad grave que conduzca necesariamente a su muerte o que padezca sufrimientos físicos o psíquicos que ella considere insoportables». Por tanto, esta modificación permite la eutanasia y el suicidio asistido para enfermos terminales o que padezca sufrimiento físicos o psíquicos que le paciente considere insoportables. La propuesta no fue aprobada por el Congreso de los Diputados. La entrevista a Amparo Botejara, diputada del partido Podemos, se encuentra en el Anexo II. Conclusiones de la entrevista •
Proponen despenalizar la eutanasia en pacientes terminales con enfermedades irreversibles.
•
Lo quieren despenalizar ya que lo demanda la sociedad.
•
Han tomado ejemplo de otros países a la hora de realizar la ley.
•
La ley obtuvo poco apoyo y creen que se debe a que provenía de su partido.
•
La regulación de la eutanasia no está relacionada con temas económicos ni sociales.
•
Las connotaciones religiosas impiden legalizar la eutanasia.
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8. Marco social: encuestas En este apartado se van a analizar algunas de las encuestas más relevantes que muestran la opinión de la sociedad sobre la eutanasia.
8.1 Encuesta 2.803 del CIS Estudio 2.803 del CIS, sobre la «Atención a pacientes con enfermedad en fase terminal», del año 2009. Se entrevistó a una muestra representativa de la población española, formada por 2.481 personas mayores de dieciocho años. En las cuestiones 24, 25, 30 y 33 se pregunta sobre la posibilidad de regulación de algunas prácticas. Tabla 2. Resultados pregunta 24
Resultados P.24
PREGUNTA
24:
«Cuando una persona tiene
una
enfermedad
en
fase
Nº de
%/
casos
Total
Sí, con toda seguridad
1570
63.3
Creo que sí, pero no estoy totalmente
426
17.2
131
5.3
seguro/a
terminal, que le causa grandes
Creo que no, pero no estoy totalmente
sufrimientos y que le causará
seguro/a
la muerte en poco tiempo,
No, con toda seguridad
229
9.2
¿cree Ud. que la ley debería
N.S.
104
4.2
permitir
N.C.
21
0.8
que
los
médicos
pudieran poner fin a su vida y a sus sufrimientos, si esta persona lo solicita libremente?» Tabla 3.Resultados pregunta 25 Resultados P.25
Nº de
%/
casos
Total
Sí, con toda seguridad
1233
49.7
Creo que sí, pero no estoy totalmente
451
18.2
225
9.1
seguro/a Creo que no, pero no estoy totalmente seguro/a
54
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
PREGUNTA 25: «Y si esta
No, con toda seguridad
401
16.2
persona lo solicita libremente
N.S.
159
6.4
a sus médicos, ¿cree Ud. que
N.C.
12
0.5
la ley debería permitir que éstos le proporcionasen los medios necesarios para que ella misma pudiera terminar con su vida?»
Tabla 4.Resultados pregunta 30 Resultados P.30
PREGUNTA
30:
«Piense en una persona mayor
Nº de
%/
casos
Total
Sí, con toda seguridad
1455
58.2
Creo que sí, pero no estoy totalmente
493
19.9
127
5.1
de 18 años, que está en coma
seguro/a
vegetativo
Creo que no, pero no estoy totalmente
permanente,
conectada a una máquina hace
seguro/a
varios años y no puede tomar
No, con toda seguridad
211
8.5
decisiones. ¿Piensa Ud. que si
Hay que respetar la decisión que la
38
1.5
la familia directa está de
persona hubiese expresado cuando era
N.S.
138
5.6
N.C.
29
1.2
acuerdo,
la
ley
debería
autorizar a los médicos a desconectarla?»
consciente
Tabla 5.Resultados pregunta 33
PREGUNTA
Resultados P.33
33:
«Ahora piense en una persona
Nº de
%/
casos
Total
mayor de 18 años, que se está
Sí, con toda seguridad
1459
58.8
muriendo de cáncer en fase
Creo que sí, pero no estoy totalmente
419
16.9
153
6.2
No, con toda seguridad
273
11.0
N.S.
156
6.3
N.C.
21
0.8
terminal con mucho dolor y sufrimiento. ¿Piensa que si esta persona lo solicita, la ley debería
autorizar
a
los
médicos a terminar con su
seguro/a Creo que no, pero no estoy totalmente seguro/a
vida?»
55
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
La pregunta 24 y 33 se refieren a la eutanasia voluntaria, la 25 al suicidio médicamente asistido y la pregunta 30 a la eutanasia no voluntaria. Como se observa, la mayoría de la población está de acuerdo con legalizar la eutanasia voluntaria, en la pregunta 24 un 63.3% y en la 33 un 58.8%. Además, la pregunta 25 muestra que el 49.7% de la población está a favor del suicido médicamente asistido y en la pregunta 30, el 58.8% de las personan están a favor de la eutanasia no voluntaria. Las preguntas 37 y 38 formulan directamente la posibilidad de regular estas prácticas. Tabla 6.Resultados pregunta 37 Resultados P.37
PREGUNTA 37: «¿Cree Ud. que en España
Nº de
%/
casos
Total
Sí, con toda seguridad
1449
58.4
Creo que sí, pero no estoy totalmente
377
15.2
104
4.2
No, con toda seguridad
256
10.3
No sabe qué significa eutanasia
125
5.0
N.S.
146
5.9
N.C.
24
1.
debería regularse por Ley la
seguro/a
eutanasia?»
Creo que no, pero no estoy totalmente seguro/a
Tabla 7.Resultados pregunta 38 Nº de
%/
casos
Total
Sí, con toda seguridad
966
38.9
Creo que sí, pero no estoy totalmente
342
13.8
180
7.3
2470
18.9
Resultados P.38
seguro/a Creo que no, pero no estoy totalmente seguro/a No, con toda seguridad
56
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
PREGUNTA 38: «¿Y
No sabe qué significa suicidio médico
323
13.0
el suicidio médicamente
asistido
asistido?»
N.S.
180
7.3
N.C.
20
0.8
Los resultados de estas dos preguntas muestran que el 58.4% de la población está de acuerdo con regular la eutanasia, y el 38.9% lo están del suicidio asistido. Es interesante resaltan que hay un pequeño porcentaje de la población, que no conoce el significado de estos términos, por lo que no se pueden posicionar a favor ni en contra.
8.2 Encuesta 8.811 del CIS En 2011, el CIS elaboró otro estudio, el 8.811 llamado «Barómetro sanitario». Tabla 8.Resultados pregunta 31 Resultados P.31
La pregunta 31 plantea: ¿está Ud. de acuerdo con que en España se apruebe una ley que regule el
derecho de las
Nº de
%/
casos
Total
Sí
6013
77.5
NO
760
9.8
N.S.
866
11.2
N.C.
1.5
1.5
personas a tener una muerte digna? En esta encuesta participaron 7.756 personas, y 6.013 están a favor de regular el derecho a una muerte digna.
8.3 Encuesta IPSOS MORI La organización IPSOS MORI, realizó en 2015, una encuesta sobre la «Muerte Asistida». La encuesta se realizó a quince países del mundo, pero solo se van a analizar las respuestas pertenecientes al ámbito español. Se entrevistó a 2.112 personas de entre dieciséis y sesenta y cinco años.
57
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
Tabla 9.Resultados pregunta 1 Resultados P.1
La pregunta 1: «¿Cree usted
%/ Total
que debería ser legal que un médico pueda ayudar a un paciente mayor de
Sí
78
18 años a poner fin a su vida, si ese es
NO
7
el deseo del paciente, siempre que el
N.S.
12
paciente esté en fase terminal de la
N.C.
4
enfermedad (con una esperanza menor a 6 meses de vida), esté consciente y exprese claramente que quiere acabar con su vida?»
Tabla 10.Resultados pregunta 2 Resultados P.2
La pregunta 2: «¿Cree usted
%/ Total
que debería ser legal que un médico ayude a un paciente mayor de 18 años
Sí
59
a poner fin a su vida, mediante la
NO
21
prescripción de medicamentos letales
N.S.
15
que el paciente podría tomar por sí
N.C.
5
mismo?» La primera pregunta se refiere a la eutanasia voluntaria y la segunda al suicidio médicamente asistido. Conclusiones de las encuestas: •
La mayoría de la población está de acuerdo con regular la eutanasia voluntaria y el suicidio asistido, en pacientes con enfermedades terminales.
•
Se debería regular estas prácticas.
•
Aproximadamente, una quinta parte de la población tiene una postura dudosa sobre estas prácticas.
•
Una mínima parte de la sociedad, 5%, no sabe lo que significa la eutanasia. Y menos del 6.5% no saben que es el suicidio asistido.
•
Se debería informar a la población sobre estas prácticas.
58
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
8.4 Encuesta I.E.S. Juan Gris En el Anexo III se encuentran los resultados de la encuesta. Tras la encuesta realizada a 95 alumnos de Bachillerato del I.E.S. Juan Gris, se han obtenido los siguientes resultados. •
Los alumnos no lo sabían, pero cada opción de esta pregunta correspondía a un tipo distinto de eutanasia. La primera correspondía a la eutanasia activa, la segunda a la pasiva, la tercera a la indirecta, la cuarta a la eutanasia voluntaria y la quinta a la no voluntaria. El 34% de los encuestados, treinta y dos personas escogieron la opción 5, que correspondía a la eutanasia no voluntaria. Por tanto, consideran esta práctica como el significado de esta práctica. Después del 34%, hubo un empate del 21% entre las personas que escogieron la primera opción, eutanasia activa, y la segunda opción, eutanasia pasiva. Por tanto, la mayor parte de los encuestados está a favor de la eutanasia no voluntaria, la activa y la pasiva.
•
La segunda pregunta, ¿Qué opinión le merece la siguiente afirmación? «Un enfermo incurable con grandes sufrimientos, tiene derecho a que los médicos ponga fin a su vida, sin dolor, administrando sustancias letales», planteaba la opción de que el médico practicase una eutanasia activa. El 82% estuvo a favor de que él médico lo pudiese hacer, frente a un 12% en contra y un 6% de encuestados que tuvieron objeciones. Estos últimos, alegaban que el paciente debería ser el paciente quien solicita que se le ponga fin a su vida y también debería hacerlo su familia.
•
La tercera cuestión, ¿Qué opinión le merece la siguiente afirmación? «Un enfermo incurable con grandes sufrimientos, tiene derecho a que los médicos ponga fin a su vida, suspendiendo el tratamiento y los instrumentos que le mantienen con vida», preguntaba la posibilidad de que un médico practique la eutanasia pasiva. 59
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
En esta pregunta, el porcentaje a favor fue mucho menor que en la pregunta anterior. El 54% estaba a favor y el 36% en contra. Hubo un 7% que nombraron algunos inconvenientes. Para la mayoría era importante que el paciente muriese sin sufrimiento, si muriera sin dolor, estarían a favor. Además, resaltaban la importancia de la decisión de la familia. •
A la cuarta cuestión, ¿Qué países conoce en los que esté legalizada la eutanasia?, hubo varias personas que respondieron correctamente. Siete personas respondieron «Holanda» y dos personas respondieron «Bélgica». Nadie supo que en Luxemburgo también es legal esta práctica. Otros encuestados, respondieron que esta práctica está legalizada y nombraron países en los que está legalizado el suicidio asistido. Catorce personas respondieron «Suiza», once respondieron «Estados Unidos», otras dos «Canadá», y una persona respondió «Alemania». Hubo catorce personas que no sabían dónde estaba legalizada la eutanasia y nueve personas dijeron que la eutanasia no era legal en ningún país del mundo.
•
Casi la mayoría de los encuestados, 46%, pensaban que no se habían presentado propuestas de ley para regular la eutanasia, solo el 18% sabía que ha habido propuestas, y un 36% no sabían o no quisieron contestar a esta pregunta.
•
El 82% de los alumnos están a favor de regular esta práctica, frente a un 13% que se opone. Varias personas indicaron que, dependiendo de los casos, regularían esta práctica o no. Otros concretaron que solo lo regularían en caso de que el paciente lo solicite. Ya que creen que otra persona no lo puede hacer por él.
60
Laura Bojko
•
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
En la octava cuestión ¿Qué posibles riesgos o dificultades puede tener su regulación?, cada alumno podía mostrar su opinión sobre la regulación de esta práctica. Cinco encuestados consideraron que puede ser peligroso practicar la eutanasia a un paciente, ya que, en un futuro podría sufrir una mejora de su enfermedad. Es cierto, pero existen unos requisitos y mecanismo de control para aquellas personas que quieran que se les practique la eutanasia, por tanto, si el paciente no estuviese en fase terminal e irreversible, no podría recibir ayuda para morir. Bastantes personas recalcaron que su práctica producirá muchas muertes y descenderá el número de población. Además, ciertos alumnos consideraban que un posible riesgo sería la práctica de la eutanasia en enfermos psíquicos que la solicitaron pero que no se tiene certeza de su completa capacidad de decisión. Esto tampoco sería posible, ya que uno de los requisitos que deben analizar los médicos, antes de realizar la eutanasia, es asegurarse de que el paciente esté consciente en el momento de la solicitud. También, hubo varios encuestados que no creían que hubiese ningún riesgo en regular la eutanasia, siempre que no se deje ningún vacío legal.
Conclusiones de la encuesta: •
La mayoría entiende por eutanasia, la eutanasia no voluntaria.
•
Los alumnos tienen poco conocimiento sobre esta práctica, ya las preguntas 4, 5 y 6, eran de conocimiento general y menos de la mitad de los encuestados respondieron correctamente.
•
La gran mayoría cree que es necesario regular la eutanasia.
•
En general, han sido críticos y han encontrado posibles riesgos de esta práctica.
61
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
9. Conclusiones 1. La eutanasia es un término con muchas acepciones y siempre que se hable de esta práctica hay que dejar claro que tipo de eutanasia se está considerando. 2. Se despenaliza la eutanasia en Holanda, Bélgica y Luxemburgo. 3. Se permite el suicidio asistido en Holanda, Suiza, Alemania, Oregón, Washington, Montana, Vermont, California y Quebec. 4. En España, está penada la asistencia al suicido y la eutanasia. 5. La Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, presentada por Ciudadanos, busca mejorar la condición de los cuidados paliativos.
6. La Ley Orgánica sobre la eutanasia, presentada por Podemos, tenía como objetivo despenalizar la práctica de la eutanasia. 7. Todas las encuestas muestran que más de la mitad de la población está a favor de regular la eutanasia. 8. La encuesta realizada a los alumnos del I.E.S Juan Gris muestra que el 82% de los encuestados está a favor de regular la práctica de la eutanasia. 9. Esta misma encuesta, muestra que no conocen las regulaciones de otros países sobre esta práctica. 10. En términos generales, la población demanda la regulación de la eutanasia. Para finalizar, me gustaría mostrar mi apoyo a la despenalización de la eutanasia voluntaria activa, voluntaria pasiva y también la eutanasia no voluntaria siempre que el paciente haya dejado un testamento vital en el que afirma que esta es su voluntad.
62
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
10. Errores y mejoras Este trabajo analiza la eutanasia desde una perspectiva interdisciplinar, pero no se tratan los aspectos médicos, biológicos, morales, ni éticos. Estos temas podrían ser una gran mejora para crear un trabajo que englobe la eutanasia con un mayor enfoque. Por otra parte, a la hora de ponerse en contacto con los partidos Podemos y Ciudadanos, para realizar las entrevistas, también se intentó contactar con otros partidos, principalmente el Partido Popular y el Partido Socialista Obrero Español. No se obtuvo respuesta de ellos, pero sería muy interesante conocer su opinión sobre la eutanasia. Por parte del Partido Socialista Obrero Español, se conoce que desde mayo del 2017 ha estado trabajando junto al partido Izquierda Unida para realizar una propuesta que despenalice la eutanasia. Esta también sería una nueva línea de investigación. Un error en la investigación es la falta de medios para realizar una encuesta con una muestra de toda la población española. Aunque es una tarea difícil, animo a otra persona a abordar este camino, ya que seguro que las conclusiones de esta futura encuesta serán muy importantes para la regulación de la eutanasia. Una idea que se tenía en mente pero que no se pudo realizar por falta de tiempo, es realizar una cuesta sobre la eutanasia, a ciudadanos de sectores económicos distintos. Se esperaba poder realizar la encuesta a ciudadanos del Barrio de San Blas, barrio obrero de Madrid, y del Barrio Salamanca, donde residen personas con un alto poder adquisitivo. Si se realizase este trabajo, se podría observar si opinión sobre la eutanasia varía en función de la situación económica de cada persona. Otra línea de investigación muy fructífera sería entrevistar a pacientes terminales para comprender su modo de vida, su opinión sobre la eutanasia, etc. También sería interesante entrevistar a médicos que trabajen día a día en la planta de cuidados paliativos, para conocer su punto de vista sobre la calidad de vida de pacientes terminales, además de su opinión sobre la regulación de la eutanasia.
63
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
11. Anexo I: Entrevista a Francisco Igea, diputado de Ciudadanos ¿Cuál es la postura de su partido político? Nosotros hemos presentado una ley que se ha aprobado su trámite en el Parlamento y es la Ley de derechos y garantías de la dignidad persona ante el proceso final de su vida y nuestra postura está expresada en esa ley. La ley viene a decir varias cosas. Primero, es que todos los españoles sean iguales ante la ley, también para morir. Actualmente, hay ocho leyes autonómicas al respecto y nosotros creíamos que era imprescindible tener una ley nacional de igualdad de derechos y garantías para todos los ciudadanos. Nuestra opinión al respecto es que en España la gente se muere mal, con dolores, con sufrimiento, con prolongación de tratamientos, etc. Más de 25000 españoles al año mueren y han estado en el ciclo de quimioterapia en el último mes de su vida, es decir, estamos llevando a la gente hasta el límite. Además, sí que tenemos reconocidos por ley nuestra capacidad para decir que no a tratamientos, que es la Ley y autonomía de derechos del paciente, que regula gran parte de estas cosas. Sin embargo, esto no se hace efectivo, es decir, a pesar de haber leyes en Galicia, en Andalucía y se dan casos reiterados de personas que tienen que acudir a los tribunales para retirar una sonda de alimentación, (...). Muchas de esas cosas que ya tenemos aprobadas, siguen sin reconocerse como derechos, entonces, para nosotros es muy importante tanto la entrada en vigor de la ley, como conseguir que haya una cantidad suficiente de información sobre el asunto y que la gente entienda a qué le da derecho y a que no le da derecho la ley. Además, la ley tiene una novedad que no tenían las propuestas anteriores, que es el régimen sancionador y la evaluación. Nosotros queremos que el incumplimiento de la norma sea perseguido con más eficacia de lo que ha sido hasta ahora. Además, queremos que el Estado haga su función de registrar la información del sistema y evaluar que ha supuesto la introducción de la ley y cómo está siendo su cumplimiento. 64
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
En nuestra ley hay un apartado, en el que vamos a trabajar más, qué es la evaluación sistemática de los centros de cómo se cumple esta ley. Es decir, si la gente se muere en habitaciones individuales o no, si la gente se muere con dolor o no, si a la gente se le informa del derecho al testamento vital o no y si ese testamento vital está siempre visible. Otra novedad de la ley respecto a otras es que en el momento en que se haga agnóstico fatal a medio o largo plazo, la nueva ley obliga al médico a informar al paciente de la posibilidad de hacer un testamento vital. En el testamento vital se puede dar instrucciones previas sobre prácticas que no quiere que se me practiquen cuando no pueda decidir por mí mismo, y qué es lo que sí quiero que se haga. Estos cambios y otras cosas están incluidas en nuestro proyecto de ley que esperamos que entre en vigor antes de 2018. (…)
Usted comenta el problema de la desinformación, por tanto, ¿hay gente que se encuentra en una mala situación y no sabe cuáles son sus opciones? La desinformación es absoluta y hay gente que supuestamente sabe tampoco saben, es decir, hay gente que está informada, que tiene patologías graves y que tiene una opinión sobre el asunto, resulta que no sabe cosas tan elementales como que tú puedes renunciar a medidas de soporte vital, que ocurre en muchos casos en pacientes con esclerosis lateral o en enfermedades neurodegenerativas. Esto suele suceder en casos que se llaman «en la frontera», es decir, en casos en los que el límite entre el derecho a la muerte digna, la renuncia al tratamiento y la eutanasia o suicidio asistido es más borroso. Siempre hay algún caso que está en esa frontera (...) En estos casos, probablemente, si la ley se hubiese aplicado bien, hubiera sido posible resolver el problema del paciente. El problema es cómo llamas el finalizar la vida de un paciente, si tú solicitas directa y públicamente el suicidio asistido o si lo llamas sedar para controlar síntomas que son refractarios que no puedes controlar en una enfermedad progresiva irreversible. En nuestra propuesta decimos que podemos emplear la sedación para controlar síntomas en enfermedades progresivas irreversibles que tienen un destino fatal. Síntoma 65
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
no es solamente el dolor, también hay otros síntomas, como vómitos, disnea dificultad para respirar, etc. Hay un síntoma, que es el sufrimiento vital, que es refractario al tratamiento para el cual también se puede utilizar la sedación en el caso de una enfermedad progresiva irreversible con un destino fatal. Nuestra postura es regular de tal manera está práctica para que la gente al inicio de la enfermedad no vea como alternativa el horror o el suicidio. (...).
Antes de presentar esta propuesta de ley, ¿la gente ya tenía derecho a dejar un testamento vital para decidir cómo querían que fuese el final de su vida? En teoría sí, pero de la teoría a los hechos había un salto muy grande ya que la Ley de derechos y autonomía del paciente dejaba esto claro, pero aun dejándolo claro hay mucha disconformidad. La preeminencia del paciente a la hora de aceptar o no un tratamiento, es obvia, pero por ejemplo en los casos de soporte vital hemos tenido muestras de reiteradas de que esto no se lleva a cabo y se ha tenido que acudir a los juzgados (...), pero es difícil que la gente entienda cuál es el derecho de los pacientes y de los familiares en estos casos.
Además de diputado, usted es médico. ¿Ha tenido algún tipo de experiencia con personas que quisieran que se les practica la eutanasia? Gran parte de lo que he hecho en mi vida, es atender a pacientes terminales de tumores digestivos, pacientes con cáncer de páncreas, de colon avanzados, con metástasis, (…). Y he tenido mucha relación con esto y la mayoría de la gente lo que quiere es vivir. Se cuentan con los dedos de una mano la gente que pide ayuda para morir en el momento del diagnóstico, pero durante la enfermedad a patadas. Mucho de lo que he hecho en mi vida es sedar a pacientes en momentos avanzados de la enfermedad ya que había un momento en el que no se podía hacer más. Esto es una parte de la medicina a la que me dedicado. Además, en el hospital en el que trabajo, compartimos planta con oncología, éramos digestivo y oncología, con lo cual es bastante frecuente encontrarte con
66
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
enfermos en fase terminal con dolores, con síntomas, etc. Esto es algo que nosotros hacíamos y que yo he hecho a largo de mi vida con toda normalidad. Las cosas tienen un principio y un final, y se informaba la gente de cuál era la situación y de que tú estabas allí para ayudarles y he sedado a pacientes a petición propia y para controlar síntomas. Es algo normal y una de las partes más útiles de la medicina, el acompañar a la gente en un momento en el que su vida se acaba y que ellos entiendan que no hay porque llegar a una situación de sufrimiento y que tú estás allí para ayudarles, pero morirse es un asunto complicado.
¿Cree que el estar con los pacientes, ayudándoles, le animo a regular esta práctica? Sin duda. Yo estaba seguro de que esta iba a ser una de las cosas que yo hiciese cuando pesarse el Parlamento desde el momento en que empecé mi campaña electoral, porque para mí, eso ha sido una parte muy importante de mi vida profesional. Sé que hay mucha gente que lo pasa muy mal porque los médicos no tienen claro cuál es su función en ese caso y porque muchos médicos que si te saben cuál es su función, no se atrevían a ejercerlo porque no se sentían respaldados por la ley.
¿Cree que antes de vuestro proyecto, la legislación limitaba mucho este tema? No, antes de nuestro proyecto había muchas leyes autonómicas que habían hecho gran parte del camino, pero no ha habido una ley y sobre todo no ha habido un debate nacional sobre el tema. En nuestra ley es tan importante la parte de legislar como el hecho de abrir un debate, ya que cuando hay un debate público y lo más extenso posible, hace que la gente sea consciente de sus derechos. Hay muchas personas que no sabían cuáles eran sus derechos y debatir sobre una ley que se va a aprobar, hace que la gente sea consciente de unos derechos que ya tenía y de otros nuevos que les va a dar la ley. Pero sobre todo de derechos como el poder limitar tratamientos, limitar sufrimiento y evitar agonías absurdas. (...). Hay una parte de la ley que no se ha desarrollado en ninguna ley autonómica y que nosotros estamos desarrollando, y es la parte más social y menos sanitaria. Es el 67
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
derecho de la gente a estar acompañada, a estar cuidada, etc. Lo más terrible de morir cómo se mueren los enfermos con enfermedades terminales es la soledad y eso es una cosa difícil de regular por ley, que es el derecho a estar acompañado. Hay mucha gente que quiere morirse porque lo que se encuentra es y lo terrible de morirse, es morirse solo, y eso es una realidad diaria en España. La gente vive sola, se encuentra sola y se muere sola. (...).
¿Cuál es el proceso para crear una propuesta de este tipo? Primero, debes llevarlo en tu programa. Segundo, debes mirar la legislación. Se hace legislación comparada, es decir, mirar las legislaciones del mundo y de las comunidades autónomas al respecto, y se hace un análisis de ellas, además de copiar varias cosas. Se copia mucho ya que lo que ya está escrito y ya está inventado es tontería darle vueltas, cuando está bien hecho. Después, se intenta aportar tu visión política sobre el asunto, es decir, intentar dejar marca (…). Por ejemplo, es importante para nosotros, como partido político, además de expresar el servicio que queremos dar con la ley, queremos dar un mensaje. Nuestro mensaje como partido, es que los ciudadanos españoles son ciudadanos plenos de derechos y de libertades hasta el último día de su vida. (…). En esta ley lo que decimos es que un ciudadano español es libre hasta el final de su vida y que por tanto está lleno derechos hasta el último día de esto. Nosotros no lo quisimos llamar como una ley de muerte digna si no una Ley de derechos y garantías al final de la vida, (...). Todo eso forma parte de la elaboración de la ley y después haces un proyecto de ley y lo presentas en el Parlamento, como hicimos nosotros. En el Parlamento, se admite o no se admite su trámite. Una vez admitido su trámite, la ley entra en periodo de enmiendas, que es donde se encuentra ahora nuestra ley y la gente hace las aportaciones que considere. Después, se lleva a la comisión, se aprueba en la Comisión de Sanidad y va al Senado. Una vez en el senado, se vuelve a probar y ya vuelve al Congreso dónde se aprueba definitivamente. Este proceso se puede alargar uno tres, cuatro o seis. Esperamos que para antes de 2018 entre en vigor nuestra ley. (…).
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Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
¿Con qué apoyo contáis? Esta es una ley en la que habrá bastante acuerdo. En la admisión a trámite hubo trescientos trece votos a favor. Solo votaron en contra los partidos nacionalistas por problemas de derechos competenciales (...), el Partido Popular ha votado a favor y creemos que son bastantes conscientes de la necesidad de esta ley. La situación es que o buscamos una solución a la gente o abriremos otro debate que está ahí. O la ley sirve para cumplir su objetivo o se abrirá el debate del suicidio asistido y la eutanasia ya que es un debate que está ahí y que no se podrá evitar, si no damos a la gente una alternativa, por eso para nosotros, esta ley es un asunto urgente. (...).
Anteriormente ya se han presentado propuestas para legalizar y controlar la práctica de la eutanasia, ¿porque cree que no se votó a favor? El debate de la eutanasia es algo global y está legalizado en muy pocos países. En general, la legislación occidental entiende que el derecho a la vida es preeminente. La eutanasia es un debate filosófico y por encima de la libertad no hay nada, no hay vida digna de ser vivida si no hay derecho a la libertad con todas sus consecuencias. El problema es que no hay derecho alguno más allá de la vida, es decir, no hay derecho a la libertad ni a nada porque más allá de la vida no hay nada. Entonces, es un debate filosófico, es algo potente y cada uno tiene una postura debida a sus creencias y en relación con otras cosas. Yo tengo una postura al respecto, pero no sé cuál será la postura del partido cuando se hable de este tema algún día.
Entonces, ¿no considera que la postura frente a la eutanasia dependa de aspectos económicos, políticos, etcétera? No. Pienso que es un debate filosófico sobre si una persona tiene derecho a disponer de su vida y no solo del derecho a disponer de tu vida, sino que es más grave, es si se tiene derecho a pedir al Estado a que acabe con tu vida. El suicidio España es una realidad. Es la primera causa de muerte por debajo de los 50 y 60 años y la gente no lo sabe, pero en España hay 3000 suicidios al año. (...). 69
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
¿Piensa que existe alguna relación entre la eutanasia y el aborto o la gestación subrogada? Tienen bastante que ver, ya que existe una concepción de que una persona puede imponer sus creencias sobre los demás. Nosotros creemos en la libertad de opinión y libertad de creencias, pero no creemos que nadie está obligado a imponer sus creencias sobre los demás. (...).
¿Cree que sería viable en España una ley que regule la eutanasia, como la que hay en Bélgica? Creo que este no es el momento y que además la ley belga tiene sus errores. Solo hay leyes como la de Bélgica, en Holanda y Suiza, y tienen sus inconvenientes y han dado sus problemas. Creo que es un asunto muy difícil y que este país, ahora mismo no debería planteárselo hasta que no tenga resueltas otras cosas (refiriéndose a la moción de censura del 13 de junio, que se celebraba al día siguiente a la entrevista). Una vez resueltos estos problemas, ya se podrá hablar, ya que este es un debate filosófico porque el suicidio tiene una característica sobre otros derechos, que este es irreversible. (…).
Por tanto, ¿cree que la situación de la ley belga no es buena? La gente va a morirse a Bélgica, pero el problema es que en Bélgica ocurren cosas como que alguien puede decidir suicidarse por sufrimiento psiquiátrico que desde el de vista médico es una decisión muy compleja. Es decir, que ocurrirá cuando admitamos que el sufrimiento psíquico es una causa para poder morir; será el fin de la psiquiatría. (…). El criterio médico es muy distinto de un sitio a otro, en cuanto a una enfermedad que no es irreversible y hay momentos en los que es difícil definir una línea entre vivir y no. Por ejemplo, si tienes un accidente y te quedas parapléjico o tetrapléjico, que suelen ser los casos límites, quién te dice que para ti la vida no va a volver a tener sentido
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Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
nunca. Hay mucha gente que ha quedado en silla de ruedas, no encuentra luego un sitio en el cual puede disfrutar de la vida. (…). Hay muchas cosas y cuando has estado envuelto en este negocio, has visto muchos casos de gente que dice que no va a volver a disfrutar de la vida, y de repente su opinión cambia. La capacidad del ser humano para adaptarse al sufrimiento es infinita. Es complejo el decidir sobre la vida de alguien, por eso es tan importante que uno tenga claro que quiere hacer en esa situación y dejar unas instrucciones vitales fijas. (...). Hay personas que en situaciones muy malas siguen queriendo vivir. ¿Cuándo sabes que esa persona que dice que no quiere vivir no va a dar el cambio? Ese es el problema del suicidio asistido, que es irreversible. En enfermedades irreversibles la duda no es si me voy a adaptar a esto o no. Sino que ya hay un final y tiene un camino que puede ser de cuatro, de ocho o de doce meses, pero que tiene un camino. En ese momento la decisión es más fácil porque sabes que lo único que haces es acortar el sufrimiento. De la otra manera, en enfermedades reversibles, el debate es: no me voy a poder adaptar a una situación de sufrimiento, y eso es un debate filosófico radical. (...). La vida siempre es digna de ser vivida y siempre hay una manera de disfrutarla, a pesar de encontrarse en una de las peores situaciones. (...). Acabar con la vida es muy diferente dependiendo de cuán largo es el sufrimiento de una persona con una enfermedad irreversible o de qué derecho tiene uno a no vivir cuando tiene una enfermedad. (…). Eso son debates diferentes en los cuales hay países como Bélgica, Holanda y Suiza, si lo han regulado, pero el resto del mundo no lo ha hecho. El mundo occidental sí a entra en el debate de una muerte digna, momento del diagnóstico, esperanza de vida, etc. Pero no en el debate de «yo tengo derecho a disponer de mi vida» y además de que el Estado me ayude a disponer de mi vida independientemente de mi diagnóstico. (...). La decisión de legalizar la eutanasia es algo complejo, pero no se puede abrir la puerta más fácil, más sencilla y más barata para el Estado, que sería la eutanasia. Lo que hay que hacer es hacer diferentes a los españoles en el final de su vida. (…).
71
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
Como ha dicho, no le parece correcta la ley belga. Actualmente, el parlamento belga se está planteando legalizar la eutanasia para personas que están «cansados de vivir». ¿Qué opina sobre esta posible legalización? Claro que es posible plantearse esto, ya que es otra puerta que se puede abrir cuando entras en esta pendiente. Te lo planteas todo. ¿Y por qué esto no?, ¿y por qué no si estoy cansado?, ¿y por qué no lo otro?, El debate es así, y por eso es un debate diferente, que cuando entras no tienes fin porque en realidad el debate es si «yo tengo derecho a dos a disponer de mi vida o no » porque tengo dolor, porque tengo una enfermedad, porque estoy cansado, porque esto, porque lo otro. (...).
Ilustración 1. Entrevista a Francisco Igea.
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IlustraciĂłn 2.Entrevista a Francisco Igea.
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12. Anexo II: Entrevista a Amparo Botejara, diputada de Podemos ¿Cuál es la postura de su partido político? Hemos registrado una ley el 18 de enero, que no paso el pleno. La ley lo que traduce claramente es la libertad de la persona a finalizar con su vida. Al igual que existe un derecho por la vida, tiene que haber un derecho para acabar con ella. La vida no es un deber cuando una persona está en una situación de sufrimiento irreversible, eso es una situación que está clara. Además, la población demanda una ley así ya que en todos los trabajos y encuestas que se han hecho, los encuestados están en torno al 77,5% y 78% de acuerdo en legalizar la eutanasia. La encuesta del CIS que es del 2011 está en torno a 77,5%. Nosotros estamos de acuerdo con legalizar la eutanasia. Estamos aquí para resolver los problemas de la población. La población está demandando, ahora mismo, resolver este problema y nosotros nos hemos puesto en ello, pero no ha sido aprobada por el pleno.
¿Cuáles son los motivos que alegan para legalizarla? El más importante es que está demandada por la población. Es un problema ya que hay situaciones en las cuales una persona quiere poner fin a su vida, debido a una situación de sufrimiento irreversible, y no tiene otra opción de ayuda, salvo la eutanasia.
¿Cuáles cree que son las limitaciones que tiene la legislación actual acerca de la regulación de la eutanasia? Principalmente el capítulo 143.4 del Código Penal. En nuestra propuesta hemos planteado que no sea punible la actuación de la ayuda al suicidio y la eutanasia.
¿Cree que, si la sociedad tuviese más conocimiento sobre la práctica de la eutanasia, estarían más a favor de ella? 74
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Nosotros pensamos que sí debido a los estudios que se han hecho, las encuestas que se han hecho, etc. El porcentaje de la población que está de acuerdo con legalizar la eutanasia es bastante alto, y es un derecho que demandan en una situación que lo más probable es que no sé viva. (...). Hace poco hubo un caso de un hombre con ELA, Esclerosis lateral amiotrófica, que en el momento final de su vida no puedo estar con su familia para despedirse. Tuvo que estar solo porque a la hora de administrarse la bebida con una mano, que era uno de los pocos movimientos que podía realizar, no lo podía ver nadie porque esa persona habría sido el administrador del producto, y habría sido castigado por el Código Penal. Él se lo tomó, pero alguien le tuvo que facilitar la sustancia ya que estaba prácticamente imposibilitado. Muy similar fue el caso de Ramón Sampedro, él tomó la bebida, absorbe el líquido, pero alguien lo tengo que colocar. Eso es lo que se llama suicidio asistido que actualmente está penalizado. (...).
¿Cuál ha sido el proceso para crear una propuesta como la que habéis hecho? Nos hemos reunido con miembros de todos los colectivos que estaban implicados en temas relacionados con la eutanasia. Sobre todo, con DMD, Derecho a la Muerte Digna. También, con personas como filósofos o juristas que han tenido relación con estas situaciones o que son expertos en estas situaciones. Hemos hecho cuatro reuniones y después se ha desarrollado la ley, durante unos tres o cuatro meses. La presentamos y no fue aprobada. Actualmente está tramitándose la ley de Cuidados Paliativos de Ciudadanos. Cuidados paliativos pueden ser una fase de un proceso y que en ese proceso este la eutanasia y o no, ya que no tiene por qué estar relacionado uno con lo otro. Los cuidados paliativos, como nosotros entendemos que ha legislado Ciudadanos, es que ya está legislado. Ciudadanos lo que tienen en la ley que ha registrado es un contenido que ya está en la ley 41/2002 del 4 de noviembre. La ley 41/2002, es básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones
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en materia de información y documentación clínica. En esta ley está recogido el derecho a la información del paciente, que hay que darla perfectamente.
¿Cree que actualmente no se está facilitando la información al paciente? Con esta ley que te comento, ya está registrada la capacidad de dar toda la información al paciente, hay que darla bien y de tal manera que la pueda entender. Tiene que existir el consentimiento informado, que antes no existía. Consiste en firmar unos documentos para realizar ciertas intervenciones o suministran algunos medicamentos. Todas estas acciones, tienen que estar bien explicadas, que, en algunas ocasiones, no lo están. Además, el paciente puede tener opciones a rechazar el tratamiento que se propone. Todo esto es parte de lo que regula la ley del 2002. (...). Por otra parte, está la Cartera de servicios, que son todos los servicios que el Consejo Territorial aprueba y que el Ministerio tiene contemplados. En este documento, están los cuidados paliativos. Por tanto, todo lo que está en la ley de Ciudadanos ya está recogido en la legislación. Los que trabajamos en sanidad, sabemos que hay circunstancias en qué los cuidados paliativos no están bien implantados o no están implantados con la calidad que debería de estarlo. Pero eso no se arregla con una ley, eso se arregla con recursos y gestionando bien los recursos. (...). Todas estas cosas ya están legisladas solo hay que mejorar la calidad. Por ello, la manera de legislar en este contexto de los cuidados paliativos, no lo entendemos en mi grupo político.
¿Qué apoyos habéis tenido en vuestra ley? Hemos tenido el apoyo de Esquerra Republicana y algún partido más, pero son minoritarios. La mayoría de los votos para nuestra propuesta eran en contra excepto el PSOE. El Partido Socialista se abstuvo, aunque la eutanasia es un tema que ellos siempre han tocado. Frente a nuestra ley, decían que había que tener un debate más
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sosegado en la sociedad en torno al tema. En realidad, se abstuvieron ya que la ley la habíamos presentado nosotros. Nosotros dijimos que íbamos a trabajar la ley de la eutanasia y a las dos semanas lo registró Ciudadanos. Nosotros lo registramos en enero, y en febrero, lo hizo el Partido Socialista con una ley prácticamente igual a la de Ciudadanos. Cuando el PSOE vaya a presentar su ley, creo que si nos ponemos de acuerdo tendremos bastantes opciones que salga para adelante A la ley de Ciudadanos, le hemos hecho una enmienda a la totalidad. (...). A nosotros nos da lo mismo apoyar la propuesta del PSOE. Estoy completamente segura de que no ha sido aprobada nuestra ley, porque era de nuestro partido político.
Pero a nosotros nos da exactamente igual de donde venga una ley. Lo importante es si soluciona un problema y si sale para adelante nosotros estamos de acuerdo. Si vienen del Partido Socialista pues muy estupendo, nos da lo mismo. (...).
Quizás, no se aprueba debido a que la sociedad no sabe cuándo realmente se puede aplicar la eutanasia y cuando es una locura. ¿Cuáles son los límites para aplicar la eutanasia? Lo que viene redactado en nuestra ley es el sufrimiento irreversible, que no lo puedes revertir y tiene que estar claro que no lo podemos revertir. Está claro que el sufrimiento no es algo terminal, el caso de Ramón Sampedro no era terminal, era una situación que no era progresiva, sino que estaba estable en el tiempo. Entonces no se puede decir cuando un sufrimiento es suficiente o no para morir. En la ley de Canadá sí que se especifica que la enfermedad debe tener un pronóstico malo de seis meses. En este caso, la ley canadiense se legisla en 2016, debido a que el Tribunal Superior obligó al Gobierno a legislar esta práctica. Fue el Tribunal Superior quien incitó a ello. En este país, sobre todo se permite el suicidio asistido en situaciones en las que la calidad de vida o el deterioro y el desenlace, se enmarcan en un concepto terminal de seis meses.
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Nuestra ley incluía unos mecanismos de control, (...). Lo que nosotros tenemos tabulado es que la persona que lo solicita debe estar en una situación de sufrimiento irreversible. Tiene que hacer dos escritos con una separación de quince días. Después, tiene que ser un médico el que proporcione toda la información al paciente, a la familia en caso de que el paciente lo desee. Después, tiene que intervenir un segundo médico para que sean dos opiniones y tienen que rellenar unos documentos de la situación clínica, las causas por las que el paciente pide que lo ayuden a morir. Uno de los dos documentos no lleva el nombre del paciente, es un anónimo que se registra por un número de registro, que va la Comisión de evaluación, qué es una Comisión Autonómica dónde van los documentos que se han realizado por si hay algún problema o conflicto. Lógicamente, existe hay objeción de conciencia y si el médico no quiere puede facilitar a otro médico, o pasa a la Comisión de Evaluación para que ésta nombre a otro médico. La Comisión de Evaluación está compuesta por siete personas. Son tres abogados, quien preside la comisión es un abogado, dos médicos, un profesional sanitario, que esté en el ámbito de cuidados paliativos, y un representante de la sociedad civil. Así sería la Comisión de Evaluación, que registra, controla todo y es a dónde van todos los documentos que se llevan a cabo. Como veis, mecanismos de control hay bastantes. Además, habría una Comisión Estatal, en la que habría un representante de cada comunidad autónoma, de Melilla y de Ceuta. Eso sería la Comisión Estatal que tendría que hacer un informe anual de la situación, de las solicitudes que ha habido, cual ha sido el desarrollo, etc.
Ha dicho que cree que vuestra propuesta no fue aprobada por razones políticas. Además de estas, ¿cree que hubo otro tipo de razones como pueden ser económicas o sociales? ¿O un sobrecoste para el gobierno? No, económica no porque no hay ninguna.
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Tampoco habría un sobrecoste. Llevo más de treinta y cinco años trabajando en medicina y cuando yo era joven las personas morían, la mayoría, en el domicilio, con la familia, los vecinos, los amigos, etc. Sobre todo, en el medio rural y en las ciudades también. Ahora mismo y es excepcional la persona que no muere en los hospitales, y hay una frase que se dice mucho: «hemos hecho todo lo que hemos podido». Se dice para tranquilizar a la familia y es una frase tremenda, porque muchas veces los que trabajamos en sanidad vemos la cantidad de cosas que se hacen a pacientes mayores. Nuestra esperanza de vida ha aumentado, somos los segundos en esperanza de vida en el mundo después de los japoneses, y realizar tantos tratamientos está dentro de lo que llamamos obstinación diagnóstica o terapéutica. Si una persona está en una fase determinada de la enfermedad, se realizan pruebas que no van a aportar mejoría o se ponen tratamientos que tienen efectos secundarios y que no van a aportar calidad de vida. Se hace porque puede que aumenten un mes la esperanza de vida, pero en muchas ocasiones el sufrimiento es peor.
¿Cree que el paciente, al estar rodeado de su familia y amigos, hace que se encuentre mejor? No quería entrar en esas circunstancias. Muchas veces, los que trabajamos en sanidad no nos damos cuenta, pero hay situaciones de crueldad. Personas que han pasado toda la vida juntos y que de pronto los separan, los meten en unidades de cuidados intensivos y a lo mejor la pareja no se vuelve a ver hasta que no salen, hasta que no salgan al tanatorio. Son cosas que los que estamos en este ámbito, estamos acostumbrados a ver, y no nos ponemos del otro lado hasta que no nos toca y siempre hay que intentar ponerse en el sitio del paciente.
Entonces, el estar con la familia, el paciente estaría más contento y no pediría la eutanasia. ¿Cree que se reduciría el número de personas que solicitan esta práctica?
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Claro que estaría más contento, pero no creo que bajase el número de personas que solicitan la eutanasia ya que situaciones terminales o irreversibles, se suelen tener bastante claras las ideas.
Si se hubiese aprobado vuestra propuesta, ¿cuánto tiempo se tardaría en implantarla? Primero habría varios trámites, como son el Senado, comisiones, etc. En el momento en el que la ley sale publicada, tendríamos cuatro semanas para que el Consejo de Evaluación a nivel autonómico empezará a funcionar y en tres meses el Consejo Estatal. (...).
¿Cree que existe alguna relación de la eutanasia con la gestación subrogada o el aborto? Igual existe alguna relación porque se ponen límites a decisiones que tiene que tomar una persona. Yo creo que ese sería el nexo de unión (...). La gestación subrogada es una práctica que existe y creo que se debería regular para que se utilice el cuerpo de la mujer lo menos posible. Se suele comparar con los trasplantes en vivo, aunque hay gente que piensa que no es lo mismo un órgano, como puede ser un riñón, que un niño. El debate sobre estos temas existe y por mucho que digamos que no, hay que regularlo de alguna manera para que tenga los menos efectos secundarios posibles (...).
La eutanasia está legalizada en tres países, ¿habéis tomado ejemplo de esas leyes? Sí claramente sí. La eutanasia está legalizada en Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Suiza, aunque en Suiza está legalizado el suicidio asistido y una diferencia entre esto y la eutanasia. En Oregón, en Washington, en California, etc, lleva muchos años legalizado el suicidio asistido. En el suicidio asistido, una persona se suicida con algo que tú le has 80
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facilitado, es decir, tú ayudas a la otra persona, le asistes y le puedes dar una pastilla u otras cosas.
Entonces, si a la población se le informa de que es la eutanasia, se está dando un poco de ayuda para que ellos la sociedad sepa qué es y cómo realizarla. Por tanto, también sería suicidio asistido, aunque no llega al extremo de suministrar un medicamento. No, la información no está dentro de la acción. Una cosa es dar toda la información, que es la obligación que tenemos todo el personal sanitario y dar la bien, ya que hay veces que no se da de manera inteligible. Con lo cual no estamos haciendo nada malo, hay que darla de tal manera que el paciente lo entiendo. (...).
¿Cómo se diferencia eutanasia de suicidio asistido? Cuando el paciente está en un contexto de esperanza de vida de cuatro meses, no quiere vivir así y quiere finalizar su vida, el médico le atiende y el médico es quien le suministra una medicina por medio de una inyección y otros métodos. El paciente muere y eso sería una eutanasia El suicidio asistido se produce cuando al paciente se le proporciona una medicina y él se la toma. El la pide, él es quien ejerce la acción y por así decirlo tú no eres quién ha acabado con su vida si no que ha sido él. (...).
Vosotros queréis legalizar ambos, tanto eutanasia como el suicidio asistido Nosotros queremos legalizar las dos cosas, tanto el suicidio asistido como la eutanasia. Hay países en los que están legalizados ambos, como en Holanda o en Bélgica.
¿Cómo cree que está funcionando la ley belga?
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Hay una campaña que se llama la corriente pendiente deslizante que existen comentarios y críticas en contra, de que se está abusando de la eutanasia. Hay otros criterios que neutralizan esto. Sabemos que es un tema muy sensible porque implica las connotaciones religiosas. Yo entiendo que hay que ser respetuoso con todo el mundo y con todas las connotaciones que todo el mundo tenga, sea de la religión que sea y tenga las connotaciones religiosas que tenga. Pero también, las personas con estas connotaciones religiosas tienen que ser respetuosas con quien no las tienen, entonces este campo tiene muchas críticas por eso.
¿A qué tipo de pacientes planteáis la eutanasia? Nosotros lo planteamos tanto para casos terminales como casos irreversibles.
Como ha dicho, no le parece correcta la ley belga. Actualmente, el parlamento belga se está planteando legalizar la eutanasia para personas que están «cansados de vivir». ¿Qué opina sobre esta posible legalización? Nosotros no lo tenemos contemplado solo cuando haya un criterio médico que diga que una persona no tenga mejoría. (...). Hay veces en las que se dice «¿quién es el estado para acabar con la vida de alguien?», y no el Estado, ¿quién es la sociedad para no permitir poner fin a su vida una persona? (...). El Estado tiene que respetar la opinión y la libertad de la ciudadanía, pero la libertad es susceptible, ya que existe el derecho a la vida, pero la vida no es un deber (...).
¿Cree que algunos partidos no han apoyado su propuesta por motivos religiosos? Claro, cuando tuvimos el debate con Ciudadanos, dijeron que eran católicos. Lo que sucede con la eutanasia, también sucede también con temas como la interrupción voluntaria del embarazo, las cosas religiosas impiden que se legalicen. (...). 82
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¿Cuál fue la opinión del Partido Popular en el tema de la eutanasia y el suicidio asistido? El PP está en contra de la eutanasia y del suicidio asistido. Sí que han apoyado la ley de muerte digna de Ciudadanos porque son cuidados paliativos. Los cuidados paliativos es algo que ya tenemos legislado, todos somos partidarios de los cuidados paliativos. Tenemos unos servicios de cardiología, de rehabilitación, de todo porque los cuidados paliativos ya están legislados. Todos somos partidarios de ello, pero es cierto que cuidados paliativos en los últimos años han tenido un gran desarrollo. Este gran desarrollo se debe a que nuestra esperanza de vida es mayor y tenemos una población más envejecida. Además, los cuidados paliativos como nosotros lo tenemos conceptuado en el sistema sanitario, es una unidad de apoyo a la atención primaria y a la atención hospitalaria. Yo soy médico de atención primaria. Si estoy atendiendo a un paciente y cuando llego, ya no puedo hacer más o el paciente necesita un tratamiento psicológico o es la familia quien lo necesita, o se necesita un medicamento que yo no tengo accesible porque se necesitan infusores u otros aparatos, entonces yo llamo a la Unidad de Cuidados Paliativos.
Además de diputado, usted es médico. ¿Ha tenido algún tipo de experiencia con personas que quisieran que se les practica la eutanasia? Por desgracia mucha. Después de la Ley de 2002, muchas comunidades autónomas tienen leyes autonómicas para intentar controlar estas prácticas. La primera fue la andaluza, que se hizo en 2003 después de la ley del 2002, y la última así que la del País Vasco que se registró el año pasado. Todas ellas están por la dignidad y los derechos en el proceso de la muerte, pero ninguna puede legislar con el artículo del Código Penal 143, que ahí está el problema. (...). En nuestra propuesta teníamos otro sustituto, que decía que no era punible el que en determinadas circunstancias se ayude a una persona a morir. 83
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¿Vais a realizar nuevas propuestas de ley sobre la eutanasia? Sí, bueno hemos hecho la enmienda a la totalidad a la ley de Ciudadanos (...). Nuestra ley la registramos el 18 de enero y la hicimos Podemos y las confluencias, qué son Izquierda Unida, En Marea, Comú Podem. (...). Creemos que cuando llegue la ley PSOE, tendremos que sentarnos y tendremos opciones para solventar este problema. (...). En el fondo siempre están los motivos religiosos y por ello la sociedad no sabe cómo posicionarse respecto al tema.
El hecho de que prácticamente ningún país de Europa, salvo Bélgica, Holanda etcétera, lo tengan regulado, ¿no puede ser que habrá un motivo? Siempre miramos a países de alrededor, y los más cercanos no tienen regulada la eutanasia. ¿Por qué? Si es tan algo tan claro y tan evidente que tenemos derechos a decidir sobre nuestra vida y sobre nuestra muerte, ¿porque los partidos los países no lo regulan? Te voy a decir un dato. Ha habido un trabajo del 2015 en el que se pregunta a los países europeos sobre la necesidad o lo que la población piensa para regular una ley de eutanasia. El cuarto país a favor de una ley así es España y el segundo es Francia. Francia siendo el segundo no la tienes regulada, y te preguntas ¿por qué? Es debido a su complicación, al jaleo que hay por el tema cuando en realidad son con atracciones religiosas. En el fondo siempre son connotaciones religiosas. Cómo es complicado, los políticos lo que hacen es evitar conflictos, no arreglar problemas. Muchas veces para arreglar un problema, necesitas tener un conflicto y en política los conflictos significan una torpeza. Yo soy nueva, y lo que veo es que se intentan evitar conflictos y no solucionar problemas, porque si todo el mundo se hubiera puesto a arreglar problemas no estaríamos en las circunstancias que estamos. Los partidos lo que buscan es evitar conflictos y como no perder votos, pero son cosas muy distintas. El no perder votos no soluciona el problema. (...). 84
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Las cosas en política son más fáciles y al mismo tiempo son complicadas. Son más fáciles de lo que parecen porque si nadie quisiera volver a ganar, no les importaría hablar de más cosas. Es decir, si el objetivo de los partidos políticos no fuese volver a ganar las elecciones todo sería distinto. En política hay que tener cuidado con lo que se dice, no se puede decir esto porque enfadas a estos, no puedes decir lo otro, esto no es políticamente correcto… La política te cambia todo lo que tú piensas que tienes que hacer, esto no lo digas, no lo otro no lo digas, etc. (...). La política es totalmente diferente y aquí todos los partidos políticos están condicionados por los votos, eso no porque no nos da votos, eso no porque los otros se enfadan. Y resulta que la política está condicionada. Personalmente, me da lo mismo lo que pase dentro de tres años, yo quiero arreglar cosas si se puede y si no pues me voy a mi casa.
Ilustración 3.Entrevista a Amparo Botejara.
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IlustraciĂłn 4. Entrevista a Amparo Botejara.
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13. Anexo III. Encuesta I.E.S. Juan Gris 1. ¿Qué entiende por eutanasia? Pregunta obligatoria 1. Ayuda a morir a un enfermo incurable que lo necesita, por parte de un médico, administrando sustancias letales. 2. Ayuda a morir a un enfermo incurable que lo necesita, por omisión, es decir, suspendiendo el tratamiento del paciente, no se inicia el tratamiento o se suspende el uso de los instrumentos que permiten mantener con vida al enfermo. 3. Práctica que tiene como intención aliviar el sufrimiento del paciente. 4. Práctica que ayuda a morir a un paciente cuando este tiene las capacidades físicas y mentales para poder hacerlo. 5. Práctica que ayuda a morir a un paciente cuando este no tiene las capacidades físicas y mentales para poder hacerlo, pero que expresó previamente que quería poner fin a su vida. 6. N.S./N.C. 7. Otra: Respuestas: Tabla 11. Resultados pregunta 1 1=21 personas
2=21 pers.
3=15 pers.
4=3 pers.
5=32 pers.
6=2 pers.
7 = 1 pers
7 = 1 pers 1%
6=2 pers. 2%
1=21 personas 22% 5=32 pers. 34%
2=21 pers. 22% 4=3 pers. 3% 3=15 pers. 16%
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La persona que respondió OTRA, escribió que consideraba la eutanasia como «Acaba con la vida de un enfermo con el fin de acabar con su sufrimiento».
2. ¿Qué opinión le merece la siguiente afirmación? «Un enfermo incurable con grandes sufrimientos, tiene derecho a que los médicos ponga fin a su vida, sin dolor, administrando sustancias letales». Pregunta obligatoria •
A favor
•
En contra
•
Otra:
Respuestas: Tabla 12. Resultados pregunta
A favor = 78 personas
En contra = 11 pers.
Otra = 6 pers.
Otra = 6 pers. 6% En contra = 11 pers. 12%
A favor = 78 personas 82%
Las respuestas a la opción OTRA fueron: •
«Solo si esa persona lo pide, a favor.»
•
«A favor si los familiares o el propio paciente así lo deciden.»
•
«Con el consentimiento de familia y de él mismo, si.»
•
«Depende del caso.»
•
«No soy quien.»
•
«No solo por parte de un médico, sino por parte de la familia y de él mismo.»
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3. ¿Qué opinión le merece la siguiente afirmación? «Un enfermo incurable con grandes sufrimientos, ¿tiene derecho a que los médicos ponga fin a su vida, suspendiendo el tratamiento y los instrumentos que le mantienen con vida?» Pregunta obligatoria •
A favor
•
En contra
•
Otra:
Respuestas: Tabla 13. Resultados pregunta 3 A favor = 54 personas
En contra =34 pers.
Otra = 7 pers.
Otra = 7 pers. 7%
En contra =34 pers. 36%
A favor = 54 personas 57%
Las respuestas a la opción OTRA fueron: •
«Depende de si muere dolosamente o no. Si muere sin sufrimiento estoy a favor.»
•
«Solo si él lo pide, a favor.»
•
«Lo correcto considero que sería poner fin a su vida de manera indolora. Desconozco si la suspensión del tratamiento aumentaría los dolores del enfermo.»
•
«Siempre y cuando se pueda aplicar una muerte rápida e indolora, pienso que esta opción es antimoral.»
•
«La misma opción que en la anterior pregunta.»
•
«Tendría que decidirlo tanto la familia como el médico.» 89
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•
«Decisión de la familia.»
4. ¿Qué países conoce en los que esté legalizada la eutanasia? De respuesta corta. Esta pregunta no era obligatoria y fue respondida por 65 de los 95 encuestados. Sus respuestas fueron: Tabla 14. Resultados pregunta 4
País
Nº de respuestas
Estados Unidos
11
Bélgica
2
Canadá
2
Holanda
7
Chile
1
Alemania
1
Filipinas
1
Noruega
2
Suiza
14
Uganda
1
N.S.
14
Ninguno
9
90
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5. ¿Conoce alguna propuesta de ley para regular la práctica de la eutanasia en España? Pregunta obligatoria •
Sí
•
No
•
N.S./N.C.
•
Otra: Respuestas: Tabla 15. Resultados pregunta 5 Sí = 17 personas
No = 44 personas
N.S./N.C. =34 pers.
Sí = 17 personas 18% N.S./N.C. =34 pers. 36%
No = 44 personas 46%
6. (Si en la pregunta anterior ha contestado «Si») ¿Qué partido ha presentado esa propuesta de ley? •
PP (Partido Popular)
•
PSOE (Partido Socialista Obrero Español)
•
Podemos
•
Ciudadanos
•
NS/NC
•
Otra: En las respuestas a esta pregunta ha habido varios errores por parte de los encuestados, ya que el comienzo de la pregunta se indica que solo deben 91
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contestarla quienes en la pregunta 5 hayan respondido «Sí». En la pregunta 5 respondieron «Si» 17 personas, pero en esta se recibieron 58 respuestas. Por tanto, hubo 41 personas que respondieron «No» o «N.S./N.C.» y realizaron esta pregunta. Respuestas: Tabla 16. Resultados pregunta 6 PP = 1 persona
Podemos = 11 pers.
N.S./N.C. =46 pers.
PP = 1 persona 2% Podemos = 11 pers. 19%
N.S./N.C. =46 pers. 79%
7. ¿Piensa que es necesario regular esta práctica? Pregunta obligatoria •
Sí
•
No
•
Otra: Respuestas:
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Tabla 17. Resultados pregunta 7 Sí = 78 personas
No = 12 pers.
Otra = 5 pers.
Otra = 5 pers. 5% No = 12 pers. 13%
Sí = 78 personas 82%
Las respuestas a la opción OTRA fueron: •
«Es un sí en el caso de que la persona a ser dada el tratamiento desee morir. No creo que otra persona pueda tener autoridad sobre la vida de otra.»
•
«Depende de los casos.» Dos personas respondieron lo mismo.
•
«No lo sé.»
•
«Solo para quien realmente.»
8. ¿Qué posibles riesgos o dificultades puede tener su regulación? Pregunta obligatoria De respuesta corta. Las respuestas fueron: •
«N.S.» 13 respuestas.
•
«N.C.» 1 respuesta.
•
«Terminar con la vida de alguien que a lo mejor podía sobrevivir a la enfermedad.» 5 respuestas similares.
•
«Ninguno, cada cual debería ser libre de morir cuando quiera.»
•
«Que salga mal.»
•
«El fallecimiento de varias personas descienden la población.» 93
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•
«Tal vez al paciente no le apetezca morir.»
•
«Ninguna.»
•
«Puede que en un largo periodo si se encuentre cura o que en verdad el enfermo no esté de acuerdo o nunca ha estado de acuerdo con la aplicación de la eutanasia.»
•
«Que una persona esté enferma mentalmente y utilice la eutanasia para morirse sin motivo»
•
«Quizá el coste, pero lo demás son ventajas.»
•
«La aplicación de la eutanasia a personas en contra de la misma.»
•
«Que pacientes que realmente no lo necesitas quieran usar la eutanasia.»
•
«Habría que tener en cuenta el caso del paciente, valorar si merece la pena la eutanasia, meditarlo con familiares y siempre con la referencia de los médicos.»
•
«No todos puedan practicarlo.»
•
«La fomentación del suicidio, si es por parte del mismo paciente.»
•
«Que no sabemos cuál es el momento exacto para matar al paciente.»
•
«En mi opinión si se regula bien no tiene por qué tener riesgos.»
•
«El exceso de ella al practicarse en enfermos mentales, de los cuales no se tiene certeza de que tengan la capacidad de decisión.»
•
«Más muertes.» 4 respuestas.
•
«Determinar cuando la situación del paciente es la adecuada para acabar con su vida.»
•
«Creo que ninguno, ya que es la decisión del paciente en cuestión y en caso de sufrimiento de un paciente que no está en sus capacidades físicas ni mentales es una ayuda para evitarle dolor o sufrimiento.»
•
«Habrá gente que no esté a favor de esta práctica y se opondrá a su regulación.»
•
«Mayor número de muertes, pero creo que si alguien se encuentra en esa situación tiene derecho a decidir.»
•
«Una dificultad sería que la eutanasia no le haga un buen efecto al paciente y sufra más por ello.»
•
«Un problema con los moralistas.»
94
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•
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«Que si se comete un error médico y lo que aparentemente es incurable luego no lo es, moriría alguien que podría haberse curado.»
•
«El abuso de su utilidad.»
•
«Que existan vacíos legislativos por los que el médico que decida efectuar la eutanasia, posteriormente se vea implicado en problemas legales.»
•
«El recurso a la eutanasia por parte de gente con trastornos mentales, no enfermedades letales.»
•
«El uso de esta práctica irresponsablemente y sin necesidad»
•
«Que mueran personas que realmente no querían hacerlo.»
•
«Mas riesgos éticos que ninguno, darle muerte a alguien, ya sea enfermo o no, implica una fuerza mental enorme. Por lo demás, no veo riesgos.»
•
«Que la familia no quiera que a un paciente se le haga la eutanasia.»
•
«No estoy de acuerdo.»
•
«Que los familiares de los pacientes terminales se opongan, o que se abuse del uso de la eutanasia y pueda llegar a ser asesinato.»
•
«El dolor de las familias.»
•
«La reducción masiva de enfermos crónicos o variantes.»
•
«Si el paciente no tiene las capacidades mentales para poder decidir por su cuenta en una situación tan importante en la que la respuesta es permanente, si dicho paciente presenta algún problema de tipo psicológico, es decir, no está en disposición de utilizar plenamente sus capacidades mentales. Por este motivo, los controles para diagnosticar si una persona está en disposición de decidir si desea que se le realice la eutanasia y también consultar a sus familiares más cercanos.»
•
«Que la gente lo haga de forma cruel.»
•
«La incitación a la polémica y a la división de ideas por parte de distintos grupos.»
•
«Quizá no estar seguro de si tiene graves problemas y en un futuro poderse curar...»
•
«Mucha gente quiera poner fin a su vida mediante este método.»
•
«Un uso abusivo de la gente es decir que gente no quiera vivir por problemas sentimentales lo use sin sentido.» 95
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•
«Puede ser devastador para las familias, además de posibles errores.»
•
«Que abusen con la legalidad y llegue un momento que al mínimo problema poderse quitar su vida.»
•
«Religión.»
•
«Que alguien con cura pueda morir antes de tiempo por pensar que es incurable.»
•
«Si porque el pueblo se negara seguramente a aprobar una ley que la apruebe.»
•
«La moralidad y reacción de los medios y protestas en contra.»
•
«Que se considere antiético.»
•
«Que tengas que estar realmente enfermo para que te practiquen la eutanasia.»
•
«Es contra la natura humana.»
•
«No se encontrarán curas para las enfermedades o un método para seguir con tu vida, aunque sea crítica la enfermedad.»
•
«La gente con depresión o algún problema de carácter psicológico mentiría solo para matarse de forma más sencilla.»
•
«Hacer sufrir a la persona a la cual se subministra por algún error.»
•
«Si se está seguro de que el paciente tiene una enfermedad incurable, ninguno.»
•
«Exceder las sustancias letales o quedarse corto al administrarlas.»
•
«Qué la familia se pueda molestar.»
•
«A lo mejor hay gente que sin que le pase nada que le impida vivir quiere que le practiquen la eutanasia, pero en general no creo que haya problemas.»
•
«Que le haga daño, pero no le mate y pueda causar peores daños, pero no la muerte.»
•
«Que se impongan tasas elevadas y que hasta morir te cueste dinero. Lo cual es injusto. Y que solo debería aplicarse a enfermos terminales con dolores que viven sedados y solo si el paciente ha solicitado expresamente la eutanasia.»
•
«Que los médicos tengan un error por que crean que tenga una enfermedad incurable y pongan fin a la vida de una persona sin motivo.» 96
Laura Bojko
•
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
«Que el paciente tenga una ligerísima probabilidad de vida y se practicara esto, podría crear mucha polémica en la sanidad.»
•
«Que a lo mejor el enfermo se puede acabar curando, pero se muere, o que a lo mejor no le termina de matar y se queda peor.»
•
«El principal riesgo puede ser que muchos familiares estén en desacuerdo con la decisión del enfermo a la hora de aplicarle la eutanasia.»
•
«De que en algunos casos haya salida a la enfermedad con un porcentaje muy bajo y se le mate sin intentar aguantar el máximo»
•
«Que sea una fácil salida para gente que no quiere vivir.»
•
«Si se vendiera a todo el mundo se podría usar para el mal, pero si fuera suministrada por los médicos, ni en farmacias no creo que pudiera tener ningún riesgo ni dificultad.»
•
«No veo que pueda haber ningún tipo de riesgo. Al fin y al cabo, el objetivo de la eutanasia es acabar con la vida del paciente.»
•
«Si la persona está en coma y decide su pareja o su familia puede ser que decidan eutanasiarlo por interés.»
•
«Que haga mal efecto.»
•
«Fácil salida.»
•
«Puede existir el riesgo de que muera alguien que quiera seguir intentando vivir.»
•
«Debate sobre la gente que todavía tiene posibilidad de vivir.»
•
«La muerte de personas potencialmente recuperables.»
97
Laura Bojko
La eutanasia: perspectiva social y jurídica
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La eutanasia: perspectiva social y jurĂdica
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