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IX. NORMAS GENERALES DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
Normas Generales
a. La finalidad de las evaluaciones, en primera instancia, es resaltar los aspectos positivos del desempeño del personal, en segundo lugar, identificar las debilidades o deficiencias observadas durante el período de evaluación.
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b. La Evaluación del Desempeño Tipo D (Evaluación colaborador a jefe inmediato) podrá realizarse de forma virtual o física.
c. Los colaboradores que no se presenten a evaluar al jefe inmediato en la fecha y hora indicada por la Dirección de Recursos Humanos por motivos laborales, deberá presentar en un plazo no mayor a 3 días hábiles, justificación por escrito para que se le pueda asignar nuevamente fecha y hora para realizar la evaluación del desempeño Tipo D.
d. Las evaluaciones del desempeño del personal se consideran parte de los insumos de información para el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación –DNC- del Instituto.
e. El resultado promedio de las evaluaciones practicadas deberá ser igual o mayor a setenta y cinco (75) puntos, para considerarse como aprobado en las evaluaciones de ingreso, ascenso, así como también en las ordinarias y extraordinarias.
f. Ningún servidor público puede evaluar a otro de igual jerarquía o autoevaluarse.
g. Todas las evaluaciones del desempeño serán resguardadas por la Dirección de Recursos Humanos, y la evaluación deberá estar en el expediente administrativo de personal h. Se deberán tomar en cuenta todas las normas que establece el Reglamento General de Evaluación del Desempeño de ONSEC.