Revista EL PACTO Marzo2015

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n un escenario nacional donde se ventila la idea de la refundación del Estado mexicano y una nueva Carta Magna, arropados por una Asamblea Constituyente Ciudadana y Popular, a iniciativa del Obispo de Saltillo, otras organizaciones eclesiales y algunos actores sociales, y a menos de dos años del Centenario de la Constitución política que hoy nos rige, el Instituto de Estudios del Federalismo publica en este número de la revista EL PACTO, algunas reflexiones de sus colaboradores editoriales que nos recuerdan anteriores y actuales experiencias sobre nuestro devenir constitucionalista. Uno de esos tópicos es la relación entre el Estado y la Iglesia en la Reforma, así como la aplicación de la Ley Calles, de la autoría del Dr. Fabián Acosta. En éste se muestran las opuestas posturas entre la alta jerarquía católica y la alta jerarquía política mexicanas, hasta llegar al punto de la excomunión para quienes juraran la Constitución de 1857. Situación que reaparece con la de 1917. Hoy como ayer en los recintos de las Asambleas legislativas resuenan las sonoras voces federalistas, de Juan Cayetano, novogalaico defensor acérrimo del autonomismo provincial, y de visionarios municipalistas como el propio Severo Maldonado y las que se oyeron casi cien años después, de los hermanos Flores Magón, en la inmediatez del Constituyente de 1917. A ellos se les recuerda en el ideario del liberalismo constitucional en dos apartados de este órgano de difusión. Han corrido ríos de tinta sobre papel, en torno a la profecía del Padre Mier. Pero existe otra sabia intervención igualmente profética: la del primer cardenal mexicano, que predijo nues-

tro presente federalista si desaparecía el Acta Constitutiva de la Federación, del texto constitucional. Por ello, reproducimos aquella pieza oratoria pronunciada en el Parlamento de 1824, en voz de Don Juan Cayetano Gómez de Portugal y Solís. A 191 años de vida constitucional en México, cabe preguntarse si hemos perdido el rumbo. En este cuadrante espacial y temporal, el Director de este Instituto nos responde a preguntas muy específicas sobre lo que ha sucedido en la realidad con el régimen interior de las entidades federativas. Y el Secretario General del mismo plantea los probables escenarios en la aplicación del nuevo Código electoral, de acentuado centralismo. Fernando G. Castolo nos comparte porqué y cuándo Ciudad Guzmán fue dos veces capital de Jalisco. En la reseña sobre una obra de José María Muriá se habla de la evolución histórica de nuestro territorio estatal. Y en temas más actuales, este número de la revista, ofrece la perspectiva de Omar Acosta acerca de una probable crisis inmigratoria, resultado del debate entre Barack Obama y la mitad de la federación norteamericana. Finalmente, el comportamiento del voto en las elecciones municipales y las tendencias hacia el monopartidismo en la elección para gobernador en Jalisco, cierran esta edición. Extendemos una vez más, la invitación para enviar su colaboración editorial a este medio, sin exceder las 2 mil 500 palabras, incluyendo bibliografía, pies de página y gráficas, al correo: inaotalt@hotmail.com

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Revista de información, Divulgación y Análisis del Federalismo Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”

Directorio CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL FEDERALISMO “PRISCILIANO SÁNCHEZ” (JUNTA DE GOBIERNO) Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz Gobernador del Estado de Jalisco y Presidente del Consejo General Diputada Gabriela Andalón Becerra Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Magistrado Salvador Cantero Aguilar Representante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco Dr. Javier Hurtado Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”

Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA) Mtro. Francisco Peña R azo/Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora Colegio de Jalisco

Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Guadalajara (ITESM) Dra. Azul América Aguiar Aguilar Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG)

Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Edo.

Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana

Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16

Francisco Padilla López Ciudadano distinguido

Lic. X avier Garabito Tovar Grupo Democrático X alisco

Profesor R amón Mata Torres Ciudadano distinguido

Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida y miembro de la Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado Mtra. Magdalena González Casillas Ciudadana distinguida

Dr. Jaime Preciado Coronado Ciudadano distinguido Lic. Pedro Vargas Ávalos Presidente fundador del IEF y Consejero honorario

http://www.ief.jalisco.gob.mx IMPRESO Y HECHO EN MÉXICO

Tiraje 200 ejemplares Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx


Índice Reflexiones sobre el Federalismo La separación Iglesia-Estado vista a la luz de dos hechos históricos: La Reforma y La Ley Calles FABIÁN ACOSTA RICO El Federalismo en el mundo OBAMA VS LA MITAD DE LA FEDERACIÓN Una crisis de inmigración a punto de estallar OMAR ACOSTA

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El Federalismo en la actualidad Las nuevas competencias electorales en el Federalismo mexicano PEDRO ANTONIO ROSAS HERNÁNDEZ

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La Entrevista

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El régimen interior de los estados en el Federalismo JAVIER HURTADO

Temas Municipales Ciudad Guzmán, Capital de Jalisco FERNANDO G. CASTOLO

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Espacio Abierto EL MONOPARTIDISMO EN LA GUBERNATURA DEL ESTADO FRANCISCO JIMÉNEZ

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Sección Cultural MEXICANOS VISIONARIOS: De Severo Maldonado a los hermanos Flores Magón OMAR ACOSTA

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Testimonios y Documentos Las profecías del Constituyente de 1824 MAURO GERARDO RUELAS BENTURA

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De Nuestra Biblioteca Demarcando a Jalisco de José María Muriá FRANCISCO JIMÉNEZ

59

Líderes del Federalismo Dr. Juan Cayetano Gómez de Portugal y Solís JORGE ALBERTO AGUIRRE ULLOA

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Información Básica Político Electoral Municipal

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Ahualulco de Mercado / Amacueca IEF

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Reflexiones sobre el Federalismo

Por: Fabián Acosta Rico*

* Doctorado en Antropología/UNIVA

LA SEPARACIÓN

IGLESIA-ESTADO VISTA A LA LUZ DE DOS HECHOS HISTÓRICOS: La Reforma y la Ley Calles La Santa Sede estaba todo menos conforme con la Constitución de 1857; sus leyes, en opinión de la Alta jerarquía romana atentaban contra la libertad de la Iglesia y los derechos más elementales de los católicos mexicanos. El golpe de Estado dado por Félix Zuloaga, que detonó la Guerra de Reforma, conllevó la derogación de las leyes reformistas.

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Ante estos acontecimientos, el enviado de Ignacio Comonfort ante el trono de San Pedro, Ezequiel Montes, vio naufragar por completo la posibilidad de llegar a un acuerdo con la Santa Sede al estallar la guerra; desde un principio, el lograr un sano entendimiento con el Vaticano en lo correspondiente a la Constitución se presentó como una empresa sumamente difícil y más porque el entonces Papa, Pío IX, rechazó de forma categórica el gobierno emanado de la revolución de Ayutla y a la Constitución que hizo suyos los ideales de ésta. Como se menciona en México a través de los siglos, Pío IX dejó de lado toda diplomacia y en una elocución pronunciada en consistorio secreto, el 15 de diciembre de 1856, condenó la Constitución haciendo uso pleno de toda su autoridad y potestad pontificia; sus palabras textuales fueron: ...Levantamos nuestra voz pontificia con libertad apostólica en esta vuestra reunión completa para condenar, reprobar y declarar írritos y de ningún valor los mencionados decretos, y todos los demás que haya practicado la autoridad civil con tanto desprecio de la autoridad eclesiástica y de esta Silla Apostólica...1 Los autores liberales que, bajo la dirección de Vicente Riva Palacio, redactaron la obra de donde extrajimos la cita, a pesar de ser historiadores oficiales, líneas después excusan al Papa, argumentando que sus apreciaciones obedecían a las malas referencias que recibía de la situación en México del obispo de Puebla, Monseñor Pelagio Labastida, quien, tras ser acusado de alentar y financiar el levantamiento armado, encabezado por los generales reaccionarios Luis G. Osollo y Tomás Mejía, se le expulsó del país y, por tanto, era de esperarse que destilara mucho de sus resentimientos en los informes que daba de su nación al Pontífice, al menos así lo creían dichos autores. Un comentario similar se puede leer en una circular dirigida a la nación, fechada el 4 de febrero de 1858 y firmada por Manuel Ruiz a propósito del golpe de Estado. En ella se exculpa al Pontífice sosteniendo una aseveración falsa; a la letra se apunta que: ... ni el mismo Sumo Pontífice ha visto en esas leyes un elemento de alarma para las conciencias, ni un pretexto para el desacuerdo entre ambas potestades, como bien sabe el señor Zuloaga, que el jefe de la Iglesia católica, nunca se adelantó a calificar esas leyes, ni la Constitución del país, de impías, heréticas o anticatólicas, manifestando por el contrario dispuesto a prevenir a los Illmos. Señores obispos su obediencia...2 1 Riva Palacio, México a través de los siglos. tomo VIII, Ed, Cumbre, México, 1981. P. 227 2 Tamayo, Benito Juárez. Documento, discursos y correspondencia. Ed. Libros de México, México, 1972. P. 313 M a r z o 2 0 15 |

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Reflexiones sobre el Federalismo Del anterior párrafo se puede dilucidar lo siguiente: Primero, que los propagandistas liberales desconocían la verdadera postura de Pío IX o que conociéndola, la sola figura papal les inspiraba tal respeto y se los siguió inspirando, como vimos en la anterior referencia, que preferían mentir antes que mostrarse desfavorables a la causa como en realidad lo fue, según constatamos en su declaración de 1857, que aunque secreta les marcaba a los obispos una directriz abiertamente hostil a la reforma. Sin duda para el discurso liberal era menos comprometedor, y le acarreaba menos repudio del pueblo, acusar a los obispos de ser ellos los incitadores de la rebelión y no el Pontífice, al que incluso estarían desobedeciendo. Como después veremos, Pío IX no tardó en mandarle todas sus bendiciones a Zuloaga por derogar la Constitución y junto con el Papa, el Arzobispo de México y el resto de los obispos hicieron votos a favor del Plan de Tacubaya. La alta jerarquía católica mexicana tenía motivos para no aceptar el nuevo orden político impuesto por la revolución triunfante y la Constitución; la declaración de Pío IX sólo los afianzó en su postura; a su manera, los prelados mexicanos, sin estar del todo de acuerdo con Zuloaga y sus partidarios, salían en defensa de los que consideraban los legítimos derechos y libertades de la Iglesia y de sus vicarios. Cuando el proyecto reformista parecía estar, al menos en su primera etapa, ya consumado con el general Comonfort en la presidencia y las leyes reformistas elevadas a rango constitucional, el Arzobispo de México lanzó la excomunión para todos aquellos funcionarios o militares que juraran la Ley Suprema; de haberlo hecho, podrían recibir de nuevo los sacramentos si abjuraban públicamente. Como menciona el historiador José Fuentes Mares, para muchos empleados públicos de rango inferior, el no jurar la Carta Magna o el retractarse por haberlo hecho implicaba la pérdida del cargo y al decidir entre el sustento de sus familias o el mantenerse fieles y obedientes a la Iglesia, se les presentaba una disyuntiva difícil de resolver. Mientras Fuentes Mares sostiene que ante semejante dilema muchos buenos católicos empleados en el gobierno accedieron a jurar y estigmatizados por la condena arzobispal no dudaron en pasarse a las filas de los liberales. El historiador Francisco de Paula de Arrangoiz, en su obra México desde 1808 hasta 1867 mantiene lo contrario, afirma que la mayor parte de los funcionarios del gobierno prefirieron perder sus empleos a pesar de tener 30 o 40 años de servicio, dando así, según las palabras del propio historiador “una prueba de honradez y firmeza de principios, de que se ven rarísimos ejemplos.”3

3 De Arragoniz, Historia de México desde 1808 hasta 1867. p. 429.

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Las declaraciones de Pío IX y la excomunión decretada por el Arzobispo de México no fueron por sí solas el detonar de la Guerra de Reforma; como ya se mencionó, este levantamiento armado se iba a suscitar de todas formas. Para José Vasconcelos obedecía la insurrección a los intereses de “pretorianos” como Zuloaga, Miramón u Osollo4 que seguían el viejo estilo santanista de hacer política a través de manifiestos y cuartelazos, y que buscaban congratularse con la Iglesia, como dice Justo Sierra, únicamente para poder explotarla mejor.5 Según el propio Sierra, no eran ni los viejos generales Iturbidistas o los militares Santanistas quienes dirigían el Plan de Tacubaya sino los discípulos de Lucas Alamán: “Efectivamente, el partido conservador pensante educado por Alamán había tomado la cabeza del movimiento, no era el santanismo, sino el que había aceptado como constitución las Bases orgánicas.”6 Y por ende, más que una dictadura militar, anhelaban la restauración de la república centralista o, en su defecto, la creación de un Imperio mexicano presidido por un príncipe extranjero. Por último Francisco Bulnes dirá que ni los pretorianos ni los discípulos de Alamán fueron los verdaderos artífices de la insurrección sino los propios liberales, tanto moderados como Manuel Payno, como exaltados como Juan José Baz; liberales que comprendieron que el pueblo mexicano no tenía todavía la suficiente madurez política para ser gobernado por una Constitución tan avanzada y progresista como la del 57 y por tanto aconsejaron a Comonfort no aplicarla por el momento. De estas tres versiones, sin duda la de Vasconcelos es la más aceptada. Pues allende quiénes hayan planeado el golpe de Estado y con qué propósito; los que ejercieron el poder y dirigieron la guerra de lado conservador fueron los militares y con ellos negoció en su momento Pío IX y la alta jerarquía católica. Y así fue. Tras derogar las leyes que tanto incomodaban a la Iglesia y de comprometerse a regresarle muchos de los bienes que el gobierno liberal le obligó a vender, Zuloaga no demoró en comunicarse con el Papa a través de una carta, donde lo ponía al tanto de estas medidas emprendidas por su gobierno y de la situación política que imperaba en México. La misiva tiene todos los tintes de un comunicado oficial, está fechada el 18 de marzo de 1858. A grandes rasgos su contenido es el siguiente. Empieza declarándole la adhesión de su gobierno y de todo el pueblo de México al trono de San Pedro. Le aclara que 4 Sobre el estilo y pretensiones de los conservadores de la clase militar que participaron en la Guerra de Reforma, José Vasconcelos hace una serie de comentarios interesantes en su obra Breve Historia de México en el capítulo intitulado: “La Guerra de los tres años”. 5 Consideramos que la Independencia se consumó, en parte, gracias a una alianza entre la cruz y la espada, es decir, entre el clero y el ejército. 6 Sierra, Justo. Obras completas XIII Juárez: su obra y su tiempo. Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1977. p. 124 M a r z o 2 0 15 |

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Reflexiones sobre el Federalismo las leyes anticlericales y su ejecución no son testimonio de deslealtad de la nación mexicana sino iniciativa de una minoría que como tal no representa la verdadera postura y sentir de los mexicanos. En este punto la frase textual del General es: “En México, Santísimo Padre, no hay incrédulos, ni impíos de corazón.”7 Continúa expresándole que uno de sus primeros propósitos como presidente interino fue el restablecer en su integridad las relaciones entre la Iglesia y el Estado mexicano, interrumpidas a últimas fechas. Termina la misiva con una nota que no deja ninguna duda con respecto al abierto clericalismo del gobierno conservador encabezado por él y respaldado por los militares reaccionarios. Le pide al Papa: “bendecirlo, al gobierno y autoridades de la República, para que se unan todos y se restablezca la paz bajo el sano influjo de la religión.”8 La respuesta de Pío IX no fue menos amistosa y solemne. En la primera línea se dirige al General en los términos de: “Amado hijo, esclarecido y respetable varón, salud y bendición apostólica.”9 A continuación de este afectivo saludo, el Pontífice le expresó a Zuloaga el beneplácito que le causaba saber la determinación de su gobierno de derogar las leyes que él, en su calidad de jefe de la Iglesia, tanto repudió hace un año. Le manifestó estar complacido y esperanzado porque se restablecieran relaciones entre Roma y México, y ponderaba su manera ante los 7 Riva Palacio, Tomo IX. op. cit. p. 284. 8 Idem. 9 Idem.

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acontecimientos recientes; proceder que obviamente tenía toda su aprobación y aval moral. Por último lo conminaba a continuar la obra ya iniciada: Así pues, al felicitaros una y otra vez cordialmente, a vos y a vuestro gobierno, por esos sucesos, y por vuestros muy recomendables sentimientos, alentamos la esperanza de que por vuestro empeño, principalmente, y por vuestra administración, la Iglesia y su saludable doctrina, causa principal de la felicidad de los pueblos, recobren en México toda su libertad y ejerzan próspera y felizmente sus derechos.10 De la anterior cita ponemos bajo la lupa la alusión del Pontífice referente a que la Iglesia debía recobrar su libertad y derechos. Las demandas de Pío IX reaparecerán seis décadas después, pero ahora en boca de Pío XI, de la jerarquía eclesiástica y los católicos militantes. Pío XI, al igual que su antecesor, también expresó su opinión acerca de la Constitución, en su caso la de 1917, y lo hizo precisamente antes de que estallara la lucha armada; en realidad sus críticas estaban dirigidas más que a la Carta Magna a la Ley Calles11, o al reglamento expedido por el presidente Plutarco Elías Calles con la intención de normar y aplicar con rigor los artículos más anticlericales (principalmente el 130). De nuevo se presentó el caso de que la autoridad papal ponía en entredicho la legitimidad de ciertas normas expedidas por las instituciones políticas de una nación soberana, justificando su condena y desacreditación con el argumento de que una ley positiva que atenta contra el derecho natural no es en realidad una tal, sino una imposición arbitraria e injusta a cuyo acatamiento no está obligado ningún hombre. Así como en el consistorio secreto de 1856 en el que Pío IX desacreditó la Constitución del 57, Pío XI también en un consistorio secreto, cele10 Idem. 11 La mencionada ley fue publicada el 2 de julio de 1926. En enero, de manera anticonstitucional, el presidente Calles obtuvo del Congreso de la Unión plenos poderes para redactar dicho decreto, que a la sazón modernizaba el Código Penal estipulado castigos y condenas para leyes ya contenidas en la Constitución, la mayoría relativas al culto religioso. Según Meyer, de todos los artículos de la Ley Calles, el que más indignaba al alto clero era el 19 y así fue, el inclinó el fiel de la balanza en la decisión tomada por los obispos mexicanos y aprobada por Roma de suspender el culto y cerrar los templos hasta que no fuera derogada dicha ley. El artículo 19 decretaba el registro de sacerdotes ante la Secretaria de Gobernación: aunque tal disposición no era contraria al derecho canónigo, las circunstancias convertían el registro en un arma aprovechable por el gobierno para respaldar a los cismáticos, es decir, a los presbíteros que estaban de acuerdo en aceptar el ofrecimiento que el gobierno les hacía a través de la CROM y de su titular Luis. N Morones, de formar una Iglesia Mexicana, independiente de la autoridad romana o papal. M a r z o 2 0 15 |

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Reflexiones sobre el Federalismo brado el 20 de diciembre de 1926, al referirse en concreto a la Ley Calles, misma que daba pie a la persecución religiosa, mencionó, textualmente, que: “de ley no tenía sino el nombre, desde el momento que está en oposición con todo derecho divino o humano...”12 Meses atrás el Pontífice ya había expresado su desaprobación en varias cartas y encíclicas dirigidas a los obispos mexicanos; tal parece que el asunto realmente le preocupaba y estuvo muy al pendiente de éste recibiendo informes y dando indicaciones. En abril del mismo año, por ejemplo, en una carta dirigida al Episcopado Mexicano y reproducida por la revista L’Osservatore Romano, el sucesor de San Pedro, dejaba de lado las sutilezas diplomáticas y lanzaba una enfática y enérgica condena a las leyes anticlericales que entraban en vigencia en México, y avalaba y elogiaba el proceder de sus obispos ante ellas: Esas inicuas prescripciones de gobernantes enemigos de la Iglesia tan lejos están de ser una ordenanza de la razón y dirigirse al bien común que ni siquiera merecen el nombre de leyes; por lo cual con razón os alabó nuestro predecesor, de feliz memoria, Benedicto XV, cuando justa solemnemente las reprobasteis y pedisteis su derogación, la cual nos no tan sólo ratificamos, sino la hacemos nuestra, tanto más, cuanto los Gobernantes de vuestra República con más saña hacen cada día la guerra a la Religión Católica...13 En noviembre del mismo año, de nuevo Pío XI se dirigió a la alta jerarquía católica mexicana por medio de una Carta encíclica para manifestarles su respaldo a la decisión que tomaron de suspender el culto en todas las Iglesias de la diócesis a partir de julio cuando entró vigencia la tan repudiada Ley Calles; haciendo suya la opinión del Episcopado mexicano y citando las declaraciones de éste. El Pontífice condenaba de vuelta dicha ley, pues en su opinión, aceptarla: “equivalía a subordinar la Iglesia y casi darla en esclavitud a los gobernantes del Estado.”14 Al leer estas líneas es difícil no recordar el Real Patronato o el viejo acuerdo suscrito entre los reyes españoles y el trono de San Pedro, que estipulaba la subordinación de la Iglesia al poder regio. Mas eran otros tiempos y la Santa Sede no tenía ninguna intención de celebrar concordatos como antaño lo hizo con las coronas católicas europeas, y menos con un gobierno de cuya legitimidad dudaba y al que tachaba de enemigo confeso de la fe católica. En términos de conveniencias e incluso de protocolo, no era lo mismo pactar con un monarca católico, aunque tuviera inclina12 Boletín V.I.T.A. México. 1 de julio de 1929. 13 Idem. 14 Idem.

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ciones liberales, como Maximiliano de Habsburgo, que negociar con un presidente anticlerical y presumiblemente comunista como Plutarco Elías Calles. La intolerancia que se profesaron históricamente las instituciones más importantes de México cimentó un agreste escenario político en el que ambas se afianzaron en sus convicciones y creyendo tener a la razón de aliada, justificaron en este marco de repudio sus constantes ataques que pusieron a la nación siempre al borde de una pronunciamiento militar o de una asonada armada. La actitud enérgica del Papa ante las leyes callistas hizo eco en el episcopado mexicano. Si en los tiempos de la Reforma, el Arzobispo de México no titubeó en lanzar una excomunión contra todos aquellos que juraran la nueva Constitución, setenta años después, para ser exactos el 24 de julio de 1926, los mitrados mexicanos, reunidos en Comité episcopal, siguieron el ejemplo de sus antecesores decimonónicos. Aprobaron la propuesta del día 11 del mes en curso referente a suspender el culto y mantener cerrados los templos hasta no ver derogada la Ley Calles. Su decisión, como ya se vio, fue aprobada y calificada de necesaria por la Santa Sede, sin embargo, el consenso no reinaba en la alta jerarquía católica mexicana; como apunta Meyer en el segundo tomo de su obra La Cristiada, no faltaron obispos conciliadores que se opusieran a esta medida, éste fue el caso del obispo de Guadalajara, Monseñor Francisco Orozco y Jiménez, para convencerlo de dar su aprobación fue necesario que el padre Méndez Medina hablara con él en esa ciudad.

“A Gringo Guide to the Cristero Rebellion” tomada de: amazon.com

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Reflexiones sobre el Federalismo Siguiendo con nuestra comparación de hechos, así como el decreto de excomunión no fue el detonante inmediato de la Guerra de Reforma, de igual manera, la suspensión de cultos no fue la antesala directa de la Guerra Cristera. La persecución contra los grupos católicos se intensificó a raíz de dicha suspensión y quien más la padeció, por ser la organización más comprometida en el conflicto, fue la Liga Nacional de la Defensa de la Libertad Religiosa. La policía secreta del gobierno tenía en la mira a muchos de sus dirigentes, buena parte de ellos, acusados de sedición, fueron aprehendidos o asesinados, quienes también eran señalados por el índice de la justicia era los obispos José Mora y del Río y Pascual Díaz. La reacción inmediata de los católicos fue la resistencia civil. La confrontación militar con el gobierno esperó unos meses, fue el último recurso, el recurso de la desesperación; los dirigentes de la Liga, René Capistrán, Rafael Ceniceros, Luis G. Bustos, etc. antes de ponerse en pie de guerra exhortaron a la población a manifestar su repudio hacia la política anticlerical del gobierno, sumándose a un boicot cuya estrategia, sencilla, pero eficaz, consistía en dejar de comprar artículos suntuarios, no asistir a espectáculos públicos, no comprar lotería, limitar el consumo de energía eléctrica y no comprar periódicos pro gubernamentalistas.15 Las semejanzas o puntos en común entre la Guerra de Reforma y la Guerra Cristera, son muchos y ninguno de ellos es obra de la casualidad, pues a pesar de todos los cambios o transformaciones que experimenta en su historia una nación, las instituciones y los grupos, y con ellos las ideas o creencias que los animan, permanecen; bajo un nuevo rostro y en distintas circunstancias los protagonistas de la historia, los dueños del timón reaparecen dirigiendo a la facción, grupo o partido afín a sus ideas. Es como el eterno retorno del que hablaba Federico Nietzsche.

15 Si el boicot tenía un respuesta popular, lesionaría la economía de las clases pudientes y sobre todo las finanzas públicas; ante esta crisis, el gobierno no tendría más remedio que acatar la voluntad de la catolicidad mexicana, es decir, no tendría otra opción que derogar la ley expedida el 24 de julio; la repudiada ley que complementaba el artículo 130 reglamentando su aplicación y penalización. La liga movilizó su aparato propagandístico para promover el boicot; los jóvenes de la ACJM repartían volantes en las esquinas de las calles, los panfletos invitaban a los católicos a sumarse; las integrantes de la Brigadas Santa Juana de Arco, por su parte, exhortaban a las amas de casa a moderar sus gastos domésticos o limitarlos a lo más indispensable. Como lo explicó el Comité directivo de la Liga en una circular fechada el 14 de julio de 1926, el boicot tenía la autorización del Comité Episcopal, no era una medida subversiva, sino de presión que sería levantada obtenida la respuesta deseada del gobierno. Salvo en casos como Jalisco, el boicot no tuvo la respuesta esperada.

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El Federalismo en el mundo

Por: Omar Acosta*

OBAMA VS LA MITAD DE LA FEDERACIÓN

Una crisis de inmigración a punto de estallar El problema de inmigración en los Estados Unidos de América ha venido creciendo durante años. Ha llegado al punto en que más de 11 millones1 de personas indocumentadas se encuentran en una situación, por un lado, de adversidad debido a la necesidad que los orilló a buscar un futuro en otra nación y, por otro lado, de ilegalidad, ya que para conseguir sus fines, deben de atentar contra la soberanía de otro país. En lo que concierne a la nación mexicana, la migración de nuestros conciudadanos hacia la tierra de las oportunidades representa una variable estrechamente vinculada a la cultura y a la economía del país. Tanto en las aportaciones de costumbres que nos comparten los que regresan de visita, hasta las grandes cantidades de dinero que son enviadas, el fenómeno de migración ha llegado a tomar un papel importante en la vida de México. Este importante fenómeno que se encuentra estrechamente ligado a todos los mexicanos se ha visto amenazado constantemente. Desde los malos tratos que reciben los conciudadanos por parte de las autoridades, por los ciudadanos y por otros inmigrantes estadounidenses, hasta el miedo al inminente momento en que sean capturados como animales y sean devueltos a nuestra nación. Sin embargo, en la actualidad esta amenaza es aún mayor y se presenta ya en un escenario en el que amerita la preocupación de todos los mexicanos. * Politólogo jalisciense 1 Revista Proceso. (2012) En “Viven en EU 11.5 millones; 59% son mexicanos”. Recuperado de: http:// www.proceso.com.mx/?p=301856

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| OBAMA VS LA MITAD DE LA FEDERACIÓN: Una crisis de inmigración a punto de estallar

Omar Acosta


EL PACTO Un total de más de 5 millones de inmigrantes2 estaban al borde de ser deportados y separados de sus familias por las medidas excesivas que gobiernos locales habían tomado. En el ambiente de este gran problema, se presentó una luz de esperanza para todos aquellos que llegaron a los Estados Unidos con el sueño de conseguir una vida mejor. El presidente Barack Obama anunció una medida ejecutiva en la que brindaba un significativo analgésico para la dolora situación en que se encontraban3. Empero, y como una mala broma de la vida, esta medida fue detenida un día antes de que los primeros conciudadanos pudieran hacer uso de ella. Al día de hoy, la disputa sigue en pie. La respuesta del Gobierno Federal ante tal situación es la de continuar con todos los medios legales posibles para concretar dicha medida4. Para entender mejor esta escena, parte de una película más grande, es necesario realizar un recorrido cronológico, tomando en cuenta los momentos más relevantes. El orden que siguieron los eventos hasta llevarnos a lo que vivimos en el momento, es el siguiente: • 20 de noviembre del 2014. El Presidente Barack Obama hace mención de las medidas que su gobierno tomará con el fin de no deportar a los mas de 5 millones de indocumentados que se encontraban en ese proceso5. • 03 de diciembre del 2014. Greg Abbott en representación de un conjunto de 17 estados de la federación promueven demanda en contra de la acción ejecutiva de Obama6. • 10 de diciembre del 2014. Se suman a la demanda promovida en contra del Gobierno Federal 7 estados más7. • 16 de enero del 2015. Inicia juicio de 25 estados sumados en contra de las medidas anunciadas por el Gobierno Federal. El juez en2 BBC Mundo. (2014) En “Obama promete no deportar a millones de indocumentados”. Recuperado de: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/11/141113_ultnot_obama_inmigracion_deportacion_cch 3 Ibídem. 4 BBC Mundo. (2015) En “EE.UU.: gobierno pedirá acción judicial de emergencia para plan de inmigración”. http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/02/150220_eeuu_inmigracion_accion_emergencia_egn 5 BBC Mundo. (2014) En “Obama promete no deportar a millones de indocumentados”. Recuperados de: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/11/141113_ultnot_obama_inmigracion_deportacion_cch 6 BBC Mundo (2014) En “Siete nuevos estados se suman a demanda contra medidas migratorias de Obama.” Recuperado de: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/12/141210_ultnot_ reforma_migratoria_estados_oposicion_jg 7 Ibídem.

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El Federalismo en el mundo cargado de dicho asunto es Andrew Hanen8. • 17 de febrero del 2015. Juez Federal suspende temporalmente la medida ejecutiva que el Gobierno de Barack Obama había tomado en torno al problema migratorio9. Los estados opositores El grupo de gobernadores que contravienen las ideas de Obama para la protección de los migrantes representa más de la mitad del total de la federación. La medida en que se fueron sumando al grupo opositor es la siguiente:

Primer Grupo (17)

Segundo Grupo (7)

Tercer Grupo (2)

Texas

Carolina del Sur

Arizona

Tennessee

Alabama

Carolina del Nte.

Arkansas

Virginia del Este

Georgia

Dakota del Sur

Dakota del Norte

Idaho

Utah

Florida

Indiana

Virginia del Oeste

Michigan

Kansas

Wisconsin

Ohio

Luisiana

Misisipi

Oklahoma

Montana

Maine

Nebraska

Las medidas En cuanto a las medidas ejecutivas que el presidente Barack Obama buscaba implementar para evitar la deportación de millones de indocumentados, éstas se pueden resumir en10: • A todos los inmigrantes indocumentados que lleven más de 5 años en los Estados Unidos y que tienen hijos que son ciudadanos del país o residentes legales, que demuestren que llevan en esa nación 8 El Diario (2015) En “Impugnan 25 estados acción ejecutiva en materia migratoria”. Recuperado de: http://diario.mx/Estados_Unidos/2015-01-15_4355347b/impugnan-25-estados-accion-ejecutiva-en-materia-migratoria/ 9 BBC Mundo. (2015) En “Juez federal suspende medida migratoria de Obama.” Recuperado de: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/02/150217_ultnot_orden_ejecutiva_inmigracion_obama_juez_ao 10 Milagros, V. (2015) EN “¿Qué pasará con el alivio migratorio?” Recuperado de: http://eltiempolatino.com/news/2015/feb/20/que-pasara-con-el-alivio-migratorio/

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EL PACTO desde antes del primero de enero de 2010 y no tengan antecedentes criminales no serán deportados por lo menos durante tres años y además podrán conseguir un permiso para trabajar. • Aunado a la anterior medida, se propuso ampliar el programa DACA que consistía en postergar la deportación de aquellos jóvenes que hubieran llegado desde niños antes del 2007. La ampliación consiste en modificar la fecha base para que sea desde el año 2010. • Permitir a todos los indocumentados tramitar su estadía legal si demuestran un desempeño excepcional en algún campo laboral. El contraataque Aludiendo a una partida de ajedrez, el siguiente movimiento es para el Gobierno Federal. Si bien no podrían detener el juicio de inconstitucionalidad que se plantea en cuanto la acción ejecutiva, éste si puede tomar las siguientes acciones11: • Tomar la medida cautelar de emergencia (emergency stay), que es una suspensión del proceso legal, en este caso del fallo del juez. De aprobarse, permitiría la entrada en vigor de DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) y DAPA (Acción Diferida para Padres de los Ciudadanos), pero de manera temporal, mientras continúa el proceso de la demanda general. • El otro recurso es una apelación en la corte federal de apelaciones del distrito 5, en Nueva Orleans, Luisiana. Un sistema para entorpecer Si bien es posible ver el actual escenario que enfrentan los estadounidenses, también se tiene que entender que la disputa entre el gobierno federal y los estados es el resultado de un antiguo debate que se tenía con el Congreso. Las medidas ejecutivas son resultado del frustrado intento de la federación por reformar la legislación referente a la inmigración. Como primera vía, el gobierno de Obama buscó trascender el problema que se avenía, y además cumplir con una de sus promesas de campaña, mediante la creación de un nuevo orden en torno a los migrantes. En un primer momento, se puede inferir que la composición política del 11 Ibídem.

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El Federalismo en el mundo Congreso fue la causante de que dicha medida fuera detenida. Sin embargo, es necesario recordar que el sistema de gobierno estadounidense se caracteriza por promover la parálisis gubernamental12. La combinación de un sistema bipartidista y un sistema de partidos poco disciplinados, hacen una tarea titánica el cabildeo de alguna reforma. El proceso de reforma promovido por el Gobierno Federal representa la búsqueda al menudeo de los votos de los congresistas. A lo anterior se le añade que el presidente de los Estados Unidos de América no cuenta con la facultad constitucional de “iniciativa de ley”. La facultad con la que cuenta para poder legislar, desde una perspectiva negativa, es decir reactiva, es el veto con el que puede devolver a discusión aquellas leyes que considere contravienen el bien de la nación13. En las pasadas elecciones constitucionales de los Estados Unidos se eligieron a los representantes integrantes del Congreso. En esta elección los Republicanos derrotaron por mucho a los Demócratas, dando como resultado que el presidente perdiera la mayoría con la que contaba. Sin embargo, la negativa de la ley promovida por Barack Obama no es atribuible a este resultado. México, parte del daño colateral

http://voces.huffingtonpost.com/

Lamentablemente, como consecuencia de los eventos que se suscitan con el vecino del norte y que involucran directamente a un centenar de com12 Sartori, G. (2008) Ingeniería constitucional comparada. Editorial Fondo de Cultura Económica: México. 13 Loewenstein, K. (1968) En “Teoría de la Constitución.” Recuperado de: http://www.scribd.com/ doc/58663478/Teoria-de-La-Constitucion-karl-Loewenstein

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EL PACTO

http://voces.huffingtonpost.com/

patriotas, México se vería altamente vulnerado de no prosperar la medida del Ejecutivo estadounidense. Si bien tristemente pareciera un concepto muy común ya en la jerga del mexicano, el daño colateral que se presentaría afectaría invariablemente a toda la población. Esta afectación la podemos entender en dos grandes rubros: el económico y el social, que siempre se encuentran ligados. En la cuestión económica, y como el derrumbe de una hilera de piezas de dominó, el primer resultado de la deportación de los millones de inmigrantes que están en Estados Unidos sería una reducción en el monto de las remesas que entran a nuestro país. Si bien es cierto que no se tiene un registro exacto del total de compatriotas que emigran a la nación del norte ni de su situación legal, por la cantidad estratosférica que se plantea de regresar a sus países, se puede inferir que un gran porcentaje de los migrantes mexicanos se verían afectados. Ahora, ¿qué tan importantes son las remesas para la economía mexicana? La respuesta a esta pregunta es sencilla. Únicamente las remesas que entraron a Jalisco durante el 2014 representan casi un 40%14 del gasto gubernamental jalisciense planteado para 2015. Y en comparativo con el Producto Interno Bruto del mismo estado, éstas eran equiparables a casi un cuatro por ciento, considerándolas como cantidades absolutas. 14 Dato obtenido de fuente propia mediante el estimado del comparativo del gasto gubernamental y las remesas que entraron en Jalisco.

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El Federalismo en el mundo En cuanto al escenario nacional, la siguiente tabla muestra el monto que abonaron, en millones de dólares, las remesas a cada estado durante el 2014:

Ingresos por remesas familiares

Total

TOTAL

23,606.8142

Michoacán

2,229.7104

Guanajuato

2,066.7390

Jalisco

1,948.9825

Dis trito Federal

1,518.7061

Es tado de México

1,480.4620

Puebla

1,334.6005

Guerrero

1,202.4662

Oaxaca

1,191.6844

Veracruz

1,044.7376

Tamaulipas

832.0246

San Luis Potosí

762.5544

Hidalgo

720.5585

Zacatecas

692.3402

Nuevo León

619.4040

Baja California

618.9028

Chihuahua

551.8242

Chiapas

539.9840

Morelos

527.8004

Sinaloa

522.7000

Durango

489.7031

Querétaro

394.5490

Coahuila

391.7647

Nayarit

359.4302

Sonora

336.5951

Aguascalientes

323.3314

Tlaxcala

218.4907

Colima

216.5527

Tabasco

130.2636

Yucatán

129.0921

Quintana Roo

105.8081

Campeche

55.6525

Baja California Sur

49.3987

Fuente: Pagina web del Banco de México

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Si bien la reducción en esta variable monetaria puede generar una extensa ramificación de efectos negativos, los principales aspectos que se sufrirían son: • Un gran número de familias verían reducido su poder adquisitivo que, a su vez, se traduciría en una reducción en el consumo. • La reducción en el consumo se traduciría en una desaceleración del crecimiento del Producto Interno Bruto. • Por la reducción del consumo, la recaudación que se logra por algunos impuestos, como el IVA, se vería mermada, lo que significa una afectación en los Ingresos Públicos. Y en cuanto a las consecuencias sociales, debido a las características de las familias que viven de remesas, aumentaría el número de niños y adultos mayores en situación de vulnerabilidad. Aunado a esto, el número de deportados que llegasen a la nación implicaría un crecimiento en la tasa de desempleo. Si bien no se puede tener precisión en cuanto al total de afectaciones, debido a la falta de casos parecidos en el pasado, es posible determinar las anteriores en base a las prácticas económicas actuales. Los eventos que sigan al escenario que hoy se nos plantea definirán el rumbo que puede tener el país. La combinación de contratiempos económicos y sociales que ya enfrenta la nación mexi-

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EL PACTO cana potencializa los pesares que un desenlace negativo traería consigo. Sólo queda esperar, sin olvidar impulsar en la medida del ámbito de acción de cada ciudadano el que el resultado final sea el positivo para México.

Bibliografía • BBC Mundo (2015) “EE.UU.: gobierno pedirá acción judicial de emergencia para plan de inmigración”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/02/150220_eeuu_inmigracion_accion_emergencia_egn • BBC Mundo (2015) “EE.UU: Cámara de Representantes aprueba proyecto para frenar acciones migratorias de Obama”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/01/150114_ ultnot_camara_representantes_proyecto • BBC Mundo. (2015) ”Juez federal suspende medida migratoria de Obama”. En sitio web: http:// www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/02/150217_ultnot_orden_ejecutiva_inmigracion_ obama_juez_ao • BBC Mundo (2014) “Siete nuevos estados se suman a demanda contra medidas migratorias de Obama”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/12/141210_ultnot_reforma_migratoria_estados_oposicion_jg • BBC Mundo (2015) “Qué significa para millones de indocumentados el freno a la medida migratoria de Obama”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2015/02/150217_eeuu_juez_ obama_migracion_ley_wbm • BBC Mundo (2015) “Obama rechaza decisión de juez federal de suspender sus medidas migratorias”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2015/02/150217_ultnot_eeuu_ pbama_medidas_migratorias_apoyo_jg • BBC Mundo (2014) “Obama promete no deportar a millones de indocumentados”. En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/11/141113_ultnot_obama_inmigracion_deportacion_cch • Banco de México (2015) Remesas. En sitio web: http://www.banxico.org.mx/politica-monetaria-e-inflacion/material-de-referencia/basico/fichas-sobre-politica-monetaria-e-inflacion/analisis-economico/{A692F93E-CAE3-C053-80E7-3322C7930F91}.pdf • Banco de México (2015) Ingresos por remesas familiares, distribución por entidad federativa. En sitio web: http://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInternetAction.do?accion=consultarCuadro&idCuadro=CE100&sector=1&locale=es • El Diario (2015) “Impugnan 25 estados acción ejecutiva en materia migratoria”. En sitio web: http:// diario.mx/Estados_Unidos/2015-01-15_4355347b/impugnan-25-estados-accion-ejecutiva-en-materia-migratoria/ • El informador (2015) “Inicia juicio contra medidas migratorias de Obama”. En sitio web: http:// www.informador.com.mx/internacional/2015/570792/6/inicia-juicio-contra-medidas-migratorias-de-obama.htm • Excelsior (2015) “Celebra gobernador de Texas el ‘victorioso’ fallo contra leyes migratorias”. En sitio web: http://www.excelsior.com.mx/global/2015/02/18/1009120 • Loewenstein, K. (1968) Teoría de la Constitución. En sitio web: http://www.scribd.com/ doc/58663478/Teoria-de-La-Constitucion-karl-Loewenstein • Milagros, V. (2015) “¿Qué pasará con el alivio migratorio?” En sitio web: http://eltiempolatino.com/ news/2015/feb/20/que-pasara-con-el-alivio-migratorio/ • Sartori, G. (2008) Ingeniería constitucional comparada. Editorial Fondo de Cultura Económica: México. • Sparrow, T. (2014) “¿Quién se beneficia de las medidas migratorias de Obama?” En sitio web: http:// www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2014/11/141118_eeuu_obama_reforma_migratoria_anuncio_tsb • Sparrow, T. (2014) “¿Tiene Obama la autoridad para tomar las medidas migratorias unilaterales?” En sitio web: http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2014/11/141121_eeuu_obama_autoridad_medidas_ejecutivas_tsb • Univisión Austin (2014) “Greg Abbott anuncia demanda contra la administración Obama por Acción“Ejecutiva. En sitio web: http://univisionaustin.univision.com/noticias/inmigracion/article/2014-12-03/greg-abbott-anuncia-demanda-contra-la-administracion-obama-por-accion-ejecutiva

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El Federalismo en la Actualidad

Por: Pedro Antonio Rosas Hernández*

Las nuevas

competencias electorales en el Federalismo mexicano

A

raíz de los diferentes problemas y controversias que se vivieron en las elecciones presidenciales del 2012, las diversas corrientes partidistas a nivel nacional vieron con malos ojos la participación del IFE en esos comicios, así como los huecos que dejaba en varias materias la Ley electoral. Entre las más importantes, la fiscalización de recursos, los espacios publicitarios y la intervención de los Consejos locales en dicho proceso. Desde ese momento se vino planteando la posibilidad de una reforma estructural que dio paso no sólo a una nueva Ley, sino que desapareció a un Instituto completo y la autonomía de los estados respecto a su organización político electoral. Es ahí cuando el INE ve por primera vez la luz y lo hace con toda la autoridad que una Ley General puede dar: teniendo más presupuesto, nuevos consejeros, mano en los estados y capacidad de fiscalización de los partidos políticos. Y ya que el estado se encuentra en plena contienda electoral, en la cual los jaliscienses tendremos la oportunidad de elegir a nuestros diputados y munícipes, vale la pena analizar a grandes rasgos el papel que jugará el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, o hasta qué punto la federación le permite organizarla. De acuerdo al nuevo Código Electoral y de participación ciudadana, el Instituto Electoral tiene las siguientes funciones:

* Abogado con especialidad en derecho civil y financiero

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| Las nuevas competencias electorales en el Federalismo mexicano

Pedro Antonio Rosas Hernández


EL PACTO

Artículo 114

1. El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, depositario de la autoridad electoral, es responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones y los procedimientos de referéndum y el plebiscito. Si así fuera no tendría que rendir cuentas al INE, o sujetarse a las disposiciones federales en cuanto al uso de dispositivos electrónicos para recabar el voto, pues aun cuando invirtieron millones de pesos en la urna electrónica y es pionero en el uso de este dispositivo en México, no contemplan utilizarla en los comicios de este año, por lo cual quedará únicamente para cosas que en realidad no le interesan a las autoridades federales, las consultas populares, ya que el artículo 224 menciona que: 1. El Consejo General del Instituto Electoral podrá proponer al Instituto Nacional Electoral la utilización del modelo o sistema electrónico para la recepción del voto, cuando sea factible su utilización. La contradicción es evidente, pues si es el responsable de organizar las elecciones y tiene autonomía de decisión, únicamente “podrá” proponer el uso del sistema electrónico.

diente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y será profesional en su desempeño, en los términos de lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de Jalisco, la Ley General y el presente Código. Ahí menciona la autonomía del propio Instituto, pero lejos está de tener dicha facultad, pues las decisiones importantes se toman desde la capital del país; la muestra es que desde su concepción el nuevo consejo es nombrado desde el propio INE, quitándole las facultades al Congreso del Estado para realizar dicha función, ya que la elección de tales consejeros en la esfera local estaba plagada de favores políticos y de cuotas partidistas. Pero en realidad ¿quitarle a los estados sus atribuciones y centralizando, se logra acabar con ese problema o simplemente se lleva a otro nivel el reparto de los consejeros?

Por su parte, el artículo 115 dice: El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, es un organismo Público autónomo, de carácter permanente, indepen-

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El Federalismo en la Actualidad El Consejo General del INE tendrá la facultad de designar y remover a los consejeros electorales de las entidades. En cada uno de los estados, estos órganos locales estarán conformados por un consejero presidente y seis consejeros electorales. Dichos consejeros durarán siete años en su cargo. Entonces si el INE va a tomar la batuta de las elecciones del estado y como dice el artículo 116: 1. El Instituto Electoral tiene como objetivos: I. Participar del ejercicio de la función electoral, en la forma y términos que determina la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado, la Ley General y demás leyes aplicables, así como ejercer las funciones en la materia que le conceden las mismas; II. Preparar, organizar y vigilar los procesos de referéndum y plebiscito; III. Recibir y resolver en los términos de este Código los proyectos de iniciativa popular;

IV. Promover una cultura política sustentada en la tolerancia, la democracia, la identidad nacional y el pluralismo, mediante actividades y programas de educación cívica y electoral; y V. Vigilar en el ámbito electoral el cumplimiento de la Constitución Política local, este Código y demás ordenamientos que garanticen el derecho de organización y participación política de los ciudadanos. Al Instituto básicamente le queda dedicarse a hacer preguntas a la población, eso sí, con la mejor tecnología. Pues si se lee con detenimiento el código, notamos cómo las partes medulares de la elección remiten a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Desde la mesa directiva de casilla, según el artículo 191: 1. Las mesas directivas de casilla se rigen por lo dispuesto en la Ley General y demás disposiciones aplicables.

http://img.telediario.mx

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La integración, ubicación y designación de integrantes de las mesas directivas de casillas para las elecciones locales, corresponde al Instituto Nacional Electoral, en los términos de la Ley General según el artículo 266.

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EL PACTO

Hasta los formatos de acta donde se asentaran los cómputos del día de la elección deberán ser aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

desarrollo de elecciones locales y federales concurrentes.

En resumen, en las elecciones locales, el INE tendrá la obligación de impartir la capacitación electoral; determinar la geografía electoral (distritos y secciones electorales); trabajar en el padrón y la lista de electores; determinar la ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de sus mesas directivas; dar los lineamientos para los resultados preliminares; así como fiscalizar los ingresos y egresos de partidos políticos y candidatos locales.

Es entonces que debemos preguntarnos si el Instituto se ha convertido en una comisión distrital del INE, pero con salarios y prestaciones de funcionarios de primer nivel.

Y por si fuera poco el INE podrá tener facultades de atracción en cualquier asunto de la competencia de los órganos electorales locales cuando su trascendencia así lo amerite o para sentar un criterio de interpretación, lo cual deja a los consejos locales como unos meros observadores, o sólo dando propuestas, siempre que el INE así lo considere. Todo esto de acuerdo al artículo 223 que dice: 1. El Instituto Electoral podrá celebrar convenios con el Instituto Nacional Electoral, previa aprobación de la mayoría de los votos de su Consejo General, para coordinar y organizar conjuntamente, en forma amplia, las diversas etapas y procedimientos en el

Que no es otra cosa, sino entregarle la elección completa a la federación.

Pues si tienen la capacidad, el personal y la experiencia de realizar con éxito los comicios, la centralización de dichas funciones se ve traducida en tener al estado controlado desde el centro del país, y como un retroceso en el espíritu federalista que este país celebra, irónicamente justo ahora que dieron inicio los festejos del centenario de la Constitución de 1917. No nos queda más que observar si los actuales consejeros tienen la personalidad que se requiere para ser protagonistas como árbitros de esta justa, pues el panorama no se ve nada sencillo, teniendo en cuanta que es la única oportunidad que tendrán de ver los problemas y subsanarlos antes de las elecciones del 2018, donde los partidos sacan toda la maquinaria, pues se juegan toda la estructura de poder. Bibliografía: Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.

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Entrevista

Con Javier Hurtado*

El régimen interior de los estados en el Federalismo Nota del editor: El Pacto Federal Mexicano se firmó con la idea de distribuir competencias entre una autoridad general y la de las partes que voluntariamente se unieron. Lo cual dio origen, en primera instancia, a los preceptos constitucionales del régimen federal e interior de los estados, que no existe en los sistemas unitarios. De ahí la liga conceptual entre ambos, y la necesidad de diferenciarlos, circunscritos en otra distinción conceptual: la de los sistemas de organización política y los sistemas de gobierno. Tratando de encontrar su vigencia en la práctica, el régimen interior de los estados es objeto de cuestionamiento en esta entrevista realizada al Director General de Estudios del Federalismo, Javier Hurtado, quien lo concibe sujeto a confusiones, indefiniciones y por tanto, desaprovechado por las entidades federativas, conduciendo al país a un Federalismo complicado y centralizado. Siguiendo esta lógica, se le plantean las interrogantes sobre las formas de organizar al estado, para luego, dentro del marco del sistema federal de nuestro país, obtener su punto de vista sobre la realidad de este supuesto constitucional que desde 1824 no ha terminado de consumarse. * Doctorado en ciencias sociales, con especialidad en ciencia política

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EL PACTO

SISTEMAS DE GOBIERNO Y SISTEMAS DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA FJ. ¿El Federalismo es un sistema de gobierno o de organización política? JH. Esta pregunta nos lleva a una primera reflexión: el sistema federal es un sistema de organización política, no es un sistema de gobierno. Ese es un error que se propala con mucha facilidad en México y en otros lugares. Lo que hace el Federalismo es distribuir competencias, como sistema de organización política, y son competencias entre órdenes de gobierno. Y un sistema de gobierno lo que hace es distribuir facultades o atribuciones entre poderes, que es muy distinto. Entonces, sistema de gobierno, es decir: presidencialismo, parlamentarismo, semipresidencialismo; y sistema de organización política es decir: federal, unitario, autonómico o confederaciones. Son dos cosas distintas. FJ. ¿Cuál es la diferencia entre el presidencialismo y el parlamentarismo? JH. Hecha la aclaración anterior, ello me lleva a las combinaciones que pueden existir. Si estamos diciendo que el Federalismo es un sistema de organización política diverso, intrincado en sí, cuando éste se da con el sistema presidencial, se incrementa su grado de complejidad. Yo diría que es una fórmula explosiva, porque en el sistema federal pueden existir lo que se da en llamar gobiernos yuxtapuestos en una democracia federal, es decir, que en el orden nacional o central, un partido sea el que gobierne, que tenga digamos la presidencia de la república y pueda ser que domine en ambas cámaras federales o en una de las dos; pero luego, otro partido domina en un estado, y luego otro partido domina en un municipio o en una localidad o en una comunidad. Pero en una democracia federal en que puede darse la existencia de gobiernos yuxtapuestos, si nosotros lo combinamos con un sistema presidencial, este último es el único que permite la existencia de gobiernos divididos, es decir, que el partido del presidente en el gobierno no tenga mayoría en el Congreso. Así, la presencia de gobiernos divididos y gobiernos yuxtapuestos, representa una cosa extremadamente compleja. No implica el mismo grado de dificultad gobernar en esas condiciones, que hacerlo en un sistema parlamentario, donde no puede haber jamás un gobier-

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Entrevista no dividido, porque en éste nunca habrá un gobierno que no tenga mayoría en el Parlamento, cosa que sí existe en los sistemas presidenciales. De manera que un gobierno parlamentario y con un sistema de organización política unitario… no estoy diciendo que sea un regalo y que un niño pueda ser mandatario, pero es muy diferente conducir un país sin tener un gobierno dividido, sino que tienes la mayoría en el Parlamento, y luego aparte tienes un solo orden de gobierno y un solo régimen jurídico aplicable en todo el territorio nacional, pues eso simplifica y hace más amable la labor. A diferencia del contexto de un sistema federal, donde pueden darse gobiernos yuxtapuestos, y con un sistema presidencial que puede ser un gobierno dividido. Entonces, es extremadamente complejo, y esa es la enorme distinción que existe. En el caso de los sistemas de gobierno presidencial se da la circunstancia de que son los ciudadanos quienes pueden elegir cómo se configura el gobierno, con un partido en el Poder Ejecutivo y a la mejor con un partido diferente dominando en el Poder Legislativo; esa sí es una atribución del ciudadano, pero éste no tiene la alternativa de decidir cambiar o elegir su sistema de organización política, eso está prohibido en la propia Constitución: no puede haber una consulta popular para decidir si queremos seguir siendo federales o no; eso no está a opción ni a discusión. Lo que sí lo está, es si nosotros le damos

http://www.wikihow.com/

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EL PACTO

la mayoría a un partido en el Legislativo y a otro en el Ejecutivo, eso sí es un derecho de los ciudadanos, pero no lo es si quieren vivir en un sistema federal o en un sistema central, eso está prohibido, esa consulta no se permite. El caso es que los sistemas presidenciales -que no todos son federales-, por sus características propias, posibilitan que un político sin experiencia, un político diletante que traiga detrás de sí una gran cantidad de dinero para pagar sus campañas de promoción política y personal, y con mucha ambición, puede llegar a convertirse en el jefe de Estado, sin tener el oficio político y la experiencia necesaria para gobernar no solamente en el contexto del sistema presidencial, que de suyo es difícil, sino en la combinación de sistema presidencial en un sistema federal. Paradójicamente eso sólo se da en el sistema presidencial, que es el que lo permite. En el sistema parlamentario no es así, en este último los que llegan al cargo de primer ministro son políticos profesionales, probados, que han sido diputados mucho tiempo, que han sido ministros anteriormente, que son los líderes de su partido y como tales se convierten en jefes de gobierno al ganar las elecciones su partido. FJ. ¿Cómo se puede definir un sistema semipresidencial? JH. ¿Qué decir del sistema semipresidencial? Que favorece la existencia de políticos más profesionales: quienes acceden al cargo de la presidencia de la república consuman en éste su larguísima carrera política; primeramente fueron ministros de tal o cual cosa, diputados, primeros ministros de la nación y la culminación de su carrera es ser presidente de la república, es decir, en el sistema semipresidencial está descartado que un improvisado pueda llegar al cargo de presidente de la república, eso es un lujo que se observa en los sistemas presidenciales. Ahí está el ejemplo de los figurones en el caso del sistema semipresidencial: Jacques Chirac, François Mitterrand, politicazos profesionales. El primero, nació y vivió para la política y el poder: duró como veinte años de alcalde de París, fue ministro de cuatro o cinco carteras distintas, luego fue primer ministro y luego presidente de Francia; Mitterand, lo mismo; el caso de Putin en Rusia, fue primer ministro y luego presidente de la república. Esa es la lógica de los sistemas semipresidenciales. También hay sistemas semipresidenciales federales, precisamente uno es el ruso, pero ahí la diferencia es que el presidente es un político profesional o lo

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Entrevista ha sido, aunque ahorita Putin sea el primer ministro; pasan de primer ministro a presidente o viceversa. Entonces, en los sistemas presidenciales no tenemos los elementos y los medios para ver -cuando se combina el sistema presidencial con el sistema de organización política federal- que esto no cause problemas a los gobernados, sino que el sistema pueda marchar de manera eficiente y de manera coordinada; eso requiere políticos profesionales, con sabiduría, con conocimiento y lamentablemente eso no existe. Voy a poner dos casos. Vicente Fox cuando era candidato a presidente de la república llegó a decir algún día: “Vamos a terminar con el presidencialismo para implantar un auténtico Federalismo”, o sea, está confundiendo las cosas completamente: qué tiene que ver el presidencialismo con el Federalismo. La frase correcta debió haber sido: “Vamos a terminar con el presidencialismo para implantar un sistema parlamentario o un sistema semipresidencial”, o bien, decir: “Vamos terminando con el centralismo para implantar un auténtico Federalismo”. El presidencialismo es un sistema de gobierno, y el Federalismo un sistema de organización política. O como el caso, lamentable, del flamante presidente de la Cámara de Senadores actual, Luis Miguel Barbosa, que publica un artículo en el diario El Universal, donde también incurre en esa confusión. Ahí dice que uno de los grandes anhelos de la nación mexicana es la democratización del sistema y esto para implantar un Federalismo. Pues eso qué tiene que ver, el sistema federal puede existir también en un sistema no democrático, puede haber sistemas autoritarios federales, como México lo fue durante mucho tiempo. Y también hay federalismos de fachada, como el de Venezuela, que dicen que es federal, pero pues de federal no tiene nada; o como México, que actualmente es un Federalismo centralizado. Entonces sí es importante distinguir las cosas y no confundirnos, porque se puede caer en errores lamentables. Pero insisto que paradójicamente el sistema más complejo de gobierno, que es la combinación entre presidencialismo y sistema federal, es el que permite que diletantes o aprendices de políticos lleguen a ocupar la grandísima responsabilidad de ser jefes del Estado y del gobierno, como lo es en los sistemas presidenciales, que el presidente de la república es jefe de Estado y jefe de gobierno, y que en ocasiones quienes llegan ahí no tienen la madurez, la preparación, la formación necesaria, porque incluso hasta confunden el Federalismo con un sistema de gobierno.

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DISMINUIDO EL RÉGIMEN INTERIOR DE LOS ESTADOS FJ. ¿Quién y dónde se define el régimen interior de las entidades federadas? JH. ¿En dónde está el régimen interior? ¿Cuál es la facultad de los estados para decidir su régimen interior? La Ley Suprema dice que la soberanía se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en lo que corresponde al ámbito federal, y por el de los estados en lo que respecta a su régimen interior. Pero ni el Congreso local ni las legislaturas de los estados tienen atribuciones reales para definir su régimen interior, y la propia Constitución está indicando que se deben tener diputados de representación proporcional y de mayoría relativa. Si en verdad existiera el régimen interior, la Carta Magna debería de decir: los estados tendrán un Poder Legislativo y lo podrán integrar como su soberanía lo determine, puede que sea sólo con diputados de mayoría o únicamente con diputados de representación proporcional. ¿Por qué a mí me tiene que ordenar la Constitución que tenga diputados de representación proporcional si yo no los quiero? o ¿por qué tengo que tener diputados de mayoría, si yo quiero que sean los correlatos exactamente simétricos entre el porcentaje de votación y el porcentaje de representación? También, ¿por qué debo tener distritos? ¿Dónde está la facultad para decidir mi régimen interior? ¿Por qué no puedo crear un Senado local? Si bien la Constitución no me lo prohíbe, sí dice en el 116 que el Poder Legislativo se integrará en un Congreso compuesto por diputados de mayoría relativa y de representación proporcional. Pero no dice y no prohíbe, en el 117 y en el 118 -donde están contenidas las prohibiciones absolutas y relativas-, que no puedo tener un Senado local. Igualmente, por ejemplo, en el caso de la reelección, pasamos del prohibicionismo absoluto a la implantación forzosa y obligada de ésta. Lo correcto hubiera sido quitar el veto a la reelección y cada Congreso local decidir si la implanta o no, y por cuántos periodos. Pero no tienes por qué haber pasado de tener la prohibición absoluta a estar obligado a hacerlo y hasta un determinado número de periodos. Por ejemplo: Y si yo lo quiero hacer por más de cuatro periodos, ¿por qué no puedo? O si yo quiero elegir alcaldes por más de un periodo, ¿por qué no puedo? ¿Por qué me lo tienen que estar prescribiendo las autoridades federales desde la Constitución? Lamentablemente no existe una cultura federalista en que nos hayamos preguntado esto. Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 28 constitucional de la

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Entrevista Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en donde se establecía que en los estados, efectuadas las elecciones, se procederá a asignar un diputado de representación proporcional a todo aquel partido político que hubiera obtenido el 3% de la votación. De entrada le daban al diputado, antes de aplicar la fórmula de distribución de los diputados de representación proporcional, vamos, era un premio por haber mantenido el registro. Entonces la Corte interpretó que esa atribución era violatoria de la soberanía de los estados, que era una invasión a la soberanía de los estados, con justa razón, porque decía: “No, es que el Congreso de la Unión no tiene atribuciones para fijar la manera como se va a integrar la representación política de los estados”. Pero es que entonces también invalida el precepto que está presente en el 116 constitucional, que establece que debe haber diputados de mayoría relativa y de representación proporcional, eso también es invasivo de la soberanía de los estados. Y si a esas vamos, pues se debe declarar la inconstitucionalidad general de toda la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y se debe declarar la inconstitucionalidad de la Reforma Constitucional de 2014, que estableció el Instituto Nacional Electoral. Pero lamentablemente la Corte no tiene facultades para declarar la inconstitucionalidad de una reforma de esa índole y hasta el momento no existe antecedente o precedente de que se pueda hacer una declaratoria generalizada de invalidez de una ley, sino que solamente tiene que ser específicamente el cuestionamiento sobre ciertos artículos o ciertos párrafos de un artículo, pero yo diría que perfectamente toda la ley podría ser declarada inconstitucional, porque es violatoria del artículo 124 de la Carta Magna, que expresa que las facultades que no estén concedidas por ésta a los funcionarios federales se entienden reservadas a los estados. Y desde un principio la Constitución federal de 1917 estableció ciertas facultades para las autoridades de los estados, o sea, el haberle quitado a éstos el poder de escoger a las autoridades que organizan sus comicios para elegir a sus dirigentes, eso es violatorio de la Ley Suprema y del esquema de distribución de competencias, previsto en el artículo 124. CONFUSIÓN EN LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS FJ. Para los estados, ¿lo que no está prohibido, está permitido? JH. Yo creo que junto a eso hay otra pregunta importantísima, aparte de cuál es el famoso régimen interior, que es la siguiente: en el caso de los órdenes de

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gobierno y de la distribución de competencias, ¿prevalece también el criterio o el principio que se observa en materia de derecho público, que dice que las autoridades solamente pueden hacer aquello para lo cual las leyes expresamente las faculten a hacer? ¿o puedo entender yo que aquello que no está prohibido está permitido? Este tema tampoco está discutido ni analizado, ni ha merecido una resolución de parte de la Corte. Dicho de otra manera, para ponerlo en términos prácticos, la Constitución a mí no me prohíbe tener senados locales y tampoco me ordena que los debo tener; sin embargo, el 41 dice que la soberanía de los estados se ejerce por medio de sus congresos, los poderes constituidos -en este caso por su Congreso local- y que tienen todas las atribuciones para determinar su régimen interior. ¿Puedo yo entender que eso implica crear un órgano, una segunda Cámara legisladora, aunque la Constitución no me diga que lo tengo que hacer? O por el hecho de que no esté prohibido, como se indican en el 117 y en el 118, las prohibiciones relativas y absolutas de los estados, ¿lo puedo hacer? Pienso que ahí hay una gran pregunta y que no está respondida porque en México no existe cultura federalista, y además, poniéndolo en términos muy burdos, no ha habido autoridad local con el valor y con la entereza, la capacidad y la voluntad política, la decisión de desafiar el poder central, de decir “yo voy a hacer esto, y quiero ver que me lo prohíban”. Como nunca ha habido un estado que les salte, pues eso sigue en la imprecisión, no sabemos si en verdad los estados tienen facultades para hacer aquello que no les prohíbe la Constitución, aunque no se los faculte expresamente. Quien se ha atrevido más ha sido el Distrito Federal, no en eso sino con el asunto de los matrimonios entre personas del mismo sexo, pero por ejemplo está el tema de la concepción in vitro, el de alquilar úteros, las células madre, que no están legislados en México, ¿y de quién es competencia? Materias que forman parte del debate más importante en los Estados Unidos ahora. Incluso están en la discusión allá de si los gobiernos locales pueden regular a los inmigrantes, es decir, a los que no están legalmente en un territorio: ¿es atribución de los estados o es exclusivamente atribución de los poderes federales? Nosotros estamos en pañales completamente en eso, lo voy a poner práctico y sencillo, por ejemplo: a quienes viajan en el tren “La Bestia” ¿los puede detener una autoridad municipal o una estatal? Y nadie se ha atrevido a legislar sobre eso, los trenes circulan por un territorio que es de un municipio, si estuviera eso legislado, si un municipio se atreviera a hacerlo, yo los paro y

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Entrevista detengo el tren: “por aquí no pasas, aquí te voy a revisar”; ellos están violando este reglamento y van para abajo y van a la cárcel; si tú quieres por violar un reglamento y lo que resulte después. LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL Y LAS FACULTADES IMPLÍCITAS

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Entonces -continúa el doctor Hurtado-, lamentablemente esto no se hace porque no tenemos una cultura en ese sentido; en los Estados Unidos sí existe esa cultura. No obstante que siempre tuvo atribuciones la Corte para decidir a quién le correspondía qué, el concepto de Controversias constitucionales surge aquí hasta la reforma del presidente Zedillo en diciembre de 1994; nuestra experiencia es muy poca, ahí está la página de la Cámara de Diputados. ¿Cuántas controversias constitucionales van en la historia de México? No llegamos al millar. En cambio, en los Estados Unidos, recién aprobada su Constitución, todavía no empezaba el año 1800, cuando ya había una controversia constitucional, el famosísimo caso de que un estado impugna la atribución del gobierno cen-

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tral de establecer un banco en su territorio, sin cumplir con los trámites y licencias que imponía la autoridad estatal en ese condado y aparte sin pagar impuestos. Entonces se generó un caso sonadísimo, importantísimo, desde entonces los norteamericanos tienen esa cultura, ese debate, y de ahí surge el concepto de las facultades implícitas cuando se da la resolución de esa controversia por el juez Adams, que establece dicho concepto, y expresa que en efecto, no dice que la federación tenga facultades para implantar bancos en donde se le pegue la gana y aún sin el consentimiento de las autoridades locales, pero como la Carta Magna señala que el gobierno federal tiene en exclusiva el monopolio de la acuñación de la moneda y de los billetes de curso legal, entonces se infiere que para hacerlo efectivo, se requiere una facultad implícita que es poner los bancos. A partir de ahí surge el concepto de facultades implícitas y por eso con nosotros están previstas, en la fracción trigésima del 73 constitucional, que es esa frase que dice al final “…y todas aquellas que sean necesarias para hacer efectivas las facultades que esta Constitución confiere a los funcionarios federales”. El Congreso de la Unión, con base a eso, legisla y va creando más y más atribuciones en favor de éstos, para hacer efectivas las que originalmente le concedió el Constituyente a los poderes federales. El problema es que nunca nadie ha objetado eso, por lo regular las controversias constitucionales son de un estado que demanda a otro estado, de un municipio que demanda a otro municipio, de un municipio que demanda al estado… pero de un estado o de un municipio que demande a la federación, son rarísimas, si no realmente inexistentes. Aquí nuestra cultura centralista y presidencialista ha consistido en que los estados tienen que aceptar a pie juntillas y en silencio toda la invasión y expropiación que les hacen de atribuciones que, bien entendidas, debería comprenderse que son de los estados, porque si no están concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, les corresponden a los estados, pero éstos no tienen el valor para decir “esta materia nueva que ni fue concedida por la Constitución a los funcionarios federales y no está asignada para nadie, yo la asumo, porque el 124 me da atribuciones”. En México eso no existe porque se tiene miedo. Por lo regular lo que se hace aquí es esperar a que exista la ley federal para que entonces los estados la repliquen igual, nada más cambiándole ciertas palabritas, en la ley local. Pero nunca ha habido un estado, salvo en rarísimas cosas como es el caso del matrimonio entre personas del mismo sexo, que diga “yo voy a legislar sobre esta materia y a mí me importa un bledo lo que diga la federación”.

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Temas Municipales

Por: Fernando G. Castolo *

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os cruentos tiempos de la Revolución Mexicana trajeron consigo una inestabilidad social que radicalizó las estructuras tradicionales que prevalecían en la época. Ello generó que los diversos grupos antagónicos, a las órdenes de los cabecillas, propiciaran un apesumbramiento moral que dio como resultado una crisis de gobernabilidad. En un artículo publicado en el número especial ilustrado de El Observador (septiembre 15 de 1913), se dice que “La cabecera del 9° Cantón de Jalisco, se considera como la segunda en el Estado. Dos poderosos elementos contribuyen para ello: la fertilidad de su suelo, cuyos productos son constantemente solicitados por los principales centros consumidores, y el florecimien(*) Arq. Fernando G. Castolo, es Jefe del Archivo Histórico Municipal y Cronista de la Ciudad, Zapotlán el Grande.

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EL PACTO to de su industria, principalmente la del Jabón, que le ha creado fama en la República entera”. Esto, sin duda, propició que Ciudad Guzmán se convirtiera en una importante plaza para realizar acciones militares en defensa del propio estado. Por ello, en plena época revolucionaria, los bandos que peleaban por mantener el poder y el control sobre la nación la asedian constantemente, rompiendo con la relativa tranquilidad en la cual vivían sus habitantes. Es así como el 10 de marzo de 1912 la guarnición de rurales de la plaza de Ciudad Guzmán defeccionó a favor de Pascual Orozco contra el gobierno de Madero; y entre gritos ensordecedores, balazos y carreras, se dirigieron a saquear el Monte de Piedad (edificio que, posteriormente, se conoció como la Primaria “Ramón Corona”) y la Caja de Ahorros que el Sr. Cura D. Silviano Carrillo mantenía bajo su cuidado, dinero que estaba destinado para el sostenimiento de las diversas sociedades mutualistas fundadas y estimuladas por él mismo. Después de esto, se entró en una relativa calma; sin embargo, con la muerte de Madero los peligros eran latentes, así que la ciudad estaba muy al pendiente de los acontecimientos nacionales que traían a salto de mata a unos y otros bandos, y a la gente “pariendo chayotes”. La plaza guzmanense cayó en poder de los revolucionarios (Carrancistas) la tarde del 3 de junio de 1914. La tomó el jefe Santoyo. En los días siguientes entraron otros cabecillas como Alamillo y Cortina. El choque entre Carranza y Villa se remonta a marzo de 1914, y con el paso del tiempo se ahondan tanto las diferencias que practicamente llegan a la ruptura a raíz de la toma de Zacatecas por la División del Norte en el mes de junio. Sin embargo, las relaciones se rompen de forma definitiva hasta el 24 de septiembre siguiente. El 8 de julio de 1914, hizo su entrada triunfal en Guadalajara el Ejército Constitucionalista encabezado por Álvaro Obregón, sin ocultar en lo más mínimo su ánimo anticlerical. Poco antes, el 18 de junio, el general Manuel M. Diéguez había sido nombrado Gobernador de Jalisco. La entrada de los Constitucionalistas a Guadalajara significó para la Revolución el camino franco a la capital del país. Así lo comprendió Victoriano Huerta, quien renunció siete días después de la ocupación de esa ciudad, dejando como encargado del Poder Ejecutivo a Francisco Carvajal. De esta manera, a mediados de agosto, Obregón y su tropa hicieron su entrada triunfal en la Ciudad de México y, el 20 del mismo mes, hizo lo propio el primer jefe revolucionario, Venustiano Carranza, a quien se brindó un apoteótico recibimiento.

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Temas municipales El 29 de julio se presentó en Ciudad Guzmán el coronel Aurelio Sepúlveda con trescientos hombres de caballería. Entonces comenzó la incautación o robo de los bienes eclesiásticos y de algunos particulares: el Orfanatorio (hoy, Casa del Arte); el Curato con la imprenta del Sr. Carrillo (hoy, Casa Ejidal); la Escuela Elemental y Superior Católica para Niños (hoy, “Manuel Chávez Madrueño”); el Convento de las Francesas (hoy, primaria “María Mercedes Madrigal”); el Monte de Piedad (después, primaria “Ramón Corona”); la antigua parroquia en ruinas (hoy El Sagrario), donde la “chusma” hizo campamento y utilizó la capilla de la Purísima (hoy, Expiatorio) como caballerizas; y la Casa Sánchez Aldana (hoy, Monte de Piedad), que la cedieron como habitación para los jefes carrancistas y sus familias (a esta casa llegó el general Isaac Velázquez del Valle, padre de la compositora Consuelito Velázquez), por mencionar solamente algunos de los inmuebles más notables. A partir de este momento la ciudad quedó a merced de la llamada “gentuza revolucionaria”. Poco a poco, Villa va avanzando hacia Jalisco. Al llegar a Irapuato la deja aislada y reducida a sus propios elementos la defensa de todo el noroeste, empezando por Guadalajara. La situación de las fuerzas en el estado es crítica, pues la columna villista es tres o cuatro veces superior, amén de que en el sur, las tropas de Villa, Pedro Zamora, Roberto Moreno, el padre Corona y otros, son una constante amenaza para mantener abierto el aprovisionamiento por Manzanillo, que está en poder de los constitucionalistas. En el tomo I de Jalisco desde la Revolución el historiador Mario Aldana Rendón, contextualiza, de forma general, estos y otros hechos que dieron como resultado que Ciudad Guzmán fuera designada como capital provisional del estado de Jalisco, durante la pugna por el poder estatal entre carrancistas, representados por el Gral. Manuel M. Diéguez (liberales), y los villistas, representados por el propio Gral. Francisco Villa (conservadores). El 11 de diciembre de 1914 el coronel Juan José Ríos es sorprendido en Ocotlán por una columna villista, lo que produce un verdadero desastre en las fuerzas constitucionalistas. Al enterarse, Diéguez decide evacuar Guadalajara “para liberarla de las consecuencias de un sitio, que traería consigo los más graves perjuicios para sus habitantes”, y trasladar su gobierno a Ciudad Guzmán; el 12 de diciembre en la madrugada se inicia la marcha hacia el sur. El decreto número 54, con fecha 12 de diciembre de 1914, a la letra dice: “Por convenir así a las operaciones militares y mientras éstas lo requieran, Ciudad Guzmán será la capital del Estado. En consecuencia, los Supremos Poderes y las oficinas públicas residirán en dicha Ciudad.- Manuel M. Diéguez (Gobernador y Comandante Militar del Estado Libre y Soberano de Jalisco).- Manuel Aguirre Berlanga (Secretario)”. Esta determinación de salvaguardar las insti-

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EL PACTO tuciones gubernamentales y como parte de una táctica militar para hacerle frente a las tropas villistas se debió, en gran medida, a lo accidentada de la geografía que prevalece en la región, dado que Diéguez sabía del acendrado conservadurismo practicado en la ciudad que eligió como cuartel de operaciones militares, por lo que aquí, obviamente, encontró un importante rechazo a sus causas liberales. La tarde del 17 de diciembre finalmente Villa “el salvador de la Santa Religión”, al frente de sus famosos “dorados”, entra a Guadalajara, en donde la alta burguesía y los grupos conservadores le organizan una extraordinaria recepción, llena de múltiples ovaciones y campanas al vuelo, en una simbólica y reverente postración ante el caudillo. Sin embargo, Diéguez no dobló las manos y, desde la casa de don José Dolores Vergara (hoy Plaza Comercial) en Ciudad Guzmán, estudió las estrategias militares que implementaría para recuperar Guadalajara, siendo de esa manera que sus hombres se reorganizan en un plan ofensivo comandado por el coronel Cirilo Abascal, el licenciado Roque Estrada, el coronel José B. Munguía y el propio Diéguez. La batalla se inicia a las 6 de la mañana del 17 de enero de 1915 y termina a las siete de la noche del día 18, al tiempo que los villistas, al mando de los generales Fierro, Medina, Contreras y Ortega, abandonan sus posiciones. A las 10 de la mañana del día 19 de enero, las fuerzas de la división se reúnen en Las Juntas para hacer su ingreso triunfal a la ciudad. Diéguez, al tomar posesión del Palacio de Gobierno, decreta la restitución de Guadalajara como capital del estado, puesto que han cesado las causas que motivaron la designación de Ciudad Guzmán como tal.

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Temas municipales Diéguez trata de reorganizar la administración estatal y aumentar sus fuerzas en los pocos días de tregua que ambos mandos se dan, pues en la madrugada del día 30 de enero las fuerzas del villista Julián Medina entran a Guadalajara y atacan el Palacio de Gobierno y la sede de los cuarteles militares; sin embargo, en esta acción no tuvieron éxito los villistas, pues la considerable cantidad de bajas que tienen los hacen salir deprisa. Los villistas no cesan en sus intentos por tomar Guadalajara, y a principios del mes de febrero Villa concentra en Irapuato una poderosa columna con la que avanza hacia Jalisco. Esta situación pone en alerta al gobernador Diéguez quien se prepara para evacuar la ciudad y, a través del decreto número 60, con fecha 6 de febrero de 1915, por segunda vez determina trasladar la capital del estado a Ciudad Guzmán. Nuevamente ocupa la casa Vergara, desde donde se editaba el Boletín Militar del Ejército Constitucionalista; posicionándose, también, de los campos que circundaban la Estación del Ferrocarril, donde instalaron sus campamentos los soldados y sus mujeres. Obregón ordena a Diéguez que se fortifique en la Barranca de Beltrán y en Atenquique, pero el 17 de febrero los villistas alcanzan al coronel Quiroga, por lo que el combate se da en la Cuesta de Sayula. Sobre este particular, Federico Munguía Cárdenas dice que en Ciudad Guzmán: Nada se informaba al pueblo sobre la ya inminente batalla de la Cuesta, viéndose al Gral. Diéguez tranquilo, pasear por las calles de la ciudad, montando el precioso caballo “Clavel”, de don Albino Mendoza. El jueves 18, día en que ocurrió la batalla, se incrementó el movimiento de jefes y soldados, escuchándose el continuo silbar de las locomotoras […] Como a las tres de la tarde todo estaba al parecer decidido, oficiales y soldados carrancistas pasaban rumbo al sur a caballo a todo correr por las calles de la ciudad. Por todo el valle se levantaban nubes de polvo y los soldados corrían aterrorizados pensando eran seguidos de cerca por los villistas. Ciudad Guzmán quedó evacuada aquella tarde, viéndose a muchas soldaderas abandonadas por sus “juanes” deambular por el pueblo pidiendo orientación y ayuda para continuar en pos del ejército carrancista. Al amanecer del día siguiente a la batalla, Villa ocupó Ciudad Guzmán, continuando la persecución hasta Tuxpan; sin embargo, cediendo a sugerencias del general Felipe Ángeles que combatía en el norte, no continuó la persecución de Diéguez, quien aprovechó para recibir refuerzos por Manzanillo, rehaciéndose y regresando por la revancha hasta dominar y expulsar a las huestes villistas.

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EL PACTO Esteban Cibrián dejó documentada la estancia de Francisco Villa en Zapotlán, en un escrito inédito que presentó el propio autor como trabajo de ingreso a la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, donde señala: … el general Villa y su ejército entraron a Ciudad Guzmán hasta el viernes 19 de febrero. Lo primero que hizo Villa fue convocar al pueblo para designar autoridades municipales, nombrando al Lic. Mauro Velasco, Presidente Municipal. Los villistas fueron bien recibidos por el pueblo. Las casas de campo y los solares urbanos fueron convertidos en cuarteles. En los barrios se improvisaron restaurantes. Pagaban con bilimbiques azules. Cada soldado se identificaba por un banda roja que portaba en el brazo derecho […] a ellos se les oyó cantar por primera vez la canción de “La Adelita”. Por su parte, Juan José Arreola, en La feria, refiere de una forma más amena y breve este episodio: La batalla la ganó Francisco Villa en persona, y a los que lo felicitaron les contestaba: “Otra victoria como ésta y se nos acaba la División del Norte”. Les dio a sus yaquis de premio quince días de jolgorio en Zapotlán, a costillas de nosotros. Aquí haremos un paréntesis para referir sobre el fatal suceso que ensombreció de luto a muchas familias revolucionarias. Se trata del trágico descarrilamiento en la Cuesta de Sayula, episodio que tuvo lugar el 19 de enero de 1915. Con el objeto de que los soldados constitucionalistas pudieran pelear en la batalla de Las Juntas sin pendiente de sus familias que normalmente iban a retaguardia, Diéguez ordenó que las soldaderas quedaran concentradas en Ciudad Guzmán. Una vez logrado el triunfo en la mencionada batalla, el propio jefe ordenó la reincorporación de las mismas para Guadalajara. El convoy iba conformado de veintidós vagones de carga y dos de pasajeros que se dispusieron al final, algo excesivo según se oyó comentar a los maquinistas. Una vez llegados a la Cuesta de Sayula, la máquina perdió el control siendo todo dominado por el gran peso de los vagones que aceleraron la velocidad, lo que motivó que la máquina saliera de la vía, jalando uno a uno los veintidós vagones de carga; solamente los dos de pasajeros se salvaron, sin embargo, quedaron hacinados produciéndose luego el incendio que acabó con las esperanzas de vida de aquellas infortunadas. En el lugar del desastre murieron más de trescientas personas, mientras que otras fallecieron después en hospitales de Ciudad Guzmán, Sayula y Guadalajara.

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Temas municipales

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Sobre este hecho, también Arreola dejó testimonio en La feria: En la Cuesta han ocurrido muchas muertes y desastres […] el descarrilamiento […] de 1915 […] El descarrilamiento también lo perdió Diéguez, y es el más grande que ha ocurrido en la República, con tantos muertos que nadie pudo contarlos. No se perdió mucha tropa porque el tren iba atestado casi de puras mujeres, galletas y vivanderas, la alegría de los regimientos. Nos habían saqueado bien y bonito, y los carros repletos de botín se desparramaron por el barranco. Para qué le cuento, todo aquel campo estuvo un año negro de zopilotes. Y hubo gentes de buen ánimo, de por aquí nada menos, que se entretuvieron desvalijando a los muertos. Ladrón que roba ladrón… El General Diéguez, ya fortalecido, empieza a avanzar rumbo a la capital provisional, es decir, hacia Ciudad Guzmán, plaza que logra rescatar de la invasión villista en marzo de 1915, al tiempo en que Villa ordena la retirada de Guadalajara y concentrarse en Irapuato para participar en las decisivas batallas del centro del país, quedando únicamente en la región la presencia de Pedro Zamora.

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EL PACTO La llegada del “Caudillo de las Cuatro Ciénegas” a Ciudad Guzmán se da en febrero de 1916, episodio en el cual tiene un papel preponderante Guillermo Jiménez, quien ofrece una elocuente bienvenida a nombre de los habitantes, ello a invitación del propio Presidente Municipal el Lic. Mauro Velasco. Esto es, a grandes rasgos, la historia particular de nuestra ciudad en un episodio importante para la nación mexicana, donde al final son los constitucionalistas los que logran obtener la victoria, quienes impulsan la redacción de la nueva Constitución de 1917, jurada en Querétaro, siendo Jalisco, al frente de Manuel M. Diéguez, la primera entidad que interpreta con prontitud los acuerdos del constituyente nacional, de tal forma que para el 15 de mayo del propio año ya estaba instalado el Congreso Constituyente del estado, habiendo sido aprobada su Constitución particular el día 8 de julio de 1917.

Zapotlán, noviembre de 2014 Apoyo bibliográfico: ALDANA Rendón, Mario: “Del reyismo al nuevo orden constitucional, 1910-1917”, en Jalisco desde la Revolución, Gobierno del Estado de Jalisco/Universidad de Guadalajara, Guadalajara, Jal., 1987, 338 pp. ALFARO Anguiano, César G. (coordinador): Jalisco en la Revolución, Gobierno del Estado de Jalisco/Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco, Guadalajara, Jal., 1988, 110 pp. ARREOLA, Juan José: La feria, Joaquín Mortiz, México, D. F., 1963, 199 pp. CAMACHO, Ramiro: Historia del Sr. Obispo D. Silviano Carrillo, Fundador de las Siervas de Jesús Sacramentado, Editorial El Estudiante, Guadalajara, Jal., 1946, 631 pp. CASTOLO, Fernando G.: Zapotlán, independencia y revolución, Archivo Histórico Municipal, Zapotlán el Grande, Jal., 2010, 46 pp. CASTOLO, Fernando G. (compilador): Censos Comercial e Industrial en Ciudad Guzmán, 1900-1949, Archivo Histórico Municipal, Zapotlán el Grande, Jal., 2012, 98 pp. El Estado de Jalisco, Periódico Oficial del Gobierno Constitucionalista, Tomo LXXIX, No. 46, Guadalajara, Jalisco, sábado 12 de diciembre de 1946. FIGUEROA Torres, J. Jesús: Cartilla histórica de Zapotlán (para uso escolar), Ediciones Antorcha, Ciudad Guzmán, Jal., 1973, 42 pp. GONZÁLEZ Moreno, Juan José: Y mi pueblo Zapotlán se hizo Ciudad Guzmán, Amate editorial, Guadalajara, Jal., 2001, 242 pp. MARTÍNEZ Réding, Fernando (dirección): Enciclopedia Temática de Jalisco, Tomo II (Historia), Gobierno del Estado de Jalisco, Guadalajara, Jal., 1992, 236 pp. MUNGUÍA Cárdenas, Federico: La Provincia de Ávalos, Tercera Edición, Secretaría de Cultura de Jalisco, Guadalajara, Jal., 1998, 474 pp. Revista Imagen del Sur, número especial dedicado a “Zapotlán en la Revolución”, Zapotlán el Grande, Jal., noviembre de 1997, 28 pp. URZÚA Orozco, Aída y Gilberto Hernández Z. (compiladores): Jalisco, Testimonio de sus Gobernantes, 1912-1939, Tomo III, Unidad Editorial del Gobierno del Estado, Guadalajara, Jal., 1988, 1218 pp.

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Espacio Abierto

Por: Francisco Jiménez*

EL MONOPARTIDISMO

EN LA GUBERNATURA DEL ESTADO

Lejos de asegurar que el monopartidismo ha sido erradicado en Jalisco, su presencia es aun persistente en diversas formas e intensidades. En la edición especial de la revista El PACTO, correspondiente al mes de diciembre de 2013, dentro del artículo “La Alternancia Municipal en Jalisco” (1), se dejó establecido, que, conforme se trata de instancias más cercanas a la población, como la elección de munícipes, el monopartidismo casi desaparece, cediéndole el espacio al pluripartidismo, y que, además, el ritmo de alternancia se incrementa en este nivel. Lo cual corre en sentido contrario al tratarse de elecciones distritales, de gubernatura y todas las federales. También quedó asentado que el cargo de elección popular que tiene mayor incidencia en el número de municipios con sistema de partido único, es el de gobernador (24 casos), siguiéndole en importancia el de Senador, el de Presidente de la República, Diputado federal, Diputado local y finalmente el de ayuntamientos; mientras que, en sentido inverso, el prototipo del cambio alto, le * Administrador Público

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EL PACTO corresponde al de elección de regidores (86 municipios), y enseguida se ubican el de Diputado local, Diputado federal y el de Senador, ya que el de Gobernador y Presidente de la República solamente llegan al nivel de cambio medio. En una visión de conjunto, se observa que a los electores de este grupo de municipios, lo que menos les interesa que cambie de partido es la Gubernatura, la Senaduría y la Presidencia de la República, en ese orden; mientras que, por el contrario, lo que más les interesa variar son las alcaldías, así como las diputaciones locales y federales, también en ese orden. Las cifras hablan por sí solas, pues este comportamiento electoral así se observa, por lo menos desde 1992. Lo interesante sería descubrir ¿por qué sobrevive el monopartidismo y por qué favorece al PRI en la mayoría de los casos? Y a partir de estas dos interrogantes se derivan otras cuantas, cuyas respuestas podrían resultar igualmente reveladoras. Por una parte, interesa saber ¿por qué los ciudadanos han preferido al monopartidismo? Por la otra, conviene saber si la tendencia se debe a una convicción ideológica o simplemente al pragmatismo electoral o a la coyuntura. Y en ambos casos, habrá que descubrir si es un acto intencionado o producto de la inercia. Lo que sí se puede asegurar, en primera instancia, es que, si es lo uno o lo otro, ni la convicción, ni el pragmatismo y la coyuntura, ni la intencionalidad o la inercia, son absolutamente totales, toda vez que, mientras que esos 24 municipios han mantenido el sistema de partido único para elegir gobernador, no lo son exactamente igual para elegir a los otros cargos, puesto que sus electores no emiten su voto en forma lineal, salvo el caso de San Cristóbal de la Barranca. Entonces, en mayor o menor medida, la reflexión en la urna y la inercia de los electores están presentes. Surge entonces, la necesidad de responder algunas preguntas básicas, para explicar el fenómeno del voto que favorece a un solo partido, como ¿Por qué la elección de gobernador es la máxima expresión del monopartidismo en Jalisco? ¿Por qué favorece al PRI? ¿Qué importancia cuantitativa tiene? ¿Cuál es su tendencia? ¿Influirá en las elecciones próximas? ¿Cuáles municipios son y por qué votan así? Aunque tal vez, la clave no está en despejar estas incógnitas, sino una sola, planteada así: ¿Por qué para elegir otros cargos, el electorado de estos 24 municipios, prefiere emitir su voto de manera diferenciada y no lineal? O visto de otra manera: ¿Por qué no sigue el mismo esquema del monopartidismo, también, en la elección de los otros cargos? A manera de una respuesta anticipada, antes de que se pudiera analizar caso por caso, se puede sugerir que el voto es emitido por los candidatos, no por los partidos que los postulan. Y en ese sentido, cabría decir que cuando el votante le da la espalda a un partido (aun siendo con el que simpatiza) es porque el candidato no le satisface. Y si en esos 24 municipios donde el electorado le ha refrendado el triunfo a un solo partido, durante las últimas cuatro elecciones

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Espacio Abierto sexenales, para elegir gobernador, es porque el candidato ha sido el adecuado, mientras que en los demás casos, no lo ha sido.

Jalisco Niveles de alternancia por voto municipal (1992-2012) Tipo de Elección

Cambio Cambio Cambio Cambio nulo* bajo medio alto 0 veces 1 vez 2 a 3 veces 4 a 7 veces Gobernador 24 36 64 0 Senador 17 14 86 7 Presidente 13 19 92 0 Dip. Federal 5 4 75 40 Dip. Local 3 9 68 45 Munícipes 1 3 35 86 * Monopartidismo/Municipios sin alternancia.

Total 124 124 124 124 125 125

Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco y del Instituto Nacional Electoral. De acuerdo a esta gráfica, esto significa que durante 20 años (1995), los electores de esos 24 municipios de Jalisco han refrendado el triunfo electoral a los cuatro últimos candidatos a la gubernatura de Jalisco, de un solo partido. Veintitrés de ellos lo hicieron a favor de los últimos cuatro candidatos priistas: Eugenio Ruiz Orozco (1995), Jorge Arana Arana (2000), Arturo Zamora Jiménez (2006) y Jorge Aristóteles Sandoval Díaz (2012); y solo en uno (Tequila) el triunfo electoral ha sido a favor de los candidatos del PAN como Alberto Cárdenas Jiménez, Francisco Ramírez Acuña, Emilio González Márquez y Fernando Guzmán Pérez Peláez (2). Lo cual demuestra la polarización política entre el PRI y el PAN, que existió hasta la aparición del Partido Movimiento Ciudadano, en la elección del 2012 (3). Esto puede resultar poco relevante, pues a pesar de mantenerse el monopartidismo en esos 23 municipios a favor del PRI, ello no implicó que siguiera ganando la gubernatura, sino hasta el 2012. Y por otro lado, el triunfo de Jorge Aristóteles Sandoval, no se debió solamente al voto priista de esas localidades, sino a la suma de las otras 101 restantes y, por supuesto, a la coalición con el PVEM. Sin embargo, no habrá que soslayar dicha cantidad, pues según las cifras oficiales del proceso electoral próximo pasado, la suma de esas 24 localidades representa el 5% (271 mil 702) de la nómina electoral del estado; el 7.59% (73 mil 340) del voto priista en el estado (sin coalición); y el 6.14% (80 mil 501) del voto priista coaligado con el PVEM.

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EL PACTO Cantidad que puede resultar determinante si se repite el escenario de las tres fuerzas estatales que se presentaron en la elección de gobernador de 2012. De ahí la importancia de buscar explicaciones a ese comportamiento que ha mantenido el sistema de partido único en esos 24 municipios. Y que podría incrementarse o disminuirse, representando una bolsa de votos que actuaría como el fiel de la balanza en el contexto estatal, con miras al 2018. De ahí también la inquietud de por lo menos conocer las similitudes y diferencias entre sí, pretendiendo elaborar un perfil homogéneo y su probable futuro comportamiento. EL VOTO HISTÓRICO DEL GRUPO La descripción del voto histórico en este grupo, habla de tres posibles interrelaciones: a) La tendencia del voto estatal en general; b) La tendencia del voto del grupo, y; c) La tendencia de las principales fuerzas electorales, dentro de este grupo. Entre la elección de gobernador de 1995 y la de 2012, según las cifras del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPCEJ) la tendencia del voto general emitido en el estado, ha venido descendiendo marcadamente, teniendo un importante repunte en la elección de Emilio González Márquez. Mientras que la tendencia del voto general emitido que corresponde al grupo en cuestión, es predominantemente a la alza, aunque con un descenso importante en la elección de Emilio González Márquez. Es decir, en el conjunto estatal, para el 2006, la elección de gobernador despertó muchas expectativas en los votantes, no así en el grupo de los 24 municipios con monopartidismo, donde el voto para gobernador fue menor al del año 2000 (-6.96%) y del 2012 (-12.45%). Este desaliento de los electores salpica no sólo al candidato del PAN, que aun así, gano la elección estatal, sino también a los otros 6, como Arturo Zamora Jiménez (PRI), Enrique Ibarra Pedroza (PRD/PT), Adalberto Velasco Antillón (PVEM), Antonio Jaime Reynoso (Convergencia), Olivia Ornelas Torres (PSD) y Fernando Espinoza de los Monteros (PNA). Sin embargo, el más perjudicado fue el PRI, que aun siendo la primera fuerza del grupo, el crecimiento de sus adeptos sólo fue del 5.34%, en tanto que el PAN registró un crecimiento del

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Espacio Abierto 8.90%. Y por otro lado, el PRD, al ir en coalición con el PT, logró colocarse, por única vez hasta ahora, como la tercera fuerza electoral, dentro de ese grupo (4). Y es precisamente, la alianza entre el PRD y el PT, en el 2006, la causa principal del decrecimiento del PRI, pues la renuncia a este partido por parte de Enrique Alfaro y Enrique Ibarra, en 2005, llevó un flujo importante del voto priista hacia dicha fórmula.

Elección de Gobernador Incremento porcentual del voto histórico Elección

1995

Total del grupo Total del estado

2000

2006

2012

Absoluta

%

Absoluta

%

Absoluta

%

Absoluta

%

111060

¿?

136927

18.89

155464

11.93

205591

24.38

2111414

57.50

2126867

0.72

2811607

24.35

3388889

17.03

Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco De esta manera, se observa que dentro del grupo -igualmente que en lo estatalse distinguen dos fuerzas principales (PAN y PRI), que han acaparado la mayor parte de los votos. Si se tuviera que hablar de una tercera fuerza, ésta sería el PRD, pero muy lejana de la segunda, trátese del PAN o del PRI, cuando han estado fuera del poder. El crecimiento del PRD como tercera fuerza, traía desde 1995 una tendencia ascendente muy importante, pues de 9 municipios ganados a favor de sus candidatos a la gubernatura, subió a 17 en el 2000 y a 24, en 2006, en alianza con el PT. Lugar que le fue prácticamente arrebatado por el Partido

Elección de Gobernador Los 24 municipios monopartidistas El voto de las principales fuerzas electorales 1995 2000 2006 2012 P A N

P R I

O T R O S

P A N

P R I

O T R O S

P A N

P R I

O T R O S

P A N

PRI/ P V E M

M C

%

%

%

%

%

%

%

%

%

%

%

%

1.83

2.89

0.6

2.23

2.97

0.86

1.85

2.38

0.87

1.37

2.37

1.22

Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.

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EL PACTO

Movimiento Ciudadano, en 2012, que lo hizo descender a sólo cuatro. Éstas son, pues, en lo general, las grandes tendencias del voto histórico dentro del grupo de los 24 municipios con sistema de partido único, cuando se trata de elegir gobernador. Las predicciones hacia 2018, dependen de la votación que obtengan estas tres fuerzas electorales (PRI, PAN y PMC), situando en primer plano los resultados que se obtendrán en los 5 principales municipios de la Zona Metropolitana de Guadalajara, en 2015, para elegir a los nuevos presidentes municipales, toda vez que en ella se concentra el 59% de la población electoral del estado. Cantidad suficiente como para obtener el triunfo en la elección de gobernador. (1) Jiménez, Francisco. “La Alternancia municipal en Jalisco”. EL PACTO. Edición especial de diciembre. 2013. (2) iepcej.org.mx “Resultados electorales. Análisis de resultados concentrados desde 1995 hasta 2012, en el apartado de elecciones de gobernador”. (3) Mientras gobernó el PRI, la segunda fuerza opositora fue el PAN. En 2012, fue desplazado al tercer sitio (20% del voto emitido) y su lugar fue tomado por el Partido Movimiento Ciudadano (34% del voto emitido); mientras que el PRI recuperó el poder (39%), en alianza con el PVEM. (4) Este análisis se obtuvo de la suma de votos de los 20 distritos locales del estado, para elegir gobernador, en cada una de las últimas cuatro ocasiones, a partir de 1995. Y seccionando a los 24 municipios donde siempre le han dado el voto al candidato a gobernador de un solo partido. Cifras tomadas del portal electrónico del IEPCEJ.

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Sección Cultural

Por: Omar Acosta*

MEXICANOS VISIONARIOS: De Severo Maldonado a los hermanos Flores Magón

Precursores del Federalismo municipalista La trayectoria que ha seguido la institución del municipio a lo largo de la historia de la nación mexicana se caracteriza por tener grandes percusores. Entre los tantos próceres que abonaron con sus textos e ideas al desarrollo del municipio que existe hoy en día, se encuentran el Dr. Francisco Severo Maldonado con el Contrato de Asociación para la República de los Estados Unidos del Anáhuac y los hermanos Ricardo y Enrique Flores Magón con el Programa del Partido Liberal Mexicano. Ambas aportaciones representan un paso muy importante en la consolidación del sistema federal actual. * Politólogo jalisciense

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Omar Acosta


La tesis general que comparten estos ideólogos mexicanos es que, primero, establecen como base de la organización política de la nación el municipio y, segundo, lo empoderan mediante determinadas potestades y facultades. Si bien se puede apreciar que la especificidad con la que se describen estos dos puntos es distinta, ambas partes lo apremian como célula fundamental de la organización administrativa del gobierno. En cuanto al primer texto, aunque algunas partes no se encuentren en el articulado de la legislación actual, se puen denresumir dichas aportaciones en los siguientes puntos: • División de la representación política de los individuos. Este apartado hace referencia a la reglamentación en temas de legislación y de representación política de los ciudadanos. Establece como base de la designación de los legisladores de la nación a los representantes de las corporaciones político-militares. Éstas eran las que, en su conjunto, incluían a la población de un estado. • Instauración de los Congresos Municipales. Se prevé un congreso municipal que se integra por cada uno de los representantes de las corporaciones político-militares. • Inclusión del Congreso Municipal en los Procesos Legislativos Nacionales. Mediante la instauración de los Congresos Municipales y su relación entre sí con base en la demarcación distrital, facultan a esta institución para inferir en las decisiones del Congreso Nacional. • Regularización de la integración de la representación municipal. Se hace positiva la representación de los Congresos Municipales para la legislación de la norma. • Igualdad entre los representantes municipales. Se prevé la igualdad de los representantes sin demeritar por procedencia del mismo. Y, referente al segundo texto, si bien breve, la gran aportación que realiza es la siguiente: • La reorganización de los municipios y el robustecimiento de sus facultades. Se toma en cuenta el reestructurar la división municipal por la necesidad de contar con una base organizacional efectiva y, además, se le empodera con el fin de que pueda desempeñar mejor sus funciones.

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Sección Cultural Dr. Francisco Severo Maldonado y Ocampo1

Este prócer mexicano nació en Tepic en el último tercio del siglo XVIII y falleció en 1832. Dentro de sus conocimientos académicos se encuentran estudios teológicos, legislativos y de Economía política. Entre sus grandes aportaciones ideológicas, éstas se pueden dividir en los campos de educación, agricultura, derechos humanos, economía, constitucionalismo, temas de género y globalización. En Educación, Maldonado se aventuró con la propuesta de la obligatoriedad y gratuidad de ésta, en respuesta al problema de un analfabetismo dominante. En agricultura, inició con las prescripciones sobre la enseñanza de la agricultura, antecedente de las prácticas en las áreas rurales por medio de las parcelas escolares; además de proponer un reparto de la tierra entre los campesinos más desprotegidos. En los derechos humanos, promovió la defensa de los derechos del individuo en contra de los abusos de la autoridad elevándolos a rango constitucional. De este ramo, vale la pena citar uno de los preceptos: Todo hombre por derecho de la naturaleza tiene la más amplia y expedita libertad de hacer todo aquello que no choque, ofenda o vulnere directa o indirectamente los derechos naturales de sus demás consocios2. 1 Antología del Centenario, Vol. 1. (2015) Francisco Severo Maldonado. Recuperado de sitio web: http://www.bicentenario.gob.mx/bdb/bdbpdf/antologiaDelCentenario/Vol1/antologiaDelCentenarioVol1-maldonado.pdf 2 Contrato de Asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac (1821) Recuperado de sitio web: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/595/43.pdf . Artículo 59, fracción primera.

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EL PACTO

En Economía, propuso un Banco Nacional y de Avío, así como el organizar a la sociedad en base a un futuro promisorio a través de la razón y la colaboración activa de todos, para alcanzar una sociedad organizada y lograr el bienestar común. En el Constitucionalismo, impulsó como la base de la organización política a la comunidad (entendida hoy en día como el municipio). En temas de Género, contemplaba la atención y participación de la mujer. Y en la Globalización, consideraba una organización supranacional en el continente americano que buscaba, entre sus muchos fines, “consolidar y complementar la reconquista de la libertad del nuevo mundo, lanzando de sus islas y continente a los déspotas europeos que aún dominan en algunos puntos”. Además de su contribuciones ideológicas, a Severo Maldonado se le conoció como un ferviente defensor de los derechos de América. Fue director y redactor del Despertador americano (primer periódico insurgente de América). Entre sus vastas líneas, se pueden recabar las siguientes: ¡Nobles americanos! ¡Virtuosos criollos, celebrados de cuantos os conocen a fondo por la dulzura de vuestro carácter moral, y por vuestra religión acendrada! Despertad al ruido de las cadenas que arrastráis ha tres siglos; abrid los ojos a vuestros verdaderos intereses, no os acobarden sacrificios y privaciones que forzosamente acarrea toda revolución en su principio; volad al campo del honor; […]. Coronaos de nuevos laureles acabando de destrozar al enemigo, ó forzándole a adoptar nuestros designios saludables y patrióticos. […] Avivad vuestro valor y vuestra fe á vista de los señalados triunfos con que hasta aquí os ha premiado el gran Dios de los Ejércitos3. Ricardo y Enrique Flores Magón4 Figuras que se pueden considerar como algunos de los precursores fundamentales de la Revolución mexicana. Ricardo, nacido en 1874 y fallecido en 1922, y Enrique, nacido en 1877 y fallecido 1954. Ambos oaxaqueños, influyeron tanto en el inicio de la Revolución como en las ideas de la Constitución Política de 1917.

3 Antología del Centenario, Op. Cit. p. 155 4 Torres, M. (2010) Ricardo Flores Magón, ideólogo de la Revolución Mexicana. Recuperado de sitio web: http://www.informador.com.mx/cultura/2010/199799/6/ricardo-flores-magon-ideologo-de-la-revolucion-mexicana.htm

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Sección Cultural La crítica que elaboraron estos dos ideólogos y revolucionarios mexicanos comenzó desde su corta edad. Esto se dio mientras estudiaban en la Nacional Preparatoria. Si bien ésta era una de las principales instituciones educativas del régimen y de donde emanaban los miembros del mismo; fue en 1892 cuando se desató una revuelta estudiantil en la que se criticaba fuertemente al régimen Porfirista. A partir de esta rebelión, la crítica de los hermanos Flores Magón se vio ininterrumpida, y más bien en ascenso. Uno de los pasos más importantes que dieron fue la creación del periódico clandestino Regeneración, periódico jurídico independiente en el año de 1900, el cual cambió de nombre ese mismo año a Regeneración, periódico independiente de combate. Éste se caracterizaba por atacar fuertemente al régimen Porfirista, ataques que les merecieron entrar varias veces a la cárcel. http://dwardmac.pitzer.edu/anarchist_archives/bright/magon/images/closure.jpg

Ambos miembros y fundadores del Partido Liberal, nacido en 1906, comenzaron la lucha que le daría fin al Régimen Porfirista. Los principales postulados que defendía el programa de dicho partido eran: • Jornada laboral de 8 horas • Prohibición del trabajo infantil • Salario mínimo • Indemnización patronal por accidente de trabajo • Educación laica, obligatoria y gratuita • Empoderamiento al municipio Dichos preceptos fueron retomados, posteriormente por Venustiano Carranza para la elaboración de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-

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canos de 1917; la cual, gracias a estos preceptos, entre otros, es considerada la primera Constitución política de corte social en el mundo. La relevancia de los hermanos Flores Magón en la lucha revolucionaria trasciende al grado que iniciaron los primeros conflictos armados previos a ésta. Tal es el caso del atentado en contra del Régimen Porfirista perpetrado por magonistas el 26 de septiembre de 1906 a orillas del Rio Bravo, donde carboneros de profesión utilizaron explosivos para su cometido. Siguiendo a este evento, el 24 de junio de 1907, y con gritos de “¡Viva la Revolución!” y “¡Viva el Partido Liberal!”, un grupo de magonistas intentó tomar la casa municipal de lo que hoy es Ciudad Acuña, Coahuila. Cabe citar las palabras que dijo Roque Estrada, principal orador de Francisco I. Madero, cuando le hicieron la pregunta que si hubiera sido posible la campaña relámpago de Madero, sin el trabajo de los Flores Magón. Él contestó: “Seguramente que no. Ya el terreno estaba preparado por Flores Magón.”5 Bibliografía • Antología del Centenario, Vol. 1. Francisco Severo Maldonado. En sitio web: http:// www.bicentenario.gob.mx/bdb/bdbpdf/antologiaDelCentenario/Vol1/antologiaDelCentenarioVol1-maldonado.pdf • Contrato de Asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac (1821) En sitio web: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/595/43.pdf • Damián, E. (2014) “Contra todo y contra todos. Los hermanos Flores Magón”. En sitio web: http://www.inehrm.gob.mx/work/models/inehrm/Resource/640/1/images/ Contra%20todo%20y%20contra%20todos-ARTICULO.pdf • Fregoso, C. (2010) Severo Maldonado, precursor del Estado mexicano moderno. En sitio web: http://www.informador.com.mx/cultura/2010/236544/6/severo-maldonado-precursor-del-estado-mexicano-moderno.htm • Oaxaca mío. (2014) Los Hermanos Flores Magón y el periodismo mexicano. En sitio web: http://www.oaxaca-mio.com/celebres/flores_magon.htm • Programa del Partido Liberal Mexicano (1906) En sitio web: http://biblio.juridicas. unam.mx/libros/2/594/13.pdf • Torres, M. (2010) Ricardo Flores Magón, ideólogo de la Revolución Mexicana. En sitio web: http://www.informador.com.mx/cultura/2010/199799/6/ricardo-flores-magon-ideologo-de-la-revolucion-mexicana.htm • Vanguardia (2010) “Hermanos Flores Magón: La lucha por la Igualdad”. En sitio web: http://www.vanguardia.com.mx/hermanosfloresmagonlaluchaporlaigualdad-594832.html 5 Vanguardia (2010) “Hermanos Flores Magón: La lucha por la Igualdad”. Recuperado de sitio web: http://www.vanguardia.com.mx/hermanosfloresmagonlaluchaporlaigualdad-594832.html

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Testimonios y Documentos

Por: Mauro Gerardo Ruelas Bentura*

LAS PROFECÍAS DEL CONSTITUYENTE DE 1824 Nota del editor

No sólo el Acta Constitutiva de la Federación, promulgada el 31 de enero de 1824, es un testimonio de la convicción federalista de los jaliscienses que contribuyeron a que esto fuera posible. Existen debates que se sostuvieron en el seno de aquel Congreso General de 1823-1824, que lo demuestran así. Es por todos sabida la formación de dos bloques de diputados que polarizaron las posturas dominantes: los centralistas y los federalistas.

En el primero de ellos se posicionaron José María Becerra (Veracruz); Carlos María de Bustamante (México); y José Miguel Guridi y Alcocer (Tlaxcala). La parte radical de los federalistas estuvo representada por Juan Cayetano Gómez de Portugal (Jalisco); con un matiz conciliador, se sitúa aquí también a José Miguel Ramos Arizpe (Coahuila), presidente de la Comisión redactora de la Constitución; y, sustentando un temperado Federalismo, también se incluye dentro de esta tendencia a Fray Servando Teresa de Mier (Nuevo León)1, aunque por sus argumentos parlamentarios se le ubique a este último como centralista. Uno de aquellos debates fue el de la sesión del día 26 de agosto de 1824, bajo la presidencia del Diputado Cayetano Ibarra (Estado de México), cuya crónica publicó el periódico Águila, el día 28 de agosto de 18242, cuando se discutió el artículo 146, que decía que los estados tenían la obligación de organizar su gobierno interior, sin oponerse a esta Constitución, ni al Acta Constitutiva. * Licenciado en estudios políticos y gobierno, y Maestro en gestíon pública 1 Pantoja, Morán, David. Los Constituyentes de 1824. Biblio.juridicas.unam.mx 2013. [PDF] 2 Véase: Barragán, José. Crónicas del proceso de discusión del Acta Constitutiva de la Federación y de la Constitución de 1824. IEF. 2013.

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Mauro Gerardo Ruelas Bentura


EL PACTO

La crónica periodística narra que los diputados Guerra, Mier, Cañedo, Bustamante y Martínez, se opusieron a que se hiciera mención del Acta Constitutiva, puesto que hablar de Acta y Constitución podría confundir y complicar la legislación. En tanto que Ramos Arizpe, Rejón y Becerra, opinaron lo contrario. A este respecto, nuestro personaje, el doctor Juan Cayetano Gómez de Portugal y Solís, muestra su indeclinable postura, según la versión del periódico Águila, de aquella fecha. Este documento demuestra la gama de matices del abanico ideológico que sitúa a nuestros Constituyentes en sus diversos grados de radicalismo, pero sobre todo, la férrea defensa que hizo este jalisciense por el Acta, como fermento del Federalismo, que de todas formas, para 1957, desapareció del texto constitucional, desatando una serie de reformas que hasta la fecha nos siguen acercando al sistema unitario, tal y como lo predijo Juan Cayetano. Podría ser la versión federalista del padre Mier, en el sentido de aquella intervención histórica a que se bautizó con el nombre de “la profecía del padre Mier”; pues ésta bien podría, por oposición, conocerse como “la profecía del obispo Portugal”, las que, al parecer, se ha cumplido tal cual se predijo. Se transcribe el artículo: SESIÓN DEL DÍA 26 DE AGOSTO DE 1824 Presidencia del Sr. Ibarra (En Águila del día 28 de agosto de 1824) El Sr. Portugal dijo: Estoy sorprendido del ataque brusco con que sin aguardarlo se está batiendo ahora a la federación. Y lo que más me sorprende es ver, que un diputado de Jalisco, el último Sr. Preopinante (se refiere a Juan de Dios Cañedo), ha caído candorosamente en el lazo. No Sr. la Acta constitutiva no puede dejar subsistir, aún dada que sea la constitución. Si ha habido, y ha de haber federación es por la Acta constitutiva; quítese esta, y con solo ampliar un poco más las atribuciones de los poderes generales, vino abajo todo el sistema. La constitución no puede confundirse con la acta, ni esta con la constitución. Por la acta es que los pueblos han pactado gobernarse con un sistema federal, y han reconocido la indepen-

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Testimonios y Documentos dencia y soberanía de los diversos estados que hacen la gran federación; y por la constitución esencialmente no se hace otra cosa que dividir los poderes generales, y detallar sus atribuciones. El día que falte la Acta constitutiva, las atribuciones de aquellos poderes generales se extenderán por una sola órbita tan grande como todo el Anáhuac, y acabó la federación. Yo estoy admirado de ver como el espíritu de centralismo se insinúa en nuestras discusiones, y persiste en sus ideas. El amor del poder, y de un poder sin restricción y sin límites es seguramente el que presenta a cada paso las inmensas ventajas que un sistema de centralismo le procuraría. Pero no hay que engañarse, ni pretender engañar: los dos términos centralismo y federalismo, pasado cierto punto, son opuestos. Los intereses de nuestros pueblos unidos ya en federación, contienen un germen tal de resistencia a todo espíritu de indivisibilidad, que será posible desenraizar, sin arrancar primero el árbol mismo de la federación. Y a ese paso, señor, mientras que ninguna federación existe sin independencia y soberanía de estados particulares, parece que nuestro empeño es, unas veces con perversión, y otras sin aguardarlo, como ha sucedido hoy, hacer la guerra por alguna parte a esta misma soberanía de nuestros estados federados: parece que antes de concluir, mil veces arrepentidos, queremos reducir a polvo los mismos materiales, que nos han servido para levantar el edificio. Mi voto es, pues, que se apruebe en todas sus partes ese artículo que garantiza su existencia a nuestra Acta constitutiva. El Sr. Gómez Farías (tapatío que representó a Zacatecas) fue de sentir que se podía omitir la parte que se discute, si en la constitución se habían de poner a la letra todos los artículos del Acta constitutiva. El artículo fue aprobado, no habiéndose accedido a que la votación fuese nominal, como propuso el Sr. Ibarra

Se levantó la sesión pública a las doce y media para entrar en secreta extraordinaria.

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EL Editor


De nuestra biblioteca

Por: Francisco Jiménez*

Demarcando a Jalisco es un pequeño libro de 123 páginas, escrito por el historiador José María Muriá, y que fue editado con el patrocinio del Instituto de Estudios del Federalismo. Es una obra que analiza históricamente las diferentes formas legales que se han empleado para dividir la parte occidental de lo que ahora es la República mexicana, conocida anteriormente como la Nueva Galicia. Hasta ahora es el trabajo más reciente que se ha publicado sobre el tema, que siempre le ha interesado al auto; le anteceden importantes investigaciones sobre las divisiones territoriales y los límites de Jalisco. Su estudio se refiere a las demarcaciones gubernamentales que han existido en este estado, así como a los cambios registrados en su denominación. Involucrando básicamente el ámbito del municipio, el comarcal o intermedio y el mayor. Nos muestra también cómo la nomenclatura referida a determinados territorios, ha venido modificándose conforme se fueron definiendo los ámbitos de gobierno. En su lectura, el libro nos va relacionando los vocablos utilizados en el transcurso de la historia, con la porción de tierra a que se refiere, y su autoridad correspondiente, que nos permite distinguir entre alcaldías mayores, intendentes, directores y jefes políticos. Supone que lo más probable es que en la Época prehispánica no hubo una delimitación estable ni Confederación Chimalhuacana alguna. Del primer término “provincia”, como sinónimo de región o territorio conquistado, explica enseguida, cómo los ayuntamientos le van dando orden a las tierras conquistadas; a las nominaciones de los nuevos reinos e instituciones que organizaron el aparato de gobierno colonial, como la Real Audiencia, la Intendencia, y el nuevo concepto de “provincia”, provisto en esta nueva ocasión de tintes democráticos. Después, al llegar el Federalismo, hace su recorrido por las partes integrantes de la Unión, describiendo los episodios centralistas, que cambiaron su denominación original a Departamentos, y su regreso al Federalismo, recuperando el nombre de Entidades federativas, cuya estructura interna en Cantones y Departamentos, fue suprimida a partir de 1917, quedando solamente los tres ámbitos de gobierno hasta ahora vigentes. Ejemplares para consulta se encuentran en nuestras instalaciones, en espera de quienes se interesen en el tema. *Administrador público

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Líderes del Federalismo

Por: Jorge Alberto Aguirre Ulloa*

DR. JUAN CAYETANO GÓMEZ DE PORTUGAL Y SOLÍS Nació en la congregación de San Pedro Piedra Gorda (hoy municipio de Manuel Doblado, Guanajuato), el 7 de julio de 1783, pero descendiente de laguenses. Compañero de Don Valentín Gómez Farías en el Seminario de Guadalajara. Partidario de la Independencia de México. Siendo Cura de Zapopan fue electo vocal de la Diputación provincial de Guadalajara para el bienio 1822-1823 y miembro del Congreso General Constituyente. También fue diputado federal por Guanajuato y senador por el Estado de Jalisco.1 * Licenciado en derecho. 1 Gobierno del Estado de Jalisco. Jalisco. Hermano Mayor de la Federación. Dirección de Publicaciones del Gobierno de Jalisco. 2010. P. 46-47.

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| Dr. Juan Cayetano Gómez de Portugal y Solís Jorge Alberto Aguirre Ulloa


EL PACTO

Don Juan Cayetano Gómez de Portugal (Primer cardenal mexicano), perteneció a la generación de docentes del seminario conciliar de Guadalajara, encabezada por el padre José de Jesús Huerta Leal (redactor del Acta de la Creación del Estado Libre y Soberano de Jalisco), junto con el Doctor Francisco Severo Maldonado y don Esteban Huerta Leal.2 FORMACIÓN IDEOLÓGICA David Pantoja Morán, miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, concluye -apoyado en los datos aportados por sus biógrafos- que entre los autores que leyó o citó, sobre los que escribió, están: Constant, Vattel, Rousseau, Bentham y Washington.3 Seguramente por las ideas de libertad, derechos civiles, democracia, del primero; como las aportaciones al derecho internacional, la diplomacia, y la filosofía política del segundo. Así como por las ideas republicanas del tercero citado, el utilitarismo que opuso al sistema legal inglés, del cuarto, y la convicción federalista del último de ellos. TRAYECTORIA POLÍTICA La experiencia de Gómez de Portugal fue más bien en el campo legislativo, pues, como se dice arriba, participó en la diputación Provincial de Nueva Galicia; fue diputado por Guanajuato en tres ocasiones, pero después, en 1834, secretario de Justicia y negocios eclesiásticos.4 APORTACIÓN AL FEDERALISMO En relación a su producción intelectual, Gómez de Portugal es célebre por su Pastoral de Michoacán de 1835 y, ya como integrante de la diputación Provincial de Nueva Galicia, participó seguramente en la concepción del Manifiesto en pro del Federalismo y en el Plan de Gobierno Provisional del nuevo estado de Jalisco. Se le considera, entre todos los Constituyentes de 1824, el más radical de los federalistas5. Siempre al lado de Luis Quintanar, Jefe político y Capitán General de Jalisco, fueron promotores de la república confederada, de la transformación de las provincias en estados y firmantes de los Convenios de Lagos. Según lo fundamenta el autor Pantoja Morán.

2 Varios autores. Apuntes biográficos del Doctor José de Jesús Huerta Leal. IEF. Guadalajara. 2003. P. 29. 3 Pantoja Morán, David. Los Constituyentes de 1824. Biblioteca Jurídica Virtual. UNAM. [PDF]. P. 216 4 Op. cit. P. 217. 5 Su radicalismo se puede observar en la argumentación que presenta ante el Constituyente de 1824, en pro de que permanezca en el texto constitucional, la mención al Acta Constitutiva, durante la sesión celebrada el día 26 de agosto de 1824.

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Información básica político electoral municipal

IEF

AHUALULCO DE MERCADO Ayahualólco: En la curva del río Átl= agua, yahualilli= río, co= lugar (en náhuatl)

BREVE HISTORIA ELECTORAL Hasta la elección de 1997, los presidentes municipales surgieron de una sola expresión política. Aquel año fue la primera ocasión en que el PVEM registra una planilla de candidatos a munícipes, llevando a Leticia Maldonado Magaña (1) como su candidata a la presidencia municipal. En asincronía con el acontecer nacional, el cambio de partido en el poder llega a través del PRD, cuando su abanderado, el doctor Gerardo Ledesma Olmos superó la votación del priista, Óscar Carrillo García. Una vez ocurrido esto, el poder ha sido alternado por una formula tripartita, formada por el PRI, el PRD y el PVEM. Es un sistema de alternancia alto, puesto que en lo que va de los últimos 20 años, han ocurrido cuatro cambios de partido en el gobierno municipal. El nivel de abstencionismo ha venido a la baja después de la elección de 2006, pues del 33% de aquella ocasión, descendió al 29% y 28%, obtenidos en las últimas dos elecciones, la de 2009 y la de 2012. Es notorio el hecho de que, el respaldo del electorado con el que han llegado los últimos 8 presidentes municipales sea cada vez menor. Es decir, quien gobernó 62

| Información básica político electoral municipal

IEF


EL PACTO

entre 1992 y 1995, llegó al poder con el 91% de la votación total emitida, y quien ocupa en la actualidad la primera regiduría, lo hizo solo con el 37%. Pero aún más, Miguel Ángel Bayardo Tiznado (PVEM), quien ganó la elección en 2005, sólo obtuvo el 30%. Este hecho se reafirma al comparar la cifra con la que llega al poder el PRI en 1995, y la que obtiene a su regreso a la alcaldía en 2012. En la primera ocasión lo hace con el 50% y en la segunda, únicamente con el 37%. Lo relevante es que se trata de la misma persona. El alto nivel de alternancia, el descenso de los niveles de abstención y la tendencia a la baja del respaldo electoral a los que han gobernado, habla de dos tendencias: a) El fraccionamiento del voto, debido al incremento en el número de las opciones electorales; y b) Una alta competencia entre los principales partidos políticos, que no es sinónimo de competitividad. AHUALULCO DE MERCADO INTEGR ACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2012-2015) PARTIDO

CARGO

PROPIETAR IO

PR I

PRESIDENTE

GER ARDO MAUR ICIO GUÍZAR MACÍ AS

PR I

REGIDOR

MAR Í A ELENA GÓMEZ QUINTERO

PR I

REGIDOR

ROSA GARCÍ A RODR ÍGUEZ

PR I

REGIDOR

JOSÉ FÉLIX MEDINA R AMÍREZ

PR I

REGIDOR

AR ACELI CECILI A AYAL A MONJO

PR I

REGIDOR

GUSTAVO GONZÁLEZ VALLEJO

PR I

SÍNDICO

OSCAR FABI ÁN CARR ILLO ESTR ADA

PAN

REGIDOR

GONZALO MONJO MENDOZA

PAN

REGIDOR

MAR Í A FÉLIX SOLÍS ROBLES

PMC

REGIDOR

JOSÉ BL ADIMIR ARREOL A ÁLVAREZ

PMC

REGIDOR

MARTHA PATR ICI A GUTIÉRREZ BECERR A

SECRETAR IO GENER AL

V ÍCTOR EDUARDO CASTAÑEDA LUQUÍN

Fuente: Página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco y del gobierno municipal de Ahualulco de Mercado

Lo cual encuentra sentido al observar que las últimas cuatro elecciones municipales, han sido las más apretadas de la historia en este municipio. De las cuales, la de 2003 y 2006, que fueron ganadas por el PVEM, de hecho fueron empates técnicos, pues la diferencia frente a su más cercano contendiente en las urnas, solo fue del 2%, es decir, 156 votos (frente al PRI) y 171 votos (frente al PAN), respectivamente. Y quien actualmente gobierna a Ahualulco de Mercado, obtuvo el 4%, sobre la segunda fuerza electoral de ese momento, (Partido Movimiento Ciudadano). Teniendo el mérito de que, aunque fue en alianza con el PVEM, pudo haber ganado con sus propios votos.

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Información básica político electoral municipal Las principales fuerzas locales Tres partidos han logrado llegar al poder en diversas ocasiones. Pero hay una fuerza que nunca ha tenido candidato y representa un importante flujo de votos. En 2003, el abstencionismo empató con el PVEM, siendo el partido ganador, con un 35%; en el 2006, cuando volvió a ganar la elección ese partido, lo superó por tres unidades porcentuales; y ya para 2009 y 2012, su descenso fue notorio, pues quedó debajo de los partidos triunfadores.Por el momento, es difícil precisar cuál partido es la primera fuerza política. Toda vez que por 15 años el PRI, estuvo fuera del poder y en 2012 regresa, pero en alianza con el PVEM, quien gobernó durante dos periodos consecutivos, con sus propios votos; y por otro lado, el PRD, que venía empujando con fuerza, siendo el partido que desplazó del poder al PRI, en la elección de 2012, prácticamente desapareció. Esto último parece explicarse por el hecho de que el candidato del PRD en 2012 fue, el ex alcalde Miguel Ángel Bayardo Tiznado (registrado en 2006 por el PVEM), lo que probablemente ocasionó la división en ambos partidos. En el AHUALULCO DE MERCADO ELECCIÓN DE MUNÍCIPES PRINCIPALES FUERZAS ELECTORALES PARTIDO

1992 votos

1995

%

votos

1997

%

votos

2000

%

votos

2003

%

votos

2006

%

votos

2012

2009

%

votos

%

votos

%

PAN

142

3

2025

27

800

10

1063

12

729

8

2767

28

2771

24

2605

21

PRI

5124

91

3769

50

3134

38

3085

36

2851

33

2184

22

2674

23

4250

35

PRD

113

2

1485

20

3539

31

590

5

1581

14

112

1

24

0

4023

49

4120

48

1725

20

0

PVEM

0

0

30

0

98

1

3007

35

2938

SUMA PRI/NAL

0

0

0

0

0

0

2776

0

0

0

0

0

0

4518

37

0

0

0

0

0

0

4047

33

0

86

SUMA PRI/PVEM SUMA PT/MC

0

Otros (1)

182

0

0

6

0

48

30

0

577

0

2863

0 0

N.R.

4

0

0

162

2

4

0

6

0

34

0

10

NULOS

80

1

159

2

101

1

8

0

231

3

254

3

155

1

6

0

VÁLIDA

5578

99

7451

98

8142

99

8366

98

8375

97

9629

97

11280

98

12207

100

LISTADO NOMINAL

N.E.

N.E.

9729

78

11179

74

12433

69

13332

65

14668

67

16218

70

16468

74

ABSTENCIÓN

N.E.

N.E.

2119

22

2936

26

3865

31

4722

35

4840

33

4797

30

4356

26

TOTAL

5658

100

7610

100

8243

100

8568

100

8610

100

9889

100

11469

100

12223

100

Simbología

0

Ganador

Segundo lugar

Tercer lugar

(1) Suma los votos de aquellos partidos que entre 1992 y 2012, no han alcanzado ni el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de votación de cada partido está calculado en base a la obtenida y la total emitida; El porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del INE y del IEPCEJ

64

| Información básica político electoral municipal

IEF


EL PACTO

PVEM porque iba en alianza con el PRI; y en el PRD, quizá fue por considerársele como ajeno a la militancia. La resultante fue que los votos de ambos partidos se trasladaron tanto al PRI como al Partido Movimiento Ciudadano. El primero de ellos obtuvo el triunfo y el segundo quedó a sólo cuatro puntos porcentuales. Por lo tanto, lo único que se puede afirmar es que en la coyuntura de 2012, las principales fuerzas son: el PRI, el Partido Movimiento Ciudadano y el PAN, en ese orden. Lo cual se puede explicar en la siguiente gráfica. Voto lineal / Voto diferenciado La característica principal de Ahualulco de Mercado, está marcada por la estancia del PRI en el poder. Este partido estuvo ausente de la presidencia municipal durante 5 periodos consecutivos (entre 1997 y 2012). Y durante ese lapso el voto siempre fue emitido de forma diferenciada, mientras que en la última votación efectuada en 2012, regresó a la primera regiduría acompañando al voto lineal, favoreciendo nuevamente a todos sus candidatos. AHUALULCO DE MERCADO Tendencia del voto lineal/diferenciado (1991-2012) (2) CARGO

I

P

I

P

I

91/92

94/95

1997

2000

2003

Presidente de la República

PRI

P

I

2006

2009

P 2012

PRI

PRD (*)

PRI/PVEM

PRI

PRI/PVEM

Senador

PRI

PRI

PRI

PRI

Diputado Federal

PRI

PRI

PRI

PRI

PRI

PRI

PAN

PRI/PVEM

Gobernador

PRI

Diputado Local

PRI

PRD

PRD

PRI

PVEM

PAN

PRI/PVEM

PRI

PRI

PRD

PRD

PVEM

PVEM

PRD

PRI/PVEM

L

D

L

D

D

L

L

D

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

PRI

NO CONCURRENTE

PRI

PRI/PVEM

CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada (1) Coalición por el bien de todos (PRD/ PT/Convergencia). Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del INE y del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco

Se observa que mientras el PRI perdió las elecciones de alcalde y diputado local, las de gobernador y todos los cargos federales fueron triunfos para los priistas, a excepción del 2006, cuando los electores le dieron el voto a Andrés Manuel López Obrador y en 2009, la diputación federal fue ganada por el candidato de Acción Nacional. (1) Instituto Electoral y de Participación Ciudadana. Planillas Registradas, elección de munícipes. 1997. Portal electrónico. (2) Cuadro elaborado en base a la información estadística proporcionada por el IFE (ahora INE), y el IEPCEJ, en sus páginas electrónicas.

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Información básica político electoral municipal

AMACUECA

Amacuáhcan: Lugar de amates Ámatl= amate, papel, chahuítl= árbol, can=lugar (en náhuatl) BREVE HISTORIA ELECTORAL Lo cierto en este municipio es que, aunque la alternancia para elegir munícipes llega en la misma fecha que en la gubernatura del estado, ésta se comienza a gestar desde tres años antes, cuando inician los procesos internos de los partidos, en 1991, para seleccionar a sus candidatos a la alcaldía. Como el lector podrá recordar, aquella elección celebrada en 1991 fue ganada por el candidato del PRI, Mario Alberto Solano Aguayo, superando al candidato del Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional (PFCRN), Margarito Arrezola López, por un margen del 7%. (1) Lo siguiente fue la petición del segundo de ellos, para convocar a elecciones extraordinarias, siendo la resultante la formación de un Consejo de Administración (2), que inició en funciones en el mes de abril de 1992 y estuvo presidido por la profesora María del Socorro Barragán Chávez, e integrado por miembros de todos los partidos contendientes, y además se incorporaron a la adminis66

| Información básica político electoral municipal

IEF


EL PACTO

tración municipal a los que encabezaban las planillas en pugna. A Margarito Arrezola (PFCRN) lo hicieron secretario general del ayuntamiento y a Mario Alberto Solano Aguayo (PRI), síndico municipal. Este precedente sienta las bases para que en 1995, el PAN rompiera el sistema de partido único, sustituido por una alternancia de tipo bipartita, que ha venido funcionando bajo la fórmula integrada por el PRI y el PAN, y que a la fecha lleva registrados cuatro cambios de partido en el poder. Es notorio que mientras hubo alternancia entre el PRI y el PAN (1995 a 2003), los triunfos fueron demasiados ajustados, pues la diferencia entre el primero y segundo lugar, no fue más allá del 5%, e incluso en el proceso de 1997, dicha diferencia fue de sólo 5 sufragios (0%). Y por el contrario, los triunfos más holgados, han sido los tres últimos (2006, 2009 y 2012), pues la distancia entre los votos conseguidos por los candidatos que han llegado al poder, y su más cercano contendiente, ha sido del 17%, 25% y 18% respectivamente. El municipio de Amacueca no se caracteriza por sus bajos registros en cuanto al respaldo popular del voto, con el que han llegado quienes lo han gobernado. El más bajo ha sido el que obtuvo el exalcalde Jesús González Guardado, bajo las siglas de Acción Nacional (2003), que fue del 37%. Mientras que los demás están por arriba del 47%. AMACUECA INTEGR ACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2012-2015) PARTIDO

CARGO

PROPIETAR IO

PR I

PRESIDENTE

ENR IQUE ROJAS DÍ A Z

PR I

REGIDOR

MAR Í A GENOVEVA MOYA SANTANA

PR I

REGIDOR

JOSÉ ALBERTO CHÁVEZ RUIZ

PR I

REGIDOR

ÁNGEL A SILVA HERNÁNDEZ

PR I

REGIDOR

SALVADOR CHÁVEZ GARCÍ A

PR I

REGIDOR

J. NATI V IDAD SANABR I A FUENTES

PR I

SÍNDICO

LUZ ELV IR A DUR ÁN VALENZUEL A

PAN

REGIDOR

MARTÍN CRUZ FR ANCO

PAN

REGIDOR

MAUR ICI A YEPEZ ORONA

PAN

REGIDOR

MARCO ANTONIO SOL ANO DE L A CRUZ

PNA

REGIDOR

MAR Í A SOLEDAD OLI VARES MÁRQUEZ

SECRETAR IO GENER AL

JOSÉ LUIS ROBLES MARTÍNEZ

Fuente: Página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y del gobierno municipal de Amacueca

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Información básica político electoral municipal Las principales fuerzas locales El carácter bipartita del sistema de alternancia que impera en este municipio, sitúa al PRI y al PAN, como las primeras fuerzas electorales en la localidad. Y puesto que el primero de ellos lleva ganadas las tres últimas elecciones en forma consecutiva, se podría considerar como la principal. La tercera fuerza que los ciudadanos han determinado permanece un tanto indefinida. Toda vez que esa posición correspondió a los partidos de izquierda, como el PRD, el PFCRN, y el PT; mientras que en otras dos ocasiones, ese lugar ha sido para el PVEM (2003) y para el partido Nueva Alianza (2012). AMACUECA Elección de munícipes PRINCIPALES FUERZAS ELECTORALES PARTIDO

1992 votos

1995 %

votos

1997 %

votos

2000 %

votos

2003 %

2006

votos

%

2012

2009

votos

%

votos

%

votos

%

PAN

22

1

1111

51

1052

47

1233

50

878

37

842

35

673

26

797

28

PRI

922

50

999

46

1057

47

1109

45

798

33

1240

52

1271

50

1252

44

108

5

2

0

52

2

218

9

68

2

4

0

104

4

3

0

19

1

26

1

5

0

1

0

622

26

0

11

0

14

0

3

0

2

0

0

218

9

24

1

378

13

1321

52 1319

47

PRD

86

5

3

0

PFCRN

785

43

70

3

PT

1

0

PVEM

0

PC PRD/PT

248

PNA

10

0

SUMA PRI/NAL SUMA PRI/PVEM OTROS (1)

15

1

N.R.

4

0

NULOS

34

2

0

VÁLIDA

1834

100

2185

LISTADO NOMINAL

N.E.

N.E.

ABSTENCIÓN

N.E.

N.E.

Simbología

1

0

4

0

0

3

0

3

19

1

0

0

29

1

409

13

1

0

20

1

3

0

0

29

1

1

0

46

2

49

2

67

3

75

3

100

2233

99

2446 (2)

99

2358

98

2330 (3)

98

2463

97

2753 (5)

97

2676

82

3003

75

3391

73

3660

66

3899

61

4270

60

4187

68

491

18

741

25

919

27

1256

34

1519

39

1720

40

1356

32

Ganador

Segundo lugar

(4)

Tercer lugar

(1) Suma los votos de aquellos partidos que, entre1992 y 2012, no han alcanzado ni el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de votación de cada partido está calculado en base a la obtenida y la total emitida; El porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. (2) La suma difiere por 26 unidades.(3) La suma difiere por una unidad. (4) La suma difiere por 20 unidades. (5) La suma difiere con tres unidades. Fuente: Elaboración propia en base a datos disonibles en la página web del INE y el IEPCEJ.

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| Información básica político electoral municipal

IEF


EL PACTO

Voto lineal / Voto diferenciado Las tendencias del voto lineal y el diferenciado, son bastante uniformes y constantes. Como se puede entender, al ocurrir la alternancia (1995), los electores de Amacueca le dieron el triunfo a los candidatos del PAN que buscaban cargos locales (Gobernador, diputado local y presidente municipal), pero hicieron ganar a los candidatos del PRI a los cargos de Presidente de la República, senador y diputado federal. Pero esa ha sido la única ocasión en que el voto se emitió en forma diferenciada. Es decir, la elección de 1991/1992, la de 1997, así como las últimas tres (2006, 2009 y 2012), el voto ha sido emitido en forma lineal, favoreciendo a los candidatos del PRI. Mientras que las de 2000 y 2003, una presidencial y otra intermedia, el voto lineal fue para los candidatos de Acción Nacional. AMACUECA Tendencia del voto lineal/diferenciado (1991-2012)(3) Cargo

I

P

I

P

I

P

I

P

91/92

94/95

1997

2000

2003

2006

2009

2012

Presidente de la República

PRI

Senador

PRI

Diputado Federal

PRI

PAN

PRI/ PVEM

PRI/PVEM

PRI

PRI/PVEM

PRI

PRI

PAN

PRI

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PRI/PVEM

Gobernador

PAN

Diputado Local

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PRI/PVEM

PRI

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PRI/PVEM

L

D

L

D

D

L

L

D

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

PAN

NO CONCURRENTE

PRI

PRI/PVEM

CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada. Fuente: Elaboración propia en base a datos disponibles en la página web del INE y del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Jalisco.

(1) Instituto Electoral y de Participación Ciudadana. Resultados concentrados, elección de munícipes. 1992. Portal electrónico. (2) Decreto del Congreso de Jalisco N°. 14727.-Designa Concejo Municipal para el Ayuntamiento de Amacueca.-Abr.14 de 1992. 2ª.Sec. (3) Cuadro elaborado en base a la información estadística proporcionada por el IFE (ahora INE), y el IEPCEJ, en sus páginas electrónicas.

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Notas



CONSEJO EDITORIAL Mtra. Azul América Aguiar Aguilar Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Campus Guadalajara Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora El Colegio de Jalisco Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco Mtra. Magdalena González Casillas Premio Jalisco en Literatura 2014 y Ciudadana distinguida Dr. Javier Hurtado Politólogo de la Universidad de Guadalajara Lic. Xavier Garabito Tovar Ciudadano distinguido Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16 Lic. Pedro Vargas Ávalos Asociación de Cronistas Municipales del Estado de Jalisco A.C. , Año 4, N°12, Marzo 2015, es una publicación trimestral

Editada y publicada por el Instituto de Estudios del Federalismo Domicilio de la publicación: Juan Álvarez N° 2440 Colonia, L adrón de Guevara, C.P. 44600, Municipio de Guadalajara, Jalisco. http://www.ief.jalisco.gob.mx Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx Editor responsable: Francisco Javier Jiménez Campos Arte y diseño: José Luis López González Corrector de estilo: Fanny Enrigue L ancaster Jones Número de Certificado de Reserva otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor: 04-2014-102414264000-102 Número de Certificado de Licitud de Título y de Contenido: 16040 ISSN (en trámite) Teléfono: 01 (33) 30 30 18 00 Opción 1 y E xt. 50200 Impreso en: Impresos R evolución 2000 S.A. de C.V. Calle Libertad N° 19 Colonia Centro C.P. 44100, Municipio de Guadalajara, Jalisco. Este Número se terminó de imprimir en el mes de Mayo de 2015, con un tiraje de 200 ejemplares. Los artículos firmados se consideran responsabilidad exclusiva de su autor y no necesariamente coinciden con los puntos de vista del IEF. Se autoriza la reproducción parcial o total de los trabajos que aparecen en esta revista, siempre que se cite su procedencia y se envíe a este Instituto un ejemplar de la publicación en que éstos sean reproducidos. El material tomado de otras fuentes no puede reproducirse sin autorización. Toda solicitud al respecto deberá enviarse directamente a las fuentes respectivas.




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