190 Aniversario de la creación del Estado de Jalisco y el incio del Federalismo Mexicano

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Prisciliano Sรกnchez







ÍNDICE

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Presentación Dr. Javier Hurtado

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Mensaje y declaratoria formal de inaguración Mtro. Arturo Zamora Jiménez (discurso)

17 Primera mesa redonda Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo 18

El Pronunciamiento federalista de la Provincia de Guadalajara Dr. Jaime Olveda Legaspi

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La formación del poder regional: Zacatecas y Jalisco en el primer Federalismo mexicano. Dra. Mariana Terán Fuentes

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Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista Lic. Marco Antonio Cuevas Contreras

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Segunda mesa El Federalismo en el México de nuestros días

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La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI Dr. Alberto Aguilar Iñárritu

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El abuso de la política y el Federalismo en México Dr. José Barragán Barragán

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La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas nacionales Dra. María del Pilar Hernández

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Semblanzas


Presentación

Presentación Mensaje del Dr. Javier Hurtado Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” Muchas gracias, muy buenas tardes a todos ustedes. Permítanme, en primer término, expresar a nombre del Instituto de Estudios del Federalismo, del Gobierno de Jalisco y a título propio, nuestro más sincero agradecimiento por la presencia de todos y cada uno de ustedes, distinguidos jaliscienses y personalidades que hoy nos acompañan; algunos ocupan cargos de representación popular, otros son autoridades municipales, otros más autoridades estatales. En fin, todas las personas que el día de hoy, uniéndonos el objetivo de rememorar a nuestro Estado y el orgullo de ser jaliscienses, nos congregamos en este maravilloso y bello recinto del ex Congreso del Estado de Jalisco para evocar el acontecimiento ocurrido hace 190 años, el 16 de junio de 1823, y reflexionar sobre su alcance y significado. Como ustedes saben, acabamos de iniciar los trabajos en el Instituto del Federalismo, inicio que coincidió —por diferencia de algunos días- con el suceso que hoy se celebra. Quisimos destacar la importancia de ese acontecimiento histórico, porque consideramos que en los momentos actuales que se viven en nuestro país es importante reflexionar acerca de los principios que dieron origen al Pacto Federal y por el cual México se definió con la Constitución promulgada el 31 de enero de 1824. 8


Presentación Precisamente esta conmemoración que hoy nos reúne, que es la declaratoria de creación del Estado de Jalisco, viene a desencadenar otros sucesos que se dan poco después, entre ellos la promulgación del Pacto Federal de Anáhuac, también por Don Prisciliano Sánchez, el 18 de julio de 1823, y que concluye el 31 de enero del año siguiente con la promulgación de la Constitución federal. En el horizonte de esos acontecimientos, con el fin de reflexionar sobre su actualidad e importancia, hemos organizado dos mesas o paneles con expertos, que estoy seguro ustedes podrán disfrutar. En la primera, que iniciará enseguida, se tratarán los aspectos históricos, para recordar el momento y la génesis que tuvo este hecho. Posteriormente, a las seis de la tarde —con los distinguidos ponentes que ya están también aquí presentes— habremos de llevar a cabo una revisión sobre la estructura y la coyuntura acerca del tema del Federalismo en el México de la actualidad. Creo que hoy en día es muy importante reflexionar al menos sobre dos o tres aspectos fundamentales, que brevemente me permitiría mencionar y que son el espíritu que subyace a la convocatoria de este acontecimiento: ¿Hasta dónde abarca la facultad de los Estados para definir su régimen interior, al que hace referencia el Artículo 40 de nuestra Constitución? Por otro lado, lo que establece el 124 constitucional, en el sentido de que las facultades que la Constitución no concede a los funcionarios federales se entenderán como reservadas a los Estados, ¿sigue siendo vigente en nuestros días? Estas interrogantes —entre otras— sin duda alguna vienen a mostrar los problemas de mayor actualidad que tiene hoy en día el sistema de organización política por el que nos pronunciamos los mexicanos hace casi 190 años. Creo que no obstante ese tiempo transcurrido, es el momento adecuado y oportuno para que reflexionemos sobre ellos y sobre los grandes retos que nuestra nación está enfrentando precisamente en la adaptación de su Pacto Federal a las nuevas realidades, a las nuevas necesidades y a las nuevas características de la nación mexicana. Esperamos que en el transcurso de las mesas que se desarrollarán, las inquietudes y dudas que existan en torno a estos temas, puedan y sean debidamente satisfechas y aclaradas. De mi parte no me resta sino más que volver agradecer a todos ustedes el favor de su asistencia, así como también la de los muy distinguidos ponentes, que indudablemente serán el alma de esta reunión. Muchas gracias y buenas tardes.

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Declaratoria Inagural

Mensaje y declaratoria formal de inaguración Maestro Arturo Zamora Jiménez Secretario General de Gobierno Distinguidos miembros del presídium, distinguidos invitados, estamos en un recinto histórico muy importante para el occidente del país, para el Estado de Jalisco, y damos la bienvenida de nueva cuenta a nuestros señores ex Gobernadores y a los representantes de los ex Gobernadores del Estado de Jalisco, quienes de alguna manera, en el devenir de cada una de las actividades que realizaron, han contribuido precisamente a la estabilidad social, política y económica de lo que hoy tenemos en el Estado de Jalisco. Quisiera compartir con ustedes la presencia de los Presidentes municipales, prácticamente de todo el Estado que están aquí, muchas gracias a todos los Presidentes municipales, de todos los partidos políticos, esta es una señal muy clara de la democracia de lo que hoy tenemos en el Estado de Jalisco, que es la participación de todos nosotros; de los magistrados electorales, de los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado; también quisiéramos nosotros reconocer a quienes han dado vida al Instituto del Federalismo, que están aquí presentes, historiadores, cronistas; a todas las personas que vienen a participar el día de hoy exponiendo gran parte del trabajo de investigación que han realizado durante muchos años, en torno a un tema que a todos nos gusta y que a todos nos apasiona; a nuestros amigos que hoy vienen de manera muy interesada con el objeto de recordar los 10


Declaratoria Inagural asuntos que tienen que ver con la constitución formal del Estado de Jalisco; a nuestros distinguidos amigos notarios públicos que están presentes; a nuestro Presidente del Colegio de Jalisco, José María Muriá, muchas gracias, sobre todo por una aportación impresa que seguramente la tendremos a disposición con motivo de este gran evento. Quiero agradecer entonces y felicitar al Instituto del Federalismo “Prisciliano Sánchez” con motivo de la organización de las mesas redondas en conmemoración del centésimo nonagésimo aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo en México, aquí, en el antiguo recinto legislativo; conmemoración que en rigor iniciaron ayer domingo en las actuales instalaciones del Honorable Congreso del Estado. Un evento como el que hoy nos reúne, permite, por una parte, valorar el significado y la trayectoria histórica y política que significó para nuestra nación adoptar en 1824 la forma de gobierno republicana y la forma del Estado federal; pero por la otra, nos obliga, a 190 años de distancia, a que reflexionemos y evaluemos lo que ha significado el régimen federal para los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en el contexto de la compleja interdependencia económica, política y sociocultural que se plantea en la globalización del siglo XXI a los tres órdenes de gobierno existentes. Es por ello que he querido compartir con ustedes en esta ocasión una breve reflexión sobre los orígenes y las raíces del Federalismo mexicano, en un difícil y accidentado proceso de construcción de la soberanía nacional, soberanía interna también de los Estados y, por supuesto, la soberanía municipal, valorando el papel que Zacatecas y Jalisco, pilares del régimen federal, desempeñaron en el periodo de formación del poder regional. De todos es conocido que por su diferente tradición, historia, geografía y hasta la distancia que media entre cada región y la capital del país, las relaciones sociales y económicas de cada una de las partes mexicanas con la capital de la república, distan mucho de ser iguales entre sí, más aún si consideramos las asimetrías emanadas de la ausencia de comunidades indígenas y la consecuente variedad de lenguas autóctonas, con sus correspondientes usos y costumbres. En consecuencia, podemos afirmar que las atribuciones y obligaciones de los diferentes Estados y municipios han manifestado profundas variables entre sí, como en sus relaciones con el eje de la federación, circunstancia que debería dar lugar a matices, más o menos marcados; no obstante las leyes y reglamentos que se expiden por parte de la autoridad federal tienden a ser casi siempre iguales para todos. Es por tal que el presidente Enrique Peña Nieto, con su perspectiva de una nación integrada y armónica, insista en la necesidad de que su 11


Declaratoria Inagural gobierno no sólo afronte los retos particulares de diferentes entidades, a fin de cerrar brechas y generar un México incluyente y hacerse presente en ellas, sino actuando de manera conjunta con quienes viven y conocen bien los asuntos de cada región, que son los Presidentes municipales y los Gobernadores de las distintas entidades. Desde el punto de vista social y político, las diferencias nacionales tienen larga tradición, aún sin tomar en cuenta la enorme pluralidad de los pueblos originales. Quienes formaron parte de la Nueva España, por citar un caso, conservan desde entonces una relación mucho más estrecha con la capital, máxime si también habían dependido anteriormente de la gran Tenochtitlán, pero este no es el caso, por ejemplo, del Nuevo Reino de Galicia, con su conquista llevada a cabo en franco antagonismo con México y con su gobierno —casi autónomo— de la Nueva España, que en muchos sentidos gozó de una gran libertad de acción; una evidencia palpable de ello reside en el pronunciamiento federalista de la Provincia de Guadalajara, sobre el cual en esta jornada se habrá de debatir bastante. Más natural se antoja la dependencia de quienes cuando se estableció el régimen de Intendencia, a partir de 1786, quedaron dentro de la Intendencia de México, pero no fue este el caso de los pueblos y ciudades que formaron parte, entre otras, de las Intendencias de Guadalajara y de Zacatecas, que pujaron por conservar su autonomía y hasta de incrementarla. Pero no fue así, la creación de las intendencias a finales del siglo XVIII por parte de la Casa de Borbón no se atuvo sólo a la claridad administrativa reclamada por el despotismo ilustrado; obedeció, además, al apremio por extraer mayores recursos de las colonias americanas, a fin de paliar la bancarrota peninsular, es decir, un incómodo pago de impuestos mucho mayor en la región. La concentración de la autoridad en los intendentes, quienes la derivaron directamente a los subdelegados que estaban al frente de las antiguas Alcaldías mayores, dio al traste con la relativa fuerza que habían alcanzado los criollos y los Ayuntamientos antes de 1786; es de esta forma que se explica la creciente molestia de los criollos, quienes eran los poseedores de la mayor riqueza fuera de México capital. La fuerza aparente de las autoridades españolas fue menguando en función de diferentes variables, lo que favoreció particularmente a los criollos, que ya eran hijos y nietos de esta tierra. En este conjunto de tensiones, jugaron un destacado papel las distancias y complejidades geográficas referidas, máxime que virreyes y arzobispos eran además poco dados a desplazarse dentro de la Nueva España. Por supuesto, a esta dinámica se agregó el poco interés oficial por la explotación a determinadas regiones: 12


Declaratoria Inaugural nunca fue lo mismo cuando se sabía de la existencia de minerales, que cuando la vida económica del lugar se circunscribía a la agricultura o a la ganadería. Vale señalar que este relajamiento de la injerencia de la autoridad, permitía soslayar los altos costos que implicaba introducir legalmente productos europeos en el país, por ello, ingresando de manera clandestina —especialmente por las inmediaciones de donde después estaría Tampico—, llegaba gran cantidad de mercancía a los mercados de Guadalajara, San Juan de los Lagos y Saltillo, para diseminarse a menor costo y dejando mayores utilidades a los territorios del norte mexicano. Todo ello permitía a los criollos empoderar a los Ayuntamientos más de la cuenta, por ser esta la única institución que controlaban indefectiblemente. Cada Ayuntamiento, entonces, era un bastión criollo, cuya importancia se desmoronó casi de manera automática cuando se consolidaron los intendentes y los subdelegados. La conspiración de 1796 en Guadalajara, por ejemplo, que llevó a la cárcel por unos cuantos días a jóvenes de familias pudientes, capitaneados por el director del importante Colegio de San Juan, aunque fue definida de manera oficial como un simple altercado estudiantil, la verdad es que fue una airada respuesta de tapatíos pudientes ante la hegemonía del intendente. Nos queda claro, que la presencia e injerencia del poder central no era ni por mucho homogénica en todo el futuro del país; y que el desarrollo económico y la creación de las intendencias, en vez de integrar sus intereses con los de la oligarquía de la Ciudad de los Palacios, más bien sirvió para contrapuntearlos más. La Constitución de Cádiz, con todo y sus limitaciones específicas para los súbditos americanos, abrió el espacio para que las clases pudientes pudiesen participar en el gobierno, particularmente en su provincia. Para fortuna de los capitalinos, la Constitución gaditana tuvo muy poca vigencia en suelo americano, sabemos que a pesar de que dicha Constitución fue promulgada el 19 de marzo 1812 —por eso le llamaban sus detractores “la Pepa”—, las primeras diputaciones no empezaron a establecerse en México sino hasta después de un año, en septiembre de 1813, debido a que las órdenes tardaron mucho en cruzar el Atlántico. Bien sabemos que en cuanto Fernando VII puso un pie en Valencia, el 4 de mayo de 1814, al regresar de su prisión en Francia, lo primero que hizo fue abolir todas las disposiciones de las Cortes de Cádiz, incluyendo la Constitución misma y disponer que todo volviera al estado en que se encontraba antes de 1808, cuando fue hecho prisionero; aquí sí se vio expedito el correo, ya que tal disposición se aplicó de manera pronta en México. No fue muy larga la vida de las primeras diputaciones, pero suficiente para que se pudieran percibir sus alcances, de manera que cuando el alzamiento del co13


Declaratoria Inagural ronel Rafael Riego en España obligó a Fernando VII a jurar la Carta gaditana en 1829 y con más celeridad se trasladaron sus instituciones a México, renaciendo con ello las diputaciones, los grandes empresarios de la capital dieron vida a la Conspiración de la Profesa y patrocinaron a Iturbide para aliarse con Vicente Guerrero y los insurgentes, que entorpecían las rutas comerciales. Fue así que a pesar de sus aspiraciones totalmente opuestas, coincidieron ambos bandos en su interés de consumar la Independencia. No es gratuito el interés de nuestra historia, en este sentido decimonónica, que fuese dando tumbos entre cuartelazos triunfantes y represiones sangrientas. Los mexicanos de entonces habrían de presenciar un intento de preservar el centralismo anterior en la figura del Imperio de Iturbide y la exacerbada tiranía santanista. Los bandazos políticos de las primeras décadas de vida independiente mexicana están marcados precisamente por esta contraposición no resuelta, cuyo meollo se halla en la libertad de comercio que pedían los del interior contra el control de todo el tráfago de mercadería, que deseaban preservar los del centro. No es gratuito entonces que Jalisco hubiese sufrido la amputación de Manzanillo y de San Blas como puertos de abasto comercial para Guadalajara, con la erección de los Estados de Colima y de Nayarit en los años de 1857 y 1917, respectivamente. Recordemos que las primeras y más airadas reclamaciones de cada provincia iban en esta dirección, y la libertad de comercio fue adoptada por el Gobierno federal en cuanto se implantó esta forma de gobierno, a finales de 1823. Pero las necesidades regionales habían cobrado forma y cobró con ello un inmenso valor la figura de Don Prisciliano Sánchez, indiscutible precursor del Federalismo y fundador de Jalisco, quien tenía muy claro el significado del modelo federal, que permitió en aquel periodo resolver el equilibrio entre los pesos y contrapesos de la capital y de las regiones, particularmente las más lejanas. Tal es la razón por la cual su libro El Pacto Federal de Anáhuac —que fuese editado dos veces en el mismo año, 1823, primero en la Ciudad de México por Alejandro Valdez y después por Mariano Rodríguez—, debido a su renombre, Don Prisciliano fue electo diputado al primer Congreso Nacional Constituyente en 1822, destacándose como un exquisito orador y poseedor de un prodigioso talento legislativo. A la caída de Iturbide, abrazó junto con Valentín Gómez Farías la causa del Federalismo, erigiéndose como primer líder de ese movimiento. Fue en 1823 que publicó su memorable ensayo La imparcialidad y la justicia, obra que no sólo canceló las intenciones de los borbonistas por establecer una renovada monarquía mexicana encabezada por un príncipe español, sino también las propias de la aristocracia capitalina que pretendía es14


Declaratoria Inaugural tablecer una república centralista. Poseedor de un talento y una popularidad excepcional, Don Prisciliano regresó a Guadalajara en agosto de 1823, por aclamación fue electo diputado al Congreso Constituyente de Jalisco, autor de la Constitución Política de 1824, es así que Sánchez se convirtió en el hombre del momento y con facilidad se convirtió no sólo en el primer Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, sino que transcendió a ser el cimiento primordial del Federalismo mexicano. Las oficinas del gobernador Sánchez, ubicadas en el edificio donde esta tarde nos encontramos reunidos, fueron testigos de su obstinación por el trabajo y su prolífica actividad legislativa. Ideólogo eminente, polígrafo y un polemista erudito, se encontraba Sánchez a mediados de diciembre del 26 redactando su espléndida obra Economía interesante para la Nación Mexicana, cuando un desafortunado e inadvertido accidente propiciaría su prematuro deceso, pues un padrastro— así los conocemos comúnmente—, apareció en uno de sus dedos de la mano derecha y al ser muy molesto para escribir, fue arrancado con violencia, lo cual ocasionó una severa gangrena provocada por el virus de estreptococo, de acuerdo algunas de las obras que se han publicado y las más reciente de Marco Antonio Cuevas Contreras —que está aquí—. El fundador de Jalisco falleció el sábado 30 de diciembre de 1826 y fue sepultado en un sencillo ataúd, en un modesto camposanto del hospital de Belén, el panteón de Santa Paula, según recordamos. Para concluir, quiero reiterar la tesis de que las entidades cercanas y tradicionalmente ligadas en forma directa a la Ciudad de México dieron muestra de poca energía federalista. En cambio, las más entusiastas fueron otras con relaciones ancestrales más débiles con la capital, pero cuya fortaleza dio lugar a que el contenido básico del célebre Pacto Federal de la Anáhuac le diese forma a la primera organización política verdaderamente nacional. Tal es la razón que da lugar al deseo vehemente del Gobernador constitucional de Jalisco, Jorge Aristóteles Sandoval, para que la figura de este prócer jalisciense se recuerde con más intensidad y la vocación por un Federalismo contemporáneo, en el cual nuestro Estado marque la pauta nacional, dado que es la mejor manera de darle consistencia al Estado mexicano, con el respaldo patriótico y entusiasta de cada una de sus partes, precisamente fortalecidas por el respeto de su particular condición, que el gobernador realiza a los municipios del Estado. Un Federalismo sólido, eficaz e interactivo, resulta indispensable para construir los cimientos de una nación que se encuentra a la altura de los retos que hoy la sociedad global plantea a México y a sus habitantes.

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Por su atención, muchas gracias. A continuación procedo formalmente a declarar inaugurados los trabajos del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo mexicano, el día de hoy, 17 del mes de junio de 2013, aquí en el ex Recinto del Congreso del Estado. Muchas gracias a todos y enhorabuena.

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Ponencias Primera mesa Prisciliano S谩nchez, la creaci贸n del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo


Primera mesa:

Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

El Pronunciamiento federalista de la provincia de Guadalajara Dr. Jaime Olveda Legaspi Miembro de El Colegio de Jalisco Primeramente quiero felicitar al Instituto del Federalismo “Prisciliano Sánchez”, dirigido por el Dr. Javier Hurtado, por esta magnífica idea de aprovechar el 190 aniversario del nacimiento del Estado de Jalisco, para evocar ese acontecimiento. En otras ocasiones, esta ceremonia se hacía en el Congreso del Estado, pero era más bien un discurso político, conmemorativo, y aunque no pasaba desapercibido, considero que las ponencias que presentaremos en esta ocasión servirán para recordar algunos hechos importantes sobre el nacimiento de la entidad en que vivimos. El 16 de junio de 1823, la Provincia de Guadalajara, por sí sola, se convirtió en el Estado libre y soberano de Jalisco. La primera pregunta que yo formularía sería por qué la Provincia de Guadalajara fue la primera en convertirse en Estado libre y soberano, y por qué no otra provincia de las que formaban entonces el naciente país. Para responder a ello, tenemos que remontarnos a la época de la Colonia. Después de la Conquista, fueron apareciendo en lo que hoy es el territorio nacional una serie de reinos y provincias autónomos unos de otros, y esas provincias 18


El Pronunciamiento federalista de la provincia de Guadalajara que se fueron formando o esos reinos tuvieron una relación muy distinta con el Centro político. Tal unidad que se fue consolidando, llamada la Nueva España, tenía entonces un Centro que era la Ciudad de México, cuya función era tratar de vincular a todas las provincias y de integrarlas para que funcionara bien la maquinaria virreinal; pero cada una de las provincias aspiró a su autonomía, y lo mismo ocurrió con los reinos que se habían formado. Lo anterior tuvo como consecuencia, que desde el siglo XVI se fueron dando una serie de relaciones muy tensas entre las provincias y el Centro político, en este caso la Ciudad de México, que dependía en última instancia de Madrid. Dichas relaciones son fundamentales a considerar, en vista de que la palabra Federalismo significa relación entre las partes componentes de una nación y el Centro, o la capital de país, y esas relaciones entre las distintas provincias y el Centro político están presentes desde la época de la Colonia. La historiografía tradicional ha exagerado mucho la idea de la centralización del poder, es decir, suele plantearse que durante la Colonia el Rey o el Virrey concentró todo el poder. Considero, sin embargo, que es difícil sostener lo anterior, dada la distancia con Madrid, con el mar entre ambos lugares, y con los medios de comunicación con que se contaba en aquella época. Por las mismas razones —la distancia y las comunicaciones— tampoco era posible centralizar el poder desde la Ciudad de México en todo lo que se conocía como el Virreinato de la Nueva España, de manera que los gobernadores de las provincias o de los reinos actuaron con mucha autonomía y trataron de dotar a su respectivo territorio de todos aquellos elementos que fortalecieran el desarrollo económico y la identidad. En ese contexto, desde muy pronto el Ayuntamiento y el propio Gobernador de Guadalajara, pidieron a la Corona una serie de beneficios que fortalecieran a la provincia y en especial a su capital, Guadalajara, y ésta consiguió ser la sede de una Audiencia, que otras provincias no lo lograron; aspecto de fundamental relevancia si atendemos al hecho de que durante la época de la Colonia, además de nuestra entidad, solamente la Ciudad de México fue sede de una Audiencia. La condición de contar con una Audiencia, implicaba, en el caso de Guadalajara, la experiencia de un autogobierno, esto es, el tener mayor autonomía y la consecuente libertad en muchas decisiones políticas. Pero también esta circunstancia, de la que no gozaban otras provincias, generaba que las relaciones entre las autoridades locales, los Gobernadores, y las representadas por el Virrey, en el Centro, se encontraban con numerosos conflictos, dada la libertad con la que se contaba en este lugar. 19


Primera mesa:

Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

Cuando vino la guerra de Independencia en 1810, la comunicación se rompió: las instrucciones del Virrey no llegaban a todas partes, por ello los Gobernadores y los Comandantes de cada provincia también tuvieron condiciones muy propicias para actuar de forma independiente, de tal manera que el autonomismo, el sentimiento autonomista, se fortaleció durante la mencionada contienda. Cuando se consumó la Independencia, en 1821, es interesante comprender el modo en que se interpretó en ese momento el movimiento de Independencia: ésta no fue vista como una Independencia nacional, porque la nación no existía, entonces cada provincia entendió que se trataba de su propia independencia; de ahí viene una fragmentación territorial, que amenazó con dispersar todas las partes. Existió el riesgo de que ocurriera lo mismo que en América central, que las provincias se constituyeran en países independientes, puesto que, según dijimos, las provincias entendieron que con la Independencia volvían a su estado natural, es decir, entendían que eran soberanas, que eran independientes. A pesar de la fragmentación territorial, ninguna tomó su propio camino, y Agustín de Iturbide, con muchas dificultades, se afanó en elaborar un discurso político que integrara de nuevo a las provincias, para hacerles entender que lo que había sido la Nueva España, las provincias que habían formado la Nueva España, ahora formaban el Imperio mexicano. Y entonces las provincias que mostraron voluntad de volverse a asociar en una nueva unidad llamada Imperio, pusieron sus condiciones. Las condiciones eran que ninguna provincia se pusiera sobre de otra, mostraban su voluntad de asociarse, pero en situaciones similares. Así, el país se integró primero no en una república, ni en una monarquía absoluta, se integró en una monarquía constitucional, porque los hombres de Iguala, los que formaban parte del equipo de Iturbide que habían consumado la Independencia se plantearon la pregunta de cómo formar esta nación, es decir, cómo integrarla, si en una monarquía o en una república. La monarquía tenía un sabor antiguo y anacrónico; pero la república poseía un significado muy novedoso, que nadie se arriesgaba a entrar de lleno allí. En una carta que Thomas Jefferson le escribió a Alejandro Humboldt, en 1813, le decía que él no tenía ninguna duda de que las colonias americanas iban a obtener su independencia, tarde o temprano lo iban a conseguir, pero preguntaba Jefferson en qué tipo de gobierno terminaría su revolución, concluyendo que no estaba seguro. Más tarde, en 1817, Jefferson envió una misiva al Marqués de La Fayette, en la que también le decía que no tenía dudas de que las colonias americanas se independizarían, pero, al igual que expresaba a Humboldt, no estaba seguro en qué se convertirían. 20


El Pronunciamiento federalista de la provincia de Guadalajara Lo interesante es que en 1821, al consumarse nuestra Independencia, las provincias que habían vivido tres siglos -unas más y otras menos- en autonomía, tenían problemas para asociarse, para tener esa voluntad, pero además, el actor social no era una sociedad moderna, la sociedad que entró a la etapa independiente era una sociedad del antiguo régimen, una sociedad antigua y la pregunta que se hacían Iturbide y otros era sobre la posibilidad de que dicha sociedad se adaptara a la modernidad política, es decir, a una república democrática y representativa. Al considerar negativa la respuesta al planteamiento anterior, Iturbide ideó la organización de la nación mexicana en una monarquía constitucional, que la alejaba del absolutismo, a la vez que la distanciaba de ser una república democrática. Iturbide y otros pensaban que la monarquía constitucional prepararía a la nación mexicana para la democracia, puesto que consideraban que resultaba incierto lo que ocurriría de implementar el esquema moderno, por la posibilidad de que éste lejos de unir, separaría. Empleando una metáfora, lo anterior equivalía a pensar la sociedad mexicana como un anciano, ya muy grande de edad, mientras que la república sería un traje nuevo, último modelo, de modo que pese a la apariencia de modernidad, en su interior seguiría siendo antiguo. Por ello, en el tránsito de la Época Colonial a la Época Independiente, cuando se trató de constituirnos en una nación, en un país, hubo muchos problemas que resolver. El federalismo no encajaba, muchos se oponían a éste, y lo hacían no porque fueran conservadores o reaccionarios, se oponían porque veían el problema de lo que significaba meter de golpe a una sociedad antigua en una situación moderna. Este problema fue muy grave. Ustedes recordarán que el Imperio de Iturbide no se mantuvo durante mucho tiempo, duraría si acaso diez meses y fracasó precisamente porque Iturbide no supo entender la relación que debería de haber entre la capital del Imperio, la Ciudad de México, y las provincias. Por otra parte, su política fiscal fue muy impositiva, lo que causó varios disgustos, y quienes habían sido partidarios del Impero mexicano, al final le retiraron su apoyo. Abdicó entonces Iturbide y se convocó a un nuevo Congreso para constituir al país, los políticos que habían sido iturbidistas se habían dividido en federalistas y centralistas. En Guadalajara había un grupo muy culto, que vio las cosas muy claras a este respecto; consideremos que la Universidad de Guadalajara se había fundado desde la última década del siglo XVIII, de modo que había aquí una clase política educada y culta. Sin embargo las ideas de esta clase política de la primera mitad del siglo XIX no eran del todo modernas, esto es, las fuentes de las que se nutrieron para proponer la forma de constituir a la nación no fueron únicamente las ideas de los ilustrados, de la Revolución Francesa o del liberalismo; esta pri21


Primera mesa:

Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

mera clase política —en la que se encontraba, entre otros, Prisciliano Sánchez— es una clase de transición, son hombres nacidos en esa época antigua y hombres metidos en la etapa independiente. Tal como lo manifestó Prisciliano Sánchez en el Pacto Federal, así como Maldonado en el Contrato de Asociación, sus ideas políticas se nutren de diversas fuentes; hay, en efecto, ideas modernas, pero hay también nociones que nos remiten al Derecho antiguo, sobre todo al Derecho de gentes. Pensemos, por ejemplo, en uno de los principios de este último: los pueblos se hallan unos respecto de otros en el estado de naturaleza y tienen por vínculo la moral universal; estas son palabras o frases que utiliza Sánchez, que utiliza Maldonado y otros federalistas. Igualmente encontramos entre los principios del Derecho de gentes la idea de que los pueblos son respectivamente independientes y soberanos, cualquiera que sea el número de individuos que los compongan y la extensión del territorio que ocupen, esta soberanía no puede enajenarse; la palabra soberanía no la introduce el pensamiento ilustrado ni la Revolución Francesa, viene desde el Derecho antiguo. Otros aspectos importantes del Derecho de gentes son: que cada pueblo tiene derecho para organizar las formas de su gobierno; que un pueblo no tiene derecho de mezclarse en el gobierno de otro pueblo; que un pueblo puede emprender la guerra para defender su soberanía, su libertad y su propiedad, entre otros. Los anteriores son elementos fundamentales del Derecho internacional. Entonces, cuando uno analiza el pensamiento de los federalistas de los años veinte, en algunos aspectos nos aparecen como hombres modernos por sus ideas, pero en otros puntos son hombres antiguos, hay una mezcla de eso y no les podemos exigir más, la primera mitad del siglo XIX en la historia de México es un periodo de transición, en donde la tradición se mezcla con la modernidad, por eso a este país le costó mucho trabajo constituirse, en este país se requirieron cerca de 50 años para encontrar el modelo definitivo; por eso anduvimos ensayando modelos políticos: el imperio, la república federal, luego la central, vuelta al federalismo, luego la dictadura, luego la monarquía de Maximiliano. Estos ensayos políticos porque no se encontraba el modelo más adecuado para una sociedad antigua como era la de México. Y es que la consumación de la Independencia no hizo tabla rasa del pasado, la consumación de la Independencia apenas significó el inicio de muchos problemas, entre ellos la dificultad de cómo constituir a la nación mexicana; es sorprendente que en quince años, de 1820 al 35, la sociedad pasó de la monarquía absoluta a la Constitucional, y del federalismo al centralismo, en quince años, cuatro modelos políticos experimentados. Por eso la autonomía a la que hice alusión anteriormente, ese profundo senti22


El Pronunciamiento federalista de la provincia de Guadalajara miento autonomista que tuvieron los habitantes de Guadalajara y sobre todo la clase política de este lugar hizo que una vez disuelto el Imperio de Iturbide, fue aquí donde se propuso —con el afán de seguir conservando su autonomía y soberanía- organizarse en una república federada. El Congreso empezó a discutir este problema, pero tardó mucho en resolver tan imbricada cuestión, ya que si entendemos como república federal la unión de Estados, y no había Estados en México sino provincias, era menester transformar las provincias en Estados libres. La Provincia de Guadalajara, por su propia cuenta, no esperó a que el Congreso lo hiciera, y el 16 de junio de 1823, unidas la Diputación Provincial, el Ayuntamiento de Guadalajara y el Gobernador Luis Quintanar —al que considero el promotor principal y padre del federalismo mexicano, más que a Prisciliano Sánchez—, convirtieron en una sesión a la Provincia de Guadalajara en el Estado de Jalisco, expresando la voluntad de asociarse con la demás provincias. Al día siguiente Zacatecas, siguiendo el ejemplo de Guadalajara, se pronuncia también en Estado libre y soberano; le sigue Oaxaca y luego Yucatán. Para que las demás provincias no siguieran esta cascada de pronunciamientos federalistas, el Congreso, que todavía no terminaba de redactar la Constitución, tuvo que redactar un Acta Constitutiva, que se firmó el 31 de enero de 1824. En ésta se expresaba la conversión de las provincias en Estados libres y soberanos; era importante determinar en este pacto —que implica acuerdo entre las partes constitutivas— cuál iba a ser la relación entre las partes, es decir, si en la Época Colonial hubo una relación entre las provincias y el Centro político, una vez establecido el federalismo, cuál iba a ser la relación entre los Estados y el Gobierno general. La propuesta de Jalisco no fue un federalismo, sino un confederalismo, que es cosa distinta: en un confederalismo los Estados delegan el mínimo de la soberanía al Congreso general y en un federalismo los Estados delegan al Gobierno general la mayor parte de la soberanía; los jaliscienses entonces proponían no un federalismo, sino un federalismo radical o, más propiamente, como hemos indicado, un confederalismo. No obstante, en el Acta Constitutiva el Congreso constituye a la nación no en un confederalismo sino en un federalismo. Comprendemos entonces cómo el arranque del federalismo mexicano fue muy tortuoso y por eso no duró más de diez años la primera República federal: de 1824 al 35, y fue período lleno de conflictos entre los Estados y el Gobierno general, un periodo lleno de inestabilidad. A los pocos meses de firmarse la Constitución, se pedían reformas y modificaciones. A muchos les había defraudado el federalismo y proponían establecer la república central, pensado que esto daría mayor estabilidad al país; mientras 23


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Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

otros seguían soñando con la monarquía… Es fundamental para comprender el funcionamiento del federalismo, analizar cuál es el tipo de relación entre los Estados y el Gobierno general y, en el caso de nuestro país, atender al federalismo desde el 24 hasta la fecha. Ciertamente, el federalismo de la actualidad no es el federalismo de la época de Juárez, así como el federalismo de la época de Juárez no es el federalismo de la época de Prisciliano Sánchez, ello porque ha habido un cambio en la relación —a veces más tirante, a veces más laxa— entre los Estados y el Gobierno general. Finalizo considerando que el inicio del federalismo no hizo feliz a los mexicanos, pues, a pesar de que Prisciliano Sánchez lo definió como el invento feliz, que iba hacer felices a todos los mexicanos, ya que los iba a alejar del despotismo de las viejas monarquías y el ejercicio de la democracia y de la libertad iba a llevar a todos a un grado de bienestar como nunca lo habían tenido, ese fue un sueño, una ilusión. El siglo XIX es un siglo tortuoso, conflictivo, de muchos ensayos políticos, de confrontaciones entre los Estados y el Gobierno general. Con todo, eso hace muy interesante a esa centuria. Me dio gusto compartir con ustedes unas cuantas reflexiones en torno a este tema y les agradezco su atención.

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La formación del poder regional:

Zacatecas y Jalisco en el primer Federalismo mexicano

La formación del poder regional: Zacatecas y Jalisco en el primer Federalismo mexicano. Dra. Mariana Terán Fuentes Universidad Autónoma deZacatecas Muchas gracias, muy buenas tardes. Quiero agradecer al Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” y en particular al Dr. Javier Hurtado, la muy gentil invitación, me siento profundamente honrada de estar en esta mesa y en este recinto. El Federalismo mexicano se ha caracterizado por ser una forma de organización política en la que conviven las dimensiones federal, estatal y municipal, bajo una continua tensión por el control de la soberanía. Como lo han destacado los estudiosos, el Federalismo en México ha sido una opción de gran viabilidad, política, económica y social a lo largo de su historia, con distintas expresiones en que se ha manifestado durante cerca de dos siglos: confederalismo, centralismo, república liberal. El Federalismo es un pacto entre diferentes niveles de gobierno por la administración de los recursos humanos y naturales de un determinado territorio. Su alta capacidad de adaptación ha respondido a las oscilaciones entre el poder central 25


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y los poderes regionales; esa definición, por tanto, obedece a la forma en que se reparte la soberanía entre diferentes niveles de gobierno en el territorio nacional. La noción de Federalismo atiende esencialmente a su carácter histórico, por ende, no hay definiciones universales que se ajusten a todos los espacios y tiempos. La especificidad del Federalismo es su adaptabilidad y concreción histórica en un continuo movimiento temporal; el Federalismo mexicano obedece a la lógica del péndulo, su movimiento es oscilatorio entre pesos y contrapesos, donde a veces las regiones tienen un mayor peso específico y otras éste recae sobre el Centro. El Federalismo en México surgió en esa tensión entre Centro y regiones. Como muy bien lo ha destacado el Dr. Olveda, las regiones se le adelantaron con los casos de Jalisco, Yucatán, Zacatecas y Oaxaca desde 1823, pero el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana instauró un nuevo orden general para el territorio nacional, donde se ponía fin al Primer Imperio y se establecía una realidad jurídica compartida por los distintos Estados independientes, libres y soberanos. Si bien se ha establecido una periodización del Federalismo mexicano a través de sus cartas constitucionales y de sus codificaciones, es también útil para la reflexión considerar los momentos de inflexión del Federalismo desde la praxis política, en particular desde la conformación de poderes regionales, que obedece a determinadas coyunturas históricas. En esa lógica de movimiento pendular entre Centro y regiones, la conformación de momentos intermedios resulta de gran interés para observar las tendencias que adoptan y mueven al Federalismo mexicano; me refiero en especial a la formación de coaliciones. En la presente conversación con ustedes me propongo explicar uno de los mecanismos político-coyuntural que resulta de gran interés para la conformación de poderes regionales, me refiero a las coaliciones. Un año clave fue 1823, en que, desde mi punto de vista, cuatro acontecimientos marcan la definición de las regiones en la conformación de la nueva federación. El primero de estos acontecimientos fue la firma del Plan de Casamata, en febrero, emitido por el General Echávarri, los jefes de cuerpos políticos y los oficiales del Estado Mayor desde Veracruz, por ver amenazada y reducida la representación nacional. El plan establecía la necesidad de una nueva convocatoria para el Congreso y fue firmado por la mayoría de las diputaciones provinciales, ratificando sostener a toda costa la representación nacional. Oaxaca, Puebla, Guanajuato, Querétaro y Guadalajara firmaron en febrero; se les unieron al mes siguiente Michoacán, Zacatecas, San Luis Potosí, Yucatán, Durango y Saltillo; y, en abril se adhirieron Nuevo Santander, las provincias internas de oriente y Texas. Guadalajara, por ejemplo, se adhirió el 26 de febrero al Plan de Casamata. Una cuestión funda26


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mental radicó en la expresión de que no se obedecerían las órdenes del Emperador mientras no se hiciera convenio con el Plan de Casamata, al mismo tiempo que se haría circular ese comunicado por todos los pueblos de la provincia, así como que se mantendría comunicación con el Capitán Echávarri y el Comandante General de la provincia de Guanajuato. El segundo acontecimiento en 1823, fue la declaración de Estados libres y federados por las antiguas diputaciones provinciales de Jalisco, Zacatecas, Oaxaca y Yucatán. Este suceso anticipó en los hechos a la federación mexicana; Jalisco fue, sin duda, líder regional en muchos aspectos, dada su larga tradición como Audiencia en el Virreinato de la Nueva España. También en ese año se conocieron en otras regiones textos de indiscutible valor doctrinal elaborados en Jalisco, entre ellos, el Pacto Federal de Anáhuac, de Prisciliano Sánchez, y el Contrato de Asociación, de Francisco Severo Maldonado. Jalisco llamaba a formar una federación sin dependencias de ningún otro poder territorial. El documento intitulado Manifiesto de los liberales de Guadalajara, a sus conciudadanos era una especie de llamado a la libertad que recordaba, desde su perspectiva, las recientes experiencias despóticas, los ejemplos que habían dado Estados Unidos, Francia y los movimientos progresistas hispanos para derribar las cadenas de la opresión; el manifiesto en Zacatecas fue el primer llamado que recibió la Diputación Provincial a constituir un gobierno autónomo. Poco después, el 8 de junio de 1824, se publicó el Plan de Guadalajara, que en su primer Artículo protestaba la defensa de gobierno representativo, popular y federado a toda costa; el Artículo tercero de este plan aludía a que no se obligaría a la nación a obedecer a un Poder Ejecutivo contrario a la Ley fundamental, que implicara cualquier inicio y cualquier sospecha de dictadura; mientras que el Artículo quinto afirmaba que se establecería una unión íntima y fraternal entre las fuerzas que hacen la nación. Más tarde, la provincia de Zacatecas conoció los documentos publicados por Luis Quintanar sobre el Voto General de los Pueblos de la Provincia Libre de Xalisco, y las dos diputaciones establecieron su nueva condición de Estados libres, federados y soberanos, Jalisco el 16 de junio, y Zacatecas un día después, no sin recibir críticas del propio periódico El federalista. En los documentos preparatorios para formar el gobierno provisional, Jalisco fue contundente en materia de soberanía: “El Estado de Jalisco es libre, independiente y soberano de sí mismo, y no reconocerá otras relaciones con los demás Estados o provincias que las de fraternidad y confederación”. Fraternidad y confederación eran entonces el tipo de relaciones que podrían establecerse entre la 27


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provincias, no habría relaciones verticales, se crearía la confederación sólo bajo la premisa de la voluntad de las provincias que así lo consideraran; igualmente, el Estado de Jalisco organizaría su Constitución particular y estaría en condición de arreglar “en unión de los demás Estados que se confederen, las relaciones generales de todos ellos”. La unión de correspondencia entre Jalisco y Zacatecas en ese año muestra la voluntad de primero por hacerse seguir y pactar la federación entre las provincias; era tiempo ya de hacerlo. El contexto del Plan de Casamata para Jalisco y Zacatecas era claro, mientras no se instalara el nuevo Congreso, Zacatecas se federaría con Jalisco y buscarían lograr un gobierno federado, reconociendo en Jalisco la capital de los federalistas; mientras tanto, Jalisco comunicaría por escrito a todas las diputaciones, excitándolas al establecimiento de una federación general. El año de 1823 se constituyó en un tiempo óptimo para pensar la mejor forma de gobierno, la que mejor se adoptaría al territorio mexicano; Prisciliano Sánchez lo dibujó con claridad en su Pacto: “Nuestra época es singular, venturosamente nos hallamos en la mejor ocasión para ser felices si acertamos a constituirnos de un modo digno y correspondiente a las luces del siglo”. El signo de la república en ese momento era la conquista de la libertad, la República Federal era vista por Prisciliano Sánchez como un invento feliz, la única con capacidad de proveer las riquezas de los hombres que la habitan, la que puede generar riqueza, la que asegura la paz, el taller de moralidad, el plantel de la filantropía, el foco de la Ilustración, el seminario de las virtudes políticas, la única forma de gobierno que garantiza los derechos del hombre. El tercer acontecimiento de 1823 que destaca el poder del provincialismo y la capacidad de establecer acuerdos, se dio con la firma de los Convenios de Lagos, en que Jalisco y Zacatecas, en reunión con los comisionados Nicolás Bravo y Celestino Negrete, llegaron al acuerdo de que obedecerían las órdenes emitidas por el Supremo Poder y el Congreso Nacional, a cambio de que en el interior de sus territorios dicho poder central no interviniera. Con este convenio, la soberanía, grosso modo, quedaba delimitada y, como lo ha estudiado José Barragán, desde ese momento la soberanía sería compartida. El vector que recorrió las discusiones desde 1808 hasta entonces, había sido la soberanía: se había pasado por una experiencia monárquica hispana y novohispana, y las representaciones que prevalecían en el imaginario, en torno al ejecutivo monárquico, eran más de despotismo que de paternalismo. Se había tran28


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sitado de la soberanía real a la soberanía nacional, se había experimentado ya que el poder no podía ni debía concentrarse en una persona. En 1823, la fuerza de las provincias, la historia de sus enconos con el Emperador mexicano, volvió a desatar la pregunta por la soberanía, sobre si las regiones debían detentarla o era un centro que debería representarla, y sobre eso versaron los Tratados de Lagos. Finalmente, el cuarto acontecimiento que caracteriza este año nodal en la historia del Federalismo mexicano, es la primera tentativa de coalición de Estados, con el establecimiento de las Diputaciones provinciales y su aumento hacia el segundo periodo Constitucional gaditano. Se tuvo oportunidad de entablar estrecha comunicación entre estos órganos de representación, se notificaban y recibían distintas informaciones como la noticia de instalación de los trabajos de la Diputación de un determinado lugar, pero también se buscaba hermanar, formar opinión común, y esto fue lo que permitió que se construyeran poderes regionales que contrarrestaran los efectos de un amenazante poder central. La Diputación Provincial de Valladolid envió a la de San Luis Potosí un oficio donde se convocaba a nombrar dos comisionados para reunirse en algún punto de la república, con el fin de uniformar la opinión. Por estas comunicaciones específicas se sabía de las entidades que defenderían a toda costa el Federalismo; en junio de 1823, por ejemplo, se leyó en la provincia de Zacatecas, la determinación de la Diputación Provincial de Guadalajara de cortar el odio de los mexicanos por la absoluta separación de su gobierno, así como la determinación de la Villa de Saltillo de adoptar la República federada. Como nunca antes, la comunicación entre Diputaciones provinciales fue tan ágil que se tomaron acuerdos inmediatos, se conocieron posicionamientos políticos frente a pronunciamientos militares y se buscó crear opinión común. La primera coalición de Estados fue la comandada por la Provincia de San Luis Potosí, y básicamente se trataba de asegurar la estrecha unión entre las provincias para defender al Federalismo. En 1828 hubo elecciones presidenciales y se hicieron presentes los conflictos regionales, a pesar de los Tratados de Lagos, en que se había llegado a un acuerdo general en materia de soberanía, una vez establecida la república. Los siguientes años las relaciones entre México, Jalisco y Zacatecas fueron igualmente tensas. Jalisco escribía a Zacatecas sobre las frecuentes noticias que tenía reunidas acerca de las intenciones del Gobierno general de invadir su territorio y de la reunión de fuerzas militares para lograr su cometido. Luis Quintanar anunciaba a sus habitantes que estaría dispuesto a defender la libertad del Estado de Jalisco y la Independencia nacional, que no eran más que la misma cosa. 29


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El motivo para una siguiente coalición de Estados fue la segunda elección presidencial de México de 1828, en la cual contendían Vicente Guerrero y Manuel Gómez Pedraza. La prensa fue un factor muy importante en esta contienda electoral para hablar bien y mal de uno y otro. Ante los resultados de las elecciones presidenciales —que favorecieron a Gómez Pedraza con 137 votos, contra 123 de Vicente Guerrero—, se desencadenó una serie de acontecimientos por forzar los resultados de las elecciones a favor de Guerrero; esta nueva fase del federalismo mexicano tiene que ver con el Principio de la Constitucionalidad. El Plan de Perote, pronunciado por los militares encabezados por López de Santa Anna, justificaba una nueva insurrección. Santa Anna anunciaba que en medio de la paz, siempre subsiste el derecho de guerra, se acusaba a las legislaturas estatales de traicionar el voto de los pueblos, de no hacer coincidir los intereses de las legislaturas con la voluntad de la nación; el héroe del sur debía ser quien gobernara la patria, el del alma incorruptible, el de carácter sostenido y patriótico, por lo que se sustentaba el plan; tanto el pueblo como el Ejército anulaban las elecciones que habían favorecido al General Gómez Pedraza, además de la total expulsión de los españoles residentes en la República. Los votos de las legislaturas de Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Tabasco, Veracruz y Zacatecas habían sido para el General Gómez Pedraza. Nuevamente vemos la coincidencia política entre Zacatecas y Jalisco, en respuesta a los acontecimientos nacionales que habían colocado a Guerrero como Presidente. Las autoridades de Jalisco se pronunciaron buscando hacer una nueva coalición, la Legislatura de Jalisco era la principal convocante con las firmas de Tamez, Portugal y Juan de Dios Cañedo. Ahora se trataba sobre todo de mover a la Constitucionalidad para garantizar la legitimidad de la República. Por su parte, la resolución dada por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Legislatura zacatecana, estaba orientada a respetar los resultados de la elección presidencial y decía a la letra: “Habiendo sufragado libre y espontáneamente la Legislatura de Zacatecas para segundo Presidente de la República a favor del actual Ministro de Guerra, el General Manuel Gómez Pedraza, y habiendo éste reunido la mayoría de votos, debe constitucionalmente ser el Presidente de la República”. La falta de cabeza, que no era más que la falta de Constitucionalidad para dirigir los destinos de la nación era un buen argumento para formar la coalición, y efectivamente ésta se forma con los siguientes puntos: que se respete el voto de la nación. Pero en esta nueva coalición, ya se estaba preparando un ejército cons30


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tituido por el conjunto de las provincias que la conformaban, una nueva amenaza: el centralismo como forma de gobierno, desde la perspectiva de las autoridades zacatecanas y jaliscienses. Los acontecimientos se agravaron con el Acta de Campeche, que suscribía la forma de gobierno central, como aquella que podría mantener la independencia como objeto de mayor interés para todo mexicano. Ante los pronunciamientos de Campeche por el sistema central, los zacatecanos llamaban a la defensa del Pacto Federal; sus argumentos se centraban en que había sido una de las primeras provincias en declararse junto con Guadalajara por la forma federal, ambas habían dado todo este tiempo muestras de Constitucionalidad. Los diputados de Zacatecas presumían la condición económica de la entidad y estaban fuertemente convencidos de mantener la forma federal: “Los que ahora tienen la arrogancia de insultar a toda una nación dictando leyes que arreglen sus destinos, temblarán cuando sepan que el Estado virtuoso, rico y decidido por la forma de su gobierno está resuelto a no sucumbir y a sostener a toda costa su cargo y dignidad”. Una nueva coalición se forma en 1833, cuyo primer principio es sostener y afianzar el sistema republicano, representativo y popular. El segundo principio consiste en acallar para siempre el grito de muerte del sistema de libertad y federación. Y, en tercer lugar, contrariar y concluir definitivamente con las pretensiones de los verdaderos enemigos de la independencia nacional. Una cuarta coalición tiene lugar por la invasión norteamericana en 1843, pues de las amenazas se pasó a los hechos, de forma que los gobiernos estatales vieron amenazado no sólo el territorio nacional sino sus propios Estados. En 1846, fue Durango el que incitó a unir esfuerzos, primero con Zacatecas, después con Jalisco y al resto de los Estados que así lo decidieran, para hacer un frente común al peligro que amenaza al mismo tiempo al ser nacional y a las instituciones juradas; de la misma manera se proponía nombrar comisionados por cada Estado que formara la federación. Este plan de cuarta coalición que hemos detectado, fue firmado por Jalisco, Durango, San Luis Potosí, Michoacán, Querétaro, Guanajuato y Zacatecas. Ahí se recordaba que las coaliciones no eran un procedimiento contrario a los poderes nacionales; se recordaba que en 1833 la coalición que se había formado se había ajustado al consentimiento del Gobierno general; igualmente se recordaba que se había publicado como Ley del Estado el primero de noviembre de 1833 y solicitado la aprobación del Congreso general, con arreglo a la Constitución, dando por resultado el decreto que decía, a la letra, por el que expresamente se autorizó a los Estados a formar coaliciones: Ahora la justificación 31


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era mucho mayor, coalición para la defensa de la soberanía nacional, “cuando las instituciones se hallaban expuestas a todos los riesgos que hemos visto, incluso el de la invasión de la República vecina, por la irrisión que hace y la mofa que hace de nuestra forma de gobierno, que sus tropas invocan con superchería”. No se tiene mayor información —al menos yo no la tengo— sobre qué le paso a este nuevo intento de coalición, tampoco el futuro de las precedentes coaliciones que les he reseñado; sin embargo, con los datos aquí reunidos, es posible afirmar una evolución en el proceso histórico de este tipo de alianzas. Las primeras se organizaron para propugnar por el sistema federal, fueron continuadas por aquellas que vieron violadas las pretensiones constitucionales, seguidas por las que de manera decidida buscaron poner un dique a las pretensiones centralistas, y las últimas, por la defensa de la soberanía nacional. Lo que se demuestra, o lo que intenté demostrar con esta charla, es que sea cual fuere el motivo, los Estados que se acostumbraron a formar coaliciones como San Luis, Zacatecas, Guanajuato, Michoacán y Jalisco, vieron en esta estrategia de alianza una posibilidad de concretar el poder regional, de enfrentar riesgos de disolución, centralismo o invasión; estos Estados tomaron conciencia de la importancia de unir sus voluntades políticas para fines comunes. Las coaliciones, poco estudiadas por la historiografía como tales, constituyeron un actor político caracterizado sociológicamente como un actor colectivo con potencia para consolidar un proyecto regional, no sólo por sus propósitos sino por la gran capacidad de adaptabilidad que el Federalismo podía ofrecer; un actor político colectivo que no únicamente podía resistir sino también negociar y, por qué no, pactar. Esto indica parcialmente que el Federalismo no fue exclusivamente una lucha entre Estados y Centro, sino entre regiones que planearon su organización en todo caso para enfrentar al Centro y, de alguna manera, las diferentes coaliciones aquí reseñadas lo lograron. Muchas gracias.

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Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista

Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista Lic. Marco Antonio Cuevas Contreras Experto en la vida de Prisciliano Sánchez Gracias a todos por estar aquí, gracias al Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” por la invitación que me hace, inmerecida, por supuesto, para disertar sobre un personaje que para mí ha sido fundamental: es un maestro de vida, mis actos los he ceñido, los he tratado de ceñir, a su ejemplo. Mis exposiciones siempre tienen un carácter encomiástico, pero tratándose de una figura tan importante en nuestra historia, no puede ser de otra manera: Don Prisciliano Sánchez, considero yo, es quien mejor representa el pensamiento liberal y el pensamiento federalista en México; y no lo digo sólo por hacerle publicidad a este personaje, simple y sencillamente basta ver su trayectoria política, basta ver su formación ideológica, desde principio a fin. Toda esa trayectoria nos da evidencia de que este personaje es el auténtico federalista mexicano, que él mismo diseñó nuestro actual federalismo, quizá no con las condiciones en que el actual, pero sí con una estructura más o menos acorde a la que hoy tenemos en boga. Pero, ¿quién es este personaje? Yo pienso que Don Prisciliano Sánchez es uno de esos hombres a los que alude Don Luis Villoro en su magnífica obra El proceso ideológico de la Revolución de Independencia, es uno de esos criollos sojuzga33


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dos, de esos criollos de segunda que son vistos como extranjeros en su propio suelo. Los españoles se apoderan prácticamente de todos los espacios políticos y económicos, si bien no hay un centralismo muy claro entre la Ciudad de México y Guadalajara, así como con las demás provincias, sí hay un centralismo del poder y éste se aglutina en torno al gachupín, en torno al español; no hay prácticamente ningún reducto para elegir el ejercicio del poder que tenga el criollo, por lo menos durante la etapa de la Colonia, prácticamente es un relegado, es tratado como un mexicano de segunda, por así decirlo. Eso, desde luego, genera un sentimiento de animadversión tremendo hacia el español, y éste es el sentimiento que anima a Don Prisciliano Sánchez como prototipo del criollo. Es un hombre guiado por la filosofía de la Ilustración, porque se ha forjado en las mejores escuelas, conoce perfectamente todos los principios del liberalismo, con esta filosofía pretende abrirse espacio en una sociedad que parece que prescinde él; este personaje representa el esfuerzo del criollo por sustraerse de este dominio vergonzante de los españoles. Y el Federalismo yo lo entiendo más bien como la auténtica declaración de independencia, no de España, no era esto lo que buscaban los criollos, buscaban la independencia de la figura monárquica y de su legislación, pues con esa legislación se le negaban todos los derechos. Este criollo es el prototipo que va a venir a impulsar este gran esfuerzo, heroico en algunos momentos, por conseguir una forma de gobierno más justa y más democrática para todos los mexicanos. Don Prisciliano Sánchez nació un cuatro de enero de 1783 en el pueblo de Ahuacatlán, hoy estado de Nayarit, pero que en aquel tiempo pertenecía al Reino de la Nueva Galicia y después al Estado libre y soberano de Jalisco; Don Prisciliano Sánchez es jalisciense, no nayarita. Sus primeros estudios transcurrieron entre el aprendizaje de las primeras letras y las lecciones del catecismo del padre Ripalda, que le fueron impartidas en el convento franciscano de su pueblo. Todavía no había cumplido los nueve años cuando fallecieron sus padres, de manera que la mayor parte de su formación intelectual fue producto de su sorprendente inteligencia y de su particular interés por la perfección individual. El sello religioso y moralista de su educación favoreció que Don Prisciliano manifestara muy precozmente un genuino interés por la carrera sacerdotal; con ese propósito vino a Guadalajara en 1803, pero como no tenía dinero para pagarse una carrera eclesiástica, ingresó al convento de San Francisco como novicio del coro, donde tuvo una estadía breve. En su afán de ordenarse sacerdote, en 1804 ingreso al seminario tridentino de señor San José en esta Guadalajara capital, en 34


Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista ese establecimiento y bajo el patrocinio de los célebres hermanos Huerta, estudió con disciplina y circunspección las obras prohibidas por la Inquisición y aprendió el francés. Lo último le permitió desarrollar un claro entendimiento sobre los principios de la filosofía de la Ilustración, cuyas premisas finalmente le hicieron renunciar a sus aspiraciones clericales. Ya bien perfilado a una carrera civil, ingresó a la Real Universidad de Guadalajara, donde se graduó como Bachiller en Leyes. En 1810 dio las primeras muestras de un espíritu exaltado, al unirse al movimiento independentista del cura Hidalgo. Fue director de la Primera división del sur, bajo las órdenes del coronel Rafael de Hijar; sin embargo, jamás empuñó un arma, ya que su misión se limitaba a pronunciar enardecidas proclamas hablando de la libertad e invitando al pueblo a tomar las armas contra los españoles. Y es que Don Prisciliano Sánchez no entendía la Independencia como un fin en sí mismo, sino como un medio que permitiría a la nación liberarse de la tiranía monárquica para acceder a una nueva sociedad, donde el eje ya no serían los intereses del soberano y la aristocracia, sino los derechos y libertades del hombre. Finalizado el movimiento insurgente, en 1812 se estableció en Compostela, donde vio cómo las fuerzas políticas progresistas de la metrópoli se inclinaban al liberalismo tras la promulgación de la Constitución de Cádiz. Ahí mismo presenció los desplantes autoritarios de Fernando VII al suprimir la Constitución gaditana e instalar de nuevo el absolutismo. Durante su estancia en Compostela de Indias se desempeñó como sacristán y notario de la parroquia, donde también dirigió ejercicios espirituales. Poco después se dedicó al comercio y la abogacía con sonadísimo éxito. La quietud provinciana favoreció que Don Prisciliano destinara parte de su tiempo al estudio y la reflexión filosófica, dedicando algunos ratos a la lectura de los pocos autores que podían llegar a sus manos, y a las sólidas y profundas meditaciones que le sugería un talento vasto y calculador. Don Prisciliano era dueño de un talante sereno y de una magnánima personalidad que hacían de él un sujeto de fácil camaradería. Usaba el cabello corto con unas grandes patillas que caían hasta el mentón, semblante que a la vez que acentuaba su rostro pálido y diminuto, realzaba su criolla catadura; su vestir afrancesado, en el que predominaban las levitas negras, azules y verdes, y su infaltable chistera en seda negra, imprimían a su efigie un garbo erudito y prudente. Don Prisciliano fue un hombre que cultivó la lectura, pero más todavía la meditación filosófica, pues aunque esporádicamente recurría a los grandes pensadores 35


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para ilustrar algún tema, únicamente tomaba de ellos algunas ideas genéricas para luego instituir su ideario bajo sus propias reflexiones. Si bien era autárquico en sus opiniones, gran parte de su pensamiento político se sustentaba en los abrevaderos del liberalismo; prueba de ello es que en su pequeña biblioteca podían hallarse obras de Montesquieu, Patell, Helvétius, sin desprecio de las obra de los ingleses Smith, o de los ideólogos de la Ilustración española, de las que eran figuras Campomanes, Cabarrús y Jovellanos. Todos ellos en su conjunto estimularon en Don Prisciliano un muy precoz sentimiento republicano, en un lugar en donde ni siquiera se conocía el vocablo República. En 1821 fue electo diputado al primer Congreso Nacional Constituyente, donde no sólo se dio a conocer por su infatigable labor contra el Imperio de Iturbide, sino también como un exquisito orador y dueño de un prodigioso talento legislativo. A la caída de Iturbide, abrazó la causa del Federalismo, erigiéndose como el principal líder de este movimiento. Fue en ese año de 1823 que publicó su obra La imparcialidad y la justicia, opúsculo brillantísimo, con el que destrozó las intenciones de los borbonistas de establecer una renovada monarquía mexicana con un príncipe español a la cabeza. De esta época data su no menos célebre Pacto Federal de Anáhuac, obra que a decir de Don Jesús Reyes Heroles fue el último jalón hacia el federalismo, calificándoselo además como un documento políticamente magistral. Ya padre del Federalismo, regresó a Guadalajara en agosto de 1823, donde fue electo, por aclamación, como diputado al Congreso Constituyente del Estado. Algunos testigos de su actividad política en el Congreso Constituyente de Jalisco aseguran que desde el momento en que se instaló en la Asamblea Constituyente, desplegó las grandezas de sus talentos y la actividad de su carácter, fecundo y variado. En sus discusiones manejaba con maestría todos los asuntos públicos y replicaba las cuestiones más arduas del Derecho público, administración, hacienda y culto. En el Congreso de Jalisco, Don Prisciliano Sánchez impulsó firmemente las ideas del más esplendoroso liberalismo, y fue él quien finalmente perfiló las principales bases de la primera Constitución. Dentro de los postulados que Don Prisciliano pretendía implantar en la Constitución jalisciense, se hallaba una gran reforma al régimen jurídico de la Iglesia; esta reforma estaba basada en la supresión paulatina del diezmo, la abolición de las subvenciones parroquiales, la eliminación del fuero eclesiástico, la prohibición a los sacerdotes para participar en política y la secularización de la enseñanza pública. En síntesis, el programa reformista de 36


Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista Don Prisciliano se proponía desmantelar el gigantesco poder de una Iglesia omnipresente, para consolidar un régimen democrático y republicano. La apasionada promoción y defensa que Don Prisciliano hizo de las reformas que Jalisco necesitaba, le hizo blanco de una severa reprensión por parte de la aristocracia clerical, la cual le acusó de herejía. A pesar de ello, Don Prisciliano Sánchez todavía se atrevía a afirmar: “Sé que ya soy para muchos objeto de abominación y de desprecio, pero ni el peligro de mi propia existencia me puede separar un momento de cumplir con el deber que me impone la patria”. Cuando la Constitución jalisciense fue finalmente aprobada, el Congreso comisionó a Don Prisciliano Sánchez para entregar al Gobernador el manuscrito para su publicación. No fue ninguna casualidad que esa comisión haya recaído sobre su persona, ya que testigos de sus trabajos han señalado muy claramente que dicha Constitución, la del 24, fue obra suya; constituido el Estado libre y soberano de Jalisco, quién mejor para inaugurar y presidir los trabajos de los jaliscienses y de un sistema federal que él perfectamente conocía. En efecto, Don Prisciliano fue electo primer Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco. Desde el 24 de enero de 1825 en que asumió su cargo y hasta su muerte, desplegó toda la capacidad física e intelectual con que la naturaleza le dotó, demostró que si bien sabía formular leyes, aplicándolas tenía un talento superior. Poseedor de una energía sin límites y de una tenacidad extraordinaria, tomó bajo su responsabilidad la enorme tarea de inventar la estructura del nuevo gobierno federado. Comenzó por desterrar la ignorancia entre los empleados gubernamentales, para ello no cesó ni un instante de elaborar y comunicar toda clase de formularios, circulares y cartillas instructivas, cuyo propósito era orientar a los funcionarios en las minucias de una administración pública federada. En el ramo de administración de justicia se presentaba también un severo atraso, ya que los jueces no hallaban cómo aplicar la antigua legislación monárquica en una república democrática federada. Para paliar dicha situación, Don Prisciliano emitió una cartilla para los Tribunales de Primera Instancia del Estado de Jalisco, al observar que uno de los principales obstáculos de la administración de justicia radicaba en el impresionante desorden en que se hallaba la legislación. Se dio inicio a un proceso de codificación de las leyes penales, bajo su administración se puso en marcha el juicio por jurados. Sánchez fundaba su estrategia de acción contra la delincuencia en dos puntos cardinales, que debieran hoy ser día los mismos: leyes terminantes que dispongan con claridad lo que debe de hacerse y jueces incorruptibles que las apliquen estrictamente. 37


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Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

En su política de persecución a la delincuencia, Sánchez encontró la excusa necesaria para mejorar el sistema penitenciario. Al efecto, adquirió los fortines existentes en la Isla de Mezcala con la finalidad de reconstruirlos y establecer en ellos un presido, ya que Don Prisciliano Sánchez era de la idea de que las penas no deben tener por objeto atormentar a los hombres sino corregirlos. Este núcleo penitenciario, cuyas ruinas hoy perduran como mudos testigos de su vigor, fue inaugurado durante su mandato y fue a partir de entonces que los jaliscienses empezaron a purgar sus condenas en su mismo suelo. Gracias a la energía de Don Prisciliano Sánchez, fue Jalisco el primer Estado en la federación que tuvo un moderno sistema impositivo, basado en el Impuesto Sobre la Renta, sistema con el que nadie pudo escapar al pago de impuestos, ni siquiera lo clérigos. Respecto de los establecimientos de beneficencia, todos recibieron una esmerada atención, especialmente el nosocomio de Belén. Pese a que la jerarquía eclesiástica se negaba sistemáticamente a socorrer las actividades del nosocomio de Belén, Sánchez halló una ingeniosa forma de reunir fondos para el establecimiento: la iglesia de San Miguel —contigua al hospita— poseía en sus altares un cuantioso patrimonio en plata labrada, que era innecesaria para el culto, esa plata fue retirada y acuñada en moneda, y el dinero resultante se aplicó en beneficio del hospital y de los enfermos. Y es que a Don Prisciliano le dolía ver cómo en medio de la crisis, provocada por la epidemias de escarlatina y sarampión que azotaban la región en 1825, centenares de infelices corrían de un lugar a otro en busca de medicinas o alimentos sin nadie que los socorriera; veía a los fuereños llegar a Guadalajara cargando a sus hijos desnudos y lánguidos con los síntomas del hambre y el signo de una muerte cercana en los ojos, muchos de aquellos infelices apenas conseguían llegar a los hospitales, pero sólo a morir, porque no había cosa alguna de qué echar mano. El señor Sánchez había insistido repetidamente al venerable Cabildo para que reanudara sus aportaciones, sin resultado alguno, de manera que ante la carencia de recursos, esa plata se utilizó en beneficio no únicamente de los enfermos sino también de los menesterosos, que hambrientos vagaban por la ciudad. Esta acción ingeniosa y despreocupada fue reprendida como sacrílega por parte de algunos miembros de la aristocracia clerical y Don Prisciliano jamás pudo recuperarse de esa nota infamante. Preocupado por la salud infantil, se propuso trabajar en su programa de vacunación contra la viruela e instituyó las Juntas de Salud Pública. Durante el Gobierno priscilianista la libertad asentó sus reales en la entidad, destacándose la libertad de escribir y publicar. Cuando algunos escritos que circulaban en las calles tapatías comenzaron a ser censurados por las autoridades del 38


Prisciliano Sánchez y el pensamiento federalista Ayuntamiento de Guadalajara, Don Prisciliano Sánchez tuvo el coraje suficiente para ir personalmente ante los funcionarios municipales y hacerlos entrar en línea de respetar la libertad de prensa. Fue pionero en la defensa de los derechos humanos; defendió existencia de las logias masónicas, que en aquel entonces funcionaban como partidos políticos; impidió que los sacerdotes utilizaran los púlpitos para hacer política; pugnó por la abolición de la fiesta brava, y en favor de la construcción de teatros y coliseos; persiguió sin descanso el cohecho y la extorsión; creó la milicia cívica para defender la integridad del territorio jalisciense; dio inicio a un programa para abrir los nuevos caminos y mejorar los antiguos; ordenó los trabajos pertinentes para traer agua de Chapala a Guadalajara; mandó la construcción y adecuación de un monumental Palacio Legislativo en lo que antes había sido la iglesia de Santo Tomás, y cuyo edificio hoy es ocupado por la Biblioteca Iberoamericana. Pero quizás su logro más significativo sea el haber arrancado la enseñanza de manos de la Iglesia. Un moderno sistema educativo, presidido por el Instituto Ciencias del Estado, representó una decisión verdaderamente progresista, que vino a sustituir la vieja y caduca universidad. Era tanta su emoción por poner en marcha el Instituto de Ciencias del Estado, que personalmente contrató a los mejores científicos que era posible, especialmente franceses e ingleses, inclusive de su propio bolsillo extrajo algunos recursos para costear el viaje de los preceptores hasta Guadalajara. Todo esto y un poco más hizo Don Prisciliano Sánchez en menos de cinco años de carrera política, pero para conseguirlo debió agotar toda su fortaleza física. Era tan decidida su dedicación al despacho, que de día y de noche se le encontraba con la pluma en la mano, extendiendo minutas oficiales, y dictando reglas de economía y buen gobierno, ya que sin valerse de segundas manos, se ocupaba de hacer reglamentos, de explicar leyes, de erigir y perfeccionar establecimientos, de difundir verdades, de destruir errores y de combatir tontas preocupaciones. Estas penosas tareas, que jamás interrumpió ni aún en los días sagrados, fueron causa bastante para debilitar su vitalidad, enardecer su sangre y hacerlo susceptible a grandes estragos de su salud por medio de pequeños accidentes. A principios de diciembre de 1826, un padrastro aparecido en los dedos de su mano derecha fue arrancado con violencia, y debido que el señor Gobernador no le dio importancia al accidente, en poco tiempo la lesión evolucionó con una septicemia mortal; por desidia, sin hacer caso a los dolores y fiebres que trae consigo esta dolencia, su terquedad por el trabajo no cesó ningún instante y no dejó 39


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Prisciliano Sánchez, la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo

de asistir a sus oficinas sino hasta tres días antes de su muerte, cuando su fuerza y tenacidad sucumbieron. Luego de 24 días de enfermedad, como a las ocho y media de la noche del sábado 30 de diciembre de 1826, falleció aquel hombre, que en menos de cinco años de carrera política logró transformar por completo la escena política nacional. Algunos hombres agraviados por las acciones de Don Prisciliano, comenzaron a esparcir el rumor de que aquel gobernante había muerto por castigo divino a la herejía con que se había conducido; mucha gente lo creyó, de manera que su sepelio fue casi en solitario. Su testamento, reflejo fiel de su acrisolada honradez y de su poca inclinación por los bienes materiales, pues, por así decirlo, murió en la penuria, hizo que se le enterrara en el camposanto destinado a los pobres e indigentes, sin pompa alguna y en una tumba edificada al ras del suelo, sin epitafio. Dos años después de su muerte, el pueblo de Jalisco se volcó a tributar un homenaje al fundador de nuestro Estado. Para tal efecto, se trasladó el cadáver a la capilla del Palacio de Gobierno, en tanto su retrato fue colocado en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado de Jalisco, con la leyenda “Padre de la Patria”. En agosto de 1834, cuando inició la Contrarreforma liberal que trajo el Gobierno centralista, Don Prisciliano fue víctima de un vergonzoso atropello: una turba enardecida, por retrógrados, penetró hasta el Salón de Sesiones del Congreso, donde hizo pedazos su retrato; después se lanzó contra la capilla de Palacio de Gobierno, pretendiendo sacar sus huesos para exponerlos a la violencia y a la burla. Desde aquellos ayeres, Don Prisciliano Sánchez no ha encontrado tumba ni monumento, y ya salvo de las tempestades de su tiempo, lo único que se sabe hoy es que duerme el sueño eterno en el templo de la Merced de esta Guadalajara capital, anónimo para todos y brutalmente menospreciado por una historia que todavía no sabe bien a bien quién fue Don Prisciliano Sánchez. Muchas gracias.

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Ponencias Segunda mesa El Federalismo en el MĂŠxico de nuestros dĂ­as


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El Federalismo en el México de nuestros días

La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI Dr. Alberto Aguilar Iñárritu Coordinador técnico de la comisión para la reforma del Estado (CONAGO) Me da mucho gusto estar con todos ustedes, aprovechar esta oportunidad para agradecer la amable invitación del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”, encabezado por el Dr. Javier Hurtado, para estar en este evento de gran relevancia, y saludar a dos destacados juristas y mis compañeros de mesa, la Dra. María del Pilar Hernández Martínez y el Dr. José Barragán Barragán, mucho me honra a participar con ellos, y a todos ustedes muchas gracias por su amable presencia. Celebrar el 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y el inicio del Federalismo mexicano, es honrar la memoria de muchos vibrantes episodios definitorios de nuestra historia política. La convicción libertaria de este pueblo de Occidente se convirtió en un baluarte de la fórmula que en el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana permitió unir a la nación en los tiempos donde se estaba generando su compleja resolución, su gestación. Es honrar también la memoria de las enormes figuras de Prisciliano Sánchez y su Pacto Federal de Anáhuac, así como de Mariano Otero y su Voto Particular; a la pródiga inteligencia mexicana del liberalismo social mexicano, cuya praxis, doctrina y honesta convicción toda42


La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI vía hoy nos muestran la ruta hacia la felicidad. Pero es también una excelente oportunidad para recordar nuestras asignaturas pendientes en la inaplazable tarea de actualizar las instituciones de la república, a la luz de las transformaciones que la democracia exige, para poder así profundizar en sus efectos positivos y consolidar su vigencia; entre ellas, desde luego, la construcción del federalismo mexicano del siglo XXI. Alguien decía en su ponencia que esta relación cambia totalmente en cada una de las épocas, y ahora no va a ser la excepción. En 200 años de vida independiente, México ha vivido de tres pactos de poder que permitieron edificar el marco institucional que hoy nos conduce: el Pacto de Guadalupe Victoria, que nos dio nación; el conformado desde Juárez hasta Díaz, que consolidó al Estado Mexicano; y el creado desde Obregón hasta Calles y Cárdenas, que nos dio un régimen para gobernar la Revolución. Este último termina su vigencia en 1982, en medio de una profunda crisis fiscal, se colapsó el régimen revolucionario y su colapso urgió a la República a desarrollar una nueva propuesta; desde entonces estamos a la búsqueda del cuarto pacto de poder de nuestra historia, que por fuerza tiene que ser el pacto de poder de la democracia. Aunque hemos avanzado mucho, a lo largo de tres décadas no hemos logrado concretar una ruta de consenso mayoritario para culminar con la plena modernización democrática de la nación, y con frecuencia nos hemos extraviado siguiendo senderos fallidos. Es imperativo proponernos consolidar un nuevo bloque histórico, sin el cual no se podrá soportar un proyecto de nación que debe ser compartido, un proyecto de prosperidad, igualdad, democracia y seguridad jurídica que cimiente en la diversidad nuestra unidad, en lo fundamental, y de esta manera nos dé un sentido de grandeza a los que pasamos por estas épocas. En nuestro tránsito por este nuevo siglo, necesitamos inaugurar la cuarta era de la república, en consecuencia, la república de la democracia, para poder ecualizar con plena libertad, legalidad y legitimidad todos los intereses particulares en el interés general de la nación restituida como norma de nuestra convivencia; sólo así podremos superar la colonización de los poderes fácticos que sufre la república, conscientes de que no es su inexistencia lo que da certeza al interés mayoritario de la nación, sino la fortaleza de la república como poder superior a todos los parciales que la conforman, en el acuerdo básico y en la eficacia jurídica de la Ley. En esta perspectiva, actualizar el federalismo es una pieza central para lograr lo anterior, sin ello esta nueva época no conseguirá lo que estamos buscando, porque es claro que la modernidad no es patrimonio del Centro y la riqueza regional de la nación es fuente primordial de su redesarrollo; excluirla es anunciar la debili43


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El Federalismo en el México de nuestros días

dad de una propuesta por su fracaso. El Federalismo mexicano además de ser una posición ideológica progresista, es una fórmula histórica para organizar el poder que emana del pueblo, es un producto esencial del primero de los tres grandes pactos que mencionábamos antes. El de Guadalupe Victoria es una forma de gobierno, que no de Estado, una técnica para organizar los poderes públicos —como bien lo explica el Dr. Barragán en su obra El federalismo mexicano. Visión histórico constitucional—, una feliz solución mexicana que resuelve el debate de la coexistencia entre dos soberanías: la federal y la local, y que hoy nos da la pauta para superar el verticalismo que ha sufrido el Federalismo, en particular desde el siglo pasado, y que todavía espera ser desmontado en bien del desarrollo equitativo y competitivo de México. Sin embargo, en cada una de las tres épocas antes referidas, concomitantes con los pactos de poder ya mencionados, la práctica política de gobierno y después la interpretación doctrinaria que la siguió, le otorgaron un sello particular al Federalismo; esto es importante reconocerlo para entender cuál ha sido la ruta y en qué momento nos encontramos, y cómo podemos seguir hacia adelante. Todas esas interpretaciones y todas esas prácticas, prohijaron una tendencia constante hacia la preeminencia del Gobierno federal hacia los estatales y de éstos respecto a los municipales; así, hemos cursado del Federalismo que podíamos llamar fundacional de 1824, al liberal del 1857, y de ahí, a partir de 1917, al denominado por algunos autores Federalismo unitario, cuya principal característica —y este un punto a subrayar— es que su soberanía es superior a la suma de los Estados. Entonces en México hemos vivido un Federalismo unitario, esa fue la lógica del federalismo del siglo pasado. Tres siglos conductores permiten explicar la evolución de este proceso de modalidades federalistas centralizadoras. Primero, la mudanza interpretativa de la denominada cláusula residual, condensada en el actual Artículo 124 constitucional, que fue invirtiendo ciento ochenta grados la percepción de su sentido original, al acompasar la creciente preeminencia federal sobre lo local. Segundo, el control federal en materia fiscal, columna vertebral del Estado, que paternalistamente subordinó e irresponsabilizó a los Estados y Municipios respecto de un quehacer fundante de todo pacto político; en la materia fiscal: ¿quién pone?, ¿cuánto pone para gastar?, ¿en qué?, ¿con qué evaluación? y ¿con qué manera de corregirlo?, esa es la base. En tercer lugar, la prohibición de la reelección inmediata de alcaldes, acotada en todo caso, que fortaleció el verticalismo político del sistema; había una sola voz desde el vértice, que determinaba todos los procesos de selección de candidatos. Ustedes recordaran que el Artículo 124 constitucional 44


La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI consigna: “Las facultades que no estén expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados”. Pues bien, la esencia de esta norma se remonta al Voto Particular de Mariano Otero en el Acta de la Reforma del 21 de mayo de 1847, donde establecía: “Los Poderes de la Unión derivan todos de la Constitución y se limitan sólo al ejercicio de las facultades expresamente designadas en ella misma, sin que se entiendan permitidas otras, por falta de expresa restricción”. Muy claro: una inteligente fórmula que rescataba las posiciones que diferentes diputaciones provinciales —como las de Jalisco, Yucatán, Veracruz y Querétaro— defendieron desde los debates de 1824, y que en 1847 nace con el fin de regular lo que ya entonces era una excesiva gravitación del Congreso de la Unión sobre los gobiernos estatales. Su virtud fue establecer con precisión las reglas de la coexistencia del mandato soberano que el pueblo otorga a dos instancias de Gobierno: la federal y la estatal, y, por extensión, a la municipal; su base es que la soberanía deviene del pueblo que habita en el territorio que conforman los Municipios y los Estados, a quienes otorga la titularidad de los derechos de su representación, pero conserva sus prerrogativas en la ampliación de los mismos y les ordena unirse en el Pacto Federal. Volviendo a citar la obra del Dr. Barragán, en ésta se expresa con toda claridad que no existe un territorio originalmente federal y que no hay habitantes federales, ni siquiera los del Distrito Federal. La anterior definición implicaba dotar a la federación de atribuciones exclusivas y limitadas a través de la Constitución, al tiempo que mantener en una suerte de libertad negativa la titularidad de todas las demás, vigentes o futuras, para su propio ejercicio y disfrute. Es decir, la creatividad plena de la satisfacción de los derechos existentes, y los por existir, que demandaran los habitantes que habitan los Estados que conforman el Pacto Federal, que es la fuente básica de creación de los derechos. Sin embargo, a partir del último cuarto del siglo XIX y durante todo el siglo XX, el incremento de las facultades de la federación fue constante, junto con el sometimiento de la autoridad local, primero en aras del orden y del progreso, luego de la reconstrucción nacional y del programa social, etcétera. La concentración de los recursos centralizó también la política pública y su administración, la designación vertical de los cargos de elección popular consolidaron el federalismo unitario; en paralelo, se fue invirtiendo ciento ochenta grados la interpretación del espíritu de la cláusula residual, que no varió en las Constituciones del 57 y del 17, para aceptar que la federación es quien otorga a los Estados sus atribuciones y éstos a los Municipios.

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Posteriormente, la llegada de los gobiernos de la primera alternancia, ya en este siglo, no desmontó ni corrigió esta distorsión centralista del Federalismo mexicano, sino que imprimió a esta práctica una variante que yo denomino centralismo confederacionista: por un lado, excluye a los poderes locales de la toma decisiones, en asuntos tan importantes como la seguridad, por mencionar uno solo; mientras que, por otro lado, se toleraban tendencias locales casi autárquicas, por ejemplo, en materia financiera. Adicionalmente, se consolidaron las concepciones minimalistas del Estado, que venían desde los 80 y el abandono de políticas de desarrollo regional, dirigidas desde el gasto público federal, al fomento al agro, la industria, y todo esto fue en serio detrimento de la competitividad y la seguridad de la región. Es decir, no solamente no se desmonta esta parte centralista del ejercicio, sino que además se dejó de un lado lo que el Estado de la Revolución, o el régimen político de la Revolución y su Federalismo unitario hacían, que era tener políticas públicas de algún impacto en el ámbito regional, ni eso se realizó ya. Por tanto, se hizo a un lado la decisión correcta de fortalecer a los Estados y a los Municipios como base de la solidez de la nación, y se pierde de vista que México no necesita un Gobierno central imponente, que al final achica, no sólo el tamaño y el potencial del país, sino su debilidad misma. Lo que requiere es un Estado fuerte y éste es resultado de repartir equitativamente, de manera sustentable, las atribuciones y las competencias entre sus partes. Las soluciones efectivas de la nación requieren del concurso de los mexicanos, de la mayoría, y lo deseable es que bajo el principio de máxima proximidad del ciudadano con la autoridad en el nivel local, se atiendan los asuntos locales, con plena flexibilidad y sin más restricciones que las pactadas en el Acuerdo Federalista; se requiere que aflore la creatividad política y, en su caso, se puedan desplegar nuevos derechos e instituciones con atribuciones específicas para satisfacer las demandas de los ciudadanos (en el concurso de los Estados, encontramos todos los días esto, la creación que es el ámbito natural de los nuevos derechos). Todo lo cual exige fortalecer esas capacidades regionales que han sido atrofiadas por muchos años por el centralismo. La médula del federalismo eficaz está en lograr un diseño competencial equitativo, cooperativo e incluyente; avanzar hacia una democracia de resultados como la que exigimos demanda hoy un nuevo equilibrio en materia de relaciones intergubernamentales, en síntesis. Su óptima funcionalidad necesita que los Estados cuenten con amplios espacios de autonomía frente el Gobierno central, que ahí gestionen la solución de sus asuntos, que se estimule la cooperación y la coordinación como fórmula de la relación entre Gobierno nacional y cada Gobierno local. 46


La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI En suma, el Federalismo que requerimos para el siglo XXI, en un mundo global como en el que vivimos, donde la asociación regional se convierte en el eje del progreso, ya no de Estados que forman parte de un Pacto Federal sino de naciones, de Estados nación y donde, nuevamente, la máxima cercanía del ciudadano con la toma de decisiones del poder es el eje básico de la gobernabilidad democrática, resulta vital devolver a la cláusula residual su sentido original —a la del 124 Constitucional—; modificar en el marco de una reforma hacendaria de fondo el ineficiente acuerdo de coordinación fiscal, para que sin regresar a las alcabalas ni cosas de este tipo, sí se exploren los mecanismos concurrenciales de los Estados y se llegue a una nueva colaboración del esfuerzo fiscal que rompa ese paternalismo ineficiente que tenemos, y los Estados y los Municipios posean con dignidad sus propios recursos y, en general, el Estado cuente con un esquema fiscal que no tenga la ridiculez de ser del tamaño de la recaudación de Haití, como el que tenemos hoy. Y finalmente, es un tema debatido pero se tiene que meter a la mesa el tema de la reelección acotada de alcaldes, los tres ejes que se quitaron con el Federalismo unitario. Adicionalmente, estoy convencido de apoyar de manera decidida, desde los Estados, la autonomía plena de la Ciudad de México y a la vez mantener en ella el estatuto de capitalidad, ello es también avanzar en el federalismo democrático. Probablemente la discusión que se está llevando a cabo en la Ciudad de México sobre este cambio de autonomía total sea el giro más importante en el federalismo de los últimos cien años. El federalismo del siglo XXI debe ser construido bajo los parámetros de la democracia, por ello su actualización se debe realizar a partir de siete criterios básicos, con los cuales se puede superar el vetusto ejercicio actual: subsidiaridad, que cada quien haga lo que tiene más al alcance y lo pueda atender mejor; principio de coordinación, esa es la base para poder tener eficiencia en un régimen federal; la compensación, somos una familia unida, hay quien tiene más y quien tiene menos, pero podemos compensar ese desarrollo y ayudar al fortalecimiento; la cooperación, aquí es donde se cierra el Federalismo sustentable y democrático, entre el Gobierno federal y los Estados, y entre ellos; la transparencia; la rendición de cuentas, sin la cual no fortaleciéramos el ámbito estatal, y la participación de la ciudadanía como gran controlador, gran vigilante y eje fundamental de que se pueda cumplir con todo esto. A partir de la práctica estos siete principios, entonces sí estaremos en condiciones de una mejor cooperación y coordinación horizontal entre el gobierno nacional, y los gobiernos locales y municipales. Necesitamos abrir la interacción de políticas regionales a la creación de un cuarto nivel de gobierno, se tiene que discutir el tema de las zonas metropolitanas, tene47


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El Federalismo en el México de nuestros días

mos que pensar en esto como un elemento novedoso, necesitamos aprovechar las ventajas regionales para caminar hacia las cuencas regionales, hacia nuevas áreas comarcales. Dentro de la ponencia que nos dio la Dra. María Teresa Terán, ella hablaba con mucha claridad del tema de las coaliciones, que ustedes saben están prohibidas en el Artículo 117 de la Constitución; pues bien, ese tema tiene que ser revisado, porque se entendía perfectamente bien que estuvieran prohibidas en ese época, en vista de que se podían formar otras naciones dentro del proceso de generación de la nación, pero hoy tenemos que ver a la luz de la competitividad global, se tienen que permitir estas alianzas de sesiones ante los Estados y los Municipios. Quisiera poner un ejemplo, en 200 años de vida independiente, México está a punto de lograr el primer eje transversal de su historia: todo ha caminado del sur hacia el norte, pasando por un Centro, no tenemos un eje de comunicación transversal, el primero que se va a crear es la carretera Matamoros-Mazatlán, que va a unir al noreste con el noroeste; en fin, es la primera vez en 200 años. El otro, largamente acariciado, es el Itsmo de Tehuantepec, que duerme el sueño de los justos, mientras Nicaragua acaba de negociar con los chinos un nuevo canal interoceánico —¡pobres de los nicaragüenses porque regalaron Nicaragua a los chinos!, pero se va abrir un nuevo canal— y Panamá es una potencia de un canal superado, que deja muy lejos cualquier idea de este famoso plan omega de poner un ferrocarril elite, y además no tenía ningún sentido económico eso; para dimensionar lo que significa esto, baste recordar que en los años 60 del siglo XIX los Estados Unidos lograron conectar transversalmente al país, al conquistar el salvaje Oeste mediante la conclusión del primer ferrocarril transcontinental, en esa década fue inaugurada la ceremonia de Golden spike, y eso dio un giro fundamental a los Estados Unidos en materia de desarrollo y de internacionalización. En consecuencia, es momento de estudiar con racionalidad las facultades concurrentes de las Entidades Federativas en lo fiscal, para compartir entre todos el esfuerzo en esta materia. Se tiene que seguir dando la revisión de las Constituciones locales, hay varios Estados que las están llevando a cabo; nos encontramos a unos cuantos años del centenario de la Constitución y surgen todos los días las preguntas si debemos mantenerla o si debemos avanzar a una nueva constitucionalidad, ya muchos de los Estados están dando pasos importantes en ese sentido. Quisiera retomar a la luz de estos principios el debate que tenemos ahora sobre el Instituto Electoral nacional o el Instituto Nacional Electoral, valdría la pena que en esta discusión donde el eje central es fortalecer la tutela de los derechos de los ciudadanos, se reflexionara sobre si la fórmula debe ser centralista o puede ser 48


La construcción del Federalismo en el México del siglo XXI federalista, si el centralismo es el que da la posibilidad de la tutela, como se pensó en materia de seguridad y no funcionó, o es justamente el Federalismo quien puede darnos la fórmula para generar esa misma tutela; dejo ese planteamiento sobre la mesa. Considero que los problemas del Federalismo se resuelven con más Federalismo, no impulsando acciones de carácter centralista bajo falsas promesas de eficacia, supuestos ahorros o mejores tutelas. Yo pienso que el nombre del juego se llama volver a hacer política de Estado para reorganizar el sistema federal del país, unir sin fusionar y diferenciar sin dividir, esta es la fase feliz que estableció el dictamen del Senado el 27 de abril del 2006 con objeto de realizar varias reformas constitucionales en materia del Federalismo; actualizar el Federalismo en el siglo XXI bajo ese criterio es una buena manera de comenzar la tarea, así tendremos éxito. Muchas gracias.

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El abuso de la política y el Federalismo en México Dr. José Barragán Barragán IIJ- UNAM Muy buenas tardes tengan todos ustedes, quiero dejar constancia ante todo de mi agradecimiento hacia los organizadores de este hermoso evento, especialmente al Dr. Javier Hurtado, al mando del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”, porque ha sido el alma del mismo, y nos ha dado la oportunidad de reunirnos aquí para expresar una opinión breve, modesta también, sobre lo que es o debe de ser el Federalismo. Voy a tomar como mías pues todas las expresiones que acaban ustedes de escuchar de Don Alberto Aguilar, un excelente expositor y buen conocedor del tema a cuyo estudio viene entregándose desde hace muchos años; sólo diferiría yo respecto de lo que él dice, en cuanto a su vocación federalista, que expresó con mucho entusiasmo. Yo no me atrevo a expresar a la mía, porque son tantos los problemas, que la política —por decirlo con un término neutro, ya que no quisiera ofender a nadie— no nos ha creado una estructura que es federalista, nos ha creado un comportamiento unitario, fuertemente unitario, tan unitario, pues, que no tienen ni siquiera países unitarios como pudiera ser España o como puede ser inclusive Francia, el país unitario por excelencia.

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El abuso de la política y el Federalismo en México De manera entonces que el problema es ése, tenemos en la Constitución —ya no muy bien dibujada— una estructura de un sistema federal, clásico, pero mexicano, y un comportamiento que contrasta con esas estructuras, y no contrasta mucho porque están muy desdibujadas a la hora actual. En ese sentido, a mí me gustaría plantear —por eso digo que no quiero expresar mi vocación federalista— que es hora de darnos una nueva Constitución, porque la que tenemos está muy afeada; comparándola con un traje, es un traje excesivamente remendado y si vamos nosotros a pedirle al sastre que nos ponga otro remiendo, él nos diría “mejor corre por mi cuenta el darte uno nuevo… sé hacerlo, y me va a costar menos que poner ese remiendo, uno más de los cientos que ya tiene”. Desde esta perspectiva, me gustaría pues que lo sujetáramos a consulta, a un referéndum. ¿Queremos seguir siendo federalistas?, ¿seguro?, ¿podemos seguir siendo federalistas con el sistema de partidos políticos que tenemos o no? y yo aceptaría lo que la mayoría diga, porque en eso sí estamos de acuerdo, caminamos al perfeccionamiento de nuestra democracia y la democracia es un gobierno de mayorías, nada más: gobierno de mayorías. Me voy a referir primero a cómo está entendiéndose nuestro Federalismo y se está configurando. Si nosotros comparamos el texto actual con el texto que sale de 1917, lo encontraremos, pues, muy desfigurado. El federalismo de 1917 ya no es el que tenemos en la actualidad, son dos cosas muy distintas; hay un problema ahí, evidentemente que se manifiesta con la sola lectura, si nosotros comparamos esa Estructura Constitucional, la de ayer de 1917, y la de ahorita mismo, con lo que dice la doctrina y los libros de Derecho Constitucional, y lo que dicen algunos especialistas hablando del Federalismo, pues tampoco nos vamos a entender. Por ejemplo, y aquí se ha mencionado, los Estados no son soberanos, ¿y por qué no son soberanos? porque lo dice un gran autor, que yo cito con mucho cariño y respeto, puede ser Ignacio Burgoa, el gran maestro de casi todos los estudiantes y profesores de Derecho en México, él dice eso, está bien, tiene una personalidad, tiene una autoridad inmensa que yo no tengo evidentemente, a mí no se me ocurriría basar sobre mi autoridad un dicho tan grave como que va en contra del Artículo 40 de nuestra Constitución, que dice que es forma de Gobierno y no forma de Estado, y que dice que los Estados —en el 40, en el 41 y los demás correlativos— son soberanos, y si se expresa que son soberanos hay que tomar la palabra en serio y no como lo hizo Aguascalientes o como lo hizo antes Veracruz, donde ya renunciaron a esa palabra que está en la Constitución federal y se pusieron autónomos. Mas, ¿qué es la autonomía? ¿define la Constitución la autonomía?, no; para ejemplificar, pensemos, ¿el Banco de México es autónomo?, pero no le hizo caso a una recomendación que le hizo el Presidente anterior, misma que expresa51


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El Federalismo en el México de nuestros días

ba la conveniencia de bajar las tasas de interés, “pues no, señor Presidente, no van a bajar las tasas de interés”; ¿quién manda en este país? ¿quién manda, quién es el responsable de las finanzas, de la soberanía plena del Estado? ¿quién manda, el Banco de México, en materia financiera, o el Presidente? ¿Esa es la autonomía? Pues entonces es más que soberanía. No hay autonomías en nuestra Constitución, sino esas creaciones que van en contra de la del principio de división de poderes. Tal división en México es muy rígida y dice que todo el ejercicio de la soberanía se encauza por tres poderes en el orden federal, y en el orden estatal otros tantos; y luego por ahí algunas Constituciones también hacen asignaciones directas de soberanía a los propios Municipios, y entonces todo el poder, a nivel federal ejerce, por los tres Poderes: lo que no es Poder Judicial, a lo mejor es Legislativo; lo que no es Poder Judicial ni Legislativo, tiene forzosamente que ser Ejecutivo. Hay, entonces, una gran confusión en nuestra doctrina; hay que empezar por ello y considero que existe esta confusión, dado que tales principios los estamos tomando de libros externos, de grandes autores externos que nunca estudiaron el Federalismo mexicano; pues ese es el inconveniente de seguir estas doctrinas externas y aplicarlas a México, cuando estos autores externos jamás pensaron en estudiar el Federalismo mexicano. Aquí quisiera hacer una acotación en la que lo particular sirviera de respaldo a la reflexión: a la hora de pensar en crear una garantía, como pudiera ser la del Instituto Nacional Electoral, una garantía federal, yo no creo en ninguna garantía federal, no creo, y no porque la federación sea capaz o no de garantizar las cosas, sino porque la federación se mueve por la política, y la política se mueve con otros intereses, que no son los de la federación, ni son los de los Estados, ni son los de la nación tampoco. Entonces de ahí viene toda la desconfiguración que tenemos. En materia de impartición de justicia existe una expresión que se da con mucho agrado y pareciera que es la mejor, lo mejor para los Estados: el Federalismo judicial; no hay nada mejor como el Federalismo judicial, nos dicen desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación y otros muchos autores que siguen esa tesis. Pienso que no hay nada más pernicioso y perverso que esa política del mal entendido Federalismo judicial, esa política ha estropeado por completo el Federalismo en esa área, la más importante de las tres funciones que ejerce el Estado en el ámbito federal y en el ámbito local; podríamos ir mal en el ámbito Ejecutivo o en el ámbito Legislativo, pero si fuera bien la procuración e impartición de justicia se arreglarían pronto las cosas, o si fuera bien, nunca iríamos mal en las otras dos. Pero vamos mal precisa52


El abuso de la política y el Federalismo en México mente porque la fuente por excelencia de la corrupción institucional en México se llama Juicio de Amparo, que es a través de donde se ejerce justamente ese paternalismo vergonzoso y siniestro del Poder Judicial sobre el poder de los Estados, y del Poder Judicial federal sobre todos y cada uno de los actos de los otros poderes de los Estados y, por supuesto, también de la federación. El Juicio de Amparo es un recurso extraordinario, del cual hemos abusado tanto que se ha desconfigurado por completo, y lo hemos convertido en una fuente -la más grande, la más ancha- de distorsión de la doctrina, de la distorsión de la justicia, y de la impunidad, en general. ¿Por qué? Porque se dice que los jueces locales son malos, la impartición de justicia local es mala… ¿Seguro que es mala? Pues, suprimámosla, ¿para qué la queremos? ¿cuántos rebotes llega a tener el Amparo —rebotes es la palabra que están usando nuestros alumnos ahora cuando hacen sus tesis de doctorado en materia de Juicios de Amparo, le llaman el Amparo rebote—, el Amparo para efecto? ¿Cuántos amparos se pueden encontrar en un expediente que dura dos, tres, cuatro, cinco, diez, quince, veinte años? Hay amigos que tienen expedientes ahí de hace cincuenta años por los amparos rebotes, eso es federalismo judicial… ¿Sirve de algo? Yo no tengo nada contra el Juicio de Amparo, y creo que no hay nadie en el país que lo haya estudiado con tanto gusto como su servidor, pero por qué no hacemos del Poder Judicial de la Federación una jurisdicción de amparo y de protección, de plena jurisdicción, precisamente, de tal manera que en la Constitución exista únicamente del derecho del particular —persona física o moral— de escoger la plena jurisdicción de amparo y protección que es el Poder Judicial de la Federación, o irse a otra jurisdicción —a la estatal, por ejemplo—, pero que no haya este malentendido Federalismo judicial. De acuerdo a la historia, la Constitución de 1857 nunca aceptó el Juicio de Amparo en materia judicial. La primera Ley de Amparo de 1861 nunca aceptó los Juicios de Amparo en materia judicial. No obstante, en un caso muy sonado de un juez federal, ante el mandato que cumple el Ejecutivo federal de ordenar la detención de Don Domingo Canto, un General que estaba acusado en Durango de haber asesinado a otro compañero de armas, el juez local de Durango le hace un exhorto al Gobierno federal para que detenga a Canto y se lo entregue; el Gobierno federal va a cumplir este exhorto y un juez de amparo lo protege. Ahí empezó este tipo de Federalismo judicial y esta situación le irritó tanto al Gobierno federal, que propiciaron el cambio que la Ley de 1861 estaba interpretando mal, por una nueva, la de 1869, la cual en su Artículo 8 prohíbe el Amparo en materia judicial. A pesar de esta prohibición, otro juez más adelante, vuelve a las andanzas y la Ley de 1882 reglamentaría el Amparo, pues 53


Segunda mesa:

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ya incluye el Amparo Casación, es decir, ya consagra el federalismo judicial, de tal manera que en este momento existe en la Constitución un tipo de federalismo judicial y ese federalismo es perverso. La perversión del Juicio de Amparo está no solamente en que multiplica las instancias; la nuestra tiene que ser a igual a cualquier instancia del mundo: pronta y expedita, si es tardía, ya ni es justicia ni es nada, es agravio, y la nuestra es tardadísima, los que litigan saben de sobra qué significa esto. Pero la perversidad del Juicio de Amparo radica en que en éste la autoridad judicial conoce de las violaciones graves al texto constitucional que hacen las autoridades, sí, y conoce también quién las hace, esto es, identifica al autor y por eso le llaman autoridad responsable, con nombres y apellidos, y el quejoso trata de demostrar y si lo consigue, lo van a amparar, que efectivamente hubo esa violación, que la hizo la autoridad y que tiene pruebas fehacientes de que así fue, y ante eso el juez dice la justicia de orden amparo y protege, ¿por qué no se pronuncia sobre la responsabilidad de una violación tan grave? porque si yo permito tantas violaciones, al final pues da igual que el sistema que está en la Constitución sea federal o sea unitario, pues va a estar violado de la misma manera, entonces ¿por qué no se pronuncia sobre esa violación si a ninguno de nosotros cuando violamos una norma -la que ustedes quieran, la más humilde, la de tránsito, la de un reglamento-, si está por ahí la autoridad, va hacer efectiva la responsabilidad por violar; es muy serio y nos va a decir es que la legalidad es la legalidad, la ley es la ley, claro que sí menos para los jueces federales y para los ministerios públicos federales y estatales, para ellos violar la Constitución es lo más común todos los días. Hay cientos de juicios de Amparo, al día, a la semana, al mes o como ustedes quieran levantar la estadística, y al año, pues hay miles. Y en un siglo, más de un siglo, en veinte años nunca ningún juez, ningún Ministerio Público se ha pronunciado sobre esa responsabilidad y esa es la fuente principal de la impunidad. Ningún ordenamiento jurídico aguanta tantas violaciones. Decía Otero que los poderes federales tenían que limitarse, eran poderes constituidos y es preciso respetar la Constitución, si no hay una forma de conseguirlo, de nada sirve un texto hermoso y bonito de la Constitución. De manera entonces que el Federalismo judicial que se implementa es una verdadera perversión. Otra forma en que se desconfigura por completo el Federalismo mexicano y las estructuras del Federalismo mexicano, son los abusos de la política que lleva a cabo el poder que revisa la Constitución. Nosotros le llamamos Poder Constituyente, la palabra es ofensiva con respecto al Artículo 39, pues el único Poder Constituyente es el pueblo, nada más, y el pueblo ejerce su soberanía a través de 54


El abuso de la política y el Federalismo en México los poderes federales y los estatales, en su caso, entonces no hay Poder Constituyente. La Constitución de Suiza sí tiene Poder Constituyente, porque autoriza la Constitución a que ese poder revisor pueda examinar en todo o en parte el texto de la Constitución; Estados Unidos pareciera que tampoco tiene limitación alguna para poder revisar y reformar su Constitución, sin embargo, es el más respetuoso de ese texto constitucional porque histórica y comparativamente con nosotros han realizado unas mínimas reformas a su Constitución. Todas las demás constituciones que su servidor conoce y cita aquí en este trabajo indican que el poder que revisa la Constitución es un poder revisor y sujeto a la propia Constitución y que tiene límites. El Dr. Carpizo lo expresa muy hermosamente, dice que tiene límites el poder revisor ¿dónde están esos límites? en el 39: la soberanía nacional reside en el pueblo, se instituye para su beneficio, el que viola en perjuicio de un particular que motive en recurso de Amparo, pues es en perjuicio, es un delito, entonces se instituye para su beneficio y el pueblo se reserva el uso de la soberanía, para reformar lo relativo o escoger otra forma de gobierno y para establecer otros principios relacionados con esa forma de gobierno. Es decir, lo que ha venido haciendo este poder revisor es transformar por completo la estructura federal originaria de 1917, o la anterior de 1857, para ampliar de una manera ilimitada, para hacer un uso de ese ejercicio de revisión ilimitada; a pesar de que el Congreso de la Unión forma parte del poder revisor, los Estados también forman parte y en teoría debiera de ser un sistema muy difícil de reforma, pero en la práctica hasta con un telegrama se consigue el obsequio de toda la legislatura de los Estados o se ha conseguido históricamente para reformar esa Constitución. El caso es que el artículo más reformado de todos es el 73, lleva más de 50 reformas y lo que han hecho esas reformas es ampliar las facultades del Congreso de la Unión, entonces ahorita, efectivamente, dicho Congreso tiene facultades tan inmensas que pareciera que está ya caracterizado y se comporta como un Congreso de un país unitario. Pero a mí no me gustaría hablar de un Federalismo unitario, aún bajo ese aspecto; lo que me gustaría es hablar de que el Congreso de la Unión tiene ese comportamiento por el sistema político partidario tan mexicano que tenemos, de tal manera que los partidos políticos nacionales piensan a nivel nacional, pero piensan a partir de su hegemonía, y si suben al poder, piensan a partir del ejercicio hegemónico del poder en términos de un país unitario, simple y llanamente. Quien está en este momento como un miembro modesto y entusiasta de un partido político, mañana se convierte en candidato, pasado se convierte en autoridad, diputado o senador, y ya es autoridad, y ya está pensando —porque no cambia su pensamiento— como lo hace cualquier miembro de un partido, y de un partido que tiene sus intereses y su normas, por ejemplo un partido 55


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que tiene la norma o que tiene en sus estatutos el poder reconvenir la actividad de un senador; el caso Cordero. Hablamos de fuero, de un senador o de un diputado, nadie puede ser reconvenido por las opiniones o por la actividad que ejerce en esos puestos, y para eso es el fuero, y si no, pues desde fuera se incluye eso en los estatutos. Tal es lo que tenemos nosotros de fondo como un poder revisor, que en la práctica es o tiene que ver con la formación de las autoridades por elección que hay en el país en el nivel federal y a nivel estatal, y que participan en esta tarea de revisión de la Constitución, de modo que nos entregan la Carta Magna sumamente deformada, que no guarda ya relación con una congruencia mínima entre nuestro sistema federal y el comportamiento real que tienen estos poderes. Desde esta perspectiva, entonces, están perjudicando no nada más el Federalismo sino también la seguridad pública, la paz, la tranquilidad; perjudican el desarrollo, el progreso, el bienestar de este país… Todo está deteriorándose por esta actividad, que depende del comportamiento de los mismos partidos políticos. Yo no veo salida, y no la veo porque no quieren dejar participar a la sociedad civil, que es donde estaría la fuerza de renovación de un sistema de legitimación que debieran tener esos partidos políticos, porque los miembros de esos partidos políticos son muy escasos, ¿cuántos miembros militantes tiene Acción Nacional? no llegan a medio millón… ¿cuántos tiene el PRI? ¿cuántos tienen los otros partidos? ¿y a eso le llaman representación de ciento y pico millones de mexicanos que estamos viviendo en este momento en este país? Es complicado el tema… Pensemos, para concluir, que el Federalismo mexicano en efecto no es una forma de Estado. No lo dice la Constitución, tampoco lo dicen las constituciones históricas ni lo dice el debate histórico, incluido el de 1824; eso significa que la federación no es un Estado. El Artículo 42, que habla del territorio nacional, dice que el territorio nacional comprende primero a las partes integrantes de la federación; estas partes, según el Artículo 43, son todos los Estados, cuando había territorio, los territorios, y ahora el Distrito Federal. Pero no viene mencionada la federación, luego la federación no tiene territorio y si no tiene territorio, no tiene población. En ningún momento nadie es habitante federal, eso está clarísimo. Entonces, si no tiene territorio y si no tiene población, no puede ser Estado y en México no hay dos soberanías, hay una sola, y esa soberanía es la del pueblo mexicano, el cual para su ejercicio ordena que se haga a través de la creación y del reconocimiento del sistema federal. Así, habría que empezar a discutir todos estos temas que son tan interesantes y que ahora son el motivo de habernos reunido aquí ante las palabras atrevidas como las de su servidor. Muchas gracias. 56


La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas sociales

La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas nacionales Dra. María del Pilar Hernández IIJ. UNAM Agradezco al Dr. Javier Hurtado, Director General de este Instituto del Federalismo “Prisciliano Sánchez”, el permitirme compartir esta charla, con este tema, verdaderamente tan polémico y tan actual en estos momentos que el país, creo yo, y sin tratar de ser alarmista, verdaderamente se nos deshace en las manos; al doctor Aguilar Iñárritu, porque tiene una panorámica desde el punto de vista de la realpolitik, de lo que verdaderamente se hace en las trincheras con quienes, por desgracia para muchos de nosotros, deciden los derroteros de nuestra nación mexicana; por permitirme, Dr. Hurtado, compartir también esta mesa con el maestro, porque es un maestro de mi casa académica que es el Instituto de Investigaciones Jurídicas, el Dr. José Barragán Barragán, y que desde luego es un orgullo de este estado de Jalisco. Así como el Dr. Barragán hizo una especie de profesión de fe en relación con lo que sí compartía del Dr. Aguilar Iñárritu, pues creo que en este momento y si me permiten la licencia, yo me voy a permitir maestro, doctor, el disentir de lo que ustedes dijeron; y esto es un tanto provocador, para que le pongamos también más ánimo a este debate sobre el federalismo. 57


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En vía de principio, yo partiría de esta parte de carácter teórico conceptual, a la cual de manera tan recurrente e incisiva el Dr. Barragán ha hecho alusión, porque pareciera que si no entienden mi esquema es culpa de su marco teórico, diría yo. ¿En qué sentido —para mí más allá de esta prescripción o de este reconocimiento formal que el Artículo 40 hace en relación con la forma de gobierno— el Estado mexicano tiene una forma de gobierno republicana, representativa, federal? El Federalismo, desde la mejor de las teorías, desde el mejor punto teórico, es una forma de Estado, y de ahí viene precisamente el que ahora mismo podamos nosotros estar hablando de Federalismo, si no, no tendría sentido; y no tendría sentido desde el punto de vista que, si tuviese yo que referirme a cualesquiera de las pléyades del Federalismo, desde el federalista mismo con Hamilton, Jay, Madison, desde la misma óptica teórica de Carl Friedrick, en ese libro paradigmático acerca del Federalismo, de manera necesarísima tengo que reivindicar el que cada uno de los entes territoriales que le dan forma al Estado federal mexicano siguen manteniendo, más allá de la expresión también de la soberanía, reside esencialmente y originariamente en el pueblo, precisamente en el pueblo de cada uno de esos entes federados. Y en lo que sí coincido con el Dr. Barragán, lo mismo que con el Dr. Aguilar Iñárritu, es en que la federación no es más que una ficción, porque la federación es el ente central que tiene que administrar el pacto federal, como sucede con la forma pre-federalista, que es la confederación. Y esto último lo digo en el mejor de los tonos, para conciliar que ciertamente tratándose de una forma de Estado en la cual entes federados, entes territoriales, guardan para sí esta expresión denominada soberanía, que se traduce de manera irreductible en una forma de gobierno, en el cómo gobierno ese ente territorial, manteniendo de manera prístina y meridiana lo que implica esa soberanía que, traducida como siempre se los trato de traducir a mis alumnos, soberanía es igual a la capacidad absoluta, irrestricta, imprescriptible de autodeterminarnos en lo que somos como individuos, pero también en lo que somos como comunidad, si no es de esa manera, entonces para mí el debate en torno al Federalismo no tendría ningún sentido. En vía de principio, quiero dejar muy claro esto porque tanto la parte conceptual categórica, que académicamente por desgracia de manera necesaria tenemos que asentar, pero también en el otro sentido de lo que propiamente hoy en día cualesquiera de las organizaciones políticas humanas, denominadas Estados nacionales han tenido como el íter histórico de su evolución, no hay ni una sola de ellas, iniciando por el Estado federal norteamericano, que no haya también vivido impasses, y también compases de espera en lo que implica el avance y la regre58


La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas sociales sión en su mismo entendimiento político, desde la autoridad central hasta esos entes soberanos territoriales, no sólo Estados Unidos, Alemania, Canadá, Argentina, los Estados denominados compuestos, como lo son estos autonómicos —España, o como el Estado regional italiano—, que han tenido que entrar al debate de lo que implican estas relaciones del centro a las entidades o a los entes territoriales, llámenles entidades federativas, llámenles autonomías, llámenles regiones, y que han tenido que sentarse a refundar esto que también de manera tan clara ha quedado aquí, porque ese es el momento en el que está México. Una vez sentada esta parte, también quisiera yo decir que en este compás de espera, en este impasse, en principio, en el que se encuentra México, y traduzco impasse como este callejón sin salida, en que por desgracia no sólo es un debate teórico de quienes tenemos el oficio de estudiar y hacer investigación, es un debate que nos ha rebasado en todos los sentidos y que particularmente tiene entre otros elementos, entre otros condimentos, este que el Dr. Barragán ya ha expresado, como lo son los poderes partidarios, que particularmente inciden de manera inequívoca en la vida de nuestra nación mexicana. Para mí ha quedado claro que el siglo XIX, si bien fue el momento fundacional de esta nación mexicana como Estado, como nación propiamente dicha, la situación vivencial que el siglo XX particularmente le da como tónica específica a lo que formalmente es la Constitución de 1917, se ve aderezada con estos elementos pragmáticos, prácticos, que siempre han estado presentes en la vida de esta nación. En vía de principio, pasamos de una sociedad o de un Estado de caudillos a un Estado de partidos, en donde era lógico y natural que este primer esfuerzo, que se hace en los años 60 y que culmina con la gran reforma política de Reyes Heroles en 1977, tuviese de manera inequívoca también esa impronta del autoritarismo caciquil, partidario, que sigue siendo ese elemento condicionante que está y permanece en estos entes políticos denominados los partidos políticos. Si tuviese yo que hablar en términos propiamente teóricos, ya desde Gaetano Mosca, así como de manera mucho más contemporánea con Ostrogorski, se les llama que son Estados propiamente oligárquicos esos partidos que generan leyes de hierro, partidos, como se les dice hoy, catch all o, también denominados partidos con forma de cartel —imagínense ustedes con lo que se está homologando—, que verdaderamente lo que quieren es generar un juego de suma cero. Los partidos políticos— y lo digo como lo hizo el Dr. José Barragán, sin tratar de zaherir y ofender absolutamente a nadie que legítimamente se agremia a una de estas entidades— juegan al todo o nada, y en la medida que la negociación o la 59


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concertacesión, como se les haya denominado en cada uno de los periodos gubernamentales, esté presente, pero lleve siempre un punto de ganancia, quienes representan a los partidos o quienes militan en los partidos, siempre están en términos de suma cero. Este elemento constante desde 1917, que determina la institucionalización de lo que implica el juego para el ejercicio del poder, ha estado presente hasta nuestros días. Por desgracia, las grandes reformas constitucionales que se han sucedido en el tiempo, desde 1977 hasta esta última que ya se está cocinando, no han tratado sino de ser cada periodo, cada generación de reformas en el ámbito político electoral, de manera sumamente centralista y, obviamente, con un centralismo que yo denomino —y aquí me aparto de la expresión o acoto de lo que es la expresión— Federalismo. Para mí Federalismo es esa operación centrípeta de regresar esta acumulación de facultades a quienes son de origen los que detentan esta soberanía propiamente nacional; para mí rectamente éste es el Federalismo. En cambio, federalizar tiene una connotación completamente distinta, considero que federalizar implica centralizar en esta autoridad central que es ficta y que es la federación, y que ya ha adquirido un rostro propio, el concentrar de manera desmedida facultades, potestades que antes no existían. Y ese es el ejemplo que puso el Dr. Barragán: el Artículo 73 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos ha sido el artículo más reformado y en donde si se hace un análisis o una cirugía verdaderamente mayor, vamos a poder caer en la cuenta que aquello que en determinado momento le conviene —en el más estricto de los sentidos de conveniencia propia— al ente central denominado federación, lo toma, cuando ya no le sirve lo regresa a las entidades federativas. La educación es una de las grandes materias que ha sido motivo de ida y venida, y que propiamente ha tenido también esta impronta del interés por el control propiamente del sindicalismo rampante, se trate de la SNTE, se trate del CNTE, y lo digo también con todo el respeto. Estas reformas en materia propiamente político o partidarias electorales que han existido, porque no propiamente son políticas, han denotado un centralismo verdaderamente depredatorio de todo lo que implica no sólo la centralidad o la federalización de estas materias, sino además el que se genere todo un esquema de disciplina propiamente partidaria, que viene desde los comités ejecutivos nacionales, que antes desde luego funcionaban al son que tocaba el Presidente de la República, y que una vez sentado el pluripartidismo en nuestro país fue, en la medida y al compás de otras reformas constitucionales, entronizándose en las entidades federativas, generando también una relación perversa entre los partidos políticos nacionales y sus réplicas 60


La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas sociales en las entidades federativas, a través de esto que se denomina la disciplina de partido, llámese Revolucionario Institucional, llámese Acción Nacional, llámese de la Revolución Democrática, llámese PT, o llámese como se llame este tipo de ente partidario. Pero al mismo tiempo que se realiza en 1977 la reforma en materia partidario electoral o política in genere, en 1983 por primera vez se lleva a cabo también otra gran reforma, que es propiamente la que se efectúa en el ámbito de redimensionar a los municipios y propiamente reconocerles los tres tipos de autonomía que hasta ahora se les ha reconocido, una reforma que ha ido también a más, y que en la forma —al menos en 1999— culmina con su reconocimiento como ámbitos de gobierno. Y este reconocimiento ha generado otro tipo de fenómeno: que en este momento los municipios de todo el país tienen un endeudamiento rapaz. Si ustedes analizan la situación del municipio, también en este íter evolutivo que se da de los 80s a la fecha, Miguel de la Madrid fue paradigmático en muchos de los sentidos, particularmente porque sentó las bases en gran medida de lo que aún seguimos viviendo. Estos municipios, los grandes olvidados, los grandes reivindicados en 1983, finalmente en el 99 volvieron a ser en la forma reconocidos, pero por la vía de los hechos muy pasados de soslayo, y de ahí estos entes tan importantes, unos de escasísimos, podría yo decir paupérrimos, otros pobres, otros de desarrollo mediano, y otros verdaderamente en jauja, que son los que tienen asentadas ahí las grandes ciudades en las entidades federativas, verdaderamente se enriquecieron, y otros tantos se endeudaron, y otros tantos vieron sus arcas verdaderamente vacías con unos topes de endeudamiento, que hoy en día los gobiernos de las entidades federativas tampoco se quieren hacer muy responsables de una situación que ya nos llegó y que está como para preocuparnos, ni siquiera la Ley de endeudamiento va a poder paliar todos estos fenómenos. La tercera gran reforma que me preocupa y que ha generado una centralidad en la federación es a la que se refirió el Dr. Barragán, sobre la cual escribí un artículo y ahí me reivindico —y por eso dije qué es para mí el federalismo y qué es para mí la federalización—, ese artículo habla precisamente de la reivindicación en el sentido del Federalismo que estoy aclarando y no de su federalización a través del Juicio de Amparo o a través de otro tipo de centralidades, como lo ha implicado precisamente el que a partir precisamente de 1994 el esquema de la justicia propiamente federal, no sólo en términos amplios sino también de la justicia electoral, hayan sido centralizadas y también hayan sido depredatorias del ejercicio de la potestad jurisdiccional de los tribunales superiores de las entidades federativas y, desde luego, de sus jueces del orden común o, propiamente, sus jueces naturales. La 61


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jurisdicción, tanto en 94 con las controversias constitucionales, vino a sustituir en la vía propiamente jurisdiccional a lo que nosotros conocíamos como la potestad; y sigue estando la potestad del Senado para resolver conflictos políticos entre las entidades federativas, y en 1996 nos llegó esto de la acción de inconstitucionalidad, que no la conocíamos pero que también ha generado una acción propiamente centrífuga en relación con la competencia de los Tribunales Federales y que, en lo que se refiere tanto a la organización de las elecciones como de los propiamente juicios contenciosos —este punto tratado por el Dr. Aguilar Iñárritu— que es la parte económica o de coordinación fiscal de la federación. Ciertamente quizá ha sido paradigmático que precisamente en 1998, cuando por primera vez la Cámara de Diputados no es mayoría del Revolucionario Institucional, se hace una gran reforma que precisamente trata de redimensionar y pasar de este rubro 26 a la partida 33, para cuestiones de no canalizar —como ahora se ha blindado y reblindado— la cuestión de poder subsidiar con dinero gubernamental a los procesos electorales; se trató de cambiar la partida 26 por la 33 y así eliminar de la Ley de Coordinación Fiscal, muchos de los pésimos incentivos o de los grandes incentivos de la bolsa de dinero tan considerable que tenía la federación para desde ahí manejar procesos electorales. Por desgracia, en todo esto de la recaudación, los municipios como las entidades federativas, no han tenido también los tendidos suficientes para poder generar un mecanismo no sólo de subsidiariedad y de coordinación, pero tampoco de solidaridad para poder paliar aquellos desarrollos verdaderamente ínfimos, en términos no sólo de ente municipal sino, sobre todo —lo que más preocupa hoy en día—, de desarrollo humano. Finalmente quisiera decir que en todo este impasse, básicamente el Estado se ha visto rebasado por una serie de reformas que ya ni siquiera o, más bien, en lugar de ser expresamente o cínicamente federalizantes —ya dije lo que entiendo por federalizar—, hoy en día se cobijan bajo el manto de lo nacional (Instituto nacional de evaluación educativa, Instituto Nacional Electoral, Tribunal Nacional Electoral, y varios nacionales que se vienen por ahí en alud), para cubrir lo que realmente se quiere hacer, que es federalizar y centralizar las potestades. En este sentido coincido, y quiero decir que es una falacia, y diría yo la falacia de lo nacional, porque en el más estricto de los sentidos oculta las verdaderas intenciones de sumar más recursos, o engrosar el aparato burocrático a nivel de entes nacionales sin la menor posibilidad. Los aquí presentes saben que cuando hay un estándar de lo nacional, necesariamente se habla de coparticipación de los gobiernos de los Estados y de los municipios, no es lo que se quiere; al menos yo me puse feliz porque quebró esto del mando único, que era otra de las falacias de centralización de la seguridad pública, se quieren nacionalizar estos dos órganos, como ya se hizo 62


La redimensión del Federalismo ante los grandes problemas sociales con el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. A mí el CIDE hace dos años, sin saber yo que se venía todo esto, me pidió que participara en un estudio sobre evaluación educativa, la educación en México es algo profundamente complejo, aún cuando sea sólo eso que la Secretaría de Educación Pública tiene que realizar y sobre todo a través del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, porque los tipos de educación, no sólo es la educación preescolar, la primaria, secundaria o la media superior, es la especial, para adultos, para indígenas, para personas con discapacidades diferenciadas, etcétera. Y eso complejiza el nivel de verdadera eficiencia que un ente de carácter nacional pueda generar a nivel de entidades federativas cuando la educación no sólo la imparte la federación, las entidades federativas y los municipios; lo mismo que se quiere hacer bajo la falacia de la nacionalización es otra vez federalizar y centralizar, pero a mí lo que más me alarma y lo que más me preocupa en este planteamiento es que incluso hacemos una declaración de principio: es el momento de una nueva Constitución. Y tengo que hacer también una profesión de fe, muy osada por cierto, yo me quedé muy asombrada cuando el Dr. Aguilar Iñárritu me dijo esto de la reforma del Estado, le pregunté si había estado en el CENCA, y me respondió que él lo había fundado; como Pacto por México ahora, porque yo trabajo algo que se llaman Organismos paralegislativos, que son quienes están fuera de la potestad legislativa, pero que son los que diseñan, y entre ellos estoy yo, aunque no estoy ni estuve en el CENCA ni estoy en Pacto por México. No sé si bien, no sé si mal, casi siempre los que nos involucramos no a través de la manera jurídica sino de otro modo, de manera personal con las entidades federativas para reforma constitucional, caemos en cuenta de cómo las entidades federativas, en aras de ir a la vanguardia de lo jurídico con el compás que la federación imprime a través de la Constitución general en términos de derechos, en términos de coaliciones, en términos de candidatos independientes, son capaces los Congresos de vender su alma al nombre —nombre en letras de oro— que ustedes quieran, que les pidan millones de pesos y que les hagan diseños constitucionales, que a mí cada vez me generan más pena, porque es como entregar un Ferrari al municipio más alejado sin agua, sin luz, sin vialidades, sin servicios, y entonces me pregunto ¿y para qué quieren ese Ferrari?… porque son diseños constitucionales muy modernos, todo lo mejor, incluso hasta las sentencias del Tribunal de Karlsruhe, del Primer Constitucional Alemán le pones, y que el mínimo vital y que bueno, unas cosas maravillosas y digo yo, qué bonito, esto no sirve, por qué, porque la realidad de este México es tan plural, que los señores legisladores debieran asumir su responsabilidad, no al compás de lo que implican estas asociaciones de gobernadores, estas asociaciones legislativas o estas asociaciones municipales, sino en razón de algo que bien 63


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cierto dijo el Dr. Aguilar Iñárritu y que reiteró el Dr. Barragán, todo lo que se haga es en interés o en aras del bien común, del bien común del elemento humano que soporta cualquier estructura política, porque nosotros somos los destinatarios de cualesquier acto de gobierno, y en la medida que estos seres humanos que hoy en día están en la cabeza de las decisiones políticas, que se sientan tan dignamente a discutir una reforma que no va a tener porvenir. Me invitó el Senador Camacho Solís a hablar sobre cuestiones de consulta popular, referéndum, plebiscito, pero ya no quiero que me invite, porque no le gusta lo que yo digo, y no le gusta lo que yo digo porque la Constitución únicamente habla de consulta popular y no habla de plebiscito y referéndum, y le dije “Señor, eso para que hable su ley tiene que estar en la Constitución” y me respondió “No, nosotros lo ponemos en la ley”, y dije “Ah, bueno, si es como yo siempre he pensado, porque lo digo yo, hasta ahí se acabó la discusión democrática”, porque entonces lo que cada uno de nosotros viene a aportar como parte de una discusión seria de hacia dónde tenemos que tender en este debate del Federalismo es indudablemente hacia potencializar y paliar las deficiencias que cada entidad federativa tiene. Y me quedo con dos puntos, para mí poderle dar solución al problema del Federalismo mexicano es potenciar dos grandes áreas que hoy en día están en la mesa de debate de todos los Estados federales. Uno, la regionalización, pero no las dádivas de la federación; y dos, el metropolizar o el generar coordinaciones metropolitanas, porque en la ciudad, es también como nuestro país, cada vez se desborda más. Muchas gracias.

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SEMBLANZAS DR. JOSÉ ALBERTO AGUILAR IÑÁRRITU Es Licenciado en Economía por la Universidad Nacional Autónoma de México, cuenta con estudios de Derecho y Ciencia Política impartidos por la misma universidad, donde también ha sido profesor. Ha sido Diputado Federal por el Estado de Baja California Sur a la LIX Legislatura, donde ocupó la Presidencia de la Comisión Especial para la Reforma del Estado. Forma parte del Colegio de Profesores-Investigadores con Actividades académicas formales en Universidades Extranjeras de Excelencia, A.C. “COPUEX, Facultad de Derecho UNAM”. Ha publicado: Fecundidad, Economía y Sociedad: Un estudio estadístico de su correlación en México y América Central 1960-1980 (CIESS-IMSS, 1980), México en el Camino de la Tercera Vía. Hacia un Nuevo Pacto de la Diversidad (Fundación Carlos A. Madrazo, 2000). Los ensayos: Hacia la Construcción del Nuevo Régimen Político de la Democracia en México: Gobierno de Gabinete (Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, 2006) y La Reforma del Estado en México. Una oportunidad inaplazable (El Colegio de Hidalgo-Tribunal Electoral de Hidalgo, 2008). Editados por Porrúa, en la serie COPUEX, Facultad de Derecho UNAM y el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Carlos Tercero de Madrid, ha publicado: 2012: La última elección del siglo XX (2012) y Aventuras Centralistas de liliputienses y la Desaparición de los Tribunales Estatales Electorales (2013). Coordinó la investigación y es coautor de la obra La Reforma del Estado en México, Un Camino de acuerdos, publicado por la Comisión de Reforma del Estado de la Conferencia Nacional de Gobernadores en Marzo 19 2012, en convenio con el Senado de la República. Es Presidente de Regiones A.C., Fundación de Desarrollo, instaurada por él en 1995, y Presidente del Consejo de Administración de Información en Contraste.   DR. JOSÉ BARRAGÁN BARRAGÁN Cursó la Carrera de Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, España, obteniendo los Títulos de Licenciatura y del Doctorado. Hizo estudios de Historia contemporánea por la Universidad Menéndez Pelayo de Santander, España. Es investigador de Carrera del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Investigador Nacional Nivel III del Sistema Nacional de Investigadores del CONACYT. Entre sus publicaciones se encuentran: El Juicio de Amparo Mexicano y el Recurso de Contrafuero (Valencia, España, 1974). El Juicio de Responsabilidad en la Constitución de 1824: antecedente inmediato del Juicio de Amparo (UNAM, México, 1978). Introducción al federalismo mexicano. La formación de poderes en 1824 (UNAM, México, 1978). El federalismo mexicano: visión histórico constitucional (UNAM, 2007).

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LIC. MARCO ANTONIO CUEVAS CONTRERAS Abogado egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Guadalajara (1986-1991). Profesor de asignatura en la Carrera de Derecho del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), donde impartió las materias de Derecho Constitucional, Historia del Derecho de México, Derecho Romano y Sistemas Jurídicos Contemporáneos. Profesor de asignatura “A” en la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Ha publicado Reivindicación de Don Prisciliano Sánchez, Precursor del Federalismo en México y Fundador del Estado de Jalisco (Ayuntamiento de Guadalajara/Gobierno del Estado de Jalisco / Editorial Amate, Guadalajara, 2003) y “La Suprema Corte de Justicia, como órgano de salvaguarda del equilibrio político y la gobernabilidad” (Revista Debate-ITESO. Número 10. Julio de 2004). DRA. MARÍA DEL PILAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ Doctorado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, España. Es Investigadora Titular C, Definitiva de tiempo completo y Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel III. DRA. MARIANA TERÁN FUENTES Doctora en Historia por la Universidad Autónoma de Zacatecas. Cursó la Maestría en Estudios del Lenguaje en El Colegio de Michoacán y la Licenciatura en Sociología en la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Ha publicado investigaciones sobre la cultura novohispana, en particular el mundo del sermón guadalupano con El artificio de la fe. La vida pública de los hombres del poder en el Zacatecas del siglo XVIII. Ha participado en diversas publicaciones dedicadas al tema de la formación del federalismo en México: Combates por la soberanía (2005), Haciendo patria. Cultura cívica en Zacatecas en el siglo XIX (2005) y De provincia a entidad federativa. Zacatecas, 1780-1835 (2007). En el año de 2007, la Universidad Autónoma de Zacatecas cumplió sus 175 años de vida, Mariana Terán preparó un volumen de carácter testimonial y conmemorativo bajo el título Mucho más que dos. Participó en los libros editados por Jaime E. Rodríguez, Revolución e independencia. Las nuevas naciones en América (2005) y en el reciente volumen de México y España: las nuevas naciones, 1800-1850 (2007). Actualmente se encuentra en prensa su más reciente investigación cuyo tema es la formación de la idea de patria con el libro Por lealtad al rey, a la patria y a la religión. Guadalupanismo, insurgencia y representación. Es responsable técnico del proyecto De las intendencias a la federación. Zacatecas, 1780-1910 con el patroci-

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nio del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de México. Es coordinadora de la Maestría y del Doctorado en Historia de la Universidad Autónoma de Zacatecas (inscrito en el PNPC-CONACYT). Su línea de investigación es el análisis de la cultura política en el periodo de tránsito del antiguo régimen monárquico al establecimiento del sistema federal en México. DR. JAIME OLVEDA LEGASPI Maestro en Historia por la Universidad de Guadalajara. Doctor en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel II. Es profesor del Departamento de Historia del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Es profesor investigador de tiempo completo del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Ha impartido múltiples conferencias y ha participado en varios simposios, coloquios y mesas redondas, nacionales e internacionales. Es editor de la revista Estudios Jaliscienses de El Colegio de Jalisco. Entre sus publicaciones destacan: La política de Jalisco durante la primera época federal (Guadalajara, Poderes de Jalisco, 1976). Gordiano Guzmán: un cacique del siglo XIX (México, INAH-SEP, 1980). Un palacio para Jalisco (Guadalajara, Unidad Editorial del Gobierno de Jalisco, 1982). El sistema fiscal de Jalisco (1821-1888) (Guadalajara, Unidad Editorial del Gobierno de Jalisco, 1983). La oligarquía de Guadalajara. De las reformas borbónicas a la reforma liberal (México, Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Colección Regiones, 1991). En busca de la fortuna. Los vascos en la región de Guadalajara. Zapopan (El Colegio de Jalisco, 2003). Coautor de: Lecturas históricas de Jalisco. Después de la Independencia (Guadalajara, Unidad Editorial del Gobierno de Jalisco, 1981, dos tomos). Lecturas históricas de Jalisco. Antes de la Independencia (Guadalajara, Unidad Editorial del Gobierno de Jalisco, 1982, dos tomos). Historia de Jalisco (Guadalajara, Unidad Editorial del Gobierno de Jalisco, 1980-1982, cuatro tomos). Generalidades históricas sobre la fundación y los primeros años de Guadalajara. Lecturas Históricas de Guadalajara I (México, INAH, Colección Regiones de México, 1991). Sociedad y costumbres. Lecturas Históricas de Guadalajara II (México, INAH, Colección Regiones de México, 1991). Urbanismo y demografía. Lecturas Históricas de Guadalajara III (México: INAH, Colección Regiones de México, 1992). Educación y cultura. Lecturas Históricas de Guadalajara IV (México: INAH, Colección Regiones de México, 1992). Industria y comercio. Lecturas Históricas de Guadalajara V (México: INAH, Colección Regiones de México, 1992). Los puertos noroccidentales de México (Zapopan, El Colegio de Jalisco, 1994). Fray Antonio Alcalde. Un tiempo y una vida (Guadalajara, Universidad de Guadalajara, 1995). El crecimiento urbano de Guadalajara (Zapopan, El Colegio de Jalisco-Ayuntamiento de Guadalajara-CONACYT, 1995).

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Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco Dr. Javier Hurtado González Director General del Instituto de Estudios del Federalismo Mtro. Pedro Antonio Rosas Hernández Secretario General Fanny Enrigue Lancaster-Jones Corrector de estilo L.C.C. José Luis López González Diseño Memorias de las mesas redondas con motivo del 190 Aniversario de la fundación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo ISBN: trámite Primera edición agosto de 2013 Impreso en: (pendiente) Tiraje: 1,000 ejemplares





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