LA PROTECCION PATRIMONIAL INMOBILIARIA COMO COMPLIANCE INMOBILIARIO MTRO. VICENTE ORTIZ YUSTIS
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odo empresario posee dentro de su patrimonio a bienes inmuebles, que por definición son los cuerpos que no pueden trasladarse de un lugar a otro y que no pueden moverse por sí mismos ni por fuerza exterior, como son la tierra y las edificaciones. Este tipo de bienes los podemos agrupar bajo las siguientes denominaciones: Tierra: vivienda o mansión. Finca: casa, castillo o ejido. Predio: heredad1 o bodega. Fundo: hacienda o almacén.2 Habitación: rústico o parcela, entre otros. En este sentido, los inmuebles también pueden clasificarse por: Su naturaleza. Por adherencia. Por incorporación. Por destinación. Por su uso. El empresario, como punto principal, deberá realizar un compliance inmobiliario, saneando la condición legal y fiscal de sus bienes inmuebles y, por consiguiente, protegiéndolos ante la amenaza de la extinción de dominio. Para poder integrar este patrimonio en particular debemos primero analizar su valor, esto es, visualizar y cuantificar el valor: Catastral. Comercial. Fiscal. Histórico (valor de adquisición y de registro).
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| MAYO-JUNIO 2020