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Las Reglas de Operación de la APIQROO para la Laguna de Bacalar

que estaban incurriendo, y que provocaban que la zona federal se desplazara más de los 10 metros reglamentados por ley desde la orilla de la laguna, en algunos casos introduciéndose hasta 300 metros tierra adentro. Realizaron las observaciones pertinentes a fin de prevenir un conflicto potencial cuando se obtuvieran las medidas y los planos oficiales. “ …Nosotros, quienes vivimos alrededor de la laguna, hemos puesto esperanzas en el desarrollo turístico. Estamos de acuerdo en que deben haber normas, pero deben ser acordadas de manera armónica entre los ciudadanos y la autoridad…” Héctor Peña, presidente de la Asociación Amigos de Xul Ha.105 .

Pero era el período de gobierno de Roberto Borge Angulo. Las violaciones a derechos humanos, despojos y otros delitos cometidos, encubiertos por el gobierno del estado eran comunes, así que era mejor llegar a un buen acuerdo, que involucrarse en un mal pleito. De algún modo muchos de los usuarios de la Laguna lo vieron como “el menor de los males”. “…Al final sentimos que era preferible tener a APIQROO, que a un administrador de Área Natural Protegida….que era preferible APIQROO que tener un ANP, y ya no le movimos al menos con APIQROO podíamos razonar y no nos limitaba ni acosaba como lo haría una ANP. APIQROO solo se mete con la navegación o con los muelles. Sabíamos que no era legal lo que hicieron con su concesión, pero no nos quedó más que apechugar…al menos no era una reserva…”106

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Las Reglas de Operación de la APIQROO para la Laguna de Bacalar

Finalmente se realizó la instalación del Comité de operaciones de la Laguna de Bacalar, se dio oportunidad de participar a los prestadores de servicios y miembros de la comunidad y se llegó un acuerdo para dejar que APIQROO operara los aspectos náuticos y lo relacionado en la Laguna de Bacalar. A continuación se lista el contenido de las Reglas de Operación de la APIQROO para la Laguna de Bacalar. CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

Regla 1. - Fundamentos jurídicos y objeto de las Reglas Regla 2. - Definición de Términos Regla 3-. Ámbito de Aplicación de las Reglas Regla 4.- Modificación a las Reglas CAPÍTULO II.- COMITÉ DE OPERACIÓN

Regla 5.- Del funcionamiento y Reglamento interno del Comité de Operaciones Regla 6.- Acta del Comité de Operación donde se emiten las opiniones de las presentes Reglas de Operación previo a su autorización por parte de la Dirección General de Puertos Regla 7.- Recepción de quejas y procedimiento para su atenció8 CAPÍTULO III.- ÁREAS E INSTALACIONES DEL PUERTO

Regla 8.- Administración de áreas Regla 9.- Programa Maestro de Desarrollo Portuario Regla 10.- Mantenimiento

105 Sistema lagunar de Bacalar cedida a la Apiqroo. http://www.periodistasquintanaroo.com/principales/sistema-lagunar-de-Bacalar -cedida-a-la-apiqroo/

Regla 11.- Obras Ejecutadas por los Cesionarios Regla 12.- Recinto Portuario Regla 13.- Áreas de Uso Común y formas de operación CAPÍTULO IV.- HORARIOS DEL PUERTO

Regla 14.- Horario para el arribo, atención y zarpe de embarcaciones Regla 15.- Horario de la Administración Regla 16.- Horario de la Capitanía de Puerto Regla 17.- Horario de la Prestación de Servicios Portuarios CAPÍTULO V. - NAVEGACIÓN INTERIOR DEL PUERTO

Regla 18.- Autorización para navegación interior y reconocimiento electrónico de embarcaciones en la Laguna Regla 19.- Embarcaciones Menores de Recreo y Deportivas Regla 20.- Calados Oficiales en las diferentes áreas de navegación Regla 21.- Tipo de muelle de acuerdo a su uso Regla 22.- Comunicación Regla 23.- Velocidades Máximas y Mínimas dentro de la Laguna CAPÍTULO VI.- SERVICIOS PORTUARIOS

Regla 24.- De la prestación de los servicios portuarios Regla 25.- Solicitud para prestar los servicios portuarios Regla 26.- Requisitos Generales Regla 27.- Requisitos particulares para la prestación de servicios portuarios Regla 28. Requisitos particulares para la prestación de servicios conexos Regla 29.- Respuesta a las solicitudes Regla 30.-Prestadores de servicios Regla 31.- Supervisión y evaluación de la prestación de los servicios por parte de la Administración y en su caso por parte de la Autoridad CAPÍTULO VII.- MANIOBRAS MARITIMAS EN LA LAGUNA

Regla 32.- Criterios particulares de operación de la Laguna de Bacalar Regla 33.- Embarque de pasajeros CAPÍTULO VIII.- INFORMACIÓN ESTADÍSTICA

Regla 34.- Del sistema estadístico Regla 35.- Del envió de la información Regla 36.- Capacidad de servicio Regla 37.- De la información de los prestadores de servicios portuarios Regla 38.- Sanción por omisión de reportes estadísticos CAPÍTULO IX.- SEGURIDAD E HIGIENE EN INSTALACIONES PORTUARIAS, MUELLES, EMBARCACIONES Y EN GENERAL EN PERSONAS

Regla 39.- Responsable del Programa de protección Civil del Recinto Portuario Regla 40.- Responsabilidad de los prestadores de servicios portuarios ante los programas de protección civil de las áreas donde realizan sus actividades

Regla 41.- Supervisión del cumplimiento de los programas de Protección Civil de las áreas donde realizan sus actividades

Regla 42.- Seguridad e higiene en el embarque, desembarque y tránsito de pasajeros o tripulantes Regla 43.- De la supervisión de la seguridad Regla 44.- Daños o accidentes CAPÍTULO X.- CONTROL AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN

Regla 45.- Normatividad en materia ambiental, supervisión y prevención Regla 46.- De la recolección de residuos generados por las embarcaciones Regla 47.- Del control de la contaminación del agua en la Laguna Regla 48.- Del mantenimiento a buques en el Recinto Portuario Regla 49.- Seguridad y accesos a las Instalaciones o Marinas en la Laguna Regla 50.- Restricción del acceso CAPÍTULO XI.- VIGILANCIA Y PROTECCIÓN

Regla 51.- De los servicios de vigilancia, protección y seguridad CAPÍTULO XII.- SANCIONES

Regla 52.- Del incumplimiento de las presentes Reglas Regla 53.- Infracciones ANEXO I.- PLANO DEL RECINTO PORTUARIO (Laguna de Bacalar ) ANEXO II.- PLANO MAESTRO DE DESTINOS, USOS Y MODOS DE OPERACIÓN ANEXO III. ZONAS DE CONSERVACIÓN Y RESTRICCIÓN DE LAGUNA DE BACALAR, QUINTANA ROO ANEXO IV.-REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE OPERACIÓN DE LAGUNA BACALAR, QUINTANA ROO ANEXO V. - ACTA DEL COMITÉ DE OPERACIÓN DONDE SE AUTORIZAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN ANEXO VI.- “PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE AFECTAN AL MEDIO AMBIENTE” ANEXO VII.- “PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE ASPECTOS AMBIENTALES Y DE RIESGO”

El capítulo X, referente a CONTROL AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN incluía precisamente acciones enfocadas a reducir o mitigar los posibles impactos ambientales sobre el cuerpo de agua por las actividades desarrolladas en el mismo. Algunos años después, en 2019, APIQROO resultó de manera imprevista una ventaja para proteger el sistema de las intentonas de decreto del Área Natural Protegida. La existencia del Capítulo X, se volvió clave para la defensa contra la tríada que volvió promoviendo un decreto de ANP, que argumentaban que “NO había instrumentos de regulación de las actividades desarrolladas en la Laguna” como una de sus justificaciones. APIQROO no solo estaba facultada legalmente 49

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