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El Programa de manejo del ANP no soluciona los problemas
“…En ese proceso, ¿dónde quedamos nosotros? Lo que vemos es dolo y saña para despojarnos de nuestras tierras y las tierras de nuestros hijos, a beneficios de otros…”, Como ya tocamos antes, aquí el gobierno del estado quiso aplicar la de “el bien común”. Según el artículo de CCMSS “…La Consejería Jurídica del gobierno estatal admitió el acto de autoridad y, posteriormente, lo negó. En lugar de revisar a fondo el caso y admitir los agravios y violaciones fundadas y motivadas, el gobierno del estado argumentó que el decreto atiende a los derechos de “una mayor población”….”
Imagen 21. Parque Laguna Chichankanab, en la cartografía de SEMA (2021).
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Fuente: http://sema.qroo.gob.mx/mapbender/app.php/application/bitacora?#1000000@271.37096/19.80067r0@EPSG:4326. Consulta 16 de Junio de 2021.
Como hemos argumentado anteriormente, para el caso de Ramsar, Amigos de Sian Ka’an ya había incorporado Laguna de Chichankanab como Sitio Ramsar en 2004214. Esta ONGA y el gobierno del estado, procedieron a tratar de negociar con el ejido “la donación” de poco más de la mitad de su territorio” en 2005, y cuando el ejido se negó, solo procedieron a decretar un ANP por su cuenta, sin consultar a los propietarios. Si bien la suspensión del decreto de ANP se emitió en 2018, y sentó un precedente, la ficha y el polígono de la Reserva de ÁREA NATURAL PROTEGIDA RESERVA ESTATAL SISTEMA LAGUNAR CHICHANKANAB continúa apareciendo en la página del IBANQROO215 y la Bitácora Ambiental de SEMA216 (Imagen 21).
El Programa de manejo del ANP no soluciona los problemas
Por irónico que parezca, el argumento de que es necesario establecer un Área Natural Protegida para que, a través de su Programa de manejo, se resuelvan los problemas de contaminación, desarrollo incontrolado y desorganizado en sus inmediaciones y se regulen las actividades económicas, no tiene fundamento. En todas las oportunidades que hemos tenido, junto con los habitantes locales y las comunidades, se ha insistido que el Área Natural Protegida y su Programa de Manejo no resuelven los retos que enfrentamos. Que es necesario que el municipio tome su responsabilidad para la consolidación de Programas de Desarrollo Urbano
214 https://rsis.ramsar.org/RISapp/files/RISrep/MX1364RIS.pdf 215 https://qroo.gob.mx/sites/default/files/unisitio2020/01/ANP%20CHICHANKANAB.pdf consultada el 2 de mayo de 2020. 216 http://sema.qroo.gob.mx/mapbender/app.php/application/bitacora?#1000000@271.37096/19.80067r0@EPSG:4326
bien fundamentados, los ordenamientos ecológicos territoriales y la reglamentación municipal para resolver aspectos puntuales, además de la inversión para mejorar los sistemas de servicios públicos de las poblaciones en las inmediaciones de la cuenca y en la cuenca. El documento denominado “Áreas naturales protegidas y descentralización en la Península de Yucatán” lo expone claramente, citamos: “…El Programa de Manejo es el instrumento con el que las ANP cuentan para la planeación de los usos del suelo y las actividades de aprovechamiento de los recursos naturales. Sin embargo, este instrumento presenta serias limitaciones, aun cuando se plantea como el más indicado para reflejar una verdadera integración de las políticas públicas. Tiene poco peso jurídico, ya que para su elaboración tiene que supeditarse a lo establecido en las distintas leyes y reglamentos de administración territorial, de usos del suelo y de aprovechamiento de recursos naturales. Esto es, no puede establecer nuevas normas y regulaciones si éstas ya están definidas en algún otro instrumento regulatorio, por lo que difícilmente puede resultar un instrumento ad hoc para atender todas las necesidades específicas del manejo particular de cada ANP. Asimismo, los Programas de Manejo entrañan limitaciones para la regulación de las densidades y reglas de construcción de obras de desarrollo al interior de las ANP, de suerte que el uso de los Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial (POET-POEL) y los Planes de Desarrollo Urbano (PDU) se convierten en instrumentos alternativos de planeación y regulación. Con base en esta premisa, para atender la necesidad de regular las densidades de construcción en la zona costera de la Reserva de la Biosfera Sian Ka’an fue elaborado un POET, mientras que los Parques Nacionales de Xcalak y Tulum se han considerado dentro de la planeación de POET regionales o locales. En las ANP marinas también resultan limitados los Programas de Manejo para la regulación de actividades pesqueras y de otro tipo de actividades contenidas en otros instrumentos jurídicos. Dentro de esta complejidad están los procesos de consulta pública para someter los Programas de Manejo de las ANP, en los que se presenta el problema de la representatividad de los sectores económicos, de la “comunidad” y de las dependencias federales, estatales y municipales. Otro problema es el referente a la continuidad de los consensos y a la “apropiación”: el hacer propias o compartir las responsabilidades por parte de los sectores involucrados. Generalmente los sectores sociales orientan las responsabilidades de manera unidireccional, dejando recaer en el gobierno la solución total. Y por el lado del gobierno, es el municipio el que con frecuencia no adopta las responsabilidades y capacidades que le corresponden. El problema de la comunicación y negociación tiene que ser considerado no sólo en lo que corresponde a los órganos de gobierno y sus diferentes niveles, sino también a las ONG tomando en cuenta su fuerte dependencia de los momentos y actuaciones de los organismos que financian las actividades de conservación y desarrollo…(Arellano et al, 2008)217” Sus autores, ofrecen exactamente los mismos planteamientos que las comunidades han estado repitiendo desde el inicio de la lucha contra las pretensiones de los promotores del ANP. Dos de sus autores, Alfredo Arellano Guillermo y Rafael Robles de Benito poseen amplia experiencia directa sobre la gobernabilidad y este tipo de instrumentos en ANP, el primero fue funcionario de la Comisión de áreas Naturales Protegidas por más de 12 años, posteriormente fue Secretario de Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo (de 2016 a 2020); el segundo es actualmente (2021) Director del Instituto de Biodiversidad Áreas Naturales del Estado de Quintana Roo. No obstante, ocupando estos puestos, sus argumentos son lo opuesto. Para el caso de Bacalar, argumentaban que el establecimiento del ANP y, en consecuencia su programa de manejo, iba a “salvar” a la laguna de los impactos del turismo, sabiendo que no existe PDU (Programa de Desarrollo
217 Arellano., Alfredo, J. Fraga., & Robles De Benito, R. (2008). Áreas naturales protegidas y descentralización en la Península de Yucatán. Descentralización y manejo ambiental. Gobernanza costera en México, 101-130. En https://www.mda.cinvestav.mx/ftp/ecologiahumana/profesores/Fraga/Arellanoetal2009_esp.pdf
Urbano) en Bacalar, que no se ha concluido el proceso de actualización del Programa de Ordenamiento Ecológico y que faltan muchos instrumentos municipales, en los que los actores locales insisten se invierta primero (Ver Manejo Integrado de la Cuenca de la Laguna de Bacalar. Propuestas desde el conocimiento ecológico local). Por cierto, con respecto a la actualización del Programa de Ordenamiento Ecológico Local, establecido desde el año 2005218 una demanda continua de la comunidad, tomando esta oportunidad el Gobierno del Estado de Quintana Roo, con apoyo de otros miembros de la tríada, especialmente Amigos de Sian Ka’an, ECOSUR y el gobierno municipal de Bacalar, crearon un tipo de Frankenstein denominado PMOTEDU (Programa Municipal de Ordenamiento Territorial Ecológico y Desarrollo Urbano) que quisieron hacer pasar como la actualización tan prometida, pero que se trataba de un instrumento adicional de control territorial que iba a empalmarse sobre el resto de los instrumentos, utilizando las mismas estrategias implementadas para la imposición de los instrumentos que ya hemos revisado con anterioridad y de los que se presentan más adelante (Ver POET y POEL NO ES IGUAL A PMOTDU y PMOTDU no es igual PMOTEDU, en el Capítulo Construcción de mitos de este tomo). Si esto no fuera suficiente, ya mostramos aquí algunos de los casos que han sido difundidos en prensa y artículos de investigación y que, como ya se describió en los casos de Sian Ka’an y Cuatrociénegas, han sido un fructífero negocio para ONGA, investigadores y autoridades. Propuestas que surgieron de un interés lejano a la conservación de los sitios y mucho más lejano, ajeno, al respeto a las comunidades locales y habitantes históricos.
218 https://bitacora-ambiental.semaqroo.gob.mx/index.php/gallery/region-laguna-de-bacalar