No es posible que exista una norma sin autorizar una conducta, pues la norma es la autorización de una conducta y no es posible que exista el Derecho subjetivo si no existe la norma que lo otorga. Para un mejor entendimiento, véase el siguiente esquema:18
Derechos políticos Derechos públicos Derecho Subjetivo
Derechos Civiles
Personales
Derechos
Patrimoniales
Reales Derechos de crédito
Derecho interno Derecho externo o internacional Derecho constitucional Derecho administrativo Derecho Público
Derecho penal Derecho del trabajo
Derecho Objetivo
Derecho Internacional público
Derecho civil Derecho Privado
Derecho mercantil Derecho Internacional privado
2.2.3 Derecho real y Derecho personal Según Rafael de Pina, el Derecho real es la facultad correspondiente a una persona sobre una cosa específica y sin sujeto pasivo individualmente determinado contra quien aquella pueda dirigirse, 19 en otro punto de vista este Derecho es el poder jurídico que se ejerce directa e indirectamente
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Cuadro tomado de Lucerito Flores Salgado, Introducción al estudio del Derecho, p. 6. Rafael De Pina Vara, Diccionario de Derecho, p. 241. 40