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FIG.12: OBJETIVOS DE LOS INDICADORES DE DDHH
De acuerdo a lo planteado en el Informe de Desarrollo Humano (2000) elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [PNUD], los indicadores basados en DDHH deben estar construidos con el propósito de alcanzar determinados objetivos, tal como se puede observar en la siguiente ilustración.
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OBJETIVOS DE LOS INDICADORES DE DDHH
OPTIMIZAR EL DISEÑO DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y MONITOREAR SU IMPLEMENTACIÓN Y AVANCE
RESALTAR LAS TEMÁTICAS PENDIENTES CON EL FIN DE AVANZAR EN SU SOLUCIÓN IDENTIFICAR NUDOS CRÍTICOS QUE GENEREN EFECTOS NO DESEADOS
INCOPORAR A DIFERENTES ACTORES CON EL FIN DE PROPENDER AL CONSENSO SOCIAL RESPECTO DE LAS ESTRATEGIAS DISEÑADAS
PERMITIR MODIFICACIONES AL DISEÑO DE ESTRATEGIAS CUANDO ÉSTAS NO ESTÉN CUMPLIENDO CON EL PROPÓSITO PARA EL QUE FUERON DISEÑADAS ANALIZAR LA INFLUENCIA DE LOS ACTORES INVOLUCRADOS EN EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS DISEÑADAS POR LOS ESTADOS PARTE
DETERMINAR EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LOS ACTORES INVOLUCRADOS EN EL PROCESO
Fig.12: Objetivos de los indicadores de DDHH. Fuente: elaboración propia con antecedentes PNUD (2000)
La construcción de indicadores en educación debe incorporar variables y sistemas de medición que permitan identificar y reconocer grupos específicos dentro de la población. De tal modo, resulta fundamental que los indicadores en Derecho a la Educación tengan la desagregación pertinente que permita identificar patrones en el pleno ejercicio de los derechos, que estén afectados de manera diferenciadora a los distintos grupos que conforman la sociedad y que se vean afectados por pertenecer a ese grupo determinado (mujeres, niños, inmigrantes, personas en situación de discapacidad, etnias y/o pueblos originarios, minorías sexuales, entre otros). De este modo se logra captar la sensibilidad a los cambios dentro del mismo indicador, lo cual permite identificar los nudos críticos que afectan el goce y disfrute de la educación como derecho, sin ningún tipo de discriminación.
Construir indicadores en educación con criterios y desagregaciones es un trabajo completo y no conclusivo. Es decir, incluir elementos diferenciadores en los indicadores para determinar el grado de discriminación hacia grupos específicos de la población, no significa, necesariamente, que exista discriminación, se debe indagar en las causas que contribuyen al fenómeno.
En conclusión, al ratificar un tratado de Derechos Humanos, los Estados parte están en la obligación de disponer de estrategias y recursos para adaptar el ordenamiento jurídico interno a las nuevas exigencias. En este ejercicio es fundamental el control y monitoreo.
La herramienta fundamental para lograr este propósito es la configuración de un sistema integrado y complejo de Indicadores de Derechos Humanos que considere variables diferenciadoras respecto de las mujeres. Más allá de la mera lógica de la cuantificación respecto de la vulnerabilidad y discriminación.
Se requiere revisar el nivel de cumplimiento de los tratados internacionales, para lo cual, es importante la desagregación de los IDDHH en relación a los grupos diferenciados de la población. Para esto se requiere ampliar la mirada desde la cuantificación, la lógica de ingresos y el exceso del lenguaje normativo. Es fundamental avanzar en términos de inclusión. Por tanto, se deben generar los esfuerzos que se traduzcan en medidas eficientes para el mayor disfrute de los DDHH.
La educación, tal como lo señala este Libro I, Escribo tu nombre Derecho a la Educación, es un pilar fundamental y deben las políticas públicas en general integrar una perspectiva inclusiva de los grupos diferenciados.
REFE RENCIAS
REFERENCIAS PARTE III
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. CONCLUSIÓN
48 “Escribo tu Nombre Derecho a la Educación”
Página tras página, parágrafo tras parágrafo, animado por el desafío político que presenta el contenido y los alcances prácticos del derecho a la educación en la tradición de los derechos humanos, germina Escribo tu Nombre Derecho a la Educación, que constituye el Libro I de la Serie Editorial Derecho a la Educación para la Política Educativa Chilena, que pretende discutir y elaborar sugerencias para la política educativa chilena fundada en el Derecho a la Educación. El libro establece una tríada para la inteligibilidad del derecho a la educación, formada por la política, la axiología y la medición, cuyo acoplamiento permite maximizar sus posibilidades para devenir en una tríada virtuosa del derecho a la educación. Así, Sentido Político del Derecho a la Educación; Escribo tu Nombre, desde la Filosofía, Derecho a la Educación; y, Medir tu Nombre, Derecho a la Educación, aportan antecedentes para escribir el nombre del derecho a la educación. Se trata de una obra fundada en una investigación científica, mediante la aplicación de la estrategia de investigación documental que permite construir un corpus sobre la materia, concebida como una matriz o útero, donde se anida la construcción de significados sobre el derecho a la educación. ¿Qué justifica tal esfuerzo científico-comunicativo? Desde sus prolegómenos, el texto define su vocación por la construcción de un hábitat para una investigación científica comprometida con la transformación social. Dentro de ese hábitat la Política de Reparación ocupa un puesto central.
El trabajo despunta con la pregunta por el Sentido Político del Derecho a la Educación, que se comienza a responder con el estudio de la dignidad humana y su vínculo con los derechos humanos, se plantea la tesis que la dignidad humana, junto a la educación y la política, constituyen un punto de apoyo sólido y seguro, para la concreción del derecho a la educación. En el énfasis que el capítulo otorga a la educación, subyace el imperativo de conocer, desde su tradición disciplinaria, sus vínculos con los procesos de socialización, institucionalización, el orden disciplinario y la convocatoria que la democracia realiza a la educación. Sin duda, como se destaca en el texto, la distinción entre educación y escolarización, a menudo desconocida, desestimada e incluso solapada, constituye una distinción principal que debe ser considerada en el contenido y los alcances prácticos del derecho a la educación. Por lo mismo, es un imperativo para los tomadores de decisiones en política educativa y, a su través, para los ciudadanos comprometidos con los destinos de la polis. El curso de la reflexión conduce, en las postrimerías del capítulo, a la pregunta por el sentido de la política y su concreción en el derecho a la educación.
Escribo tu Nombre desde la Filosofía, Derecho a la Educación, despunta por la pregunta sobre qué es la racionalidad humana y cómo se vincula con el derecho, destacando la interdependencia entre racionalidad, disciplina y poder. En estudio de la axiología de los derechos humanos, destaca la centralidad de la conciencia moral para discernir qué guía nuestras acciones, en la disyuntiva de la libertad de conciencia o las fuerzas de la gobernabilidad y los dispositivos del poder. En contraposición a la conciencia moral, aparece el poder. Por su parte, la diferenciación entre norma y ley permite conceptualizar filosóficamente la necesidad de creación de los derechos humanos.
El epígrafe Los derechos humanos y el derecho a la educación, destaca el papel de la UNESCO en la identificación de los principales tratados y acuerdos internacionales en materia de DDHH suscritos por Chile, creación de una auténtica cultura de los derechos humanos. La revisión del puesto de Chile en los derechos humanos permite concluir retomando la distinción aristotélica entre condición necesaria y condición de posibilidad donde la completa aplicación de los derechos humanos es una condición de posibilidad, una utopía política y social donde para el problema que nos ocupa todavía existen millones de personas que están excluidas del derecho a la educación.
Medir tu Nombre, Derecho a la Educación, plantea el desafío de la medición en el plano de los derechos humanos y del derecho a la educación, sin embargo, constituye una asignatura pendiente abordar las luces y sombras de la medición. La trayectoria de la sección, pone de manifiesto, en primer lugar, la necesidad de considerar la situaciones que atañen al derecho a la educación, como un fenómeno distintivo, no solo desde el punto de vista de la cuantificación de los fenómenos, sino también de las causas que lo provocan; en segundo lugar, destaca la importancia de contar con un sistema integrado y complejo, para el diseño de indicadores de derechos humanos, lo cual permite monitorear y evaluar el avance en el cumplimiento pleno de derechos humanos, particularmente, del derecho a la educación; en tercer lugar, destaca la importancia de considerar la educación como derecho humano, esto colabora en consolidar a la educación como una herramienta fundamental que permita elevar la calidad de vida de los/as ciudadanos/as y erradicar flagelos, como la desigualdad educativa, que constituye una lacra en la sociedad chilena, fenómeno para el cual Darío Salas (1917) acuñó un significativo término: el Problema Nacional, donde denuncia la existencia de un crimen colectivo, en el cual unos han participado como actores y otros como cómplices. Este crimen, es el problema de la pobreza vinculado al altísimo nivel de analfabetismo existente en Chile. Pretendemos ser democracia, sostiene el autor, sin embargo,
“dejamos que la desigualdad de cultura perpetúe las diferencias de clase, mantenga la condición de siervos o de parias a una fracción importante de la sociedad y la condene a no vivir si no es con sujeción a normas de vida inferiores y a no apreciar el placer si no es en sus aspectos defectuosos o groseros” (pág.5).
Queda un largo camino por recorrer, sin embargo, el presente Libro I cifra en la Política de Reparación un camino por dónde es posible transitar.