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Tratados peruano-bolivianos en 1839 y 1840. Las cláusulas económicas. La vía de Tacna

Bolivia y de las banderas capturadas, así como el pago de va rios millones de pesos como indemnización por los gastos efectuados por el Perú. Otro problema más inmediato tuvieron que afrontar el Congreso Constituyente de 1839 y el presidente Velasco.

Entre quienes habían hecho la revuelta contra Santa Cruz estaba un joven general, José Ballivián. Después de haber fracasado en su candidatura a la Vicepresidencia, Ballivián se dedicó a conspirar y bien pronto perturbó la tranquilidad pública con un golpe subversivo.

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Vencido Ballivián, el Congreso pudo proseguir y cerrar sus labores. Había dado ya antes el nombre de Sucre a la ciudad de Chuquisaca, y le había adjudicado la capitalidad de la República, con vencido de que era utó pico que rer fundar una nueva ciudad con ese nombre, como se pensara en 1826. Se ocupó en tonces de los asun tos de actualidad: la promulgación de la Constitución y las sanciones contra Santa Cruz. A la in versa de la Carta peruana de Huanca yo, hija de un caudillo fuerte, la boliviana de 1839 no tuvo orientación presidencialista. En cambio, severo fue aquel Con greso, lo mismo que el de Huanca yo, con los caídos. A Santa Cruz lo decla ró insigne traidor, indigno del nombre de boliviano, lo bo rró de las listas civil y militar, lo puso fuera de la ley desde el momento en que pisara el territorio nacional y le secuestró sus propiedades.

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la VÍa DE TaC na.- Los ministros Eusebio Gutiérrez y Manuel de Mendiburu firmaron una convención preliminar por la cual este país daba satisfacciones por la intervención militar efectuada en 1835 y se compro metía pagar una suma de dine ro por los gas tos causados con moti vo de la guerra reciente además de la indemnización por la independencia y a no tomar resolución alguna que perjudicara al puer to de Arica, cuya aduana se ría común (14 de agos to de 1839). Los artículos sobre las satisfacciones al Perú y sobre la indemnización provocaron el rechazo de Velasco a dicho tratado (10 de octubre de 1839). Los preparati vos de gue rra en el Perú a principios de 1840 fue ron tan no to rios que, in formado de ellos el Go bierno boliviano, comen zó a tomar medidas preventivas. Sin embargo un tratado llegó a firmarse entre los plenipotenciarios Manuel Fe rrey ros e Hila rión Fernández (Lima, 19 de abril de 1840). Fue restablecido el estado de cosas de 1835. Ambos países se declararon en Paz y acordaron reducir sus fuerzas militares. Bolivia desapro bó los sucesos de la época de Santa Cruz y se compro metió a de vol ver al Perú las banderas y los prisioneros tomados. Fue entregada al arbitraje de Nueva Granada la decisión de si Bolivia paga ría al Perú la tercera o la cuarta par te de los gas tos ocasionados por la gue rra de Restauración. Artículos adicionales establecieron lo siguiente: disminución del ejército peruano a 3.000 hombres y del boliviano a 2.000; garantías mutuas a los ciudadanos de los dos países, señalándose las que existirían en caso de guerra; el repudio de delincuentes y desertores; la prohibición de conjuras de asilados políticos; la inspección sobre los efectivos militares y la mutua devolución de ciudadanos. También fueron estipuladas diversas cláusulas comerciales que volvieron al tratado de Chuquisaca de 1832. Entre dichas cláusulas estuvieron: el impuesto del 6% de importación y de no más del 4% municipal a los produc tos peruanos que se in ternaran en Bolivia y a las bolivianos en el Perú; la liberación de derechos para el ganado, víveres y comestibles; el gravamen del 1% para las monedas de oro y el 2% para las de plata; el de 30% a los efec tos extranje ros, más un de re cho de tránsi to entre el 3 y el 20%; el de 2% de tránsi to como única contribución sobre los efectos bolivianos exportados por puertos peruanos; la libertad de tránsi to para los libros, máquinas y he rramientas en vía a Bo livia y para las mulas, caballos y demás acémilas que fueran de Argentina al Pe rú; la pre paración anual de ta ri fas de avalúos, y di versas segu ri dades para las guías y tornaguías en es te tráfico. El decre to de 30 de junio de 1840 fijó los derechos de tránsito que debían pagar los productos bolivianos importados o exportados por los puer tos del Perú que era va riables entre el 3% y el 20%; asimismo señaló las formalidades y determinó las vías por donde debía hacerse este comercio de tránsito de Bolivia. Por ManuEl BulnES (1799–1866)

Peleó junto a San Martín desde 1818 por la independencia chilena. Veinte años más tarde, participó en la Segunda Expedición Restauradora contra la Confederación Perú-boliviana. Peleó en la batalla de Yungay (1839) y por sus acciones fue reconocido con el grado de ”gran mariscal de Áncash”. De regreso a Chile, su país de origen, ejerció como presidente de la República entre 1841 y 1851.

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