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La ley de emergencia

JOSÉ MANUEL GARCÍA BEDOYA (1866-1940)

El político limeño fue elegido diputado por Urubamba (Cuzco) en 1894, pero fue depuesto tras el golpe de Estado de Piérola, Pasó a colaborar con el diario arequipeño La Bolsa, y luego con el diario El Puerto, de Mollendo. Fue prefecto de Huancavelica (1907). Lambayeque (1908), Huánuco (1909). Áncash (1910). Cajamarca (1911) y Puno (1912). En 1915 fue elegido diputado por Ayaviri (Puno) y al año siguiente dirigió el Ministerio de Gobierno, cargo que también asumió en 1931. Dos años después fue elegido alcalde de Lima. de todos los partidos y para sí se reservaba la cartera de Guerra, Sánchez Cerro no aceptó.”Solo gobernaré con mis amigos’; le dijo. Formó el Gabinete que, como se ha visto, presidió Germán Arenas desde el portafolio de Fomento.

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El ambiente de violencia se había ido preparando desde que fueron conocidos los resultados de las elecciones. Los apristas alegaron la existencia de fraude. La campaña periodística fue iracunda. Aparecieron incitaciones a la acción subversiva de los institutos armados y anuncios de que la policía iba a ser disuelta.

Al iniciarse el nuevo gobierno, hubo numerosos cambios entre los empleados de la administración pública.

No faltaban los escépticos acerca de la estabilidad del nuevo régimen. Un dicho muy propalado decía así: ”EI ocho sube el Mocho-el nueve nadie lo mueve-el diez mete los pies-y Haya es”.

Uno de los más graves incidentes aconteció en Trujillo el 24 de diciembre de 1931. Según los apristas, miembros de este partido quisieron reunirse en un fraterno chocolate pascual e invitaron a Haya de la Torre. Este, a las doce y media de la noche, mandó avisar que no concurriría en vista de que no podía dejar de recibir a la multitud aglomerada en su casa. Al llegar a la esquina del local aprista el automóvil al servicio del jefe del partido, sonó una descarga; momentos antes los capitanes Muñoz y Ortega y el teniente Villanueva habían exigido el inmediato desalojo del local sin consideración ni con las mujeres ni con los niños. Los disparos continuaron hasta la madrugada. Oficialmente se aseveró que hubo cuatro muertos; pero, según los apristas fueron más, si bien se frustró el propósito de asesinar a Haya de la Torre. Hubo en seguida, muchos presos, entre ellos Antenor Orrego, director de El Norte. Trujillo quedó convertida en ciudad sitiada. En el Congreso Constituyente los representantes apristas plantearon una interpelación al ministro de Gobierno. Según la versión oficial, lo que se produjo en Trujillo fue una algarada subversiva.

También surgieron incidentes y prisiones en Chiclayo, Cajamarca, Hualgayoc y otros lugares.

LA LEY DE EMERGENCIA.- Con fecha 28 de diciembre de 1931 (tres días después de los sucesos de Trujillo) el ministro de Gobierno José Manuel García Bedoya envió al Congreso Constituyente un proyecto de ley de emergencia para el resguardo del orden público. La Asamblea lo conoció en sesión de 8 de enero de 1932. En el oficio de remisión, García Bedoya afirmó que existían actos destinados a trastornar aquel, llevados a cabo por afiliados de la Alianza Popular Revolucionaria Americana: el 25 de diciembre en Trujillo con gritos subversivos y ataque a la fuerza pública y con menor importancia, en Hualgayoc. Se refirió también a la propaganda revolucionaria verbal y escrita de los miembros del mencionado partido. Consideró que los enemigos de la democracia se cobijaban al amparo de las garantías y de la libertad por ella ofrecidas con el fin de socavar las instituciones y preparar la revolución que les llevara a la captura del Estado y a la destrucción del régimen para erigir un sistema de gobierno con la más absoluta negación de los derechos que ellos afanosamente pedían. Representantes apristas y descentralistas presentaron una moción para pedir la concurrencia del ministro al salón de sesiones. El Congreso (que estaba presidido por Clemente J Revilla) la desechó sin aceptar la votación nominal. Surgió la violencia en el debate con diálogos enconados e incidentes personales. La mayoría resolvió cortar la discusión del proyecto que no pasó a comisión; tampoco fue a la votación nominal y ella no se hizo artículo por artículo. Asimismo, no fue aceptado el punto de vista de que, como se reformaba la Constitución con la nueva ley, ella necesitaba los dos tercios de los votos. Cuando se produjo un escándalo en la sesión del 8 de enero de 1932, el oficial de guardia entró a la sala y el segundo comandante ingresó también y estuvo acompañado por la tropa; según expresó Luis Heysen en la sesión del 15, la fuerza pública ultrajó a un representante aprista, aunque tal hecho fue negado por el presidente de la Asamblea Clemente

J Revilla. Este afirmó en la sesión del 9 de enero que el proyecto había sido aprobado por 64 votos; pero Luis Antonio Eguiguren sostiene en su obra En la selva política que no hubo quórum. La relación de los congresistas que votaron por el sí (entre ellos estaba José Matías Manzanilla) se publicó en el Diario de Debates correspondiente al 15 de enero.

La ley de emergencia, la cuarta que aprobó el Congreso Constituyente, fue promulgada el 9 de enero (apenas un mes después de que se había inaugurado el régimen constitucional) y llevó el N° 7479. Consideró como actos contrarios a la estabilidad de las instituciones y al bienestar social, la inclinación a resistir o a desobedecer las leyes o las disposiciones legítimas de la autoridad; la incitación a los Institutos Armados a rebelarse contra los poderes constituidos o a actos de indisciplina o antagonismo entre ellos; la difusión de noticias que pudieran quebrantar el crédito del país o perturbar la paz o el orden público; la realización de actos de violencia contra personas, cosas o propiedades por motivos políticos o sociales, o la incitación a cometerlos; las acciones o expresiones gravemente ofensivas a la respetabilidad de las instituciones del Estado o de los representantes del Poder Público; la posesión ilícita de armas de fuego o de sustancias explosivas; la incitación al desconocimiento del organismo constitucional de la República cualquiera que fuese el medio empleado y la falta de celo y negligencia de los funcionarios públicos en el cumplimiento de sus deberes. El Poder Ejecutivo podía imponer multas, confinamiento o expatriación según la gravedad del hecho que se reprimía; y efectuar la ocupación o suspensión, según los casos, de los medios utilizados para realizarlo. La multa no abonada daba lugar a la prisión. El Ministerio de Gobierno quedó facultado para suspender las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político o social perturbadoras de la paz, para clausurar los centros o asociaciones que incitaban a la realización de los actos a que se refería la ley y para decretar la incautación de toda clase de armas o sustancias explosivas, aun de las que se tuvieran lícitamente. La ley debía quedar vigente sí no era derogada al clausurar sus sesiones el Congreso Constituyente.

La ley fue una repetición de la que en España se había aprobado poco antes con el nombre de Defensa de la República. Ostentaba mayor gravedad que la del modelo, pues en este la duración de la emergencia era más corta y de las medidas adoptadas por el ministro de Gobernación se podría apelar ante el Consejo de Ministros.

No es defendible esta ley desde el punto de vista jurídico. El Poder Ejecutivo quedó con la facultad de escoger a los acusados, dar sentencia sobre ellos sin oírlos y aplicarla inclusive con facultad para confinar y expatriar. Al ser facultado para efectuar "la ocupación o suspensión, según los casos, de los medios utilizados" para los actos delictivos entre los que estaba "la difusión de noticias que pudieran quebrantar el crédito del país o perturbar la paz o el orden público" resultó sancionada, a posteriori, la expropiación de La Prensa llevaba a cabo por Leguía en 1921 y que sus enemigos tanto criticaban. La ley de emergencia creó un estado de cosas de duración indefinida, sin freno alguno para los desmanes de las gentes o de las entidades del oficialismo.

Luis Antonio Eguiguren amnifestó su disconformidad con ella en una carta dirigida al presidente Sánchez Cerro. Este le mandó decir, por varios conductos, entre ellos el del ayudante del Congreso, Comandante J. Isaac Portugal, que si no estaba de acuerdo con su política, renunciara a la presidencia del cuerpo legislativo.

A raíz de la aprobación de la ley de emergencia y mientras de un lado arreciaba la ofensiva periodística que acusaba a los apristas de comunistas y de conspiradores, los representantes de aquella filiación en el Congreso intensificaron su campaña para propagar sus ideas. Un exponente de esta actitud fue el discurso de Luis Heysen en la sesión del 28 de enero de 1932. Allí llamó a Haya de la Torre "el más alto exponente moral del Perú" y agregó que su partido contaba "con inmensa y abrumadora mayoría en la conciencia nacional". El presidente del Congreso Luis A. Eguiguren creyó escuchar que Heysen había llamado a su jefe "Presidente moral del Perú".

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ABRIL 1930

[ PERÚ ]

FALLECE A LOS 36 AÑOS DE EDAD EL ESCRITOR JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI, TRAS UNA PROLONGADA ENFERMEDAD, EL PENSADOR MOQUEGUANO MURIÓ A LAS 9:30 DE LA MAÑANA EN LA CLÍNICA VILLARÁN, EN LIMA. MARIÁTEGUI FUE FUNDADOR DEL PARTIDO SOCIALISTA PERUANO Y ESCRIBIÓ TEXTOS SOBRE LA SITUACIÓN SOCIOPOLÍTICA PERUANA, REUNIDOS EN SU LIBRO SIETE ENSAYOS DE INTERPRETACIÓN DE LA REALIDAD PERUANA (1928)

EL NUEVO PRESIDENTE. El orden constitucional, quebrado en agosto de 1930, fue restablecido con la juramentación del comandante Luis Miguel Sánchez Cerro como presidente de la república, el 8 de diciembre de 1931. Su gobierno se caracterizó por hacer frente a revueltas constantes, principalmente a las motivadas por el Partido Aprista. En 1933, el presidente Sánchez Cerro fue asesinado a su salida del hipódromo de Santa Beatriz.

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