El Pacto de Estado contra la Violencia de género alcanzado en 2017 en el Congreso de los Diputados supuso un consenso sin precedentes para consolidar una política de Estado frente a la violencia contra las mujeres en España, asegurar el cumplimiento de las obligaciones normativas en esta materia y garantizar la respuesta a todas las manifestaciones de la violencia machista, más allá de la violencia de género de la pareja o expareja. Además, de los tratados ratificados sobre la materia, como el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica o el Convenio de Estambul, la Agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030, comprometen a España a redoblar los esfuerzos para que la erradicación de la violencia contra las mujeres y niñas siga siendo una prioridad. La reducción de la violencia contra las mujeres es un factor catalítico para la consecución de los ODS y es fundamental para el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, así como de la promoción de sociedades justas, pacíficas, inclusivas y cohesionadas (objetivos 5 y 16). Con motivo del veintidós aniversario de la designación por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, cobra sentido que se plasme en un nuevo Dictamen la voluntad renovada de todos los actores institucionales de seguir trabajando por el cumplimiento de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y el establecimiento de un marco ampliado y permanente para el desarrollo de políticas públicas que lo fortalezcan. La protección de los derechos de las mujeres y la erradicación de cualquier tipo de violencia machista se debe explicitar combatiendo de forma expresa los discursos negacionistas. Por ese motivo, cuatro años después de alcanzar el Pacto de Estado, los grupos parlamentarios, conscientes de que este mandato no puede tener como horizonte temporal el mes de septiembre de 2022, sino que debe continuar vertebrando nuestra respuesta como país frente a la violencia machista, asumimos la responsabilidad de actualizarlo a través de este nuevo Dictamen que comprometa el refuerzo de la respuesta institucional integral frente a la violencia contra las mujeres, para: 1. Consolidar un sistema de co-gobernanza, de cooperación institucional y de actuación especializada en la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Diputaciones Forales y en las Entidades que integran la Administración Local, incluyendo a las Diputaciones, a los Cabildos y Consejos Insulares, respetando su ámbito competencial y siguiendo el espíritu del Pacto de Estado de situar a los municipios en el primer plano de respuesta. 2. Hacer permanente la obligación de dotar de una financiación pública estable, suficiente, adecuada, con independencia del ciclo económico, para sostener las actuaciones dirigidas a prevenir la violencia contra las mujeres, mejorar su detección y asegurar una respuesta integral y especializada a las víctimas por parte de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades
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locales y de los territorios forales dentro del marco de la Disposición adicional primera de la Constitución. La financiación pública debe tener la flexibilidad y la capacidad de ser ejecutada de forma plurianual para poder llevar a cabo la continuidad de los proyectos y asegurar que las actuaciones realizadas tengan un mayor impacto. En cumplimiento de los artículos 8 y 9 del Convenio de Estambul, garantizar la financiación de los fondos del Pacto de Estado para el desarrollo por parte de entidades sin ánimo de lucro, tanto estatales como autonómicas, de programas de prevención y sensibilización, así como de acompañamiento y atención a víctimas y sobrevivientes de cualquiera de los tipos de violencia contra las mujeres, incluidas las víctimas menores de edad. Asegurar la especialización profesional, en colaboración entre las diferentes administraciones y respetando su ámbito competencial, de todos los sectores que intervienen, directa o indirectamente, en la prevención de la violencia, en la atención a las víctimas y/o tienen relación directa con los perpetradores, especialmente en el ámbito de la justicia, así como formación especializada para aquellos profesionales que tengan un contacto habitual con niños, niñas y personas menores de edad. Establecer la obligación de aprobar cada cinco años una Estrategia Estatal frent e a la violencia contra las mujeres, como marco de política pública que ponga las bases para el desarrollo efectivo de la normativa sobre la materia, respetando en todo caso el ámbito competencial. Hacer permanente el Plan Estatal de Sensibilización y Prevención como la política específica de prevención y sensibilización, que siguiendo las previsiones del Convenio de Estambul deberá englobar las cuatro iniciativas principales: programas de educación; campañas institucionales de concienciación social, dirigidas en particular a hombres y niños; políticas dirigidas al sector de las tecnologías de la información y los medios de comunicación, con especial atención a la prevención de la violencia en el ámbito digital, y campañas de toma de conciencia o autopercepción sobre las violencias machistas dirigidas a mujeres. Adecuar la normativa estatal al Convenio de Estambul, asegurando una respuesta integral y contextualizada a todas las formas de violencia contra las mujeres incluidas en este tratado, con previsión expresa de la violencia económica, la violencia vicaria, y la violencia en el ámbito digital, tal y como establece el mandato legislativo aprobado por la mayoría de los grupos parlamentarios. Reforzar la protección de aquellas mujeres que enfrentan otras formas de discriminación y obstáculos añadidos en la salida de la violencia y la reparación y son doblemente vulnerables, como las mujeres mayores, las mujeres migrantes, las mujeres rurales, las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, las mujeres con discapacidad o mujeres en situación administrativa irregular. Perfeccionar los circuitos de atención integral de la violencia machista declarando servicios esenciales todos los servicios y recursos de reparación y atención integral a las víctimas, y extender la asistencia integral especializada a todas las formas de violencia contra las mujeres. Reforzar las medidas que faciliten la autonomía económica dirigidas a las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género, especialmente en el ámbito laboral.
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11. Ampliar la red de recursos, según los estándares de disponibilidad, accesibilidad y calidad, como establecen los organismos internacionales de derechos humanos, con especial atención a la accesibilidad en zonas rurales, a través, entre otras medidas, de la digitalización de los servicios de atención y la garantía de movilidad interterritorial. 12. Establecer un sistema de recogida de información homogéneo y permanente de monitoreo de la acción de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, Diputaciones y Entidades Locales, tanto municipios, como Cabildos y Consejos, así como de la Fiscalía y el Poder Judicial, por parte del departamento ministerial competente. Se elaborarán informes cuatrienales de cumplimiento por parte del Ministerio de Igualdad y las Comunidades de Autónomas y se remitirán a la Comisión de seguimiento y evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género en el Congreso de los Diputados y a las administraciones competentes, como medida de evaluación y rendición de cuentas sobre los procesos de implementación de la normativa y de las políticas públicas y su impacto en la violencia contra las mujeres. 13. Elaborar y presentar por parte de la Comisión de seguimiento y evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género del Congreso de los Diputados y por parte de la Comisión Especial de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Informe del Senado sobre las estrategias contra la Violencia de Género aprobadas en el marco del Pacto de Estado del Senado, un informe de actividad y de evaluación del cumplimiento de las medidas del Pacto, con una periodicidad cuatrienal.
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