Folleto informativo del proyecto de #LeyAmazónica

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Proyecto

ASPECTOS SOCIALES

DE LEY ORGÁNICA

de la circunscripción territorial

Educación, salud, transporte, gestión de riesgos, vivienda, servicios básicos.

especial amazónica

ASPECTOS ECONÓMICOS Actividades económicas, agrícolas, recursos no renovables, créditos preferenciales.

ASPECTOS AMBIENTALES Biodiversidad y bosques.

DEROGATORIAS Se deroga la ley 010 Ley del Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónico.

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Proyecto

DE LEY ORGÁNICA

de la circunscripción territorial

especial amazónica

6% para los GAD Parroquiales incluidos, Rio Verde, Rio Negro del cantón Baños; y, Matus, El Altar, La Candelaria y Bayusig del cantón Penipe. 8% será administrado por la Secretaría Técnica para el Ecodesarrollo Regional Amazónico.

PLAN INTEGRAL PARA LA AMAZONÍA

BASE LEGAL MANDATO CONSTITUCIONAL: El Artículo 250 de la Constitución de la República, establece que la Región Amazónica constituirá una circunscripción territorial especial para la que existirá una planificación integral recogida en una ley que incluirá aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial que garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del sumak kawsay.

OBJETO Regular la Planificación integral de la Amazonía, y los lineamientos del ordenamiento territorial en los aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales.

Es un instrumento de planificación que tiene por objeto ordenar las estrategias de desarrollo en la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, en la que se considerará las particularidades de esta Región.

RECURSOS Propone crear el Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónico, con una asignación del 2% del precio por cada barril de petróleo, pero en ningún caso será no menor a un dólar por cada barril.

DISTRIBUCIÓN 28% para los GAD Provinciales 58 % para los GAD Municipales

FONDO COMÚN Además de los recursos del fondo para el Ecodesarrollo Regional, se crea un fondo común para la CTEA con recursos provenientes de: 60% de las regalías mineras, destinados a proyectos de inversión social y desarrollo territorial o productivo. 30% del superávit de las empresas públicas generadoras de electricidad, destinados a proyectos de inversión social y desarrollo territorial.

RÉGIMEN INSTITUCIONAL Propone la creación de la Secretaría Técnica para el Ecodesarrollo Regional Amazónico, adscrita a la SENPLADES, que tendrá a cargo la planificación integral de la Amazonía y la administración del Fondo Común.


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