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Asociado Global NDI Francisco Herrero
Coordinación editorial Maria del Pilar Cardona
Coordinación de proyecto Andrea Fernandez Gerente de programas NDI
Diego Torres Oficial de programas NDI Diseño Karen Fonseca Saavedra Diseñadora gráfica
Impresión
Citygraph Perú
Este informe fue realizado por la Organización Centro de Desarrollo Étnico (CEDET), el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX) y Enith Pinedo Bravo. Las opiniones expresadas en esta publicación son de los autores y autoras y no necesariamente reflejan los puntos de vista del Instituto Nacional Demócrata.
Copyright © Instituto Nacional Demócrata para Asuntos Internacionales (NDI) 2022. Todos los derechos reservados. Partes de este trabajo pueden reproducirse y/o traducirse con fines no comerciales con el permiso previo por escrito de NDI, siempre que se reconozca a NDI como la fuente del material y se envíen copias de cualquier traducción.
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CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
Democracia y representatividad Diversidad
Contexto general de las ERM 2022
PaRTiCiPaCiÓN Del PUeblO afROPeRUaNO eN las eleCCiONes RegiONales y MUNiCiPales 2022
Contexto actual sobre la participación política de las personas afroperuanas en los procesos de elección popular en Perú
Análisis de la participación de personas afroperuanas en las ERM 2022
Comparación de resultados en los procesos electorales 2018 y 2022
Retos y desafíos de las personas afroperuanas en la representación electoral
Recomendaciones para fortalecer la participación política del pueblo afroperuano
Recomendaciones a entidades públicas
Recomendaciones a organizaciones o partidos políticos
Referencias
Anexo 1
9 7 19 11 13 34 36 38 40 20 24 29 31 33
PaRTiCiPaCiÓN De PeRsONas iNDígeNas eN las eleCCiONes RegiONales y MUNiCiPales 2022
Contexto actual sobre la participación política de personas indígenas en procesos de elección popular en Perú Requisitos de postulación por la cuota indígena desde 2002
Zonas de aplicación de la cuota indígena
Análisis de la participación de personas indígenas en las ERM 2022
Resultados generales de candidaturas
Resultados de candidaturas en zonas priorizadas del estudio
Resultados generales de autoridades electas en las zonas priorizadas
Comparación de resultados en los procesos electorales 2018 y 2022
Retos y desafíos pendientes de las personas indígenas en la representación electoral
Recomendaciones para fortalecer la participación política de las personas indígenas
A las entidades del Estado, en particular al Ministerio de Cultura
Al Congreso de la República
A partidos políticos y movimientos regionales
A los organismos electorales
A las organizaciones indígenas
A la sociedad civil
Referencias
43 44 48 49 55 57 62 65 67 67 51 68 70 71 72 73 75
51
PaRTiCiPaCiÓN De PeRsONas lgTbI eN las eleCCiONes RegiONales y MUNiCiPales 2022
Contexto actual sobre la participación política de las personas LGTBI en los procesos de elección popular en Perú Análisis de resultados de la participación de personas LGTBI en las ERM 2022
Autoridades electas LGTBI en las ERM 2022
Inclusión de la agenda LGTBI en los planes de gobierno de las listas regionales y provinciales de las ERM 2022
Retos y desafíos de las personas LGTBI en la representación electoral
Recomendaciones para fortalecer la participación política de las personas LGTBI
A partidos políticos y movimientos regionales
A órganos electorales
A legisladores
A organizaciones de la sociedad civil
Referencias
CONClUsIONes Referencias
77 111 78 86 95 97 102 106 116 105 104
103 102 92
nace odiando a otra persona por el color de su piel, su origen o su religión. La gente debe aprender a odiar, y si puede aprender a odiar, se les puede enseñar a amar, porque el amor viene más naturalmente al corazón humano que su contrario”.
INTRO
“Nadie
INTRODUCCIÓN
La participación política es un aspecto fundamental de la gobernabilidad democrática, el estado de derecho, la inclusión social y los enfoques de derechos humanos destinados a eliminar la discriminación. Es más probable que las democracias se desarrollen y perduren cuando todos los segmentos de la sociedad pueden participar en la vida pública sin discriminación y en igualdad de condiciones, independientemente de su edad, sexo, etnia, religión, discapacidad, orientación sexual y género.
El presente informe tiene como objetivo identificar los avances y dificultades en materia de inclusión electoral en el Perú de los grupos tradicionalmente subrepresentados, como son los pueblos indígenas, el pueblo afroperuano y la comunidad LGTBI, entendiendo que es un reto para el país establecer nuevas dinámicas que permitan -desde todos los frentes- construir una sociedad más justa, equitativa y coherente con la reducción de las desigualdades que plantea la agenda de objetivos de desarrollo sostenible, en donde el fortalecimiento de la democracia representativa es una de las herramientas para lograr que las demandas de las diferentes voces sean escuchadas y atendidas.
Conforme con lo anterior, este informe recoge un análisis de la participación política de las comunidades indígena, afroperuana y LGTBI en el Perú, a partir de los resultados de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante ERM 2022), así como un ejercicio de contextualización de cada uno de estos grupos, incluyendo de manera transversal un análisis en cuanto a la participación política de las mujeres, y del comparativo sobre la representatividad alcanzada en los mismos comicios del 2018 frente a los del 2022.
La revisión y análisis de los elementos antes citados, además de evidenciar las brechas y barreras que enfrentan estos grupos -considerados como poblaciones vulnerables- para ser visibles en el panorama político, permitió ir más allá de la problematización, lo que generó una serie de recomendaciones y propuestas orientadas a los diferentes actores que tienen injerencia en el tema y la capacidad de decisión para evitar que se sigan perpetuando imaginarios y prácticas de exclusión, marginalidad y negación de oportunidades para el acceso de los derechos políticos en condiciones de equidad, como lo son los partidos políticos,
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movimientos regionales, órganos electorales, organizaciones de sociedad civil, entre otros.
Avanzar en la superación de las diversas formas de exclusión que están en la raíz de la desigualdad característica de las sociedades latinoamericanas y caribeñas infunde un sentido de pertenencia y de justicia distributiva a los ciudadanos y ciudadanas, así como confianza en el futuro, en la democracia y en la institucionalidad. Imprimir centralidad a estos objetivos en las políticas de Estado es el mejor baluarte en el esfuerzo por armonizar progreso social y dinamismo económico inclusivo, asegurando una distribución más equitativa de los frutos del desarrollo, que inciden en forma decisiva en el bienestar de las personas (CEPAL, 2015).
Antes de entrar en materia, es conveniente retomar algunos conceptos que son la base de este informe:
“La democracia no es una meta que se pueda alcanzar para dedicarse después
INTRO
condición
mantener si todo ciudadano la defiende.”
a otros objetivos; es una
que sólo se puede
El origen etimológico de la palabra ‘democracia’ se encuentra en el griego démos, que significa ‘pueblo’, y krátos, que significa ‘poder’. De esta manera, se deduce que la democracia es el gobierno del pueblo. Este término “es extensivo a las comunidades o grupos organizados donde todos los individuos tienen el derecho de participar en la toma de decisiones con igualdad ante la ley. El mecanismo fundamental de participación de la ciudadanía es el sufragio universal, libre y secreto, a través del cual se elige a los representantes para un período determinado, siendo este solo uno de los elementos que compone a una democracia saludable” (Significados.com, s.f.).
El 11 de septiembre del 2021 se celebró el 20 aniversario de la Carta Democrática Interamericana, en la cual la Organización de los Estados Americanos reconoce que “la democracia representativa es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región” (OEA, 2001). Para los propósitos de este informe, seguidamente destacan dos artículos de la citada misiva.
El artículo 3:
Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos. (p. 3)
Y el artículo 9:
La eliminación de toda forma de discriminación, especialmente la discriminación de género, étnica y racial, y de las diversas formas de intolerancia, así como la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y los migrantes y el respeto a la diversidad étnica, cultural y religiosa en las Américas, contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana. (p. 4)
9
DeMOCRaCia y RePReseNTaTiviDaD
En el marco de este aniversario, la directora regional para América y el Caribe del Instituto Nacional Demócrata (NDI, por sus siglas en inglés), se refirió en un pronunciamiento enviado a la audiencia sobre El estado de la democracia en América Latina y el Caribe, manifestando que:
Desde que se adoptó la Carta, ha habido muchos retos para la gobernanza democrática, incluyendo un aumento de líderes autoritarios y populistas, elecciones cuestionadas, falta de democracia, consolidación de la corrupción y una prevalencia creciente de la tergiversación y la desinformación, así como influencias mezquinas. La severidad de la pandemia del COVID-19 agravó las desigualdades sociales y económicas duraderas de vieja data y aumentó los retos de la democracia y los derechos humanos… La movilización social en la historia reciente ha demostrado que existe un desborde popular sobre la necesidad de un cambio, pero no hay consenso sobre cómo se debería ver su futuro. (Ulmer, 2021, p. 1)
Agrega también: Aunque en América Latina se sigue experimentando recaída de la democracia, sigue siendo “la región más democrática emergente en el mundo, sólo detrás de Europa Occidental y los Estados Unidos” según el estudio más reciente de “The Economist” sobre el estado de la democracia. Este punto pone en relieve el potencial continuo que tiene el hemisferio occidental para seguir progresando en la libertad, las oportunidades y la prosperidad. (pp. 1-2)
Esta mirada esperanzadora es uno de los puntos de partida sobre los que se soporta el presente informe, pues como se citó previamente, si bien identifica situaciones problemáticas sobre la subrepresentación de grupos poblacionales tradicionalmente vulnerables, también ofrece una serie de recomendaciones para cerrar las brechas de discriminación y estigmatización que han enfrentado, invitando a establecer nuevas dinámicas de relacionamiento equitativo y de inclusión democrática que derive en un aumento en la participación.
INTRO 10
alguien es diferente de ti, eso no es algo que debas criticar, eso es algo que debes apreciar.”
DiveRsiDaD
La característica común a la raza humana es ser diferentes. Hay tantas huellas digitales y registros vocales (voz), como personas en el mundo. Esta característica cobra mayor fuerza cuando lo particular de cada individuo interactúa con la cultura en la que nace, y, se arraiga más en la medida que se desarrolla la personalidad y, con ella, se afianzan identidades, formas de pensar y costumbres.
Bajo esta comprensión, la diversidad es algo natural e inherente al ser humano, sin embargo, históricamente las diferencias que marcan a los colectivos, comunidades, sociedades e incluso pueblos han sido motivo de discordia, llegando en el marco de la intolerancia y el irrespeto, a generar condiciones de rechazo y exclusión, que en los casos más extremos, buscan su destrucción y exterminio.
Para los fines de este documento es necesario señalar que el NDI está comprometido en buscar que la diversidad, como un valor, se refleje en todos los aspectos del trabajo desarrollado por el instituto, utilizando como herramientas
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“Si
la igualdad, para garantizar que todas las personas sean tratadas justamente y la inclusión, de acuerdo con las condiciones de su contexto, buscando activamente que los miembros de la organización y la audiencia sean de diferentes trasfondos (culturales, étnicos, raciales, sexuales, etc.).
Sobre este aspecto, Maroño (2021) señala:
La Organización de las Naciones Unidas (ONU), se fundó al término de una de las mayores afrentas a la diversidad humana de la historia. El Holocausto nazi, un genocidio contra judíos, homosexuales o gitanos, demostró que era necesario crear una institución internacional que velara por el respeto de los derechos humanos y custodiara la paz en el mundo. Este compromiso se materializó en 1945 con la ratificación de la Carta de las Naciones Unidas, documento fundacional de la organización, cuyo primer Artículo recogía el respeto de los derechos humanos como uno de sus principios. Así, la ONU asumió por bandera el respeto a la diversidad de “raza, sexo, idioma o religión. (párr. 2)
También indica que en 1948, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en donde se contempla la diversidad humana como uno de los ejes de esta declaración, y se enfatiza que “los derechos humanos son intrínsecos a toda persona, independientemente de factores como su raza o sexo. Sin embargo, la Declaración no es un texto vinculante, y por tanto su aprobación no implicaba consecuencias legales para los países. Es por ello que, desde ese momento, se comenzó a debatir sobre la necesidad de tratados de protección de los derechos humanos que sí fueran vinculantes (párr. 3). Entre 1965 y 2006 se han expedido cinco (5) tratados1 y cuatro (4) protocolos facultativos2 que buscan la defensa y garantía de derechos de grupos poblacionales considerados vulnerables.
1. Tratados: Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965); Convención sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer (1979); Convención sobre los Derechos del Niño (1989); Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990); Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).
2. Protocolos Facultativos: Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer (1999); Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación en conflictos armados (2000); Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de Niños, la prostitución Infantil y utilización de niños en la pornografía (2000); Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicación (2011); Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006)
INTRO 12
Pese a que no todos los colectivos cuentan con el amparo legal de una Convención, la ONU ha implementado otros mecanismos para reafirmar su compromiso con la diversidad. Dos de ellos son la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (1992) y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). El colectivo LGTBI tampoco cuenta con un tratado vinculante, pero en los últimos años la ONU le ha dado cada vez mayor importancia, emitiendo entre 2006 y 2019 diferentes documentos legales3 que reconocen la discriminación del colectivo LGTBI como sistemática y trasnacional, indicando además, que en numerosas ocasiones se maquilla como libertad religiosa o principios culturales, pretextos para justificar el rechazo a las identidades de género y orientaciones sexuales no normativas.
En síntesis, es urgente que en el Perú se avance en la valoración y respeto a la diversidad como premisa fundamental para el ejercicio de derechos y libertades por parte de sus habitantes, siendo las instituciones estatales y el Congreso los primeros llamados a sintonizarse con el cumplimiento de tratados y directrices internacionales que amparan a los pueblos indígenas, afroperuanos y comunidad LGTBI, en particular, para que alcancen mayores niveles de representación política, así como los partidos y movimientos políticos para renovar su ideología, asegurando que sus políticas aborden las necesidades de las personas, no únicamente las necesidades de las élites del partido.
CONTexTO geNeRal De las eRM 2022
En la ERM 2022 se inscribieron 174 movimientos regionales y 15 partidos políticos a nivel nacional (tres de ellos en proceso de registro ante el Registro de Organizaciones Políticas), los cuales acumulan el 37,6 % y el 63,3 % de afiliaciones, respectivamente. Cabe destacar que, en general, las afiliaciones son ligeramente mayores en mujeres, mientras que el porcentaje de afiliación juvenil es bajo en ambos casos. Sin embargo, resalta que la presencia juvenil sea considerablemente mayor en los movimientos regionales.
3. Ellos son: Principios de Yogyakarta (2006); Resolución 17/19 (2011); Resolución 32/2 (2016) prorrogada en 2019.
4. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 N.°1: Cambios y continuidades en las Elecciones Regionales y Municipales, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/reportes/perfiles/ PE2022-001.pdf
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Los datos generales de las ERM 2022 finales fueron:
(DNEF, 2022, p. 5)5
5. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 N.°4: El perfil de las candidaturas a las Elecciones Regionales y Municipales 2022, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/ reportes/perfiles/PE2022-004.pdf
INTRO 14
(DNEF, 2022, p. 4)
Este panorama refleja el papel que juegan los movimientos regionales y partidos políticos respeto a las candidaturas que se postulan, lo cual invita a hacer una revisión de sus procesos internos en términos de inclusión política para fortalecer la participación de los grupos poblacionales tradicionalmente subrepresentados y la necesidad de liderar agendas que trasciendan las contiendas electorales y centren su atención en conectarse con la ciudadanía y sus demandas.
6. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 N.°4: El perfil de las candidaturas a las Elecciones Regionales y Municipales 2022, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/ reportes/perfiles/PE2022-004.pdf
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En este sentido, los resultados del presente informe hacen un llamado a crear mecanismos para evaluar periódicamente las políticas, valores y prioridades de los partidos y movimientos; a los órganos electorales para que trabajen en nuevas estrategias legales para promover, proteger y estimular la participación equitativa, diversa e igualitaria; y a las organizaciones de sociedad civil para que desde su rol de liderazgo actúen y aporten en la construcción de una agenda que promueva y defienda la participación política equitativa, diversa e inclusiva (NDI, 2017).
Una característica fundamental de la democracia es que todos(as) los (las) ciudadanos(as) tienen la capacidad de expresar su voz e influir en las decisiones que afectan su vida. Esto incluye segmentos de la población que tradicionalmente se han visto excluidos del poder político debido a prejuicios y estereotipos sociales. La diversidad debe ser real de manera que todos los individuos, sin importar su origen, puedan contribuir a los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones, y tengan acceso a puestos de elección popular y oportunidades para representar los intereses de grupos que a la fecha siguen siendo subrepresentados.
En síntesis, el (la) lector(a), podrá encontrar en este informe un contexto de la participación y representatividad alcanzada por las comunidades indígena, afroperuana y LGTBI en los últimos comicios electorales y un comparativo con procesos previos, así como una serie de recomendaciones orientadas a organizaciones de la sociedad civil, congreso, poder ejecutivo, partidos políticos y órganos electorales, con el fin de fortalecer los procesos democráticos a través propuestas que permitan avanzar en el cierre de brechas existentes en la representatividad, promoviendo el respeto y valoración de la diversidad como bases para construir una sociedad peruana más justa, equitativa e incluyente.
INTRO 16
17
18 CAP. 1
PaRTiCiPaCiÓN DEl PUEblO afROPERUaNO EN las ElECCiONEs REgiONalEs y MUNiCiPalEs 2022 Trabajo de invesTigación elaborado por el cenTro de desarrollo ÉTnico (CEDET) equipo de invesTigación: Oswaldo Bilbao Lobaton Luis Tacuche Moreno Sandro Bilbao Mayorga
Participación del pueblo afroperuano
El presente apartado tiene por objetivo analizar la representación del pueblo afroperuano en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). Para ello, se mostrará el contexto actual de la participación de este colectivo, con especial énfasis en el nivel de gobierno regional y municipal; luego, se mostrarán los resultados de personas candidatas afroperuanas, así como una aproximación a las posibles cifras de representación obtenidas en gobernaciones regionales y alcaldías, en contraste con los resultados del 2018. Posteriormente, se destacarán los retos y desafíos actuales del pueblo afroperuano en la democracia representativa y se compilará una serie de recomendaciones para fortalecer su participación.
ONTexTO aCTUal e la PaRTiCiPaCiÓN De las PeRsONas RUaNas eN lOs s De eleCCiÓN eN PeRú
Existe una vasta literatura que evidencia las limitaciones estructurales que afronta el pueblo afroperuano para ejercer plenamente sus derechos, como lo es el caso de la CEPAL año a año, y que los sitúa en diversos procesos de exclusión (Alcázar, 2019). Estos factores impactan negativamente en distintas esferas de su vida, como es el acceso a espacios laborales dignos, la mejora de su trayectoria educativa, la atención oportuna y pertinente en sistemas de salud, entre otros, en tanto generan contextos donde vivencian actos de discriminación racial y/o racismo.
CAP. 1
Ante ello, el Estado peruano ha establecido distintas medidas para garantizar la inclusión del pueblo afroperuano en las políticas públicas7, así como otras medidas específicas hacia este grupo étnico. Sin embargo, la inclusión de criterios de etnicidad en los procesos de toma de decisiones de carácter público, especialmente la asociada a la democracia electoral, es un tema pendiente por parte de las entidades públicas.
En primer lugar, se destaca que no existen canales oficiales que incentiven la participación de personas afroperuanas en los procesos de participación electoral. Esto se evidencia en la inexistencia de una legislación que establezca una cuota específica de participación, con el objeto de que los partidos políticos consideren la incorporación de candidatos(as) electorales de este grupo étnico bajo el principio del reconocimiento de la diversidad en las instituciones democráticas.
En suma, la legislación contempla cuotas asociadas al género (bajo el binomio hombre-mujer), la edad (personas jóvenes) y la etnicidad, pero asociada solo a comunidades nativas y pueblos originarios, de modo que el pueblo afroperuano fue invisibilizado de la legislación que ordena las cuotas electorales en el país.
En vista de ello, las organizaciones políticas participantes en las ERM 2022 suscribieron un Pacto Ético Electoral (PEE)9 con la finalidad de incentivar
7. Como es el caso de la Política Nacional del Pueblo Afroperuano al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo N.° 005-2022-MC, así como de la inclusión de este pueblo en otras políticas nacionales.
8. Conforme a la Ley N.° 27680, que modifica el Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, la Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, y la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales.
9.Disponible en: https://andina.pe/agencia/noticia-elecciones-2022-conoce-los-principales-compromisos-del-pacto-etico-electoral-906215.aspx
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
buenas prácticas políticas y campañas basadas en propuestas programáticas, destacando así, como un compromiso10, la conformación de espacios para promover la participación, el diálogo y compromisos dirigidos a las poblaciones vulnerables y grupos históricamente excluidos de la política, como el pueblo afroperuano. Sin embargo, no se han identificado prácticas que hayan incentivado el diálogo o el involucramiento de personas afroperuanas en el proceso electoral.
En segundo lugar, se puede evidenciar que no existe información oficial sobre la participación de personas afroperuanas en procesos electorales. Si bien, durante la última década ha incrementado la generación de información por etnicidad basada en criterios de autoidentificación étnica (con la incorporación de una categoría de respuesta vinculada al pueblo afroperuano), esta no se ha incorporado en registros oficiales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) o del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
En efecto, existe literatura cualitativa sobre los procesos de participación de personas afroperuanas en procesos electorales (Cedillo, Ramírez y Edell, 2017; Ríos, 2015); sin embargo, el reconocimiento de las personas candidatas o electas no se ha basado en la existencia de un registro administrativo del Estado, sino en el autoreconocimiento de las personas referidas de forma pública o para fines de la investigación o, en su defecto, en criterios de exo-clasificación étnica, que consiste en la identificación que pueda realizar el (la) investigador(a) o encuestador(a) sobre el fenotipo de las personas (Ramírez y Edell, 2017).
Los aspectos previamente descritos son una expresión de los escasos avances del Estado peruano en establecer arreglos institucionales que mitiguen las diferencias estructurales en los procesos de toma de decisiones. Es decir, al no instaurar mecanismos que contribuyan a garantizar la participación política del pueblo afroperuano, se están preservando los procesos de exclusión política y manteniendo los obstáculos para su inclusión en la democracia electoral.
10. El compromiso 14 del Acta de suscripción del Pacto Ético Electoral ERM 2022 del JNE(2022) consiste en: “Crear espacios de participación y promover la participación, diálogo y los compromisos en la campaña electoral para las poblaciones vulnerables y grupos históricamente excluidos en la política, como mujeres, jóvenes, miembros de comunidades indígenas, nativas, campesinas y pueblos originarios, pueblo afroperuano, personas por su situación de discapacidad, por su condición de salud, adultos mayores, personas LGTBIQ+, así como la ciudadanía en general” (pp. 4-5).
22 CAP. 1
Como tercer aspecto, se aprecia que la participación del pueblo afroperuano se ha desarrollado, principalmente, a través de sus organizaciones representativas en espacios consultivos sobre política pública (participación ciudadana) y no necesariamente en mecanismos de representación electoral. Esto se puede apreciar en distintos espacios a nivel sectorial, conforme al siguiente detalle:
Fuente: elaboración propia con información del Decreto Supremo N.° 005-2022-MC.
Este incremento en la participación ciudadana, en contraste con la participación electoral, puede deberse a los avances del Ejecutivo por mitigar la brecha de acceso a servicios de las personas afroperuanas. Ante ello, se destaca que los espacios citados permiten que el pueblo afroperuano, mediante sus organizaciones, pueda brindar opinión y/o legitimar las iniciativas de las entidades públicas, a pesar de su ausencia en espacios de participación de la democracia representativa.
Por lo señalado anteriormente, el presente informe tiene por objetivo analizar la representación del pueblo afroperuano en las ERM 2022, a efectos de formular una serie de propuestas y recomendaciones que permitan concertar oportunidades de mejora, tanto para las entidades gubernamentales como para las organizaciones y líderes de la población afroperuana en términos de movilización e incidencia en los procesos electorales siguientes.
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
De esta manera, y ante la ausencia de información oficial sobre etnicidad en dicho proceso electoral, se analizaron los resultados de las elecciones utilizando tres criterios de identificación étnica. En primer lugar, si la persona candidata ha reconocido su afrodescendencia en espacios públicos y/o si realiza activismo en organizaciones afroperuanas; en segundo lugar, si la organización conoce de la afrodescendencia de la persona por diálogos en contextos privados y, en tercer lugar, mediante criterios de exo-clasificación fenotípica para fines del presente análisis. Producto de ello, se elaboró una matriz de participación afroperuana ante las ERM 2022 con la autoría del CEDET.
Adicionalmente, se aplicaron seis (6) entrevistas a informantes clave, a efectos de inventariar las recomendaciones de política pública, así como de los desafíos del pueblo afroperuano en la esfera electoral.
aNálisis De la PaRTiCiPaCiÓN De PeRsONas afROPeRUaNas eN las eRM 2022
Las ERM 2022 se realizaron el pasado 2 de octubre de 2022 y se presentaron 74 977 candidatos(as) a nivel regional y municipal (Jurado Nacional de Elecciones, 2022). De este total, en base a la información del CEDET y los criterios anteriormente señalados, 125 candidatos(as) en todo el Perú fueron afrodescendientes, representando así un 0,17 % del total de candidaturas a nivel nacional.
Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI (2017), el pueblo afroperuano se encuentra constituido por 828 894 personas a nivel nacional, conformando así el 3,6 % de la población peruana. Entonces, al contrastar
24 CAP. 1
el porcentaje de participación de candidatos(as) afroperuanos/as a las ERM 2022 (0,17 %) con su presencia nacional (3,6 %), existe una profunda brecha de participación.
De acuerdo con la información recopilada por el CEDET (2022), las candidaturas se distribuyeron conforme al siguiente detalle: Distribución por departamentos ERM 2022
Fuente: elaboración propia con información del Centro de Desarrollo Étnico (CEDET).
Tal como se muestra en la gráfica, la mayoría de candidatos(as) afroperuanos(as) se concentró en Lima (78 candidatos, que corresponde al 62,4 % del total), lo cual guarda estrecha relación con la concentración de personas afroperuanas en la capital en comparación con otros departamentos del país. Según el INEI (2017), Lima cuenta con la mayor presencia concentrada de individuos que se autoidentificaron como afroperuanos (26,6 %), seguida de Piura (15,1 %), La Libertad (12,3 %), Lambayeque (9,5 %), Cajamarca (7,2 %), Ica (4,0%) y Callao (4,6 %), para un total de 828 894 personas.
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
En términos generales, se puede destacar que la participación de candidaturas afroperuanas en la región de La Libertad y Cusco es prácticamente nula. Para el caso de La Libertad, donde existe presencia concentrada del pueblo afroperuano, puede darse exclusión de estos procesos por las razones señaladas en el apartado uno; de otro lado, para el caso de Cusco, la falta de participación puede deberse a la predominancia de pueblos indígenas u originarios en dicha jurisdicción.
En lo que respecta a los cargos, la gran mayoría de candidatos(as) se presentó a cargos de representación municipal (consejos distritales) en contraste con los cargos ejecutivos (alcaldía o gobernación). Así también, al realizar cortes por género, la proporción de hombres que se presentó al cargo de alcalde es superior a la de las mujeres, como se aprecia en el siguiente gráfico:
Cargos a los que se postularon en los ERM 2022
Fuente: elaboración propia con información del Centro de Desarrollo Étnico (CEDET).
Se destaca que ningún candidato(a) afroperuano(a) se presentó al cargo de gobernador regional, pues las postulaciones únicamente se concentraron a nivel municipal. Esto puede deberse a distintos factores: por un lado, a las limitadas condiciones de las personas afroperuanas para disputar espacios organizativos a nivel regional y, de otro lado, a la predominante vinculación territorial que tienen con sus comunidades, generando una mayor rentabilidad política en determinadas jurisdicciones locales.
Al desagregar los datos por sexo, se aprecia que no existen grandes diferencias en la postulación a consejos municipales o regionales, dado que se presentaron 60 candidatas y 65 candidatos a las ERM 2022. Sin embargo, al contrastar las candidaturas con cargos ejecutivos (alcaldías) según sexo, se aprecia que la proporción de hombres (17) es superior a la de mujeres (9); este aspecto puede
26 CAP. 1
manifestarque, aunque las mujeres afroperuanas acceden a espacios de participación, no necesariamente disputan cargos deliberativos.
Si bien la elección de mujeres respecto a la de hombres a nivel nacional es reducida, la situación de las mujeres afroperuanas es aún más reducida. Según el JNE (2022), el porcentaje de mujeres que accedió a cargos ejecutivos fue de 8,5 % a nivel provincial y 9,8 % a nivel distrital, mientras que el porcentaje de mujeres afroperuanas frente al total de candidaturas afroperuanas fue de 7,2 %. En suma, si bien se aprecia una constante, la participación de mujeres afrodescendientes a cargos ejecutivos es menor al promedio nacional.
Esto puede revelar que, pese a las formas de racismo y discriminación ejercidas contra las personas afrodescendientes, las mujeres afrodescendientes atraviesan mayores dificultades para ejercer su derecho a la participación. Así, como relata una de las personas entrevistadas en esta investigación:
“Las mujeres afrodescendientes que hemos incursionado en política nos hemos enfrentado al doble de barreras como discriminación de género, pues se menosprecia las capacidades dirigenciales de la mujer en espacios políticos [y] se nos encasilla más como ama de casa, cocinera, lavandera u otra labor intrascendente [, sumado a los] prejuicios raciales, [como la frase] “piensa hasta las 12” “como me va a mandar una negra””.
Ahora bien, conforme a los resultados de las ERM 2022, el CEDET identificó que se eligieron 17 candidatos(as) afroperuanos(as), cifra equivalente al 13,6 % del total de candidaturas afroperuanas presentadas; sin embargo, este valor solo representó el 0,13 %11 del total de autoridades electas a nivel nacional, pese a que la concentración del pueblo afroperuano a nivel nacional es del 3,6 %.
Con respecto al total de autoridades electas afroperuanas desagregado por sexo, se puede destacar que 10 fueron afroperuanos y 7 afroperuanas a nivel nacional, mientras que, en el desagregado por departamentos, Lima fue la
11. Según la Guía informativa de la ONPE (2022), el total de plazas es de 13 032 a nivel nacional. Para más información sobre esta guía, consulte el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modEducacion/ Publicaciones/GUIA-PERIODISTAS-ERM2022.pdf
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jurisdicción que tuvo la mayor cantidad de representantes electos (64,71 %), seguido de Ica (17,65 %), Arequipa (11,76 %) y Piura (5,88 %).
Distribución de afroperuanos/as en el departamento ERM 2022
Fuente: elaboración propia con datos recopilados del CEDET (2022).
Asimismo, del total de afroperuanos(as) electos(as), se eligieron 5 fueron alcaldes distritales, se designaron 5 regidores distritales, así como 5 regidoras distritales y 2 regidoras provinciales nominadas, conforme al siguiente detalle:
Distribución por cargos ERM 2022
Fuente: elaboración propia con datos del CEDET (2022).
Sin embargo, al contrastar la información de los tipos de cargos alcanzados por personas afroperuanas a las ERM 2022 con los resultados nacionales, se aprecia que la participación de este grupo poblacional como autoridad ejecutiva (alcaldía o gobernación) es mucho más baja (0,26 %) en relación con el total nacional en este tipo de cargo, a pesar de que existen localidades con presencia concentrada del pueblo afroperuano a nivel nacional12.
12. Existen limitaciones para contrastar el porcentaje de cargos ejecutivos con localidades de presencia concentrada del pueblo afroperuano del Ministerio de Cultura, puesto que la base de datos se encuentra a nivel de centros poblados (en el Perú, existen 2681 centros poblados con presencia del pueblo afroperuano). La información se encuentra disponible en: https://www.gob.pe/institucion/cultura/ informes-publicaciones/2819582-mapa-geoetnico-del-pueblo-afroperuano
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COMPaRaCiÓN
De ResUlTaDOs
eN lOs PROCesOs eleCTORales 2018 y 2022
Según el reporte del JNE13 (2022) sobre la participación del pueblo afroperuano en las ERM 2018, se presentaron 122 candidaturas de personas afroperuanas a los consejos municipales distritales y provinciales de Lima Metropolitana y Callao, representando así un total de 1,23 % del total (9911) de candidatos en el 2018 para estas circunscripciones. Además, según información del CEDET, a nivel nacional (excluyendo a Lima y Callao), se presentaron 55 candidaturas, de modo que el total de candidaturas afroperuanas para el año 2018 fue de 177.
En este contexto, se aprecia que las candidaturas afroperuanas a nivel nacional se redujeron de 177 en las ERM 2018 a 125 en las ERM 2022; en el mismo sentido, para Lima y Callao han disminuido de 122 en 2018 a 78 en 2022, como se puede apreciar en el siguiente gráfico:
Participación de afroperuanos/as a las ERM 2018 y 2022
Fuente: elaboración propia con cifras del JNE (2020) y CEDET (2022).
Si bien no se cuenta con información de los procesos electorales de años anteriores, un factor que pudo generar la disminución de las candidaturas en 2022 es la pandemia por el brote de COVID-19, al ocasionar que menos afrodescendientes ejercieran su derecho a la participación política para priorizar otras dimensiones socioeconómicas.
De hecho, el JNE (2022) precisó que el número de candidaturas a nivel nacional del año 2022 ha disminuido en comparación con el año 201814, e incluso
13. Según el informe, se utilizaron criterios fenotípicos para determinar el número de candidaturas afroperuanas.
14. De 97 459 candidaturas en el 2018 a 74 977 en el 2022.
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cuenta con el nivel más bajo de candidaturas a nivel histórico. Por tanto, el contexto de pandemia aparentemente afectó al país y, consecuentemente, al pueblo afroperuano.
Adicionalmente, un obstáculo que afrontan las personas afroperuanas para ejercer su derecho a la participación política reside en las limitadas condiciones económicas, de modo que sus prioridades están más enfocadas en contar con recursos para solventar sus hogares que en involucrarse en actividades representativas. Ante ello, una de las personas entrevistadas precisa que:
“Un obstáculo para participar activamente es el aspecto económico, pues en las pequeñas municipalidades de la costa las dietas son insuficientes (300, 400, 700 soles por un mes) ya que al salir a desarrollar tus funciones ediles tienes que dejar un reemplazo en tus tareas para lo que te cobran 60 soles diarios como mínimo”.
Cabe destacar que la información del JNE solo presenta las candidaturas afroperuanas en Lima, sin brindar cortes desagregados por sexo o información sobre las candidaturas en otras regiones del país15, de modo que no se puede analizar este tipo de información a nivel nacional. Sin embargo, al considerar la información de otras regiones del Perú obtenida por CEDET, se puede afirmar que en todos los departamentos, a excepción de Lambayeque, la participación disminuyó de forma considerable entre el año 2018 y el 2022.
Participación de candidatos/as afroperuanos/as según departamentos en las ERM 2018 y 2022
Fuente: elaboración propia con información del JNE (2020) y CEDET (2022).
15. La Declaración Jurada de Hoja de Vida careció de una pregunta de autoidentificación étnica.
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Sumado a lo anterior, y con base a las entrevistas realizadas, las principales barreras que identifican los (las) candidatos(as) son:
“Dentro de su ideario, los partidos políticos no se recoge las expectativas, necesidades y demandas del pueblo afroperuano, producto de la invisibilización de la que somos parte. Asimismo, no contamos con un movimiento u organizaciones fortalecidas y articuladas para realizar incidencias a nivel político partidario, tampoco tenemos un discurso unitario de las organizaciones afroperuanas, tal vez esta sea por la diversidad de la sociedad civil afroperuana y la conformación del tejido social participativo a nivel comunitario”.
ReTOs y DesafíOs De las PeRsONas afROPeRUaNas eN la RePReseNTaCiÓN eleCTORal
Si bien, nominalmente, la participación política es un derecho humano, esta no ha sucedido de forma equitativa entre los distintos grupos sociales que componen el país. Así, como se ha presentado durante las ERM 2018 y 2022, el ejercicio del derecho a la participación del pueblo afroperuano aún se encuentra en ciernes y está afrontando una serie de retos y desafíos para garantizar la visibilidad de este colectivo.
El primer desafío consiste en confrontar los estigmas que afectan al pueblo afrodescendiente en el ejercicio pleno de sus derechos, ya que, como manifiestan las personas entrevistadas, los afrodescendientes son víctimas de distintas formas de discriminación y racismo en espacios de representación política, puesto que:
“Al proponer condecoraciones a los afrodescendientes uno de los regidores llegó a manifestar que “no había gran motivo para hacerles reconocimiento porque aparte de tirar lampa no saben hacer otra cosa” y cada vez que ponía en debate algún tema sobre derechos de afrodescendientes incómodamente decían “ellos solo se victimizan y discriminan también nos cholean” o “no son más porque no quieren””.
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Entonces, sumado al establecimiento de medidas para incentivar su participación, resulta fundamental realizar un trabajo permanente de reflexión y toma de conciencia al interior de las organizaciones y entidades políticas que esté orientado a reducir las barreras que imponen los propios actores políticos:
“Las principales barreras como candidato perteneciente al pueblo afrodescendiente podrían ser los estigmas malamente adaptados dentro de la sociedad, que lamentablemente se han venido normalizando, pero que como comunidad estamos en el constante objetivo de mitigarlos y erradicarlos”.
“Había una cosa que siempre he notado y criticado, por ejemplo, llegan [personas] de diferentes agrupaciones y localidades [a quien] se le[s] atiende con el trato de “señor”, “señora” o “señorita”, en cambio, cuando se dirigen a una persona afro, en más de una oportunidad, se dirigen con el término “familia”. A mí, particularmente, no me gusta y [me pregunto] ¿por qué a los negros nos llaman “familia”, “oiga familia”, “a ver familita”, “familia ven””.
El segundo desafío consiste en fortalecer la identidad cultural afroperuana y la visibilidad de sus luchas y aportes al desarrollo del Perú, dado que, si bien existen normativas que fomentan su reconocimiento16, resulta necesario que este tipo de prácticas sean normalizadas en la construcción de una ciudadanía activa y responsable. Además, las personas afroperuanas resultan clave en esta medida, ya que:
“Como pueblo afroperuano tenemos una deuda histórica y es necesario que, desde nuestros puntos de trabajo, logremos reducir dichas brechas de desigualdad, siendo cautelosos y persistentes con los objetivos en común, sin perder la finalidad de una sociedad más justa”.
16. Como es el caso de la Resolución Suprema N.° 010-2009-MIMDES que expresa Perdón histórico al Pueblo Afroperuano por abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio y reconocen su esfuerzo en la afirmación de nuestra identidad nacional, difusión de valores y defensa del suelo patrio.
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El tercer desafío supone que las propias organizaciones de la sociedad civil afroperuana incentiven la participación de los (las) afroperuanos(as), especialmente de la población más joven, para desarrollar espacios de recambio generacional, como bien lo señala uno de los entrevistados: “Una de mis recomendaciones dirigidas a la sociedad civil, es que se motive a la población a tener un valor cívico más profundo y sobre todo motivar a la población joven, que está ansiosa de poder innovar con proyectos e ideas de nuevas perspectivas, que acompañadas de la sabiduría de los que somos mayores, podemos dejar a futuro un gran legado que respete una población afroperuana inclusiva, diversa y equitativa”.
También es necesario que las organizaciones afroperuanas incidan sobre los compromisos que asumieron los candidatos electos en el marco del PEE. En otras palabras, que las nuevas autoridades constituyan espacios que incentiven la participación de los grupos poblacionales históricamente excluidos, como es el caso del pueblo afroperuano, o su involucramiento en los espacios decisionales existentes.
En suma, los retos y desafíos que afrontan las personas afroperuanas involucran el actuar de distintos actores. Por un lado, los partidos u organizaciones políticas deben involucrar al pueblo afroperuano en los espacios públicos de toma de decisiones públicas y políticas, contribuyendo así a una democracia diversa y plural. De otro lado, las organizaciones de la sociedad civil afroperuana deben movilizarse para promover el involucramiento de nuevas personas en los espacios de actividad política del pueblo afroperuano.
ReCOMeNDaCIONes PaRa fORTaleCeR
la PaRTICIPaCIÓN POlíTICa Del PUeblO afROPeRUaNO
Como resultado del análisis presentado, se ha identificado una serie de recomendaciones orientadas al fortalecimiento de la participación política del pueblo afroperuano en los procesos electorales. Se espera que estas sean puntos de partida para establecer compromisos y acciones afirmativas por
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parte de los diferentes actores, con miras a que en las siguientes elecciones no sólo se postulen más candidatos(as) afroperuanos(as), sino que se cuente con mejores condiciones y oportunidades para su elección. Por lo cual se han elaborado recomendaciones dirigidas al Estado, a las organizaciones o partidos políticos y a la sociedad civil afroperuana.
RECOMENDACIONES A ENTIDADES PÚBLICAS
Resulta evidente la urgencia de establecer mecanismos que garanticen la participación de personas afroperuanas en las listas de candidatos de las organizaciones políticas. Para ello, se recomienda que el Congreso de la República realice modificaciones a las Leyes N.° 26859, N.° 27680, N.° 27683 y N.° 26864 o, en su defecto, aprobar una nueva ley, con la finalidad de incluir a grupos étnicos específicos en las elecciones de legislaturas, así como en cargos de representación regional o municipal, mediante el mecanismo de cuotas étnicas.
Dicho mecanismo es una práctica instalada en distintos países del mundo que se expresa a través de arreglos institucionales que incentivan con medios legales la participación de grupos minoritarios (principalmente) en las legislaturas nacionales. En el caso latinoamericano, Colombia cuenta con disposiciones para la elección de representantes indígenas ante el Senado, así como para para indígenas y afrodescendientes en la Cámara de Representantes (2 escaños de 172 para comunidades negras o afrodescendientes) mediante una circunscripción de carácter virtual, es decir, cualquier persona pueda participar en la elección sin necesidad de una vinculación territorial (circunscripción especial) o de un padrón electoral separado. Por el contrario, para la aplicación de una cuota étnica en Bolivia ante la Cámara de Diputados, se han establecido circunscripciones especiales indígenas-originario-campesinas para la elección de 7 representantes (de 130) de distintos pueblos indígenas que habitan en un mismo departamento (Hernández, 2019).
Asimismo, el mecanismo de las cuotas étnicas se aplica en otros lugares del mundo. Por ejemplo, Hernández (2019) indica que para la elección de representantes ante el parlamento unicameral de Nueva Zelanda, se establece una circunscripción nacional (optando escaños según la proporción obtenida por cada partido), 71 distritos para elecciones nominales y 7 distritos para representantes de la etnia maorí. Cabe destacar que, en este caso, se necesita de un padrón electoral maorí en el cual los electores se inscriben después de cada censo nacional.
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Si bien los arreglos institucionales de distintos países fomentan la participación de grupos étnicos, se puede destacar que, en el caso peruano, el establecimiento de una cuota electoral no asegura necesariamente el incremento de la representatividad, como ha sucedido en el caso de la cuota indígena en las ERM 2018; puesto que, de los 1038 candidatos indígenas que postularon a consejerías regionales, 764 (es decir, el 73,60 %) fueron ubicados en la segunda mitad de sus listas (Huerta, 2022). Por ello, resulta necesario que, acompañado del establecimiento porcentual, se definan medidas en la modificación legislativa para preservar su alternancia equitativa y evitar que las personas afroperuanas sean ubicadas en la segunda mitad o en la final de las listas. Esta demanda, además, es una propuesta de distintos participantes de las entrevistas:
“Recomendamos implementar la cuota de participación de representación afroperuana en las listas congresales, gobiernos municipales y regionales, en las comunidades, distritos o regiones, identificados dentro de mapa geoétnico de población afroperuana del MINCUL”.
“Desde un objetivo equitativo, inclusivo y diverso, se apliquen cuotas raciales en cada institución del Estado como, por ejemplo, [el Jurado Nacional de Elecciones], para que así [la representación electoral] cuente con múltiples aristas multirraciales, multiculturales y multiétnicas que nos representan como país”.
A efectos de implementar este tipo de medidas, y considerando la experiencia comparada, se recomienda que las entidades públicas impulsen la creación de circunscripciones especiales afroperuanas para las elecciones locales, provinciales y regionales. Además, se sugiere que para las elecciones regionales se establezca un escaño para los (las) afroperuanos(as), así como en la provincia donde exista concentración del pueblo afroperuano.
Del mismo modo, resulta necesario contar con información de las personas candidatas para identificar brechas de participación y diseñar políticas que fomenten este derecho. Por esta razón, se recomienda que el JNE incorpore
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una pregunta de autoidentificación étnica17 en la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), que forma parte del Sistema DECLARA, a efectos de identificar la etnicidad de las personas candidatas.
Además, como estos datos formarían parte de un sistema de información asociado al documento nacional de identidad (DNI), permitiría generar distintas formas de trazabilidad de la información. En suma, se podría identificar si los (las) candidatos(as) afroperuanos(as) han tenido intentos previos de postulación a las candidaturas de cargo representativo o de representación, así como de su trayectoria de postulación. Del mismo modo, permitiría identificar si han sido electos(as) y si cuentan con experiencia en procesos de gestión, a efectos de identificar si ciertas personas afroperuanas cuentan con capacidades y/o experiencia en la dirección de entidades públicas. Paralelamente, permitiría identificar las brechas de participación política por departamento, con la finalidad de identificar medidas de acción para fomentar su presencia electoral y representativa.
A su vez, resulta indispensable que se tomen medidas desde la formación cívica educativa a efectos de que la educación contribuya a la construcción de una ciudadanía responsable y respetuosa de la diversidad. Por ello, y conforme a lo señalado por los informantes clave, se recomienda que el Ministerio de Educación, a través de la implementación del currículo nacional, incorpore el enfoque intercultural en su práctica educativa, especialmente en la dimensión de educación cívica y construcción de la identidad, con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos que reconozcan la importancia de la participación política afrodescendiente como parte de la construcción de una ciudadanía activa y responsable, sin ninguna forma de discriminación y racismo.
RECOMENDACIONES A ORGANIZACIONES O PARTIDOS POLÍTICOS
Las organizaciones políticas o los partidos políticos asumen un rol indispensable en promover la participación política de las personas afroperuanas. Por ello, se recomienda que dichas organizaciones impulsen la creación de secretarías de asuntos indígenas y afroperuanos en su estructura partidaria, sumado a que sus directivas asuman la igualdad e
17. Actualmente, se promueve que los candidatos se autoidentifiquen con algún grupo étnico mediante la plataforma Observa Igualdad. Sin embargo, esta respuesta no es obligatoria.
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inclusión como principios que determinen su actuar político, junto con el establecimiento de normas internas que promuevan la participación de personas indígenas o afroperuanas.
Esta medida ha sido adoptada de forma diferente en otros partidos de la región. Por ejemplo, en Colombia se constituyó la Organización Nacional para Grupos Étnicos Liberales (ONGEL) del Partido Liberal Colombiano18 como el sistema nacional de participación de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, comunidades indígenas y gitanos o Rom. Asimismo, el Partido Conservador de ese país conformó la Secretaría Técnica de Étnicas e Inclusión Social19, siendo el área encargada de generar espacios políticos, sociales y económicos a la diversidad étnica de la nación. También, el Partido Liberal de Canadá20 constituyó un área denominada reconciliación (Reconciliation) con los pueblos indígenas, en tanto asumió como principio la lucha contra el racismo sistémico.
Sumado a las medidas señaladas, resulta pertinente que las organizaciones o partidos políticos, en coordinación con el JNE, mediante su Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana, establezcan estrategias de toma de conciencia como parte de su Programa Igualdad Política, a fin de que, como lo expresa uno de los entrevistados:
“Los partidos políticos [implementen] en su ideario los enfoques de interculturalidad y de género, reconociendo la diversidad étnico y cultural de nuestros pueblos para su tratamiento a su problemática histórica y estructural, vale decir un Estado que atienda nuestra diversidad, que reconozca nuestros derechos y que brinde justicia con igualdad”.
18. Más información disponible en: https://www.partidoliberal.org.co/etnias.php?id=38
19. Más información disponible en: https://www.partidoconservador.com/grupos-etnicos/
20. Más información disponible en: https://liberal.ca/our-platform/21. Más información en: https:// renacientes.net/blog/2021/12/04/arkabuko-nacional-palenkero-de-formacion-politica-proceso-de-comunidades-negras-pcn/
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RECOMENDACIONES A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
El trabajo de las organizaciones afroperuanas es indispensable para fomentar el involucramiento de personas afroperuanas en espacios de representación o de toma de decisiones públicas. Así, se recomienda que las organizaciones afroperuanas promuevan la participación política a través de programas de capacitación al interior de sus propias estructuras y hacia otros actores políticos, como ha sido el caso del Arkabuko Nacional Palenkero de Formación Política del Proceso de Comunidades Negras (PCN)21 en Colombia, que tuvo por objetivo fortalecer la dimensión comunitaria del pueblo negro, así como de trazar un esfuerzo mancomunado para que las acciones de las juventudes se encuentren orientadas a proteger y cuidar el territorio.
En el mismo sentido, se sugiere que las organizaciones afrodescendientes impulsen espacios de estudios y formación política dirigidos a personas afroperuanas, como ha sido el caso del Círculo de Estudio y Formación Política Ana Fabricia Córdoba - PCN Medellín, que tuvo por objetivo promover la formación étnica, política, territorial y social de jóvenes afrodescendientes y militantes del Proceso de Comunidades Negras en la ciudad de Medellín.
Del mismo modo, se recomienda que las organizaciones afrodescendientes establezcan alianzas de colaboración con partidos políticos, a efectos de ofrecer capacitaciones o asesoramientos orientadas a implementar secretarías de asuntos afroperuanos o étnicos como parte de sus estructuras partidarias. La experiencia boliviana, como es el caso del MAS, demostró que el involucramiento de actores con agendas temáticas específicas resulta determinante en los principios que abracen las organizaciones políticas.
A modo de conclusión, la participación de las personas afroperuanas en espacios electorales aún se encuentra en ciernes. Si bien el pueblo afroperuano constituye el segundo grupo étnico más grande del Perú y su presencia se encuentra en todo el territorio nacional (3,6 %), solo el 0,15 % de candidaturas en las ERM 2022 fue de personas afroperuanas. En otras palabras, el ejercicio de derechos civiles y políticos de este colectivo es prácticamente nulo. Por ello, resulta fundamental que las entidades públicas, los partidos políticos y las organizaciones afroperuanas a nivel nacional establezcan medidas urgentes con la finalidad de incrementar la participación política de las personas afroperuanas. Para estos efectos, se han formulado una serie de recomendaciones que incentivarán la
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presentación de candidaturas afroperuanas ante los próximos comicios electorales, con el espíritu de construir una democracia más inclusiva y libre de racismo.
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aNexO 1
OBJETIVOS: identificar las principales barreras que afrontan las personas afroperuanas en los espacios de representación electoral, así como de las recomendaciones orientadas a fomentar su derecho a la participación, por parte de los candidatos/as electos a las ERM 2018 y 2022.
BATERÍA DE PREGUNTAS:
¿Cuáles fueron sus principales barreras como candidato(a) perteneciente al pueblo afrodescendiente?
¿Qué recomendaciones daría usted a las entidades estatales (como el Congreso de la República, JNE, ONPE, etc.) para hacer más equitativos, inclusivos y diversos los procesos electorales?
¿Qué recomendaciones daría usted a la sociedad civil? (Con especial énfasis en partidos políticos, movimientos regionales, ONG, etc.)
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Preguntas de entrevistas a personas candidatas elegidas para las ERM 2018 y 2022
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PaRTiCiPaCiÓN DE PERsONas iNDígENas EN las ElECCiONEs REgiONalEs y MUNiCiPalEs 2022 Trabajo de invesTigación elaborado por: Enith Pinedo Bravo
CONTexTO aCTUal sObRe la PaRTiCiPaCiÓN POlíTiCa De PeRsONas iNDígeNas eN PROCesOs De eleCCiÓN POPUlaR eN PeRú22
Como es sabido, en términos amplios, la participación política implica cualquier acto llevado a cabo para influir en la toma de decisiones de gobierno, lo cual puede plasmarse a través de una gran diversidad de manifestaciones. Sin embargo, existen diversos factores –incluidos los institucionales- que inciden en la participación política de la población peruana y que, por tal motivo, repercuten en la de la población indígena. También pueden sumarse los factores que les afectan históricamente por su condición étnico-cultural, colocándolos en situaciones de especial vulnerabilidad que influyen en el ejercicio efectivo de sus derechos.
Un factor institucional, particularmente importante por el impacto que produce en cualquier dimensión de la vida de sus integrantes en lo privado, pero principalmente en lo público, es el desconocimiento oficial de su presencia debido a la falta del registro de la identidad étnico-cultural en los documentos de identificación de los (las) peruanos(as). Esta carencia, que también perjudica a las personas afrodescendientes, puede afectar cualquier
22. Para la sistematización de la información contenida en el presente estudio se ha contado con el apoyo de la politóloga Maira Chagua Taipe.
CAP. 2
diagnóstico y, por ende, cualquier diseño y resultado de políticas públicas. En el ámbito electoral, condiciona el hecho de que al día de hoy no se cuente con un padrón electoral con dicha información y, en consecuencia, que no se conozca con certeza quiénes y cuántos votantes indígenas hay o cuántos conforman organizaciones políticas, cuántos candidatos(as) hay para cada proceso electoral y tampoco cuántas autoridades estatales indígenas existen o han existido por sufragio popular.
Con la premisa de que cualquier estudio que incluya cifras sobre estas personas es, en principio, aproximativo23, es factible afirmar que buena parte de los actos mediante los cuales ha participado esta población han sido desarrollados desde su conformación de la sociedad civil y no como autoridades estatales. Al respecto, es importante resaltar que desde la creación del Ministerio de Cultura (en adelante, MINCUL) en 2010, como ente rector en materia de interculturalidad, el Estado ha reconocido su intervención en espacios formales a través de específicas organizaciones, ya sea como parte de mesas de diálogo o como integrantes del aún vigente Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas de dicha entidad.
Aunque desde una perspectiva formal lo señalado podría considerarse como un avance, también es importante advertir que el Estado sigue sin asumir plenamente las expresiones propias de organización y movilización colectiva de estos pueblos y comunidades, de manera que la participación política indígena que se visibiliza o se cuenta es la que se produce fundamentalmente siguiendo los cánones del sistema jurídico oficial24. Esto se complejiza si se considera que el MINCUL ha identificado 55 pueblos indígenas a la fecha, cada uno con sus propias organizaciones sociales y formas de representación, así como con una gran variedad de reivindicaciones frente al Estado.
Los procesos electorales ocupan un lugar fundamental y su regulación, incluida la de la cuota indígena, ha sido resultado de un enfoque no
23. Ello no cambia por el hecho de que se haya aplicado la pregunta de autoidentificación en el censo poblacional de 2017, puesto que las respuestas fueron anónimas y, en el caso de hogares, fueron respondidas por el (la) jefe respectivo(a).
24. Una de las aristas en la que sí puede identificarse interrelación entre los diversos sistemas jurídicos es la de justicia. Así, no solo existe una norma constitucional (artículo 149 de la Constitución Política) que reconoce la facultad de las comunidades campesinas y nativas de administrar su propia justicia -siempre que no vulnere los derechos fundamentales-, sino que efectivamente se producen actos de coordinación entre las autoridades de cada sistema sobre la base del diálogo intercultural.
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necesariamente horizontal ni mucho menos intercultural. Y en esta perspectiva, la ausencia de organizaciones políticas sólidas agrava la situación, pues excluye las demandas colectivas de la población indígena o de sus líderes y lideresas, o las diluye en agendas agrarias o eco-climáticas temporales para las campañas electorales. A esto se añade que en Perú no se han logrado constituir o integrar efectivamente partidos étnicos25 u organizaciones políticas indígenas relevantes, lo cual implica una gran diferencia frente a lo sucedido en otros países de la región.
Habiendo hecho referencia a la “cuota indígena”, en este ejercicio de contextualización resulta clave señalar que se trata de una medida de acción afirmativa cuya finalidad es promover la participación y representación políticas de ciertos grupos sociales en las listas que postulan en elecciones regionales y municipales provinciales. Esta medida fue incorporada en 2002 con la reforma del artículo 191 de la Constitución Política (en adelante CP), y es la única medida formal que la normatividad peruana ha establecido para visibilizar la participación indígena en procesos electorales. De allí que sea el principal objeto de estudio para evaluar la participación indígena en elecciones, así como el objeto de análisis de este informe.
Según el último párrafo del artículo 191 de la CP “[La] ley establece porcentajes mínimos para hacer accesible la representación de (…) comunidades campesinas y nativas, y pueblos originarios en los consejos regionales. Igual tratamiento se aplica para los concejos municipales.” Dicho porcentaje, según las leyes de desarrollo (Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, y Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales), es de al menos 15 % del número de puestos elegibles por lista electoral y su aplicación alcanza a los cargos de consejero regional y regidor municipal. Al respecto, el Jurado Nacional de Elecciones (en adelante JNE), en tanto entidad competente para desarrollar las leyes electorales en aquello que le concierne, ha definido la no aplicación de esta cuota para las candidaturas a gobernador y vicegobernador regionales, ni a alcaldías provinciales. Así, esta medida se ha aplicado en seis procesos de Elecciones Regionales y Municipales (en adelante ERM) consecutivos, desarrollados en 2002, 2006, 2010, 2014, 2018 y 2022.
25. Siguiendo a Donna Lee Van Cott (2005), partido étnico es una organización autorizada a competir en elecciones, la mayoría de cuyos líderes e integrantes se identifican como miembros de un grupo étnico no dominante, y cuya plataforma electoral incluye en sus demandas centrales políticas de naturaleza étnica o cultural (p. 3).
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Al respecto, es necesario señalar que, aunque el sujeto “pueblos indígenas u originarios” se menciona en la CP, hasta casi diez años después de haber entrado en vigencia no había alguna norma de rango legal que diera cuenta de lo que ellos representan en la escena jurídica peruana, lo cual cambió principalmente con la Ley N.° 29785 (Ley de Consulta Previa), emitida en 2011 como consecuencia de los sucesos de Bagua en 200926, y al amparo del Convenio N.° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Estados Independientes (en adelante, Convenio N.° 169), ratificado por Perú en 1993. El artículo 7 de la Ley de Consulta Previa27 señala que las comunidades campesinas y comunidades nativas pueden ser identificadas como pueblos indígenas siempre y cuando cumplan los criterios de dicho Convenio. En otras palabras, dichas comunidades no siempre han de identificarse como indígenas, con lo cual ha de advertirse que se tiene una norma constitucional que establece una misma medida a la cual deben concurrir destinatarios en bloque, pese a que puede suceder que tengan (y de hecho tienen) identidades y reivindicaciones diferentes.
El presente informe parte de esta premisa, y los casos presentados con las candidaturas en Lima Metropolitana este 2022, como se verá más adelante, son solo una muestra de algo que se manifiesta cada vez más en distintas circunscripciones.
Conforme con lo anterior, una buena forma de repasar y contextualizar la participación indígena a través de procesos electorales es apreciar rápidamente cómo el JNE ha regulado la aplicación de esta cuota, pues pese a la literalidad del artículo 191 de la CP y a la inicial vigencia del Convenio N.° 169, se ha pasado de una medida aplicable solo a comunidades nativas, a una que también se aplica a las comunidades campesinas, disolviendo lo indígena en estas colectividades.
26. Desde 2006 se dio a inicio a una serie de protestas de los integrantes de los pueblos indígenas amazónicos en reclamo a la aprobación de leyes que consideraban vulneratorias de sus derechos, principalmente respecto de sus tierras y territorio. La escalada llegó a su punto máximo el 5 de junio del 2009, con la muerte de 33 personas (entre policías y personas indígenas) en la ciudad de Bagua, zona de residencia habitual del pueblo indígena awajún.
27. “Criterios de identificación de los pueblos indígenas u originarios. (…) Las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados como pueblos indígenas u originarios, conforme a los criterios señalados en el presente artículo (…)” (Congreso de la República, 2011). Dichos criterios son los definidos por el Convenio de la OIT.
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REQUISITOS DE POSTULACIÓN POR LA CUOTA INDÍGENA DESDE 2002
Una de las facetas de la participación electoral indígena puede apreciarse a partir de la identificación de aquellos legitimados formalmente para postular por la cuota electoral. Para ello, en el siguiente cuadro se presenta un resumen de la reglamentación hecha para cumplimiento de la cuota indígena desde los comicios electorales de 2002.
Cuadro N.° 1. Acreditación de candidaturas por la cuota indígena (Reglamentos de inscripción de candidaturas del JNE)
Fuente: elaboración propia con información del JNE.
Como puede observarse, la noción sobre el alcance personal de la cuota electoral ha cambiado en el tiempo, siendo inicialmente aplicable solamente a las comunidades nativas o amazónicas pese a lo que establecía expresamente la CP. Esto explica por qué durante la mayor parte de su vigencia, e incluso hasta la actualidad, en el lenguaje común se conoce a esta
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cuota como “cuota nativa”. Ahora bien, aun cuando el JNE prefirió definir la condición de “miembro” para la postulación según esta medida, lo que sería más adecuado atendiendo al texto constitucional y las leyes electorales, no deja de advertirse que esta regulación supuso obviar la participación de los integrantes de las comunidades campesinas y los pueblos indígenas, vulnerando abiertamente sus derechos políticos. De esta manera, en dos de los seis procesos electorales con cuota vigente, esta medida no se aplicó a todos sus destinatarios.
Ahora bien, es importante destacar que las variaciones respecto de quién y cómo se debía otorgar la acreditación han terminado por fusionar criterios que no resultan aplicables a cada uno de los destinatarios de la cuota, llegando incluso en 2010 a sujetar la legitimación de las comunidades campesinas y nativas a una consideración agraria. Así, al no haber claridad sobre los sujetos destinatarios de la cuota, se terminaba restringiendo la participación política indígena.
ZONAS DE APLICACIÓN DE LA CUOTA INDÍGENA
Después de la creación del Ministerio de Cultura en 2010, este asumió funciones claves como la elaboración de la base de datos de Pueblos Indígenas u Originarios en el marco de lo dispuesto por la Ley de Consulta Previa, realizando proyecciones de la cantidad y ubicación de la población indígena peruana empleando los resultados del censo poblacional de 2007, en el que no se había incluido registros sobre la autoidentificación étnica de las personas, pero sí de la lengua materna. Con esta valiosísima información, si bien parcial, se coordinó con el JNE para su consideración en la determinación de las zonas de aplicación de la cuota electoral de las ERM 2014, lo cual fue determinante para la ampliación de su cobertura territorial. El siguiente cuadro muestra los cambios en todos los procesos subnacionales.
Cuadro N.° 2. Provincias y departamentos en que se exige cumplimiento de la cuota indígena
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Fuente: elaboración propia con información del JNE.
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El cuadro muestra un aumento significativo desde 2002: en términos de departamentos, en 2022 se ha llegado a cubrir casi todo el país, pues en 22 de los 24 departamentos se exige el cumplimiento de la cuota. Entonces, en 20 años se ha duplicado la cobertura departamental.
En lo que concierne a las provincias, debe anotarse que tanto las elecciones regionales para consejerías como las elecciones municipales para regidurías (cargos para los que aplica la cuota) las tienen a ellas como circunscripción electoral base. Esto explica por qué desde 2014 se tiene, para una misma provincia, un número de puestos elegibles por la cuota para cargos municipales y otro número de puestos elegibles por la cuota para cargos regionales, lo cual repercute en que haya cifras distintas de provincias en las cuales se exige la cuota. De cualquier forma, lo relevante es el aumento considerable de la cobertura, si bien el cambio en 2022 respecto a 2018 es menor que el de años anteriores. Esto se debería a que muy probablemente ya se esté llegando a un tope territorial, máxime si se advierte que, a nivel de elecciones municipales, se ha superado ya el 80 % del total de provincias del país.
Finalmente, cabe anotar que, a lo largo de los años, la regulación del JNE ha sido condicionante para la participación electoral indígena y, aunque hubo mejoras en la ampliación de la cobertura personal y territorial de la cuota gracias a la intervención del MINCUL, esta sigue siendo incompleta e imprecisa28, lo cual afecta dicha participación. Todo ello sin olvidar que de trasfondo hay dos obstáculos enormes:
Pese a todo lo expuesto, solo por su uso común, en este informe se seguirá empleando la expresión cuota indígena.
28. Además de las omisiones y confusión aludidas en el Cuadro N.° 1, también ha de citarse la sujeción de la participación de terceros para validar la autoidentificación, en tanto parte de la acreditación.
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aNálisis De la PaRTiCiPaCiÓN De PeRsONas iNDígeNas eN las eRM 2022
Para el desarrollo del presente apartado se ha tomado en cuenta la información proporcionada por el JNE sobre cifras de candidaturas que, por tanto, se consideran oficiales29. Es necesario aclarar tales cifras corresponden a la identificación formal de los (las) postulantes en virtud de la cuota, de manera que no incluye la dimensión cuantitativa real de la participación de la población indígena que no es cubierta por dicha medida afirmativa, la cual puede ser incluso mayor si se considera que el JNE no incluye la variable étnica en sus registros de postulación, con lo que se desconoce si quienes postulan a otros cargos no cubiertos por la cuota tienen autoidentificación indígena.
RESULTADOS GENERALES DE CANDIDATURAS
Para las ERM 2022 se ha contado con la inscripción final de 74 977 candidaturas a nivel nacional, de las cuales 3291 han sido postuladas por la cuota indígena, lo cual representa el 4,4 % de ese total. Ahora bien, esta proporción cambia si solamente se toman en cuenta los cargos a los cuales aplica dicha medida, es decir, únicamente las candidaturas a consejerías regionales y regidurías municipales provinciales, llegando a alcanzar el 19,6 % del total nacional.
A continuación, se muestran las cifras registradas para las ERM 2022 según tipo de cargo.
Total de candidaturas indígenas inscritas
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
29. Correo electrónico del pasado 2 de noviembre, en respuesta a la solicitud de acceso a la información pública formulada. En esta misma comunicación, la entidad informó que, a dicha fecha, no se contaba con cifras de autoridades elegidas.
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Señalando que en la base proporcionada por el JNE figura una candidata a la alcaldía, por lo que aparecen en el gráfico 3292 postulantes, debe indicarse que, al no aplicar la cuota a este cargo, asimismo no será tomada en cuenta en lo que sigue de este estudio, si bien es una muestra de que la entidad puede identificar a los (las) postulantes a cualquier cargo según los requisitos de la cuota indígena.
En lo que concierne a los resultados en candidaturas por la cuota, puede observarse que, como efecto de lo mostrado en el Cuadro N.° 2, el número de candidaturas a nivel municipal provincial es casi cuatro veces mayor que a nivel regional. Además, se evidencia que el número de postulantes a consejeros accesitarios es ligeramente menor al de consejeros titulares, lo cual podría explicarse por la eventualidad de candidaturas con resolución de tacha u otro tipo de acto que pone fin a la postulación. Sin embargo, cuando se analiza según el tipo de cargo, y sin considerar a los accesitarios, puede advertirse que para las elecciones regionales el número de candidatas por la cuota casi duplica al de candidatos, mientras que en las elecciones municipales dicho número representa las dos terceras partes del correspondiente a los candidatos. Esto quizás se deba a que las listas electorales municipales siempre tienen un mayor número de puestos elegibles que las listas regionales.
En seguida, se presentarán resultados derivados únicamente de la aplicación de la cuota indígena, cruzados con otras variables como juventud y posiciones en lista.
Candidaturas regionales por cuota indígena y de juventud según sexo
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
El gráfico superior revela que cuando se cruzan las variables señaladas, el número de candidatas se cuadruplica en las candidaturas a consejerías titulares, casi triplicándose en el caso de candidaturas a consejerías accesitarias.
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Esto podría explicarse por la exigencia de que, allí donde se aplica la cuota indígena, las listas electorales cumplan además con la cuota de jóvenes30 y la paridad. De este modo, al permitir la concurrencia de cuotas en una sola persona, las organizaciones políticas prefieren mayoritariamente hacer uso de ella. Como se verá, lo mismo sucede con las candidaturas municipales por la cuota.
Candidaturas municipales por cuota indígena y de juventud según sexo
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
El gráfico muestra que el porcentaje de candidatas municipales por la cuota indígena, que además cumple con la cuota de jóvenes, casi duplica al de candidatos indígenas jóvenes. Una lectura de esto, por contrario sensu, daría cuenta de que las organizaciones políticas, allí donde se exige la cuota indígena, prefieren a hombres adultos frente a hombres jóvenes, tanto en cargos regionales como en cargos municipales, como se evidencia en el siguiente cuadro.
Cuadro N.° 3. Postulantes por cuota indígena según sexo vs. Postulantes por cuota indígena según sexo y cuota de jóvenes
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
Las proporciones que muestran las cifras son significativas: mientras que la relación entre hombre adulto y hombre joven postulante por la cuota indígena tanto en elecciones regionales como en elecciones municipales es casi de 5 a
30. Según la normatividad, la cuota de jóvenes establece que no menos del 20 % de la lista de candidatos a regidores y consejeros regionales debe estar integrada por jóvenes, quienes deben ser mayores de 18 y menores de 29 años, computados hasta la fecha límite de presentación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos, es decir, el pasado 14 de junio.
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1, el de mujeres adultas y mujeres jóvenes es aproximadamente 2 a 1, evidenciando que las organizaciones políticas prefieren portar por la concurrencia de cuotas para incluir tanto a mujeres como a jóvenes en las listas donde se aplica la cuota indígena. De esta forma, allí donde no existe obligación, las organizaciones políticas prefieren a hombres adultos.
Lo advertido termina por ratificarse con la información de los siguientes gráficos, que resumen las posiciones de los (las) candidatos(as) por la cuota indígena en las listas electorales.
Ubicación de indígenas en listas regionales a nivel nacional
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
Antes de explicar los resultados del gráfico, debe indicarse que, de acuerdo con la normatividad, el número de consejerías regionales y de regidurías municipales depende del número de electores y de habitantes de la provincia respectivamente, lo cual ha implicado que, tratándose de consejerías, la mayor parte de listas provinciales tenga dos escaños, entendiéndose así que la cuota indígena se cumple si al menos uno de ellos es postulado por una persona que cumpla con sus requisitos.
Dicho esto, el gráfico ratifica dicha la conclusión y añade un factor: casi las dos terceras partes del total de mujeres que postulan por la cuota indígena son ubicadas en el segundo lugar de las listas de consejerías regionales, es decir, mayoritariamente en el último lugar, lo cual reduce sus probabilidades de resultar elegidas.
Ubicación de indígenas en listas municipales (ordenadas por criterio de posición en lista) a nivel nacional
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
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En lo que concierne a las candidaturas municipales por cuota indígena, el análisis descansa sobre un factor adicional: el número de regidurías está entre 5 y 15, con excepción de Lima Metropolitana, que tiene 39. Y este mayor rango de opciones hace más amplia la dispersión de posiciones en que se coloca a los (las) postulantes, y más compleja también la determinación de si dichas posiciones son expectantes o no de elección. De cualquier modo, ello no deja de llamar la atención sobre el porcentaje minoritario que ocupa el primer lugar de las listas, en donde los mayores porcentajes de candidaturas se encuentran en las posiciones pares, lo cual puede explicarse por el hecho de que todos los concejos municipales están compuestos por un número impar de regidurías.
La información proporcionada por el JNE brinda más variables de análisis sobre las candidaturas por la cuota indígena, las cuales pueden consultarse en el Anexo 1.
RESULTADOS DE CANDIDATURAS EN ZONAS PRIORIZADAS DEL ESTUDIO
Arequipa, Cusco y La Libertad
A continuación, se presentan los resultados generales por sexo.
Cuadro N.° 4. Candidaturas según sexo y tipo de cargo en zonas priorizadas
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
El cuadro muestra que solo Arequipa tiene más candidatas que candidatos en elecciones municipales, llegando a ser casi el tercio en Cusco. Asimismo, en Arequipa se advierten proporciones más o menos cercanas entre hombres y mujeres para todos los cargos, lo cual no sucede ni en Cusco ni en La Libertad, donde por primera vez se aplica la cuota en este proceso. Finalmente, resulta curioso notar que solo La Libertad tiene más candidatos regionales que municipales, lo cual podría deberse a fallas en la elaboración de las listas.
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Lima Metropolitana
En virtud de los resultados del censo del 2017, esta circunscripción fue incluida por primera vez en la aplicación de la cuota para cargos municipales, y la inscripción de candidaturas da cuenta de 29 postulantes: 15 mujeres y 14 hombres. Al cruzar estas cifras con la variable de cuota de jóvenes se tiene que las cifras para cada sexo es la misma: 2. Es decir, 25 postulantes por la cuota indígena fueron personas mayores; de hecho, del total de 29, 10 eran menores de 42 años, con lo cual, la gran mayoría rondaba entre los 45 y 70 años.
Ahora bien, teniendo en cuenta que Lima cuenta con 39 regidurías y que, debido a lo establecido por las normas, a la lista ganadora se le asignan al menos 21 escaños, resulta interesante apreciar la posición en que fueron ubicados estos postulantes.
Ubicación en listas provinciales según posición en la lista Lima metropolitana
Fuente: elaboración propia con información del JNE.
Se evidencia que la primera posición de un candidato por la cuota indígena fue la N.° 18, y corresponde al partido Alianza para el Progreso. Le siguen diversas posiciones, encontrándose la mayoría de los (las) postulantes a partir del N.°
30. Claramente ello significa la poca voluntad de promover elegibilidad en estas personas por la generalidad de las organizaciones políticas.
Antes de pasar al siguiente apartado, cabe resaltar que, según una investigación periodística, el 69 % de los postulantes por la cuota manifestó integrar comunidades campesinas -la mayoría de ellas, solo un “cascarón”31-, y solo el 11 % se autoidentificó como indígena (pueblo shipibo).
31. En dicha investigación realizada por Ojo Público, Ruiz (2022) indica que estas comunidades tienen un historial de tráfico de tierras, falsificación de documentos y usurpación de cargos. El artículo completo está disponible en https://ojo-publico.com/3626/candidatos-cuota-campesina-en-lima-y-trafico-de-tierras
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RESULTADOS GENERALES DE AUTORIDADES ELECTAS EN LAS ZONAS PRIORIZADAS
Tal como se indicó, esta parte del estudio ha sido elaborada conforme con la respuesta dada por el JNE, el día 2 de noviembre de 2022, a la solicitud de acceso a la información pública presentada siguiendo el procedimiento regulado. Mediante correo electrónico, esta entidad señaló no contar con resultados finales a la fecha de respuesta (Anexo 2), razón por la cual se ha recurrido a la realización de un cálculo manual sobre la base de la ubicación de los (las) postulantes por la cuota indígena incluidos en las listas ganadoras32 en las circunscripciones priorizadas para este informe, de manera que se advierta su probabilidad de elección, considerando que se trata de listas cerradas y bloqueadas sobre las que se aplica la cifra repartidora. Realizar este mismo cálculo tomando en cuenta la aplicación de la cuota en las más de 200 circunscripciones electorales (ver Cuadro N.° 2) no resultaba factible para el presente estudio.
Arequipa, Cusco y La Libertad
La siguiente tabla muestra los resultados de Cusco, Arequipa y La Libertad para elecciones de consejerías regionales.
Tabla 1. Autoridades con probabilidad de elección por la cuota indígena en zonas priorizadas – Elecciones Regionales
32. Según la información publicada por ONPE en su portal institucional.
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Fuente: elaboración propia con datos de ONPE.
Como puede observarse, para el total de 12 escaños a los que le correspondía la cuota indígena, siguiendo el cálculo antedicho, podrían haber resultado electas 5 autoridades en las ERM 2022. Esto representa el 41 % de las postulaciones. Sin embargo, analizadas estas cifras por cada departamento, la situación cambia notoriamente, pues mientras en La Libertad, donde por primera vez se aplica esta medida en el presente proceso electoral, no se contaría con ningún consejero electo por la cuota; en Arequipa, 2 de 3 escaños serían asignados a ellos. Cabe añadir que esta mayor proporción en Arequipa ha sido postulada por un movimiento regional, mientras que, en Cusco en donde se obtendrían 3 de 7 consejerías por cuota indígena, dichos cargos fueron postulados por el partido Somos Perú.
En lo que concierne a las eventuales autoridades municipales electas en por la cuota indígena, se ha hecho el mismo cálculo, tomando en cuenta que la legislación electoral establece un método mixto de asignación de escaños, el
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cual mezcla la mayoría absoluta con la cifra repartidora para la determinación de los puestos obtenidos por las listas ganadoras.
Tabla 2. Autoridades con probabilidad de elección por la cuota indígena en zonas priorizadas menos Lima Metropolitana – Elecciones Municipales 2022
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Fuente: elaboración propia con datos de ONPE.
Habiéndose previsto 42 escaños municipales con cuota indígena en las zonas priorizadas, se advierte que 15 podrían haber sido obtenidos por los respectivos candidatos, lo cual representa el 36 %, proporción algo menor que lo que se obtendría en consejerías regionales. No obstante, también aquí conviene analizar el cálculo por departamento, pues las diferencias son relevantes.
El siguiente cuadro ayuda a visualizar esta relación.
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Cuadro N.° 5. Relación escaños con cuota indígena-probables autoridades electas
Fuente: elaboración propia.
Como se mencionó, hay diferencias relevantes frente a lo que podría suceder con los resultados regionales. En primer lugar, en La Libertad podría obtenerse la mitad de los escaños municipales para todo el departamento, siendo la provincia de Sánchez Carrión la que alcanzaría el 100 % de ellos. Esto contrastaría enormemente con el resultado nulo que se lograría en elecciones regionales. En elecciones regionales, Arequipa podría obtener 2 de 3 escaños, es decir, el 66 % en las elecciones municipales, ello se reduciría al 27 %, siendo las provincias de Caylloma y Condesuyos las de mayores probabilidades de alcanzar algún escaño por cuota indígena. Finalmente, en Cusco probablemente se obtendrían 9 escaños por la cuota indígena en 7 de las 13 provincias en las que aplica esta medida.
Cabe resaltar que en estas postulaciones están involucradas 6 organizaciones políticas: 5 movimientos regionales y 1 partido político, Somos Perú, el cual, a juzgar por lo sucedido en la elección regional, parecería haber promovido estas candidaturas en Cusco.
Lima Metropolitana
Como se indicó, Lima Metropolitana ha tenido candidatos por la cuota indígena para cargos municipales por primera vez en estas ERM 2022. Así, siguiendo el método de cálculo antes mencionado, la Tabla 3 muestra que, eventualmente, solo 1 de dichos postulantes podría haber resultado electo (o quizás ninguno) debido a la posición en la cual el primero de ellos fue ubicado en lista por la organización ganadora: 20 de 39.
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Tabla 3. Autoridades con probabilidad de elección por la cuota indígena en Lima Metropolitana: Elecciones Municipales 2022
Fuente: elaboración propia con información de la ONPE.
Como se ha expuesto, el caso de las zonas territoriales que han servido de justificación para incluir a Lima Metropolitana en la aplicación de esta medida muestra que la aplicación de la cuota indígena puede estar bastante separada de su finalidad.
COMPaRaCiÓN De ResUlTaDOs eN lOs PROCesOs eleCTORales 2018 y 2022
Debido a la falta de información oficial sobre los resultados de autoridades electas por la cuota indígena en 2022, a continuación, se incluye la comparación de candidaturas generales de las ERM 2018 y las ERM 2022, y en seguida, la comparación respectiva únicamente de Cusco y Arequipa, toda vez que la cuota ha sido establecida para Lima Metropolitana y La Libertad por primera vez en 2022. De este modo, el primer gráfico presenta resultados generales en la inscripción de candidaturas.
ERM 2018 - 2022 Candidaturas según tipo de cargo y sexo
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
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El primer dato por resaltar es que el número de candidatas y candidatos por la cuota indígena en 2022 es bastante menor que el del 2018 (3291 vs. 4106, incluyendo en ambos casos los cargos accesitarios), es decir, cerca de 1000 postulantes menos. Y esto sucede en todos los cargos. Ello, pese a que en las ERM 2022 se ha extendido la aplicación de la cuota a más circunscripciones, llegando casi a cubrir el 90 % del país, y a que se ha ampliado el número de escaños en los que pueden resultar electos. Una causa podría ser el menor número de organizaciones políticas con listas electorales postulando.
Asimismo, el gráfico muestra que, aunque la brecha entre hombres y mujeres postulantes a cargos municipales se acorta, en cargos regionales esta cifra ha crecido, de manera que la diferencia a favor de las mujeres se torna significativa. Sumadas las cifras por sexo para cada proceso, se tiene que entre 2018 y 2022 postularon 3479 mujeres y 3918 hombres, lo cual muestra que la brecha de candidaturas en contra de las mujeres permanece principalmente en cargos municipales. Esta situación podría deberse a que en estas listas el número de puestos elegibles en cargos es bastante mayor que el de cargos regionales.
ERM 2018 - 2022 Candidaturas según tipo de cargo, sexo y juventud
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
Ahora bien, cuando se realiza el cruce de estas cifras con la aplicación de la cuota de jóvenes, la ventaja a favor de candidatas se mantiene casi en la misma proporción (42 % en 2018 y 40 % en 2022), obteniéndose resultados bastante similares para cada cargo entre una y otra elección. Todo ello reafirma lo que se conoce y lo mencionado sobre el campo electoral: las organizaciones políticas prefieren recurrir a la concurrencia de cuotas en una sola persona: las mujeres jóvenes de cuota indígena.
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Seguidamente se muestra la comparación de lo registrado en candidaturas generales para Cusco y Arequipa según sexo, cargo y cuota indígena.
Cusco
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
Partiendo de que, a nivel nacional, el número de candidaturas por la cuota indígena se ha reducido en 2022, la tabla superior muestra que la distancia entre hombres y mujeres en cargos municipales de ambos procesos electorales se mantiene entre el 50 y 58 %, a favor de los hombres. Sin embargo, la distancia en cargos regionales a favor de las mujeres ha crecido notablemente en 2022, llegando a ser casi el doble de lo registrado en 2018. Ahora bien, cuando se aprecia en términos totales por ambas elecciones, puede advertirse que la proporción de candidatas en cargos municipales frente a candidatos es aproximadamente la mitad, mientras que en cargos regionales es mayor que la de candidatos en 72 %. Como se verá, en Arequipa sucede algo diferente.
Arequipa
Fuente: elaboración propia con datos del JNE.
Con respecto a las cifras totales, la tabla muestra que las mujeres han tenido mayor número de candidaturas para ambos procesos electorales y para todos
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los cargos electivos. Ello, aun cuando las diferencias proporcionales entre hombres y mujeres no sean tan grandes como ha sucedido principalmente en elecciones municipales en Cusco. De hecho, como puede observarse, la mayor distancia entre hombres y mujeres se ha producido en Arequipa por la cuota indígena para candidaturas a cargos regionales en 2022, al alcanzar el 66 %.
ReTOs y DesafíOs PeNDIeNTes De las PeRsONas INDígeNas eN la RePReseNTaCIÓN eleCTORal
Uno de los principales desafíos para las personas indígenas es el sinceramiento, tanto de sus identidades como de sus demandas colectivas, lo cual debería revertir en el sinceramiento, a su vez, de la finalidad de la normativa vigente, pues si bien este apartado se enfoca en los retos enmarcados en el ámbito de los procesos electorales, ha de comprenderse que estos se derivan de algo mayor. No resulta conveniente seguir equiparando, para todos los casos, a indígenas con campesinos, ni tampoco a las organizaciones que los agrupan. Un efecto de ello es que resultan electas por dicha cuota personas que niegan ser indígenas.
Además, esta situación se alimenta por el hecho de que la normatividad peruana no reconoce personería jurídica a los pueblos indígenas (a diferencia de las comunidades campesinas y nativas), con lo cual estos no están habilitados para acreditar a una persona como representante indígena. No obstante, queda la inquietud de si el reconocimiento de dicha personería jurídica y el sinceramiento de identidades y demandas ha de conducir a una mejor aplicación de la cuota electoral o si, más bien, puede producir división y enfrentamientos, considerando además la diversidad de pueblos indígenas de Perú, y de las formas de organización y de agregación de las comunidades campesinas y nativas. De hecho, podría añadirse que, así como se espera que el Estado sea intercultural, también se espera que las organizaciones coordinen entre sí, pese a sus eventuales diferencias de intereses, con lo cual podrían reducirse casos como los de las candidaturas por la cuota indígena en Lima Metropolitana, expresión patente de la desvirtuación de esta acción afirmativa.
Y entonces aparece otro desafío de igual importancia: fortalecer la débil capacidad de organización y movilización de impacto nacional que tienen
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estos sujetos colectivos, muchos de ellos con serios déficits democráticos, y algunos incluso con cuestionamientos por actos de corrupción.
Este desafío es de suma relevancia pues ha de repercutir en todas las dimensiones del espacio público y no solamente del estatal. Un logro como ése podría conllevar no solo a ser interlocutores compactos ante las organizaciones políticas, pudiendo incluso negociar adecuadamente cuando ello correspondiere, sino fundamentalmente a reivindicar sistemas jurídicos propios, instituciones y autoridades propias y formas de organización propias, ante lo cual, un Estado realmente intercultural debería repensar las formas en que se ha venido relacionando -e imponiendo- para obtener representación electoral. Así, el desafío no solo pasaría por reflexionar sobre, por ejemplo, los alcances de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Yatama vs. Nicaragua33, sino también por reflexionar sobre la relación que se sigue construyendo desde el derecho de las democracias occidentales. En esa lógica, ha de quedar claro que una cuota como la que se estudia no tendría más razón de ser. Por supuesto, esta es una tarea de largo plazo que les corresponde emprender a estos sujetos colectivos, tarea para la que, a partir de la asunción de sus diferencias, la coordinación sincera parece ser el mejor punto de (re)inicio.
Un desafío relacionado con lo expuesto es la construcción o fortalecimiento, según sea el caso, de liderazgos para su inserción o participación efectiva no solo en lo político o económico sino también en la academia, las artes o la gestión pública, entendida esta en un sentido amplio. Así, se van visibilizando demandas indígenas. Como es de suponer, ello implica liderazgos en las unidades base que logren articular lo comunal con lo local y departamental, para luego trascender a lo nacional formal. A partir de ello, podría pensarse en la formación de organizaciones políticas indígenas.
33. En el caso citado, a la organización política YATAMA, compuesta por miembros de las comunidades indígenas de la Costa Atlántica nicaragüense, le fue impedido participar en las elecciones municipales del 2000 en las zonas donde habitan, ante el supuesto incumplimiento de, entre otros, participar a través de partidos políticos. En la sentencia 23 del 2005, la Corte Interamericana indicó que “el Estado tiene la obligación de garantizar el goce de los derechos políticos, lo cual implica que la regulación del ejercicio de dichos derechos y su aplicación sean acordes al principio de igualdad y no discriminación”. Añadió que “la restricción de participar a través de un partido político impuso a los candidatos propuestos por YATAMA una forma de organización ajena a sus usos, costumbres y tradiciones, como requisito para ejercer el derecho a la participación política, en contravención de las normas internas que obligan al Estado a respetar las formas de organización de las comunidades de la Costa Atlántica” (apartados 201, 202 y 218).
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Finalmente, un desafío aparentemente enorme es fortalecer la participación de las mujeres indígenas en todas las dimensiones de lo público, empezando por lo comunal. Sabiendo que se necesitan más presidentas comunales o lideresas en organizaciones indígenas, no parece que el solo mandato legal por cuotas cambie las dinámicas internas de estas colectividades. Por dicha razón, el fortalecimiento debe ser resultado de un proceso asumido internamente, autónomamente, con el apoyo de otros actores, tanto públicos como privados.
ReCOMeNDaCiONes PaRa fORTaleCeR la PaRTiCiPaCiÓN POlíTiCa De las PeRsONas iNDígeNas
A continuación, se incluyen algunas recomendaciones para distintos actores que, en ciertos casos, excede lo político-electoral. En ellas se incluyen algunas sugerencias a las organizaciones indígenas que se desprenden de la sección anterior.
A LAS ENTIDADES DEL ESTADO, EN PARTICULAR AL MINISTERIO DE CULTURA
La realidad social evidenciada desde hace varios años, que incluye líderes indígenas asesinados por la protección de su territorio y que se ahonda con el estado de emergencia sanitaria por la COVID-19, exige que se adopte de una vez un enfoque integral e interdisciplinario de la problemática de la población indígena y de los integrantes de las comunidades campesinas y nativas, de modo que pueda identificarse, además, si corresponden políticas comunes en todas las dimensiones de su relación con el Estado. Este enfoque no solo debe revertir en normas o lineamientos sino en acciones y resultados, y ante esto, el Ministerio de Cultura debería asumir con mayor contundencia su rectoría.
Como parte de ello, el reconocimiento de sus formas de organización y movilización, más que partir de “lo diferente”, debe prestar atención a las estructuras de desigualdad económica, social y política de nuestras sociedades, así como asumir el potencial conflicto, inherente a la condición humana. Sobre esta base, podrían sostenerse mejor los cimientos de una efectiva interculturalidad, de modo que las medidas estatales no sean
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de una sola vía o, peor aún, elaboradas en escritorio o bajo perspectivas idealizadoras o protopaternalistas. Por lo tanto, es urgente adoptar una interculturalidad crítica34, que implique, entre otras cosas, un análisis sincero de las asimetrías a través de la historia, de las relaciones e identidades que ellas han generado, incluyendo las reivindicaciones colectivas que propugnan a través de sus propios interlocutores. Algo de ello podría ayudar a determinar con mayor claridad si es más coherente continuar regulando o ajustando ciertas medidas, sean de acción afirmativa o no, o abrirse a la efectiva interrelación de instituciones de sistemas distintos. Es decir, más transformaciones en lugar de más “reconocimientos”.
Al Congreso de la República
Mientras sigue produciéndose el fortalecimiento organizacional de pueblos y comunidades para la transformación que ha de conducir a reformas constitucionales que trascienden lo electoral, es recomendable que la legislación sincere la finalidad de las normas estatales vigentes dirigidas a estos grupos sociales, no solamente las que desarrollan el artículo 191 de la Constitución Política.
A la par, cabe reiniciar el estudio de las propuestas para la promoción indígena en el Congreso de la República, en las que la creación de circunscripciones electorales sigue pareciendo lo más factible desde el punto de vista académico
34.Esta noción ha surgido como cuestionamiento a la reducción de la interculturalidad al reconocimiento positivo de la diversidad y su traducción en propuestas que homogenizan culturalmente a los pueblos centrándose en su “angelicalidad” (Gasché, 2008).
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o político, aunque no necesariamente desde lo técnico o administrativo. Y esto, sin dejar de lado la aplicación de la consulta previa, tal y como debe corresponder con cualquier política que involucre a los pueblos indígenas.
En esa línea, uno de los mayores obstáculos para las circunscripciones electorales indígenas es precisamente el mismo que existe para cualquier política pública que tenga como destinatarios a estas poblaciones: la inexistencia de registros de identificación étnico-cultural en el DNI. Y es que, si bien operativamente esta es una tarea de RENIEC, se requiere de una habilitación legal que todavía parece estar lejos, pese a tener un censo poblacional con estos registros y con bancadas parlamentarias que podrían apoyar en esta dirección. De cualquier forma, un logro como ése revertiría no solo en la confección de un padrón electoral con datos reales (con todo lo que ello supone) sino que favorecería la relación votante indígena-representante indígena, pues no se debe olvidar que se tienen autoridades electas por una cuota indígena como resultado del voto de electores que no necesariamente son indígenas.
En cuanto a la postulación de candidaturas exclusivamente por partidos políticos o movimientos regionales, conviene retomar la reflexión de incorporar otras formas de asociación para la postulación de cargos de elección popular, en particular en aquellos procesos en que es aplicable la cuota indígena. Al respecto, las desaparecidas organizaciones políticas locales, en tanto organizaciones temporales constituidas por ciudadanas y ciudadanos, si bien fueron eliminadas con la llamada reforma política de hace 4 años (se consideraba que no aportaban en la finalidad de fortalecer el sistema de partidos, tan ajeno a las colectividades indígenas), podrían ser una de las formas a través de las cuales, desde los cánones oficiales, la población originaria aprecie factible su participación en elecciones. Debe recordarse, además, que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha brindado alcances valiosos en el caso YATAMA vs. Nicaragua para el reconocimiento de otras formas de participación indígena en los espacios estatales. Sin embargo, todo ello supone reformas legislativas.
Siempre en el marco de lo formal-electoral, el estudio de un sistema electoral más apropiado también requiere participación del Congreso, aun cuando ello signifique emprender una reforma constitucional. Más allá de obligar a postular por una cuota que ha sido impuesta y que divide lo comunal o colectivo (además, necesariamente a través de organizaciones
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ajenas a las culturas ancestrales), cabe repensar las características no solo de las circunscripciones electorales sino también del método de asignación de escaños y la forma de votación. En este sentido, no solo cabría estudiar las bases territoriales y conformación personal de los pueblos indígenas a efectos electorales, sino también puede iniciarse la discusión sobre mandatos de posición o nuevas características en las cédulas de votación.
Ahora bien, ante la evidente y persistente omisión congresal en varios de los puntos señalados, sigue pareciendo mayor la responsabilidad del Ministerio de Cultura.
A PARTIDOS POLÍTICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES
Además de la reforma del sistema de partidos que se mencionó, convendría que estos, así como los movimientos regionales, formen alianzas políticas con organizaciones sociales, en especial las indígenas, para que se que traspasen los hitos electorales. Ello podría revertir incluso en la promoción de la afiliación de nuevos integrantes que aporten con sus demandas y enfoques, lo cual también ha de servirles para la formación de nuevos cuadros.
Procurando trascender lo electoral, una manifestación de organizaciones democráticas también puede ser la identificación de sus líderes e integrantes según criterios étnico-culturales en su padrón de afiliación. Esta sería sin duda una buena práctica que contribuiría con una mejor organización interna para su posterior visibilización. A ello se suman otras manifestaciones de democracia interna, como por ejemplo hacer más accesible la asunción de puestos directivos en el partido o movimiento, incluyendo su real renovación periódica-, o promover pluralidad en el número de listas cuando se produzcan elecciones internas, de modo que no participe una sola lista que, evidentemente, sería la única ganadora.
De otro lado, también como parte de una reforma como la antedicha, podría explorarse una probabilidad que en realidad favorecería a cualquier postulante, no solo por la cuota indígena: la extensión del financiamiento público indirecto de las campañas electorales (a través de la franja publicitaria en medios de comunicación) a las elecciones municipales, de modo que no solo aplique para elecciones congresales y regionales, máxime si puede suponerse que quienes forman parte de estas colectividades carecen de recursos con los cuales competir adecuadamente, y es
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justamente en el ámbito municipal donde se encuentran las mayores brechas de candidaturas, según se ha visto. Evidentemente, esto puede implicar una afectación presupuestal importante pero también podría alternarse la transmisión de la publicidad de elecciones regionales con la de elecciones municipales, sobre todo si generalmente están involucradas las mismas organizaciones postulantes.
A LOS ORGANISMOS ELECTORALES
En cumplimiento de la normativa nacional e internacional, las tres entidades deben incorporar la variable étnica (indígena y afrodescendiente) en todo registro de información, principalmente cuando se trate de servicios a la ciudadanía, y tanto en época electoral como no electoral. Este deber es de particular importancia para RENIEC debido a su función respecto del registro de identificación de las personas, por este motivo es vital su participación y decisión para que ello se logre, lo cual a su vez repercutiría en un padrón más sincero con la realidad social del país.
Asimismo, enfocados en periodos electorales, se sugiere que ONPE y JNE coordinen la interoperabilidad para el ordenamiento y difusión de resultados electorales, así como de otros servicios. En esta línea, ya que ONPE imprime las listas (porque cuenta con información sobre los candidatos inscritos) para que su conformación sea conocida por los electores en la cabina de votación, podría también publicar los resultados de la conformación de las listas eventualmente ganadoras y/o de los eventuales electos según el número de votos obtenidos35. De este modo, la obtención de dicha información no se deja a la proyección, o incluso al cálculo manual, lo cual constituiría un obstáculo al conocimiento público de un asunto que, además, debe ser comprensible para cualquier ciudadano. Por supuesto, esta sugerencia es extensible a las otras variables de las personas electas (sexo, edad, etc.).
Al JNE se le recomienda adecuar la regulación reglamentaria a la finalidad de la cuota indígena como medida de acción afirmativa. Como parte de ello, se sugiere repensar si para postular por la cuota debe primar la condición de miembro o de representante de las comunidades y pueblos, más allá de si la cuota debe aplicar indistintamente a cualquiera de estos grupos
35. Máxime, si le corresponde el cómputo de resultados, aplicando los métodos de distribución de escaños establecidos por la legislación vigente.
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sociales. De otro lado, en los reglamentos de inscripción de candidaturas de varios procesos electorales, toda vez que el JNE viene estableciendo funciones para los jueces de paz relacionadas con certificaciones de firma de candidatos por la cuota indígena, se recomienda que esta entidad analice correctamente las competencias de dicha autoridad, pues la ley que regula sus funciones no incluye un acto semejante que, en todo caso, debería ser coordinada con el Poder Judicial, pues los jueces de paz forman parte de su estructura. Ello, sin perjuicio de que es cuestionable que se asigne a un tercero la validación de la autoidentificación étnica del eventual postulante.
Debido a la complejidad y tecnicismo que caracterizan los temas electorales, y también debido a lo ajeno que pueden resultar para los sistemas normativos indígenas todos los procedimientos que suponen, se sugiere que tanto ONPE como el JNE recurran a intermediarios culturales para el diseño e implementación de las actividades de educación, de manera que sean los propios indígenas quienes expliquen a la población sus principales alcances, y sobre todo, cómo opera y qué finalidad tiene la cuota indígena.
Finalmente, ninguna norma electoral condiciona la difusión de resultados a la culminación del proceso electoral, entendiéndose que, hasta que no se produzca la proclamación, dichos resultados se consideran no finales. Es por ello que ONPE, por ejemplo, difunde las actas que contienen los votos de cada proceso. En tal sentido, la respuesta negativa del JNE de brindar información de acceso público36 podría incluso constituir una infracción a la ley de la materia, más si, desde el mes de octubre, los Jurados Electorales Especiales vienen efectuando proclamaciones de resultados. Por tal motivo, se recomienda a esta entidad seguir los principios de transparencia, veracidad y eficiencia tanto para la difusión como para la sistematización oportunas de los resultados electorales, aun cuando estos fueran parciales. Como ha de comprenderse, se trata de información pública que válidamente puede ser exigida por cualquier ciudadano.
A LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS
En la sección “Desafíos para las personas indígenas en procesos electorales” se ha señalado que uno de estos es el sinceramiento tanto de sus identidades como de sus demandas colectivas. Esto supone recomendar a las
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36. Correo electrónico remitido el 2 de noviembre del 2022.
organizaciones indígenas emprender un diálogo efectivo desde las diversas formas de asociación comunal hasta las plataformas nacionales que logran concretar, de manera que se identifique la real magnitud de su interés en los procesos electorales y, en general, en las formas de viabilizar su participación en lo público. Si bien existen algunas organizaciones nacionales que han alcanzado una articulación similar, ello no constituye la regla, razón por la cual se aprecian líderes y lideresas ocupando cargos directivos durante décadas, así como dirigentes desconectados de sus bases.
Este ejercicio de sinceramiento puede servir también para fijar su posición ante fenómenos que traslapan lo indígena, como las nuevas economías rurales, así como las probabilidades de alianzas con otras colectividades de la población nacional con las cuales podría reforzar un conjunto de propuestas para la participación electoral (y en otras materias) en el marco de la diversidad étnico-cultural. Sin olvidar las diferencias propias que implica dicho marco, una de dichas colectividades es sin duda, la afroperuana.
A lo expuesto cabe sumar otra recomendación que ya se mencionó: la formación de organizaciones políticas indígenas. Aun cuando puede comprenderse que se trata de una tarea difícil, más si debe realizarse siguiendo las normas formales de un sistema ajeno y distante, resulta necesario emprenderla hasta que no se logren reformas sustanciales respecto de los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
Asimismo, aun sabiendo que por la cuota indígena no postulan personas necesariamente indígenas (y quizás, incluso por esa misma razón), se sugiere que las organizaciones indígenas visibilicen más sus candidaturas, así como a las organizaciones que tienen postulantes con ubicaciones expectantes. Al respecto, si bien la votación se produce en listas cerradas y bloqueadas, de forma que los electores no pueden alterar el orden en que los postulantes han sido incluidas en ellas, dicha visibilización podría generar un impacto positivo a favor de las organizaciones políticas, lo cual podría revertirse en su beneficio a futuro.
A LA SOCIEDAD CIVIL
Es imperativo que la academia, las ONG, las universidades y otros actores reduzcan la incidencia de la idealización de lo indígena para ir aceptando que los pueblos y comunidades originarias, como cualquier grupo social, tienen
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sus propios intereses y, por tanto, requieren que sus interlocutores sean apreciados como protagonistas, si bien no siempre en igualdad de condiciones, y no como meros receptores. En esto último, especial papel han de tener las organizaciones y activistas de sociedad civil, de modo que sean las propias organizaciones y comunidades indígenas las que identifiquen sus necesidades y construyan, autónomamente, sus agendas y sus discursos.
Relacionado con ello, es deseable la promoción y/o visibilización de los análisis o estudios críticos de los académicos y/o estudiantes indígenas sobre participación política. En este punto, las universidades públicas podrían tener mayor involucramiento, de entre las cuales debe fortalecerse fundamentalmente a las universidades interculturales, tan poco conocidas como sus logros. Esto, considerando que en la formación o consolidación de los movimientos y agendas han de incluirse tanto sus líderes y lideresas sociales, como sus élites intelectuales.
Finalmente, cabe aceptar que, luego de lo sucedido en Bagua en 2009, fue vital la relación que estableció la Ley de Consulta Previa entre comunidades campesinas, nativas y pueblos indígenas. Aunque ya regía el Convenio N° 169 de la OIT, dicha ley contribuyó con que la cuota de representación electoral de dichas colectividades en las instancias subnacionales tuviera una mejor regulación. Sin embargo, tras 6 procesos electorales con importantes tropiezos en la definición de su aplicación y con resultados austeros en la introducción de demandas indígenas en la agenda y/o toma de decisiones regionales y municipales, conviene iniciar el debate sobre aquella relación, 10 años atrás útil, pero que hoy se debe evaluar. Más provincias con cuota indígena o más candidatas y candidatos postulando gracias a ella no parecen garantizar la participación efectiva de grupos sociales que, como se indicó, pueden incluso mantener reivindicaciones contrarias. En este debate no solo deben involucrarse las entidades públicas, principalmente el Congreso de la República y el Ministerio de Cultura, sino también las propias organizaciones que agrupan a dichas colectividades, de manera que, sobre la base del reconocimiento de sus identidades y demandas, converjan en alianzas que los conduzcan hacia una real representación. De lo contrario, el Estado seguirá ajustando o precisando regulaciones sin su participación, fragmentado el sentido de lo colectivo y obviando que el mayor desafío es la reforma del sistema de partidos y del sistema electoral.
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REFERENCIAS
Congreso de la República del Perú. (2002). Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales.
Congreso de la República del Perú. (1997). Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.
Congreso de la República del Perú. (2003). Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
Congreso de la República del Perú. (1998). Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
Congreso de la República del Perú. (2011). Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios.
Constitución Política del Perú. (1993). Artículo 191.
Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Estados Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo. 1989. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/documents/publication/wcms_345065.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sentencia de 23 de junio de 2005. Caso Yatama vs. Nicaragua. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_127_esp.pdf
Gasché, J. (2008). La motivación política de la educación intercultural indígena y sus exigencias pedagógicas. ¿Hasta dónde abarca la interculturalidad? En: Bertely, M., Gasché, J. y Podestá, R. (Ed.), Educando en la diversidad. Investigaciones y experiencias educativas interculturales y bilingües (pp. 367-397). Abya-Yala.
Jurado Nacional de Elecciones. (2021). Resolución N° 942-2021-JNE. Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para Elecciones Regionales 2022 y diversos formatos. https://portal.jne.gob.pe/portal_documentos/files/5d72d13b-b78a-4c0d-825ddf962206430f.pdf
Jurado Nacional de Elecciones. (2021). Resolución N° 943-2021-JNE. Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales 2022 y diversos formatos. https://portal.jne. gob.pe/portal_documentos/files/bd28c36c-b565-498d-803e-93ddd64b7ca6.pdf
Lavilla, A. (2022, 7 de agosto). Elecciones 2022 en Lima: Candidatos, cuota campesina y tráfico de tierras. Ojo Público. https://ojo-publico.com/3626/candidatos-cuota-campesina-en-lima-y-trafico-de-tierras
Oficina Nacional de Procesos Electorales. (11 de noviembre de 2022). Resultados electorales. https://resultadoserm2022.onpe.gob.pe/ERM2022/Home
Van Cott, D. (2005). From movements to parties in Latin America: The evolution of ethnic politics. Cambridge University Press.
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PaRTiCiPaCiÓN DE PERsONas lgTbI EN las ElECCiONEs REgiONalEs y MUNiCiPalEs 2022
Trabajo de invesTigación elaborado por el cenTro de promoción y defensa de los derechos sexuales y reproducTivos (PROMsEX)
“Hoy se celebra un día histórico en la vida republicana de nuestro amado país. Se juramentó por primera vez en la historia a una mujer transgénero como autoridad elegida por el pueblo […] demostrando al resto del país y el mundo que estamos aprendiendo a vivir en tolerancia y luchando contra la discriminación, con oportunidad para todos”.
Luisa Revilla (en Memoria) Primera Regidora transexual peruana electa en el 2015 por el distrito trujillano de La Esperanza Movimiento Regional para el Desarrollo con Honradez y Seguridad
CONTexTO aCTUal sObRe la PaRTiCiPaCiÓN POlíTiCa De las PeRsONas lgTbI eN lOs PROCesOs De eleCCiÓN POPUlaR eN PeRú
“La experiencia y capacidad vencieron a los prejuicios” (Cavero, 2022), fue la forma como uno de sus compañeros de partido y legislador, saludó el triunfo del político Carlos Bruce, como alcalde del distrito limeño de Santiago de Surco con un rotundo 39,98 % según los resultados oficiales de la ONPE37 de las Elecciones Regionales y Municipales
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37.
Oficina Nacional de Procesos Electorales.
del año 2022 (en adelante: ERM 2022), convirtiéndose así en el primer alcalde abiertamente LGBTI de este distrito y de los que conforman Lima Metropolitana.
Este resultado, si bien es alentador, también nos lleva a reflexionar sobre una serie de esfuerzos, situaciones y desafíos que tienen las personas LGTBI para ejercer su derecho a la participación política en Perú; en especial en aquellos procesos de elección popular enfocados en el nivel local y municipal. En ese sentido, este capítulo tiene como objetivo efectuar una revisión y análisis de las ERM 2022 con una mirada desde las diversidades sexuales y de género, con énfasis en las regiones de Lima, —incluidas Lima Metropolitana, Lima Regiones y la Provincia Constitucional del Callao— Arequipa, Cusco y La Libertad.
Como referencia, ya desde el 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reportaba con especial preocupación las barreras que enfrentan las personas LGBTI en la Región, en el acceso a la participación política 38. En el 2018, al evaluar los avances y desafíos hacia el reconocimiento de derechos de personas LGBTI en las Américas, la CIDH (2018) consideró que: “ el reconocimiento de la identidad de las personas LGBTI es una condición fundamental para el ejercicio del derecho a la participación política y es eje central de la consistencia de las democracias. Sin embargo, este derecho debe ser asegurado de forma tal que constituya el efectivo derecho de las personas a elegir y/o ser electas a funciones públicas y legislativas. (…) para asegurar la efectividad de la legislación, políticas y programas destinados a mejorar las condiciones para el pleno goce y ejercicio de sus derechos humanos, y la realización de sus proyectos de vida” (párr. 111). Por su parte, el Relator Especial LGBTI ante ONU, Víctor Madrigal-Borloz, remarcó en el 2020, cómo la pandemia por la COVID-19 mermó esta participación, evidenciando un menor acceso a quienes formulan políticas, y menos oportunidades de incidencia en diferentes instancias, denunciando un sistema cerrado en el que las personas LGTBI no podían satisfacer, incluso, sus necesidades básicas.
Para el caso peruano, estas barreras, que incluyen la falta de reconocimiento de la identidad, en especial de las personas trans, se expresaron en casos de violencia en las elecciones presidenciales y congresuales del 2021. Durante la campaña electoral, la candidata congresal Gahela Cari, quien es una mujer
38. Información adicional se puede encontrar en Informe sobre Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América de la CIDH (2015).
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trans afro serrana indígena, fue discriminada por el candidato congresal Frank Krklec, quien no respetó su identidad de género como mujer trans. El candidato Krklec se refirió a la candidata Gahela, con pronombres masculinos e incluso su nombre legal durante debates y redes sociales39. En Guerra y Espino (2022), se indica:
Frente a ello, el Tribunal de Honor del Jurado Nacional de Elecciones emitió la Exhortación N.° 1, mediante la cual señaló que el actuar del candidato Frank Krklec quebrantó el principio de igualdad y no discriminación, y exhortó: “(…) a todas las organizaciones políticas, sus candidatos y candidatas, afiliados y afiliadas, así como simpatizantes y a la ciudadanía toda, a respetar la identidad de género de todas las personas participantes del proceso electoral y a abstenerse de realizar cualquier agresión o acto de violencia, llevando a cabo una campaña electoral responsable y respetuosa del principio a la igualdad y no discriminación” (Guerra y Espino, 2022, p. 90)40.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha sido un aliado clave para contrarrestar estas situaciones. A través de su plataforma Observa Igualdad41, visibiliza y promueve la participación política electoral de grupos en situación de vulnerabilidad y exclusión: mujeres, jóvenes, pueblos indígenas, pueblo afroperuano, personas con discapacidad y personas LGTBI, a través de la recopilación, sistematización, análisis y difusión de información durante los procesos electorales. Precisamente, en el marco de las elecciones generales 2021, Rojas (2021) para la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica del JNE publicó los Lineamientos para Garantizar la Participación Política de las Personas LGBTI: Guía de buenas prácticas en el ciclo electoral42 : documento clave para las ERM 2022.
39. Frank Krklec [@fkrklect]. (28 de enero de 2021). Hola [Nombre legal de la candidata] (@GahelaJP13), la fuente en la que me basé para llamarlo por su nombre es la declaración la declaración jurada que usted mismo realizó ante @JNE_Peru y que está publicada en https://plataformaelectoral.jne.gob.pe Si desea denunciar a alguien por transfobia puede comenzar por usted mismo [imagen adjunta]. [Publicación de estado]. Twitter https://twitter.com/fkrklect/status/1354933071129284612.
40. El texto completo de la Exhortación se encuentra en: https://portal.jne.gob.pe/portal_documentos/files/0771b9a0-60b7-4570-b8a5-9dd5deca25bd.pdf
41. Más información en: https://observaigualdad.jne.gob.pe/
42. El documento completo se puede ubicar en: https://observaigualdad.jne.gob.pe/documentos/ recursos/Reportes/LINEAMIENTOS%20PARA%20GARANTIZAR%20LA%20PARTICIPACI%C3%93N%20 POL%C3%8DTICA%20DE%20LAS%20PERSONAS%20LGBTI%201.pdf
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De acuerdo con el Reporte N.º 1 de la Serie de Participación Política LGTBI del Programa para la Igualdad Política del JNE (2020), respecto a las ERM desde el 2010 al 2018, se presentaron un total de 23 candidaturas LGTBI. En cada proceso electoral se observó un incremento importante de candidaturas, siendo las ERM 2018 las demayor número de postulantes (12).
Tabla 1: Candidaturas LGTBI - Elecciones Regionales y Municipales 2010 - 2018
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones (2017)
Las candidaturas LGB son las que predominan en los procesos electorales. En general, se tiene una reducida participación LGTBI, y en específico de las personas trans, debido a factores estructurales que limitan el ejercicio de derechos (educación, reconocimiento de la identidad, acceso a justicia, trabajo, etc.) lo cual está estrechamente ligado con el ejercicio de los derechos políticos43
Respecto a las autoridades LGTBI elegidas en las ERM (2014 y 2018), el JNE reporta allí mismo que lograron la elección tres personas LGTBI abiertamente visibles: “En el 2014, Luisa Revilla como Regidora Distrital de La Esperanza en La Libertad, por el Movimiento Regional para el Desarrollo con Seguridad
43. El Reporte N.º1 completo sobre Participación Política de personas LGTBI se puede ubicar en: https://observaigualdad.jne.gob.pe/participacionpolitica/LGTBI/REPORTE%20SOBRE%20LA%20PARTICIPACI%C3%93N%20DE%20PERSONAS%20LGTBI1.pdf
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y Honradez; Víctor Manuel Nieves como Regidor Provincial de San Martín, por el partido político Alianza para el Progreso, quien luego asumió la alcaldía. (...) En las ERM 2018, se eligió el primer regidor gay de Lima Metropolitana, Manuel Siccha por Acción Popular” (p. 3).
Tabla 2: Autoridades LGTBI - Elecciones Regionales y Municipales 2010 - 2018
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones (2017).
Los resultados de la participación, como de autoridades electas LGTBI, guardan relación con la poca información estadística disponible en Perú sobre la participación política de las personas LGBTI que, de por sí, contienen cifras preocupantes.
A pesar de que casi 1,7 millones de peruanos y peruanas pertenece a población LGTBI, que representa cerca del 8 % del país, según la última encuesta publicada por Ipsos Perú en el 202044, nuestro país figura en el puesto 71 del índice global de igualdad que publicó Equaldex, red estadounidense que comparte datos de asociaciones LGBTI en todo el mundo, solo delante de Bolivia y Paraguay en la región.
En este marco, los resultados de la Encuesta Nacional sobre el Estado de la Ciudadanía en el Perú 2016, realizada por Ipsos Perú, a solicitud de la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica del JNE, advierte que un 80 % de encuestados(as) opinaba que poco o nada se respetaban los derechos de las personas LGBTI y, aun así, un 40 % señalaba estar “algo en desacuerdo” con que participaran en política, y el 12 % “muy en desacuerdo”, según el JNE45.
44. II encuesta anual de derechos humanos: capitulo LGBT, disponibles en: https://www.ipsos.com/ sites/default/files/ct/news/documents/2020-06/presentacion_ii_encuesta_nacional_ddhh.pdf
45. Citado en el documento Lineamientos para Garantizar la Participación de las personas LGBTI.
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Por otra parte, la Encuesta sobre Derechos Sexuales y Reproductivos en Perú, elaborada por Promsex en 2016 en seis ciudades capitales del país, señala que el 55 % de la población peruana cree que las personas homosexuales son discriminadas siempre o casi siempre en su derecho a participar políticamente; además, cabe resaltar que este porcentaje alcanza el 67 % en ciudades como Pucallpa y Puerto Maldonado. Entre 2016 y 2021, el porcentaje de personas que se mostraron en desacuerdo con la participación de la población LGTBI ha disminuido ligeramente de 55 % a 49 %46.
En específico, sobre el respeto de los derechos de grupos poblacionales como las personas LGTBI, en el libro Ciudadanía y electorado en el Perú del Bicentenario (Aragón et al., 2022) se analizan las últimas encuestas realizadas con el fin de conocer más al electorado peruano. Así, la Encuesta Ciudadanía del Bicentenario 2021 muestra que un 77 % consideró que los derechos de este grupo son poco o nada respetados. En 2016, la cifra fue de 79 %, evidenciando que no se presentan cambios sustanciales en la percepción del respeto de los derechos LGTBI en los últimos años (JNE, 2022e)47.
Gráfico N.° 1: Nivel de respeto a los derechos de las personas homosexuales, lesbianas, bisexuales y trans, 2016 – 2021
Fuente: Perfil del Elector 2016 y Encuesta de ciudadanía del Bicentenario 2021. Elaboración: Equipo de investigación —ONEF/JNE
Asimismo, según la Encuesta Ciudadanía del Bicentenario 2021, un 32 % se encontró “muy en desacuerdo” y “algo en desacuerdo” con que las personas LGTBI participen en política.
46. Los resultados de las encuestas están disponibles en: http://encuesta.promsex.org/resultados/orientacion-sexual-e-identidad-de-genero/
47. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 N.º8: Participación Política de Personas con Discapacidad, Pueblo Afroperuano y Personas LGTBIQ+, disponible en: https://votoinformado.jne.gob. pe/voto/reportes/perfiles/PE2022-008.pdf
Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
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Complementariamente, en 2021, la organización Más Igualdad, estudió el perfil electoral de la población LGBT en Perú48, aproximándose a su comportamiento político y electoral, a partir de las decisiones asociadas al ejercicio del voto y la percepción sobre democracia, confianza en las instituciones, participación político electoral de personas LGTBI, y el impacto de la discriminación por orientación sexual e identidad de género, entre otras variables. Algunos datos mostraron:
48. El informe completo del perfil electoral de la población LGBTI está disponible en: https://www. masigualdad.pe/perfil-electoral-lgtb
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En este contexto, y en concordancia con los lineamientos y las buenas prácticas en el ciclo electoral para garantizar la participación política de las personas LGBTI, cabe destacar el trabajo de la sociedad civil. Desde Promsex, en coordinación con otras 16 organizaciones LGBTI, a nivel nacional, se impulsó la Campaña Voto por la Igualdad49, en el marco de las ERM 2022, que incluyó un monitoreo de propuestas dirigidas a personas LGTBI en los planes de gobierno, así como un espacio de visibilidad a candidaturas LGTBI sin apoyar a ninguna candidatura en particular. También se impulsaron debates focalizados en los temas LGTBI en Lima y Loreto para analizar las propuestas en el campo regional y municipal. Cabe mencionar que, al 2022, en Perú existen 17 ordenanzas contra la no discriminación LGTBI, sin embargo, no se ha demostrado un verdadero compromiso por parte de las autoridades para hacerlas respetar.
Por su parte, en la etapa preelectoral al proceso ERM 2022, se impulsó Empodera, el programa de formación política para personas LGTBI, donde 41 participantes fortalecieron sus capacidades en ámbitos políticos considerando su rol de liderazgo para la demanda de derechos LGTBI, utilizando herramientas transversales en seguridad, organización, participación y liderazgo, incidencia política y vocería50. Este proceso de formación se sigue implementando con una estrategia de mentoría, orientada a desarrollar proyectos personales de 9 personas LGTBI, buscando fortalecer perfiles personales para la incidencia, el litigio estratégico y la participación política.
49. Información sobre la campaña Voto por la Igualdad en Perú en el marco de las ERM, disponible en: https://votoporlaigualdad.pe/
50. Más información sobre el Ciclo de Formación Política Empodera 2022 en: https://promsex.org/ wp-content/uploads/2022/04/GuiaDePostulacionEmpodera2022.pdf
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
Adicionalmente, la campaña “Vota por Ti, Vota por Todas”51, fomentó el voto informado para generar mayor representación de las mujeres en su diversidad en la política peruana. La iniciativa fue lanzada para reforzar la participación ciudadana democrática a nivel nacional con representatividad, con un especial enfoque en poblaciones vulnerables como son las mujeres, indígenas, jóvenes, personas con discapacidad, población afroperuana y la comunidad LGTBI. Pese a diversos intentos de promover la identificación de estas poblaciones en la política nacional como la Ley de Paridad y Alternancia, la Ley de Acoso Político o la Cuota Indígena y la Cuota Joven, desde una mirada interseccional, aún no existen resultados de mayor representación.
aNálisis De ResUlTaDOs De la PaRTiCiPaCiÓN De PeRsONas lgTbI eN las eRM 2022
En el documento de Perfil Electoral N.° 1 del JNE (2022c), en la ERM 2022 se inscribieron para participar, a nivel nacional, 174 movimientos regionales y 15 partidos políticos, los cuales acumulan el 37,60 % y el 63,30 % de las afiliaciones, respectivamente y tal como se menciona en la introducción52 . Cabe destacar que, en general, las afiliaciones son ligeramente mayores en mujeres, mientras que el porcentaje de afiliación juvenil es bajo en ambos casos. Sin embargo, resalta que la presencia juvenil sea considerablemente mayor en los movimientos regionales.
Los datos generales de las ERM 2022, luego de la revisión de los organismos encargados fueron:
51. Más información sobre la campaña en: https://pnudgenero.lamula.pe/2022/09/29/vota-por-tivota-por-todas/pnudperugenero/
52. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 Nº1: Cambios y continuidades en las Elecciones Regionales y Municipales, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/reportes/perfiles/PE2022-001.pdf
86 CAP. 3
Según el documento de Perfil electoral N.° 4 del JNE
(2022d):
Las ERM 2022 contaron con la participación de 242 listas regionales, 1504 listas provinciales y 9689 listas distritales. A nivel regional, se presentaron entre cinco y dieciséis listas en competencia. Las regiones con la mayor cantidad de listas compitiendo fueron Callao (16) y Arequipa (15). Por el contrario, las regiones con la menor cantidad de listas compitiendo fueron Apurímac (5) y Huancavelica (5). (p. 5)53
Uno de los aspectos complejos de las ERM 2022 fue el ausentismo. Glave (2022) destaca que, para el caso de Lima, fue la primera elección en lo que va del siglo XXI, en la que la proporción de electorado ausente supera el 20 % del padrón de votantes hábiles. Si bien el porcentaje de participación ha ido bajando de elección en elección desde el 2002, nunca se había cruzado ese umbral. Esta vez, más de un millón y medio de limeños y limeñas simplemente no fueron a votar. Si sumamos a los ausentes los votos blancos y viciados, la proporción de electores en Lima que no dieron su confianza a ningún candidato o candidata es de 29,50 %, superando la votación por cualquier candidato. Podríamos decir que lo que ganó en Lima es la desafección.
En este contexto, de acuerdo con el JNE, del total de listas presentadas para cada tipo de cargo en las ERM 2022 significó la participaron de 74 977 candidaturas inscritas en total, registrando el menor número de candidaturas en competencia respecto a los cuatro procesos electorales anteriores de este tipo en el país.
53. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 Nº4: El Perfil de las Candidaturas a las Elecciones Regionales y Municipales 2022, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/reportes/perfiles/PE2022-004.pdf
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
De acuerdo con el JNE, del total de candidaturas inscritas en las ERM 2022, tan solo nueve (9) se identificaron como LGTBI, es decir el 0,011 %, según la información de autoidentificación proporcionada por las bases de datos de la Escuela de Formación Política Empodera, impulsadas por Promsex y el Programa Igualdad Política - DNEF - JNE.
Analizando más de cerca las características de estas nueve candidaturas se tiene:
54. Cuando la identidad de género de la persona corresponde con el sexo asignado al nacer. El prefijo “cis” es antónimo del prefijo “trans”. CIDH, Conceptos Básicos, Sitio Multimedia del Informe de Violencia contra personas LGBTI: https://www.oas.org/es/cidh/multimedia/2015/violencia-lgbti/terminologia-lgbti.html#:~:text=PERSONA%20CISG%C3%89NERO,%E2%80%9Ctrans%E2%80%9D%5B11%5D.
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Tabla 3: Partidos políticos y movimientos regionales con candidaturas LGBTI en las ERM 2022
Fuente: elaboración propia.
En este punto, cabe destacar que históricamente en Perú la gran mayoría de las candidaturas LGBTI postularon a cargos públicos como miembros de partidos de izquierda, entre ellos: Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, Partido Socialista del Perú y el Partido Descentralista Fuerza Social55. Sin embargo, en las ERM 2022, se agrupan en partidos de centro de corte republicano.
Por otro lado, cabe mencionar que seis (6) de las candidaturas LGTBI participaron en la Campaña “Voto por la Igualdad” previa a las ERM 2022, valorando expresamente su pertenencia a la comunidad LGTBI56. Así mismo, cuatro (4) de ellas participaron en la Escuela de Formación Política Empodera.
55. Mas información en el Libro Igualdad para Construir Democracia disponible en: https://observaigualdad.jne.gob.pe/documentos/recursos/libros/2-Libro%20LGTBI_%20Igualdad%20para%20construir%20democracia.pdf
56. Información sobre la campaña Voto por la Igualdad en Perú en el marco de las ERM, disponible en: https://votoporlaigualdad.pe/
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
Uno de los aspectos que vulnera la participación política de las personas LGTBI es justamente la poca visibilidad desde la orientación sexual y/o identidad/expresión de género. Participar en campañas que dan cuenta del valor que tiene hacer política fuera del closet constituye referentes públicos que no solo defienden los derechos humanos de las personas LGTBI, sino que aportan en el debate político. Debido a estereotipos, la participación política se asume, no solo como heterosexual, sino también cisgénero. Justamente, en la Escuela de Formación Política Empodera, se comparte experiencias con otros liderazgos políticos LGTBI, para desempeñarse en campañas políticas basadas en argumentos, librando ataques basados en estereotipos que pueden surgir.
En este marco, podemos destacar la candidatura de Karla Cayani Cóndori, la primera mujer trans que postuló al cargo de consejera regional de la Región Arequipa por el Movimiento Regional Arequipa Unidos por el Gran Cambio. En su historia de vida, detalla que es graduada en Educación Primaria, ejerció la docencia en la escuela pública y privada, sin embargo, tuvo que dejar su vocación de docente cuando decidió cambiar su identidad de género. En una entrevista para Infobae, la peruana de 42 años se describe como una “mujer transgénero política, activista y estilista profesional” (Pimentel, 2022). Ella fue directora de la ONG “Féminas Arequipa”, donde buscaba apoyar a las personas trans que residen en la región sureña57.
Candidata a consejera regional por Arequipa.
57. La entrevista está disponible en: https://www.infobae.com/lgbt/2022/10/02/karla-paloma-la-primera-mujer-trans-que-postula-a-un-cargo-publico-en-arequipa/
58. Respuesta a la pregunta “¿Por qué consideras que es importante que las personas trans puedan ocupar cargos públicos?” para la entrevista de Infobae.
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“… Es importante que la mujer trans ocupe un cargo público porque es la única forma de evidenciar nuestra presencia en esta sociedad, que nos reconozcan y nos den el valor que merecemos. Así hacemos incidencia política porque las mujeres trans o las personas LGTB podemos ser parte de esta contienda política, porque también tenemos la capacidad de desarrollarnos en todo espacio.”58
Teniendo en cuenta la participación política LGTBI según cabezas de lista en las ERM 2022, destaca la participación de Miguel Gonzáles Santos, primer hombre gay que postuló al cargo de Gobernador Regional por la Región Callao por el Partido Morado. En su historia de vida, el candidato tiene trayectoria política destacada, al ser un referente político chalaco; excongresista de la República del Perú 2020 – 2021 por el Partido Morado en la región Callao. Así mismo, según el portal Voto por la Igualdad, tiene estudios en Ciencias Pesqueras en la Universidad Agraria La Molina y gestión comercial. Experiencia en el sector pesquero, estudios de mercado y proyectos sociales. Desde el año 2010 se involucró en espacios LGBTI participando e impulsando actividades a favor de la inclusión: Epicentro (coordinador de actividades comunitarias 2010-2011), Plan G Perú (fundador y presidente 2011-2016), CCEI El Camino (presidente 2017-2020), Sí Da Vida (instructor 2017-2022), MCC Plan Camino (gestor 2017-2019).
“… Somos una nueva generación que lideran cambios en el Callao, sin denuncias, ni procesos de corrupción, ni vinculados a personajes que tanto daño han hecho a la Región Callao, y que incluso han sido sentenciados, y hasta ahora siguen inmiscuidos en la administración pública.
Somos la nueva generación de jóvenes que provienen desde los colectivos vecinales…” (RPP, 2022)59
Candidato a Gobernador Regional del Callao
Al evaluar la participación histórica de candidaturas de personas LGTBI en elecciones subnacionales, considerando las ERM 2022, en total, se han presentado 32 candidaturas visibles durante el periodo 2010 – 2022. Del total de candidaturas LGTBI en elecciones subnacionales, entre 2010 y 2022, el 90,63 % corresponde a lesbianas, gais y bisexuales, mientras que el 9,38 % a personas trans.
Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
59. Declaraciones en una entrevista en Radio Programas Perú disponible en: https://twitter.com/ MGonzalesCallao/status/1569021221379133440
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Tabla 4: Candidaturas LGTBI - Elecciones Regionales y Municipales 2010 - 2022
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones (2018) y complementada con información de las ERM 2022.
AUTORIDADES ELECTAS LGTBI EN LAS ERM 2022
Respecto a autoridades LGTBI electas en las ERM 2022, el JNE reporta que lograron la elección tres hombres gais cisgénero abiertamente visibles. Los tres se ubican en Lima; dos de ellos postularon con partidos políticos y uno con un movimiento regional.
Tabla 5: Autoridades LGTBI - Elecciones Regionales y Municipales 20102022
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones (2018) y complementada con información de las ERM 2022.
En el marco regional destaca la elección como consejero regional de Lima 2023-2026 por la provincia de Barranca de Ronald Soberón Vizcarra, por el Movimiento Regional Unidad Cívica Lima – La Cholita. Ronald es abogado por la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de Huacho y
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egresado de la Maestría en Derecho Penal y Ciencias Criminológicas. Preside la Asociación LGTBI Dignidad e Igualdad de Barranca en la actualidad.60
“(…) recibo estos resultados con mucha humildad y responsabilidad, pero sobre todo comprometido con esta tierra hermosa que me entrega todo en la vida. (…) gracias por la confianza, (...) apoyo, pese a tanta guerra sucia, se caminó con paso firme, sé que haremos un buen trabajo, eso ya es un hecho, y yo estaré ahí para coadyuvar a que todos los proyectos y mejoras en beneficio de nuestra provincia se hagan realidad”. (Soberón, 2022)
Consejero regional electo de Lima por la provincia de Barranca (2023-2026)
En efecto, la candidatura de Ronald Soberón se vio afectada por episodios de violencia homofóbica que se desplegaron en redes sociales por cuentas anónimas, pero luego secundados por grupos que se oponen a que personas abiertamente LGTBI ocupen cargos públicos, no solo atacándolo con mensajes sobre su orientación sexual; sino también al recibir amenazas contra su integridad, hechos que fueron denunciados a las autoridades correspondientes.
Con respecto a autoridades electas LGBTI según cabezas de lista en las ERM 2022, sobresale la elección de Carlos Bruce Montes de Oca, como alcalde del Distrito de Santiago de Surco, con más del 40 % de votos válidos, en la lista del partido político Avanza País, convirtiéndose en el primer alcalde abiertamente LGBTI, no solo del distrito; sino de Lima Metropolitana.
Carlos Bruce, es un experimentado político, que, con 65 años, ha sido congresista por Lima en los períodos 2006-2011, 2011-2016 y 2016-2019. Además, fue titular de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Perú
60. Más información en la web de la Campaña Voto por la Igualdad: https://votoporlaigualdad.pe/ candidaturas-lgtbi/#toggle-id-1
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
durante los gobiernos de Alejandro Toledo (2002-2005), Pedro Pablo Kuczynski (2017-2018) y Martín Vizcarra (2019). También se ha desempeñado como presidente del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (Foncodes), del programa A Trabajar, del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash, de la Comisión para la Priorización de Inversiones del Departamento de Pasco (CESPPASCO), del Fondo Mi Vivienda y en la dirección del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial (Fonafe). Bruce fue uno de los primeros políticos peruanos en declararse una persona homosexual y en promover medidas a favor de la comunidad LGTBI peruana61.
En una entrevista realizada por el Diario Correo, el domingo 16 de octubre, se le hace la siguiente pregunta: “¿Qué siente de que los vecinos de Surco hayan elegido como su próximo alcalde a un miembro de la comunidad LGTBI?”
“Resulta muy positivo, porque están escogiendo a alguien en función de sus habilidades, experiencia, sin importar su orientación sexual. Eso es un extraordinario avance. De eso se trata, que tu orientación sexual no importe, ni a favor ni en contra, al momento de elegir a un líder. Es una gran lección que Surco le ha dado al Perú.”62
Alcalde electo del distrito Santiago de Surco (2023-2026)
Ante los resultados de las ERM 2022, y teniendo en cuenta que lo que ocurre a las candidaturas y autoridades electas LGTBI es el reflejo de la coyuntura en la política peruana, es clave destacar la visión centralista del proceso, ya que durante el tardío calentamiento de la campaña parecía que solo se iba a elegir a la alcaldía de Lima. La advertencia del triunfo de los movimientos
61. Más información en Infobae: https://www.infobae.com/america/peru/2022/10/03/alejandro-cavero-felicita-a-carlos-bruce-el-primer-alcalde-lgbt-de-surco/
62. Puede ver la entrevista completa realizada por el periodista Cris Vilchez a Carlos Bruces en el Diario Correo -´edición de Lima: Diariocorreo.pe de fecha 16 de octubre del 2022.
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regionales por todo el país dio cuenta, una vez más, de las resistencias al centralismo de los partidos nacionales.
Una vez más, en contiendas regionales y municipales, los resultados terminaron siendo esquivos a partidos capitalinos que no consolidan una identificación con el pensamiento y necesidades ciudadanas al interior del país, debido a la falta de presencia regional. Así mismo, estas ausencias también fueron expresadas en los planes de gobierno, y en especial en la agenda LGBTI, cuyos pormenores pasaremos a analizar.
INClUsiÓN De la ageNDa lgTbI eN lOs PlaNes De gObieRNO De las lisTas RegiONales y PROviNCiales De las eRM 2022
El JNE, entidades y organizaciones63 revisaron 271 planes de gobierno registrados en la Plataforma Electoral del JNE (2022b),64 dirigidas a poblaciones que requieren atención por parte de las próximas autoridades regionales y municipales65. En el caso LGTBI los criterios de análisis fueron:
Menciona las categorías de diversidad sexual, orientación sexual, identidad de género y expresión de género u otras relacionadas.
Reconoce a las personas LGTBI como sujetos de derechos.
Propone acciones concretas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia/discriminación/exclusión de las personas LGTBI.
Plantea medidas sobre promoción del empleo para personas LGTBI, con especial énfasis en las personas trans.
63. La Asociación Civil Más Igualdad Perú, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP; Campaña ¡Somos la Mitad, queremos Paridad Sin Acoso! del Movimiento Manuela Ramos y el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán; Red Peruana de Jóvenes Afrodescendientes - ASHANTI PERÚ; Unión Nacional de Comunidades Aymaras – UNCA; el Consejo Nacional para la Integración de la Personas con Discapacidad – CONADIS; Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Programa de las Naciones Unidad para el Desarrollo – PNUD; y la Secretaría Nacional de la Juventud – SENAJU.
64. La plataforma Observa Igualdad considera una sección donde analiza los planes de gobiernos de las listas presentadas en las ERM 2022, accesible en: https://saednef.jne.gob.pe/PlanesGobierno/planes_gobierno
65. En la Plataforma Observa Igualdad (https://observaigualdad.jne.gob.pe/), podrá encontrar el análisis detallado de los planes de gobierno y cuadros comparativos (semaforización) de cada una de las regiones.
Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
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A nivel nacional el reporte del JNE (2022f) concluye que, quienes menos inclusión registran son las personas LGTBI, con un 8 % (21 planes). El promedio de propuestas es de 0,12; no alcanzando al menos una por organización política. El 91,40 % de las organizaciones políticas no presenta ninguna propuesta sobre las personas LGTBI. Sin embargo, existe un 8,60 % de organizaciones políticas con entre una y cuatro propuestas. La región con mayor porcentaje de organizaciones políticas con dicha frecuencia de propuestas es Ucayali (33,30 %)66.
Según el análisis del JNE en el boletín de Perfil Electoral N. ° 9, los hallazgos para los territorios que nos convoca este reporte fueron:
66. Más información en el boletín Perfil Electoral ERM 2022 Nº9: Análisis de los Planes de Gobierno en las ERM 2022, disponible en: https://votoinformado.jne.gob.pe/voto/reportes/perfiles/PE2022-009.pdf
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Los planes de gobierno que incluían una mención a la orientación sexual de las personas son los partidos Podemos Perú y Fuerza Popular; y quienes proponen acciones concretas para el trabajo con la comunidad LGTBI son los partidos Juntos por el Perú y el Partido Morado. Ninguna de estas agrupaciones políticas ha salido electa en las regiones mencionadas o seleccionadas para una disputa en segunda vuelta. Y las que sí lo fueron, no incluyen ninguna propuesta para la comunidad LGTBI.
ReTOs y DesafíOs De las PeRsONas lgTbI eN la RePReseNTaCiÓN eleCTORal
La participación política es un derecho universal que no admite ningún tipo de discriminación. Por ello, las personas LGTBI tienen derecho a participar en los diversos asuntos públicos del país en igualdad de condiciones. Así mismo, tienen el derecho a participar en el ámbito político a través de su posibilidad de votar, ser elegidas, formular e implementar políticas públicas, asociarse y ser parte de partidos políticos y de organizaciones de la sociedad civil.
Garantizar el derecho a la participación política de las personas LGTBI es promover una ciudadanía más democrática, inclusiva y libre de discriminación (Hidalgo, 2017). Como hemos evidenciado en las ERM 2022, en el Perú, las poblaciones LGTBI aún son excluidas y discriminadas en los espacios de poder político y de toma de decisiones públicas, siendo vulnerados así sus derechos humanos.
Como lo indica el informe de sobre participación política del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación de Argentina (2022): “en los últimos 30 años, mediante las estrategias de organización política, visibilización y lucha, la población LGBTI realizó avances significativos en cuanto a la ampliación y conquista de nuevos derechos, tanto en el plano internacional, regional como en el nacional” (p. 33). En lo referente al ámbito
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
de derechos políticos y electorales aún quedan brechas y desafíos por superar que podríamos resumir en los siguientes aspectos:
El NO reconocimiento de la identidad de género en el Documento Nacional de Identidad obstruye cualquier otro proceso de inclusión en la implementación de estándares de derechos humanos, derechos políticos y electorales de las personas LGTBI, en especial de las personas trans, intersex y de género no binario.
La falta o ineficiente funcionamiento de espacios de deliberación en los niveles municipales donde las personas LGTBI puedan participar.
La alta informalidad, partidismo y politización de la participación ciudadana y los procesos participativos pertinentes a la consulta en los gobiernos locales cuya mayor afectación excluye a las personas LGBTI y otras poblaciones en situación de vulnerabilidad.
La ausencia de procesos de autoidentificación de las candidaturas LGTBI que participan en los procesos electorales.
Aún se tiene la percepción de debilidad de los mecanismos de vigilancia y sanción para hacer efectiva la no discriminación en los procesos electorales.
La ausencia de espacios descentralizados de formación política dirigidos a las personas LGBTI. Si bien se valoran los espacios existentes, aún son centralistas.
La ausencia de análisis de los derechos de las personas LGTBI en los planes de gobierno y las propuestas políticas específicas dirigidas a grupos poblacionales que, por la discriminación estructural y la desigualdad social, atraviesan situaciones de vulnerabilidad.
Las organizaciones políticas aún no reconocen a las personas LGTBI como sujetos de derecho y sujetos políticos; por ejemplo, para impulsar secretarías de personas LGTBI a cargos de elección popular en todos los niveles de gobierno.
Los altos niveles de prejuicios basados en la orientación sexual y la identidad de género de las personas LGTBI al interior de las organizaciones
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políticas; por ejemplo, invisibilizarles en el uso del lenguaje, hacer comentarios discriminatorios o despectivos, u obviar el enfoque de derechos humanos sobre diversidad sexual en sus debates y programas de formación política, las temáticas LGTBI , entre otras acciones.
La escasa promoción y apoyo a las candidaturas de personas LGTBI a cargos de elección popular en todos los niveles de gobierno.
La persistencia de medios de comunicación que informan sobre candidaturas de personas LGBTI, cargada de prejuicios y estereotipos.
Los discursos de odio, especialmente en procesos electorales, que violentan a las personas LGBTI, menoscabando su accionar política y presencia pública, incluso atemorizando a sus entornos familiares, sociales y comunitarios.
Si bien estas brechas pueden extenderse, es preciso examinar los esfuerzos desarrollados en las ERM 2022 para tratar de superarlas.
el PaCTO ÉTiCO eleCTORal (Pee)
Fue un esfuerzo clave desde el Jurado Nacional de Elecciones para tratar de superar algunas de las brechas mencionadas. El lunes 5 de septiembre se instaló el Tribunal de Honor del PEE con el firme compromiso por parte de sus integrantes de velar por el cumplimiento de los 23 acuerdos asumidos por las organizaciones políticas que participaron en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM-2022).
Fruto de la concertación e incidencia realizada por diversas organizaciones LGTBI que participaron en las Mesas de Diálogo para la construcción del PEE en abril de 2022, se logró incluir los siguientes puntos relacionados específicamente con la comunidad LGTBI:
10. Centrar la campaña electoral con sentido de responsabilidad y dignidad, evitando los agravios contra otras organizaciones, candidatos, rechazando el acoso político, las expresiones de odio y discriminación contra una persona o grupo con base en su raza, religión, nacionalidad, género, orientación sexual, aspecto físico, discapacidad u otra característica.
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
12. Rechazar y erradicar cualquier tipo de discriminación hacia una persona o grupos de personas por razón de raza, etnia, identidad cultural y lengua, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, edad, procedencia, religión, condición de salud, situación de discapacidad, rechazando el racismo, la xenofobia, expresiones de odio, así como toda práctica difamatoria, que denigre o violente y que atente contra la dignidad de las personas durante la campaña electoral.
13. Rechazar todo acto de acoso y/o violencia política durante la campaña electoral que vulnere o amenace el ejercicio de los derechos fundamentales, en especial el de participación política de las mujeres, en su diversidad de condiciones como indígenas, afro peruanas, LGTBI, con discapacidad, por su condición de salud y otras.
14. Crear espacios de participación y promover la participación, diálogo y los compromisos en la campaña electoral para las poblaciones vulnerables y grupos históricamente excluidos en la política, como mujeres, jóvenes, miembros de comunidades indígenas, nativas, campesinas y pueblos originarios, pueblo afro peruano, personas por su situación de discapacidad, por su condición de salud, adultos mayores, personas LGTBI, así como la ciudadanía en general. (JNE, 2022a, pp. 4-5)
El reto de consolidar la inclusión de personas LGBTI en el proceso de diálogo del PEE es mantener la visibilidad de un sector de la población históricamente excluido, como las personas LGBTI, en la construcción de la vida pública del país. Participar en estos espacios, no solo permite a las organizaciones LGBTI ejercer procesos de vigilancia, sino también intervenir a lo largo de todo el proceso, ya sea informándose, planteando reparos a través de quejas o denuncias relativas a la conducta de candidaturas, malas prácticas de los grupos políticos, etc.
Otro esfuerzo que destacar es la publicación de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) de la segunda versión del Protocolo para garantizar el derecho al de las personas trans y no-binarias en la jornada electoral, en
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el marco de las ERM 2022 mediante Resolución Jefatural 003001-2022-JN/ ONPE67.
Los protocolos han sido identificados como una práctica esencial para garantizar el derecho a votar de la ciudadanía trans. Al 2022, México, Colombia, Chile y Perú cuentan con ellos. Se conformó el Observatorio Latinoamericano y del Caribe de derechos políticos y electorales de las personas Trans, que vigila su implementación y promulgación en los países (Pabón et al, 2022).
Dentro de los lineamientos que establece el Protocolo en el marco de las ERM 2022 destacan:
El trato digno a personas trans y no-binarias con respeto, sin discriminación por su identidad/expresión de género y su orientación sexual, que involucra:
Respetar el nombre social, evitando utilizar el nombre consignado en el DNI.
Llamar a las personas por sus apellidos o consultarles cómo desean ser llamadas.
Evitar usar términos como “señor”, “señorita”, “joven” o consultar antes de hacerlo.
Acciones durante la jornada electoral para garantizar el derecho al voto de las personas trans y no-binarias dirigidas a todas las instancias.
Una brecha aún compleja de superar es la ausencia de una Ley de Identidad de Género, que permita colocar en su debida proporción y autoidentificación a las candidaturas trans y no binarias. Si bien la entrada en vigor de la Ley N° 31030, Ley por la que se modifican normas de la legislación electoral para garantizar paridad y alternancia de género en las listas de candidaturas,
67. El documento Protocolo para Garantizar el Derecho al de las personas trans y No-Binarias en la jornada electoral, en el marco de las ERM 2022, mediante Resolución Jefatural 003001-2022-JN/ONPE, está disponible en: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3711888/protocolo-trans.pdf.pdf?v=1664555399
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significa un importante avance en la lucha por el reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres, esta legislación no se aplica para las mujeres en su diversidad que incluye a las mujeres trans. En el proceso de elecciones generales del 2021 se evidenció que la aplicación de esta norma disminuyó las brechas existentes entre hombres y mujeres en el acceso a cargos de elección popular y obligó a las organizaciones políticas a incorporar los principios de paridad y alternancia de género en la conformación de sus listas electorales.
ReCOMeNDaCiONes PaRa fORTaleCeR la PaRTiCiPaCiÓN POlíTiCa De las PeRsONas lgTbI
Cabe destacar los esfuerzos de los organismos electorales peruanos para dialogar con la sociedad civil, y en especial con las organizaciones LGTBI, para poder garantizar sus derechos políticos y electorales en la medida de sus posibilidades. En este marco, las recomendaciones que se detallan a continuación parten de las mesas de diálogo con sociedad civil, conformadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para analizar y trabajar sobre las brechas identificadas. Entre las recomendaciones se identifican:
A PARTIDOS POLÍTICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES
Promover la creación de estructuras partidarias que reconozcan a las personas LGTBI como sujetos de derecho y sujetos políticos. Por ejemplo, incluirles en los estatutos, directivas y reglamentos e impulsar secretarías de personas LGBTI a cargos de elección popular en todos los niveles de gobierno.
Establecer espacios de diálogo con organizaciones sociales que defienden derechos de la población LGTBI en el nivel nacional y local, con el fin de coordinar iniciativas normativas y estrategias políticas conjuntas.
Erradicar los prejuicios basados en la orientación sexual y la identidad de género de las personas LGTBI al interior de sus organizaciones como aplicación de la ley contra el acoso político. Por ejemplo, transformando el lenguaje, evitando comentarios discriminatorios o despectivos,
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desarrollando acciones educativas con enfoques de derechos humanos sobre diversidad sexual, e incorporando en sus debates y programas de formación política las temáticas LGTBI, como:
Inclusión social e identidad, trabajando de la mano de la ONPE.
Liderazgos juveniles y diversos.
Sus propias responsabilidades y funciones.
Habilidades y capacidades de militantes LGTBI.
Promover y apoyar las candidaturas de personas LGTBI a cargos de elección popular en todos los niveles de gobierno, considerando nuevas personas simpatizantes. Si bien en el caso peruano, las cuotas electorales no lo exigen, sí se identifica como una buena práctica dentro de los estándares internacionales de derechos humanos. Esto debe incluir propuestas reales y tangibles, con listas equitativas que incluyan candidaturas LGTBI.
Incorporar propuestas de promoción, respeto y garantía de derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales en los planes de gobierno; considerando un enfoque de interseccionalidad y de género.
A ÓRGANOS ELECTORALES
Promover la investigación científica para la generación de evidencia sobre la participación política LGBTI. Por ejemplo, recopilando información sobre la participación política LGTBI en los censos poselectorales para contar con estadísticas que respalden propuestas con acciones de mejora.
Mantener y reforzar las cuotas con base en la interseccionalidad, considerando la participación de personas LGBTI; promover y hacer visible la autoidentificación de las candidaturas LGTBI que participan en los procesos electorales.
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Garantizar el ejercicio de los derechos políticos durante los procesos electorales, generando mecanismos de vigilancia y sanción para hacer efectiva la no discriminación en los procesos electorales. Para esto, debe pronunciarse frente a cualquier manifestación de vulneración de derechos políticos basados en la orientación sexual, identidad o expresión de género (OSIEG). Así mismo, garantizar el rol de la sociedad civil en la formulación e implementación de políticas.
Impulsar espacios de formación política dirigidos a las personas LGTBI, complementadas con un seguimiento a las capacidades políticas, teniendo en cuenta proyectos de formación en igualdad y diversidad financiados con su presupuesto.
Incorporar en los planes de capacitación institucional la temática de OSIEG que permita mejorar su labor fiscalizadora y normativa. Se complementa con materiales educativos pertinentes al proceso electoral, basados en el enfoque de derechos humanos, con especial énfasis en la no discriminación por OSIEG.
A LEGISLADORES
Aprobar una legislación que reconozca la identidad de género de las personas trans y no-binarias en los documentos de identidad y en la integralidad de sus derechos.
Establecer mecanismos y procedimientos claros para incorporar las modificaciones legales que garanticen el reconocimiento y respeto pleno de la identidad de género de las personas trans, así como la concordancia con los datos contenidos en el documento de identidad (como la foto, el nombre, el sexo/género, entre otros).
Establecer mecanismos y procedimientos que permitan contemplar un paso de información oportuno y adecuado entre las instituciones encargadas de llevar a cabo los procesos de identificación y las autoridades electorales, cuando las personas trans realicen modificaciones en el padrón electoral, censo o registro de votantes.
Adoptar medidas afirmativas para que más personas LGBTI, en especial las personas trans hagan parte de las mesas de votación,
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sean apoderadas de partidos políticos y en general participen en roles funcionales durante las elecciones.
Crear mecanismos e instrumentos para hacer frente a los discursos de odio e intolerancia que se promueven contra las personas LGTBI y en especial las personas trans. Esto debe estar a cargo de instituciones del Estado, en especial aquellas con competencia en materia electoral y de protección de derechos humanos.
A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Promover los valores democráticos del respeto e igualdad, contribuir a la erradicación de los prejuicios y estigmas que afectan la vida y la dignidad de las personas LGTBI y de la sociedad en general, tomando en cuenta la ética, transparencia y valores, y aplicar la ley contra el acoso político.
Defender a la ciudadanía y el diálogo ciudadano, impulsando diferentes espacios donde se aborde el uso del derecho a la libertad de expresión frente a las expresiones de odio y cómo estos podrían afectar los derechos humanos de las personas LGTBI.
Impulsar campañas que promuevan el debate público para mejorar la participación LGTBI, erradicando los prejuicios y estereotipos hacia las personas LGTBI en los medios de comunicación. Esto se complementa al generar espacios de diálogo entre la población sobre participación política LGBTI, diseminar el contenido de los protocolos antidiscriminación y acuerdos del Pacto Ético Electoral, reforzar el voto informado y conocer las realidades LGTBI de los territorios.
Movilizar sus agendas, en conjunto con otras organizaciones de sociedad civil, en temas políticos, implementando directrices institucionales sobre el abordaje de los asuntos que conciernen a la población LGTBI*, estableciendo parámetros claros de comunicación y divulgación de candidaturas de personas LGBTI, sin emitir prejuicios ni enraizar estereotipos. También, sirviendo como fiscalizador articulado de inclusión y equidad en las votaciones.
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La inclusión del enfoque de derechos en el debate sobre la reforma electoral peruana ha hecho que la ciudadanía tome conciencia de que existen comunidades que ameritan especial atención en la garantía de su derecho a la participación política, contribuyendo al fortalecimiento de los partidos y mejorando las oportunidades de representación. Este es el caso de la comunidad LGBTI.
A pesar de los tiempos complejos, donde las secuelas de la emergencia sanitaria por COVID-19 se ven agravadas por las amenazas de los grupos que se oponen a que las personas LGBTI sean sujetas de derechos, se puede decir que las resiliencias se sobreponen a las dificultades pues la participación política desde la identidad LGBTI se mantiene y logra resultados.
En ese sentido, el conjunto de estas recomendaciones, tienen como fin común hacer visible la importancia de superar los prejuicios y estigmas que se tienen en contra de las personas LGBTI y, a partir de su implementación, consolidar el camino para mostrar al mundo que somos capaces de hacer política desde el respeto, la igualdad y la inclusión, construyendo sociedades más justas e igualitarias en democracia.
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Participación del pueblo afroperuano Participación de personas indígenas Participación de personas LGTBI
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CONClUsIONEs
El análisis de contexto sobre la representatividad política de las comunidades indígena, afroperuana y LGTBI presentado en este informe, así como el de los resultados de las EMR 2022 y las recomendaciones hechas en cada capítulo, brindan herramientas claras y aplicables para definir una ruta de trabajo o un plan operativo que permita a los diferentes actores avanzar de manera decidida en la apuesta por la inclusión política de grupos tradicionalmente subrepresentados, al proponer acciones y estrategias de corto, mediano y largo plazo que invitan a la acción.
Son retos para el Estado, la sociedad civil, los organismos electorales, el Congreso de la República y las organizaciones sociales, trabajar en el reconocimiento y valoración de la diversidad, equidad e inclusión en todas sus expresiones. Estos desafíos pasan por realizar ajustes a la información contenida en el Documento Nacional de Identidad (DNI); desarrollar una adecuada pedagogía electoral; fortalecer la capacidad de gestión, organización y movilización de las comunidades indígenas, afroperuanas y LGTBI; promover cumplimiento del Pacto Ético Electoral (PEE); impulsar reformas legislativas y estructurales; conseguir la extensión de financiamiento público para las campañas; definir medidas afirmativas (como cuotas o jurisdicciones especiales); transformar la ideología de las estructuras partidistas y movimientos políticos para que avancen en la real inclusión de grupos subrepresentados y establezcan alianzas con organizaciones sociales, abriéndose a la posibilidad de nuevas miradas y enfoques que den respuesta a las demandas actuales de los colectivos en el marco de una democracia diversa y plural, hasta poder confrontar los estigmas y prejuicios que se convierten en barreras para la participación política, e identificar todas las formas de racismo y violencia de género para trabajar en su erradicación.
Es un factor común en las recomendaciones hechas a los organismos electorales (JNE, ONPE y RENIEC), la necesidad de incorporar una variable étnica (indígena y afrodescendiente), así como de identidad de género para la población LGTBI en todos sus registros. En particular, en cada capítulo se hace un llamado para que en el DNI se hagan visibles estas identidades que
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parten del autorreconocimiento, como base del trato digno e igualitario que reclaman los grupos tradicionalmente subrepresentados, resaltando que estos datos aportarían de manera significativa a los cruces de información y trazabilidad estadística. Estos organismos también deben implementar procesos pedagógicos especializados sobre derechos electorales, condiciones y necesidades diferenciales de las poblaciones vulnerables y subrepresentadas, dirigidos a funcionarios(as) del Estado responsables de los procesos electorales y del Registro Nacional, así como a las comunidades que, por estar enfrentadas a situaciones de exclusión y marginalidad, desconocen sus derechos y carecen de formación política. Finalmente, les compete a las autoridades electorales establecer mecanismos de vigilancia y sanción para hacer efectiva la no discriminación en los procesos electorales, así como tomar medidas y definir instrumentos para hacer frente a los discursos de odio e intolerancia.
Este informe propone al Congreso establecer mecanismos y procedimientos claros para incorporar las modificaciones legales que garanticen el reconocimiento y respeto pleno a la diversidad, empezando por hacer los ajustes normativos que se requieren para incluir en el DNI la información correspondiente a los grupos étnicos y a la identidad de género del sector LGTBI, en particular de las personas trans. También es deber del Congreso adoptar medidas afirmativas, como la creación de cuotas y circunscripciones electorales especiales, y, en el mediano y largo plazo, plantear una reforma al sistema electoral, para que sea más apropiado e incluya el enfoque de derechos y responda a la realidad del país, aunque ello pueda implicar una reforma constitucional, para lo cual se propone hacer un análisis de experiencias positivas y buenas prácticas desarrolladas en otros países, identificando aquellas que puedan ser adoptadas en aras de la inclusión política y el fortalecimiento de una democracia en la que se tenga una representación equitativa para grupos subrepresentados.
Abrir el debate sobre la reforma electoral peruana ha hecho que la ciudadanía tome conciencia de que existen comunidades que ameritan especial atención en la garantía de su derecho a la participación política, siendo un punto de partida para concretar cambios que fortalezcan la democracia y fomenten un sistema democrático saludable.
Respecto a las entidades estatales, los Ministerios de Cultura y Educación juegan un papel fundamental para el fortalecimiento de la participación
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y visibilización de las comunidades étnicas. Le compete al Ministerio de Cultura manejar un enfoque integral e interdisciplinario para abordar la problemática de la población indígena y de las comunidades campesinas y nativas, revisando si es pertinente seguir manejando políticas comunes; así mismo, se convoca a adoptar una interculturalidad crítica que analice las asimetrías, así como las relaciones e identidades que ellas han generado, incluyendo las reivindicaciones colectivas desde sus interlocutores. Por su parte, le corresponde al Ministerio de Educación, a través de la implementación del currículo nacional, incorporar el enfoque intercultural en su práctica educativa, especialmente en la dimensión de educación cívica y construcción de la identidad, buscando formar personas con mayor conciencia sobre la participación política, dispuestas a ejercer una ciudadanía activa y responsable, libre de toda forma de discriminación, exclusión y racismo.
Los partidos y movimientos políticos deben hacer ajustes en sus estatutos, directivas y reglamentos para generar propuestas reales y tangibles de democracia interna, tales como la asignación de cargos directivos para líderes y lideresas afroperuanos(as), indígenas y LGBTI; pluralidad en el número de listas, así como equidad en su conformación y en el puesto que se ocupa en ellas; erradicación de prejuicios y estigmas basados en la orientación sexual o pertenencia étnica; creación de secretarías de asuntos indígenas, afroperuanos y LGTBI en su estructura partidaria, entre otras.
Es necesario señalar que una característica fundamental de la democracia es que la ciudadanía sea capaz de expresar su voz e influir en las decisiones que afectan su vida. Esto incluye a segmentos de la población que tradicionalmente se han visto excluidos del poder político debido a prejuicios y estereotipos sociales. La diversidad dentro de los partidos debe ser real de forma que todos los individuos, sin importar su origen, puedan contribuir a los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones, y tengan acceso a puestos de elección popular y oportunidades para representar al partido ante públicos más amplios.
Es una demanda común que movimientos regionales y partidos políticos generen espacios de diálogo y alianzas con organizaciones sociales indígenas, de afroperuanos y aquellas que defienden derechos de la población LGTBI, con el fin de establecer agendas para el fortalecimiento de la representatividad local y regional, donde la igualdad, equidad e inclusión sean principios del actuar político.
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Así mismo, los partidos y movimientos políticos, en coordinación con la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana del JNE, deben establecer estrategias de toma de conciencia como parte del “Programa Igualdad Política”, buscando que se acojan los enfoques de interculturalidad y género, reconociendo la diversidad étnica y cultural peruana, para abordar su problemática histórica y estructural, atendiendo las demandas que subyacen a la diversidad para brindar justicia con igualdad.
Las organizaciones afroperuanas deben trabajar por un involucramiento efectivo de esta población en espacios de representación y de toma de decisiones públicas, comprometiéndose para promover la participación política a través de programas de capacitación al interior de sus propias estructuras, impulsando espacios de estudio y formación política dirigidos a personas afroperuanas, pero también hacia otros actores políticos. En este contexto, es necesario que las organizaciones afrodescendientes establezcan alianzas de colaboración con partidos y movimientos que definan objetivos y actividades orientados a brindar asesoría y capacitar sobre los temas afroperuanos y étnicos, promoviendo la creación de secretarías de asuntos afroperuanos como parte de las estructuras partidarias.
El hecho de que en las ERM 2022 sólo se haya alcanzado un 0,16 % de candidaturas afroperuanas (125 de 74 977) y un 0,13 % de autoridades electas (17 de 13 032) es una alerta para que las organizaciones afroperuanas a nivel nacional establezcan medidas urgentes con el fin de incrementar la participación política de su población, convocándolas a que atiendan las recomendaciones hechas en este informe, definiendo estrategias que incentiven no sólo la presentación de candidaturas afroperuanas ante los próximos comicios electorales sino su efectiva elección, con el ánimo de construir una democracia más inclusiva y libre de racismo.
Las organizaciones indígenas deben emprender un diálogo efectivo desde las diversas formas de asociación comunal hasta las plataformas nacionales que logran concretar, identificando la real magnitud de su interés en los procesos electorales y en las formas de viabilizar su participación en lo público. Es el momento de tender puentes entre líderes y lideresas, que llevan décadas en sus cargos, y dirigentes para conectarlos con sus bases, impulsando una renovación generacional y de liderazgos, donde las propias organizaciones y comunidades indígenas identifiquen sus necesidades y construyan autónomamente sus agendas y sus discursos.
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Concretar alianzas con otras colectividades de la población nacional en busca de fortalecer la participación electoral en el marco de la diversidad étnicocultural es una tarea que deben emprender rápidamente las organizaciones indígenas, así como su conformación en movimientos políticos propios, que si bien es una tarea difícil, hasta que no se logren reformas sustanciales respecto de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, resulta necesario emprender, pues contar con un 4,4 % de candidaturas por la cuota indígena (3291 de 74 .977) para las EMR 2022, de las que no se tiene claridad sobre la real pertenencia a comunidades indígenas, exige que se estrechen vínculos y lazos para fortalecer la identidad como pueblos indígenas y preparar estrategias que garanticen mayor presencia de representantes de los pueblos originarios en los cargos de elección popular para las siguientes elecciones. En este sentido, generar alianzas debe conllevar también a una participación más incidente, donde los tomadores de decisiones reconozcan sus identidades y escuchen sus demandas para que la regulación de la cuota indígena responda realmente a la inclusión de comunidades indígenas, ya que el manejo actual no garantiza el acceso exclusivo de sus representantes a dicha cuota.
Las organizaciones LGTBI deben impulsar espacios de diálogo y campañas que promuevan el debate público para mejorar su participación y para que se conozcan las realidades de los territorios, permitiendo erradicar los prejuicios, estereotipos y expresiones de odio hacia esta población en todos los escenarios, con especial énfasis en los medios de comunicación, quienes deben promover el adecuado uso del derecho a la libertad de expresión y apoyar la difusión de los protocolos antidiscriminación y acuerdos del Pacto Ético Electoral. Estas acciones permitirán que se refuerce el voto informado y se visibilice cómo la estigmatización afecta los derechos humanos de las personas LGTBI.
Identificar un 0,011 % de candidaturas LGTBI (9 de 74 977) para las ERM 2022 y lograr la elección de un 0,01 % (3 de 13 032) es fruto de la lucha, resiliencia y fortaleza demostrada por esta población para mantener su participación política y lograr resultados. Sin embargo, estas cifras deben ser también un motivo para que las organizaciones LGTBI busquen trabajar conjuntamente con otras organizaciones de la sociedad civil, movimientos regionales y partidos, con el fin de movilizar agendas en temas políticos; incluir sus demandas en los planes de gobierno; implementar directrices institucionales sobre el abordaje de los asuntos que conciernen a la población
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LGTBI; fortalecer los mecanismos de vigilancia y sanción, así como la aplicación de la ley contra el acoso político; establecer parámetros claros de comunicación y divulgación de candidaturas de personas LGBTI, sin emitir prejuicios, ni enraizar estereotipos, y realizar veeduría y control social para que los procesos electorales respondan a criterios de inclusión y equidad. Esta suma de esfuerzos y voluntades consolidará el camino para mostrar al mundo su capacidad para hacer política desde el respeto, la igualdad y la inclusión, construyendo sociedades más justas e igualitarias a partir del ejercicio democrático.
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