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CONSULTORIO JURÍDICO
from Edición 188
by LATINPYME
Impuestos verdes en Colombia ¿Qué esperar?
La legislación Colombia busca incentivar la protección al medio ambiente, bien sea, mediante beneficios tributarios o modificando conductas, sistema que puede tener cambios con la próxima reforma tributaria.
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Por: Maria Camila Acuña Castro
El cambio climático es, actualmente, uno de los temas que más cuestionan a la humanidad, por las nefastas consecuencias que trae consigo. En particular, los recientes fenómenos naturales que han ocasionado tragedias alrededor del mundo han llevado las discusiones hacia este tema. La pregunta entonces es “¿qué hacer?”.
Si bien la respuesta a esta pregunta atañe diversas variables, en materia fiscal, los llamados “impuestos verdes” han surgido como una posible solución, dado que los tributos, además de ser un instrumento de recaudo, también son herramientas que pueden cambiar conductas. Así pues, si el objetivo último es modificar las conductas humanas para reducir los impactos ambientales, ¿qué va a pasar con el recaudo fiscal?
En Colombia, los impuestos ambientales empezaron con la ley 1819 de 2016, que crea el impuesto al carbono, en el que se gravan la cantidad de emisiones de dióxido de carbono generadas por la quema de combustibles fósiles. Como consecuencia, se generan incentivos a disminuir la producción de CO2. Específicamente, la ley 1819 buscaba una reducción del 20% de la producción de CO2.
Por otro lado, el impuesto a las bolsas plásticas es el ejemplo perfecto cuando se busca hablar de impuestos extrafiscales, pues el objetivo último de este tributo no es el de generar recaudo adicional, sino el de reducir la compra de bolsas plásticas, dado que este es un producto altamente contaminante y que tarda mucho en biodegradarse.
No obstante, la ley 1819 del 2016 no instauró únicamente tributos a los bienes/conductas contaminantes. Los “beneficios tributarios verdes” también se instauraron con esta legislación. Ejemplos de estos son los descuentos en la renta líquida que se otorga a aquellos que realicen inversiones en control y mejoramiento ambiental, así como exclusiones en el pago del IVA a elementos, equipos y maquinarias destinados al control y mejoramiento ambiental. Proyectos de ecoturismo y programas de generación de energías no convencionales fueron también beneficiarios de los incentivos generados en la ley.
Con ello el Estatuto Tributario establece en su artículo 255 el descuento para aquellas inversiones que se realicen sobre el control, la conservación y el mejoramiento del medio ambiente siempre y cuando exista una acreditación por parte de la autoridad ambiental respectiva.
Este descuento también aplica para aquellas inversiones que puedan realizarse en ese mismo sentido, cuando se trate de ejecución de actividades que se encuentren dentro del sector turístico.
Así mismo, esta norma expone que este descuento correspondiente al 25% solo procede mientras no se trate de una inversión proveniente de un mandato por parte de una autoridad ambiental para mitigar el impacto ambiental que se haya producido producto de una licencia ambiental.
En el caso de las exclusiones en el pago del IVA de que tratan los artículos 427 y 428 del Estatuto Tributario, relacionadas con la maquinaria y demás equipos usados para la regulación y el cumplimiento de los estándares ambientales, los contribuyentes deben obtener una certificación ambiental.
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A SU ALCANCE
Los impuestos ambientales empezaron con la ley 1819 de 2016, que crea el impuesto al carbono, en el que se grava las emisiones generadas por la quema de combustibles fósiles.
La resolución 978 de 2007 del Ministerio del Medio ambiente y Desarrollo Territorial estableció la forma y los requisitos para presentar ante dicha institución las solicitudes de acreditación para obtener la certificación que los artículos 437 y 428 requieren.
Algunos de los requisitos que esta resolución establece son los siguientes:
01
Allegar el formato único de solicitud de Certificación Ambiental para acceder a beneficios tributarios de exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA.
02
03
Aportar certificado de existencia y representación legal, el cual a la fecha de presentación de la solicitud no debe exceder los treinta (30) días calendario de expedido.
Señalar el artículo del Estatuto Tributario en que se fundamenta la solicitud
04
Señalar si los elementos, equipos o maquinaria por los que solicita la certificación son nacionales o importados.
05
Señalar el objeto o finalidad, y la descripción detallada del sistema de control o monitoreo ambientales que constituyen, o al que se incorporarán.
06
Identificar con precisión cada uno de los elementos, equipos o maquinaria para los que se solicita la certificación, especificando: cantidad, marca, modelo o referencia, fabricante, vendedor y detallando la función que cada uno cumple dentro del sistema de control ambiental o de monitoreo ambiental.
Compromisos pactados
Teniendo en cuenta que la legislación Colombia hoy en día busca incentivar la protección al medio ambiente, bien sea, como ya se explicó mediante beneficios tributarios o bien sea modificando conductas , existen hoy en día compromisos tales como reducir sus emisiones de CO2 lo que implica que el país apunta a un cambio de conductas que permitan la reducción en la emisión de gases, por lo tanto, si las modificaciones son tan grandes para generar esa reducción, ¿cómo se esperaría recaudar el 2,2% del PIB de conformidad con lo expuesto por la OCDE?
Con ello entonces es visible percibir la contradicción que existe en el manejo de los impuestos verdes, pues por un lado se espera un recaudo mucho mayor al que en este momento se tiene, pero además se espera que este tipo de impuestos cumplan con el objetivo de aportar al medio ambiente. Así, el reto viene ahora con la nueva reforma tributaria, de la que se espera exista una política que aumente el recaudo de este tipo de impuestos bien sea a través de la creación de nuevos impuestos, o de otro tipo de incentivos y conforme con ello también se cumple el objetivo de impactar de manera positiva el medio ambiente. Por ende, bajo este panorama, es necesario preguntarnos ¿Qué nos espera con los impuestos verdes en Colombia?