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ORELLANA

AÑO 20 Edición 973 Circula del 29 de octubre al 11 de noviembre del 2017

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Si busca la rica colada morada y guaguas de pan, venga a...

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EDICIÓN

En Francisco de Orellana, los habitantes ofrecen toda su amabilidad, además de la tradicional colada morada. En este feriado los turistas son mimados como si fueran hijos de esta hermosa tierra.

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En la Amazonía ecuatoriana se pasa el mejor feriado de difuntos

Seguro que usted no se olvidaría de la laguna Julio Marín, en Lago Agrio. Este es uno de los bellos lugares para visitar en feriados.

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NAPO EXTRACTO SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN DEMOCRÁTICA “MID”

De conformidad con el artículo 15 de la Codificación del Reglamento para la inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto: Denominación de la organización política: MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN DEMOCRÁTICA “MID” Jurisdicción: ORELLANA Ámbito de acción: PROVINCIAL Nombre de la representante: ZOILA JANETH UNAUCHO NACEVILLA Fecha de ingreso de la documentación: 2 DE OCTUBRE DE 2017 Domicilio electoral: Av. ALEJANDRO LABAKA Y LOS RÍOS DE LA CIUDAD DE FRANCISCO DE ORELLANA. Símbolo, emblema o distintivo:

El presente extracto se pública con el objeto de que si alguna organización política, personas naturales o jurídicas, consideran que el contenido del extracto incumple normas constitucionales y legales, podrán presentar su reclamo administrativo ante el Consejo Nacional Electoral o sus delegaciones correspondientes con la motivación suficiente en el término de tres (3) días, contados a partir de la fecha de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Codificación del Reglamento para la inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas. Francisco de Orellana, 23 de octubre de 2017 Marco Tulio Restrepo Díaz DIRECTOR (E) DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL DELEGACIÓN ORELLANA

Vamos a “La Balsa Restaurant” Toca llegar en canoa porque este emprendimiento flota sobre las aguas del Tena, provincia de Napo.

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Comunidad

MUNDO

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Precios al alcance de todos

Sucumbíos espera que en este feriado muchos Basquetbolista Johu Castillo jugará en un club argentino turistas visiten la acogedora Amazonía Lago Agrio, por su ubicación e infraestructura en general, posibilita la llegada y traslado hacia los lugares turísticos de la provincia que el visitante quiera conocer.

Todo muy bonito

Lago Agrio o Nueva Loja, con características de una urbe que progresa de manera constante, ofrece distracciones para todas las edades. Parques acogedores en la ciudad y el mismo parque Recreativo en pleno centro de la ciudad, con diversos entretenimientos y lugares para hacer deporte o simplemente caminar, cobijado de esa brisa fresca que brinda en las noches. Respecto a la variedad gastronómica, hay para todos los paladares que gustan de la comida costeña, la comida serrana y la tradicional gastronomía amazónica, con los maitos, mayones, chicha de chonta.

Redacción Sucumbíos

Para el turista que llega por vía aérea o terrestre, la ciudad dispone de una gran variedad de hoteles, restaurantes y servicios en general. Asimismo, desde Nueva Loja, se posibilita el traslado hacia ciudades o lugares turísticos en los cantones vecinos. Aparte de las ofertas turísticas publicitadas en el cantón Lago Agrio, el turista que gusta disfrutar de la naturaleza, en la provincia hay importantes sitios para visitar. En Shushufindi, uno de los lugares más visitados por su majestuosidad es la laguna de Limoncocha; además ofrece avistamiento de lugares paradisiacos, aves, animales silvestres del lugar, en paseo en canoa a motor que los guías de esa laguna ofrecen. Otro lugar muy visitado son las lagunas de Cuyabeno, ubicadas entre los cantones Putumayo y Cuyabeno. Hacia la vía Quito están los cantones Cascales y Gonzalo Pizarro, con el mítico puente “Tony el suizo”, sostenido en cables de acero, que al cruzarlo se convierte en una inolvidable aventura; al otro lado del río

Parque la Perla, sitio espectacular para el turista que no quiere que le describan su belleza.

Aguarico está la comunidad de San José y otras de la nacionalidad kichwa. En Gonzalo Pizarro, están sitios de ensoñación como la cascada San Rafael y el mismo Reventador. Son lugares que desde Nueva Loja, solo están a una hora de viaje aproximadamente. En Nueva Loja también hay mucho por conocer. Un recorrido por el río Aguarico, por los diversos sitios ubicados a las riberas del río, son lugares que la gente suele visitar. También están las lagunas Julio Marín ubicada dentro de la ciudad y el Parque Ecológico Recreativo Lago Agrio a poca distancia de la ciudad. En plena urbe está el Parque Ecológico Nueva Loja, un lugar que debe ser visitado por todo turista que llega a este suelo amazónico: el parque posee senderos por donde se avista todo tipo de aves, monos, papagayos, caimanes pequeños, dentro de una vegetación espectacular; además de diversas especies que permanecen en calidad de pacientes ya que han sido rescatados, y reciben atenciones adecuadas hasta devolverlos a su hábitat natural: hay serpientes, caimanes y más especies.

Ofrecemos una ciudad limpia, una ciudad ordenada, con todos los servicios básicos, una ciudad con gente amable; con 2 parques ecológicos. El río Aguarico con sus balnearios, como también, la gastronomía de la ciudad. Vamos, como todos los últimos años, a realizar el “festival de guaguas de pan y la colada morada”. Lo otro es la cercanía, inversión en infraestructura hotelera y turística que se hace en Lago Agrio; son atributos que contribuyen al desarrollo de la ciudad, tomando en cuenta además que han bajado los costos de alimentación y alojamiento, aparte que somos la puerta de entrada a la Reserva Faunística del Cuyabeno, como también por la cercanía fronteriza con Colombia. Lago Agrio, en este feriado, le apuesta mucho al turismo, comentó el acalde de Lago Agrio, abogado Vinicio Vega. Nueva Loja, es un abanico de buenos servicios y amabilidad de su gente, que se esmera para que los visitantes se vayan con el deseo de regresar lo más pronto posible, para visitar esta maravillas que ofrece la Amazonía ecuatoriana.

Redacción Orellana

El basquetbolista esmeraldeño, Johu Castillo, perteneciente a los registros de la federación deportiva de Orellana (FDO) será uno de los referentes de esta disciplina en el contexto internacional, ya que fue solicitado por el club Estudiantes de la Olavarría, de Argentina, quienes con una beca le garantizan al joven deportista estudios, estadía, alimentación y una manutención mensual por 4 años. Castillo, nacido en la parroquia Limones, Esmeraldas, llegó a la provincia de Orellana a sus 11 años de edad, junto a su hermano mayor Jhon Jairo, de quien heredó el gusto por el baloncesto y con quien ha desarrollado sus habilidades dentro de esta disciplina deportiva; de familia humilde, los hermanos Castillo han participado en varios equipos de baloncesto, siendo su mejor experiencia las convocatorias a ser parte de la selección del Ecuador, y la medalla que obtuvieron con

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la provincia de Orellana, en los juegos nacionales. Aspiraciones Castillo recordó que ha jugado en varios equipos del país, “he jugado en varios equipos a nivel nacional, pero profesionalmente en Importadora Alvarado de Ambato, ellos fueron quienes me dieron minutos y me recomendaron por mi desempeño a este club argentino”. El basquetbolista de 18 años de edad y de más de 2 metros de altura, fue uno de los mejores juveniles en la pasada liga nacional de Ecuador, esto lo llevó a demostrar sus condiciones técnicas en este deporte. “Agradezco a federación de Orellana, sus dirigentes, mi profesor Santiago Peñalver que me formó, a mi hermano mayor Jhon Jairo, quien me inspiró el básquetbol y a todos quienes de una u otra forma me dieron su apoyo, tengo la obligación de demostrar que en Ecuador hay buenos deportistas”, concluyó.

Johu Castillo sueña en llegar a la NBA, “y si no se puede, por lo menos al básquet europeo”, dijo.

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CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ORIENTRUCK S.A. TRANSPORTE PESADO DEL ORIENTE Conforme previsto en los Artículos 14 y 16 del Estatuto Social, concordantemente con lo establecido en los Artículos 119 y 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los ACCIONISTAS de ORIENTRUCK S.A. a una JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS que se llevará a cabo en la sala de reuniones de la empresa ubicada en el Km. 11½, margen izquierdo de la vía Coca – Lago Agrio (a 500 metros de MKP), en la parroquia Nuevo Paraíso, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana. FECHA: HORA:

LUNES SEIS (06) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE (2017) DIECISEIS (16h00) HORAS

En la sesión se tratarán los siguientes asuntos: 1. RESOLVER SOBRE LA VENTA DE ACCIONES QUE MANTIENE ORIENTRUCK S.A. EN LA MISMA COMPAÑÍA; 2. REVISAR Y RESOLVER ASPECTOS RELACIONADOS CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA EN LA MODALIDAD MENSUALIZADA Y CALL OUT QUE SE PRESTA A CLIENTES; 3. CONOCER Y RESOLVER ASPECTOS RELATIVOS A LAS GARANTIAS A OTORGARSE PARA CELEBRAR CONTRATOS CON EMPRESAS USUARIAS DEL SERVICIO; Y, 4. INFORME SOBRE GESTIONES EN GENERAL. Se encarece puntual asistencia al tiempo que se recuerda a los accionistas que deben acudir a la Junta de manera personal o mediante delegado que cuente con poder suficiente o autorización específica. bre del 2017 Puerto Francisco de Orellana, 24 de Octubre Atentamente; Ing IIng. In ng Six S to M oreno Samani oren m ego ma man mani Sixto Moreno Samaniego PRESIDEN DENTE DEN T TE PRESIDENTE


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Se trata del Monte Olimpo. Su naturaleza de montaña era conocida antes de que las sondas espaciales visitarán el planeta gracias a su albedo, siendo conocido por los astrónomos como Nix Olympica. Es la montaña y volcán más grande del sistema solar.

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Comunidad

Socializan ordenanza que reglamenta operación del terminal terrestre de Nueva Loja Redacción Sucumbíos

Aunque de la socialización del 24 de octubre, entre la dirigencia del transporte, ciudadanía y autoridades del Municipio de Lago Agrio, realizada en el salón de la ciudad, solo hubo quejas y sugerencias de mejorar el servicio de transporte en todas sus modalidades, especialmente de servicio interprovincial. Allí sobresalió la respuesta de los representantes de las operadoras locales (Putumayo y Petrolera), quienes argumentaron que para ellos primaba la parte económica de cada propietario, dada la difícil situación (antes que dar un buen servicio al usuario). No lo dijeron pero los presentes lo entendieron así. Entre los pedidos de la gente estaba que se quiten los sellos de seguridad que se ponen a las unidades, a la entrada y salida de las unidades, en el kilómetro 3. Estos sellos de seguridad son colocados para que las unidades no quiten pasajeros a las demás unidades de otras modalidades o entre las mismas operadoras que trabajan en la provincia. Un dirigente de la cooperativa Baños anunció que ellos acatarán las disposiciones que se tomen, teniendo en cuenta que la política de esa empresa es dar el mejor servicio posible a sus usuarios. Como no hubo acuerdos concretos

en la socialización del día 24, pero con las sugerencias y pedidos que hizo la ciudadanía, se realizó un nueva reunión de trabajo el miércoles 25 en una de las salas del centro de atención ciudadana, reunión que pasó de las 19h00, donde estuvieron presente todas las autoridades que tienen que ver con la situación del transporte, incluida la gobernadora, directora de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) de Sucumbíos y dirigentes de las operadoras de transporte urbano, taxis e interprovincial y demás. Aunque no se firmaba todavía el acta definitiva, no obstante, entre los puntos que se acordaron fueron: que el sellado se mantenga hasta el kilómetro 3 (junto a la gasolinera de Petroecuador) aunque hubo una ponencia que se lo haga desde Santa Cecilia, ante la preocupación del alcalde Vinicio Vega, en procura de que se ayude a la ciudadanía en el sentido de no crearle dificultades para tomar un bus; se acordó que sea en el kilómetro tres; en este operativo de control actuarán el Municipio de Lago Agrio, con una camioneta, un miembro de la Policía Nacional y personal de la Unión de Cooperativas de Transporte, para el control a la salida desde el terminal, y en el sitio de puesta y sacada de los sellos de seguridad. El servicio será de 04h00 a 20h00.

Atención médica en Limoncocha Redacción Sucumbíos

El Ministerio de Salud Pública (MSP) y Petroamazonas, mediante un acuerdo de cooperación interinstitucional, brindó el 17 de octubre atención médica integral en la parroquia Limoncocha, jurisdicción del cantón Shushufindi. En lo que va del 2017, se ha realizado un total de 12 brigadas médicas masivas, centrándose en el sector rural del cantón. La parroquia Limoncocha cuenta con una población de 4.440 habitantes, la segunda más poblada del cantón Shushufindi, por debajo del centro urbano con 19.892 habitantes. Alrededor de 649 aten-

ciones se brindaron a la gente de Limoncocha, donde profesionales en odontología, enfermería, médicos generales, especialistas, nutricionistas y psicólogos, atendieron con calidad y calidez a las familias que acudieron a la jornada. Danilo Cerda, representante de la comunidad, comentó que están agradecidos con las instituciones que se dieron cita en esta jornada por la salud y la vida en Limoncocha, “aprovechamos cada minuto de este día para trasladar y no dejar sin atención a la población vulnerable, sabemos el esfuerzo realizado por ustedes y siempre les esperaremos con los brazos abiertos”, dijo.

Ojo a las camionetas Otro tema que se trató fue el que las unidades de la Cooperativa Putumayo cambien de lugar para tomar pasajeros desde las calles Jorge Añazco y avenida Colombia, en dirección a General Farfán, por la congestión que arman, cuando se acumulan unidades en esa parada. La dirigencia aceptó siempre y cuando se reubiquen también las camionetas de transporte mixto que operan en la misma avenida Colombia y Eloy Alfaro y prestan el similar servicio, hasta General Farfán; la directora de la ANT se comprometió con la Policía Nacional, gestionar este pedido. Se habló también de los usuarios que esperan por los buses que los llevan a la vía los Tetetes, que se ubican en la parada de la avenida Amazonas, frente al mercado central de la ciudad, ya que según se dijo, se arma un verdadero caos, son víctimas de la delincuencia y de vendedores ambulantes que les ofrecen de todo y ellos compran. ”Si tienen plata para comprar cosas, comida, con eso pueden pagar su pasaje hasta el terminal”, señaló un dirigente. El alcalde Vega comentó que ante la exigencia de dichos moradores de la vía a los Tetetes, se había permitido que los buses realicen una parada de máximo 5 minutos, en ese P

Los asistentes a la cita dijeron que están dispuestos a mejorar el transporte público del cantón.

sector”. En la reunión de trabajo también se habló de descongestionar las calles de la ciudad utilizando vías alternas, como Vicente Narváez, en su viaje al Shushufini, por ejemplo. El alcalde Vega, dijo que el uso de corredores laterales se cumplirá posteriormente para que los transportistas los usen y no tengan que utilizar las calles de la ciudad. Acotó que ante el pedido que se construya un nuevo terminal terrestre, dijo que el actual funciona adecuadamente, “no es que esté colapsado, incluso, en las horas pico (18H0023h00) todo el terminal funciona

de manera holgada”. Además, por el momento, no hay recursos para ese propósito, añadió. 2 meses para observar resultados Las autoridades y dirigencia del transporte dieron un plazo de 60 días para observar los resultados de estas nuevas disposiciones y en una nueva reunión corregir errores o tomar nuevas medidas para mejorar el servicio. De hecho, los recorridos establecidos para las operadoras de entrada y salida al terminal terrestre, deben respetarse como lo establece la ordenanza, para no crear congestión en la ciudad.

CONSEJO CANTONAL PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LORETO Loreto - Orellana – Ecuador

CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE MIEMBROS PRINCIPALES Y SUPLENTES A LA JUNTA CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LORETO En cumplimiento a lo estipulado en la resolución N° 002-CCPDL-2017 y reglamento Nº 004-CCPDL-2017, legalmente aprobados. Se convoca a concurso de méritos y oposición de los Miembros Principales y Suplentes de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Loreto 1.- Requisitos: a) Básicos 1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano. 2. Tener mínimo título de tercer nivel de Abogado(a), Psicólogo(a) Clínico (a); Trabajo Social, registrado por la SENESCYT. 3. Estar en goce de los derechos de ciudadanía. 4. Tener experiencia de dos ( 2 ) años en el ámbito social. 5. Presentar Declaración Juramentada conforme lo dispuesto en el Art. 15 del presente reglamento, sujeto a verificación, documento que se entregará en la recepción de la postulación. 6. Los demás requisitos señalados en la Constitución de la República del Ecuador y la LOSEP. Para acreditar las condiciones básicas señaladas, se adjuntará copias de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación. b) Técnicas: Con la presentación de la Hoja de vida descargada de la página web de la red socio empleo y documentos relacionados se acreditará: 1. Experiencia y/o formación técnica en derechos humanos. 2. Conocimiento y experiencia de por lo menos un año en temas relacionados con niñez y adolescencia, jóvenes y discapacidad. 3. Haber trabajado en temas relacionados en el campo social, o afines (familia, organizaciones, asociaciones comunitarias, redes de prevención, atención y restitución de derechos a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y discapacidad.). 4. Experiencias en procesos de coordinación institucional e interinstitucional pública y/o privada. c) Conocimiento y comprensión en: 1. Derechos Humanos en general y en particular de grupos de atención prioritarios. 2. Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 3. Doctrina de Protección Integral y el Sistema Cantonal de Protección de Derechos. 4. Conocimientos de las disposiciones de la ley para grupos de atención prioritarios. d. Mediación y arbitraje. En esta fase el candidato o candidata deberá demostrar tener capacidad para: 1. Trabajar en equipo. 2. Trabajar con compromiso y responsabilidad. 3. Vincular la teoría y la práctica. 4. Expresión verbal. 5. Toma de decisiones. 6. Disponibilidad de tiempo completo. 2.- Remuneración: La que corresponde a profesional 2 ( SP4 grado 10 ) de acuerdo a la tabla de remuneraciones del MRL. 3.- Fecha de inicio del concurso: 06 de noviembre del 2017 4.- Fecha para la recepción de documentos: desde el 06 al 10 de noviembre de 2017 en horario de 7h30 a 12h30 y de 13h30 a 16h30. En las oficinas del Consejo Cantonal para la Protección de Derechos de Loreto. Ubicado en la calle Guami y José Leiva junto a la ferretería del Sr. Alberto Chacha. Para cualquier información comunicarse a los teléfonos: 062 893375, celular 0939677715, correo: ccpdl@hotmail.com Atentamente,

La gente de Limoncocha, además de atención especializada, escuchó consejos sobre buena nutrición.

Ing. Wellinton Serrano PRESIDENTE DEL CONSEJO CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LORETO


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Comunidad

Tiempo de guaguas de pan y colada morada

FRASE

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Trabajos de mantenimiento en el pantano seco artificial San Francisco Redacción Sucumbíos

La Alcaldía de Shushufindi, por segunda semana consecutiva, continúa la limpieza, mantenimiento y remediación, del pantano seco artificial San Francisco (PSA) con el fin de optimizar su funcionamiento y el tratamiento de aguas residuales en la ciudad. Al momento por administración directa, el Municipio limpia el ingreso de aguas residuales desde la ciudad hasta los decantadores y de éstos el desalojo de sedimentos, así como la limpieza de la tubería con el vacum y el desbroce de maleza de las piscinas. El jefe de operaciones y mantenimiento de los sistemas de agua

potable y alcantarillado, Mario Ayoví, indicó que con estos trabajos alcanza la verdadera capacidad biológica al sistema con un nivel de remoción superior al 95 por ciento. Añadió que una de las causales para la presencia de sedimentos y sólidos que generan problemas en el sistema son las aguas pluviales que los usuarios evacuan por el alcantarillado sanitario. Ángel Barragán, presidente del barrio San Francisco, resaltó los beneficios de los trabajos que se ejecutan. Por su parte Miguel Carrera, morador del barrio, expresó que los pantanos artificiales son de toda la ciudadanía por lo que llamó al cuidado del sistema.

La venta de colada morada y las guaguas de pan será el 30 de octubre de 09h00 a 17h00 en el parque central de Coca. Redacción Orellana

Este 30 de octubre los paladares exigentes tienen una cita en el parque central de Coca con la tradicional colada morada. Por el día de los difuntos, 2 de noviembre, ABC gourmet, el Municipio de Orellana, Ministerio de Turismo, hoteleros de Orellana y otras instituciones relacionadas al turismo, están dispuestos a mantener esta costumbre mediante esta convocatoria. Anita Rivas, alcaldesa del cantón, mencionó que la actividad tiene el objetivo de apoyar a los niños con discapacidad de Francisco de Orellana, “debo felicitar a ABC gourP

met por habernos invitado a ser parte de esta iniciativa muy buena para rescatar nuestra tradición como es la colada morada y las guaguas de pan”. Todos le ponen su toque Cristian Silva, representante de ABC gourmet, anunció que aproximadamente 3.000 porciones (colada morada y guagua de pan) serán preparadas “este va a ser un trabajo mancomunado donde en unos restaurantes se preparará la fruta, otros sacando pulpa, nosotros directamente con la elaboración de la guagua de pan”, dijo. Sandra Vélez, técnica del Ministerio de Turismo de Orellana, expresó

que este programa también tiene la finalidad de aportar al crecimiento turístico de la región, “este es un evento solidario, muy loable, el cual va a permitir que otras personas se sientan beneficiadas de esta actividad tradicional y además va a servir para potenciar la parte turística”. Por su parte Pedro Gonzales, representante del sector hotelero, destacó la importancia de que se realicen estos programas ya que ayudan a difundir el turismo local, “siempre estamos dispuestos a apoyar este tipo de iniciativas pensando en mejorar el área turística y buscar enaltecer mucho más la ciudad y la provincia de Francisco de Orellana”.

El mantenimiento se complementará con obras y proyectos priorizados por la población en el presupuesto participativo donde se fijaron alrededor de 450.000 dólares para el sistema de los pantanos secos artificiales San Francisco.

Taller de capacitación sobre el MAIS - FCI Redacción Orellana

El Ministerio de Salud Pública (MSP), a través de la dirección distrital 22D01-salud, realizó una capacitación sobre el modelo de atención integral de salud familiar comunitario e intercultural (MAIS-FCI), con la presencia de los comités ciudadanos locales de salud (CCLS), dirigentes barriales y ciudadanía de La Joya de los sachas, con el objetivo de socializar las acciones del MSP frente a las demandas y necesidades de salud que devienen de los cambios demográficos y epidemiológicos, lo cual requiere de los servicios integrales de salud con capacidad resolutiva de primero, segundo y tercer nivel de atención. La cartera de servicios del centro de salud tipo C, el fortalecimiento de la red de salud (referencia y contrareferencia) y los componentes determinantes de la salud: estrategia

Ecuador sin muertes maternas, desnutrición, nutrición cero-estrategia de los 1.000 días, discapacidades, enfermedades vectoriales, violencia de género, salud mental y prevención de drogas, fueron los temas que los profesionales de la salud de la dirección distrital 22D01 socializaron en la capacitación que busca fortalecer el cuidado y recuperación de la salud en todas sus dimensiones, biológicas, mentales, espirituales, psicológicas y sociales. José Zambrano, director distrital 22D01-alud, manifestó “en la práctica del modelo de salud, la promoción de salud y prevención de enfermedades es fundamental que nuestra gente esté sana y para eso es necesaria la prevención; trabajamos en la aplicación de políticas públicas saludables, con intervenciones intersectoriales, promocionando estilos de vida y espacios saludables y lo más importante es la participación activa de la ciudadanía”.


A los cien años de la Revolución de Octubre de 1917

Los hombres han sido siempre, en política, víctimas necias del engaño ajeno y propio, y lo seguirán siendo mientras no aprendan a descubrir detrás de todas las frases, declaraciones y promesas morales, religiosas, políticas y sociales, los intereses de una u otra clase.

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Opinión

El mismo discurso Al inicio de cada periodo gubernamental, los nuevos gobernantes, llámense presidentes, prefectos, alcaldes, concejales, entre otros, descalifican a los anteriores para mantener, en un comienzo, distraída a la población con el fin de ganar tiempo antes de trabajar ya de verdad. Esto pasa con el actual gobernante, cuyo discurso está ligado a escenarios de descubrimiento de una serie infinita de irregularidades, de corrupción, de ataque a las libertades sociales, que había durante el anterior gobierno. En parte puede ser que tenga la razón, pero por otro lado está ese interés que tienen los subalternos en ganarse la confianza del máximo jerarca y mantenerse en el puesto, más cuando no hay espacio para trabajar, no importa si una persona tiene o no título académico. Gran hallazgo, que ha habido corrupción en casi todas las instituciones del Estado; pero si el mismo mandatario en funciones fue, desde que ganó las elecciones, calificado de ilegítimo por el candidato perdedor

porque supuestamente había sido favorecido por el organismo electoral. Pero qué raro, ahora recibe el apoyo de quienes querían incendiar Quito cuando gritaban en las calles aledañas al Consejo Nacional Electoral e insultaban a sus miembros. Claro, el apoyo al gobernante proviene porque las preguntas de la consulta popular y referéndum son las mismas que el candidato perdedor planteaba en su campaña. Aclaramos que no estamos en contra de la consulta popular, sino contra esos discursos santurrones que generan imaginaciones de que hacia adelante todo será diáfano y transparente. La duda, por decir lo menos, nace a raíz de que quienes apoyan la consulta tienen alguna relación con la evasión tributaria, la tenencia de fortunas en paraísos fiscales, salieron

autoexiliados a otros países o se escaparon en helicóptero ante el primer grito estudiantil. Nadie somos para apuntar con el dedo a determinada persona; algunos sujetos ya llevan el sello del rechazo popular por más que emitan insultos guturales. Con este gobierno no terminará la corrupción, mal conocido desde el comienzo de la vida republicana. Suponiendo que gane el sí en la pregunta referida a la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs); acaso no sería una gestión corrupta que una persona y no otra integre el interino organismo. ¿O será llamada la primera persona que camine por la calle? No señoras y señores, serán las personas conocidas o allegadas al gobierno.Según las encuestas, gana-

ría el sí en esta pregunta y por ende, algunas personas ya se frotarán las manos para ocupar un puestito que reemplace a los cesados. Por más que machaquen con publicidad, que la selección ha sido clara, quedará esa duda, especialmente entre los postulantes cuyos méritos no serán observados ni valorados; sino el nivel de amistad que los escogidos tengan con el poder de turno. La tan mencionada y puesta de moda, la meritocracia, no ha valido antes ni ahora para alcanzar un puesto trascendente de decisión política. Seguimos igual y no es porque ya no tengamos esperanza de gozar de mejores días; al contrario, la renovamos precisamente sobre este tipo de ejercicio democrático que prevale a nivel nacional.

Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:

Galo Guevara Bayardo Pérez Yajaira Sánchez Enrique Quinteros Gladys Granda

SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL

Gustavo Salazar

COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.

IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.

La confluencia hispanista: una fuerza viva Sabemos que el mundo es cada día más diverso y que el poliedro refleja la confluencia de todas las culturas; de ahí, la importancia de avivar la concordia de las palabras, la tolerancia de los verbos, el encuentro de los corazones, lo armónico del arte, el pentagrama de los sonidos, el espíritu de la ciencia, la conciencia de los saberes y hasta el aliento de la poesía. En las pupilas del tiempo nada se disuelve. Tampoco nada se destruye. Se reintegra todo en los lenguajes de la vida. O lo que es lo mismo, en la lengua de toda existencia que perdura más allá de nuestros tiempos. Quizás tengamos que buscar otras perspectivas más amplias, para que nuestros sueños vuelen más perennes y abarquen lo íntegro. Porque sí, somos únicos; y, en ese absoluto, está precisamente caminar constantemente juntos, con ánimo constructivo, sin resentimientos, con más alma que cuerpo. Por tanto, es hora de cambiar las armas por las palabras; las palabras por las acciones; y las acciones por la unión y la unidad. Hace falta, en consecuencia, que cada individuo piense más en sus análogos que en sí mismo. Sin duda, será el mejor pensamiento a enhebrar en la especie. Cualquier reflexión no es más que un verso en medio de una larga noche de sensaciones; pero este verso lo es indiviso, y lo será indiviso inmortalmente. Por eso, a mí se me ocurre pensar, ahora que Naciones Unidas celebra durante este mes el Día del idioma español; y más concretamente el 12 de octubre, en la dinámica creativa de lo hispano, en su fuerza de expansión y en su vasta

experiencia cultural. La confluencia hispanista ha sido una realidad a lo largo y ancho de nuestro convivir. Considero, pues, que está muy bien promocionar y apoyar aquellas iniciativas que promuevan el plurilingüismo y multiculturalismo, así como activar el uso de lenguas, como la española, que ha servido tanto para reencontrarnos como para entendernos. Ya en su tiempo lo reafirmaba el inolvidable pensador, Miguel de Unamuno, de que “la lengua no es la envoltura del pensamiento sino el pensamiento mismo”. Con el tiempo, evidentemente, la “Hispanósfera” se ha convertido en una fuerza viva de confluencia en todo el planeta, cuestión vital para robustecer el horizonte de los valores comunes de un mundo global. De hecho lo hispano, por su naturaleza, se adapta perfectamente para suscitar toda forma de cultura de encuentros, máxime cuando compartimos el uso de la lengua más de 500 millones de hispanohablantes en el mundo, con una historia tan enriquecedora como cautivadora. A este respecto, resulta verdaderamente gratificante, que el 16 de septiembre del 2013, quedara constituido formalmente el “Grupo de Amigos del Español en las Naciones Unidas”, animados por el creciente empleo del español como idioma universal y, como tal, vehículo para la paz, el respeto a los derechos humanos y el desarrollo social y económico entre los pueblos que lo hablan. Con su firma, los representantes de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Guinea Ecuato-

rial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, recordaron que el español es uno de los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas e idioma de trabajo de la Asamblea General, del Consejo de Seguridad y del Consejo Económico y Social. La proyección lingüística y cultural de lo hispano, más allá de los límites europeos y a partir de nuestra propia pluralidad, ineludiblemente es una buena referencia para la construcción de un mundo más acorde con la convivencia pacífica. Por otra parte, el referente del 12 de octubre para evocar el encuentro de dos mundos: Europa y América, ha tenido una enorme importancia para la humanidad y para España; puesto que fue este país el que abrió la comunicación entre Occidente y el continente americano. Por todo esto, pienso que es saludable para todos evocar nuestros comienzos, fortalecer nuestras raíces, para llegar a ser nosotros mismos, en un orbe que es de todos y de nadie. Téngase en cuenta que solo los grandes soñadores, que verificaron su propia historia con sus andares poéticos, han podido cambiar la historia. Llegará el día en que después de compartir el espacio, los vientos, el sol y la luna; aprovecharemos las energías del afecto para sentirnos bien. Y ese día, descubriremos al fin, que el fuego que necesitamos para no morirnos de frío, únicamente tiene un nombre: el amor. ¡Ámense mucho! Víctor Corcoba Herrero corcoba@telefonica.net

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Venezuela y la información La globalización mundial de los procesos, entre ellos el de la comunicación, solo permite que tengamos mayor difusión de las noticias, y en su mayoría noticias nada trascendentales, como por ejemplo la crónica roja y la publicidad de productos chatarra. Las noticias científicas, si no están vedadas, su difusión es limitada. En tanto que las noticias de la guerra y la política están generalmente sesgadas, respondiendo a intereses transnacionales, o a intereses locales y/o nacionales de grupos de poder. Así las cosas, cómo entender por ejemplo lo que pasa en Venezuela, Siria, Irak, Palestina. Concretamente en Venezuela, el gobierno bolivariano y sus medios de comunicación afines culpan a la derecha de golpe de Estado; la derecha venezolana culpa al gobierno bolivariano de falta de democracia, transparencia e irrespeto a los derechos humanos. Podríamos decir que existe una difusión de noticias sino distorsionadas, izquierdizadas y/o derechizadas. Lo que queda claro es que en Venezuela nadie de los que buscan gobernar o mantenerse en el gobierno quiere decir la verdad, y todo por una serie de miedos, sobre todo el miedo al populacho. El pueblo venezolano, poco a poco, no de ahora, sino desde que inició su boom petrolero hace 98 años, con la perforación del pozo Zumaque 1, en el municipio de Baralt, estado de Zulia, fue destruyendo la cultura de la agricultura. Pocos, contadas personas todavía quieren producir en el agro, de allí se explica por qué Venezuela tiene que importar más del 70 por ciento de los productos agroalimentarios para la canasta básica de la población. Me atrevería a decir que a Venezuela no lo salva ningún gobernante, ni de izquierda ni de derecha; la derecha mal enseñó a la población con los bonos; la izquierda con Chávez siguió con lo mismo. Nadie leyó ni entendió el proverbio chino de “regala un pescado a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar y lo alimentarás para el resto de su vida”. Parafraseando al gran Facundo Cabral, este diría que a un Estado en esas condiciones le hace falta el gobierno de un hombre que camine por el centro, o sea tres o cuatro, porque los que caminan por el centro, sin virar ni a la izquierda ni a la derecha, según Cabral, le sobraban los dedos de una sola mano para contarlos. Por los caminos que recorro me encontré con un amigo que acaba de llegar de Venezuela, y cuenta que un galón de gasolina cuesta 15 centavos de dólar y un cuarto de pollo listo para servirse 10 dólares. El pozo Zumaque 1, en el municipio de Baralt, estado de Zulia, luego de 98 años aún se encuentra activo, con una producción simbólica de 21 barriles por día, a cargo de Pdvsa, lo explota la empresa mixta Petroquiriquire, que lo convierte en el pozo activo más antiguo del país. Venezuela tiene recursos naturales para largo, es la gente la que tiene que reexaminarse para cambiar el rumbo del país. Ing. Fredy Moreno. fredyheri2005@yahoo.es


Circulación del 29 de octubre al 11 de noviembre del 2017

Judiciales

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO CITACION JUDICIAL: Juicio: DIVORCIO POR CAUSAL Nº 15951-2017-00325 Actor: PRISCILA NORMITA MAMALLACTA GREFA Demandada: ARTURO CESAR CALAPUCHA LOPEZ Cuantía: Indeterminada Juez DR. HERNÁN OBANDO PAREDES Secretaria: Abg. Mariela Poveda Santillán DEMANDA: PRISCILA NORMITA MAMALLACTA GREFA, comparece demandando DIVORCIO POR CAUSAL: “…De la Dirección General de Registro Civil Identificación y Cedulación se desprende que el día 29 de enero de 1992 se ha celebrado el matrimonio, estando casados más de 24 años hasta la presente fecha, por lo que desde hace más de seis años atrás nuestra relación de esposos dejo de ser estable, ya que no existe armonía entre nosotros, por lo que pido que en sentencia se dé por disuelto el vínculo matrimonial…”.Fundamenta esta acción en el Art. 110 numeral 9 del Código Civil, en concordancia con el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General .- El trámite a darse en la presente causa es el Sumario.- PROVIDENCIA: Tena, lunes 13 de marzo del 2017, las 15h10. VISTOS: Avoco conocimiento, en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, mediante Acción de Personal No. 7852-DNTH-2015-SBS de fecha 04 de junio de 2015 en cumplimiento de la Resolución No. 138-2015 Art. 1 y 2 emitida por el Pleno del Concejo de la Judicatura el 20 de mayo de 2015, y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, de conformidad con lo que establece el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia dese a la misma el trámite sumario según prescriben los Art. 332 y 333 del cuerpo legal invocado.-Cítese al demandado ARTURO CESAR CALAPUCHA LOPEZ con el contenido de la demanda, en el lugar señalado para el efecto, advirtiéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones, bajo pena de continuar con el trámite del juicio, en rebeldía.- Téngase en cuenta al señor Silverio Pedro Shiguango Cerda, insinuado como curador Ad-litem del menor Pablo Jordy Calapucha Mamallacta, a fin de que lo represente en esta causa, y a los testigos que certifican, quienes deberán comparecer a la audiencia que se convocara para la declaración y posesión de Curador.- Agréguese los documentos que adjunta.- ANUNCIO DE PRUEBAS: En atención al numeral 7 de la demanda: los literales a considérese en el momento de resolver; el literal b, recéptese los testimonios de Benito Bautista Nantipa Juana y Mary Rosa Mamallacta Grefa, en la audiencia única. Téngase en cuenta el casillero judicial, el correo electrónico y la autorización conferida a su Abogado para que lo represente en esta causa.- CITESE y NOTIFIQUESE.-... ” f) Dr. Hernán Obando Paredes, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo.- Certifico: Ab. Mariela Poveda Santillán SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO 3/3 F1896 T1929

SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL NAPO R del E CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO NUEVA LOJA CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RIO PUCHUNCHOA QUE PASA POR MI PROPIEDAD UBICADA EN LA PARROQUIA PUERTO LIBRE, CANTÓN GONZALO PIZARRO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO ACTOR: ANTONIO VIDAL GÓMEZ. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento Productivo del Agua proveniente del rio Puchuchoa, en un caudal de 20,00 l/s para destinarlos en actividades mineras (lavado de oro) PROCESO N.- NA-SB-2017-0025-AAA SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.- Orellana 03 de octubre del año 2017. Las 11H14.- Expediente NA-SB-2017-0025-AAA VISTO: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparado en lo que determina el Art. 18 literal g) Art. 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hidrograficos Usos y Aprovechamientos del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUAyA.- En lo principal, por cuanto la Solicitud de Autorización de Aprovechamiento del Agua, para la explotación de material metalico (oro), presentada por el señor Antonio Vidal Gómez, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que le la acepta a trámite en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el cantón Gonzalo Pizarro o la provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjese carteles den tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Puerto Libre, perteneciente al cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor. Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijas por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designara el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documento que acompaña 4.- Téngase en cuenta el correo electrónico anvidalg@hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE… f)… Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrografía Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguiente, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, en el Cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO – SB-DHN F: 5209 3/3 S: 3520 ……………………………… REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ y VALVERDE SOLORZANO NANCY DEL ROCIO ACTOR: ORTIZ VASQUEZ GUILLERMO ARMANDO DEMANDADA: VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ y VALVERDE SOLÓRZANO NANCY DEL ROCIO TRAMITE: EJECUTIVO- COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN JUICIO: Nro. 2017-00061 FECHA DE INICIO: 20-02-2017 CUANTÍA: 13.244,75 CASILLERO: 0045- Dr. Guillermo Ortiz JUEZ PONENTE: Dra. Elizabeth Rubio Rivera SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. DEMANDA: 6 FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN: Los fundamentos de derecho constan determinados en las artículos 347 numeral 5, 348, 349 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 486 y 488 del Código de Comercio. VISTOS: En mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez en calidad de Procurador Judicial del Licenciado Carlos Alonso Acosta Carrera Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Muñoz Vega”, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de la señora VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ en calidad de deudora principal y VALVERDE SOLORZANO NANCY DEL ROCIO en calidad de garante y deudora solidaria, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagare a la orden (fs. 7 Y 8), documento que constituye un título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del mismo código.- TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a los demandados VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ en calidad de deudora principal y VALVERDE SOLORZANO NANCY DEL ROCIO en calidad de garante y deudora solidaria, en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se

dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ en calidad de deudora principal y VALVERDE SOLORZANO NANCY DEL ROCIO en calidad de garante y deudora solidaria, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. VISTOS: Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 24 de julio del 2017, las 16h01, en lo principal, se dispone: Cite con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio a los demandados VALVERDE SOLORZANO MELIDA BEATRIZ y VALVERDE SOLORZANO NANCY DEL ROCIO, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 21 de agosto del 2017. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO F: 5211 3/3 S: 3522 ……………………………. 1..- EXTRACTO No. JUICIO 2016-00161 UNIDAD JUDICIAL MUL TICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL TRÁMITE: EJECUTIVO - COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN JUICIO Nro.: 2016-00161 ACTOR: DR. ESPINOZA BORJA STALIN BLADIMIR (Procurador Judicial Banco Pichincha C.A) DEMANDADOS: SALAZAR HERNANDEZ DAMARIZ ELIZABETH Y VASQUEZ ZAMBRANO JOSE GERMAN. CASILLERO: 64 JUEZ DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANY JUMBO GOMEZ En la provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, el 02 de Julio del 2014, los hoy accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCHA C.A. signado con el No. GAF 0103007880 girado por la suma de USD $ 14.000,00 (CATORCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.- 4839672700, obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 1120 DIAS VISTA, mediante el pago de 36 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 22.50% anual (que corresponde a la tasa efectiva anual de 24.97%); comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de las obligaciones, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido las obligaciones en su totalidad y, exigir el pago anticipado de todo el capital, intereses legales, intereses moratorios y de cobranza. Como EL PAGARE en mención NO han sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a la deudora, y encontrándose actualmente el CREDITO No.-0103007880 vencido desde el dividendo No.- (13), pagadero a la fecha del 26 de Agosto del 2015, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagaré y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dicha obligación y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a RODRIGUEZ REINA MARIELA DE JESUS; VASQUEZ ZAMBRANO SANTOS FELISICIMO; SALAZAR HERNANDEZ DAMARIZ ELIZABETH y VASQUEZ ZAMBRANO JOSE GERMAN. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del Código de Comercio, referentes al Pagaré; y, 413, 415, 419, 422 del Código de Procedimiento Civil-concernientes al Juicio ejecutivo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 13 de abril del 2016, las 10h30. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo electrónico legal realizado, y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por el señor GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme al nombramiento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores RODRIGUEZ REINA MARIELA DE JESUS, con cédula No. 2100230859, en calidad de deudora principal, VASQUEZ ZAMBRANO SANTOS FELISICIMO, con cédula No. 0801270612, en calidad de codeudor; SALAZAR HERNÁNDEZ DAMARIZ ELIZABETH, con cédula No 0503523821, en calidad de garante y VASQUEZ ZAMBRANO JOSE GERMAN, con cédula No. 17144848577, en calidad de garante; dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones las que crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia; debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda, remitiéndose al efecto las copias o boletas respectivas a la Sala de Citadores; previniéndoles además a los mismos ejecutados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores; debiendo actuar la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 13 de septiembre del 2017, las 14h35. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haber agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los demandados, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación de los demandados en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa. Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 15 de Septiembre del 2017.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA F: XF 3/3 S: 3512 …………………… 2.- EXTRACTO No. JUICIO 00127-2015 UNIDAD JUDICIAL MUL TICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO- PAGARE A LA ORDEN JUICIO Nro.: 0127-2015 ACTOR: DR. BLADIMIR ESPINOZA-PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADOS: NORA VERONICA NAPA VALDEZ Y MIGUEL BELISARIO TUAREZ BRIONES CUANTIA: 2.681.12,oo CASILLERO: 0064 - DEL DR. BLADIMIR ESPINOZA JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ Como el PAGARE en mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO No.- 00635815-80 vencido desde el dividendo No.- (18) , pagadero a la fecha del 08 de Agosto del 2013 por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagaré y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dicha obligación y por

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lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a NAPA VALDEZ NORA VERONICA, en calidad de deudora. LA COSA, CANTIDAD O HECHO QUE SE EXIGE.Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a los accionados al pago de los siguientes rubros: 1. La cantidad de $ 1.491,80 (MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN SIETE DOLARES CON OCHENTA CENTAVOS) por concepto de capital adeudado; los intereses pactados en el pagaré y los intereses moratorios, se liquidaran en el momento oportuno de forma pericial. 2. La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré, de conformidad con el numeral 4to. Del Código de Comercio, y el seguro de desgravamen: 3. Las expensas y costas judiciales al tenor de lo dispuesto en el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil y el pago de los honorarios del profesional que suscribe conmigo. Ofrezco reconocer los abonos parciales que se justifiquen legalmente. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, 13 de marzo del 2015.- VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia que antecede.- La demanda presentada por HERNAN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, en calidad de Gerente y Representante Legal del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme la documentación adjunta es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; por lo que conforme a los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil, se la acepta a trámite en juicio ejecutivo.- En consecuencia, a los demandados NAPA VALDEZ NORA VERONICA en calidad de deudora principal y TUAREZ BRIONES MIGUEL BELISARIO en calidad de deudor solidario, de conformidad con el inciso primero del Art. 421 del Código Procesal Civil, en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan excepciones a las que se crean asistidos.- Cítese legalmente a los demandados, en el lugar indicado, mediante comisión a librarse al señor Teniente Político de la Parroquia San Pedro de los Cofanes, del cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos; a quien se le enviará suficiente despacho.- Previniéndole a los demandados de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones bajo las prevenciones dispuestas en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso el croquis que adjunta.- NOTIFIQUES E Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, viernes 18 de agosto del 2017, las 16h51.- Incorpórese al expediente el escrito presentado por la parte actora y en atención al mismo se dispone: Con sustento de lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico de la Función Judicial, atento el Juramento rendido por el Dr. Bladimir Espinoza Borja, en su calidad de Procuradora Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes (representante Jurídico del Banco Pichincha C.A), de la imposibilidad de determinar el domicilio de los demandados Señores Nora Verónica Napa Valdez y Miguel Belisario Tuarez Briones y de que ha realizado todas las gestiones tendientes a averiguar el lugar de citación de los mismos demandados, se proceda a citarse por la prensa en uno de los semanarios que se editan en la ciudad de Nueva Loja, mediante tres publicaciones, para lo cual la señora Actuaria elabora el correspondiente extracto de prensa para la publicación de la citación dispuesta. Se pone en conocimiento de los defensores de las partes procesales que por disposición del Consejo de la Judicatura y con el fin de mejorar el servicio judicial, a partir del 21 de agosto del 2017, se dejará de notificar las boletas en los casilleros judiciales físicos los mismos que se eliminan a partir de esa fecha; y, únicamente se efectuaran las notificaciones en los casilleros electrónicos asignados por el mismo Consejo a los profesionales del derecho en libre ejercicio, así como a las instituciones públicas; aclarándose que el casillero electrónico es distinto del correo electrónico que poseen los abogados o las partes procesales; por lo que, se solicita acercarse a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Sucumbíos a actualizar los datos para la concesión del casillero electrónico.- NOTIFÍOUESE Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 22 de agosto del 2017.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIOPROVINCIA DE SUCUMBÍOS F: XF. 3/3 S:3513 3.- EXTRACTO No. JUICIO 0095-2015 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO CITACION JUDICIAL Trámite: EJECUTIVO- COBRO DE PAGARE A LA ORDEN No. 0095 - 2015 Actor: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA (PROCURADOR JUDICIAL BANCO PICHINCHA C.A.) Dom. Judicial: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA Casilla No. 64 Demandados: FARIA CHICHANDE EDDY ALBERTO y YEPEZ ROJAS PABLO ALBERTO Cuantía: $5.106,76 USD. En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, al 28 de febrero del 2013, los hoy accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCHA C.A. signado con el No. GAF 00806694-80 girado por la suma de USD $6,000.00 (SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.- 5954287100; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 732 DIAS VISTA, mediante el pago de 24 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 23.90% anual ( que corresponde a la tasa efectiva anual de 26.70%; comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y, exigir el pago anticipado de todo el capital, interese legales, intereses moratorias y de cobranza. Como el PAGARE en mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO No.- 00806694-80 vencido desde el dividendo No.- (10), pagadero a la fecha del 01 de Enero del 2014 por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagare y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dicha obligación y por lo tanto acudo ante usted señor UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, lunes 9 de marzo del 2015, las 17h01. VISTOS: En mi calidad de Jueza Encargada del despacho del Dr. Luis Naranjo Jara, conforme la Acción de Personal No. 163-DPCJS-TH-2015, suscrita por el Dr. Mario Chacha Vázquez Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda presentada por GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme lo justifica con el nombramiento adjunto, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, por lo que, conforme a los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil, se la acepta a trámite en juicio ejecutivo.- En consecuencia, a los demandados señores FARlAS CHICHANDE EDDY ALBERTO en calidad de deudor principal, MERCADO PULIDO LUZ ADRlANA, en calidad de codeudora, y YEPEZ ROJAS PABLO ROBERTO, en calidad de garante, de conformidad con el inciso primero del Art. 421 del Código Procesal Civil, en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan excepciones a las que se crean asistidos.- Cítese legalmente a los demandados, en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual remítase el proceso a la sala de citaciones de esta Unidad Judicial Multicornpetente; previniéndoles a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones bajo las prevenciones dispuestas en el Art, 75 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización conferida a su abogado patrocinador.- Actúe el Ab. Darwin González Sosa en calidad de Secretario legalmente encargado de esta Unidad Judicial, conforme acción de personal N° 204-CJS-TH-2015.Notifíquese y Cítese.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, viernes 18 de agosto del 2017, las 12h17. - Incorpórese al expediente el escrito presentado por la parte actora. - En atención a lo solicitado se dispone: Una vez que ha comparecido a Juicio la señora MERCADO PULIDO LUZ ADRlANA.Cítese a los demandados señores FARIA CHICHANDE EDDY ALBERTO con cedula de ciudadanía N° 1311072217 y

YEPEZ ROJAS PABLO ALBERTO con cedula de ciudadanía N° 1715761274, en la forma dispuesta en providencia de 15 de agosto del 2017 las 13h18, en lo demás las partes estecen a la misma.- NOTIFIQUESE f) Dr. Luis Efrén Naranjo Jara, previniéndoles a los demandados de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta Jurisdicción. Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA F: XF. 3/3 S: 3514 ………………………… 4.- EXTRACTO No. JUICIO 2015-0091 UNIDAD JUDICIAL PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL. TRÁMITE: EJECUTIVO- COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO Nro. 2015-0091 ACTOR: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA (Procurador Judicial Banco Pichincha C.A.) DEMANDADOS: CEDEÑO MARCOS JAVIER Y COBEÑA CHOEZ MARIA EUGENIA CASILLERO: 64 JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, con fecha 06 de septiembre del 2010 los hoy accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCHA C.A. signado con el No. GAF 00457258-80 girado por la suma, de USD $ 4,000.00 (CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) y con fecha 06 de Mayo del 2011, suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCHA C.A. signado con el No. GAF 00535213-80 girado por la suma de USO $ 4,000.00 (CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.4417273100; obligándose a pagar dichos préstamos con los respectivos intereses en el orden señalado, el primer pagaré en el plazo de 574 DIAS VISTA, mediante el pago de 18 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 24.50% anual ( que corresponde a la tasa efectiva anual de 27.45%) y por el segundo pagaré en el plazo de 941 DIAS VISTA, mediante el pago de 30 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 24.50% anual (que corresponde a la tasa efectiva anual de 27.45%); comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y, exigir el pago anticipado de todo el capital, interese legales, intereses moratorios y de cobranza. Como los PAGARES en mención NO han sido cancelados en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente los CREDITOS Nros. 457258-80 y 535213-80 vencidos desde el dividendo No.- (13), pagadero al 01 de noviembre del 2011 y dividendo No.- (07) , pagadero a la fecha del 01 de Enero del 2012, respectivamente, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagaré y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a CEDEÑO MERO MARCOS JAVIER, en calidad de deudor principal y a COBEÑA CHOEZ MARIA EUGENIA, como codeudora. La presente acción ejecutiva la fundamento en los artículos 486 del Código de Comercio, referentes al Pagaré; y, 413, 415, 419, 422 del Código de Procedimiento Civil, concernientes al Juicio ejecutivo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 10 de marzo del 2015, las 11h57. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede; por cumplido lo dispuesto en providencia anterior, la demanda presentada por GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme lo justifica con el nombramiento adjunto, por lo que se declara legitimada su intervención, es clara, completa y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite de juicio ejecutivo, conforme a los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil, se la acepta a trámite en juicio ejecutivo.- Por lo tanto los demandados señores MARCOS JAVIER CEDEÑO MERO y MARIA EUGENIA COBEÑA CHOEZ, en calidad de deudor principal y codeudora respectivamente, de conformidad con el 1er. inciso del Art. 421 del Código Procesal Civil, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término legal de tres días.- Cítese a los demandados en el lugar indicado, para lo cual remítase el proceso a la sala de citaciones de esta Unidad Judicial Multicompetente, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta Judicatura, bajo las prevenciones dispuestas en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFIQUESE Y CITESE.1 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, viernes 8 de septiembre del 2017, las 13h49. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado-haber agotado las diligencias necesarias para tratar je ubicar a los demandados, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación de los demandados en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria ; elabore los correspondientes extractos de prensa. NOTIFIQUESE. Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 11 de Septiembre del 2017.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA XF. 3/3 S: 3515 …………………….. 5.- EXTRACTO No. JUICIO 00069-2016 UNIDAD JUDICIAL MUL TICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO- PAGARE A LA ORDEN JUICIO Nro.: 00069 - 2016 ACTOR: DR. BLADIMIR ESPINOZA-PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, CASTILLO DAVILA HITLER HERNÁN CUANTIA: 4.584.30,oo CASILLERO: 0064 - DEL DR. BLADIMIR ESPINOZA JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, con fecha 13 de Enero del 2014 los hoy accionados en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, a cargo del Dr. Juan Carlos Pastor, suscribieron un CONTRATO DE MUTUO PRESTAMO CON EL BANCO PICHINCHA C.A. signado con el No. 1964601-00, préstamo por la suma de USD $ 5.048,79 (CINCO MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.- 5245974500; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 1082 DIAS VISTA, mediante el pago de 60 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el CONTRATO objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 23. 90% anual ( que corresponde a la tasa efectiva anual de 26. 7000% ). Además, los deudores declaran que por falta de recursos le es imposible cancelar el valor correspondiente a intereses de mora que se han producido hasta la presente fecha, por lo que adicionalmente los deudores se obligan también a pagar a El Banco sin intereses el monto de $598.28 (QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES CON VEINTE Y OCHO CENTAVOS) estos pagaderos a 36 meses; comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se Como el CONTRATO en mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO Nro. 1964601-00 vencido desde el dividendo No.- (17), pagadero al 30 de mayo del 2015, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el contrato y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a Sra. NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, y Sr. CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del Código de Comercio, referentes al Paga-

ré; y, 413, 415, 419, 422 del Código de Procedimiento Civil, concernientes al Juicio Ejecutivo. LA COSA, CANTIDAD O HECHO QUE SE EXIGE.Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a los accionados al pago de los siguientes rubros: 1. La cantidad de $3.113,08 (TRES MIL CIENTO TRECE DOLARES CON OCHO CENTAVOS) por concepto del capital adeudado; más los intereses pactados en el pagaré y los intereses moratorios, se liquidaran en el momento oportuno de forma pericial. 2. La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré, de conformidad con el numeral 4to. Del Código de Comercio, y el seguro de desgravamen: 3. Las expensas y costas judiciales al tenor de lo dispuesto en el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil y el pago de los honorarios del profesional que suscribe conmigo. Ofrezco reconocer los abonos parciales que se justifiquen legalmente. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 23 de febrero del 2016, las 10h43. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo electrónico legal realizado, y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por el señor GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme al nombramiento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, con cédula No. 1500701667, en calidad de deudora principal; y CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN, con cédula No. 1707081467, en su calidad de garante o deudor solidario; dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones a las que crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia; debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda, mediante atento deprecatorio a la señora Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, a quien se le remitirá despacho suficiente y en forma, adjuntando el croquis de ubicación del lugar de citación, para el fiel cumplimiento de lo dispuesto, ofreciéndole reciprocidad en casos similares; previniéndoles además a los mismos ejecutados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores; debiendo actuar la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO. PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, lunes 21 de agosto del 2017, las 10h58. El escrito de la parte actora incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con sustento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado todas las diligencias necesarias para determinar el domicilio del demandado y rendido el juramento dispuesto en la misma norma legal, ordénase CITARSE a la demandada Sra. NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, con cédula No. 1707081467, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas, en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual la señora Actuaria elabore el correspondiente extracto de publicación para la prensa, con las prevenciones legales, y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de Ia demanda. Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Laja, 30 de agosto del 2017.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA XF: 3/3 S: 3516 ……………………………. 6.- EXTRACTO No. JUICIO 2014-0632 UNIDAD JUDICIAL PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO- COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO Nro.: 2014 - 0632 ACTOR: DR. BLADIMIR ESPINOZA (Procurador Judicial Banco Pichincha C.A.) DEMANDADOS: SOLORZANO BONE WILSON OMAR, MONTESDEOCA PAREDES DARWIN DAVID, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE PAREDES ORELLANA ORFELINA ZENAIDA (+). CASILLERO: 64 JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, al 24 de Junio del 2009, los hoy accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCHA C.A., signado con el No. GAF 352183-80 girado por la suma de USD $ 3,000.00 (TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.- 4198493900; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 740 DIAS VISTA, mediante el pago de 24 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 29.09% anual (que corresponde a la tasa efectiva anual de 33.30%); comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y exigir el pago anticipado de todo el capital, interese legales, intereses moratorios y de cobranza. Como el PAGARE en mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO No.- 352183-80 vencido desde el dividendo No. - ( 14) , pagadero a la fecha del 02 de Septiembre del 2010 por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagaré y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dicha obligación y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a los señores , SOLORZANO BONE WILSON OMAR, en calidad de deudor principal y PAREDES ORELLANA ORFELINA ZENAIDA en calidad de deudora solidaria. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del Código de Comercio, referentes al Pagaré; y, 413, 415, 419, 422 del Código de Procedimiento Civil, concernientes al Juicio ejecutivo. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 30 de julio del 2014, las 09h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de Ley que antecede y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, presentada por GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente Zona Oriente, del Banco Pichincha C.A. y Representante Legal de la sucursal Lago Agrio del mismo Banco, conforme al nombramiento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de juicio ejecutivo, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores SOLORZANO BONE WILSON OMAR en calidad de deudor principal; y PAREDES ORELLANA ORFELINA ZENAIDA, en calidad de deudora solidaria o garante, dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones a las que se crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia; debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda; mediante atento deprecatorio al señor Juez Segundo de lo Civil de Sucumbíos, con sede en Shushufindi, a quien se remitirá despacho suficiente y en forma; previniéndoles además a los mismos demandados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 75 del Código de Proceder Civil. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor; debiendo actuar la señora Secretaria/Títular del Despacho Ab. Fanny Jumbo Gómez. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 19 de septiembre del 2017, las 11h51. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haber agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los demandados,


Circulación del 29 de octubre al 11 de noviembre del 2017

en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación de los demandados en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa. NOTIFÍQUESE.Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 20 de septiembre del 2017.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA XF: 3/3 S: 3517 ………………………. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN GONZALO PIZARRO, DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de declaratoria de la existencia de unión de hecho a los PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS del señor CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: POZO TORO BERTHA DE LOURDES DEMADADO: JESSICA THALIA, MARIA VICTORIA Y PRESUNTOS HEREDEROS. JUICIO NRO: 21333-2017-00533 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARACION DE LA EXISTENCIA DE UNION DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO U.J.M. CON SEDE EN EL CANTÓN GONZALO PIZARRO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN GONZALO PIZARRO, DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Gonzalo Pizarro, lunes 16 de octubre de 2017, a las 09h38. DEMANDA.- BERTHA DE LOURDES POZO TORO, de nacionalidad ecuatoriana, potadora de la cedula de ciudadanía número 050197224-4, de estado civil soltera, de 43 años de edad, de ocupación Quehaceres Domésticos, con domicilio entre las calles Napo y Leopoldo Lucero, de la parroquia El Dorado de Cascales, cantón Cascales, Provincia de Sucumbíos, ante Usted y propongo la siguiente demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, en los siguientes términos. FUNDAMENTOS DE HECHO Desde el cuatro de abril de 2014, hasta 02 de agosto del 2017, mantenía Unión de Hecho estable y monogamia, como marido y mujer con quien en vida se llamó señor CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA, quien falleció el 02 de agosto del 2017 conforme consta de la partida de defunción, en la cual los amigos y familiares no veían como marido y mujer, conforme a lo previsto en los artículos 222 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador, indicando que anteriormente mantuvimos una relación de noviazgo aproximadamente desde febrero de 1993, manteniendo relaciones sexuales esporádicas como novios, fruto de cual quede embarazada de mis dos hijas de nombres JESSICA THALIA Y MARIA VICTORIA TAPIA POZO, quien a la presente fecha, se encuentra cursando los 21 y 23 años de edad respectivamente, quienes han sido legalmente reconocida por su difunto padre, transcurrido el tiempo nos separamos y nos reencontramos cuya unión marital la mantuvimos en esta provincia de Sucumbíos, cantón Cascales, parroquia El Dorado de Cascales, indicando que no adquirimos bienes muebles de ninguna naturaleza, mas al acercarme al IESS, a realizar los trámites montepío y gasto funerarios que pretendo reclamar se ha solicitado el reconocimiento de la unión de hecho que mantenía con el occiso. FUNDAMENTOS DE DERECHO. La presente Acción de Procedimiento ORDINARIO de Declaratoria de existencia de Unión de Hecho POST Morten, la fundamento en los artículos 222 al 236 del Código Civil, en concordancia con lo establecido con el artículo 68, 69 y 70 dela Carta Magna, y 289 y siguientes del Código Orgánico general de Procesos, Prueba Documental. Copia de cedula y certificado de votación de la compareciente y de quien en vida se llamó CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA. Partida de defunción de quien en vida se llamó CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA. Partidas de nacimiento de nuestras hijas; JESSICA THALIA Y MARIA VICTORIA TAPIA POZO. Certificado de residencia de la cual se certifica que la señora BERTHA DE LOURDES POZO TORO y el señor occiso CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA mantenían su domicilio en este cantón Cascales, suscrito por el señor Domingo Romero, Teniente Político del cantón Cascales. Prueba testimonial. DECLARACIÓN DE PARTE.Petición que lo realizo de conformidad con el artículo 187 del COGEP, a las siguientes personas. Declaración de parte, de la compareciente BERTHA DE LOURDES POZO TORO, Declaración de parte de nuestras hijas JESSICA THALIA Y MARIA VICTORIA TAPIA POZO, Declaración de parte a los presuntos herederos y desconocidos en el caso de presentarse a juicio, DECLARACIÓN DE TESTIGOS.- Petición que lo realizo de conformidad con el artículo 189 del COGEP, a las siguientes personas. Declaración de Testigo, señor BRADIO MIGUEL ARROBO CASTILLO, FRESIA MONSERRATE CATAGUA VARELA, BRAYAN GERMAN ORTEGA MONAR, NILO VINIVIO GALLEGOS GAIBOR. PRIMERA PROVIDENCIA DE CALIFICACIÓN.- Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda presentada por la señora Mirian Elizabeth Ordoñez Mendoza que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados esto es a los PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS del occiso CESAR ROBERTO TAPIA TAPIA, la misma que se realizara mediante la prensa de uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Sucumbíos, conforme lo determina el Art. 51.1 del COGEP, para cuyo efecto remítase por secretaria el extracto correspondiente que contendrá: un extracto de la demanda y de esta providencia.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.Particular que se comunica para los fines de ley. Ab. Mary Perez Vaca SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN GONZALO PIZARRO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS F: 5213 2/3 S: 3525 …………………………….. EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA LUZMILA ESPAÑA PANTOJA ACTOR: NARANJO GUAMÁN CLEOTILDE EMPERATRIZ DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero Judicial NO 198 y correo electrónico drluis.g75@hotmail.com del Dr. Luis Guaña Chávez CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera. SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. DEMANDA: En Juicio Ejecutivo No. ‘22331-2017-00409 que sigue la señora NARANJO GUAMÁN CLEOTILDE EMPERATRIZ en contra del señor MORALES MEJÍA VÍCTOR SAÚL, fundamentada en los Arts. 603, 715, 969, 2392, 2397, 2410, 2411, Y 2413 del Código Civil, en armonía con los Arts. 30, 31, 36, 53, 79, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 149, 166 del Código Orgánico General de Procesos, desde el 15 de noviembre de 1997, es decir hace más de 18 años, mantiene posesión permanente, pacífica, pública, notoria, legal e ininterrumpida con ánimo de dueña y señora de un lote de terreno signado con el No. 3, manzana No. 09, sector No. 03, zona NO. 01, del barrio Las Palmeras, de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, cuyos linderos y dimensiones son: por el Norte: con predio No. 02 en 17,50 metros, Sur: con predio No. 04 en 17.50 metros; Este: con pasaje Sucúa en 27 metros; y Oeste: con predio No. 1 1 en 27 metros, dando una cabida total de 472,50 metros cuadrados de superficie. En dicha propiedad ha construido su casa de habitación de hormigón armado, piso de concreto, paredes de bloques enlucidas de cemento, con cubierta de madera y techo de zinc, compuesta de sala, comedor, cocina, tres dormitorios, baño, lavandería, bodegas, inclusive un poso de agua y cerramiento parcial con alambre de púas, así como también cuenta con servicios básicos como energía eléctrica, lugar en el cual habita con sus hijos, mientras que en su patio mantiene gallinas y plantas ornamentales, por lo que solicita que en sentencia se declare la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. VISTOS: Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 25 de septiembre del 2017, las 1 1 hl 8, se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.-PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- En lo principal, la demanda presentada por la señora NARANJO GUAMÁN CLEOTILDE EMPERATRIZ es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título l, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). SEGUNDO.- CITACIÓN: De conformidad a lo que establece el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor VÍCTOR SAUL MORALES MEJÍA, en el lugar señalado, para lo cual remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, previniéndole al demandado la obligación de señalar judicial y electrónico. Cítese a las o los herederos desconocidos de la señora LUZMILA ESPAÑA PANTOJA a través de publicaciones que se realizarán en tres fecha distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y este auto inicial. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de Secretaría entréguese el extracto correspondiente. De conformidad con la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, DISPOSICIÓN GENERAL DÉCIMA, CÍTESE a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO en el lugar señalado en la demanda, a fin de que hagan valer los derechos que

puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial para sus notificaciones. Témese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala “ Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”. Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COCEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA. Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados en el escrito inicial de demanda, para Io cual se estará a Io previsto en los artículos 160, 161 , 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- QUINTO.INSCRIPCIÓN.- Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos.SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 198 y electrónico dr.Iuisg75@ hotmail.com señalado por los comparecientes para posteriores notificaciones y la autorización que confieren a su Defensor Técnico.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Lo que comunico para fines de Ley.- Nueva Loja, 16 de octubre del 2017.- CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO F: 5218 2/3 3528 …………………………………. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma, al demandado Sr. FRANKLIN JAVIER BUSTAMANTE SERNA, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Sra. PAZ ERAZO MERCEDES MICAELA DEMANDADO: Sr. FRANKLIN JAVIER BUSTAMANTE SERNA JUICIO: 21332-2016-00116 TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCIÓN: COBRO DE LETRA DE CAMBIO CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLA JUDICIAL: 327 FUNDAMENTOS: Arts. 413, 415, 419, 412, del Código de Procedimiento Civil. UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. SHUSHUFINDI, MARTES 23 DE FEBRERO DEL 2016, LAS 10H57: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa signada con el Nro. 2016-00116, en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Shushufindi, nombrado por el Consejo de la Judicatura mediante Acción de Personal No. 7871-DNTH2015-SBS del 5 de junio del 2015. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por la señora MERCEDES MICAELA PAZ ERAZO es clara, completa y reúne los requisitos legales, por lo que se la admite a trámite de Juicio Ejecutivo, considerándose que el documento aparejado presta mérito para ello, conforme a lo dispuesto por los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; consecuentemente y con fundamento de lo determinado en el artículo 421 Ibídem, se dispone que el demandado principal señor FRANKLIN JAVIER BUSTAMANTE SERNA dentro del término de tres días pague el valor total adeudado y reclamado o deduzca sus excepciones de las que se crea asistido. De conformidad con los Arts. 30, 129 numeral 7 y 130 numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial, ofíciese a las instituciones requeridas, para que éstas a la vez remitan la contestación correspondiente en el término de cinco días.- CÍTESE a la parte demandada con la copia de la demanda y el presente auto en la dirección que se indica en la demanda, previniéndole además de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 75 del Código Adjetivo Civil.- Agréguese a los autos la documentación adjunta y téngase en cuenta la casilla judicial señalada por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, el Abogado Querubín Celi Encarnación; tómese en cuenta la cuantía de la demanda y el trámite que se debe dar. Actúe la Abogada Gina Naranjo Ortiz, en su calidad de Secretaria titular de este despacho.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. SHUSHUFINDI, MARTES 01 DE AGOSTO DEL 2017, LAS 16H54: VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la accionante, dentro de la causa signada con el No. 21332-2016-00116, mismo que se atiende. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de fecha 20 de julio del 2017, las 14h45 y mediante acta constante a fojas 71 vuelta del expediente, de la cual se desprende que ha comparecido a esta judicatura y ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia actual del demandado señor BUSTAMANTE SERNA FRANKLIN JAVIER. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE al demandado señor BUSTAMANTE SERNA FRANKLIN JAVIER, con cédula de ciudadanía No. 171576947-5, mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en uno de los semanarios de mayor circulación que se editan en ésta Provincia de Sucumbíos; debiendo para el efecto, el actuario de este despacho, elaborar el correspondiente extracto de prensa. Al demandado señor BUSTAMANTE SERNA FRANKLIN JAVIER se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo la prevención determinada en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. Actúe el señor Secretario de éste despacho. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico a usted para los fines de ley. Atentamente, Ab. Daniel Salazar Jaramillo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI F: 5224 1/3 S: 3534 ……………….. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE CALAPUCHA TAPUY SILVERIO CESAR ACTOR: CHAVEZ MORA MARTHA ISABEL y GÓMEZ CAMPOVERDE CESAR AUGUSTO DEMANDADO: CALAPUCHA TAPUY CLEMENTE MARIANO, CALAPUCHA TAPUY CESAR BOLÍVAR, CALAPUCHA TAPUY VICENTE VENANCIO, CALAPUCHA TAPUY SILVERIO CESAR y CALAPUCHA TAPUY CLELIA OLGA JUICIO: No. 21331-2017-00146 TRAMITE: ORDINARIO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO FECHA DE INICIO: 13-04-2017 CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 2 de mayo del 2017, las 12h14. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y documentos adjuntos presentados por Gómez Campoverde César Augusto y Chávez Mora Martha Isabel, escrito con el cual los actores dan cumplimiento al auto que antecede. En lo principal, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- En lo principal, la demanda, aclaración y ampliación a la misma, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP)… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, jueves 12 de octubre del 2017, las 12h36. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En atención a lo solicitado por la parte actora, y al haberse dado cumplimiento al auto de fecha 27 de septiembre del 2017, las 16h40, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, escrito de completación y aclaración, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio a los herederos presuntos y desconocidos de CALAPUCHA TAPUY SILVERIO CESAR, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- cítese y notifíquese.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 13 de octubre del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO F: 5226 ½ S: 3536

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Backgammon es el más antiguo del que se tenga registro. Se cree que tuvo su origen en el antiguo Egipto, Sumeria o Mesopotamia bajo el Imperio Persa (actualmente Irán, Irak y Siria). La forma actual del backgammon fue inventada en Persia por Buzurgmihr.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON LORETO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: PRESUNTO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN SE LLAMO SAMUEL GEREMIAS RODRIGUEZ CHAVEZ. ACTOR: LLANOS BARRAGAN DEICY MARLITH DOMICILIO DEL ACTOR: CASILLA N° 81 DEL ABOGADO ANGEL HERMIDAS HERRERA CASTELLANO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. GUILLERMO SANTIAGO CELI SARMIENTO SECRETARIO: AB. PEDRO BOLIVAR CUEVA PAREDES En el juicio voluntario (Inventario de bienes sucesorio) N° 22303-2017-00289, propuesto por la señora LLANOS BARRAGAN DEICY MARLITH en contra de FLOR MAGALY RODRIGUEZ LLANOS, MILTON JAVIER RODRIGUEZ LLANOS Y OTROS. AUTO DE SUSTANCIACION DE LA DEMANDA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON LORETO.- Loreto, lunes 02 de octubre del 2017 a las 11h48 VISTO.- Dentro del proceso VOLUNTARIO de INVETARIO DE BIENES SUCESORIOS, signado con el número 22303-201700204, presentado por DEICY MARLITH LLANOS BARRAGAN, en contra de FLOR MAGALY RODRIGUEZ LLANOS Y MILTON XAVIER RODRIGUEZ LLANOS, agréguese a los auto el escrito presentado por la señora DEICY MARLITH LLANOS BARRAGAN, en atención al mismo, SE DISPONE: 1.-Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento lo dispuesto en el auto que antecede, la demanda presentada se la califica de clara, precisa y reúne los requisitos de ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 3 335 del COGEP, en concordancia con los Art.1270 y 407 del código Civil. 2.- En apago a lo establecido en los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico general del proceso CITESE a los herederos conocidos, los ciudadanos MILTON XAVIER Y FLOR MAGAL Y RODRIGUEZ LLANOS, mediantes boletas dejadas en el lugar indicado en el libelo de la petición, o en persona por una sola ocasión en el lugar en que se los encuentre, debiendo entregárseles copia certificada de la demanda y del presente auto de calificación, advirtiéndole sobre la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o dirección electrónica en esta judicatura, para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía; así como también, informándoles que pueden presentar por escrito su oposición sobre el asunto, hasta antes de que se convoque a la respectiva Audiencia, tal como lo determina el Art. 336 ibídem. Para la diligencia de citación, se contara con el señor Citador de una unidad judicial, debiendo librarse despacho en debida forma. 2.- Se declara la sucesión intestada de los bienes dejados por el señor Samuel Jeremías Rodríguez Chávez, desde el movimiento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avaluó. 3.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código orgánico general de proceso, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que se designara oportunamente luego de citar a todos los demandados y a quien se lo notificara mediante el sistema SATJE. 4.- A los herederos desconocidos y presunto del causante de quien envida se llamó SAMUEL JEREMIAS RODRIGUEZ CHAVEZ, CITESE a través de la prensa, mediante tres publicaciones cada una de ellas en fechas distintas en uno de los periódicos de mayor circulación de esta provincia de Orellana, tal como lo dispone el numeral 1 del Art. 56 y 58 del código orgánico General de proceso, quienes deberán señalar casilleros judicial en el término de ley. Para efectos de la citación confiérase el extracto respectivo. 5.- Cuéntese en este proceso, con la presencia del señor procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Orellana funcionario que deberá ser notificado en su despacho ubicado en la Av. 9 de octubre y Putumayo, Cantón Francisco Orellana, Provincia de Orellana para la diligencia de notificación, se contara con el señor delegado de la oficina de citaciones y Notificaciones de esta Dependencia judicial, tal como la prescribe el Art. 65 del código Orgánico General de proceso, para cual se librara despacho en debida forma. 6.- Atendiendo el anuncio de prueba que realiza la compareciente, dispongo que se incorporen a los autos, la prueba documental que adjunta a su demanda, todo lo cual será considerado durante la respectiva audiencia, en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios, conforme lo determina el Art. 160 del COGEP CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. F) Dr. Guillermo Santiago Celi Sarmiento, Juez Multicompetente del Cantón Loreto.- Certifico: Ab. Pedro Bolívar Cueva Paredes, Secretario. Loreto. 20 de octubre de 2017. Particular que comunico a usted para fines de ley. Atentamente, Ab. Pedro Bolívar Cueva Paredes SECRETARIO UJMCL

ORELLANA Por pérdida se procede a la anulación del cheque No. 1548 de la cuenta corriente No. 0022010123, correspondiente al señor JARAMILLO BARRAGAN INGRID MICHELLE 3/3 Por pérdida se procede a la anulación de la serie de cheques desde el No. 196 hasta el cheque No. 199, cheque No. 201; de la serie No. 202 hasta el No. 215; serie del No. 217 hasta el No. 290, de la cuenta corriente No. 22220489, correspondiente a la señora HIDALGO CUENCA MERY CARMEN 3/3 Por pérdida se procede a la anulación de los cheques No. 85, 86, 89 y 90, de la cuenta corriente No. 0022220357, correspondiente al señor BARRAGAN MENDOZA CRISTIAN 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0015649313 emitida a nombre de STALIN LISANDRO VEGA GARCIA, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022018051 emitida a nombre de ARACELY ROSARIOTANGOY TANGOY, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. ……. emitida a nombre de DEYSI NOEMI SALINAS GUAMAN, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

Judiciales

bilidad para la institución. 3/3

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022025104 emitida a nombre de CHILLO ILLAISACA ALVARO MARCELO, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022025104 emitida a nombre de CHILLO ILLAISACA ALVARO MARCELO, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola No. 6013570, emitida a nombre de ASHQUI ASHQUI JAIME RODRIGO, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola No. 17337424, emitida a nombre de QUEZADA CABRERA ROMULO GENARO, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

TENA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ perdida de cheque 1000 cuenta. Cte 15023155 emitida a nombre de FUNDACION CREDIBANK se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15679468 y cartola n.- 173835 emitida a nombre de FRUTOS TOAPANTA CARLOS RAMON se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15686464 y cartola n.- 759771 emitida a nombre de BALSECA SILVA DONNY OLIMPO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15637994 y cartola n.- 901530 emitida a nombre de ABATA SHINCHIGUANO SILVIA PATRICIA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15506954 y cartola n.- 635640 emitida a nombre de PEREZ FLORES FLAVIO IVAN se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 155683120 y cartola n.- 733659 emitida a nombre de RUIZ MORALES LUIS GUILBERTO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1931 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ perdida de cheque 139; 140;143; 145-146; 149: 152; 154; 155; 159 cuenta. Cte 15898038 emitida a nombre de RHON SALCEDO CYNTHIA ANDREA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1928 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ perdida de cheque 11294 Y 11310 cuenta. Cte 15010819 emitida a nombre de QUISPE TAIPE ELSA PIEDAD se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1928 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ perdida de cheque 7 Y 8 cuenta. Cte 15898038 emitida a nombre de YANEZ GARCIA ALBERTO VINICIO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1925 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 1001151742 y cartola n.- 414409 emitida a nombre de ZAMBRANO SOLORZANO LUIS ALBERTO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1928 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15577827 y cartola n.- 733519 emitida a nombre de COBA CUEVA JOSE ARMANDO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 3/3 F T1925

TENA Publicación por perdida de libreta BANECUADOR del socio Manuela Baltasar Guashco ……………….. 1/1 F 1907 T

ORELLANA Por perdida se procede a anular la libreta de ahorros/cuenta Nro. 4501816182, perteneciente al señor JARAMILLO RAMIREZ JAVIER ERMEL. 1/3 Q-1152

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0009244727 emitida a nombre de ECHEVERRIA MARQUEZ JULIO CESAR, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

Por perdida se procede a anular la cuenta ahorro futuro Nro. 501510029504, perteneciente al señor JARAMILLO RAMIREZ JAVIER ERMEL. 1/3 Q-1152

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022026291 emitida a nombre de PORTILLA ESTACO DIOGENES FRANKLIN, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsa-

JOYA DE LOS SACHAS

Por orden del titular de la cuenta corriente N° 6600601293 del banco INTERNACIONAL se comunica que se estará procediendo a anular el cheque del N°223 al N° 225 (1/1) O.3160

LAGO AGRIO

Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100616779, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 1040 AL Nº 1040. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100615345, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 349 HASTA 359 Y DEL Nº 368 HASTA 379. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100620512, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 131 AL Nº 131. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100620512, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 20-21-22-23-24-25. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100620512, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 2278.- 2282-2283-12284 S: 3543

PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo. Pozo Arias, con C.I. Nº 1707199186, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: HG916X de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5229 (1) S: 3538 Yo. SARMIENTO FREDDY, con C.I. Nº 1500401656, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: HT875X, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5225 (1) S: 3535

ASOCIACION DE EMPLEADOS DE TRABAJADORES DEL MUNICIPIO DE AGUARICO Por la pérdida se procede a anular la libreta N° 4501573838 perteneciente a la asociación de trabajadores del municipio de Aguarico (1/1) O: 3158

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CONVOCATORIA Se cita a los señores accionistas de la compañía de TRANSPORTE PESADO “ÁGUILA EAGLETRUCKS” S.A., a la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevara a efecto el día 10 de noviembre del 2017 a las 10:00 a.m., en el local de las oficinas administrativas de la empresa, en la Av. Unidad Nacional s/n y Pablo Milanés en el barrio las Vegas de la ciudad de Shushufindi; a fin de considerar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum 2. Designación de los administradores de la Compañía para un nuevo periodo estatutario. 3. Designación del Señor Comisario. 4. Asuntos Varios De manera especial, se cita personalmente a la Sra. Comisario Principal de la Compañía Sra. Olga Pineida. Atentamente, Sr. Luis Arroyo PRESIDENTE TRANSPORTE PESADO “ÁGUILA EAGLETRUCKS” S.A.

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CAMARA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA

CONVOCATORIA

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 1100398253 emitida a nombre de YOVANNY TARQUINO PEDROVAN RODRIGUEZ, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022011324 emitida a nombre de GOZALEZ GONZALEZ LUIS DAVID , se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

ORELLANA

Por haberse perdido la libreta de ahorros de la cuenta No. 6500785410, se procede a anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. 1/1 Q-1152

ACUERDO MINISTERIAL N. AE-089-2017

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 1002303066 emitida a nombre de PENALOZA SIMANCAS FLORA SUSANA, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 0022020218 emitida a nombre de MOREIRA MOREIRA ORLANDO ALBERTO, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3

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A ELECCIONES DEL DIRECTORIO PARA EL PERIODICO 2017-2019 De conformidad con el estatuto vigente, y en uso de mis atribuciones del capítulo Xll, Art. 52 se convoca a elecciones de PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, ADMINISTRADOR, TRES VOCALES PRINCIPALES, para el día miércoles 09 de Noviembre del 2017, a partir de las 14:00 en las oficinas que son en la AV. Napo y Fernando Roy de acuerdo a los siguientes artículos del estatuto, 46, 48 y 49. Las inscripciones de la lista de los candidatos se receptaran en la secretaria de la Cámara hasta el 03 de noviembre del 2017 a las 18:00. Atentamente, Ing. Mayra Sánchez PRESIDENTA DEL COMITÉ DE ELECCIONES DE LA CAMARA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA DE ORELLANA

Por perdida se procede a anular la cuenta aportaciones Nro. 4501916183, perteneciente al señor JARAMILLO RAMIREZ JAVIER ERMEL. 1/3 Q-1152

Por la pérdida se procede anular la libreta de Ahorro de la cuenta N°4501540433 perteneciente al señor CABRERA CABRERA MILTON ALEJANDRO. (2/3) O: 3154 Por la pérdida se procede anular la libreta de Ahorro de la cuenta N°4501540433 perteneciente al señor CABRERA CABRERA MILTON ALEJANDRO. (3/3) O: 3154 Por la pérdida se procede anular la libreta de Ahorro de la cuenta N°4501321771 perteneciente a la señora PAULINA JOHANNA LOPEZ SANCHEZ (1/1) O:3157

SUCUMBÍOS POR PERDIDA SE ANULA EL CERTIFICADO LA PÓLIZA DE PLAZO AMIGO VALOR 450.00 USD, A FAVOR DE SAHONA SISALEMA ROBINSON CTA. Nº 5171205139. F: 5230 1/1 S: 3539 POR PERDIDA SE ANULA LA LIBRETA DE AHORROS CTA. Nº 4500410492 A FAVOR DE MAZA GUAMÁN LUIS ANTONIO. F: 5230 1/1 S: 3539

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Educación superior pública MIES actualiza datos es prioridad en la Amazonía de 200 usuarios Redacción Orellana Redacción Sucumbíos

Mediante una gestión realizada en Quito el 25 de octubre, la comisión universitaria de Sucumbíos y delegados de la Universidad Estatal Amazónica (UEA) sede Sucumbíos y la reina del cantón Lago Agrio, mantuvieron reuniones con funcionarios de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) y con los miembros de la comisión de biodiversidad de la Asamblea Nacional con el objetivo de fortalecer la educación superior pública. En la Senescyt los sucumbienses expusieron la necesidad de ampliar los cupos para la capacitación de los estudiantes que rendirán el examen ser bachiller que desarrollará la UEA sede Sucumbíos, con miras a las evaluaciones de febrero 2018. También se solicitó el fortalecimiento de la oferta académica, como la pronta ejecución del programa de profesionalización dirigido a los docentes en funciones, igualmente la apertura de carreras presenciales en el centro operativo de la Universidad Nacional de Educación (UNAE), en Nueva Loja; mayor oferta académica en la sede de la UEA en Sucumbíos; y, ampliación de la oferta académica del Instituto Martha Bucaram, al igual

La comisión universitaria en su visita a los miembros de la comisión de biodiversidad de la Asamblea Nacional.

que la infraestructura educativa. Además, se solicitó el seguimiento de los procesos legales para la creación de las sedes, como también el apoyo para el fondo de fortalecimiento de la educación superior pública en la Amazonía, dentro de la futura ley orgánica de circunscripción territorial amazónica e incluir una disposición transitoria mandatoria en la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), que permita la creación de la universidad estatal para la Amazonía norte, para lo cual se estableció una hoja de ruta con el fin de trabajar en la fundamentación del nuevo centro

académico. Los miembros de la comisión de biodiversidad de la Asamblea Nacional reiteraron la necesidad de que la ley orgánica de circunscripción territorial especial amazónica contemple al menos un 10 por ciento del fondo común para la educación superior pública en la Amazonía. Fue unánime el respaldo de los integrantes de esta mesa legislativa a los planteamientos de la delegación de Sucumbíos. Los asambleístas se comprometieron a impulsar la aprobación de la futura norma y de la educación superior para la Amazonía.

Con el objetivo de acercar los servicios que brinda el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) a sus usuarios en territorio, personal técnico de esta cartera de Estado se movilizó hasta la parroquia Tiputini, cantón Aguarico, para realizar la actualización de datos a 200 personas que reciben el bono de desarrollo humano (BDH) y pensiones. Con este servicio se ahorra tiempo “y no tengan que trasladarse hasta la ciudad más cercana para cumplir con este proceso”, dijo Sonia Quizhpe, directora distrital del MIES en Orellana. Añadió que “la mayor parte de los habitantes de Aguarico pertenece a las nacionalidades Kichwa y Waorani, sus comunas se

encuentran ubicadas a orillas del río Napo, el acceso es vía fluvial y están a 11 horas de la ciudad del Coca”. Hasta la fecha, precisó la funcionaria, 7.779 usuarias de BDH y pensiones han actualizado sus datos en la provincia de Orellana, este proceso es gratuito y se lo puede realizar en cualquier balcón de servicios del MIES a nivel nacional. Elena Machoa, usuaria del BDH en la comunidad de Yanchama, indicó que gracias a este beneficio ahorró tiempo y dinero, les ayuda porque no salen a la ciudad. “Es muy difícil para nosotros salir hasta el Coca, ya que el transporte es fluvial y no hay a toda hora, agradezco al MIES por venir hasta nuestra parroquia para actualizar nuestros datos”.

La actualización de los datos ante los funcionarios del MIES no tiene costo alguno.

Restaurante flotante de Apoyo en elección de Napo tiene asistencia nuevos integrantes para directorio del Ecorae técnica de Arcsa Redacción Napo

Puerto Misahuallí, ubicado a 20 minutos de Tena, contará en pocos días con el primer restaurante flotante de la provincia. Se trata de una embarcación adecuada que permitirá a sus comensales disfrutar de delicias de la gastronomía amazónica, mientras surcan las aguas del Tena y contemplan los paisajes que ofrece Puerto Misahuallí. Con el fin de ultimar preparativos para su lanzamiento y garantizar la

calidad e inocuidad de los productos que ofrecerá, Leonardo Armijos, propietario de “La Balsa Restaurante”, solicitó a la coordinación zonal 2 de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) que le brinde las observaciones necesarias sobre higiene y manipulación de alimentos. El personal de Arcsa brindó asistencia sobre el adecuado manejo de desechos y se programó una capacitación para fortalecer los temas inculcados.

En el restaurante se verificaron las condiciones sanitarias, adecuada señalética y control de la indumentaria de los trabajadores.

Redacción Napo

El 15 y 16 de noviembre del 2017, en el auditorio de la delegación provincial electoral de Napo, se desarrollará el nuevo proceso electoral interno del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (Ecorae), que designará a los vocales del directorio institucional. El 15 de noviembre, el proceso empezará con la elección del representante de los gobiernos provinciales a las 10H00, mientras que desde las 15h00 se elegirán los delegados de los centros agrícolas cantonales. Los representantes de los pueblos y nacionalidades indígenas serán electos el 16 de noviembre, desde las 10h00. El proceso de elección de los miembros del directorio Ecorae contará con la supervisión, acompañamiento técnico y veeduría de los servidores electorales de matriz del Consejo Nacional Electoral.


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El estrés es la causa del exceso de vello facial en las mujeres españolas, una alteración conocida con el nombre de hirsutismo, según informó el jefe del Servicio de Dermatología del Hospital Virgen Macarena de Sevilla.

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Zonas de tolerancia deberán ubicarse a 500 metros fuera del perímetro urbano Redacción Sucumbíos

El Municipio de Lago Agrio fijó un plazo de dos años, como máximo, para que las zonas de tolerancia se ubiquen a por lo menos 500 metros fuera del perímetro urbano. En rueda de prensa el alcalde Vinicio Vega se refirió en la semana anterior a las 2 ordenanzas que entrarán en vigencia: “reglamentación y control de expendio de bebidas alcohólicas” y la de “contribución especial de mejoras”. Justamente, la ordenanza sobre reglamentación y control de expendio de bebidas alcohólicas, tiene en su parte medular, y que ha sido preocupación de la gente, la relacionada a las zonas de tolerancia que, hasta la actualidad, están ubicadas en lugares de alto tránsito de niños, niñas y estudiantes, hacia sus establecimientos educativos. Es el caso de los burdeles de la avenida Colombia, que funcionan durante el día y la noche, es un lugar obligado a pasar por ciudadanos que van al cementerio municipal; chongos que están desde hace algunos años dentro del perímetro urbano. Igual sucede con los chongos que, aunque abren sus puertas en la noche, están a la vista con sus llamativas invitaciones y figuras de mujeres, en la calle que conduce a la Universidad Estatal Amazónica (UEA). Vega explicó que el artículo 21, capítulo 3, de la ordenanza que reglamenta la venta de bebidas alcohólicas, establece además que “los establecimientos determinados en este capítulo: moteles, prostíbulos, casas de citas, burdeles, que funcionen en jornadas diurnas o nocturnas; establece que estos locales

deben estar a 500 metros fuera del perímetro urbano de la ciudad. Estar fuera del perímetro urbano, considera que en la vía Quito, estos sitios deberán estar ubicados a partir del kilómetro 6,5; en el sector de la avenida Colombia, deberán ubicarse después de la avenida Jorge Aguilera; en tanto que en la vía Tarapoa, después de la Y y sector del camal municipal; y en la vía a Coca, estarán a 500 metros del barrio Puerto Aguarico”. Hemos dispuesto a la comisaría municipal y la jefatura de rentas, que de forma conjunta a través de un memorando, procedan a notificar esta disposición, explicó el Alcalde. Con su propia plata En un inicio se había establecido el plazo de un año. Después de un debate en el concejo, acordaron extender el plazo a 2 años. Consideramos que 2 años es tiempo prudente para que inicien las construcciones de estos nuevos sitios, fuera del perímetro urbano de la ciudad, señaló el alcalde. Ellos deben buscar el terreno y lugar adecuado para que funcionen, aclaró Vega y lo hagan con sus propios recursos, dado que son negocios particulares; en razón de que en la ordenanza anterior, decía que el Municipio debía reubicarlos, con la carga de dotarles de servicios básicos y terrenos para su infraestructura, apertura de calles y más. En la presente ordenanza se fija que los propietarios deben buscar los terrenos adecuados para que funcionen. A partir del 2019, deberán estar funcionando como lo establece la ordenanza. La ordenanza también fija obligaciones a los establecimientos que

En Orellana ya se viven las olimpiadas especiales Redacción Orellana

Cerca de 260 deportistas de los 4 cantones de la provincia estuvieron el 26 de octubre en la inauguración de las olimpiadas especiales capítulo Orellana. Los deportistas de Orellana, Edson Bravo y Darwin Tonay, integrantes de la selección nacional de olimpiadas especiales, fueron los encargados de portar la antorcha y encender el fuego olímpico. Antonio Cabrera, vicealcalde del cantón, comentó “aspiramos a que los días donde van a durar estas olimpiadas sean de unidad, de fortalecimiento, de amistad, de que al final de la jornada sea eso, que se gane el compartimiento y la experiencia de cada uno de los sectores, bienvenidos a todos a esta olimpiadas especiales 2017”. Por su parte Nancy Alcívar, directora de las olimpiadas especiales, expresó, “para mí, cada año inaugurar las olimpiadas especiales es

llenarme de alegría, es estar ante la expectativa de encontrar nuevos valores, nuevos talentos deportivos, es ver a todos estos atletas dejar en la cancha alma, vida y corazón, los que vivimos cada año estas olimpiadas, sabemos, lo que es la experiencia maravillosa de aprendizaje, de todo lo que dejan estos chicos en todos los escenarios deportivos”, mencionó. Agregó que los atletas participarán en gimnasia rítmica, fútbol de salón, ciclismo, atletismo, natación, “las premiaciones se darán después de cada participación”. Por su parte Ximena Morales, madre de familia de un niño con capacidades especiales, destacó la importancia de que se realicen estas actividades ya que es la oportunidad para que los niños puedan demostrar sus destrezas deportivas, “en mi caso, mi hijo va a participar en natación, lo cual me llena de orgullo”.

están en las cabeceras parroquiales, donde se establece que deberán estar ubicados a 300 metros fuera del perímetro urbano, además de centros poblados que todavía no son cabeceras parroquiales pero que ya han sido tomados en cuenta para la ubicación de zonas de tolerancia. Lo hacemos dentro de un concepto de ordenamiento territorial para que Nueva Loja y las cabeceras parroquiales (Jambelí, Santa Cecilia, General Farfán, Pacayacu, El Eno, Dureno y 10 de Agosto) vayan formando un ordenamiento urbano y a su vez estos sitios que estaban muy visibles para nuestros niños, vayan fuera del perímetro urbano y no tengan este impacto visual negativo que tienen hasta hoy, explicó el alcalde Vinicio Vega. Venta de tragos La ordenanza también estipula, que “todo establecimiento que expenda bebidas alcohólicas debe estar a una distancia de al menos 200 metros de instituciones educativas, iglesias, parques e instituciones públicas”; tomando en cuenta que quienes han estado ya hace 5 años con sus establecimientos, les genera derechos, por lo que será difícil reubicarlos, aclaró Vega. No obstante, los nuevos establecimientos deben cumplir la ordenanza. Lo hacemos en razón de que venía dándose un negociado mediante la compra de un permiso de funcionamiento; compraban en otros cantones y a su vez solicitaban reubicación o una actualización en relación del nuevo establecimiento; venían al Municipio con el permiso dado por la intendencia para que acá también, se regule. Se

había convertido en un negociado el tema de permisos de funcionamiento, tanto de intendencia como del Municipio y los dueños de estos establecimientos. Advirtió que la ordenanza estipula que todo establecimiento debe cumplir además con las adecuacio-

nes necesarias: estar cerrado, que no haya contaminación sonora. La jefatura de rentas y la dirección de justicia y vigilancia, es decir la comisaría municipal, serán quienes realicen el control y evitar que los barrios de la ciudad tengan estos inconvenientes.


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Los mausoleos toman vida en Mercado Virgen campo santo de Nueva Loja del Cisne está en reconstrucción La anterior imagen del desorden dentro del cementerio municipal ha cambiado ostensiblemente. En la actualidad, son importantes las mejoras que ha recibido el cementerio de Nueva Loja, una ciudad donde se profesa un profundo sentimiento de nostalgia y amor por los seres queridos que partieron. La ciudadanía ve con agrado los cambios que se concretan con la construcción de una nueva entrada por la calle recién abierta y con ello la posibilidad para que los puestos de ventas para los días de visita, en la jornada de difuntos, tengan más comodidad y también para los visitantes. A estas necesarias modificaciones, se observa la tendencia de construir mausoleos familiares, que proporcionan una agradable imagen al campo santo de la ciudad, como se observa en Guayaquil y Quito, donde la visita obligada a su artista Julio Jaramillo es eminente o en Quito a presidentes de la República que descansan en soberbios mausoleos. En Nueva Loja, los mausoleos no son signo de opulencia o algo parecido, se construyen con la finalidad de mejorar el ornato del lugar y para descongestionar la alta incidencia de tumbas que estaban ubicadas de manera desordenada. Cada año mueren más de 50 millones de personas en todo el mundo. Los 2 principales ritos funerales adoptados por la mayoría, son la cremación o el entierro. Una pequeña comunidad de Parsis, (Zoroastrianos) de Mumbai, en la India, dejaban a sus muertos en el exterior de las Torres del Silencio para que sean consumidos por los buitres. En el pasado, algunas civilizaciones embalsamaban a sus muertos en el proceso de momi-

Redacción Orellana

Las calles del cementerio municipal ahora están adoquinadas, obra que facilita caminar por todos los rincones.

ficación. La palabra cementerio viene del término griego koimetérion, que significa dormitorio, porque según la creencia cristiana, allí los cuerpos dormían hasta el día de resurrección. A partir del siglo 18, los enterramientos dejan de hacerse en los templos, como era lo usual, para evitar la propagación de enfermedades y la contaminación del ambiente. Cambia entonces la cultura funeraria de la época, que derivará en la proyección de austeros cementerios ubicados en las afueras de las urbes. Cementerios referentes En el país, aparte de los nombrados, son muy conocidos por su paisajismo cementerios como el de Tulcán, provincia del Carchi, por ejemplo. Esa tendencia es la que tienen las autoridades municipales, respecto a estos sitios, que de alguna manera son también la imagen de una ciudad. “Así como vivimos dignamente, nuestros restos deben estar en un lugar digno. No era posible que el cementerio de Nueva Loja sea un sitio abandonado, desordenando que iba a la par de lo que era la ciudad. Eso lo reconoce la ciudadanía, respecto al cambio que presenta el campo santo, donde antes estaban

tumbas una encima de otra; donde los familiares para visitar a un ser querido tenían que hacerlo, pisando las tumbas de otros”, comentó el alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega. En ese sentido se establecieron espacios para que las familias que quieran construir mausoleos, lo hagan, sin que esto signifique inversiones fuertes. Simplemente estamos dando el ejemplo de otras ciudades, para que se construyan también en Lago Agrio, añadió la autoridad. Al momento se construyen calles internas dentro del cementerio para la adecuada distribución de los mausoleos, lo que genera un mejor ornato, considera el alcalde Vinicio Vega. “La ciudad tiene que cambiar. Mi convicción de querer esta ciudad, es que vaya modernizándose, para que los lagoagrenses se sientan orgullosos y que la autoestima esté siempre hacia arriba, aunque estemos vivienda una época de crisis”. Vega señaló que para los días de difuntos, en coordinación con la policía municipal, policía nacional y gobernación, se presentará un ordenamiento para que en el festivo de finados no haya malestares o contratiempos para los familiares que visiten a sus seres queridos.

Los comerciantes de juguería y comidas del mercado Virgen del Cisne fueron ubicados alrededor del Municipio de Orellana mientras se realizan trabajos de reconstrucción y mantenimiento del edificio, tiempo estimado en 90 días. La alcaldesa del cantón Anita Rivas manifestó que esta medida se tomó en beneficio de los comerciantes para que atiendan al público y no se queden sin trabajo, además al concluir los trabajos, el mercado presentará una nueva imagen, “se los reubicó provisionalmente durante el tiempo que duren los trabajos de mantenimiento integral del mercado, vale aclarar que los señores me pidieron ir a la ciclo vía, pero les dije que no se fueran a ese lugar, es preferible tenerlos cerca a sus lugares de trabajo, aunque no estén muy cómodos”, comentó. Nueva cubierta

Renán Toala, director de gestión y servicios públicos del Municipio, aclaró que los trabajos de reconstrucción del mercado ya empezaron, “ya está una cuadrilla destinada a la remoción de pintura, además se va a realizar el cambio de la cubierta en su totalidad, mantenimiento de la estructura de la misma, pintura de la parte externa e interna, reparación de tuberías de agua potable, lavabos de platos, todo lo que no está en perfecto estado será reparado”. Las propietarias que venden sus comidas en el mercado expresaron que es un poco molestoso atender en el lugar donde han sido reubicadas. Estefanía Loor mencionó que el lugar ya estaba bastante deteriorado, “era urgente que realizaran estos trabajos de reconstrucción, porque causaba molestias tanto para los clientes como para las propietarias, ya cuando nos entreguen el mercado reparado, otra va a ser la cara de presentación”.

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La cuadrilla de trabajadores deja bien limpios los diversos espacios del mercado.


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Esto se debe a que la manzana posee una fibra soluble llamada pectina, gracias a la cual el cuerpo elimina con mayor facilidad el colesterol. Así lo han demostrado una serie de estudios realizados en Italia, Irlanda y Francia, según los cuales, se puede reducir hasta un 10%.

MIES festeja a los adultos mayores de Putumayo

9 años de la CNT Redacción Orellana

La Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) cumple 9 años de servicio a nivel nacional que, según un comunicado de prensa, ha masificando los servicios convergentes de telecomunicaciones; modelos simbólicos de los grandes cambios que inciden en los procesos de desarrollo del país. Agrega de desde junio pasado, se han incrementado cerca de 300.000 nuevos servicios de telecomunicaciones a escala nacional. “Contamos con 21.586 kilómetros de red de fibra óptica redundante a escala nacional que garantiza la pro-

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visión de los diferentes servicios. Disponemos de 2 data center para servicios gestionados en la “nube”, con soluciones empresariales como interconexión, servicios de cloud, soluciones wifi, videovigilancia, correo empresarial, comunicaciones unificadas, etc”. El texto señala que la CNT es aliada tecnológica de la Empresa Pública Municipal de Tránsito de Guayaquil, “a la que proveemos de enlaces de datos e internet al proyecto de semaforización inteligente en el Puerto Principal con implementación en despliegue de fibra óptica. Son 845 puntos que se extenderán en la urbe porteña”.

Ikiam cumple 3 años de vida institucional Redacción Napo

Estudiantes, docentes, autoridades y personal administrativo de la Universidad Regional Amazónica Ikiam se dieron cita para celebrar los 3 años de vida de la institución que inició clases el 20 de octubre del 2014 con 150 estudiantes. A la fecha Ikiam cuenta con 643 estudiantes de todas las provincias del Ecuador. Entre los programas importantes estuvo la elaboración del muro de los sueños, en el cual los alumnos pintaron los anhelos para su vida universitaria. De igual manera la comunidad más cercana a Ikiam: Atacapi exhibió artesanías y comidas típicas para conmemorar el festejo. También se aprovechó la cita para premiar a los ganadores del primer concurso de fotografía científica

realizado en la Amazonía ecuatoriana: Enfócate, el cual tuvo apoyo de la Embajada de España en Ecuador. Las fotos ganadoras se titularon: Más allá de un tallo, Adaptaciones microscópicas para la vida en el páramo, Zoom Ocular y Mastygodryas sp. La ganadora del primer lugar, Liliana Pila, de la Universidad Federal Santa Catarina, en Brasil, señaló que ella siempre ha demostrado interés por la ciencia. “Esta fotografía es una pequeña muestra de la pasión que siento por investigar en este caso mi foto es de unos granos de almidón contenidos en un tallo”. Jesús Ramos, rector de Ikiam, señaló que la universidad ha crecido a pasos agigantados. “Vamos por buen camino. Tenemos docentes de alto nivel y estudiantes capaces, acorde a las exigencias que presenta la universidad”.

Agradecidos se mostraron los adultos mayores de Putumayo por la celebración dirigida a ellos. Redacción Sucumbíos

Con cánticos, música y baile en la ciudad de Puerto El Carmen, finalizaron las celebraciones por el día del adulto mayor, donde participaron los usuarios de los servicios que brinda el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) a este grupo de atención prioritaria. Las actividades del ministerio en conmemoración por la fecha iniciaron en Lago Agrio y culminaron Putumayo. En la provincia de Sucumbíos el MIES atiende a 645 adultos mayores en los cantones Putumayo, Cuyabeno, Cascales, Sucumbíos y Lago Agrio, en 3 modalidades: diurna, P

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EXTRACTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL MULTISERVICIOS AMAZONICOS - MULTISERAMA Se pone en conocimiento del Público en General que en la Notaría Segunda del cantón Orellana, a cargo del Dr. Ramiro Cruz Mayorga, en uso de las atribuciones exclusivas de los Notarios determinada en el Art. 18 numerales 13 y 23 de la Ley Notarial, se tramita una liquidación de Sociedad Civil y comercial cuyo extracto es el siguientes: OTORGANTE: LANES YONELA TENORIO ESTUPIÑÁN en calidad de liquidadora FECHA DE INICIACIÓN: El día diez de octubre del año 2017. OBJETO la escritura de DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN es la disolución anticipada y liquidación de la sociedad civil y comercial de conformidad a lo resuelto en la Asamblea General Extraordinaria de Socios de tres de octubre del año 2017 en fundamento a lo dispuesto en el artículo dos mil dos y más pertinentes del párrafo Séptimo de la disolución de la sociedad del libro IV del Código Civil y en el artículo quinto del Estatus Social. Hasta aquí la petición de la compareciente. – FUNDAMNETO LEGAL: Atribuciones exclusivas de los Notarios determinadas en el Art. 18 numerales 1y 29 así como literal a) del Art. 19 de la Ley Notarial y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Lo comunico al público en general, con el fin de que en caso de oposición, deberá efectuarlo dentro del término que permite la Ley, sin perjuicio de hacerlo al correo electrónico: ramirocruzmayorga@yahoo.com o a los teléfonos 062862247 o 0999375710 de la Notaria Segunda del cantón Francisco de Orellana. Atentamente

Dr. Ramiro Cruz Mayorga NOTARIO SEGUNDO DEL CANTÓN FCO. DE ORELLANA

domiciliaria y residencial, con una inversión de superior a los 280.000 dólares, en convenio con los gobiernos cantonales y fundaciones. Las entidades cooperantes que brindan servicios para los adultos mayores en las localidades participaron de las celebraciones en territorio. Los servicios son parte de la política gubernamental y operan con un enfoque de derechos para una vejez digna, positiva y saludable, para brindar mejores condiciones de vida a los adultos mayores que se encuentran en extrema pobreza. Institución observadora Mariana Ullauri, analista de gerontología, dijo que el MIES, como ente

rector, está vigilante de las políticas públicas para que se cumplan en favor de esta población, “seguiremos coordinando acciones conjuntas con las entidades cooperantes para continuar atendiendo a los adultos mayores en territorio”, expresó. Epifanio Masías recibe las visitas domiciliarias que realizan las promotoras de adulto mayor en Putumayo. “Los felicito porque el servicio llega a territorio”, dijo. Marisol Meneses, vicealcaldesa de Putumayo, resaltó el convenio que tiene el MIES con el Municipio de Putumayoen favor de los grupos prioritarios, uno de ellos es en gerontología, que beneficia en atención domiciliaria a 100 adultos mayores.


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