Edición 1220

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www.periodicoindependiente.com 7.000 EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA AÑO 25 • Edición 1220 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022 Campeón: Kléver Shiguango, emprendedor de Loreto ganó concurso de emprendimientos «Taza Dorada». P.16 Protesta: Colectivos sociales exigen declaratoria de emergencia ambiental por explotación minera. P.6 NAPO ORELLANA SUCUMBÍOS SE LEVANTA PARA EXIGIR SUS DERECHOS SUCUMBÍOS SE LEVANTA PARA EXIGIR SUS DERECHOS Decoración: Con murales artísticos embellecen cementerio municipal de Puyo previo al día de los difuntos. P.7 PASTAZA El pedido principal es solución al tema vial que enlaza a Sucumbíos con Napo en el sector de San Luis, aproximadamente 1.4 millones de habitantes de Sucumbíos, Orellana y Napo son los afectados. P.4

Opinión

Patriotismo: Siente la pertenencia

Patriotismo es el amor a la pa tria, está definido como el lugar al que una persona siente que per tenece; normalmente va ligada a la idea de país o nación. Estos sentimientos suelen incentivarse a través de numerosos símbolos que suscitan la unión de los diferentes habitantes y su país. Ejemplo de estos símbolos son el himno, la bandera nacional, héroes o con quistadores que han dado presti gio al país internacionalmente.

Inculcar valores desde la educa ción más elemental, servirá para crear ciudadanos fieles a la Repú blica, cuyos ideales basados en la igualdad estarían asegurados. Por lo tanto, podemos afirmar que el patriotismo es un elemento funda mental en la construcción y con solidación de los Estados nación que hoy conocemos.

El patriota es aquella persona que se identifica con característi cas definidas. Es decir, el idioma que habla es el propio de la na ción; lo que comemos y a lo que

nos acostumbramos; en la educa ción se estudia historia de la na ción, geografía de la nación, etc., así como su cultura, tradiciones y peculiaridades.

En otras palabras, si desde peque ños todo lo vemos desde este para digma, es muy normal que poste riormente estemos orgullosos de la comunidad a la que pertenecemos, no es bueno ni malo, es un compor tamiento normal y esperado.

Para recuperar el patriotismo, es necesario un trabajo titánico destinado a las nuevas genera ciones, con formación de valores, mediante procesos de cambio y que puedan en su tiempo poner en práctica el fortalecimiento ade cuado que coadyube a enriquecer

el patriotismo.

Hoy en día, si verdaderamente buscamos cambios radicales, que da la responsabilidad importante en los padres para poder inculcar en la vida de un hijo el amor por el lugar que lo vio nacer, lo cual debe estar estrechamente ligado con el sentido de pertenencia, el mismo que le brinda seguridad y autoestima en el día a día.

Las historias que pueda conocer un hijo le podrán servir para de sarrollar el potencial humano y la capacidad que puede aportar para luchar por la nación y contribuir al bienestar de la humanidad.

Lamentablemente en nuestro medio hemos sido testigos de ac tos desleales cometidos por per sonajes nefastos que ha denigra do y han ofendieron la dignidad de todo un pueblo, han cometido actos inmorales o atentatorios; no queda más, a ellos denominar los como falsos patriotas o deter minar que su verdadera patria es el dinero.

¿Qué pasa con el gobierno del señor presidente Lasso?

Por: José Hidalgo, coronel del Ejér cito (sp).

Desde el mes de mayo del 2021, el gobierno actual ha veni do caminando por senderos llenos de obstáculos prominentes. Desde sus bases de CREO se han reve lado los incumplimientos de cam paña y dejándolos a un lado, por dar continuidad a los incrustados correístas, pese de haber dicho en público. “Hay que barrer la casa desde adentro y en mi Gobierno no habrá correístas”, frases que chocan con todas las acciones tomadas desde su posesión como presidente de la República.

Actualmente, con todos los escándalos donde varios miem bros de la institución policial, en servicio activo, son los actores principales, había decidido «de moler» un edificio. ¿Quién lo asesora para tomar una decisión totalmente desacertada? Otra, que daba una semana al coman dante de la Policía Nacional para que capture al teniente Cáceres, presunto autor de femicidio. ¿Es

que los asesores son los videntes para saber que en una semana se puede detener a un individuo que conoce como escabullirse?.

Pero viene más. La Asamblea Nacional negó la aprobación del informe de la central hidroeléctrica Coca Codo Sinclair, en contuber nio con UNES, PSC y miembros del partido de gobierno CREO. Es decir, aceptemos no más la obra al Consorcio chino sin objetar abso lutamente nada. ¿Y qué pasa con las más de 17.499 fisuras?. Es de cir, que los informes de los asam bleístas fiscalizadores, encabeza dos por Fernando Villavicencio, más lo expuesto por la Contraloría General del Estado, les resbala y lo pasan por la puerta de atrás.

Todo esto es una clara evidencia de las intenciones de los grupos, bancadas o bandos de Asambleís tas arrastrados por las intenciones de quien está prófugo en Bélgica, lo que pretendieron es tomarse el control absoluto de la Asamblea Nacional y específicamente a la comisión de Fiscalización. Gran

irresponsabilidad de este grupo de insensatos a la realidad de esta obra llena de oscuros intereses.

Al parecer habría algún tipo de extorsiones que estarían de por me dio para no actuar contra quienes arrastran a tres gobiernos conse cutivos. La gran incógnita que nos queda a los ecuatorianos: ¿Qué re lación o acuerdos mantienen PSC, UNES, CREO y otros afines?.

Es que los asesores presiden ciales son de esa línea y de allí la inadecuada toma de decisiones presidenciales, pues estas se salen de un contexto lógico perceptible en el más común de los ciudada nos ecuatorianos.

El presidente de la República, debe reaccionar y pararse duro como buen estadista y no permi tir que lo mangoneen a gusto del correísmo en busca de tapar la co rrupción e impunidad reinante. O no os damos cuenta como quieren manejar la justicia, el Consejo de la Judicatura y la pugna de po deres en la Asamblea Nacional y otras funciones claves del Estado.

Fundadores 1997

Director - Fundador: Galo Guevara

Director - Editor: Salvador Usca

Presidente: Leonardo Sánchez

Vicepresidente: Enrique Quintero

Gerente: Gladys Granda

Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo

SUCUMBÍOS

Responsable: Luz Guamán

Corresponsal: Raúl Castro Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680 0989404851 • 0997103969

PASTAZA

Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870

ORELLANA

Responsable: Michell Alvarado

Seis de Diciembre y Guayaquil

Contacto: 062806246 0997103969 • 098 622 2039

NAPO

Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870

QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.)

Contacto: 022906827 0992081870 • 0997103969

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

IMPRENTA - EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.

VENTAS

ggranda@periodicoindependiente.com

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La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.

2 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota
El patriotismo supone simplemente el amor y orgullo de la nación a la que pertenece.

Comunidad

Capacitan a policías en prevención de femicidios

El propósito fundamental es evitar que integrantes de la institución uniformada se involucren en casos de femicidio.

Redacción

SUCUMBÍOS

Lago Agrio: Con la coordina ción del Observatorio para Erradi car la Violencia Contra la Mujer y el apoyo de otras instituciones, se desarrolló el pasado 5 de octubre del 2022 en Lago Agrio-Sucum bíos, el taller de capacitación para eliminar la violencia en contra de la mujer, dirigido a integrantes de la Policía Nacional Distrito Lago Agrio.

Los expositores fueron pro fesionales locales en el área del derecho y psicología, entre ellos: Luz Romero, Fabiola Báez y Jé nifer Arévalo, del Observatorio para Erradicar la Violencia Con tra la Mujer; Daniela Rueda, de la Secretaria de Derechos Humanos; Fernanda Rueda, del «Colectivo chuchaconchucha».

En su exposición, Rueda señaló la necesidad de identificar al vic timario, para poder prevenir los problemas que se vendrían luego, si la víctima permite su acecho, es decir, cuando el hombre mantiene bajo amenazas a su víctima y esta se siente acorralada hasta el pun to de que ni su familia creería lo sucedido.

Refirió que en países de Lati noamérica se registran altos ín dices de femicidios. Puso como ejemplo, lo sucedido reciente mente con María Belén Bernal, hecho ocurrido en la misma es cuela de formación de policías.

Fiscales y jueces desestiman evidencias

Desde la Judicatura, Ernes to Rivadeneira, coordinador de

control disciplinario, expuso el manejo de los procesos, cuándo los miembros de la policía deben presentar los informes en casos de violencia intrafamiliar y especial mente de femicidios.

De parte de uno de los unifor mados (policía) y que manejan los casos desde la DINAPEN, expuso la serie de inconvenientes que se presentan en los procesos, especialmente cuando los fiscales

y jueces llegan a desestimar algu nas de las evidencias y empiezan a dar largo tiempo a la solución de los casos.

Al final de la capacitación, Luz Romero, como parte del Obser vatorio puntualizó que uno de los objetivos de estos espacios, es lo grar que los servidores policiales se vuelvan apáticos a los temas de femicidio y evitar ser parte de es tos hechos.

Convocatoria para conformar Consejo de Defensores de Derechos

Quienes sean elegidos serán posesionados el 20 de diciembre del presente año en el Día Internacional de los Derechos Humanos.

Redacción SUCUMBÍOS

Lago Agrio: La Defensoría del Pueblo de Sucumbíos, a través de su delegado, Manuel Chávez, des de la sala de reuniones de la ins titución anunció la convocatoria para la conformación del nuevo Consejo de Defensores/as. de De rechos Humanos y la naturaleza.

Indicó que el Consejo estará conformado por 12 integrantes, donde cada uno de ellos trabajará en grupos determinados, es decir en temas como: vulneración de derechos de los adultos mayores, derechos de la salud, derechos del

ambiente, derechos de los jóve nes, entre otros.

No pueden participar funcionarios públicos

Señaló además que esta acti vidad se desarrolla conforme lo estipula el Art. 22 de la Defen soría del Pueblo. El nuevo Con sejo tendrá su etapa de accionar desde el 2022 al 2024, por ello, los interesados en participar del mencionado proceso debe rán cumplir ciertos requisitos y tiempos.

El 26 de octubre de 2022 se efectuará la recepción de carpe

tas. El 7 de noviembre se definirá a los nuevos integrantes y el 20 de diciembre del presente año, como fecha especial por el Día Inter nacional de los DD.HH, será la posesión de quienes sean favore cidos. El delegado advirtió que el grupo no puede ser integrado por

funcionarios públicos; únicamen te tendrán espacio las personas naturales.

El funcionario precisó que los miembros del nuevo Consejo de Defensores, no percibirán recur so económico alguno por sus ac tividades.

3 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
» Policías consideran importante la capacitación que coadyuvará a lograr la convivencia familiar y evitará los femicidios. » Manuel Chávez, comisionado de la Defensoría del Pueblo en Sucumbíos.

Comunidad

Pueblo de Sucumbíos se levanta para exigir atención del Gobierno

Solución al problema vial es la exigencia principal de los habitantes de Sucumbíos. La Gobernadora ofreció tramitar los pedidos.

dicha catástrofe”, añadió Haro.

Los afectados por la no existen cia de la vía serían aproximada mente 200 mil en Sucumbíos; en Orellana 500 mil y en Napo 700 mil habitantes, entre ellos agricul tores, ganaderos y otros comer ciantes, que son perjudicados en la parte productiva.

Negocios quebrados por falta de circulante

“Los anteriores administradores de la provincia y el país, son quienes están en deuda con su pueblo y deberían responder por los retrasos en lo económico”, refirió. Al tiempo que ofreció hacer llegar el documento hasta las instancias correspondientes del Ejecutivo.

Redacción SUCUMBÍOS

Lago Agrio: Mediante un plan tón que se cumplió el pasado 13 de octubre de 2022 en el parque Nueva Loja, se hizo escuchar el re clamo de la población de Sucum bíos; dirigentes de diversas organi zaciones sociales y la ciudadanía, dijeron estar cansados de ver que el actual Gobierno, no ha realizado ningún esfuerzo para solucionar el tema vial que enlaza a Sucumbíos con Napo en el sector de San Luis, motivo suficiente para que asuman la medida de resistencia.

Entre los manifestantes es tuvo Ángel Rojas, docente ju bilado, quien dejó en claro que varias han sido las gestiones ante el Gobierno central expli

cándole la situación que se vive entre las poblaciones de San Luis en Napo y el Reventador en Sucumbíos. “Prácticamente, el Gobierno se ha hecho el sordo”, señaló.

Sucumbíos es provincia petrolera y la más olvidada

De su parte, Marco Haro fue más concreto al señalar que Su cumbíos, siendo una provincia petrolera y muy productiva, se encuentra por ahora aislada. “Son diez meses, que el Gobierno no ha tenido la voluntad política para dar solución al tema vial (…) Cuando se presentaron daños en el oleo ducto por causas de la naturaleza, éste no dudo en emplear todos los esfuerzos del caso para solucionar

PLIEGO DE PETICIONES PUEBLO DE SUCUMBÍOS

- Dar cumplimiento al Estado de emergencia, determinado por la Asamblea Nacional.

- Instalación de mesas de diálogo, tal como se determinó en el 2019, para el debate de los temas que aquejan a la Región.

- Acogerse al derecho a la resistencia y con ello responsabilizar al Gobierno de todo lo que suceda en este proceso, además de realizar reuniones cada 15 días.

Pablo Llive, dirigente de la Asociación de comerciantes «Eloy Alfaro», muy preocupado detalló que varios de sus compa ñeros ven complicada la reactiva ción económica, por la carestía de los productos que vienen desde otras provincias. “Así como abren negocios, a los pocos días se ven obligados a cerrar, por la falta de circulante”, indicó.

Al sitio del plantón acudió Daysi Manzano, gobernadora de Sucumbíos, en medio del re chazo de los asistentes y antes de recibir el documento con el pliego de peticiones manifestó.

ARRIENDO DE INMUEBLE

Se convoca a todas las personas naturales y jurídicas nacionales o asociaciones domiciliadas en el país, que estén legalmente habilitadas para ejercer actividades comerciales, inscrita o no, y habilitadas o no en el Registro Único de Proveedores (RUP) del Sistema Nacional de Contratación Pública, para que presenten su manifestación de interés para el servicio de "Arriendo de edificio para funcionamiento de unidades judiciales en el cantón Lago Agrio".

Las ofertas se recibirán únicamente de manera electrónica al correo nancy.trujillo@funcionju dicial.gob.ec, dentro de la fecha y hora señaladas en la convocatoria

4 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
» Sin importar edad ni condición física, los ciudadanos salieron a exigir sus derechos. » Si no son escuchados, la población anuncia que volverán a las calles.
del proceso de contrata ción que será publicado en el portal de compras públicas. El canon arrendaticio anual es de usd. 38.571,43, más IVA, con un plazo de ejecución de un (1) año calendario. Las características generales y específicas del inmueble serán detalladas en el pliego del proceso, siendo las más relevantes las siguientes: 1. Estar ubicado en el área urbana del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. 2. Disponer de un área mínima de 500 m2, en lo posible de planta baja y planta alta con mínimo 8 baños (inodoro y lavamanos) distribuidos en el edificio. 3. Disponer de todos los servicios básicos necesarios. 4. Presentar las condiciones de disponibilidad para uso inmediato. Nueva Loja, octubre de 2022 P PERIÓDICOSÍGUENOS en redes sociales Dr. Juan Guillermo Salazar Almeida Director Provincial Consejo Judicatura de Sucumbíos (E) Q-3768

Comunidad

Agricultores siembran maíz con apoyo tecnológico

Agricultores que disponen de maquinaria producirán más de lo que alcanzaban en épocas anteriores.

Ahuano: En la parroquia Ahua no-Napo, emprendedores que se dedican a la siembra de maíz y arroz, utilizan un tractor y una sembradora mecánica, la finalidad es fortalecer la actividad agrícola acortando tiempos y permitiéndo les ahorrar.

Contando con el trabajo de dre naje efectuado por la prefectura de Napo, se ha logrado que exten siones de terrenos que hace 5 años pasaban inundados y eran impro ductivos, ahora permitan cultivar.

La producción de guanábana es el primer emprendimiento que ha dado resultados favorables con la tecnificación, cambiaron el suelo en la comunidad San Vi cente de Apayacu y procedieron a la siembra tecnificada utilizan do la maquinaria.

Jonathan Silva, gerente de «Finca Agroecológica Yolita», manifestó su agradecimiento a to dos quienes acompañaron, prime ro en la siembra de la guanábana y luego del maíz. “Han sido 5 largos años de trabajo, somos 14 socios, ahora vemos los resultados y va mos a apostarle al maíz”, indicó.

Agricultores asistieron a la demostración de siembra tecnificada

La proveedora de insumos de origen biológico Alaska, en tregará los kits de maíz de alto rendimiento, los agricultores de la parroquia Ahuano asistieron a la demostración de la siembra de maíz tecnificado. Según Jorge Po veda, “Las tierras productivas de Ahuano con este adelanto, produ cirán más de lo que ya se ha visto en épocas anteriores”, comentó.

El uso de los equipos mecani zados mejoran las condiciones de trabajo de los agricultores, la fuerza y el tiempo que utilizaban antes, ahora será reemplazado por los mecanismos de estos equipos.

“En poco tiempo se mostrará una producción de calidad, se cul

Primera visita de presidente Lasso a Pastaza

Con motivo de celebrar el Día de la Interculturalidad, posesionó a Gretty Vargas, como Secretaria de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades.

Primer mandatario por haberle designado como Secretaria de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades. “Luego de un proceso político transformador del Gobierno ha dado como resultado el reconocimiento de los derechos conseguidos mediante la lucha de los pueblos”, puntualizó Vargas.

tivará maíz empleando el tractor y una sembradora, con ello optimi zaremos tiempo y recursos eco nómicos para los socios de más fincas de la provincia”, manifestó William Grefa, director del área de producción de la institución auspi ciante de la siembra tecnificada.

REGIONAL

Puyo: El pasado 13 de octu bre de 2022, Guillermo Lasso, presidente de la República, llegó hasta Puyo-Pastaza, acompañado de su esposa y otras autoridades nacionales. En el malecón del río Puyo se congregaron funcionarios

públicos, simpatizantes, portando sus atuendos tradicionales se vi sualizó a representantes de algu nas nacionalidades y organizacio nes indígenas.

Gretty Vargas, vestida con su traje típico de mujer Kichwa, en su intervención agradeció al

El presidente Lasso, detalló algunas de las acciones que ha emprendido en beneficio de los pueblos y nacionalidades. Como la creación de la Secretaría del ramo. La asignación de 78 millo nes de dólares para dinamizar las economías comunitarias. La pues ta en marcha de un proyecto para superar los estragos de la pande mia con 40 millones de dólares de un Fondo del Banco Mundial, entre otras acciones.

5 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
» La producción se incrementa, agricultores ahorran tiempo y dinero. »
Presidente
Guillermo Lasso, en Puyo recibió el afecto de las mujeres
Amazónicas.
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Colectivos sociales exigen declaratoria de emergencia ambiental

En Napo se ha desarrollado actividades mineras legales e ilegales a gran escala, causando daños a los pueblos y a la naturaleza.

lleguen a las instancias pertinen tes las peticiones de los habitantes movilizados.

Piden que el Estado remedie a comunidades afectadas

“Ser parte de un todo es vital para nuestra existencia, conser varla bajo la potestad y el poder que embiste a la Constitución de la República del Ecuador es nues tro objetivo”, manifestó Maricar men Anrrango, integrante de la organización Napo Resiste.

Entre las principales peticio nes consta: Exigir al Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica presente ante la autori dad competente los informes ne cesarios y suficientes para que la provincia de Napo sea declarada en emergencia ambiental.

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL PUERTO MISAHUALLI

CONVOCATORIA

De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-08-2020 y el acuerdo minis terial N° 0389 aprobado el 20-09-2021, en su Art. 3 literales a,c,d,f,g,h y el cuarto párra fo; CONVOCO a los socios de la Liga De portiva Parroquial PUERTO MISAHUALLI, a las Asambleas Generales Extraordinarias, a realizarse el día 31 de octubre del 2022, a las 18h00, a la elección del Nuevo Directo rio de la Liga y el día 3 de noviembre del 2022, a las 18h00, a la Reforma del Estatuto de la Liga, ubicado en la sala de sesiones del GAD Parroquial de Puerto Misahualli, cantón Tena, donde se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.

2. Elección del Directorio de la Liga Depor tiva Parroquial PUERTO MISAHUALLI, para el periodo 2022 – 2026, Toma de Juramento, posesión y aceptación del nuevo directorio.

3. Lectura, análisis y aprobación de la Re forma del Estatuto de Liga Deportiva Parroquial PUERTO MISAHUALLI”, en primera instancia y definitiva

Tena: A través de una marcha y posterior plantón, el pasado 6 de octubre de 2022, representan tes de varios colectivos sociales e indígenas, exigieron al Gobierno central, declare en emergencia ambiental a toda la provincia de Napo, debido a la escalada de actividades mineras en varios sectores.

Por las calles de Tena-Napo se movilizaron representantes del Consejo de Defensores de

los Derechos Humanos y de la Naturaleza, colectivos sociales, GADs Parroquiales Junta del Campesinado, Asamblea Canto nal de Carlos Julio Arosemena Tola, FOIN y de la Defensoría del Pueblo; luego de recorrer las calles arribaron hasta las inme diaciones de la Gobernación con varios planteamientos.

Al recibimiento de los manifes tantes y las propuestas acudió el gobernador de Napo Alirio Grefa, quien se comprometió a interme diar con el Ejecutivo a fin de que

SALMOS 70

Proponen a la Secretaría Téc nica de la Amazonía, realice una intervención integral en las comunidades afectadas por las actividades mineras, con la fina lidad de que se destine los recur sos económicos suficientes para garantizar su derecho al sumak kawsay.

Los líderes que organizaron la movilización consideran que el acto es una muestra de la resis tencia de la población debido a la constante vulneración de los dere chos bajo responsabilidad del Go bierno Nacional. Advirtieron que volverán a las calles cuantas veces sean necesarias si no se atiende las peticiones.

4. Clausura. Q-3764

FEDERACIÓN CANTONAL DE LIGAS BARRIALES Y PARROQUIALES DE TENA

CLUB DEPORTIVO

CONVOCATORIA

Oh Dios, acude a librarme; Apresúrate, oh Dios, a socorrerme. Sean avergonzados y confusos los que buscan mi vida; Sean vueltos atrás y avergonzados los que mi mal desean.

Sean vueltos, en pago de su afrenta hecha, los que dicen: ¡Ah!

Gócense y alégrense en ti todos los que te buscan;

Y digan siempre los que aman tu salud: Engrandecido sea Dios.

Yo estoy afligido y menesteroso; Apresúrate a mí, oh Dios: Ayuda mía y mi libertador eres tú; Oh Jehová, no te detengas.

Francisco de Orellana, octubre

Comunidad6 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
¡ah!
Redacción NAPO
» La marcha efectuada en Tena tuvo apoyo de varios colectivos sociales.
17 de 2022. Señores Socios: Por medio de la presente se les convoca a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAOR DINARIA DEL CLUB DEPORTIVO BA SICO BARRIAL “AMAZONICOS FC”, que se celebrará en esta ciudad de El Coca, el 31 de octubre de 2022, a las 09H00am, en la SEDE dirección Barrio 30 de Abril, Calle Cuenca y Ambato, con el siguiente: ORDEN DEL DÍA CARLOS REINO LANDI PRESIDENTE 17169346-3
BÁSICO BARRIAL “AMAZONICOS FC” 1. Constatación del quórum; y, 2. Aprobación de la reforma integral del Es tatuto del Club Deportivo Básico Barrial “AMAZONICOS FC”, primera y definitiva discusión. Q-3769 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Atentamente, CARMEN ROCIO REINO LANDI SECRETARIA 150067757-8

Comunidad

Día Nacional del Pueblo Negro fue celebrado a lo grande

Propios y extraños se deleitaron con la deliciosa gastronomía afro, concursos y marimba.

Redacción

SUCUMBÍOS

Lago Agrio: En recordación al Día Nacional del Pueblo Negro Ecuatoriano, declarado así por la Organización de las Naciones Unidas, cada primer domingo del mes de octubre. En Lago Agrio el conglomerado social festejó su día, en un escenario multicolor adecuado en la Catanga.

La Catanga, nombre que hace honor a una canasta de bambú que los ancestros de Esmeraldas llevaban al río para la pesca coti diana y en ella trasladar a casa la pesca diaria; sirvió de inspiración para que la Federación de Orga nizaciones Afro-Ecuatorianas en Sucumbíos (FOAES) tengan su propiedad en el kilómetro 4.5 vía a Tarapoa, a la que llamaron la Catanga, donde se puede saborear la deliciosa gastronomía del pue

blo Afro y es el sitio de encuentro para los diferentes actos cultura les de parte de la FOAES.

Exhibición fotográfica de mujeres emblemáticas

La celebración se cumplió los días 8 y 9 de octubre de 2022. Los caballetes con más de 20 fotogra fías de mujeres emblemáticas de Sucumbíos, algunas de ellas que ya partieron y la mayoría que es tán con nosotros, se exhibieron en la Catanga.

Los diversos utensilios de pes ca, cocina, elaborados en madera, piedra y bambú, estuvieron tam bién a la vista de todos. Mientras que de los nueve puestos de comi da despedían los diversos platos de la deliciosa comida esmeral deña. La marimba también estuvo en la parte alta del escenario, a espera de su turno para que manos

de niños, niñas y adultos hicieran bailar a los presentes.

Los niños, niñas y adultos par ticiparon en varios concursos, juegos ancestrales y competen cias de ensacados, baile del trom po, concurso de oratoria y otros. La visita de la población de di versos sectores de la provincia fue masiva, los que además de gustaron la diversidad de sabores de la gastronomía afro.

En la noche se efectuó el evento cultural donde se eligió a como la Negra Bonita, las danzas, el so nido de la marimba y alegría del Pueblo Afro fue evidente para el festejo de un día tan esperado.

El domingo se cumplió con la sesión solemne, evento de gran importancia donde se presenció lo multicolor de la vestimenta de hom bres y mujeres, identificando a una cultura que prevalece en el tiempo.

Mantenimiento del cementerio antes del día de difuntos

Pinta de murales, adecentamientos y limpieza son trabajos que se ejecutan en el cementerio de Puyo.

todo para recibir a los visitantes con una imagen renovada y atrac tiva en las mejores condiciones.

El administrador anunció que al igual que años pasados el 2 de noviembre habrá un programa especial para conmemorar el día de difuntos, celebración tradicio nal de la misa de honras, música y colada morada que entregará el Municipio a la ciudadanía.

de mausoleos de diferentes aso ciaciones, por lo que formuló el llamado para que se interesen a la brevedad posible.

Redacción PASTAZA

Puyo: Con anticipación al día de los difuntos (2 de noviembre), las autoridades municipales han procedido a realizar adecuacio nes, limpieza y restauración del cementerio municipal de Puyo.

André Tapia, administrador del cementerio dio a conocer que se efectúa la restauración y creación

de murales artísticos que mostra rán la cultura sobre los entierros de los antepasados y la creencia religiosa sobre la trascendencia espiritual de la vida a la muerte.

Además, ejecutan tareas de or namentación, limpieza de camine ras, aceras, bordillos, jardineras, limpieza de bóvedas, pintura res pectiva de cada una de las áreas del campo santo, según Tapia,

Propietario de tumbas y mausoleos deben ejecutar los trabajos

Recordó el administrador que de acuerdo a la normativa muni cipal, la limpieza, pintura y me joramiento de cada tumba es res ponsabilidad de los propietarios o familiares de los fallecidos. Igual disposición es para los dueños

André Tapia, agradeció la vo luntad del artista Pablo Figueroa, por su apoyo en la pintada de mu rales en áreas públicas, con lo cual se logra dar una nueva imagen al campo santo, en algunos casos re parando las pinturas ya existentes y en otros creando nuevos moti vos.

Dentro del proyecto de actua lización del catastro del cemen terio, informó que aún existe un total de 750 bóvedas no identifica das y un estimado de 530 tumbas de sepulturas en tierra que no se tiene ningún dato, por lo cual, el llamado a los seres queridos a que identifiquen a sus deudos.

7 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
» La marimba interpretada por artistas afros, deleitó a los asistentes. » Pablo Figueroa, artista de Puyo embellece el cementerio con sus murales.

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9 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesa les recaídas en el presente juicio de SUMARIO / DIVORCIO POR CAUSAL, en contra de los pre suntos herederos desconocidos, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: CALVA CARRIÓN EUGENIO

DEMANDADO: AJILA GUAMAN MARIANA DEL CARMEN.

JUICIO NRO.: 21201-2022-00655.

CUANTÍA: INDETERMINADA.

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL. TRAMITE: SUMARIO.

JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVIN CIA DE SUCUMBÍOS.

EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LA DEMAN DA: PRIMERO. - CALVA CARRIÓN EUGENIO, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, con cédula de ciudadanía No. 110292264-6, ma yor de edad, agricultor, domiciliado en el Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, ante usted muy respetuosamente comparezco y presento la siguiente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL. CUARTO.- Los nombres completos de la deman dada son Ajila Guamán Mariana del Carmen, con cédula de ciudadanía número 150035702-3, la ci tación a la demandada se la realizará A TRAVÉS DE UNO DE LOS PERIÓDICO DE AMPLIA CIR CULACIÓN DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EN TRES FECHAS DISTINTAS; con el extracto de la demanda o solicitud pertinente y la providencia respectiva, misma que será adjuntada al proceso, tal como lo establece el artículo 56 numeral prime ro del Código Orgánico General de Procesos; DE BIDO A QUE LA INDIVIDUALIDAD, DOMICILIO O RESIDENCIA DE LA DEMANDADA, EN EL PAÍS ME ES IMPOSIBLE DETERMINAR, A PESAR DE HABER EFECTUADO TODAS LAS DILIGENCIAS NECESARIAS; Y QUE ESTOY PRESTO A RECO NOCER ACUDIENDO A SU DESPACHO EN LA FECHA, DÍA Y HORA QUE USTED DISPONGA, tal como lo establece el Art. 56 del Código Orgá nico General de Procesos. FUNDAMENTOS DE HECHO Y PRETENSIÓN. La narración de los he chos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento para mis pretensiones, debidamente clasificados y numerados, son los siguientes: De la partida de matrimonio que en una foja útil acompaño, justifico mi estado de civil de casa do, matrimonio celebrado en la ciudad de Lago Agrio, en la Provincia de Sucumbíos, el 12 de julio del 2001, ante el señor jefe del Registro civil del Cantón Lago Agrio, conforme consta en el Tomo 1, Página 134, Acta 134 del libro de inscripciones de matrimonio, fruto del matrimonio procreamos a tres hijos todos mayores de edad, que justifico con las partidas de nacimientos de nombres YULLY PAOLA de 26 años de edad, FRANKLIN EUGE NIO de 23 años de edad; y CRISTIAN BRAYAN CALVA AJILA de 20 años de edad, respectivamen te. Aproximadamente hace un año nueve meses fecha desde la cual no ha retornado a nuestro hogar. Consecuentemente, desde la fecha indica da del abandono de hogar; hasta la presentación de esta demanda, nuestras relaciones maritales y conyugales han permanecido rotas total y absolu tamente de manera ininterrumpida; es decir, han sido inexistentes. Hasta la actualidad, el abandono de mi cónyuge se ha extendido aproximadamente por un año y seis meses. Dentro de la sociedad conyugal ADQUIRIMOS BIENES MUEBLES E IN MUEBLES, como es UNA FINCA Y UN SOLAR; a no ser aquellos enseres eléctricos mínimos y propios del hogar. De los oficios remitidos al se ñor Juez Multicompetente, dentro del proceso 21282-2022-00144G, requeridos a las diferentes entidades públicas, se puede colegir que la de mandada NO SE LA A PODIDO LOCALIZARLA

O UBICARLA. SEXTO. - Con los antecedentes arriba indicados, el fundamento de la presente demanda está establecidos en los siguientes artí culos: Con estos antecedentes y amparados en el Art.- 11, que sustituye el Art.- 110, numeral 9, que

dice: “9. El abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges por más de seis meses ininterrum pidos.”, publicado en el Segundo Suplemento, Registro Oficial N.- 526, del 19 de junio del 2015, Ley Reformatoria al Código Civil, vigente, vengo y demando a mi cónyuge la señora Ajila Guamán Mariana del Carmen, para que en sentencia de clare disuelto el vínculo matrimonial que nos une y a la vez disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva, de acuerdo a lo señalado en el Art.- 17, que sustituye el Art.- 128, .”, publi cado en el Segundo Suplemento, Registro Oficial N.- 526, del 19 de junio del 2015, Ley Reformatoria al Código Civil, vigente, debiéndose para el efecto oficiarse al señor Director de Registro Civil de Su cumbíos. OCTAVO. - LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE EXIJO ES: En sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial y divorcio de los se ñores AJILA GUAMÁN MARIANA DEL CARMEN, portadora de la C.C. 150035702-3; y, CALVA CARRIÓN EUGENIO, C. C. 110292264-6, a que nos une y a la vez disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva, de acuerdo a lo señalado en el Art.- 17, que sustituye el Art.- 128, .”, publicado en el Segundo Suplemento, Registro Oficial N.- 526, del 19 de junio del 2015, Ley Refor matoria al Código Civil, vigente, debiéndose para el efecto oficiarse al señor Director de Registro Civil de Pichincha. NOVENO. - LA CUANTÍA EN ESTE TIPO DE PROCESOS POR SU NATURA LEZA ES INDETERMINADA. DECIMO. - El proce dimiento es el ORDINARIO. Lago Agrio, miércoles 21 de septiembre del 2022, las 12h51, VISTOS: En calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Familia Mujer Niñez y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, nombrada me diante acción de persona N° 6878 del 2015 con la Resolución del pleno del Consejo de la Judicatura de 20 de mayo del 2015, posesionada en legal y debida forma y en funciones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Ju dicial. Preveo sorteo de ley avoco conocimiento de la presente causa la demanda del divorcio por causal novena del Art. 110 del Código Civil, pre sentada por el señor CALVA CARRION EUGENIO en contra de la señora AJILA GUAMAN MARIANA DEL CARMEN que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo que se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedi miento sumario: Que luego de haber presentado la declaración bajo juramento del compareciente CALVA CARRION EUGENIO de haber realizado todas las diligencias para determinar la individua lidad del domicilio de la demandada, conforme el Art. 56 numeral 2 inciso segundo del COGEP y se dispone. Y a fojas 6 consta el certificado de la Mi nisterio del Gobierno remitido por el responsable del servicio de apoyo Migratorio y Unidades de Control Migratorios de la Provincia de Sucumbíos Ing, Rita Peralta, en la que certifica que la seño ra AJILA GUAMAN MARIANA DEL CARMEN no registra movimiento migratorio hasta el mes de abril del 2022, en consecuencia se ordena: 1.-la citación de la demandada AJILA GUAMAN MA RIANA DEL CARMEN en la forma dispuesta en el numeral 1 del artículo 56 del Código de General de Procesos, esto es mediante tres publicaciones que se efectuarán en uno de los periódicos de mayor circulación local que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, en una de los periódicos de mayor circulación local del ultimo domicilio de la deman dada en tres fechas distintas. 2.-Se concede a la demandada el término de quince días de confor midad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos para que conteste la demanda. La demandada en la contestación de la demandad tendrá que anunciar las pruebas en la forma prescrita en lo previsto por el Art. 151, 152, 190 y 191 del Código General de Procesos. (COGEP). 4.-Los medios probatorios señalados por la actora tanto la prueba documen tal, como la prueba testimonial serán sometidos a lo previsto en los artículos 160, 161 del COGEP sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia.- Se notificará a los testigos señalados por la accionante conforme lo determi na el Art.190y 191 del COGEP. 5.-Agréguese la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electró nicos señalados por el actor y la autorización a su abogado patrocinador. Actué la Abogada Gladys Solarte como secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-

Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes.

Atentamente. Ab. Gladys Janeth Solarte.

SECRETARIO UJFMNALAS

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: HERE DEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CABEZAS ALBIÑO DIEGO IVAN

ACTOR: CABEZAS ALBIÑO DIEGO IVAN

DOMICILIO DEL ACTOR: Correo electrónico va le95mishell@gmail.com de la Ab. López Revelo Valeria Mishell

CUANTÍA: USD. 11.100,00

JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera. SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312021-00040, que sigue el señor CABEZAS AL BIÑO DIEGO IVAN, en contra de ALVA FUERES JOSÉ MANUEL. PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA: SÉPTIMO: DECISIÓN.- 7.1. Por lo anotado y amparada en las normas antes citadas, a falta de pago y excepciones de la demandada y con fundamento en el artículo 352 del Código Or gánico General de Procesos, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERA NO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLI CA, se acepta la demanda y en consecuencia se dispone que el demandado: ALVA FUERES JOSÉ MANUEL, pague inmediatamente a la parte acto ra CABEZAS ALBIÑO DIEGO IVÁN, el importe de la letra de cambio materia del presente juicio (fs. 3), esto es la suma de USD. 10.000,00 DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más el interés legal de acuerdo a lo determinado en el Art. 80 literal a) del Código de Comercio en vigencia, desde la fecha de la emi sión de la letra de cambio, conforme lo dispone el Art. 119 inciso tercero del referido cuerpo legal; valores que se liquidarán pericialmente. En lo que se refiere al pago de costas, gastos y expensas judiciales solicitados en la demanda, en la que según el segundo inciso del artículo 285 del CO GEP contempla los honorarios y gastos, se niega, toda vez que no se han configurado los presu puestos contemplados en las normas del artículo 284 ibídem; ya que no se ha demostrado que la parte ejecutada haya litigado de forma abusiva, maliciosa, temeraria o con deslealtad ni se incurre en las causales del artículo 286 ibídem; tanto más que la demandada no ha comparecido a juicio… MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN: Lago Agrio, lunes 12 de julio del 2021, las 14h14, Agréguese al proceso el escrito presentado por el accionan te.- En atención a su requerimiento, por cuanto la parte actora RENUNCIA EXPRESAMENTE A LOS INTERESES LEGALES de la presente causa bajo responsabilidad de la misma., se ordena que la parte ejecutada señor ALVA FUERES JOSÉ MA NUEL, EN EL TERMINO DE CINCO (5) DÍAS pa gue la cantidad de DIEZ MIL CON 00/100 DÓLA RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 10.000,00), de acuerdo a lo determinado en sentencia de fecha 2 de junio del 2021, las 16h13, bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada, a partir de la notificación al ejecutado, no siendo necesario una notificación por boletas por cuanto la obligación, deviene de sentencia ejecutoriada.- Notifíquese AUTO DE CI TACIÓN POR LA PRENSA: Lago Agrio, viernes 2 de septiembre del 2022, las 11h01, Incorpórese al proceso, el escrito presentado por la parte acto ra.- En atención a su petición, por haberse dado cumplimiento al auto inmediato anterior, de confor midad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE con el contenido de la PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA, EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EL PRE SENTE AUTO a los HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CABEZAS ALBIÑO DIEGO IVAN, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional, así como en un periódico de amplia difusión a nivel nacional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley.- Nueva Loja, 12 de septiembre del 2022.- CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 1/3 S-5351

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesa les recaídas en el presente juicio de VOLUNTARIO / INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS, en contra de PRESUNTOS HEREDEROS DESCO

NOCIDOS, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: ZAMBRANO ZAMBRANO LORENA ODILIA

DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS

JUICIO NRO.: 21201-2022-00648

CUANTÍA: INDETERMINADA. CAUSA: INVENTARIO DE BIENES SUCESO RIOS TRÁMITE: VOLUNTARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVIN CIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE LA DE MANDA.- “…HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDA

MENTO A LA DEMANDA: PRIMERO. LORENA ODILIA ZAMBRANO ZAMBRANO, ciudadano de nacionalidad ecuatoriana, portadora de la cédula de ciudadanía No-2100662218, de ocupación ama de casa, estado civil soltera, de 33 años de edad, residente en la Provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, parroquia Nueva Loja, Barrio Julio Ma rín.- , me presento ante su autoridad, a objeto de presentar Demanda de Inventario y Tasación de Bienes Hereditarios, de los bienes dejados por el padre de mi hijo el señor CARLOS RIGOBERTO BUENO CASTILLO, a favor de la cónyuge sobrevi viente señora MIRIAN PAULINA SALINAS ZUÑA, de sus DOS hijos menores CARLOS MATIAS Y ALISSON SHANYK BUENO SALINAS; y, de mi re presentado el menor BUENO ZAMBRANO FRIX SON ALEJANDRO, teniendo como fundamento legal, lo presupuestado en los 341, 342, 343, 334 numeral 4 del COGEP, en concordancia con lo previsto en los Art. 191, 192, 200 y 1338 del C.C FUNDAMENTOS DE HECHO Y PRETENSION. CUATRO: LOS NOMBRES COMPLETOS Y LA DIRECCIÓN DEL LUGAR EN EL QUE SE DEBE CITAR A LA O AL DEMANDADO, ADEMÁS DE DI RECCIÓN ELECTRONICA SI SE CONOCE. Los nombres y apellidos de la persona contra quien di rijo mi demanda es a: MIRIAN PAULINA SALINAS ZUÑA, cónyuge sobreviviente del causante señor CARLOS RIGOBERTO BUENO CASTILLO, y ma dre y representante legal de los menores CARLOS MATIAS y ELISSON SHANYK BUENO SALINAS, a quien se la citará legalmente con ésta demanda y providencia recaída en ella, en ésta provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, Barrio Ciudadela del Chofer No-02, Calle Los Andes, Chaco, y Pedro Fermín Cevallos casa de cemento Armado de una planta, cerramiento de cemento, color blanco y azul, puerta metálica de color gris, donde se procederá a realizar la Cita ción correspondiente a la Demandada, domicilio que se encuentra especificado en el croquis ilus trativo correspondiente, sin perjuicio de indicar y dar las facilidades al señor Citador de la Judicatu ra, a efectos que se dé estricto cumplimiento con la diligencia de citación a la demandada, conforme a lo previsto en los Art. 53 y siguientes del CO GEP.- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN, EX PUESTOS CON CLARIDAD Y PRECISIÓN.- Los fundamentos de derecho aplicables a la presen te acción Voluntaria de Inventarios y tasación de bienes hereditarios, constan determinados en los Art. 341, 342, y 343 del Código Orgánico Gene ral de Procesos, en concordancia con lo previsto en los Art. 191, 192, 200, y 1338 del Código Ci vil. SIETE: EL ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS. SE ACOMPAÑARÁ LA NÓMINA DE TESTIGOS CON IDENTIFICACIÓN DE LOS HECHOS SOBRE LOS CUALES DECLARARÁN, LA ESPECIFICACIÓN DE LOS OBJETOS SOBRE LOS QUE VERSAN LAS DILIGENCIAS TALES COMO INSPECCIÓN JUDICIAL, LA EXHIBICIÓN, LOS INFORMES DE PERITOS Y OTRAS SIMILA RES. SI NO TIENE ACCESO A LAS PRUEBAS DOCUMENTALES O PERICIALES, SE DESCRI BIRÁ SU CONTENIDO, CON INDICACIONES PRECISAS SOBRE EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTREN Y LA SOLICITUD DE MEDIDAS PERTINENTES PARA SU PRÁCTICA.- LA PETI CIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Que en sentencia, su Autoridad, se digne declarar con lugar la demanda Voluntaria de Inventario y Tasa ción de los Bienes muebles e inmuebles dejados por el causante, quien en vida se llamó CARLOS RIGOBERTO BUENO CASTILLO, de acuerdo al Informe presentado por el señor Perito y de acuer do a los documentos constantes en el anuncio y evacuación de la prueba documental, testimonial y pericial correspondiente, de conformidad a lo pre supuestado en los Art. 341, 342, y 342 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que una vez que se encuentre legalmente ejecutoriada la Sentencia por el Ministerio de la Ley, se ordenara su inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Lago agrio y Mancomunidad de Transito de Sucumbíos, para que en lo posterior, surta los efectos que el caso amerita, de acuerdo al Art.

Judiciales10 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
3/3 S-5346
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1030 del Código Civil, relacionado con el orden de la sucesión hereditaria, tomando en consi deración, que los bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, activas y pasivas; así como los bienes del menaje de hogar, tienen que repartir se y liquidarse de acuerdo a la ley; esto es, el 50 % para la conyugue sobreviviente y el otro 50 % para los TRES (03) herederos a la presente fecha, menores de edad, bienes que fueron adquiridos por el difunto padre de mi hijo señor CARLOS RI GOBERTO BUENO CASTILLO y su cónyuge so breviviente. DIEZ.- LA CUANTÍA DEL PROCESO CUANDO SEA NECESARIA PARA DETERMINAR EL PROCEDIMIENTO.- ONCE.- El procedimiento que se dará a la presente acción es el Tramite VOLUNTARIO, prescrito en el Art.334, numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos y como Procedimiento VOLUNTARIO. VISTOS: En cali dad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Familia Mujer Niñez y Adolescencia de la provincia de Su cumbíos, cantón Lago Agrio, nombrada mediante acción de persona N°6878 del 2015 con la Resolu ción del pleno del Consejo de la Judicatura de 20 de mayo del 2015, posesionada en legal y debida forma y en funciones. Avoco conocimiento de la presente acción de APERTURA DE LA SUCE SIÓN Y LA FACCION DE INVENTARIO SOLEM NE DE LOS BIENES HEREDITARIOS, presenta do la ZAMBRANO ZAMBRANO LORENA ODILIA madre y representante legal del menor BUENO ZAMBRANO FRIXZON ALEJANDRO de 16 años de edad en contra de los herederos y la viuda so bre vivienda SALINAS ZUÑA MIRIAN PAULINA e hijos menores de edad CARLOS MATIAS BUENO SALINAS y ELISSON SHANYK BUENO SALINAS del causante señor BUENO CASTILLO CARLOS RIGOBERTO y los herederos desconocidos. Una vez revisado la presente causa, la misma cumple con los requisitos legales generales y especia les estipulados en los Arts.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica de clara, completa y se la acepta al trámite previsto para el procedimiento voluntario reglado en los artículos 335; 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).-En con secuencia: 1.-CÍTESE conforme lo establece la ley a los demandados a las señora SALINAS ZUÑA MIRIAN PAULINA por sus propios derechos y a los menores de CARLOS MATIAS BUENO SALINAS y ELISSON SHANYK BUENO SALINAS en cali dad de representante legal a la señora SALINAS ZUÑA MIRIAN PAULINA con una copia de la de manda y los documentos adjuntos y auto inicial de aceptación a trámite en la forma establecida en el Art. 54, 55 y 58 del Código Orgánico General del Procesos (COGEP) en el lugar señalado por los accionantes, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial. 2).-La citación a los he rederos desconocidos de conformidad con el Art. 58 del COGEP, se efectuará mediante publicación que se realizará en tres fechas distintas en un pe riódico de amplia circulación de lugar. 4.-Para los efectos del Art.146, inciso quinto del Código Orgá nico General de Proceso, se dispone la inscripción de esta demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, en lo relativo a los bienes inmuebles que se describen en la presente de manda, para lo cual enviará la copia respectiva. 5.-Una vez cumplida con la solemnidad de la cita ción se procederá como lo dispone el artículo 341 inciso segundo del Código General de Procesos. 4.-Considérese las pruebas anunciadas por los actores en el libelo de la demanda, como partida de nacimientos, certificado de defunción y la po sesión efectiva de los bienes y más documentos de identificación de los comparecientes. Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado para recibir las notificaciones, así como la autori zación conferida a su defensor.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Intervenga la abogada Gladys Solarte en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUE SE.- Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente.

Ab. Gladys Janeth Solarte SECRETARIO UJFMNALAS 1/3 S-5352

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

A: MENDOZA PAGUAY LUIS ALCIDES

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉ DITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA. DEMANDA DOS: CABEZAS EGAS CLEINER MODESTO, MENDOZA PAGUAY LUIS ALCIDES y TORRES

SECAIRA ROSA ISABEL

JUICIO: No. 21331-2021-00142

TRÁMITE: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A

LA ORDEN

FECHA DE INICIO: 22/04/2021

CUANTÍA: 31.866,21

JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZA BETH ROSARIO

SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXAN DRA MARÍA

OBJETO: Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a la accionada al pago del siguiente rubro: Al pago del saldo capital del Pagaré a la Orden que corresponde a la canti dad de USD. 28.147,23, más los intereses normal, de mora y costas procesales.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SU CUMBÍOS. Lago Agrio, lunes 26 de abril del 2021, las 12h17, Avoco conocimiento de la presente cau sa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, y por el sorteo de ley rea lizado.- En lo principal, previo a proveer lo que en derecho corresponda, el accionante, en el término de cinco días, bajo las prevenciones legales del inciso segundo del Art. 146 reformado mediante Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de procesos, publicada en el Suplemento del R.O. No. 517 de 26 de junio de 2019, com plete y aclare la demanda presentada conforme lo dispuesto en el numeral 2, 5, 9 y 10 ibídem; esto es: a) En vista de que el actor se encuentra ac tuando en calidad de procurador judicial, señale la dirección electrónica de su representado; b) Narre los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, de bidamente clasificados y numerados y acorde a la documentación adjunta (5.2. y 5.8.); c) Determine la pretensión de forma clara y precisa, acorde a la documentación adjunta y la narración de los hechos; y, d) Establezca la cuantía de la acción tomando en cuenta lo dispuesto de forma expresa por el Art. 144 numeral 1 del mismo Cuerpo Legal. De manera que se dé cumpliendo a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SU CUMBÍOS. Lago Agrio, lunes 3 de mayo del 2021, las 14h54, VISTOS: El escrito de completación de la demanda, presentado por la parte accionante, agréguese al expediente; y, en atención al mismo, al haber sido presentado dentro del término legal concedido; en lo principal, una vez revisada la de manda, completación de la misma y documentos adjuntos, para proceder conforme a derecho se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMI SIÓN A TRÁMITE.- La demanda y completación de la misma presentada por el Dr. Stalin Bladimir Espinoza Borja en calidad de Procurador Judi cial del Ing. Alex Omar Vivero García, Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Mu ñoz Vega Ltda.”, conforme lo acredita con el do cumento que adjunta, en contra de los señores: MENDOZA PAGUAY LUIS ALCIDES en calidad de deudor principal; y TORRES SECAIRA ROSA ISABEL y CABEZAS EGAS CLEINER MODESTO en calidad de garantes, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la or den, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trá mite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUN DO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte acto ra en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contra decirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.Cítese con el contenido de la demanda, comple tación de la misma, copia de los documentos ad juntos y este auto, a los demandados: MENDOZA PAGUAY LUIS ALCIDES en calidad de deudor principal; y TORRES SECAIRA ROSA ISABEL y CABEZAS EGAS CLEINER MODESTO en cali dad de garantes, en las direcciones señaladas la demanda; así a: MENDOZA PAGUAY LUIS ALCI DES en calidad de deudor principal, a través de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia; a: TORRES SECAIRA ROSA ISABEL en calidad de garante, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la Parroquia Santa Cecilia, conforme lo dispuesto en la resolución No. 16-2017 de la Corte Nacional de Justicia; quienes

deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole al demandado de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el re glamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo ade más con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de cono cimiento público; todo ello dentro del término de tres días. A: CABEZAS EGAS CLEINER MODES TO, mediante deprecatorio dirigido al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzalo Pizarro de la Provincia de Sucumbíos, para el cumplimiento de esta solemnidad, se lo realizara conforme dispone el Memorando Circu lar CJ-DNGP-2018-0121-MC, de fecha 10 de abril de 2018, esto la implementación del aplicativo de deprecatorios virtuales, en la cual se establece el procedimiento y responsabilidades en la ejecución de cada uno de los funcionarios; en tal virtud la señora actuaria remita el deprecatorio virtual con forme solicita la parte accionante, previniéndole a la demandada la obligación de señalar casillero judicial electrónico. Se advierte al funcionario de citaciones cumplir cabalmente con lo previsto en el Art. 63 del Código Orgánico General de Procesos; debiendo constatar de forma minuciosa la forma que se practique la citación, el lugar y fecha de la diligencia, y el nombre de la persona que lo recibe, en concordancia con lo previsto en el Art. 53 de la norma legal invocada; para lo cual deberá dejar constancia en el acta respectiva; bajo prevencio nes legales; y reformatoria del Art. 55 ibídem que dice: “en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de su familia o dependiente.” CUARTO.CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reforma do por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: MENDOZA PAGUAY LUIS ALCIDES en calidad de deudor principal; y TORRES SECAIRA ROSA ISABEL y CABEZAS EGAS CLEINER MODESTO en calidad de ga rantes, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamen te sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- PROVIDENCIA PRE VENTIVA.- En mérito de la documentación apare jada, en especial del certificado del Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, se dispone como providencia preventiva la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, de los predios: 1) El 50% de los gananciales que le corresponde a la demanda da ROSA ISABEL TORRES SECAIRA, sobre el predio rural, ubicado en la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; 2) predio urbano, signado con el número cero once, manzana número diecinueve, sector número cero tres, zona número cero cinco, ubicado en la Loti zación “14 de Noviembre”, de la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, de propiedad del demandado CABEZAS EGAS CLEINER MODESTO, hasta por el monto de lo reclamado en la demanda; esto es TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 76/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 31-718,98); según lo establecido en el artículo 351 del COGEP; para el efecto, ofíciese al Registro de la Propiedad de este cantón, para que tome nota en el libro correspondiente.- Inscrita que sea la prohibición de enajenar, cítese a los demandados conforme se halla ordenado.- SEXTO.- NOTIFI CACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y el correo electrónico stalinbladimir_espinoza@yahoo.com - juanpaladines@cpmv.fin.ec para sus notificacio nes.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judi cial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE f) ELIZABETH

ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SU CUMBÍOS. Lago Agrio, miércoles 29 de junio del 2022, las 14h32, Incorpórese a los autos el escrito que antecede.- Una vez que se ha dado cumpli

miento con el auto de sustanciación que antecede; en base al juramento rendido por la parte actora CÍTESE al demandado MENDOZA PAGUAY LUIS

ALCIDES portador de la cédula de ciudadanía Nro. 0604152827, en uno de los periódicos de ma yor circulación que se editan en el país y los Se manarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, que tengan circulación regional. La publica ción contendrá un extracto de la demanda o solici tud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondien te conforme lo determina el art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).Notifíquese. f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RI VERA JUEZA.

Particular que comunico a Usted para los fines le gales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 05 de julio del 2022.

Dra. Alexandra Cuenca Curimilma

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 1/3 S-5353

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL

CON SEDE EN EL CANTON LA JOYA DE LOS SACHAS

ORELLANA ECUADOR SACHA

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRE SUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO PAREDES CHUQUIAN ANGEL GABRIEL

DEMANDADO: JOSE LUIS PAREDES CHU

QUIAN.

CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO

TRÁMITE: ORDINARIO

PROCESO: No. 22302-2022-00263

CUANTIA: USD. INDETERMINADA

DEFENSOR: DRA. AITE ATENAY ALAVA TOBAR JUEZA: DRA. JESSICA ROMO MERA

SECRETARIO: OSCAR GOYA MACIAS

AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN LA JOYA DE LOS SACHAS. DE ORELLANA.- La Joya de los Sachas, jueves 25 de agosto del 2022, las 14h25, VISTOS.- Dentro del proceso Ordinario signado con el Nº 223022022-00263 en lo principal: Incorpórese al proceso el escrito presentado por la actora de la causa y en cumplimiento a lo dispuesto: La demanda pre sentada por la señora SILVA NARANJO ELVIA ORFELINA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite a trámite procedimiento ORDINA RIO establecido en la Sección I, Capítulo I, Libro IV del invocado cuerpo legal. En consecuencia: 1.- CÍTESE al demandado JOSE LUIS PAREDES CHUQUIAN, mediante boletas dejadas en su domicilio o en persona en el lugar en que se le encuentre, debiendo entregársele copia certificada de la demanda y del presente auto de sustancia ción de calificación de la demanda; así como tam bién, advirtiéndole sobre la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o dirección electrónica para que reciban posteriores notificaciones. Para la diligencia de citación, se contará con la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, tal como lo prescriben los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgá nico General de Procesos. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico Gene ral de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”; la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaría de esta Unidad Judi cial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha do cumentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada; 2.- Por cuanto se ha solicitado la citación a los herederos presun tos y desconocidos, previamente a disponer lo que en derecho corresponda: De conformidad con lo establecido en el Art. 56 numeral 2 inciso segun do del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que la señora SILVA NARANJO ELVIA ORFELINA, comparezca a esta Unidad Judicial el día 31 de agosto de 2022, a las 10h00, a fin de que declare bajo juramento la imposibilidad de deter minar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó PAREDES CHUQUIAN ANGEL GABRIEL; 3.- Conforme a lo dispuesto en el artí culo 291 del Código Orgánico General de Proce sos, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mis mo cuerpo normativo; 4.- En el momento procesal oportuno se considerará

Judiciales 11 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022

Judiciales

los medios de prueba que realiza la peticionaria, por lo que sin que constituya pronunciamiento respecto de la admisibilidad de la misma se dispo ne: a) Se incorpore a los autos la documentación que se adjunta a la demanda; b) Oportunamente se analizará respecto de la admisión de los testi gos señores JUMBO MACAS DARWIN EFRAIN, BEJARANO SEGUNDO JAIME, NARANJO ORE LLANA BELGICA ISABEL, GONZALEZ MORETA ZOILA ROSA, MANZANO ARGUELLO CESAR AUGUSTO, conforme lo determina el Art. 189 y 190 del Código Orgánico General de Procesos, a quienes en el momento procesal se les notificará con la fecha de la Audiencia correspondiente en el correo electrónico señalado por la actora. Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir sus notificaciones y la autorización concedida a su abogada patrocina dora Dra. Aite Álava Tobar.- Intervenga y Actúe el Abg. Oscar Goya en calidad de Secretario Titular de esta Unidad Judicial.- CÚMPLASE Y NOTI FÍQUESE.- ESCRITO: SILVA NARANJO ELVIA ORFELINA en relación a la causa 22302-202200263 comparezco y digo: una vez que la actora a comparecido el dia 31 de agosto del 2022 a las 10h00 a re ndir la declaración bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó PARE DES CHUQUIAN ÁNGEL GABRIEL solicito el ex tracto para las publicaciones.- PROVIDENCIA: La Joya de los Sachas, miércoles 28 de septiembre del 2022, las 10h55, VISTOS: Dentro del proceso signado con el Nº 22302-2022-00263 en lo princi pal: ….. en mérito al juramento rendido por señora SILVA NARANJO ELVIA ORFELINA, de que pese a las múltiples averiguaciones y gestiones realiza das ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los Herederos Presuntos y Desconocidos de quien en vida se llamó PARE DES CHUQUIAN ANGEL GABRIEL, de conformi dad al artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; CÍTESE por la prensa en el “PERIÓDICO INDEPENDIENTE” que circula en la amazonía ecuatoriana, mediante tres Publicacio nes, en tres fechas distintas a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO PAREDES CHUQUIAN ANGEL GABRIEL, con el extracto de la demanda y el auto de calificación de la misma, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad Joya de los Sachas para que reci ban posteriores notificaciones, en caso de no com parecer continuará el trámite de la causa. El secre tario del despacho entregue el extracto respectivo para su publicación.- Actúe el Secretario de esta Unidad Judicial.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE

La Joya de los Sachas, 3 de octubre del 2022

LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY

Abg. Oscar Goya Macías

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SACHA 2/3 C-4473

DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA

CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SECTOR DE LA COMUNIDAD MEÑEPARE, PARROQUIA CURA RAY CANTÓN ARAJUNO, PROVINCIA DE PASTAZA

CARTEL

ACTOR: Abg. Oswaldo Salazar Andrade en ca lidad de Procurador Judicial del Abogado Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP PETROECUADOR, conforme a la Procuración Judicial.

OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento de las aguas para Uso Indus trial, en un caudal de 5 l/s. Proceso DZ8N-OT-TE-2022-2038-AAA.

DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECO LÓGICA.- Tena 26 de septiembre del 2022.- Las 14HOO minutos.- (Proceso DZ8N-OT-TE-20222038-AAA).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite, en mi calidad de Director Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua Y Transi ción Ecológica. - En lo principal, por cuanto la so licitud de autorización de uso y aprovechamiento del agua para Uso Industrial, de la fuente hídrica del Rio Nushiño, la misma que está ubicada en la Comunidad Meñepare, Parroquia Curaray Cantón Arajuno, Provincia de Pastaza, está presentado por el señor Abg. Oswaldo Salazar Andrade en calidad de Procurador Judicial del Abogado Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP PETROECUADOR, conforme a la Procuración Judicial que adjunto, el mismo que ha cumplido con los requisitos necesarios para proceder con

el trámite pertinente de acuerdo a lo estipulado en la Ley por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Se dispone se fijen carteles en tres de los parajes más frecuentados los mismos que están ubicada en la Comunidad Meñepare, Parroquia Curaray Cantón Arajuno, Provincia de Pastaza, los mismos que permane cerán fijos por el tiempo de diez días para lo cual envíese atenta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Curaray, Cantón Arajuno, Provin cia de Pastaza, al igual se le entrega un extrac to para la publicación en la prensa el mismo que deberá efectuarlo por tres veces, una vez que se cumpla con lo solicitado deberá anexar dichas pu blicaciones con los reportes adecuados y en caso de existir oposición dar a conocer sobre el mismo y de no ser el caso emitir su respectivo informe para el trámite correspondiente.. 2.- Oportunamente se designará un Perito (técnico) para que realice el Estudio Técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompa ña 4.-Tómese en cuenta los correos electrónicos oswaldo.salazar@eppetroecuador.ec, cesar. abad@eppetroecuador.ec, juan.toledo@eppetro ecuadof.ec, carolina.estrella@eppetroecuador. ec, hernan.rivadeneira@eppetroecuador.ec, ma ria.zea@eppetroecuador.ec, anl@eppetroecua dor.ec, verónica.rodriquez@eppetroecuador.ec, para posteriores notificaciones.- Actúe en la pre sente causa el Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel, en calidad de Analista Jurídico.- NOTIFÍQUE SE..,f) Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana Director Zonal 8 Napo. Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel ANALISTA JURÍDICO 2/3 Q-3761

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS PUBLICACIÓN JUDICIAL PUBLICACIÓN: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio volunta rio por autorización de ventas de bienes de ni ños, niñas y adolescentes y personas sometidas a guardas, para que se cite por la prensa a los herederos presuntos o desconocidos de quien en vida se llamó Manuel Aurelio García Mora, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: IVENY MARÍA BUSTAMANTE BUELE JUICIO NRO.: 21201-2021-00996

CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: VOLUNTARIO TRÁMITE: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIE NES JUZGADO: U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUM BÍOS, DEPENDENCIA “D” CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.- UNIDAD JUDI CIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLES CENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA. IVENY MARIA BUSTAMANTE BUELE,… Los fun damentos de hecho y derecho de la demanda ex puestos con claridad y precisión, son como siguen: COMPAREZCO ante usted con la siguiente de manda de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIE NES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA. 5.- Funda mentos de hecho. 4.1.- Conforme aparece de la partida de nacimiento que acompañó a mi deman da en una hoja útil soy la madre y representante legal de la menor de 15 años de edad de nombres JULENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE. 4.2.- De la misma partida de nacimiento se desprende tam bién que mi aludida hija tuvo por padre al señor MANUEL AURELIO GARCÍA MORA quien falleció repentinamente el día viernes nueve de octubre de dos mil quince (09/10/2015), en la parroquia San Pedro de los Cofanes, cantón Shushufindi, provin cia de Sucumbíos, el cual hasta la fecha de su muerte, con su trabajo daba la manutención de nuestro hogar, y desde esa infausta fecha, me ha correspondido seguir adelante con dicha manuten ción, simplemente con los ahorros los cuales se han terminado, sumado a esto la pandemia y la falta de oportunidades laborales, pues carezco de trabajo remunerado; además, me ha correspondi do administrar los bienes de mis hijas: KATHERIN VALERIA GARCÍA BUSTAMATE, LEIDY MICHAE

LA GARCÍA BUSTAMANTE y JULENY MILE GAR CÍA BUSTAMANTE; las dos primeras mayores de edad, y la tercera, menor de edad en la forma como se indicó líneas arriba, y quien actualmente vive junto a mí. 4.3.- Por otra parte mi difunto espo so tuvo derechos y acciones en los siguientes bie nes: cuarenta y ocho acciones de un dólar ameri cano cada una en la COMPAÑÍA DE CAMIONETAS

BRISAS DEL AUKAYAKU S.A.; conforme constan

en la Escritura Pública de Modificatoria a la Decla ración Juramentada para la Posesión Efectiva de Bienes dejado por quien en vida se llamó MANUEL AURELIO GARCÍA MORA celebrada en la Notaria Segunda del cantón Lago Agrio, el primero de julio del dos mil veinte y uno (01/07/2021) ante la doc tora Nora Beatriz Culqui García, debidamente re gistrado en el Registro Mercantil del cantón Lago Agrio el diez de septiembre del dos mil veinte y uno (10/09/2021); así también conforme consta dentro del listado de Socios y Accionistas de la Compañía emitido el veinte y seis de noviembre del dos mil veinte y uno (26/11/2021) y firmado electrónicamente por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del Ecuador.4.4.Señor Juez, es mi deseo, la de mis hijas mayores y la de la menor de edad antes citadas, que con el objeto de poder solventar los gastos de educación, alimentación, medicina y otros, tanto de la menor como de las mayores de edad que no viven junto a mí, vender el paquete de las 48 acciones de la COMPAÑÍA DE CAMIONETAS BRISAS DEL AUKAYAKU S.A., conforme se presente la necesi dad, ya que la situación económica que atravieso no me permite realizar tales gastos con recursos propios, pese a mi buena voluntad. 6.- Fundamen tos de derecho: Fundamentos mi demanda en las siguientes disposiciones: Art. 66 numeral 14. Constitución de la Republica, Art. 297, 418.- Códi go Civil. 7.- Pretensión clara y precisa. Solicito me conceda la Autorización Judicial para proceder en nombre y representación de mi hija JULENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE, de 15 años de edad ven der los derechos y acciones que le corresponden de la COMPAÑÍA DE CAMIONETAS BRISAS DEL AUKAYAKU S.A. ya que mis otras hijas antes se ñaladas, se encuentran de acuerdo hacerlo así. 8.- Cuantía: Por ser un asunto no apreciable en dinero, la cuantía es indeterminada. 9.-Procedi miento: Conforme lo dispone el art. 334.6 del CO GEP, el procedimiento por el cual debe sustanciar se la presente causa es voluntario. . “…ACTA DE DECLARACIÓN CONFORME AL NUMERAL 1 DEL ART. 56 DEL COGEP. En Nueva Loja, a los catorce días del mes de enero del 2022, a las diez horas con treinta minutos, ante el Dr. Fredy Álava Muentes, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, depen dencia “D”; y la infrascrita secretaria titular, compa rece la señora IVENY MARÍA BUSTAMANTE BUELE con cédula de ciudadanía No. 1500399892; con el objeto de rendir su declara ción conforme con lo dispuesto en el numeral 1 e inciso segundo del numeral 2 del artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Al efecto juramentado que es en legal y debida forma previas las explicaciones de las penas de perjurio y de la obligación que tiene en decir la verdad con claridad y exactitud manifiesta: Mis nombres y apellidos son como los dejo indicados, de cincuen ta y dos años de edad, estado civil viuda, ecuato riana, domiciliado en el barrio Primavera de la pa rroquia El Eno, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Señor Juez, pese a haber realizado averiguaciones a conocidos y amigos del señor quien en vida se llamó MANUEL AURELIO GAR CÍA MORA, para dar con el domicilio o paradero de los presuntos herederos, me ha sido imposible llegar a individualizar el domicilio o residencia, por lo que desconozco en absoluto su existencia, pa radero y domicilio, por lo que solicito que se cite a través de la prensa a los presuntos herederos. Con lo que termina la presente diligencia, firmando juntamente con el señor Juez y la señorita secreta ria titular que certifica …”. “…Lago Agrio, jueves 30 de diciembre del 2021, las 09h22, VISTOS.- Avo co conocimiento de la presente causa, en mi cali dad de juez encargado del despacho de la depen dencia “D” de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, mediante Acción de Per sonal No. 842-DP21-CJ-2019-JM, de fecha 22 de noviembre del 2019. En lo principal, la demanda de AUTORIZACIÓN DE VENTAS DE BIENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y PERSO NAS SOMETIDAS A GUARDAS, presentado por IVENY MARÍA BUSTAMANTE BUELE, en calidad de madre y representante legal de la menor JU LENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE, en el cual requiere se le autorice la venta de los derechos y acciones de la COMPAÑÍA DE CAMIONETAS BRISAS DEL AUKAYAKU S.A; para solventar los gastos de educación de su hija, que le correspon den como herederos de quien en vida fuera MA NUEL AURELIO GARCÍA MORA, y que pertene cen a su cónyuge sobreviviente MARCIA GENOVEVA PEÑAFIEL CERVANTES y su hija menor de edad que responde a los nombres de JULENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE y a sus otros hijos mayores de edad KATHERINE VALE RIA y LEIDY MICHAELA GARCÍA BUSTAMANTE ,

que antecede por reunir los requisitos de ley, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 334, 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. Por lo que se dispone: 1.- Con copia de la demanda y esta provi dencia se cite a los herederos desconocidos a través de uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibí dem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es que el actor deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos; previ niéndoles a los accionados la obligación de seña lar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del COGEP; y, 2.-Notifíquese a la señora profesional trabajadora social de la Oficina Técni ca de esta Unidad Judicial, a fin de que la señora Lcda. Realice un estudio tendiente a determinar la necesidad de proceder con la Venta de los Dere chos y Acciones de la parte proporcional le corres ponde de la COMPAÑÍA DE CAMIONETAS BRI SAS DEL AUKAYAKU S.A que le corresponde a la menor JULENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE para solventar la educación de su hija que se es pecifican en la demanda y presente su informe en el término de ocho días; la parte interesada cola borará con la funcionaria en mención a fin de que pueda cumplir con lo dispuesto. 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y domicilio electrónico se ñalado por la parte actora para recibir notificacio nes que le correspondan y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. 3.- Conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código Orgá nico de la Niñez y Adolescencia se dispone para que comparezca la adolescente JULENY MILE GARCÍA BUSTAMANTE para ser escuchada de manera reservada. 4.- Se dispone que la señora actuaría en forma inmediata oficie a la señora Tra bajadora Social de la Oficina Técnica conforme se ha dispuesto. 5.- Una vez que se cuente con el in forme requerido y la diligencia dispuesta, se con vocará a la audiencia respectiva. 6.- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la deman da. Actúe la abogada Dolores Ordóñez Quiñónez en calidad de secretaria titular de esta judicatura. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE…”

Particular que se comunica para los fines legales pertinentes. Atentamente, Ab. Dolores Virginia Ordóñez Quiñónez SECRETARIA DE LA UJFMNA DEPENDENCIA “D 2/3 Q-3762

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA EXTRACTO DE PUBLICACIÓN OBJETO: DECLARACIÓN DE BIEN MOSTREN CO Y ADJUDICACIÓN A FAVOR DEL POSESIO NARIO CENTRO DE PRODUCCIÓN AGRO-AR TESANAL “NUEVA ESPERANZA”

De acuerdo a lo establecido en numeral 4) del Art. 10 de la ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA DECLARACIÓN DE BIEN MOSTRENCO Y LA TITULACIÓN ADMI NISTRATIVA DE PREDIOS URBANOS EN PO SESIÓN DE PARTICULARES, aprobada el 14 de septiembre del 2018:

Se pone en conocimiento de la ciudadanía en general que el Gobierno Autónomo Descen tralizado Municipal de Carlos Julio Arosemena Tola, se encuentra de declaratoria de bien mos trenco, del bien inmueble con clave catastral 15095000100500600010000, ubicado en el Cen tro de Desarrollo Prioritario “Nueva Esperanza”, Cantón Carlos Julio Arosemena Tola, provincia de Napo, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones:

NORTE: En 38.25 m, con el lote No. 04, Manzana No. 06; ESTE: En 42.93 m, con la Calle José Chi nachi; SUR: En 27.23 m con lote No. 02, Manzana No. 06, y en 11.95 m con el Lote No. 03, Manzana No. 06; y OESTE En 52.12 con la Calle Maximilla no Spiller. Con una área total de 1853,69m2. A fin de que en algún caso se consideran afecta dos con la pretendida declaratoria, comparezcan en este trámite y presenten oposición o reclamo sobre la referida adjudicación de bien inmueble vacante o mostrenco. Lo que comunico para los fines de ley. Ab. Isaías Bartolomé Pasochoa Gualli ALCALDE DEL GOBIERNO AUTONOMO DES CENTRALIZADO MUNICIPAL DE CARLOS JU LIO AROSEMENA TOLA 1/3 Q-3765

12 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022

REMEMBRANZA

Deportes

Faltan días para Catar 202233

Brasil favorito para ganar el mundial de Catar 2022

Deportes MUNDIAL

Brasil ostenta cinco títulos mundiales FIFA (1950, 1962, 1970, 1994 y 2022), además a su favor cuentan con dos subcam peonatos (1950,1998), otro récord que acumula Brasil es la única selección de fútbol que ha parti cipado en todos los torneos mun diales, es la selección con mejor desempeño en la competencia de la copa del mundo, tanto en tér minos proporcionales como abso lutos. Tiene el récord de 73 victo rias en 109 partidos jugados, 124 goles de diferencia, 237 puntos y 18 derrotas.

Clasificó invicto a Catar 2022:

Para las eliminatorias suda mericanas organizadas por la CONMEBOL, Brasil clasificó de manera invicta, logrando 45

puntos en 17 partidos jugados, 14 victorias, tres empates (frente a Ecuador, Paraguay, Colombia) 0 derrotas, es la selección con me jor promedio de goles y la valla menos derrotada con 5 goles reci bidos. Mostrando una total hege monía a nivel sudamericano.

Para criterios de los enten didos, Brasil se convierte en la selección abanderada para este mundial, Argentina figura tam bién como selección accionada a obtener el título, Uruguay llega con expectativa y se espera una buena participación sacando a re lucir la garra charrúa, y Ecuador como la cuarta selección clasi ficada va por la sorpresa con un equipo muy joven, pero con mu cho talento.

Grupo mundial, Catar 2022: Serbia, Camerún, Switzerlan, completan el grupo G. Brasil no

debería tener inconvenientes para clasificar a la siguiente fase.

Nómina y valor de Brasil: 26 jugadores forman parte de la delegación de Brasil, llega con una mezcla de experiencia y ju ventud (27,2 promedio de edad), entre las figuras más destacadas

tenemos: Alisson, Marquihos, Thiago Silva, Danilo, Casemi ro, Fred, Lucas Paquetá, Pedro, Cuha, Richarlison, Neymar, Fir mino. 1.020,5 millones de dóla res es el valor de la nómina de Brasil, siendo la más cara de los participantes en el mundial Catar 2022.

Julio Castillo se proclamó campeón Suramericano Segundo lugar para Pastaza en lucha olímpica infantil

Deportes PASTAZA

Deportes

NAPO

El púgil ecuatoriano y oriun do de la provincia de Napo, Julio Castillo, de los registros de (FEDENAPO) que hoy está representando al Ecuador en los Juegos Suramericanos Asun ción 2022, el pasado jueves logró un nuevo título interna cional (medalla de oro) en la disciplina de box.

Castillo se proclamó campeón Suramericano de la división 92

Kg. luego de vencer por decisión unánime de los jueces (5-0), al brasileño Keno Marley Machado. El tricolor de 34 años se impuso con jerarquía al brasileño y levan tó sus brazos en señal de campeón y se preparó para llevarse la me dalla de oro.

“Para mí es grato representar a mi país en todo tipo de Juegos, me siento muy bien por siempre estar en el podio. Todos los días entre namos para obtener medallas“, indicó Castillo.

A inicios del mes de oc tubre y durante tres días se desarrolló en Puyo-Pastaza el campeonato nacional de lucha olímpica, categoría infantil U12-U13 años, con la participación de 469 de portistas de 21 provincias. Pastaza participó con 36 deportistas, de las escuelas de formación de los can tones Arajuno, Putuimi y Puyo. Al final de las com petencias, Pastaza obtuvo 6 medallas de oro, 5 de plata

UBICACIONES:

Primer Lugar:

Segundo

Tercer

Cuarto

y 13 de bronce, lo cual demuestra que el trabajo en estas categorías van dando buenos resultados.

Autoridades deportivas recono cieron el trabajo realizado por el cuerpo técnico de las diferentes escuelas, Omar Muñoz y Fernan do Espinal, de Puyo; Daniel Piza y Caiser Calapucha, de Arajuno y Augusto Morales, de Putuimi.

13 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
MUNDIALISTA
» Brasil clasificó invicto a Catar-2022, logrando 14 victorias, tres empates (frente a Ecuador, Paraguay, Colombia) 0 derrotas. »
Derecha)
Julio Castillo, en Asunción con jerarquía derrotó al brasileño Keno Marley. »
Niños de
las diferenes escuelas
de
preparación, siembran esperanza
de
convertirse
en glorias de la lucha libre.
Guayas con 811 puntos
Lugar: Pastaza con 509 puntos
Lugar: Cotopaxi con 472 puntos
Lugar: Manabí con 428 puntos

Deportes

ORELLANA

Campeón Suramericano llegó a su tierra natal

Dixón Arroyo arribó la tarde del pasado martes 11 de octubre de 2022 a la provincia de Orella na, donde fue recibido por autori dades y público en general.

Arroyo, que ganó la medalla de oro en levantamiento de pesas en

los XII Juegos Suramericanos en Asunción Paraguay, recibió con decoraciones por parte del alcal de Richard Ramírez; Samantha Lozada, coordinadora Zonal 2 del Ministerio del Deporte; Bolívar Mieles, Croosfhy Forging, Coca,

Empresa HLL, Colegio Rafael Galeth, entre otros.

Delfa Calderón, dirigente de portiva invitó a todas las autori dades y patrocinadores a trabajar juntos por ´Dixon´, para lograr ese sueño Olímpico en Paris 2024.

FDPO festeja sus 24 años de vida institucional

Con un radiante sol sobre la ciudad de Orellana, el pasado 12 de octubre de 2022 inició las festividades por conmemorar los 24 años de vida institucional de Federación Deportiva Provincial de Orellana (FDPO), deportistas, entrenadores, ligas cantonales, grupos de danzas y otros fueron partícipes del pregón y más even tos deportivos y culturales.

En el coliseo de deportes Ed mundo Fernández, se dio inició al primer festival deportivo de menores Orellana 2022, el acto culminó con la coronación de la Srta. Deportes de (FDPO) Este fhany Valarezo y premiación al mejor carro alegórico de la Liga Cantonal de Loreto.

Delfa Calderón, finalizó con un mensaje de confraternidad agradeciendo a las ligas canto nales que con mucha alegría y entusiasmo hicieron de este ini cio de festividades una verdadera fiesta deportiva, dejando ver que la unión hace la fuerza.

CONVOCATORIA

La Empresa Eléctrica Quito convoca a través del Portal Institucional de Servicio Nacional de Contratación Pública, y a tra vés de la prensa escrita, según lo previsto por el artículo 67 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - RGLOSNCP-), a todas las personas naturales o jurídicas, productores yo fabrican tes, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios o por compromiso de asociación o consorcios que sean pare del sector de la economía Popular y Solidaria que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores – RUP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP y, que estén domiciliadas en la provincia de Sucumbíos, Cantón Shushufindi, para la presentación de ofertas relacionadas con la contratación del “SERVICIO DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLE CRUDO REDUCIDO”, siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones de inclusión:

Art. 225.-Proveedores Participantes.-Podrán participaren en los procedimientos de Feria Inclusiva las personas naturales o jurídicas, que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores RUP, en el siguiente orden:

1. Productores Individuales

2. Organizaciones de economía popular y solidaria: sectores comunitarios, asociativos, cooperativos;

3. Unidades Económicas Populares; 4. Agricultura familiar y campesina; 5. Actores artísticos y culturales;

6. Artesanos; y, 7. Micro y Pequeñas unidades productivas

En el caso de personas jurídicas micro y pequeñas unidades productivas, los accionistas o socios de éstas también deberán cumplir con la condición de ser micro o pequeñas unidades productivas.

Los proveedores señalados en este artículo podrán presentar sus ofertas individualmente o asociados o consorciados u Organismo de Integración Económico, cuando se trate del sector de la economía popular y solidaria, o con compromiso de asociación o consorcio.

Presupuesto Referencial: El Presupuesto Referencial es de: USD 99.900,00. El transporte de combustible no grava IVA

Código CPC: 643320014

Precio Unitario: El precio unitario al que el oferente deberá adherirse es de: USD 99.900,00. El transporte de combustible no grava IVA

La información del proceso estará disponible en la plataforma informática del Sistema Nacional de Contratación Pública, www.compraspublicas.gob.ec con el código de proceso FI-EEQ-GGS002-2022 Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:

1.- El pliego estará disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, página web institucional de la Empresa Eléctrica Quito.

2.- El cronograma del presente procedimiento es el siguiente:

La socialización, preguntas, respuestas y aclaraciones del proceso, se realizará el día 19 de octubre de 2022 en el horario de 10:00 a 12:00 horas, mediante laplataforma Cisco Webex en el siguiente enlace: https://eeq.webex.com/eeq/j.php?MTID=m932ea4b6bd4e7510697ce82ba0ef9814

Ing. Mauricio Caicedo

DE GENERACIÓN Y SUBTRANSMISIÓN ENC.

14 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
P Q-3768
» Dixón Arroyo, fue condecorado por el alcalde Richard Ramírez. » Estefhany Valarezo, elegida Srta. Deportes FDPO-2022.
GERENTE

Deportes

SUCUMBÍOS

Federaciones cantonales definieron sus representantes al interligas provincial

LAGO AGRIO

El cantón cuenta ya con sus cuatro equipos clasificados al tor neo interligas provincial de fútbol señor masculino organizado por la Federación cantonal (Felidela), las finales se disputaron el pasado 9 de octubre de 2022 en el estadio Carlos Vernaza de la ciudad Nue va Loja, en un vibrante encuentro Zambranitos (Liga Barrial Central

Lago Agrio) venció al equipo Ci tybross (Liga el Norte), coronán dose campeón del torneo.

Los dos restantes equipos cla sificados son Peñarol (Liga Ba rrial Río Aguarico) y Juventus de la parroquia Chiritza (Liga Ba rrial Pacayacu). Javier Velásquez se consagró goleador y Jefferson Ruiz fue considerado mejor ar quero.

SHUSHUFINDI

Shushufindi a través de la Fede ración Cantonal (FECALIBAS HU) con un total de 21 equipos correspondientes a ocho ligas, dis putaron el torneo interligas canto nal en busca de los representantes al interligas provincial, al final de la jornada los cuatro equipos clasificados fueron: Club Nueva Vida, 18 de Noviembre, Huracán y Cosmos, los encuentros se desa rrollaron en el estadio municipal

P

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI

Dando

PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA.

OTORGADA EL: 01 de Marzo de 2010 NOTARIA: SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO AGRIO

OTORGADA POR: NARANJO PEDRO NI CANOR

FAVOR DE: CARRASCO SEIS GALO SIL VERIO

CUANTÍA: $ 600,00 DÓLARES

LOTE: signado con los números CERO UNO Y CERO DOS

MANZANA: número CERO CUATRO UBICACIÓN: en la parroquia Siete de Julio, cantón de Shushufindi, provincia de Sucum bíos.

LOS LINDEROS SON: NORTE: Con la calle sin nombre, en cuarenta y cinco coma noven ta y ocho metros SUR: Con los predios nú meros cero tres y cero nueve, en cuarenta y cinco coma noventa y ocho metros. OESTE: Con la calle sin nombre, en veinte coma cin cuenta metros. OESTE: Con la calle sin nom bre, en veinte coma cincuenta metros. Dando una Cabida Total de: NOVECIENTOS CUA RENTA Y DOS COMA SESENTA METROS CUADRADOS de superficie.

DRA. MARTHA AYABACA GÓMEZ REGISTRADORA (E) Shushufindi, a

de Octubre de 2022

Shushufindi, con gran afluencia de público en las gradas, sobre el desarrollo del campeonato. Según Ramiro Guerrero, di rigente de Liga Nueva Genera ción, el torneo presentó algunos inconvenientes, pues existe una apelación en curso presentada por el Club Las Garras en contra del Club Huracanes que no se ha resuelto; sin embargo, el campeo nato continuo hasta definir a los representantes.

CUYABENO

Cuyabeno cuenta ya con sus cuatro representantes al Interligas Provincial, un total de 13 equipos de las cuatro ligas registradas en la Federación cantonal (FELI DEBPCU), Liga Comunitaria Taikiua, Centro Unión, Paz y Bien y Central Cuyabeno, participaron del torneo, los encuentros se rea lizaron en los estados municipales Centro Unión, Paz y Bien.

En primer lugar, clasificó el Club River Plate, segundo lu gar Red Bull, tercer lugar 10 de Agosto y Club Las Mercedes en cuarto lugar, Yefer Cabrera (10 de Agosto) se consagró goleador del torneo, Holger Zambrano (Club Las Mercedes) fue elegido mejor jugador. Sucumbíos es sede del campeonato Nacional en esta ca tegoría y se desarrollará del 22 al 2 de noviembre de 2022.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI

Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil, en Concordancia con el artículo 29 inciso se gundo, de la Ley de Registro, se comunica al Público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA.

OTORGADA EL: 01 de Marzo de 2010

NOTARIA: SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO AGRIO

OTORGADA POR: NARANJO PEDRO NI CANOR

FAVOR DE: CARRASCO SEIS GALO SIL VERIO

CUANTÍA: $ 600,00 DÓLARES

LOTE: signado con los números CERO DOS MANZANA: número CERO OCHO UBICACIÓN: en la parroquia y cantón Shus hufindi, provincia de Sucumbíos. LOS LINDEROS SON: NORTE: Con la calle sin nombre, en veinte y dos coma noventa y nueve metros SUR: Con los predios núme ros cero tres en veinte y dos coma noventa y nueve metros. OESTE: Con la calle sin nombre, en veinte y ocho coma cuarenta y seis metros. OESTE: Con el predio numero cero uno, en veinte y ocho coma cuarenta y seis metros. Dando una Cabida Total de: SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO COMA TREINTA METROS CUADRADOS de superficie.

DRA. MARTHA AYABACA GÓMEZ REGISTRADORA (E) Shushufindi, a 06 de Octubre de 2022

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI

AVISO AL PÚBLICO

Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil, en Concordancia con el artículo 29 inciso se gundo, de la Ley de Registro, se comunica al Público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA.

OTORGADA EL: 17 de Abril del 2012

NOTARIA: PRIMERA DEL CANTÓN

SHUSHUFINDI

OTORGADA POR: YAGUANA RUEDA GALO VALENTÍN Y JARAMILLO LUDEÑA LUZ MIRANDA

FAVOR DE: GARCÍA ARGUELLO EDWIN

UFREDO

CUANTÍA: $ 1.000,oo DÓLARES

UBICACIÓN: Lote desmembrado del Nº 1, Manzana 10, ubicado en el barrio el Progre so, Sector Jivino Verde, de la parroquia San Pedro de los Cofanes.

LOS LINDEROS SON: NORTE: Con el Lote del vendedor, en veinte metros SUR: Con la calle sin nombre, en veinte metros. ESTE: Con terreno de vendedores, en quince metros. OESTE: Con la calle sin nombre, en quince metros. Dando una Ca bida Total de: TRESCIENTOS METROS CUADRADOS de superficie.

DRA. MARTHA AYABACA GÓMEZ REGISTRADORA (E)

Shushufindi, a 07 de

CLUB DEPORTIVO BÁSICO COMUNITARIO “SPORTING WAYUSA”

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL

De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-08-2020 y el acuerdo minis terial N° 0389 aprobado el 20-09-2021, en su Art. 3 literales a,c,d,f,g,h y el cuarto párrafo; CONVOCO a los socios del Club Deportivo Básico Comunitario “SPORTING WAYUSA”, a las Asambleas Generales Extraordinarias, a realizarse el día 31 de octubre del 2022, a las 16h30 a la elección del Nuevo Direc torio del Club y el día 3 de noviembre del 2022 a las 16h30 a la Reforma del Estatuto del Club, ubicado en el domicilio del señor Edgar Licuy Grefa, de la comunidad de Wa mani, cantón Archidona, donde se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.

2. Elección del Directorio del Club Depor tivo Básico Comunitario “SPORTING WAYUSA”, para el periodo 2022 – 2026, Toma de Juramento, posesión y acepta ción del nuevo directorio.

3. Lectura, análisis y aprobación de

Atentamente, Ing. Kaina Shiguango

15 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
PRESIDENTE LIGA DEPORTIVA BARRIAL WAMANI
la Re forma del Estatuto del Club Deportivo Básico Comunitario “SPORTING WAYU SA”, en primera instancia y definitiva 4. Clausura. Q-3766
EXTRAORDINARIA
AVISO AL PÚBLICOAVISO AL PÚBLICO
Octubre de 2022.
S-5249
cumplimiento al artículo 709 pá rrafo segundo del Código Civil, en Concordancia con el artículo 29 inciso se gundo, de la Ley de Registro, se comunica al Público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi la
06
S-5249
S-5249
» Club Zambranitos, derrotando al Club Citybross, se coronó campeón de Liga Lago Agrio.

Emprendimiento

Emprendedores buscan dar valor agregado a su trabajo

Redacción SUCUMBÍOS

Lago Agrio: María Jurado, es una mujer emprendedora de Su cumbíos que asistió al evento que se desarrolló hace días atrás en la ciudad de Lago Agrio, con moti vo de la VII edición del concur so «Taza Dorada Café Robusta», evento organizado para la expo sición de todo tipo de emprendi mientos.

María expuso ante la ciudada nía, leche de soya y yogurt na tural. El yogurt los prepara con frutas naturales y leche pura, es considerado como un delicioso manjar para el paladar.

A cerca de la leche de soya, manifestó que es un producto de mucha ayuda para mujeres que se encuentran en época de lactancia y aquellas en etapa de menopau sia; también ayuda a las personas

que tienen anemia aguda. Comen tó María que viene trabajando en este proyecto desde el año 2017 y ahora invita a los jóvenes a traba jar en este tipo de emprendimien tos. En el mismo stand estuvo el café de Edita, preparado con café puro, sin químicos. También ha bía pasta de chocolate.

Ideas innovadoras fortalecen la producción

En el mismo evento encontra mos a Jheny Donoso, que pre sentó una bebida bajo la marca «Mashurka», que se prepara con café y licor. Relató que todo em pezó con el rompope «rosa de ambrosia», creado para la época más familiar del año como es la Navidad. “Después de esa fe cha quedaba un gran espacio sin compartir alguna bebida y vino, vino la idea de mezclar el licor

tipo rompope con el café”, refirió Jheny.

A este producto, se suma el caramelo de chontacuro, cuyo cos to es de un dólar y se elabora con esencia del jengibre, li món y naranja. Afirma que el caramelo tie ne propiedades medicinales, especialmente para las vías respiratorias.

Brevemente, la emprendedora, nos relató el porqué del nombre: “Cuenta una leyenda que había un joven indígena llamado ´Mashur ka´, que todas las mañanas se ba ñaba en un río de su comunidad. La diosa ´Sunqui´, diosa de las cascadas que se enamora del jo

edición de la

ven. La diosa le regalaba hojas de guayusa al joven indígena con la intención de lograr su amor. Pero Mashurka, se asustó del propósito de la diosa y desapareció del lu gar. Al ver esto ´Sunqui´, apenada de lo sucedido, se habría conver tido en árbol de guayusa.

Redacción ORELLANA

Orellana: Con la participación de 17 productores de café de las provincias Sucumbíos, Orellana y Guayas, se desarrolló el pasa do 5 de octubre de 2022, en Lago Agrio, la VII edición del concur so «Taza Dorada Café Robusta», evento organizado por el GAD Provincial de Sucumbíos, con la finalidad fue brindar espacios a los emprendedores.

Proveniente del cantón Lore to provincia de Orellana, Kle ver Shiguango, con su producto «Café robusta Napo-Payamino», alcanzó la calificación de 86.13 puntos, con lo cual fue el legitimo ganador de la séptima edición de

la «Taza dorada». La puntuación obtenida por Shiguango rompe el récord de los últimos siete años.

El precio del quintal de café alcanzó los mil dólares

Kléver, como productor dijo sentirse sorprendido por el logro alcanzado y sobre todo por el duro trabajo realizado en la post cosecha, emocionado añadió que en esta ocasión alcanzó un record en cuanto al valor agregado de la gramínea. Los ofertantes, le pu sieron el precio de mil dólares al quintal que produce.

Shiguango, asegura pertenecer a la tercera generación dentro de su familia, proviene de la comu nidad San Vicente de Huaticocha, en el cantón Loreto provincia de

Orellana. Por ahora, el empren dedor invita a los jóvenes de su comunidad y alrededores a que se dediquen también al cultivo del café; actualmente en su cantón los productores son personas adultas.

El flamante ganador del evento, refirió que gracias a la producción del café y otras gramíneas, logra conseguir el sustento y la econo mía de su familia.

1er. Lugar con 86.13.

Kléver Shiguango, provincia de Orellana cantón Loreto.

2do. Lugar con 85.96.

Luis Ronald Villota, provincia de Orellana cantón Loreto.

3er. Lugar con 84.92.

Manuel Núñez, provincia de Sucumbíos cantón Cuyabeno.

16 Circulación del 16 al 22 de octubre de 2022
Leche de soya, yogurt natural, vinos, café con licor, entre otras delicias, estuvieron al deleite del público.
» Jheny Donoso, bajo la marca «Mashurka» presentó una bebida preparada con café y licor. RESULTADOS
CONCURSO «TAZA DORADA» » Tercero a la derecha) Klever Shiguango, con su producto «Café robusta NapoPayamino», alcanzó el primer lugar. Emprendedor de Orellana ganó VII
«Taza Dorada» La puntuación obtenida por Kléver Shiguango rompe el récord obtenido en los últimos 7 años. Evento organizado por el GAD Provincial de Sucumbíos.

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