AÑO 22 Edición 1070 Circula del 06 al 12 de octubre del 2019
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gobierno nacional queda mal ante sucumbíos
El 20 de agosto del 2019, varios ministros y subsecretarios, en Lago Agrio, firmaron acuerdos relacionados a las demandas de la provincia de Sucumbíos, como la publicación de los reglamentos de la Ley Amazónica y de Desarrollo Fronterizo; el gobierno no ha cumplido estos pedidos, tampoco ha devuelto el IVA. El prefecto Amado Chávez, en la semana anterior, expuso la situación que de nuevo preocupa a las autoridades locales y provinciales.
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ORELLANA
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más plata para gasolina y diésel En un 123 por ciento subieron estos combustibles cuya eliminación de subsidios generó paros y protestas del pueblo de Orellana y del país.
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@melissacastropa Melissa Castro Parra
Tratan de deslegitimar el #ParoNacionalEC diciendo que detrás están dirigentes del transporte corruptos, y ocultan que también están grupos sociales como las organizaciones estudiantiles que se preocupan por el alza de pasajes que nos afectará a los ciudadanos de a pie.
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Defensoría de Pueblo Gobierno de Lenín Moreno no cumple pedirá que se respete la los acuerdos firmados con la paridad de género en los asamblea provincial de Sucumbíos gobiernos municipales Ciudadanía no quiere estar sentada esperando la buena voluntad
El 8 de octubre la asamblea provincial de Sucumbíos analizará el incumplimiento del gobierno nacional sobre los acuerdos firmados el 20 de agosto, en Lago Agrio, por los ministros y subsecretarios, a raíz de la paralización de las actividades que desarrolló la población de esta provincia.
Reunión de evaluación Este 8 de octubre, las autoridades de la provincia y representantes de la sociedad civil, evaluarán de manera minuciosa el cumplimiento del acta de acuerdos firmado con el gobierno el 20 de agosto anterior. Ahí se tomarán decisiones con los alcaldes de los 7 cantones de la provincia, presidentes de los gobiernos parroquiales, adelantó el presidente de la asamblea provincial, prefecto Amado Chávez. El prefecto Amado Chávez expresó que no ha sido publicado el reglamento a la Ley de Desarrollo Fronteriza, tampoco se cumplió la reunión que estaba prevista. Hay más acuerdos en los que no vemos el cumplimiento del gobierno, como se había comprometido, agregó.
Redacción Sucumbíos
Recordemos que el reglamento de la Ley Orgánica para la Planificación de la Circunscripción Territorial Amazónica debía publicarse en el registro oficial hasta el 15 de septiembre; tampoco ha sido publicado el reglamento de la Ley Orgánica de Desarrollo Fronterizo, cuya fecha tope era el 30 de septiembre. Como si fuera poca cosa, el régimen tampoco ha devuelto los valores del impuesto al valor agregado (IVA) a los gobiernos seccionales, que lo debía acreditar hasta el 2 de septiembre. Amado Chávez, prefecto de Sucumbíos y presidente de la asamblea provincial, dijo el 3 de octubre a los medios de comunicación, que era necesario informar sobre el descontento que existe en las autoridades y sociedad civil, después de firmar un acta con los representantes del gobierno, el 20 de agosto pasado; sin embargo, muchos de
estos temas no se están cumpliendo con las fechas establecidas. Chávez citó el caso de la devolución del IVA, compromiso que no se ha dado; sobre los reglamentos que tampoco se han publicado, después que se entregaron las observaciones realizadas con un equipo profesional al ministro de la Amazonía, Alex Hurtado, para que hiciera llegar al presidente de la República y hasta el momento no hay respuestas, dijo el prefecto. Vialidad en Sucumbíos, sigue a la espera Así, la vía Nueva Loja-Puerto El Carmen, de la que se dijo había un presupuesto de 5 millones dólares, Chávez aseveró “al momento se ha paralizado este trabajo”. Aclaró que por parte del representante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) mencionó que se dará por terminado este proceso porque no se lo está haciendo bien y se volverá a contratar a una nue-
va empresa constructora. A la vía Baeza-Nueva Loja, “nos manifestaron que se está buscando a la contratista para que emprenda este trabajo de mantenimiento vial”. El único tramo que ha sido tomado en cuenta es el de Lumbaqui (cantón Gonzalo Pizarro) al Playón de San Francisco (cantón Sucumbíos), donde la contratista está ampliando la vía, dijo Chávez. Son algunos temas comprometidos con la firma del 20 de agosto, con los ministros presentes en Lago Agrio y que no se han hecho realidad estos compromisos. Hay la preocupación en el tema de plazas de trabajo que tampoco se están efectivizando, por lo que nos mantenemos vigilantes de este compromiso adquirido por el gobierno, advirtió el prefecto de Sucumbíos. En todo caso, hay una fecha establecida que será el 20 de diciembre, en la que se evaluarán los cumplimientos de estos acuerdos.
Redacción Sucumbíos
En la provincia de Sucumbíos, 3 gobiernos autónomos descentralizados (GAD) municipales no han tomado en cuenta la paridad de género para la designación de los vicealcaldes de sus cabildos. Es el caso de Lago Agrio, Cuyabeno y el cantón Sucumbíos; donde el alcalde es un hombre y el vicealcalde también es un hombre; es decir, no se ha respetado la paridad de género cuando en estos casos le correspondía la vicealcaldía a una mujer. Para el viernes 4 de octubre la delegación de la Defensoría de Pueblo, a través de su delegado provincial, doctor Freddy Vizueta, tenía previsto asistir a la sesión de concejo municipal que se instala todos los viernes desde las 14h00, para plantear esta situación; no obstante, ante las medidas del paro nacional, no pudieron hacerlo. Vizueta señaló que, por sugerencia del defensor del pueblo nacional, Freddy Carrión, de que se respete la paridad de género en los GAD municipales; en referencia a que estos 3 gobiernos municipales no han tenido en cuenta el derecho que tiene la mujer. Vizueta aclaró que se han dado las recomendaciones del caso, “se ha agotado el diálogo y por ende la Defensoría del Pueblo está en la obligación legal de aplicar la
facultad jurisdiccional” es decir, plantear las demandas de acción de protección para que estos derechos de paridad que tiene la mujer en la participación política, sean restablecidos de acuerdo con la ley y la Constitución. Vizueta agregó que los jueces de las unidades judiciales, los tribunales de la provincia de Sucumbíos, son competentes para conocer estos casos de acciones de protección, respecto a la paridad de género; es decir, son jueces constitucionales, cuyas resoluciones o sentencias tienen que ser atendidas y ejecutadas. “Es una obligación, hasta cierto punto que los alcaldes y concejales, cumplan con lo que disponga la acción judicial correspondiente”. Designación de la vicealcaldesa en sesión ordinaria En este contexto lo que le corresponde al concejo municipal es reunirse en sesión ordinaria y realizar la rectificación a la sesión inaugural (cuando se eligió al vicealcalde); en otras palabras, designar a la vicealcaldesa, en estos casos. La gestión de la Defensoría del Pueblo es plantear la paridad de género ante los jueces competentes, subrayó el delegado. Si no hay esa rectificación a la sesión inaugural (del 14 de mayo del 2019) serán los jueces quienes resuelvan lo que compete, como jueces constitucionales que son.
Doctor Freddy Vizueta, delegado de la Defensoría del Pueblo de Sucumbíos.
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Sensibilización sobre buenas prácticas Acusan a “los agachaditos” de enfermar a los estudiantes de crianza, buen trato y no violencia Redacción Orellana
Milton Villagrán, padre de familia de la unidad educativa presidente Tamayo de la ciudad de El Coca, expresó que todos los padres de familia de este establecimiento, están preocupados por 2 inconvenientes que suceden a diario y que perjudican a los estudiantes, el uno es el de los vendedores ambulantes y el otro el de “los agachaditos”. Villagrán comentó que sobre este problema ya presentaron su reclamo ante las autoridades de la gobernación, dirección de salud, alcaldía, Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) dirección de educación, dirección de justicia, policía y vigilancia municipal, han pasado más de 10 días de esta denuncia y las autoridades no han contestado nada, dijo. Agregó que, en referencia al primer problema, “al parecer no les importa en absoluto la salud de los estudiantes o esperan que se enfermen de gravedad para intervenir, ya que cuando ingresan los estudiantes, los vendedores ambulantes no respetan el espacio que tienen para ingresar al plantel, y no les importa tratar de la manera que a ellos les parece a los estudiantes con tal de vender”. Sobre el caso de “los agachaditos”, Villagrán manifestó que “justo cuando están en clase los estudiantes, los señores que venden comidas en los exteriores del plantel, encienden sus fogones, lo que causa un perjuicio a la salud de los estudiantes con el humo que se produce a través del carbón hasta lograr encenderlo, tomando en cuenta de que esta unidad educativa tiene 3 jornadas, matutina, ves-
pertina, nocturna y son alrededor de 1.800 alumnos” ¿Quién tiene la competencia? Sobre este particular se investigó a 3 de las instituciones citadas por los padres de familia y en el distrito de salud 22D02, Valeria Flores, nutricionista, expresó que la competencia para regular este inconveniente no les corresponde a ellos, “solo hacemos seguimiento a los bares escolares en la parte interna, de las unidades educativas, para controlar que se vendan alimentos sanos, saludables e inocuos, que no vayan a causar daño en la salud de los niños; la parte externa es competencia del municipio”, aclaró. Por su parte Bryan Romero, director encargado de la Arcsa, expresó que no es competencia de ellos regular estos inconvenientes, “esa competencia es únicamente del municipio, nosotros nos encargamos de controlar que no existan alimentos caducados, de pésima calidad para el consumo humano, o de dudosa procedencia, que no perjudique la salud de los estudiantes”. Jahqueline Macías, comisaria de control del Municipio de Francisco de Orellana, reconoció que estos casos sí están dentro de la competencia del municipio “al momento la documentación del pedido se encuentra en manos del alcalde Ricardo Ramírez, para lo cual se está analizando con la parte técnica para llegar a un buen proceder y no perjudicar a ninguna de las 2 partes, no puedo precisar el tiempo exacto que dure este análisis, pero dentro de pocos días ya se dará una buena solución que no perjudique a nadie, les pido un poco de paciencia”, concluyó.
La comunidad educativa espera que “los agachaditos” solo entreguen buen sabor, pero no el humo que perjudica la salud y actividades de los estudiantes.
Redacción Orellana
Para dar respuestas a las prioridades establecidas en el acuerdo nacional 2030, por una vida libre de violencias en el eje de prevención de las violencias, en Orellana 30 familias que forman parte de los servicios de protección especial y discapacidad mediante un diálogo denominado “parentalidades positivas”, realizado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) intercambiaron sus experiencias, creencias, percepciones, comportamientos, actitudes y valores sobre la crianza de sus hijos y el desarrollo de la familia. Klever Olmedo, técnico de la dirección de prevención de vulnerabilidad de derechos de la subsecretaría de protección especial del MIES, comentó que el encuentro se realizó con el objetivo de sensibilizar y nutrir a las familias sobre la apropiación de prácticas de crianza positiva y basada en el buen trato y la no violencia,
Mucho entusiasmo pusieron las familias que intercambiaron sus experiencias relacionadas a las buenas prácticas de crianza.
orientada al desarrollo de competencias de vinculación, protección, formación y reflexión, “los asistentes fueron sensibilizados sobre la apropiación de temas de parentalidades positivas, a fin de que puedan ofrecer orientación y apoyo a las personas que están a su cuidado”. Para María Alegría, el diálogo le
permitió comprometerse más a cuidar a su sobrina, ella asumió la custodia debido a que la niña se encontraba en situación de vulnerabilidad, “ella es mi hija, mis hijos la quieren como su hermana, y nosotros como parte de la familia somos corresponsables de su cuidado y protección durante su crecimiento”.
Nuevos bancos de pruebas tiene la Emapala Redacción Sucumbíos
La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Lago Agrio (Emapala) adquirió 2 bancos de pruebas portátiles. Segundo Benavides, empleado de la dirección de comercialización
Cada banco de pruebas incluye software, calibración, certificación de exactitud de medición y capacitación de uso y mantenimiento.
de la Emapala, señaló que los bancos de pruebas tienen el objetivo de garantizar la respectiva micro medición de los medidores, dándole al usuario la seguridad de que pagará lo que realmente marca el medidor. Los bancos de prueba, antes de
entrar en funcionamiento, fueron sometidos a prácticas por el personal de Emapala. Benavides expresó que los medidores que hayan pasado su vida útil y que no realicen de manera correcta la marcación serán reemplazados.
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Ministro Carlos Pérez justifica Dureno cuenta el alza de los combustibles en con nuevo puente un 123 por ciento Redacción Sucumbíos
No creen la versión gubernamental El 3 de octubre, en todo el Ecuador, y el 4 de octubre en la mayor parte del país, miles de manifestantes expresaron su rechazo a las medidas económicas del país centradas en el aumento del 123 por ciento en los precios de la gasolina extra y el diésel. En Quito, las marchas llegaron hasta la Plaza Grande, acción que obligó al presidente Lenín Moreno a refugiarse en Guayaquil, donde expidió el decreto de Estado de excepción. Hasta el cierre de la presente edición, la mayoría de carreteras de la Sierra y Litoral permanecían cerradas. Según el ministro Carlos Pérez (d), en referencia a la subida, en más del doble, de los precios de los combustibles, ahora a todos los ecuatorianos les toca apretarse las correas.
Redacción Sucumbíos
Las medidas económicas anunciadas el 1 de octubre por el presidente Lenin Moreno, calificadas por el pueblo como un paquetazo económico, principalmente por la subida en un 123 por ciento de los precios de la gasolina extra y el diésel, tienen como finalidad blindar la dolarización, dinamizar la economía y proteger a los sectores más vulnerables, dijo el 2 de octubre el ministro de energía y recursos no renovables, Carlos Pérez. Este ministro visitó Lago Agrio el 2 de octubre para reunirse con varios sectores sociales de la provincia para hablar de los nuevos precios de los combustibles que rigen desde el 3 de octubre. Comentó que por la eliminación de subsidio a los combustibles el Estado espera recibir alrededor de 1.300 millones de dólares que serán invertidos en áreas de salud, educación y seguridad de los ciudadanos. Añadió que el gobierno nacional se preocupó en fortalecer la institucionalidad del país, limpiando el aparataje estatal, reduciendo ministerios; evitando gastos superfluos como la compra de vehículos “hemos reducido casi 500 vehículos y no se ha comprado vehículos”. Hemos tomada una cantidad de medidas positivas en beneficio del país, dijo Pérez. “Nos toca a todos apretarnos un
poco las correas y empezar a trabajar para darle la vuelta a la parte económica y ojalá en el último año poder disfrutar de esto”. Medidas paliativas Explicó que se han tomada medidas paliativas que ayudarán a mejorar la economía del país, como el aumento de 15 dólares al bono de desarrollo, que benefician a 1.300.000 familias; la disponibilidad de mil millones de dólares para dinamizar la construcción, con tasas del 4,99 por ciento para desarrollar los planes de vivienda previstos por el gobierno. Respecto a la reducción de sueldos aclaró, que desde el sector ejecutivo ya se les rebajó el 20 por ciento de los sueldos, desde hace 2 años, a personas de libre remoción. Señaló que se reducirán las vacaciones de 30 a 15 días a todos los empleados públicos. Las empresas públicas contribuirán con un día de salario; a la espera que otras instancias del Estado ecuatoriano, como la Asamblea Nacional, el aparato judicial, tomen las mismas medidas, explicó Carlos Pérez. Es algo se afecta a los que más tienen; sin embargo, la idea es que se afecte lo menos posible a los que menos tienen. Control de la especulación Marcela Torres, gobernadora de Sucumbíos, quien estuvo acom-
pañando al ministro Carlos Pérez, en la reunión que se dio en el auditorio principal del centro de atención ciudadana, en Nueva Loja, dijo que desde la gobernación se trabaja en controlar la especulación desde comerciantes inescrupulosos que quieren aprovecharse de la situación, por lo que hizo un llamado a la ciudadanía de realizar sus denuncias. Dijo que desde el martes en la noche dispuso a comisarios e intendentes, para que se realicen diariamente los operativos respectivos de control de precios, sobretodo de productos de primera necesidad. Estamos prestos a recibir todas las denuncias que se presenten al respecto, añadió. Para tomar en cuenta Según los cálculos del gobierno, el precio referencial de venta al público de la gasolina extra quedó en 2,39 el galón; mientras que el diésel cuesta 2,30 dólares, tomando en cuenta un barril de crudo de 56 dólares. El precio de los combustibles será ajustable al precio de venta del barril de petróleo en el mercado internacional. En cambio para el ministro de finanzas, Richard Martínez, esta medida generaría un ahorro de 1.400 millones de dólares al fisco: unos 370 millones provendrían de las gasolinas extra y ecopaís; y el diésel arrojaría unos 1.030 millones.
Junto a la vieja estructura metálica de un puente de un solo carril, sobre el río Dureno, se levanta la nueva obra de 45 metros de longitud por 10 metros de ancho del puente que está a la entrada de la población de Dureno. Esta construcción fue inaugurada el martes 1 de octubre con la presencia de Alejandro Cruz, subsecretario zonal uno del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). El puente, que tiene un costo superior a un millón de dólares, se une a los puentes sobre los ríos Teteyé, Paraguaco y Santa Fe, construidos en meses anteriores, en la vía que va de Lago Agrio a Puerto El Carmen, en Putumayo. A la inauguración que no fue de aquellas donde hay el tradicional corte de cinta en la misma obra, asistieron autoridades y representantes de gremios como el Sindicato de Choferes Profesionales de Sucumbíos, delegación de directivos de la Federación de Transporte Pesado de Shushufindi, delegado de la gobernadora, presidente y vocales del gobierno parroquial de Dureno y el alcalde de Lago Agrio, Abraham Freire. En los discursos participaron básicamente el alcalde Freire y el subsecretario Alejandro Cruz. Cruz especificó que desde la cartera donde trabaja, el MTOP, se realiza una importante obra en vialidad de la provincia de Su-
cumbíos, de manera especial de mantenimiento de la vía. Precisó que que en la construcción de los puentes mencionados se han invertido alrededor de 2.700.000 dólares y donde se ha considerado la mano de obra local, en la que laboraron cerca de 200 personas. Agregó que en mantenimiento y reparación de la carpa asfáltica en la vía Lago Agrio-Puerto El Carmen, en Putumayo, ya se han invertido alrededor de 2.400.000 dólares, “el mantenimiento de la vía está avanzada en un 90 por ciento”, dijo. También se refirió a la vía que conecta a Lumbaqui-La Bonita, de 159 kilómetros, en la que se invertirán 10 millones de dólares para su mantenimiento. Inventario de puentes El alcalde de Lago Agrio le sugirió al subsecretario realizar un inventario de puentes que todavía faltan por reemplazar por puentes modernos, como los que se han construido en el sector. Son puentes que han estado por más de 40 años y que se construyeron al inicio de la explotación petrolera. Algunos puentes instalados han mejorado la vialidad de la provincia, dijo Freire, no obstante, hay otros sectores donde aún tenemos puentes que se pusieron hace más de 40 años. “no estaría por demás, levantar un inventario, para ir generando una nueva infraestructura y de manera integral, mejore la vialidad de nuestro cantón y la provincia”, manifestó el alcalde.
La construcción de este puente tiene un costo que supera el millón de dólares.
En Loreto: amistad y mucha alegría por el día del adulto mayor Redacción Sucumbíos
Dentro del programa “mis mejores años”, con danzas, juegos tradicionales y canto, alrededor de 300 personas adultas mayores del cantón Loreto conmemoraron el 1 de octubre el día del adulto mayor. La cita fue realizada por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) en coordinación con el Municipio del cantón Loreto con la finalidad de visibilizar los derechos y habilidades de este grupo prioritario. Los participantes se concentraron en la plataforma turística de Loreto, donde convivieron un mo-
mento de confraternidad en el cual demostraron a los asistentes su fuerza, voluntad y coraje; también se posesionó el cumplimiento de derechos y avances en las políticas públicas orientadas a este grupo prioritario, en especial las acciones implementadas por la misión “mis mejores años”. Según Mónica Guevara, coordinadora zonal 2 del MIES, en la provincia de Orellana 3.037 personas adultas mayores, en situación de extrema pobreza, acceden a la pensión mis mejores años, de 100 dólares, de las cuales 1.867 personas reciben atención del MIES de manera directa y convenios
con los gobiernos autónomos descentralizados en las modalidades atención domiciliar, espacios activos y centro diurno. Para Urbano Cruz la jornada fue un momento alegre que compartió con sus amigos, por lo que se siente incentivado a considerarse como persona, “somos la voz de la experiencia y nuestros derechos permiten que tengamos una mejor calidad de vida”. Los adultos mayores, en la celebración de su día, recordaron aquellos bellos tiempos mediante los juegos tradicionales.
Algunos hombres y mujeres se vanaglorian de sus pensamientos elevados, pero si estos pensamientos nunca alcanzan el plano de la acción, serán infructuosos: el poder del pensamiento depende de su manifestación en hechos.
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opinión
Abdul Baha
El “valiente” presidente ecuatoriano que toma decisiones que otros mandatarios no hicieron en 40 años, el 3 de octubre huyó a Guayaquil ante la arremetida del pueblo que, como cuando cayó Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad y Lucio Gutiérrez, llegó a la Plaza Grande para exigir la derogación de las medidas antipopulares del paquetazo. El sonsonete gubernamental decía que “no cederán al chantaje”; ahora resulta que el pueblo tiene que aceptar toda medida de empobrecimiento acelerado para que no sea calificado de chantajista o vándalo, sin mencionar otros calificativos denigrantes impropios de ser publicados en este espacio. Las jornadas de protesta del pueblo ecuatoriano nos hacen tomar en cuenta de que terminó el cerco mediático que ha protegido esa renovada política antipopular, incumplimiento de ofrecimientos de campaña, bochornos en las pseudo conferencias magistrales, discursos improvisados que generan vergüenza, y ahora esta arremetida contra el pueblo ecuatoriano mediante este paquetazo neoliberal. Claro, este gobierno y sus benefactores están decididos a empobrecer más al estrato medio y bajo. Les preguntamos a los pobres que defienden a
Retroceso en derechos
este paquetazo, el más impopular e inclemente desde la vuelta a la democracia de mercado: ¿tienen suficiente plata para pagar pasajes urbanos de 40 centavos, alimentos más caros, hacer largas filas para recibir atención en las casa de salud públicas, pagar el doble por los recorridos escolares, etc.? Y los empleados públicos ¿están conscientes de lo que significa la confiscación de sus remuneraciones cuando cada mes les descuenten un día de trabajo y les reduzcan sus vacaciones que, por derecho, les corresponde tomar? Señores y señoras, todo este tétrico panorama no termina ahí; el gobierno debe cumplir otra exigencia del Fondo Monetario Interna-
cional (FMI), subir el impuesto al valor agregado (IVA). Aquí radica la importancia de obligarlo a este presidente a derogar todo el paquetazo hambreador difundido el 1 de octubre porque, si el pueblo no logra este objetivo, en pocas semanas, a finales de este año, el país se volverá un caos total por las batallas que se vendrían, cosa que no queremos, como tampoco queremos que Moreno huya antes de tiempo; deseamos que termine su mandato para que el pueblo lo ponga como un referente de sometimiento al FMI. Asimismo, estos duros tiempos que soporta todo el país, pobres y ricos, sirvan para que las organizaciones políticas escojan bien a sus candidatos
Transgénicos
porque, si se equivocan, el Ecuador volverá a experimentar desgobiernos que violen los derechos humanos mediante estados de excepción, semanas que soportamos como lo hacen los habitantes de naciones donde mandan reyes, condes y condesas fascistoides. Por otra parte, nos solidarizamos con los periodistas, fotógrafos y camarógrafos, agredidos de manera cruel por elementos policiales el 3 de octubre. ¿Los dueños y directores de esos medios donde trabajan esos colegas agredidos, seguirán, después de esta agresión, haciéndose de la vista gorda frente al nefasto panorama que vive el Ecuador, seguirán aplaudiendo al paquetazo?
Hacerse valer y valorarse más Un problema que me preocupa mucho, es la falta de interés generacional por hacer familia, por generar vínculos que nos armonicen, pues el reencuentro de uno mismo con los demás, desde la propia identidad de cada cual, nos ayuda a levantarnos y a reconducir la relación entre análogos, a través del diálogo y la escucha. Desde luego, sí importante es que los líderes empresariales tomen medidas que ayuden a enfrentar la emergencia climática, también es vital que otros dirigentes, ya sean sindicales (dimensión social) o religiosos (dimensión espiritual), contribuyan a generar espacios de concordia en un mundo tan diverso, lo que requiere de la confluencia de todos sus moradores. Sea como fuere, nuestro prójimo ha de estar siempre próximo a nuestros andares. Realmente este es un valor humanístico que está ahí, dirigido a todo el linaje y que debe influir positivamente en nuestro diario de vida, tanto privada como pública. Al fin y al cabo, el porvenir es nuestro a poco que lo cultivemos en la unidad, el respeto y la consideración fraterna. Precisamente, son estos esfuerzos pacientes y persistentes, los que nos ayudan a superar la división y cualquier confrontación que pueda surgir. El que veintiocho grandes firmas, con una capitalización de mercado total de 1,3 billones de dólares, hayan respondido con-
juntamente a un llamamiento para que fijen objetivos ambiciosos antes de la celebración de la Cumbre sobre la Acción Climática, contribuye a esperanzarnos. Lo cierto es que resulta verdaderamente estimulante ver a tantas compañías y marcas diversas elevar con valentía sus objetivos. Sin duda, pienso que la especie humana tiene que hacerse valer más y aprender a valorarse. A mí, personalmente, siempre me ha parecido que a un semejante solo le puede salvar otro análogo. Aparte del pan de cada día, también necesitamos tener un hombro al menos, en el que apoyarnos cada amanecer, para no morir en la desesperación. De ahí la importancia de ser solidarios con los sufrimientos y anhelos de la gente, muchas veces amedrentados por nuestras propias miserias humanas, que nos impiden ser justos para activar esa reconciliación humana, tan necesaria como sublime. Por desgracia, la humanidad no va en el camino correcto de actuar, a manera de fermento en la masa, para construir horizontes que nos fraternicen. Quizás tengamos que universalizar el cuestionarse cada cual consigo mismo, sobre todo a la hora de donarse, de administrar el poder y de procurar el bienestar colectivo, según un orden que refleje equidad y dicha. En efecto, ya es hora de que todos los seres humanos, habiten en el lugar que
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Galo Guevara Director-Editor: Bayardo Pérez Presidenta: Yajaira Sánchez Vicepresidente: Enrique Quinteros Gerente: Gladys Granda
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habiten, dejen a un lado el avasallamiento entre gremios, activando la gran revolución moral de organizarse en el amor, y no por la fuerza, ni por el interés egoísta y explotador. Lo esencial es que la cultura del abrazo sea auténtica y se active la conciliación entre los mil entusiasmos diversos. A veces uno también se pregunta, ¿para qué nos sirve progresar hacia un dominio cada vez mayor del mundo, si luego somos incapaces de alcanzar el objetivo de eliminar el sida como una amenaza de salud pública en 2030? Tal vez debamos repensar la respuesta a la epidemia, máxime cuando las nuevas infecciones de VIH registraron un aumento del 29% en Europa del Este y Asia Central, del 10 por ciento en Oriente Medio y África del Norte y del siete por ciento en América Latina; lo que nos indica la falta de compromiso global que, en ocasiones, no pasa de las palabras, cuando se nos requieren acciones concretas. En consecuencia, creo que nos falta ambición por sentirnos humanidad. Si la paz es la idea que dirige nuestro avance, el espíritu solidario es el símbolo que nos identifica en ese valor social, que nos hace un único corazón humanitario. Dicho lo cual, hemos de esforzarnos por asumir una actitud de entrega, sobre todo hacia aquellos que sufren discriminaciones y persecuciones, en virtud de esa
SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400
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dignidad que todos nos merecemos. No olvidemos, que la centralidad de todo ha de radicar en el ser humano, jamás en los ídolos del dinero y del poder. Teniendo claro este empeño, seguramente tendremos una visión más ética de todas nuestras actividades y de las propias relaciones humanas. Lo importante, entonces, no radica tanto en la invención que podamos ofrecer al mundo, sino en nuestra capacidad de auxilio hacia nuestros equivalentes. Justo ahora se nos dice que América latina avanza lentamente en el terreno de la innovación; sin embargo, hay una nueva iniciativa solidaria de crear gobiernos locales más competentes y eficaces para ayudar a las comunidades rezagadas, acción que a mi juicio merece el mayor de los aplausos. Hay tantos territorios olvidados, que bien vale la pena esforzarse, repensar sobre este espíritu solidario, que va más allá de una mera asistencia limosnera, en la medida que nos compromete a todos a luchar por ese empleo que nos realice y dignifique. Sin duda, la peor de las pobrezas no está en mendigar, puesto que a todo se acostumbra uno, sino en el encontrarse con las puertas todas cerradas, sin poder ganarse el pan, excluido del sistema, y encima triturado socialmente con la indiferencia. Esto sí que es penar. Víctor Corcoba Herrero corcoba@telefonica.net QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Av. América N26-47 y Juan de Sosaya, esq. Edif. Concretesa, piso 1, oficina 101 norte. Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 quitonoticias@periodicoindependiente.com DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Gustavo Salazar 0988.166.715
La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
La producción de los alimentos transgénicos y su comercialización en los mercados es tema de debate permanente. Los países europeos están prohibiendo de manera progresiva la producción y comercialización de estos productos, ellos abogan por una Europa sin transgénicos. En los Estados Unidos actualmente se está librando una lucha por el etiquetado de estos alimentos para que puedan ser comercializados. En el estado de Vermont, en abril del 2014, el senado aprobó por un abrumador margen la ley 112, que es la primera legislación que exige el etiquetado a los productos transgénicos para su comercialización. Otros estados de la Unión van por ese camino. Los países latinoamericanos como Brasil, Argentina y Paraguay, incididos por las transnacionales se encuentran desarrollando cultivos transgénicos, pese a la oposición de sectores que alientan el debate científico, como único mecanismo para dirimir las bondades o los efectos nocivos de los transgénicos. Para enriquecer el debate sería óptimo que los estados contribuyeran con recursos para la investigación, caso contrario la lucha por demostrar que los transgénicos son nocivos, sería una lucha desigual, puesto que la batalla será ganada por las transnacionales que pugnan por la legalidad de los transgénicos. Opinando sin inclinaciones, el cultivo de transgénicos favorece únicamente a los grandes agricultores, puesto que ahorran una considerable cantidad de mano de obra; igualmente la dinamización de estos cultivos contribuye a la migración campo ciudad, para luego las transnacionales procurarse por precios irrisorios la compra o la adjudicación de tierras abandonadas. Por su parte la gente concentrada en las grandes urbes, luchando por la sobrevivencia, sin capacidad organizativa, conformando cinturones de miseria y con ingresos de hambre, comerán lo que las transnacionales les provean. Y el refrán de que en el hambre no hay pan malo, posiblemente será el pan de cada día. A eso se sumarán los cristianos diciendo que lo que entra por la boca del hombre no es malo, sino que es malo lo que sale de la boca del hombre. Que nos queda entonces a los que tenemos todavía capacidad de pensar. Bastante diría todavía con optimismo, vayamos incentivando el conocimiento, la reflexión del devenir, la necesidad de la generación de cambios en todos los ámbitos; mantenernos en equilibrio constante con la naturaleza, hasta que vengan del sur los guerreros del arco iris y/o la Pachamama se revele. Lo pesimista sería dejarnos comer el cuento de que nos van a robar la esperanza.
Ing. Fredy Moreno Cárdenas
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas. IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal VENTAS ggranda@periodicoindependiente.com Telf.: 022 906 827 / 0992 081 870
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Circulación del 06 al 12 de octubre del 2019
judiciales
EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: Al señor Diego Marcelo Ocampo Vera. ACTOR: Francisco Ocampo Abad. DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero electrónico 2100198551 y correos electrónicos leoncioort@hotmail.com y franciscoocampo1959@yahoo.com, del defensor técnico Ab. Leoncio Leonardo Ortiz Sarmiento y el actor respectivamente. OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 81/100 DOLARES AMERICANO (USD. 8488,81). JUEZ: Mg. Byron Fabricio Ramón Cobos. SACRETARIA TEMPORAL: Ab. Sayda Raquel Sánchez Mazón. DEMANDA: En la demanda con procedimiento ordinario por prescripción adquisitiva de dominio, signada con el No 22301 -2019 – 00251, propuesta por el señor Francisco Ocampo Abad en contra del señor Diego Marcelo Ocampo Vera, fundamentada en los Arts. 2410, del Código Civil. PRIMERA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON FCO. DE ORELLANA Orellana, 15 de julio del 2019, las 15h37, VISTOS.- Agréguese al expediente los escritos que anteceden, en lo principal, por cuanto el actor ha dado cumplimiento al auto de fecha 3 de julio del 2019, las 14h41, se dispone: Previo a ordenar lo que en derecho corresponda, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, el actor señor Francisco Ocampo Abad, comparezca a esta judicatura el día 1 de agosto del 2019 a las 10h00, a rendir su declaración bajo juramento de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor Diego Marcelo Ocampo Vera y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarle, como acudir a los registros de público acceso. Actué la Ab. Sayda Raquel Sánchez Mazón en calidad de secretaria temporal de la Unidad Judicial Civil.- Notifíquese y cúmplase.- SEGUNDA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON FCO. DE ORELLANA. Orellana, martes 13 de agosto del 2019, las 16h42, VISTOS.- Dra. Raquel Núñez Acosta, en mi calidad de jueza Subrogante de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Francisco de Orellana, mediante acción de personal Nro. 277-DPCJO-2019-FB, de fecha 8 de agosto del 2019. Avoco conocimiento en legal y debida forma de la presente causa, en lo principal, por cumplido con lo ordenado en el auto de sustanciación de fecha 2 de agosto del 2019, las 11h04, la demanda propuesta por el señor FRANCISCO OCAMPO ABAD en contra del señor DIEGO MARCELO OCAMPO VERA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. En virtud de que la parte actora bajo juramento ha manifestado: “Que me ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado y que he efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar al demandado señor DIEGO MARCELO OCAMPO VERA, como acudir a los registros de acceso público y he adjuntado la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores,...”. De conformidad a lo dispuesto artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación al señor DIEGO MARCELO OCAMPO VERA, a través del Diario “EL TELÉGRAFO”, por tres veces y en tres días distintos, para el efecto se dispone a la señora Secretaria de esta Unidad Judicial, elabore el extracto de la demanda y providencias recaídas en ella para la citación por la prensa. De conformidad a la disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, cítese a los señores Representantes del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, en sus respectivos despachos. De acuerdo a lo establecido el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, notifíquese al señor Procurador General del Estado, en la persona del Doctor Iñigo Francisco Alberto Salvador Crespo, a través de deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a quien se le remitirá suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Por cuanto la demanda que antecede versa sobre dominio de un inmueble sujeto a registro, en cumplimiento a lo establecido en el inciso séptimo del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el registro correspondiente, debiendo oficiarse al señor Registrador de la Propiedad de este cantón Francisco de Orellana, a fin de que cumpla con lo dispuesto, sin cobrar derechos. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados por el actor para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico.- Actúe la Ab. Sayda Raquel Sánchez Mazón en calidad de secretaria temporal de esta Unidad Judicial.Notifíquese y Cúmplase.- TERCERA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON FCO. DE ORELLANA. Orellana, martes 10 de septiembre del 2019, las 11h10, VISTOS: Dentro la demanda con procedimiento ordinario por prescripción adquisitiva de dominio propuesta por el señor Francisco Ocampo Abad en contra del señor Diego Marcelo Ocampo Vera, en lo principal, se dispone: Incorpórese a los autos el oficio No. 0653-RPCFO-2019, de 15 de agosto del 2019, remitido por el Ab. Orlando Alberto Moreira Moreira, en calidad de Registrador de la Propiedad del Cantón Francisco de Orellana, en cuyo contenido pone en conocimiento lo siguiente: “…SE PROCEDE A INSCRIBIR LA DEMANDA SOBRE EL BIEN INMUEBLE URBANO DEL DEMANDADO SEÑOR: OCAMPO VERA DIEGO MARCELO…”. Hecho esto, cúmplase con lo dispuesto en auto de fecha, 13 de agosto del 2019, las 16h42, es decir: 1.- Cítese al señor Diego Marcelo Ocampo Vera, a través del Diario “EL TELÉGRAFO”, por tres veces y en tres días distintos, para el efecto se dispone a la señora Secretaria de esta Unidad Judicial, elabore el extracto de la demanda y providencias recaídas en ella para la citación por la prensa. 2.- De conformidad a la disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, cítese a los señores Representantes del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, en sus respectivos despachos. Para el efecto se le requiere a la parte accionante que en el término de 48 horas, preste las facilidades del caso, a fin de reproducir las copias necesarias para el cumplimiento de la diligencia de citación, esto de conformidad con el Memorando Circular-CJDNGP-2018-0289-MC, suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de Gestión Procesal, respecto a la Directriz referente a las copias para la gestión de citaciones que en su parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada.” 3.- De acuerdo a lo establecido el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, notifíquese al señor Procurador General del Estado, en la persona del Doctor Iñigo Francisco Alberto Salvador Crespo, a través de deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a quien se le remitirá suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, en observancia al Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 146 del Código Orgánico de la Función Judicial. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F).- Mg. BYRON FABRICIO RAMÓN COBOS, JUEZ. Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley. Francisco de Orellana, 11 de septiembre del 2019. Ab. Sayda Raquel Sánchez Mazón SECRETARIA TEMPORAL DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON FCO. DE ORELLANA. C-4520 1/3 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de SUMARIO / REBAJA PENSIÓN ALIMENTICIA, en contra de la señora JIMENEZ LUZ AIDE, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MARQUEZ ESTACIO WILSON VICENTE DEMANDADO: JIMENEZ LUZ AIDE JUICIO NRO.: 2016-00199 CUANTÍA: 556,00 CAUSA: REBAJA DE LA PENSION ALIMENTICIA TRAMITE: SUMARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LA DEMANDA: Tengo otra hija a quien tengo que alimentar. FUNDAMENTOS DE DERECHO.- Constitución de la Republica Arts. 44, 45, 69 1.5, 83.16, Convención sobre los derechos del Niño 27, 29, 30, 31. Código de la Niñez y Ado-
lescencia 20, 26, innumerados 2, 4, 5, 6, 15 y 16 ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA. Dos partidas de nacimiento de MARQUEZ VILLACIS KAREN ANDREA y MARQUEZ JIMENEZ NATHALYA SILVANA. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE.- Solicito que en resolución de rebaje la pensión alimenticia. CUANTÍA DE LA DEMANDA.En razón de la naturaleza de la presente causa, la cuantía es $556,00 USD. ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.El procedimiento por el cual debe sustanciarse la presente causa es el sumario, reglado en el Código Orgánico General de Procesos AUTO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- En lo principal, cumplida la solemnidad conforme lo dispuesto en providencia de fecha 30 de julio del 2019 las 15h57, se dispone; CITAR de INMEDIATO conforme lo establece la ley a la demandada señora JIMENEZ LUZ AIDEE, portadora de la cedula de ciudadanía No. 37083945, al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, con la demanda, el anuncio probatorio y este auto de sustanciación, por la prensa por uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos. Confiérase el extracto respectivo. Se concede a la parte demandada el término de quince (10) días, para que conteste la demanda en la forma prevista por el Art. 151 del COGEP, previniéndole la obligación que tiene de anunciar las pruebas en la forma prescrita en los 152, 169 y 333.3 del Código General de Procesos. (COGEP). De no hacerlo se continuará con la sustanciación de la causa, conforme lo previsto en el art. 157 del Código Orgánico General de Procesos. De igual forma, se le hace saber a la parte demandada que al contestar la demanda deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción en caso de existir, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del COGEP; o en su defecto, puede expresar su allanamiento o autorización, con lo que el expediente quedaría culminado.3.- De conformidad con lo previsto en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo del Código General de Procesos, se convocará a las partes a la audiencia única una vez que esté citada la parte demandada.. Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente. Ab. Oswaldo Luzuriaga SECRETARIO UJFMNALAS F: 6654 3/3 S: 4671
SECRETARIA DEL AGUA R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DEL ESTERO PANDAYACU QUE PASA POR LA COMUNA PANDUYACU PERTENECIENTE ALA PARROQUIA GONZALO PIZARRO CANTÓN GONZALO PIZARRO UN AFLORAMIENTO SUPERFlCIAL SIN NOMBRE LOCALIZADO EN EL RECINTO HERMANO MANCHENO PERTENECIENTE A LA PARROQUIA SHUSHUFINDI, CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO ACTOR: Jaime Rubén Rodríguez, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cascales. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente del estero Panduyacu, en un caudal de 55 l/s, para destinarla a consumo humano, de las comunidades. La Troncal, Playa Seca, San Salvador, San Francisco, Shayari, El Papayu, Los Angles, Nuevos Horizontes, Nueva Esperanza, El Arnal, Dumbiky, Puerto el Madero y Nueva Primavera, perteneciente a la parroquia el Dorado de Cascales. EXPEDIENTE Nº NA-SB-2018-0101-AUA. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.- Orellana. O4 de enero del año 2019.- Las 15H37.Expediente-NA-SB-2018-0101-AUA.-VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Subsecretario Subrogante de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparado en lo que determina el Art. 18 literal g) y el Art. 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el Sr. Jaime Rubén Rodríguez, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cascales, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.-Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circula en la Cantón Cascales o la provincia de Sucumbías, por tres veces , conforme lo determina el artículo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados del la parroquia Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Jefe Político del cantón Gonzalo Pizarro, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del Sr. Jaime Rubén Riera Rodríguez, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cascales, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta el correo electrónico info@cascales.gob.ec y teléfono 062 800211 para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE ... f)... Dr. Jorge Patricio Espindola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el Cantón Francisco de Orellana para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO- SB-DHN XF. 2/3 S: 4691 CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma a los demandados: herederos desconocidos de quien en vida fuera: TENEMAZA GUNCAY HUMBERTO EFRAÍN, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: TITUANA SANCHEZ MARIA ANGELICA DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUERA TENEMAZA GUNCAY HUMBERTO EFRAÍN JUICIO: 21332-2019-00809 CAUSA: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE MENORES TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLA JUDICIAL: 334 FUNDAMENTOS: Art. 297, 298 y 418 del Código Civil y Art. 334 numeral 6 del COGEP UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- TITUANA SANCHEZ MARIA ANGELICA, de nacionalidad ecuatoriana, con cedula de ciudadanía número 070240454-2 , de cincuenta y un años de edad, de ocupación quehaceres domésticos, domiciliado en la Urbanización el refugio, de la Parroquia y Cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos, correo electrónico geovannylegna@yahoo.es casilla judicial 334 casillero electrónico 210007839-9, Ante usted respetuosa y comedidamente, me presento con la siguiente demanda de AUTORIZACION VENTA INMUEBLE DE MENOR, en los siguientes términos. 1.- La designación de Juez ante quien se propone esta demanda, es al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos.2.- Mis nombres y apellidos y más generales de ley, quedan también indicados.3.- HECHOS. -1.- Del matrimonio conformado entre la compareciente señora TITUANA SANCHEZ MARIA ANGELICA y mi conyugue TENEMAZA GUNCAY MARIA ANGELICA, fallecido el 2 de abril del 2007, procreamos hijos de nombres, JHONATHAN HUMBERTO TENEMAZA TITUANA de 24 años de edad, y LUPE KATHERINE TENEMAZA TITUANA, MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA que a la presente fecha se encuentran frisando los 15 y 14 años respectivamente, mismos que están bajo mi patria potestad.2.- Es el caso señor Juez, que los
herederos de nombres JHONATHAN HUMBERTO TENEMAZA TITUANA, mayor de edad y LUPE KATHERINE, MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA, son herederos de los derechos y acciones que le corresponden, del lote de mayor extensión del lote de terreno número, 55 ubicado en la zona Nro. 68 de la Precooperativa Francisco Pizarro ubicado en la Parroquia Cantón, Provincia de Sucumbíos cuyos linderos y dimensiones del lote son los siguientes NORTE. - con el lote número 27 de la Precooperativa Francisco Pizarro, en 245 metros rumbo N90-00E. SUR. - con el lote de la Precooperativa Nueva Paraíso, en 245 metros, rumbo S90-00W. ESTE. - con la Precooperativa Abdón Calderón, en 1768 metros, rumbo S 00-00E. OESTE. Con el lote 54, de la Precooperativa Francisco Pizarro, en 1.768 metros, rumbo S00-00W, cuya cabida es de 44.20 hectáreas de superficie.3.- conforme el ACTA DE POSESION EFECTIVA de bienes dejados por los señores.- GUNCAY TORRES MARIA ROSARIO Y TENEMAZA ZHUNI JOSE MOISES, a favor de GUNCAY TORRES MARIA ROSARIO Y TENEMAZA ZHUNI JOSE MOISES, a favor de: TENEMAZA GUNCAY LUIS EMILIO, JULIA ROSA, ANA LUISA, Y JORGE ENRIQUE, y sus tres nietos de nombres TENEMAZA TITUANA JONATHAN HUMBERTO, LUPE KATHERINE Y MIGUEL EFRAIN, de los bienes sucesorios de quien en vida se llamó TENEMAZA GUNCAY HUMBERTO EFRAIN, hijo legítimo de los causantes.4.- Los menores de edad de quienes su representante legal es su madre la señora TITUANA SANCHEZ MARIA ANGELICA constan como dueños de los derechos y acciones del lote de mayor extensión lote de terreno rural número, 55, conforme consta en el certificado de Gravámenes otorgado por el Registro de la Propiedad de Shushufindi. 5.- conforme consta en el acta de repartición extrajudicial que se agrega al proceso, que le pertenece los derechos y acciones por ser los herederos, así como también en la resolución del CONSEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON SHUSHUFINDI, y por ser la venta de los derechos y acciones que le corresponden del lote de mayor extensión en beneficio de los menores, LUPE KATHERINE TENEMAZA TITUAÑA, MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA, para cubrir alimentación, salud, estudios, vestimenta y más beneficios que requieren para su manutención y protección, presento esta mi demanda a fin de que se me autorice vender los derechos y acciones que por ley le corresponden a mis hijos menores de edad mencionados.4.- FUNDAMENTO DE DERECHO. -Con los antecedentes expuestos, anteriormente, fundamento mi demanda en lo que estipulan los Art. 297, 298 y 418 del Código Civil y articulo 334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos. Solicito a usted se sirva conferirme la autorización judicial para proceder a la venta de los bienes inmuebles anteriormente descritos.5.- ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA.a.- Prueba documental.1).- Anuncio como prueba de mi parte EL CERTIFICADO DE DEFUNCION de quien en Vida se llamó TENEMAZA GUNCAY HUMBERTO EFRAIN, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.2).- Anuncio como prueba de mi parte las Partidas de nacimiento de mis hijos menores de edad LUPE KATHERINE y MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.3).- Anuncio como prueba de mi parte la posesión efectiva de los bienes dejados por el señor TENEMAZA GUNCAY HUMBERTO EFRAIN, otorgado por María Angélica Tituana Sánchez, Jonathan Humberto Tenemaza Tituana, Realizada en la Notaria Primera del Cantón Shushufindi, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.4).- Anuncio como prueba de mi parte la posesión efectiva de los bienes dejados por la señora MARIA ROSARIO GUNCAY TORRES, y JOSE MOISES TENEMAZA ZHUNI, otorgado por LUIS EMILIO, JULIA ROSA, ANA LUISA, JORGE ENRIQUE TENEMAZA GUNCAY, JONATHAN HUMBERTO TENEMAZA TITUANA, LUPE KATHERINE Y MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA, Realizada en la Notaria Primera del Cantón Shushufindi, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.5).Anuncio como prueba de mi parte el certificado de gravámenes del lote de terreno rural signado con el número 55, ubicado en la zona número 68, de la precooperativa Francisco Pizarro, de la Parroquia y Cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos, cuyos linderos y dimensiones del lote son los siguientes NORTE. - con el lote número 27, de la precooperativa Francisco Pizarro, en 245 metros, N 90-00E SUR. - con el lote de la precooperativa Nueva Paraíso en 245 metros, rumbo S90-00W, ESTE. - con la Precooperativa Abdón Calderón 1768 metros, rumbo S 00-00E al OESTE. - con el lote número 54 de la Precooperativa Francisco Pizarro en 1.768metros rumbo S00 00W, dando una cabida total de 44.20 Hectáreas. De superficie que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.6).- Anuncio como prueba de mi parte las COPIAS CERTIFICADAS DE LA RESOLUCION No. 2018- GADMSFD-046-ORG DEL Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Del Cantón Shushufindi, en la que se autoriza la desmembración de los lotes de terrenos descritos, del lote de mayor extensión, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.b). - PRUEBA TESTIMONIAL. -1).Anuncio como prueba de mi parte, se reciba LA DECLARACION DE PARTE de la señora TITUANA SANCHEZ MARIA ANGELICA, cuyo pliego de absolución será presentado oralmente en la audiencia única, misma que servirá su autoridad calificar como constitucionales y legales sobre la demanda presentada, de AUTORIZACION VENTA INMUEBLE DE MENOR, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.2.- Anuncio como prueba de mi parte, se digne recibir las declaraciones de los testigos señores: LARA AGUSTIN EVANGELIO, RIVERA JOSE RUBEN, MANOBANDA LARA GUIDO NEPTALI, domiciliados en la Parroquia y Cantón Shushufindi Provincia de Sucumbíos, al tenor del siguiente interrogatorio que será presentado oralmente en la audiencia, misma que previamente se servirá su autoridad calificar como constitucionales y legales, sobre la AUTORIZACION VENTA INMUEBLE DE MENOR, que se reproduzca y se tenga como prueba de mi parte.b) PRUEBA TESTIMONIAL. - 6.PRETENSIONES:Solicito a usted se sirva conferirme la AUTORIZACION JUDICIAL, para proceder a la venta de los derechos y acciones del bien inmueble de mayor extensión anteriormente descrito que le corresponden a los menores LUPE KATHERINE TENEMAZA TITUANA Y MIGUEL EFRAIN TENEMAZA TITUANA y así poder garantizar su alimentación, salud, estudios vestimenta y más beneficios que requieren para su manutención y protección.7.- CUANTÍA. La cuantía es indeterminada.8.- PROCEDIMIENTO. - El procedimiento a darse a la presente demanda se tramitará mediante el procedimiento Voluntario, acorde al art.334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos. Autorizo al profesional que suscribe conmigo este documento para que intervenga como mi abogado patrocinador.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.Shushufindi, jueves 12 de septiembre del 2019, las 10h45, VISTOS: Me ha correspondido conocer la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi, según consta de la acción de personal No. 225-2015, de fecha 19 de marzo del 2015, suscrita por el señor Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Sucumbíos, así como por el sorteo previsto en la Ley; en lo principal, la solicitud presentada por Tituana Sánchez María Angélica, es clara, precisa, completa y reúne los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, conforme lo determinan los Arts. 334 numeral 5 y 335 del código en mención; en consecuencia, y tomándose en cuenta que los derechos y acciones que se pretenden enajenar hacen relación a los bienes dejados por quien en vida fuera Tenemaza Guncay Humberto Efraín, de conformidad con lo que dispone el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fuera Tenemaza Gunbcay Humberto Efraín, a través de uno de los periódicos de mayor circulación de esta Provincia de Sucumbíos, mediante tres publicaciones que se realizarán en días distintos, para lo cual el señor actuario del despacho, elabore el extracto correspondiente. Tómese en cuenta la cuantía, el trámite señalado, el domicilio en donde se notificará a la accionante y la autorización que confiere a su abogado patrocinador. Los medios probatorios anunciados, serán considerados en el momento procesal oportuno de ser procedentes. Actúe el Ab. Rodrigo Vásquez, Secretario del despacho. Hágase saber. Particular que comunico a usted para los fines de ley. Atentamente, Abg. Rodrigo Alejandro Vasquez Alvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI F: 6682 1/2 S: 4693 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS www.funcionjudicial.gob.ec EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HEDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS: DE QUIEN EN VIDA FUERON MANUEL ALFONSO ORDOÑEZ Y MARIA VIRGINIA MEN_ DOZA CUEVA. ACTOR: REY CHAMBA MARIA PIEDAD. DEMANDADOS: VIVANCO ORDOÑEZ JOAN CHARLES, VIVANCO ORDOÑEZ ALEXIS GERMAN, VIVANCO ORDO-
NEZ JENNIFER SYLVANA Y VIVANCO GALLEGOS JOSE ROSALINO. JUICIO: ORDINARIO-PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO N° 21331-2019-00189 TRAMITE: ORDINARIO FECHA DE INICIO: 29/05/2019 CUANTÍA: 20.000,00 (VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA) JUEZ PONENTE: DR. LUIS EFREN NARANJO JARA OBJETO: CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ART. 289 Y 291 DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS: COMPAREZCO ANTE USTED CON LA ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN QUE EJERZO EN ESTE ACTO, PARA QUE MEDIANTE SENTENCIA RECONOZCA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO A MI FAVOR EL DOMINIO DEL BIEN INMUEBLE, UBICADO EN LA PARROQUIA PACAYACU, CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. DISPONGA LA INSCRIPCIÓN DE LA SENTENCIA, CONFORME LO DISPUESTO EN EL ART. 2413 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE, A FIN QUE SIRVA DE TITULO DE PROPIEDAD A MI FAVOR.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, miércoles 5 de junio del 2019, las 15h09, VISTOS: En lo principal y por cumplido lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda y aclaración de la misma, la que ha sido presentada por REY CHAMBA MARÍA PIEDAD, con cédula No. 2100094487, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, escrito de completación y aclaración y el presente auto a los demandados señores: VIVANCO ORDOÑEZ JOAN CHARLES, VIVANCO ORDOÑEZ ALEXIS GERMAN, VIVANCO ORDOÑEZ JENNIFER SYLVANA Y VIVANCO GALLEGOS JOSÉ ROSALINO, en las direcciones señaladas en la demanda, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia Pacayacu, cantón lago Agrio, a quien se remitirá despacho en forma y suficiente, a fin de que cumpla con dicha diligencia; previniéndoles a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico y correo electrónico; en tato que a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida han sido MANUEL ALFONSO ORDOÑEZ Y MARIA VIRGINIA MENDOZA CUEVA, por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 30 de mayo del 2019, las 14h38, cítese con el contenido de la demanda, escrito completación y aclaración y el presente auto, a través de TRES publicaciones de prensa, que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los semanarios de mayor circulación regional, que se editan en la ciudad de Nueva Loja. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- Por tratarse de un predio ubicado en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 166 de 21 de enero del 2014, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LAGO AGRIO, cuya diligencia se realizará en sus respectivos Despachos, debiendo para el efecto remitirse las correspondientes boletas de citación al señor Coordinador de la Unidad Judicial, a fin de que disponga que Citadores de la Unidad Judicial, cumplan con la diligencia de citación dispuesta; a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial electrónica para sus notificaciones. Tómese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala “ Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”; por lo que se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA DIAS, una vez citados todos los demandados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados por la parte accionante, para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- QUINTO.- INSCRIPCION.- Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos.-SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la accionante, así como la autorización conferido a su Defensor Técnico.- CITESE y NOTIFIQUESE Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial electrónico, y correo electrónico, para recibir sus notificaciones.- Nueva Loja, 19 de julio del 2019.- Certifico. AB. FANY JUMBO GOMEZ SECRETARIA F: 6684 2/3 S: 4697 EXTRACTO NOTARIA CUARTA DEL CANTÓN LAGO AGRIO.-Cúmpleme poner en conocimiento al público, que mediante escritura pública de RENUNCIA DE GANANCIALES, otorgada ante mi Doctor Stalin Andrés Chonata Morales, Notario Cuarto del Cantón Lago Agrio, el 2 de Octubre del 2019, los ex cónyuges, señores ÁNGEL BENIGNO ROSILLO JIMÉNEZ y NIEVES CATALINA ZAMBRANO MARÍN, procedieron a LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA EX SOCIEDAD CONYUGAL la misma que consta según Acta Notarial celebrada en la Notaria Cuarta del Cantón Lago agrio, de fecha 2 de Octubre de 2019. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA EX SOCIEDAD CONYUGAL, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de noviembre de 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA EX SOCIEDAD CONYUGAL, previo al trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento público, mediante una publicación, en un diario de circulación en el Cantón Lago Agrio, el extracto de LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA EX SOCIEDAD CONYUGAL correspondiente a los ex cónyuges ÁNGEL BENIGNO ROSILLO JIMÉNEZ y NIEVES CATALINA ZAMBRANO MARÍN, en el que aprueban el avalúo de los bienes correspondientes de los activos de la ex sociedad conyugal. Las personas que consideren tener derecho a esta partición, deberá manifestar por escrito al suscrito notario, en un plazo no menor de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. DR. STALIN ANDRÉS CHONATA MORALES. NOTARIO CUARTO DEL CANTÓN LAGO AGRIO F: 6690 1/1 S: 4703 R. de E UNIDA JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PALLATANGA NOTIFICACIÓN JUDICIAL ACTORES: ALBERTO GERARDO VÁSQUEZ IDROVO, PAULA ISOLINA VÁSQUEZ IDROVO, MARÍA TRANCITO VÁSQUEZ IDROVO, MARÍA OLIMPIA VÁSQUEZ IDROVO, MATILDE VÁSQUEZ IDROVO, CARLOS ALBERTO VÁSQUEZ IDROVO, ROSARIO VÁSQUEZ IDROVO, y MARÍA JUAN VÁSQUEZ CASTILLO. DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ IDROVO. CLASE DE JUICIO: PARTICIÓN DE ADJUDICACIÓN DE BIENES
CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ DE CAUSA: DR. CARLOS GUEVARA CHILUIZA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PAPALLACTA DE CHIMBORAZO. Papallacta, martes 29 de enero del 2019, las 14h42, VISTOS: Agréguese a los autos los escritos presentados. En atención a lo solicitado por la Procuraduría Común de los actores señora ANA MARÍA VÁSQUEZ IDROVO se ordena que: …. De la inscripción de defunción del demandado señor Miguel Ángel Vasquez Idrovo que se adjunta, se establece que el demandado señor Miguel Ángel Vasquez Idrovo ha fallecido, en la parroquia Veloz, cantón Riobamba, provincia de Chimborazo el 14 de octubre del 2015, conforme determina el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, se dispone notificar a los herederos y presuntos del causante Miguel Ángel Vasquez Idrovo, mediante una sola publicación por la prensa en uno de los diarios de amplia circulación que se editan en lsa ciudades de Riobamba, Provincia de Chimborazo y Nueva Loja provincia de sucumbios, a fin de que comparezca a juicio a ejecutar su derecho de defensa , conlos efectos señalados por el art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Lo solicitado por el demandado señor Mendoza Bustamante Italo Gonzalo, no se lo atiende por encontrarse proveído en decreto de decreto de fecha 30 de Noviembre del 2018, las 14h47.- NOTIFÍQUESE.Lo que hago saber a los demandados, para que procedan hacer uso de su derecho constitucional de la defensa, compareciendo a este despacho, señalando domicilio judicial o electrónico, donde serán notificados posteriormente, para que se proceda de conformidad con la Ley.- CERTIFICO. Ab. Cecilia Flores Espín SECRETARIA R. F: 6691 1/1 S: 4704 JUICIO Nº 21201-2019-00522 U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS Lago Agrio, martes 17 de septiembre del 2019, las 14h56, VISTOS.-Doctora Maria Toapanta Guanoquiza en mi calidad jueza titular de la Unidad Judicial de la familia, mujer, niñez y adolescencia del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos con acción de personal 7868-DNTH2015-SBS de fecha 05 junio del 2015, posesionada en legal y debida forma. En uso de las atribuciones que me hallo investida, conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Código Orgánico General de Procesos, concluida la sustanciación de la causa, siendo el estado procesal, emito la siguiente resolución y sentencia motivada: para hacerlo se considera.PRIMERO.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PROCESALES: PETICIONARIOS: Actora: BALCAZAR MELIDA VICTORIA, con número de cédula 1707048599 presente una demanda de interdicción a la señora ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY, quien es la esposo de la compareciente, y los señores ORELLANA PINEDA ALFREDO BENJAMIN, ORELLANA PINEDA LUIS BENITO hermanos del demando.SEGUNDO.-LA ENUNCIACIÓN BREVE DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEMANDA Y DEFENSA DEL DEMANDADO.-En el libelo de la demanda, la compareciente en lo principal manifiesta; con la partida de matrimonio que adjunta viene a su conocimiento que con fecha 11 de noviembre del 1979, en el Registro Civil de Lago Agrio. Dentro de nuestro matrimonio hemos procreados cuatro hijos todos mayores de edad. Conforme adjunto las copias debidamente certificadas de la historia clínica N° 163377 del hospital Marco Vinicio Iza, de esta ciudad de Nueva Loja, en la que establece que mi cónyuge señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY, titular de la cedula de ciudadanía 0700921851, por presentar un diagnóstico de DEMENCIA VASCULAR (F01)CIE10, empezó el tratamiento en dicha casa de salud, el 17 de febrero del 2016, mismo que no ha mejoría, más bien presenta secuelas permanentes e irreversibles por haber sufrido un infarto cerebral, con pronóstico desfavorable conforme así lo certifica el señor doctor Zada Gonzales Manuel en calidad de médico especialista en neurología, del Ministerio de Salud Pública. A partir del incidente sufrido por un infarto cerebral, el 26 de marzo del 2016, el no puedo realizar ninguna actividad de movimiento psicomotora, por lo que me ha llevado a dedicar todo mi tiempo completo al cuidado y protección de mi esposo. Demuestra también que con el pasar de tiempo, su capacidad mental va deteriorándose, por lo que al amparo de lo dispuesto en los Art. 478, 482,484 y 486 del Código Civil, y solicito que se declare interdicto al señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY y se nombre como curadora a la compareciente BALCAZAR MELIDA VICTORIA.- Anuncia medios probatorios, como prueba documental y como prueba testimonial y pericial. Señala la cuantía de la demanda. Tramite que debe darse la presente causa. Autorización a su abogado defensor y señala la casilla Judicial para recibir las notificaciones.-Una vez cumplida con lo dispuesto en el auto de fecha 24 de junio del 2019 las 11h42, mediante el auto de fecha 05 de junio se han procedido a la calificación de la demanda. A fojas 76 a la 82 consta la citación al demandado y a los familiares a fin de que comparezca e informe de la vida anterior del demandado. A fojas 88 comparecen los citados con su abogado defensor, y señala casilla Judicial. Mediante el auto de fecha 02 de agosto del 2019 a las14h52 se procede a convocar a la audiencia para 27 de agosto del 2019 a las 10h35. A fojas 104 y 111 consta el informe médico y psicológico de los médicos perito asignado en este proceso.-En el día y hora de la Audiencia, antes de instalar la Audiencia está suscrita Jueza dispone se constate y certifique si nos encontramos en la fecha y día y hora señalado para llevar a efecto la presente audiencia, mismo que se desarrollará en dos fases de conformidad con el numeral cuarto del Art. 333 numeral 4 del Código General de Proceso. Determinado la comparecencia de la parte actora acompañado de su defensor AB ARTURO ANCELMO CALVA PRECIADO y los demandados comparece con su abogado defensor JOSE NICADRO SANCHEZ VILLAVICENCIO. Con los cuales se declara instalada la Audiencia Única de conformidad con el Art 79 y 80 del CÓGEP.-SANEAMIENTO DEL PROCESO.-Se concede la palabra al abogado de la parte actora quien manifiesta lo siguiente: “…En representación de la señora BALCAZAR MELIDA VICTORIA, en cuanto al saneamiento debo manifestar que no existe vicios de procedimiento que pueda afectar la validez del proceso, por lo tanto señora Jueza, se sugiere que se declare convalidado el proceso”. Igualmente se concede la palabra al abogado de los demandados; quien manifiesta que en representación de los demandados, que no tiene nada que alegar respecto a los vicios de que pueda afectar la validez del procesos. Una vez escuchado la intervención de las partes y revisado que ha sido el proceso, se ha constatado que la misma ha sido tramitada en cumplimiento de cada uno de las formalidades requeridas, en consecuencia habiendo sido garantizado el debido proceso previsto en el Art.76 de la Constitución de la Republica de Ecuador, se declara la validez del presente proceso. FIJACIÓN DE LOS PUNTO EN DEBATE: Según la demanda presentado por la actora estos son los Puntos en debate: 1. La actora solicita la declaración del interdicción del señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY y el nombramiento de la curadora a la compareciente a la señora BALCAZAR MELIDA VICTORIA. Las partes han manifestado que están de acuerdo con los puntos en debate, por lo que se ratifica los puntos en debate planteado.-CONCILIACIÓN.-Inicialmente, se procedido a escucha la intervención de la vida pasada del demandado, por los hermanos quienes manifiesta, señor ORELLANA PINEDA ALFREDO BENJAMIN, señora jueza mi hermano Alcides, era una persona sana hasta trabajadora representante de los choferes de la provincia de Sucumbíos, fue secretario general por un tiempo, el sindicato tuvo problemas económicos por que serraron las escuelas y era muy difícil mantener el sindicato, y el joven hacia muchos esfuerzos y yo le sugería que deje eso, porque no tenía ningún beneficio, desde el año 2014 notamos que no estaba bien, siendo una persona activa, y apartar del año 2016 le da un derrame y de allí para acá ha ido empeorando, él era una persona trabajadora emprendedora tenía amigos., quienes lo han abandonado, sin embargo tienen una buena compañera que es mi cuñada BALCAZAR MELIDA VICTORIA, que con sus hijas esta al cuidado de mi hermano Alcides, se lo ha llevado a diferentes médicos pero él está mal. Intervención del señor ORELLANA PINEDA LUIS BENITO, señora Jueza yo corroboro lo que acaba de decir mi hermano Alfredo, mi hermano Alcides era una persona activa dinámica, y estuvo por más de tres periodos como secretaria del sindicato de choferes, la institución tuvo un crecimiento, gracias a la cabeza principal que era mi hermano, y las cosa ya no funcionaban bien por selo de los otros compañeros, hubieron problemas, y mi hermano se vio obligado a renunciar, renuncia que le afecto mucho desde mi criterio, le entristeció, los problemas económicos, y luego le dio un derramen, mi hermano Alfredo lo llevo a médicos, pero mi hermano no ha mejorado, hay que agradecer que mi cuñada Melida está pendiente de él con sus hijas. Intervención del Dr. ARTURO ANCELMO CALVA PRECIADO .Señora jueza los hermanos de don Alcides lo han expresado que él ha recaído con demencia vascular con los reportes de los médicos incorporados a los autos. Determinase que el señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY padece una enfermedad que data desde el año 2014 y que se agravo por el año 2016. Por esto se pide que su autoridad disponga la interdicción, por cuan-
Circulación del 06 al 12 de octubre del 2019
judiciales to cuando él estaba sano tenía unos terrenos y ahora las personas que desean que les entreguen las escrituras su esposa no lo pueden hacer, porque le piden curaduría de interdicción. Se ha procedido a dar lectura de los informes médicos y psicológicos, que en las partes conclusivas manifiestan: Medico, es un paciente de 65 años de edad, con una discapacidad intelectual de 52 por cientos, por lo que se determina un retraso mental leve.- Criterio Psicológico; manifiesta: Las esferas cognitivas y volitivas están alteradas, por lo tanto están limitadas en la capacidad de tomar discusiones trascendentes con respecto al ámbito laborar, efectiva, patrimonial, y de su propia salud. Las habilidades adaptativas sobre ocio y tiempo están restringidas. La interdicción desde punto vista psicológico es recomendable.- Una vez concluido la tramitación de la causa para resolver se considera: TERCERO.-A la demanda se le ha dado el trámite señalado conforme los artículos 332 y 333 del Código General de Proceso y en concordancia con el Art.79 y 78 del mismo cuerpo legal, no habiendo vicios de procedimiento alguna que pueda afectar a la validez procesa y ha sido declarado convalido el proceso en la Audiencia única.- CUARTO.-LA RELACIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS, RELEVANTES PARA LA RESOLUCIÓN.-Las partes aportan pruebas documentales y testimoniales y se cuenta con las pruebas periciales de los médicos facultativos.-QUINTO.-LA MOTIVACIÓN JURÍDICA.-El título XXII del Código Civil determina reglas para otorgar curaduría para las personas dementes, y en su Art. 478. establece, lo siguiente: “…El adulto que se halla en estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos. La curaduría del demente puede ser testamentaria, legítima o dativa…” El Art. 481 establece las personas que pueda la provocar, las mismas personas que puedan provocar al disipador, esto son los cónyuges, y por cualquiera de sus consanguíneos hasta cuarto grado, por sus padres hijos y hermanos. El Art.- Art. 482. Del Ibídem.- “…El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón…” “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del Derecho Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito Ecuador, 2006, p. 248).- El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada…”.El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, QuitoEcuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”.Doctrina Jurídica Extranjera: Para el insigne tratadista chileno, Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421).-SEXTO.- En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes…”.- El Art.332 numeral 5 del Cogep, se ha tramitado la presente causa en la fase de conciliación, por no existir ningún tipo de oposición de las partes, en la fase de conciliación las parte, acogiendo los pronunciamientos de los peritos médicos y psicológicos quienes en la parte de la conclusión reconocer que es un paciente de 65 años de edad, con una discapacidad intelectual de 52 por cientos, por lo que se determina un retraso mental leve.- Criterio Psicológico; manifiesta: Las esferas congnitivas y volitivas están alteradas, por lo tanto están limitadas en la capacidad de tomar discusiones trascendentes con respecto al ámbito laborar, efectiva, patrimonial, y de su propia salud. Las habilidades adaptativas sobre ocio y tiempo están restringidas. La interdicción desde punto vista psicológico es recomendable. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo, amén de su cuidado personal, de su recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones. La interdicción constituye, en esencia, una garantía para el incapaz, porque podría quedar desprotegido si no se le proporcionara la protección jurídica necesaria a través de la intervención de los jueces, quienes tienen la potestad de apreciar los elementos incorporados a la causa y de pronunciarse sobre la capacidad o incapacidad de las personas.SEPTIMO. COSIDERACIONES.-Una vez analizado las conclusiones de los facultativos como son médico, psicólogo, y habiendo analizado de forma personal a la demandada de conformidad con el Art.482 del Código Civil, el mismo que una vez formulado algunas preguntas por la suscrita se ha respondido de forma no adecuado, demostrando hacer un esfuerzo pero sin voluntad suficiente o iniciativa propia, por lo que queda claro, que el demando no está en la capacidad de tomar discusiones propias para su bienestar, en consecuencia en aplicación de los determinado en el Art. Art. 64.1 y Art.169 de la Constitución de la República, y el Art. 332.5, Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, en correlación con los artículo Art. 464, 478, 481, 482 y 484 del Código Civil, en concordancia con el Art.398 del Ibídem, en concomitancia con el Principios Constitucionales de seguridad Jurídica Artículos 23, 25, 27 y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, y de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, Art. 10, 23, la suscrita Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos Por lo expuesto ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPUBLICAS, Se declara la Interdicción definitiva del ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY y se nombra curador general a su cónyuge señora BALCAZAR MELIDA VICTORIA, con cédula de ciudadanía No. 1707048599. La inscripción y notificación. Con fundamento en el Art. 468 del Código Civil, Art. 27 de la Ley de Registro, inscríbase el presente fallo en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad de este cantón; y, notifíquese al público por un periódico del cantón Lago Agrio y por carteles que se fijarán en tres al menos de los parajes más frecuentados de esta ciudad de Nueva Loja, expresando que el señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY, de estado civil casado, con cédula de ciudadanía No.070092185-1, de 66 años cinco meses de edad, contados a la fecha que se falla, ciudadana ecuatoriana, domiciliada en la calle Jorge Añazco y Vilcamba en esta ciudad de Nueva Loja, no tiene la libre administración de sus bienes; hecho que sea, incorporen al proceso la publicación e inscripción. Ejecutoriado que se encuentre esta sentencia, confiéranse copias certificadas necesarias para que se cumpla con lo estatuido en el Art. 10 número 23 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, a fin de que este fallo sea asentado en el Registro Personal Único del señor ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY, debiendo los accionantes dejar constancia en autos del cumplimiento de este requisito. Ejecutoriado que se encuentre esta sentencia, la Curador General designado la señora BALCAZAR MELIDA VICTO-
RIA, hecho que sea confiérase copias certificadas suficientes para que los protocolice en una de las Notarías del país y les sirva de habilitante en sus gestiones y administración posterior. Dada la naturaleza de la curaduría se le exime que rinda fianza. No ha lugar a fijar indemnizaciones, intereses y/o costas en la presente causa. Actué la abogada Gladys Solarte en calidad de secretario legalmente de esta Judicatura. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE TOAPANTA GUANOQUIZA MARÍA CUSTODIA JUEZA En Lago Agrio, martes diecisiete de septiembre del dos mil diecinueve, a partir de las dieciséis horas y trina y tres minutos, mediante boletas judiciales notifíquese a la RESOLUCIÓN que antecede a: BALCAZAR MELIDA VICTORIA en la casilla nº 68 y correo electrónico arturocalvap@hotmail. com, en el casillero electornico nº 0701216541 del Dr./Ab. ARTURO ANCELMO CALVA PRECIADO. ORELLANA PINEDA ALFREDO BENJAMÍN en la casilla Nº 17 y correo electrónico josenicadrosanchez1954@yahoo.com , en el casillero electrónico Nº 0904934379 del Dr./Ab. JOSÉ NICANOR SÁNCHEZ VILLAVICENCIO. No se notifica a ORELLANA PINEDA ALCIDES ELOY, ORELLANA PINEDA LUIS BENITO POR NO HABER SEÑALADO CASILLA. Certifico: GLADYS JANETH SOLARTE SERNA SECRETARIA U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- RAZÓN: Siento como tal, que la sentencia que antecede dentro del juicio de interdicción seguido por; BALCÁZAR MELIDA VICTORIA, se encuentra legalmente ejecutoriado por el ministerio de la Ley, Lo certifico.- Nueva Loja 24 septiembre del 2019 a las 13h00. Ab. Gladys Janeth Solarte SECRETARIA F: 6693 1/1 4706
R.E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: JACINTA ALEJANDRA CAPELO MORA con C.C. (0501008296), SEBASTIAN DE JESUS QUEZADA QUESADA con C.C. (0500302864) y HECTOR SEBASTIAN QUESADA CAPELO con C.C. (1500738016) ACTOR: AB. LEYTON ADRIAN URVINA OCAMPO, PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SAN FRANCISCO LTDA”. JUICIO: EJECUTIVO NÚMERO: 15301-2019-00068 ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO Tena, jueves 22 de agosto del 2019, las 12h14, VISTOS: Se dispone: 1) Incorpórese al proceso el escrito presentado por el Ab. Urivina Ocampo Leyton Adrian, con los adjuntos que acompaña, en tal virtud; de conformidad a lo que dispone el Art. 30 del COGEP, tómese en cuenta la Procuración Judicial otorgada por el Ing. Estuardo Riquelme Paredes López, en su calidad de Gerente y Representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “SAN FRANCISCO LTDA”; a favor de Urvina Ocampo Leyton Adrián; proveyendo: 2) Adjúntese los oficios remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en la que indica que los señores CAPELO MORA JACINTA ALEJANDRA portadora de la cédula de ciudadanía No. 0501008296, no registra salida del Ecuador; QUEZADA QUESADA SEBASTIAN DE JESUS portador de la cédula de ciudadanía No. 0500302864, no registran salida del Ecuador. 3) Oficio del Consejo Electoral, consta que el señor HÉCTOR SEBASTIAN QUESADA CAPELO, con cédula de ciudadanía No. 150073801-6; se encuentra empadronada en la parroquia Baeza, cantón Quijos, provincia de Napo y SEBASTIÁN DE JESÚS QUEZADA QUESADA, con cédula de ciudadanía No. 050030286-4; no se encuentra empadronado. 4) Oficios de Servicios de Rentas Internas Dirección Zonal 2; los mismos que obran del proceso. 5) La Resolución Nro. 07-2018 de la Corte Nacional de Justicia; en el Art. 5 dice: “Art. 5.- Cuando del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana conste que la persona que va a ser citada no ha salido del país aun cuando este registrada en un Consulado; o cuando habiendo salido del país no consta registrada en una oficina consular, no se podrá disponer la fijación de carteles. En estos casos el juez o la jueza dispondrá que se la cite en Ecuador mediante publicación por la prensa, previo el juramento previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.”. 6) SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA. - En vista del juramento que hace el Procurador Judicial en el escrito que antecede; de que le es imposible ubicar el domicilio actual de los demandados HÉCTOR SEBASTIAN QUESADA CAPELO portadora de la cédula de ciudadanía No. 150073801-6 y JACINTA ALEJANDRA CAPELO MORA portador de la cédula de ciudadanía No. 0501008296 y SEBASTIAN DE JESUS QUEZADA QUESADA portador de la cédula de ciudadanía No. 050030286-4; se requiere su comparecencia de forma personal a esta Judicatura, diligencia que se señala para el día VIERNES 30 DE AGOSTO DEL 2019, A LAS 10H00, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento, con las formalidades del inciso segundo del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. 7) Cumplida la diligencia, entreguese el EXTRACTO correspondiente y CÍTESE a los señores HÉCTOR SEBASTIAN QUESADA CAPELO, ALEJANDRA CAPELO MORA Y SEBASTIAN DE JESUS QUEZADA QUESADA, por medio de tres publicaciones en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en esta ciudad que tenga cobertura a nivel local o proceda conforme al Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo. 8) Actúe como secretario el Ab. Sebastián Cajas Moya.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE . Ab. Sebastian Cajas SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO TELF. 062998-900 EXT. 63001 3/3 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: PRESUNTOS HEREDEROS DEL EXTINTO QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ GREFA CERDA DARÍO ALEJANDRO ACTOR: Pedro Humberto Grefa Mamallacta, María Serafina Cerda Alvarado DEMANDADO: Darío Alejandro Grefa Cerda, Domingo Grefa Mamallacta y otros JUICIO: Ordinario ASUNTO: Prescripción Adquisitiva de Dominio No.- 15301-2017-00767 CUANTÍA: 7.500, oo USD JUEZ: - DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de: DARIO ALEJANDRO GREFA CERDA, DOMINGO GREFA MAMALLACTA; y a los herederos de los señores JUAN GREFA ANDY Y PASCUAL GREFA MAMALLACTA (…): Al señor Procurador General del Estado mediante atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha; a la Ing. Lourdes Rubio Álvarez, Directora Provincial del MAGAP, Al señor Alcalde y Procuradora Sindica Municipal del cantón Tena, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejeda a la demanda. Inscríbase la demanda en registro de la propiedad del cantón Tena, para este efecto notifíquese a dicho funcionario. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÉTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 24 de abril del 2019, las 08h18, VISTOS: Incorpórese al proceso el escrito presentado por los actores Grefa Mamallacta Pedro Humberto y Cerda Alvarado María Cerafina, de fecha 18 de abril del 2019; proveyendo el mismo dispongo: 1) Revisando el certificado de adjunto se colige que el demandado señor GREFA CERDA DARÍO ALEJANDRO con cédula de ciudadanía número 1500002645, ha fallado el 19 de abril de 2017; con el fin de precautelar el derecho al debido proceso, en especial el derecho a la defensa, mismo que se encuentra garantizado en el artículo 76 numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador; y, aplicando el principio de celeridad consagrado en el Art. 20 del C.O.F.J.; CÍTESE por la prensa, mediante tres publicaciones, tal como dispone el numeral 1 del Art. 56 del COGEP, en el Diario “Independiente”, a los presuntos herederos del extinto quien en vida se llamó GREFA CERDA DARÍO ALEJANDRO con C.C. 1500002645; para el efecto, el actuario de este despacio concederá de forma inmediata el extracto
respectivo.- CÚMPLASE.- NOTIFÍQUESE.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 3/3 Q-3077 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE NAPO QUIJOS-EL CHACO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos presuntos y desconocidos del señor ANGEL MARÍA JIJON RIOS; cuyo extracto es como sigue: ACTORA: CONUMBA MANITIO MARIA ROSA DEMANDADO: ANGEL MARIA JIJON RIOS. JUICIO: Nro. 15123-2019-00248 TRÁMITE: Ordinario OBJETO: Prescripción adquisitiva de demonio. CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Manuel de Jesús Armijos Curipoma AUTO: Quijos, jueves 13 de junio del 2019, las 16h54 VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH-2015-LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014.- suscrita por el Ab. Milton Hidalgo Ruiz, Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, en tal virtud avoco conocimiento de la presente causa y dispongo: 1.- En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la demanda presentada por CONUMBA MANITIO MARIA ROSA la considero de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación a los demandados RICARDO COSHAC JIJON COMUNBA, NADIA VERONICA JIJON CONUMBA Y VIRGINIA ELIZABED JIJON CONUMBA, a través de atento deprecatorio dirigido a una de las Unidades Judiciales de lo Civil de la Provincia de Pichincha, con competencia en el cantón Sangolqui; Se les prevendrá a los demandados, para que el en el término de ley, con prevenciones de rebeldía contesten la demanda. A los herederos presuntos y desconocidos del señor ANGEL MARIA JIJON RIOS y a todas las personas que tengan interés, se los citara a través de la prensa de conformidad a lo establecido en los artículos 56 y 58 del COGEP, para lo cual el señor actuario de esta dependencia realice el extracto correspondiente. 2.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Quijos (Art. 146, inciso quinto COGEP), una vez que se dé cumplimiento con la inscripción se procederá a la citación conforme a la disposición citada. 3.- Cítese a los Representantes Legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quijos, esto es al señor Alcalde y Procurador Síndico, esto de conformidad a lo que dispone la disposición décima del Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) en el domicilio señalado a través del señor citador de esta Unidad Judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. 5.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir sus notificaciones. CÚMPLASE Y CÍTESE.- Dr. Manuel de Jesús Armijos Curipoma, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Napo.- Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines de ley.- Baeza, a diez de julio del año dos mil diecinueve.EL SECRETARIO. Dr. Manuel de Jesús Armijos JUEZ 2/3 Q-3081
PERDIDAS DE PLACAS LAGO AGRIO Yo, FAJARDO QUINTERO ENRIQUE, con C.I. 1201934229, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular INSTITUCIONAL, PLACA N° IT643Y, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6692 (1) S: 4705 Yo, BRAVO ZAMBRANO TRINIDAD, con C.I. 2100074612, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA N° IL142X, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6689 (1) S: 4702 Yo, ELIZALDE RODRÍGUEZ YOFRE ORFILIO, con C.I. 0910101641, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA N° MCG0943, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6688 (1) S: 4701 Yo, PILOZO ZAMBRANO PATRICIA MARIA, con C.I. 2100614037, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA N° IG732L, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6686 (1) S: 4694 Yo, BRAVO CHASPUENGAL ARBEY DAVISON, con C.I. 2100433222, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA N° HH848T, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6685 (1) S: 4698 Yo, PEÑA VILLAMAR DEYSI JACKELINE, con C.I. 2100459961, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA N° PCL7219, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6687 (1) S: 4700 Yo, ALBARRACIN AGUILAR CARLOS BIENVENIDO, con C.I. 0702769647, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida Placa y/o Matricula Vehicular INSTITUCIONAL, PLACA N° IC031Y, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 6694 (1) S: 4707
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El Consejo de la Judicatura y la academia elaboran un proyecto de ley de justicia de paz Redacción Sucumbíos
El Consejo de la Judicatura (CJ), en coordinación con la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador (UCE), organizó el conversatorio “Aportes desde la academia para la construcción de una ley de justicia de paz en el Ecuador”. El programa se realizó el 2 de octubre del 2019 en el paraninfo Che Guevara de la Facultad de Jurisprudencia de la UCE. El objetivo de esta jornada académica fue fortalecer los conocimientos y las competencias de los jueces de paz, así como establecer una comisión para la elaboración y presentación de un proyecto de ley de justicia de paz, que será presentado a la Asamblea Nacional. Durante la inauguración, el vocal
del CJ, doctor Jorge Moreno, destacó la importancia de este método alternativo de solución de controversias. Resaltó que los jueces de paz, con base en el diálogo, se empeñan en que sus comunidades vivan en armonía. De su parte, el rector de la UCE, Fernando Sempértegui, anunció que en las próximas semanas la institución universitaria contará con un centro para resolver conflictos, con el apoyo del Consejo de la Judicatura. De igual modo, agradeció al CJ por tomar en cuenta a la academia en la construcción del proyecto de ley de justicia de paz. Esta acción del CJ se enmarca en su segundo eje de gestión del “Fortalecimiento institucional a través de la capacitación, evaluación y tecnificación de los servidores judiciales”.
La Espoch inicia su nuevo periodo académico
Redacción Orellana
Un total de 171 estudiantes se matriculó en la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (Espoch) en las carreras de ingeniería ambiental, turismo, agronomía y zootecnia. Tania Vargas, coordinadora de la unidad de matriculación, precisó que 47 matriculados están en turismo, 40 para zootecnia, 40 para agronomía y 44 para ingeniería ambiental, “ahora bien, las clases inician el 7 de octubre si es que no pasa nada con el paro, y si hay alguna novedad, por medio de la página web de la Espoch, estaremos comunicando a los estudiantes”, dijo. Alma Guamán, quien había postulado para la carrera de turisP
mo, comentó que no tuvo inconvenientes para logar su objetivo, además fue bien atendida por parte de la coordinadora, “me explicó todo cómo debía hacer para matricularme, y seguí al pie de la letra, doy gracias a dios por haber alcanzado esta postulación, ya que vivo en El Coca y la situación económica no está como para ir a estudiar a otra ciudad, me siento muy contenta de haber adquirido este beneficio”, expresó. Por su parte Sonia Jipa se acercó para averiguar si podía matricular a su hija, a pesar de que postuló 2 veces no le salió el cupo, “me dijeron que iban a hacer lo posible para ayudarme con mi hija, espero tener suerte, ya que vivo en El Coca y salir a estudiar afuera es muy costoso”. P
La Joya de los Sachas 04-10-2019
COMUNICADO DE EXCLUSIÓN La Junta Directiva: de la asociación de servicios de limpieza y mantenimiento Joya de los Sachas “AsoserJoy”, comunica. A las Sras. Gallegos Huanca Carmita Auxiliadora con cédula Nº 2100285754, Solano Rivera Carmen Eulalia con cédula Nº 2200022875, Rodríguez Ocampo Ana Lucia con cédula Nº O201694767, Alvarado Grefa Hugo Darío con cédula Nº 1500607211, Merino Narváez Luz Mery con cédula Nº 2100205182. Que en cesión realizada el día jueves 03 de octubre del 2019, a las 15 horas con ceros minutos en las oficinas de la asociación, en av. Santa Rita y Hoover Alvares, del cantón Joya de los Sachas, dando cumplimiento a la convocatoria realizada el día 20 de septiembre del 2019, la misma que fue publicada por el periódico el independiente, haciendo el llamado a las compañeras antes mencionadas para que asistieran a una reunión, y darles a conocer de sus derechos y obligaciones. Dando como resultado una vez más la inasistencia e irresponsabilidad, actitud con la que demostraron el olvido y deseos de no continuar siendo socias/os. Por tal razón la JUNTA DIRECTIVA en sesión ordinaria, resolvió la exclusión de los 5 compañeros socios, que ante seden en este documento de conformidad con los estatutos y reglamento interno de la asociación “AsoserJoy”. Se les comunica que quedan excluidos las 5 personas perdiendo la calidad de asociados de la Asociación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento Joya de los Sachas “AsoserJoy” Nota.- se les otorga 10 días contados a partir del presente comunicado, para que soliciten por escrito la intención de apelar a junta general de no presentar la solicitud de apelación se dará por finalizado el proceso de exclusión. Atentamente
Darwin Vargas Presidente de AsoserJoy
Ninfa Nuñez Secretaria Q-0000
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SACHAPACHA S.A Francisco de Orellana, El Coca, martes 01 de Octubre del 2019 Se convoca a una reunión de JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SACHAPACHA S.A, programada para el día jueves 17 de Octubre del 2019 a las 13:00 (1 de la tarde), en las oficina de la compañía ubicada en la Av. 9 de Octubre y Rio Cuyabeno (FRENTE A DIPAC), ubicada en la ciudad del Coca, Cantón Francisco de Orellana, Provincia de Orellana. PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA: 1. Constatación del Quórum e instalación de la junta general de accionista a cargo del señor Presidente. 2. Conocimiento y aprobación del balance rectificatorio del año 2012, subido a la SUPERCIAS. 3. Socialización de invitación por parte de la mancomunidad de Francisco de Orellana, para participación de los juegos deportivos de todas las operadoras. 4. Propuesta de trabajo por parte de la administración 2019 – 2021. 5. Multas, sanciones, y destitución para los accionistas de la compañía según el reglamento interno, según los documentos de descargo que reposa en las oficinas de la compañía. 6. Espacio designado para todos los accionistas. 7. Clausura Atentamente Hernán Virgilio Barahona Ocaña PRESIDENTE NOTA: En caso de no haber quórum reglamentario a la hora señalada. La junta general se reunirá en segunda convocatoria para una hora después de la primera convocatoria; luego de la cual se realizara la Junta con el número de accionistas presentes; sus resoluciones serán obligatorias para todos de conformidad al Art. 237 de la Ley de compañías. C-4521
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del 06 octubre 2019 Circulación del 29Circulación de septiembre al al 0512 dede octubre deldel 2019
SALUD AL DÍA
La vacuna para esta enfermedad cuesta menos de un dólar
Recuerde, el sarampión es muy contagioso Aunque existe una vacuna segura y económica, en el 2017 el sarampión causó 110.000 defunciones en todo el mundo, la mayoría entre niños menores de 5 años.
Cifras de los casos Entre el 2000 y el 2017, la vacunación contra el sarampión disminuyó la cifra de defunciones en un 80 por ciento en todo el mundo. En el 2017, alrededor del 85 por ciento de los infantes recibieron una dosis de vacuna contra el sarampión antes de su primer cumpleaños, a través del sistema común de salud, con respecto al 72 por ciento en el año 2000. Se estima que entre el 2000 y el 2017, la vacuna contra el sarampión evitó unos 21,1 millones de muertes, lo que la convierte en una de las mejores inversiones en salud pública.
La vacuna protege al niño o niña de manera segura contra el sarampión. Las campañas de inmunización estatales deben intensificarse para evitar rebrotes.
El sarampión es una enfermedad muy contagiosa y grave causada por un virus. Antes de que la vacuna se introdujera en 1963 y se generalizara su uso, cada 2-3 años se registraban importantes epidemias de sarampión que llegaban a causar cerca de 2 millones de muertes al año. El sarampión es causado por un virus de la familia de los paramixovirus y normalmente se suele transmitir a través del contacto directo y del aire. El virus infecta el tracto respiratorio y se extiende al resto del organismo. Se trata de una enfermedad humana que no afecta a los animales. La intensificación de las actividades de vacunación ha influido de forma decisiva en la reducción de las muertes por sarampión. Se estima que entre el 2000 y el 2017 la vacuna contra el sarampión evitó 21,1 millones de muertes. A nivel mundial, las defunciones por sarampión han descendido un 80 por ciento, pasando de 545.000 en el año 2000 a 110.000 en 2017. Manifestaciones clínicas El primer signo del sarampión suele ser la fiebre alta, que comienza unos 10 a 12 días después de la exposición al virus y dura entre 4 y 7 días. En la fase inicial, el paciente puede presentar rinorrea, tos, ojos llorosos y rojos, y pequeñas manchas blancas en la cara interna de las mejillas. Al cabo de unos 3 días aparece un exantema, generalmente en el rostro y la parte superior del cuello, que va extendiendo, acabando por afectar a las manos y pies. El exantema dura 5 a 6 días, y luego se desvanece. El intervalo entre la exposición al virus y la aparición del exantema oscila entre 7 y 18 días (media de 14 días). La mayoría de las muertes se debe a complicaciones del sarampión,
que son más frecuentes en menores de 5 años y adultos de más de 30 años. Las más graves son la ceguera, la encefalitis (infección acompañada de edema cerebral), la diarrea grave (que puede provocar deshidratación), las infecciones del oído y las infecciones respiratorias graves, como la neumonía. Los casos graves son especialmente frecuentes en niños pequeños malnutridos, y sobre todo en los que no reciben aportes suficientes de vitamina A o cuyo sistema inmunitario se encuentra debilitado por el virus de inmunodeficiencia humana, síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA) u otras enfermedades.
Poblaciones en riesgo Los niños pequeños no vacunados son quienes corren mayor riesgo de sufrir el sarampión y sus complicaciones, entre ellas la muerte. Las mujeres embarazadas sin vacunar también constituyen un importante grupo de riesgo. Sin embargo, puede infectarse cualquier persona que no esté inmunizada (es decir, que no haya sido vacunada y no haya sufrido la enfermedad). El sarampión sigue siendo frecuente en muchos países en desarrollo, sobre todo en algunas zonas de África, Asia. La abrumadora mayoría (más del 95 por ciento) de las muertes se registran en países con bajos ingresos per cápita e infraestructura sanitaria deficiente. Los brotes de sarampión pueden ser especialmente mortales en países que estén sufriendo desastres naturales o conflictos, o recuperándose de ellos. Los daños a la infraestructura sanitaria y a los servicios de salud interrumpen la inmunización sistemática, y el hacinamiento en los campamentos de refugiados y desplazados inter-
nos aumenta mucho el riesgo de infección. Transmisión El virus del sarampión es muy contagioso y se propaga por la tos y los estornudos, el contacto personal íntimo o el contacto directo con secreciones nasales o faríngeas infectadas. El virus presente en el aire o sobre superficies infectadas sigue siendo activo y contagioso durante periodos de hasta 2 horas, y puede ser transmitido por un individuo infectado desde 4 días antes hasta 4 días después de la aparición del exantema. El sarampión puede producir epidemias que causan muchas muertes, especialmente entre los niños pequeños malnutridos. En países donde el sarampión ha sido prácticamente eliminado, los casos importados de otros países siguen siendo una importante fuente de infección. Tratamiento No existe ningún tratamiento antiviral específico contra el virus del sarampión. Las complicaciones graves del sarampión pueden reducirse con un tratamiento de apoyo que garantice una buena nutrición, una ingesta suficiente de líquidos y el tratamiento de la deshidratación con las soluciones de rehidratación oral recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reponer los líquidos y otros elementos esenciales que se pierdan con la diarrea o los vómitos. Se deben prescribir antibióticos para tratar la neumonía y las infecciones de los oídos y los ojos. Todos los niños y niñas diagnosticados de sarampión deben recibir 2 dosis de suplementos de vitamina A con un intervalo de 24 horas entre ambas. Este tratamiento es
eficaz para restaurar los niveles de vitamina A, que durante la enfermedad suelen ser bajos incluso en los niños bien nutridos, y puede ayudar a prevenir las lesiones oculares y la ceguera. Además, se ha demostrado que los suplementos de vitamina A también reducen la mortalidad por sarampión.
la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión. De la cifra estimada de 20,8 millones de lactantes no vacunados sistemáticamente con al menos una dosis de la vacuna contra el sarampión en 2017, aproximadamente 8,1 millones se encontraban en 3 países: India, Nigeria y Pakistán.
Prevención La vacunación sistemática de los niños contra el sarampión, combinada con campañas de inmunización masiva en países con elevada incidencia y mortalidad son estrategias de salud pública fundamentales para reducir la mortalidad mundial por sarampión. La vacuna contra el sarampión, que se viene utilizando desde hace más de 50 años, es segura, eficaz y barata. Inmunizar a un niño contra el sarampión cuesta aproximadamente menos de un dólar. La vacuna contra el sarampión suele juntarse con las vacunas contra la rubéola y/o la parotiditis. Su eficacia es similar si se administra aisladamente como si se combina con estas vacunas. Añadir la vacuna contra la rubéola a la vacuna contra el sarampión no supone más que un pequeño incremento en el costo y permite compartir los gastos de vacunación y administración. En 2017, aproximadamente un 85 por ciento de la población infantil mundial recibió a través de los servicios de salud habituales una dosis de vacuna contra el sarampión antes de cumplir un año de vida. En el 2000, ese porcentaje fue del 72 por ciento. Para garantizar la inmunidad y prevenir posibles brotes, se recomiendan 2 dosis de la vacuna, puesto que aproximadamente un 15 por ciento de los niños no adquieren inmunidad con la primera dosis. En el 2017, el 67 por ciento de los niños recibieron
Respuesta de la OMS En 2010, la asamblea mundial de la salud estableció 3 hitos en el camino hacia la erradicación del sarampión que deberían lograrse en 2015: aumentar la cobertura sistemática con la primera dosis de la vacuna con componente antisarampionoso en más de un 90 por ciento o más a nivel nacional y en más de un 80 por ciento o más a nivel distrital; reducir y mantener la incidencia anual del sarampión en menos de 5 casos por millón; y reducir la mortalidad estimada del sarampión en más de un 95 por ciento con respecto a las estimaciones de 2000. Iniciativa sarampión y rubéola (ISR) La ISR, presentada en 2001, es una iniciativa mundial encabezada por la Cruz Roja de los Estados Unidos de América, la Fundación pro Naciones Unidas, los centros para el control y la prevención de enfermedades (CDC) de los Estados Unidos de América, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y la OMS. La ISR se ha comprometido a lograr que ningún niño muera de sarampión o nazca con síndrome de rubéola congénita. Ayudamos a los países a planificar, financiar y medir los esfuerzos dirigidos a terminar definitivamente con el sarampión y la rubéola. Fuente: www.who.int
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COMUNIDAD
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COCINA AMAZÓNICA
Pollo
INGREDIENTES: 1libra de Pollo troceado 6 dientes de Ajo 0.75gr. de Cerveza Aceite de oliva virgen extra Sal Pimienta negra Romero al gusto Tomillo al gusto
al ajillo con cerveza
PREPARACIÓN: En primer lugar, tendrás que pelar y cortar en láminas todos los dientes de ajo. Si lo prefieres, también existe la posibilidad de conseguir un resultado similar aplastando los dientes de ajo con un cuchillo o con la mano. Salpimentamos las piezas de pollo mientras se van cocinando los ajos. Ten mucho cuidado de que no se te quemen. Calentamos bastante aceite en una sartén grande, añadimos los dientes de ajo sin pelar y los freímos. Cuando los ajos estén listos, los retiramos y los reservamos. En esa misma sartén, con el aceite con el que se ha hecho el ajo, echamos los trozos de pollo. Buscamos que quede la piel crujiente y el interior más tierno, sin llegar a secarse, por lo tanto, vamos a elegir una intensidad media del fuego. Cuando esté listo, retiramos el pollo (escurrimos todo el aceite que puedas) y lo volcamos en una cazuela con los ajos ya dorados y la cerveza. Añadimos las hierbas al gusto. Dejamos que todo se cocine a fuego lento para que la cerveza reduzca y los sabores se intensifiquen. Después de media hora, aproximadamente, ya lo tendremos listo para servir. Una vez terminada la cocción, déjalo reposar un ratito y mientras puedes preparar la guarnición que más te guste. Lo ideal serían unas patatas asadas o fritas aunque unas verduritas salteadas le van fenomenal.
PASATIEMPO
www.hola.com
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Redacción Orellana
Qué opina sobre las nuevas medidas económicas o
paquetazo del gobierno nacional, conocidas el 1 de octubre Víctor Mero
Abogado libre ejercicio
En realidad, me siento sumamente sorprendido e indignado con estas medidas económicas enviadas por el presidente de la República a la nación, esto es un asalto al bolsillo del pueblo ecuatoriano, cómo es posible que este gobierno tome una decisión tajante en destruir la economía popular por seguir las órdenes del Fondo Monetario Internacional (FMI). No le importa la seguridad jurídica de su pueblo, debemos ver que quienes pagan los platos rotos son los policías, quienes son utilizados como carne de cañón, desgraciadamente mucha gente desconoce que
Soldador
Las medidas económicas o paquetazo, como todos ahora conocemos, dadas el martes 1 de octubre por el presidente de la República, son demasiado drásticas. El caso de la gasolina y el diésel, les han subido demasiado el valor, dicen que, siendo subsidiados, el Estado gasta muchos millones de dólares en sostenerlos, pero tampoco debe pagar el pueblo esa falencia. Le digo al presidente de la República que se
Andrea Segura
Propietaria de un comedor
Ingeniero civil
Mariano Cornejo
Yasmani Sánchez
esmere más en recuperar lo que otros gobiernos se han llevado y creo que alcanza lo suficiente para solventar el subsidio a los combustibles y no matarnos de hambre. A este ritmo no sé hasta dónde vamos a parar; cuando suben los combustibles todos los productos de consumo suben porque todo se transporta a través de vehículos que son movilizados con diésel o gasolina y los sueldos no suben.
No sé a dónde iremos a llegar con estas medidas económicas, suben los combustibles y los productos de primera necesidad son los primeros en subir, en mi negocio todo se está volviendo un caos, estoy gastando el doble de lo que antes gastaba para elaborar las comidas y el precio para la venta de los almuerzos no los puedo subir porque nadie me compra. Yo califico este tipo de medidas como una traición a la patria, a quienes están en el poder no les importa aplicar cualquier medida económica porque como
Las medidas económicas que ha tomado el gobierno nacional creo que están fuera de un contexto humanitario que pueda ayudar a salir de la crisis, lo que está haciendo el gobierno es ahondar la crisis, cómo puede ser posible que se apliquen estas medidas cuando se perdona a la banca privada 4.500 millones de dólares, esa es la plata que estamos necesitando para salir de esta crisis. Se hacen 10.000 despidos de empleados públicos y ya anunciaron que van a hacer 10.000 más, ¿qué va a hacer esa gente?, ¿dónde está esa gente?; entonces las medidas tomadas actualmente, sobre todo eliminar el subsidio a los combustibles, es totalmente fuera de lugar porque no se han analizado las variables principales para poder contrarrestar
el policía es un ciudadano más, un ser humano que merece respeto y es utilizado por malos mandatarios para mandar a matar y hacerse matar en esta clase de conflictos por sus malas decisiones. Todos los ciudadanos estamos indignados, quienes viven en las ciudades grandes y les toca coger 2 o más buses, se les complica porque los pasajes son los primeros que suben con el alza de los combustibles, es muy triste y caótico, me da pena con estas medidas, porque el único perjudicado es nuestro pueblo.
ellos tienen sus grandes sueldos, no sienten nada, quienes en realidad sufrimos, somos los de clase baja, que no contamos con un sueldo fijo, nosotros estamos a la espera de que nos caiga un cliente a comprar nuestros productos, si no, no tenemos o no ganamos nada. El presidente de la República debería ser más sensible con el pueblo, puede pedirles a sus asesores que busquen otro tipo de medidas que no afecten a los pobres.
Jorge Toala
las consecuencias de la eliminación de los subsidios. El pequeño productor va a tener que subir el precio a sus productos, porque todo va a subir y prácticamente nos va a llevar a una debacle nacional, no podemos permitir esto, porque no es el momento propicio, porque no se han analizado soluciones de otras variables. Hay gente que está de acuerdo con estas medidas y dicen que tenemos que agachar el hombro, pero esas personas tienen su empleo, un sueldo fijo bien alto, pero ¿qué pasa con la gente que no tiene empleo en Ecuador? No hay posibilidad de empleo, al contrario, están fomentando el desempleo en el país.
Dirigente transportista
No estoy de acuerdo con estas medidas económicas enviadas por el gobierno nacional, me parecen muy fuertes, muy drásticas, han subido el valor de los combustibles demasiado, todo sube, los productos de primera necesidad una vez que suben, no bajan. Los pasajes en los transportes públicos también suben, y para quienes tenemos 3 y 4 hijos en las escuelas resulta demasiado
duro conseguirles para el gasto diario. No sé qué está pasando con este gobierno, ¿será que no tienen buenos asesores? Que les hagan ver en el error que han caído, porque aquí, el perjudicado es el pueblo, el que tiene dinero come y el que no, que vea comer, así dice muy claro un refrán, pero esa no es la solución, deben buscar una forma de arreglar estas medidas.
Circulación del 06 al 12 de octubre del 2019
acontecimientos
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En Orellana, con el paro nacional también rechazaron las medidas económicas impuestas por el gobierno En Francisco de Orellana, el paro nacional contra el gasolinazo se desarrolló el 3 de octubre sin disturbios desde las 09h00. En distintas calles de El Coca fue carrada la circulación de vehículos por parte de los transportistas. Hasta el cierre de esta edición (4 de octubre) estaban cerradas las vías de acceso a la ciudad. Los uniformados de la policía nacional mantuvieron el orden, por eso no se ha registrado ningún tipo de desmanes.
La esquina de la avenida Napo y Vicente Rocafuerte, fue cerrada por los taxistas en horas de la mañana hasta pasado el medio día.
El puente del río Payamino, sitio estratégico para el tráfico, fue cerrado por buses y taxis en la mañana del 3 de octubre.
La vía El Coca-Lago Agrio también estuvo cerrada por los manifestantes para evitar el ingreso de todo tipo de vehículos.
El 3 de octubre, en el sector central de El Coca reinó la paralización de los transportistas y pueblo que rechazaron el paquetazo económico.
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COMUNIDAD
Transporte de Sucumbíos se indigna
y paraliza por las medidas económicas del gobierno
Redacción Sucumbíos
Desde la mañana del jueves 3 de octubre, el transporte de Sucumbíos, en todas sus modalidades, resolvió paralizar sus actividades en protesta por las medidas económicas del presidente Lenin Moreno, de subir el precio de los combustibles en un 123 por ciento. La sede de la cooperativa de taxis Lago Agrio fue el lugar de encuentro de la dirigencia del transporte en general: conductores de taxis, transporte turístico, urbano y pesado de la provincia. Las resoluciones definitivas fueron de: “unirse al paro nacional decretado por la Federación Nacional de Transporte; y, la exigencia al gobierno, para que se retire o elimine el decreto ejecutivo 883, que quita el subsidio a los combustibles”. Mientras tanto, en las calles adjuntas al sitio de la reunión, calle Venezuela y avenida del Chofer, estaban estacionadas centenares de unidades de las operadoras de taxis de Nueva Loja. Narciso Orellana, presidente de la Unión de Taxis de Sucumbíos, dijo que el diálogo fue permanente con el gobierno y los 24 presidentes de las uniones de taxis del país, en la que le hicieron notar que el servicio de taxis es uno de los pilares fundamentales del país “y que le hemos apostado al diálogo”. Han pasado 10 meses y no hemos tenido una sola respuesta, respecto al subsidio de los combustibles; hemos sido burlados por el gobierno nacional, con sus diferentes ministerios y ahora nos dan un paquetazo más, dijo Orellana. En lugar de darnos solución como nos prometieron, más bien nos meten la mano al bolsillo, con estas medidas. En ese sentido, pidió unidad al gremio del transporte; no es el momento de afectar a nuestros usuarios, sino es el momento de unirnos y reclamar nuestros derechos que por ley nos corresponde; “desde hoy nos instalamos en una voz de resistencia”. Son 10 años de farra y más de 500 sabatinas, que ahora debe pagar el pueblo, concluyó. Luis Chuquimarca, presidente de la Unión de Transporte Pe-
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gritos de apoyo al paro, de la ciudadanía eran evidente. Entradas a la ciudad bloqueadas En las calles Circunvalación y Quito, decenas de taxis se apostaron a lo largo de la avenida Quito para impedir la salida y entrada a la ciudad; en la Circunvalación, junto al parque El Transportista, 2 retroexcavadoras bloqueaban la vía; pero no se vio ningún tipo de protestas ni acciones de los conductores o ciudadanía. En la tarde y noche del 3 de octubre, un reducido grupo de trabajadores, de organizaciones sindicales de Lago Agrio, realizó una ligera marcha hasta llegar a la avenida 12 de Febrero y Quito, donde con la quemada de llantas y protestas contra el paquetazo del gobierno, presentaron su protesta y rechazo, de las que dijeron que exigirán al gobierno, las retire. Con el Estado de excepción, emitido por el gobierno, diversas actividades fueron suspendidas: las festividades de la parroquia Gonzalo Pizarro; la fiesta del pueblo afro, en Lago Agrio; la entrega de kits escolares, por parte del Municipio de Lago Agrio, entre otras.
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sado, se quejó ya que, aparte que esta modalidad trabaja en calidad de tercerizados, las empresas grandes monopolizan el servicio en las provincias, es el caso de Petroamazonas, dijo; porque ahora tienen ya diferentes modalidades de vehículos; ellos tienen vehículos pequeños, camionetas, buses y todo en transporte de carga y maquinaria; ya no nos necesitan, señaló. Dada la coyuntura de las medidas y el descontento, Chuquimarca dijo que es el momento de unificar al transporte y por tanto, estaban en permanente contacto con las federaciones nacionales del transporte para seguir liderando las protestas. Explicó que en la mañana estuvo en diálogos con
la gobernadora Marcela Torres, a quien le explicó que no podía comprometerse a nada, mientras no haya una reunión formal y en conjunto con el transporte; de ahí sacaremos nuestras resoluciones y daremos a conocer a la ciudadanía; “no es que solo se perjudica al transporte, nos están perjudicando al ciudadano común, que transita el día a día”, subrayó el directivo. Dirigentes del transporte urbano, del transporte turístico y más, dieron su criterio respecto al paro y todos expresaron su respaldo a la dirigencia en las medidas y resoluciones que se tomen. Acciones en el terminal terrestre
En el terminal terrestre de Nueva Loja, las acciones para impedir la salida de unidades del transporte interprovincial y circulación de taxis, ya se habían tomado. Decenas de conductores impedían la entrada a la terminal y a los que estaban en su interior, les exigían abandonar los estacionamientos. Afuera, un conductor de taxi que llegó a la terminal fue obligado a salir, después de bajarle el aire a 2 neumáticos de su vehículo, mientas que unidades grandes bloqueaban la entrada en cada esquina de llegada al terminal. La presencia del alcalde Abraham Freire fue para dialogar con el personal administrativo, con el fin de que se maneje de la mejor forma la situación. Los
Ciudad desolada El viernes 4 de octubre, la ciudad permaneció desolada, salvo algunos vehículos particulares que iban de un lugar a otro. El terminal terrestre también estaba despejado de vehículos en su interior como en las calles que lo rodean. En la sala de espera de la terminal, unas 3 decenas de ciudadanos venezolanos permanecían con sus grandes maletas; algunos de ellos se recostaron en las bancas para descansar. Las mototaxis, que diariamente se ubican en el centro de la ciudad, salieron a realizar recorridos, ofreciendo sus servicios; la terminal terrestre fue un lugar apropiado para llevar venezolanos hacia el centro de la urbe. Los almacenes del centro de la ciudad cerraron sus puertas desde que una marcha de trabajadores obligó a sus propietarios a cerrar sus locales.