![](https://assets.isu.pub/document-structure/220926155343-c118fe7c81e05e3bc8c91b7ae2d56083/v1/7866b47d3a39878da2167f60cfa82706.jpeg)
![](https://assets.isu.pub/document-structure/220926155343-c118fe7c81e05e3bc8c91b7ae2d56083/v1/fd29a0b6c0a48fa41d79268411160c89.jpeg)
![](https://assets.isu.pub/document-structure/220926155343-c118fe7c81e05e3bc8c91b7ae2d56083/v1/5bbb57fa89502ce9cd583dbfdd4dc4fa.jpeg)
![](https://assets.isu.pub/document-structure/220926155343-c118fe7c81e05e3bc8c91b7ae2d56083/v1/228b785814806746a477cd706a670989.jpeg)
![](https://assets.isu.pub/document-structure/220926155343-c118fe7c81e05e3bc8c91b7ae2d56083/v1/619f5c494ac7851c53680b71c1e8e2b4.jpeg)
El asesinato de María Belén Bernal, ejecutado posiblemente por su esposo teniente, en la Es cuela Superior de Policía, es un hecho que no tiene nombre, y que provoca indignación en todo el país. Doloroso ver la destrucción de una familia, nada ni nadie po drá calmar ese dolor, porque Ma ría Belén, nunca más volverá a ser parte de este sitio terrenal.
No hay justificativo racional para que alguien grotescamente tenga el derecho de atentar con tra la vida de un ser humano. Es repudiable que un policía haya coartado la vida de su esposa, a quien frente a un altar le había ofrecido amor eterno y cuidarle, no lo cumplió y le asesinó; pre senciamos el deterioro de los va lores que rompen el tejido social con actitudes inhumanas.
Al otro lado, es meritorio re conocer la lucha valiente de Eli zabeth Otavalo madre de María Belén, que no descansó hasta en contrar el cuerpo de su hija, nunca se habría imaginado que fuese en esas circunstancias; con lágrimas llevará hasta la sepultura el cuer po sin vida, que, sin perdonar a su
asesino, irá a descansar en paz.
Quien más sufrirá será su tierno hijo, porque le negaron la opor tunidad de abrazar y de crecer junto al ser más cercano que era su madre. Familiares, amigos y más cercanos deben estar atentos para ayudar a soportar semejante tragedia y apoyar para que pueda levantarse y enfrentar a la vida.
Para la familia de María Be lén, se vienen días críticos, deben estar pendientes a que las inves tigaciones del asesinato no dejen cabos sueltos, vigilar para que el proceso no se estanque en el tiempo, deben presionar a quien corresponda para que se apliquen la justicia al culpable y la muerte no quede en la impunidad. No es taría por demás exigir que la insti
tución policial o el propio Estado responda por sus deudos.
Por los hechos suscitados, al interior de la Policía y la Escue la Superior, a más de cambiar a quienes dirigen estas instancias, deben efectuar una reestructu ración integral y urgente en lo administrativo, lo académico, e inculcar a los cadetes el valor de la solidaridad, porque antes de respetar una jerarquía y cumplir órdenes, deben velar por la vida de los demás, acción que nadie fue capaz de realizar aquella no che fatídica.
Hoy la Policía Nacional tie ne varios retos: encontrar lo más antes posible al teniente Germán Cáceres; agrupar a todos quienes por omisión, negligencia o espíri tu de cuerpo no actuaron para sal var una vida, a todos ellos deben ponerlos a órdenes de la justicia. Tienen la obligación de levantar la imagen institucional muy veni da a menos en los últimos tiem pos. Además, deben aclarar a la opinión pública ciertas denuncias, de que en un centro donde se for man los futuros oficiales, existi rían espacios para la diversión.
Fundadores 1997
Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota
Director - Fundador: Galo Guevara
Director - Editor: Salvador Usca
Presidente: Leonardo Sánchez
Vicepresidente: Enrique Quintero
Gerente: Gladys Granda
Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo
Responsable: Luz Guamán
Corresponsal: Carlos Moreta Barrio Juan Montalvo, Calle Honduras entre calle México y Pa raguay atrás al Centro de Atención Ciudadana
Contacto: 062362680 0989404851 • 0997103969
PASTAZA Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870
Responsable: Michell Alvarado Seis de Diciembre y Guayaquil Contacto: 062806246 0997103969 • 098 622 2039
NAPO Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870
QUITO
Por: Carlos Moreta La Constitución del Ecuador, en su artículo 18 señala: Todas las personas en forma individual o colectiva tienen derecho a: 1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, con textualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acon tecimientos y procesos de interés general y con responsabilidad ulterior. 2. Acceder libremente a la información generada en enti dades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información, excepto en los casos expresamen te establecidos en la ley. En caso de violación a Derechos Huma nos, ninguna entidad pública ne gará la información.
Si por algo es conocido, el Ecuador cuenta con una Constitu ción muy teórica. Pero quienes la hacen teórica a la Constitución no
es ella por sí misma, sino nosotros los ciudadanos cuando omitimos la importancia de practicarla y regir nos a esta.
Actualmente, la atención en algunas instituciones públicas es tan hermético que hablar con un funcionario público adquiere una complejidad absurda, hay que in gresar oficios que serán respon didos en algunos días, porque ese “servidor” debe ser autorizado desde afuera para así hablar con un discurso que le permita seguir trabajando en esa dependencia. Ese accionar que pareciera irriso rio está alejando cada vez más a la ciudadanía de gozar un país segu ro. Paradójicamente, estas prácti cas de comunicación (asesoradas por los departamentos de comu nicación) son importadas desde el extranjero en países que hicieron este modelo el ideal para que las empresas amurallen el acceso a la información, entonces se contra pone en esencia al artículo 18.
La aplicación de este artículo 18, si todos lo hiciéramos permiti rá encontrar verdaderos servidores públicos, despolitizar las institu ciones que se deben a la ciudada nía, las obras se ejecutarían con mayor fluidez, con los análisis correctos se escucharían grandes ideas que tiene la ciudadanía, los problemas sociales fueran atendi dos a tiempo antes que el enfermo padezca más o se empobrezcan los pueblos.
La realidad actual es que el Estado no les pertenece a los ciu dadanos en la apertura de infor mación, en ese sentido imposible hablar de Estados democráticos. Esa clausura a hablar de cuestio nes públicas podríamos denomi narla secuestro de la información que a su vez fomenta Estados censuradores que hacen que las carteras del Estado con sus dife rentes direcciones funcionen más a una empresa privada que de los ecuatorianos.
Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0992081870 • 0997103969
Cristina Goyes C.
COBERTURA
Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respecti vos cantones y provincias.
IMPRENTA - EDITORIAL
Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.
VENTAS ggranda@periodicoindependiente.com Contacto: 022906827 0992081870
La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.
La Policía Nacional debe apoyar en las investigaciones, sin proteger a unos, ni hundir a otros, la sociedad civil lo exige.
Se busca: El artículo 18 fue secuestrado
Lago Agrio: En su último sondeo (año 2017), el Instituto Nacional de Estadísticas y Cen sos (INEC) sobre embarazos de adolescentes en la provincia de Sucumbíos, señalaron que existe una tasa de 6 mujeres embarazadas por cada 1000 habitantes entre la edad de 10 a 14 años, colocando a Sucumbíos entre las cuatro provin cias del Ecuador con la tasa más alta. Mientras mujeres en edad de 14 a 19 años, los embarazos tienen una tasa de 80 por cada 1000 ha bitantes.
Lizbeth C, a sus 16 años que dó embarazada cuando cursaba el primer año de bachillerato. En su caso recibió el respaldo de su ma dre y hermana menor. “El emba razo cambió mi vida, yo tuve que aprender a hacer cosas que hacían personas adultas, aparte de los es tudios yo estaba muy pendiente de buscar información de cómo debía cuidarme, los ingresos económicos
pasaron a estar en mi mente”, aña dió Lizbeth.
Durante el mes de septiembre de 2022, el Ministerio de Salud Pública de Sucumbíos realiza el levantamiento de información de mujeres gestantes y madres de niños de 0 a 2 años. Se observó a varias madres adolescentes y mu jeres embarazadas que realizaban la inscripción.
Cinthya Herrera, psicóloga clí nica, describe que las jóvenes em barazadas enfrentan un tema con altas probabilidades de generar cuadros depresivos, ansiedad y es trés postraumático. “Se trata de una persona en plena formación física y mental, que de pronto se enfrenta a un hecho que le demanda madurez y competencia emocional para lo que aún no está preparada”, agregó.
Un estudio en 2020 elaborado por el Fondo de Población de
las Naciones Unidas (UNFPA), en colaboración con Unicef y el Ministerio de Salud Pública, in formó que en los países de ingre sos bajos y medianos, los bebés de madres menores de 20 años se enfrentan a un riesgo de 50%
superior de mortalidad prenatal o de morir en las primeras se manas de vida, en comparación con los bebés de mujeres de 20 a 29 años. Cuanto más joven sea la madre, mayor es el riesgo para el bebé.
El Día Mundial de Prevención del Embarazo en Adolescentes se celebra el 26 de septiembre. La conmemoración de esta fecha pretende crear conciencia a cerca de la prevención del embarazo no planificado, así como dar importancia a esta etapa clave en la vida y para el desarrollo de las personas.
Lago Agrio: Desde el inicio de clases presenciales el 6 de septiembre de 2022, el Gobierno Autónomo Descentralizado Muni cipal de Lago Agrio (GADMLA) entregó kits escolares (compuesto por mochilas y útiles) son benefi ciados aproximadamente 10.000 estudiantes de las unidades educa tivas fiscales.
Los materiales escolares fueron trazados de acuerdo a la lista de útiles del Ministerio de Educación. Este apoyo se brindó en 2019, pero por la pandemia del Covid-19 se suspendió y en 2022 se retoma di cha entrega.
Desde el municipio de Lago Agrio, señalan que en este pro
yecto se invierte 480.000 dólares aproximadamente y consideran que contribuye a alivianar la carga eco nómica que atraviesan los padres de familia todos los años en esta época.
A más de útiles escolares entregarán sillas y pupitres
El alcalde Abraham Freire Paz, informó que son 167 instituciones educativas las que se beneficiarán de esta entrega; adicional a esto, otros 56 establecimientos recibirán sillas y pupitres.
Lucía Cedeño, madre de familia en la Unidad Educativa Napo, co mentó que el aporte de la lista de útiles le permite hacer un ahorro y podrá comprar los demás útiles que necesita su niña para cursar el año lectivo 2022-2023.
» El embarazo adolescente no planificado impacta en el desarrollo emocional de las mujeres.La renuncia de Cristina Falconí se produce en pleno proceso electoral. Edwin Lozada, de inmediato ocupó la vacante.
Lago Agrio: A través de una rueda de prensa emitida el pasado 19 de septiembre de 2022, Cristina Falconí, renunció al cargo de direc tora de la Delegación Elec toral de Sucumbíos, fun ción que ejerció desde mayo del año 2022.
En el acto, Falconí dio a conocer que tomó la decisión
de renunciar al cargo por no ceder a opciones y presiones de los dife rentes actores políticos (no precisó quienes).
Difícil laborar en medio de ten dencias políticas marcadas
La sorpresiva renuncia se dio en el contexto del proceso elec toral, justo cuando faltaba un día para el cierre de inscripción de candidaturas (20 septiembre 2022). Además, señaló que servi dores de CNE Sucumbíos tienen
tendencias políticas marcadas que complican la labor de la ins titución.
“En un proceso político todos quieren ganar y muchos de ellos no están preparados para una de rrota”, sentencio Falconí.
El pleno del Consejo Nacional Electoral con 1 abstención y 4 vo tos a favor aceptó la renuncia de Cristina Falconí y designó a Edwin Lozada, como delegado Provincial del CNE Sucumbíos.
Redacción NAPOEl Reventador: El pasa do 21 de septiembre de 2022, Darío Herrera, Ministro de Transporte y Obras Públicas (MTOP), recorrió la vía Bae za–Lago Agrio, sector Piedra Fina–El Reventador, con la finalidad de dialogar con los habitantes del sector e inspec cionar lo que queda de la vía, luego de la destrucción por la erosión del río Coca.
La llegada del secretario de Es tado fue un compromiso anterior expuesto ante la ciudadanía, asam bleístas, alcaldes de la Amazonía, para plantear soluciones definiti vas, ejecutar de inmediato y devol ver la conectividad segura entre las provincias de Napo, Sucumbíos y sectores aledaños.
Al sector de San Luis, el minis tro Herrera, llegó acompañado por Alirio Grefa, gobernador de Napo; Javier Chávez, alcalde de El Cha co; coronel Enrique Morales, del Cuerpo de Ingenieros del Ejército; asambleístas Washington Varela, de la provincia de Napo; Comps Córdova y Augusto Guamán de Su
cumbíos, en una reunión improvi sada escucharon todas las inquietu des que expusieron los moradores.
El Ministro anunció que a par tir del jueves 22 de septiembre de 2022, empleando la maquinaria disponible, iniciarán la ejecución de una variante de 9 kilómetros de vía por la parte alta, a cargo del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Ecuato riano, con una inversión de 25 mi llones de dólares en un tiempo de diez meses aproximadamente.
Paralela a esta intervención se creó una comisión técnica, encabezada por Andrés Pino, vi ceministro de Infraestructura del Transporte, para dar seguimien to a la ejecución de la obra y determinar la posibilidad de un paso emergente como segunda opción.
En una de sus intervenciones, el ministro Herrera, ratificó que el Gobierno Nacional va cumpliendo los compromisos con soluciones definitivas, con responsabilidad social y técnica para brindar segu ridad a los usuarios que transitan de Quito a Lago Agrio.
De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-08-2020; CONVOCO a los socios de la Liga Básica Barrial “EL CHACO”, a la Asamblea General Extraordinaria, que se llevará a cabo el día 10 de octubre del 2022, a las 17H00, en la Liga cantonal ubicada en las calles 13 de Junio y 13 de Enero, de la ciudad de El Chaco, donde se tratará el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.
2. Elección del Directorio de la Liga Básica Barrial “EL CHACO”, para el periodo 2022 – 2026.
3. Toma de Juramento, posesión y acepta ción del nuevo directorio.
4. Clausura.
Lic. Maximiliano Chimbo PRESIDENTE PROVINCIAL LIGAS PARROQUIALES de comunidad de
El Chaco, 24 de septiembre del 2022.
La variante construirá el Cuerpo de Ingenieros del Ejército» Cristina Falconí estuvo al frente del CNESucumbíos desde mayo del 2022. » Reunido con la ciudadanía, el ministro Darío Herrera ofreció solucionar la necesidad víal que padecen los habitantes del sector.
Al parecer la convocatoria a la protesta fue una disposición am plia a cumplir en varias ciudades del país, fue por la desaparición de María Belén Bernal. En Puyo, la tarde del 19 de septiembre de 2022, frente a las instalaciones de la Policía Nacional en el centro de la ciudad, un grupo de mujeres del colectivo «Mujeres Caminantes», cumplieron un plantón por aproxi
madamente 2 horas.
Noemo Andi, dirigente de la mujer de la Confenaie, pidió al Estado que ofrezca garantías para la vida de las mujeres. Igualmen te, la ex fiscal Jessica Delgado, manifestó. “Ya no debe existir más víctimas de violencia come tida por autoridades, no hay con fianza de que la Policía nos cui de”, refirió.
Luego de 10 días de que perma neciera desaparecida, el pasado 21 de septiembre de 2022, la Fiscalía General, Policía Nacional y uni dades de apoyo, localizaran en el cerro Casitagua, el cuerpo sin vida de la abogada María Belén Ber nal (+). Desde el presidente de la República y los mandos policiales anunciaron que el femicidio perpe trado por un miembro de la Policía no quedará impune.
María Belén Bernal, de 34 años,
SUCUMBÍOSel pasado 11 de septiembre a las 00:45, había ingresado a las insta laciones de la Escuela Superior de Policía al norte de Quito, para visi tar a su esposo, el teniente Germán Cáceres. En la garita del recinto se registró su ingreso, pero no había constancia de que haya salido. An tes y despues de encontrar el cuerpo de la abogada, en varias partes del país se dieron reacciones por parte de ciudadanía, expresaron muestras de respaldo a la familia de María Belén, exigieron justicia y rechaza ban a la Policía Nacional.
Luchar para que las mujeres re tornen sanas y salvas a sus hoga res, exigir claridad de los hechos suscitados en el caso de María Be lén Bernal, fueron algunos de los motivos que les condujo a las mu jeres del colectivo Observatorio Ciudadano de Napo a efectuar un plantón el pasado 19 de septiembre de 2022 en la ciudad de Tena, fren te a las instalaciones de la Policía Nro. 15 Napo.
Lucia Rodríguez, una de las per sonas que lideró la actividad, pidió al presidente de la República que tome acciones urgentes, ya que la ciudadanía necesita vivir en un ambiente de paz. “Lamento que la Policía esté cuestionada por al gunos elementos que no cumplen
su trabajo y dañan a la institución (…) Vamos a estar pendientes de que los malos elementos involu crado en el caso de María Belén salgan de la institución”, indicó Rodríguez.
Antes de culminar el plantón, un miembro de la Policía Nacional, por pedido de los manifestantes, tomó el micrófono para emitir un pronunciamiento. “Nos sentimos impotentes y también clamamos por justicia, porque están manci llando el nombre de la institución (…) Tengan por seguro que vamos a esclarecer el caso y todos cono cerán la verdad de los hechos y los culpables serán puestos a órdenes de las autoridades de justicia”, anunció el oficial.
El pasado 19 de septiembre de 2022, cerca de 25 mujeres se agru paron frente a las instalaciones de la Policía Judicial de Sucumbíos (Avenida Quito y Calle Manabí) para protestar por la desaparición de María Belén Bernal y exigir tanto a la Fiscalía como a la misma Policía Nacional claridad en las in vestigaciones.
Las mujeres protestantes, grita ron consignas de rechazo en contra de la Policía Nacional. “La Policía
no me cuida, me cuidan mis ami gas; el que no salta es chapa; cóm plices, cómplices”, gritaron a viva voz. El texto de una de las pancartas que portaban decía: “El único cuer po equivocado, es el de Policía”.
Un total de nueve policías, entre ellos, cinco mujeres y cuatro hom bres, resguardaban la parte exte rior del edificio, para evitar desma nes en los 40 minutos que duró el plantón y anunciaron que volverán a las calles para exigir justicia.
» El cuerpo sin vida de María Belén Bernal (+), se encontró sin vida en el cerro Casitagua, a 4 kilómetros de la Escuela Superior de Policía. » Las mujeres en Lago Agrio salieron a la calle para exigir justicia por todas las mujeres ultrajadas. » Integrantes del colectivo «Mujeres Caminantes», en el plantón rechazaron a la Policía Nacional. » En la puerta de ingreso a las instalaciones de Policía Nacional en Tena, protestantes exigieron justicia por la desaparición de María Bernal.venes, adultas y adultos mayores, hechos perpetrados por ser mujer o por ser indígenas.
Redacción NAPOTena: Representantes de dife rentes gremios van aportando con insumos para reformar la ordenan za encaminada a prevenir la vio lencia de género en la provincia de Napo. Se evidencia una situación alarmante, ya que un 60% de mu jeres han sufrido alguna situación de violencia.
En los primeros encuentros han analizado varias aristas basándo se en la encuesta realizada por la Fundación TANDEM, donde la mentan que en la Amazonía haya un denominador común, la casi permanente vulneración de los de rechos de niñas, adolescentes, jó
Patricia Rivadeneyra, presiden ta de la Comisión de Género del Municipio de Tena, hace énfasis en señalar que para esta reforma han creado la propuesta basada en el proyecto de Ordenamiento Territorial, con la finalidad de que exista el Plan Cantonal y su Or denanza con su respectivo presu puesto. “Hoy estamos en proceso de reformas y se quiere cumplir con la aprobación para atender las diversas necesidades y mejorar las condiciones de vida de las mujeres de Tena y sus parroquias”, anunció Rivadeneyra.
Propósitos: prevención y reparación a las víctimas de violencia
Quienes impulsan las refor mas, tienen la aspiración de dis poner de una Ordenanza Canto nal para Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres, que se afine dentro la política pública y se pueda cumplir lo que dispo ne la Ley Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, creada en fe brero del 2018, cuyos propósito están enmarcados en ejes de pre vención, atención, protección y reparación a las víctimas de vio lencia.
Gabriel, de la Fundación TAN DEM, manifestó que esta activi dad es parte del Proyecto “Ciu dades para Mujeres” que lo han implementado en Pelileo, Machala
y Tena, con los Gobiernos munici pales de estos tres cantones y con el respaldo del Observatorio Ciu dadano a la Aplicación de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Lilia Vaca, directora de la Uni dad Educativa José Peláez, soli citó más acciones de prevención en las unidades educativas, por que es muy importante socializar con el estudiantado los temas de prevención y atención en casos de que se presente algún tipo de violencia.
fueran físicos”, agregó Quintana.
Para conseguir la facturación electrónica, el usuario debe adjun tar algunos requisitos: Firma elec trónica, clave del servicio de rentas internas (la misma con la cual hace cualquier declaración actualmen te), utilizar el programa gratuito (alojado en la página Web del SRI) para la emisión de comprobantes electrónicos.
El Coca: El director del Ser vicio de Rentas Internas (SRI) en la provincia de Orellana, Daniel Quintana, nos comentó a cerca de los procesos de facturación elec trónica. “Todas las personas na turales y jurídicas que no tengan negocios populares deberán em pezar a emitir facturas electrónicas
desde el 30 de noviembre 2022”, anunció.
El funcionario considera que la medida a ser aplicada en todo el país tiene ventajas como. “Es la conservación del medio ambien te, seguridad de la información, puesto que en una nube (espacio en internet que aloja archivos) se respaldan los documentos que ha bitualmente la gente hace perder si
Si el contribuyente no ha soli citado la autorización para emitir facturas electrónicas, desde el 30 de noviembre de 2022, sus fac turas físicas no serán válidas. Al emitirlas corre el riesgo de usar facturas caducadas y no autori zadas, con lo que incurre en una ilegalidad.
Cuando resta pocos meses para la aplicación del nuevo sistema de facturación, las autoridades inten sifican charlas y capacitaciones a la ciudadanía, puesto que es irre versible el cambio a facturación electrónica.
De conformidad con lo establecido en el Art. 231 numeral 2 y 4 Art. 236, de la Ley de Compañías, en concordancia con lo dispuesto en el Capítulo 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, Artículos 1 y 6 del Referido Reglamento. Se convoca a todos los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES FRANCISCO DE ORELLANA TRANSFRANSA SOCIEDAD ANÓNIMA a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a efecto el día Miércoles 28 de Septiembre del 2022, a partir de las 10:00 (DIEZ DE LA MAÑANA), la misma que se tratarán los siguientes puntos en el Orden del Día:
1. Constatación del Quorum
2. Instalación de la Junta General de Accio nistas a cargo del SR RUALES VICENTE Presidente de la Compañía.
3. Información y socialización de oficio pre sentado por petición de los compañeros que conforman el grupo uno de las comu nidades Rurales.
4. Aprobación del acta presente.
5. CLAUSURA.
SERVIR CON LEALTAD Y DISCIPLINA
Fco. de Orellana, lunes 19 de septiembre
El motivo para plantear reformas a la ordenanza, es debido al alto número de afectadas y para disminuir actos de violencia de todo tipo.
La ciudadanía deberá contar con internet para poder realizar la facturación electrónica.» Propósito de las mujeres, evitar ser víctimas de todo tipo de violencia. » La firma electrónica es el primer requisito para conseguir la nueva forma de facturación.
Fue la primera vez que el torneo se disputaba en África, superando al país anfitrión en la elección pre via a Egipto y Marruecos.
Entre el 11 de junio y el 11 de julio de ese año.
64 partidos. 145 goles (2,3 por partido). Goleador: Thomas Mü ller (Alemania) con 5 goles.
Grupo A: Uruguay, México, Sudáfrica, Francia. Grupo B: Ar gentina, Corea del Sur, Grecia, Nigeria. Grupo C: Estados Uni dos, Inglaterra, Eslovenia, Argelia. Grupo D: Alemania, Ghana, Aus tralia, Serbia. Grupo E: Países Ba
jos, Japón, Dinamarca, Camerún. Grupo F: Paraguay, Eslovaquia, Nueva Zelanda Italia. Grupo G: Brasil, Portugal, Costa de Marfil, Corea del Norte. Grupo H: España. Chile, Suiza, Honduras.
Ciudad del Cabo (Green Point), Polokwane (Peter Mokaba), Bloemfontein (Free State), Puerto Elizabeth (Nelson Mandela Bay), Durban (Moses Mabhida), Nels pruit (Mbombela), Pretoria (Lotus Versfeld), Rustenburg (Royal Ba fokeng), Johannesburgo (Soccer City, Ellis Park).
España quedó como primero del grupo 4 tras ser derrotada 0-1 por Suiza y lograr la victoria ante Hon duras por 2-0 y 1-2 contra Chile. Se enfrentó a Portugal en octavos
derrotándola por 1-0. En Cuartos de final venció a la selección Gua raní 1-0. En semifinales superó a Alemania 1-0, con gol de cabeza de Puyol. En la gran final alcanzó el título tras derrotar en la prórroga a Países Bajos, con gol de Andrés Iniesta, al minuto 117.
Los callejones de 2010:
Las vuvuzelas, cornetas plásti cas utilizadas por los hinchas su dafricanos, se transformaron en el ruido de fondo de toda la compe tencia. Para esta Copa del Mundo, 74 jugadores se nacionalizaron o naturalizaron para poder jugar.
Carlos Morla Guamán, oriundo de Lago Agrio a sus 34 años, de cidió organizar un equipo infantil denominado «Cebollitas» en ho nor y recuerdo a la famosa serie de futbol sala argentina del mismo nombre. “El coordinador de CON FA en Sucumbíos, Johnny Uvidia me comentó de un torneo infantil y
me motivé”, comentó Morla.
El equipo de la categoría sub 11, a cargo de Morla, participa en el torneo Baby Fútbol “No es una es cuela de fútbol, está integrado por niños desertores de otras escuelas o que no tienen el recurso para pa gar una escuela de futbol”. “Es un espacio creado para niños de bajos recursos, niños que deseen diver tirse, un grupo de amigos. El tema
de uniformes, inscripción y garan tías fue gestionado con familiares y empresas ambientales”, comple mentó Morla.
Muy motivado, expresó. “Los niños cada día esperan con gusto la hora del entrenamiento y los pa dres están supercontentos, ellos así no haya campeonatos, desean que sigan entrenando. En mi equipo hay niños que en otros equipos les hacían bullyng”.
Respecto a los padres que acom pañan a observar los partidos, Morla complementó. “Yo no quie ro que de arriba estén gritando y dirigiendo cuando hay un técnico, yo me equivoque así, hablé con ellos y hacen barra y alientan”.
Su entrenador mencionó que le ha tocado enseñarle desde lo que es parar la bola. “A veces me toca hacer de psicólogo y explicarles a los niños que hay que seguir,
enfocarse en divertirse, no entrar en conflicto con los otros niños. El objetivo era participar y ya se cumplió”, añadió.
En su equipo todos tienen sus 5, 10 minutos, todos juegan. “El niño se da cuenta, en el primer par tido cometí el error de ingresar a un niño al campo y el árbitro pitó el final del partido, entonces al si guiente partido lo ubiqué de titular y estaba contento”, agregó Carlos.
Morla enfatizó que las personas se animen a apoyar iniciativas de proyectos deportivos, en especial deberían apoyar los que llegaron a ser futbolistas profesionales. Ade más, el técnico invitó a quienes sa can los torneos barriales a que orga nicen torneos sub 11 y de inferiores.
El equipo tiene mes y medio en trenando, está integrado por 14 ju gadores, dos de siete años, uno de 9 años y el resto entre 10 y 11 años.
» España se consagró campeón tras demostrar un juego vistoso.(FDP), lograron una destacada participación en el Campeonato Nacional Juvenil Sub-20 y se nior, realizado en la Ciudad de Guayaquil.
Con aceptable participación ob tuvieron resultados positivos, la deportista de Pastaza Thaily Álva rez, ganó 3 medallas de plata en la categoría juvenil y 3 medallas de plata en la categoría senior, en la división de 49 kilogramos.
Varios jóvenes deportistas oriun dos de la provincia de Orellana, en la disciplina de levantamiento de pesas ganaron varias medallas de oro y plata, fue una excelente par ticipación en el evento deportivo desarrollado el pasado fin de sema na en la ciudad de Guayaquil, de donde trajeron excelentes triunfos.
El pasado fin de semana los deportistas seleccionados de la disciplina de levantamiento de pesas que pertenecen a la Fe deración Deportiva de Pastaza
P
Igualmente el otro deportis ta oriundo de Pastaza, Renny Vargas, logrgó dos medallas de bronce, en la categoría juvenil división 61 kilogramos. Milena Castillo, fue quinta en la cate goría juvenil, división 45 kilo gramos.
Dirigentes, familiares y compa ñeros, colmaron de felicitaciones al entrenador Roberto Heras y a los destacados deportistas juve niles.
La competencia se desarrolló en la Perla del Pacífico con motivo del Campeonato Nacional Juvenil y Absoluto Unificado de Pesas.
Jerson Montaño: Una medalla de oro, dos de plata y una de bronce Darío Arroyo: Tres medallas de oro división 89kg. Absoluto Nikolay Alomia: Tres medallas de oro división 109kg. Juvenil Luis Rosero: Una medalla de oro, dos de plata división más de 109kg. Juvenil Dixon Arroyo: Tres de oro, más de 109kg. Absoluta.
Club Deportivo básico barrial “Peñarol Sachence” convoca a una sesión de asamblea general extraordinaria, la misma que se llevara a efecto el día 12 de Octubre del 2022 a las 19H00 en la sede del club; la misma que se tratara el siguiente orden del día:
1. Constatación de Quorum
2. Instalación de la sesión
3. Elección y posesión del nuevo di rectorio del club deportivo básico barrial “Peñarol Sachence” para el periodo administrativo 2022 –2026.
4. Clausura.
En espera de contar con vuestra presencia y puntualidad anticipo mis sinceros administrativas de la compañía, en la Av. Unidad Nacional s/n y Pablo Milanés en el barrio las Vegas de la ciudad de Shushufindi; a fin de tratar y resolver el siguiente orden del día:
Sr. Ángel Hernández
PRESIDENTE
NOTA: La asamblea se instalará con la presencia de los socios de por lo menos la mitad más uno, en caso de segunda con vocatoria podrá sesionar con el número de asistentes presentes al momento.
Según lo dispuesto en el capítulo I, articulo 17 del estatuto vigente. A T I
El sábado 10 de septiembre del 2022, el Club Jaime Hurtado ven ció 1 a 0 a Lago Agrio Sporting de la parroquia Santa Cecilia. Esto por la categoría senior masculina de fútbol.
El encuentro disputado en la cancha de la parroquia Santa Ce cilia se desequilibró a favor de Jai me Hurtado, cuando Luis Morán
(número 10) a los tres minutos del primer suplemento consiguió el gol, la fanaticada se lleno de júbi lo. Hasta el escenario deportivo se dieron cita más de 200 personas. Familiares, amigos y residentes del sector gozaron de una tarde deportiva.
Con esto los dos conjuntos, al igual que el tercero Real Sucum bíos y el cuarto Sporting Juvenil, acceden al torneo cantonal barrial.
Cabe mencionar que para respaldo de la Convocatoria se receptó en oficina el oficio firmado por los nueve accionistas y en la Junta se deben aprobar los puntos a tratar en base al artículo 237 de la Ley de Compañías.
Atentamente, oficio fecha septiembre año el cual solicitan una junta
» Segunda en el pudium, Thaily Álvarez, exhibe las 6 medallas de plata que ganó en Guayaquil. » Nikolay Alomia, impuso su categoría y consiguió 3 medallas de oro en división 109kg. Juvenil. » El conjunto amarillo festeja la consecución del título senior fútbol masculino 2022.R del E.
DIRECIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AIM BIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLOGICA.
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA, PROVENIENTE DE UN ESTERO SIN NOMBRE, QUE PASA POR LA COMUNIDAD FLOR DEL PANTANO, PER TENECIENTE A LA PARROQUIA SAN CARLOS, CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVIN CIA DE ORELLANA, COORDENADAS UTM, DATUM WGS 84 UTM 18 SUR =E 293172 - N 9951096.
EXTRACTO
ACTOR: Abg. HUGO FERNANDO AGUILAR LO ZANO, GERENTE GENERAL DE LA EP-PETRO ECUADOR.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso y Aprovechamiento del Agua, proveniente de un estero sin nombre que pasa por la comunidad Flor del Pantano, en un caudal total de 5 ,00l/s, destinados para consumo humano en campamen tos y actividades hidrocarburiferas, trabajos de perforación de pozos petroleros, en la plataforma Sacha 490.
EXPEDIENTE No. MAATE-DZ8-O-2022-0051-AA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.-Te na, 19 de septiembre del año 2022.- Las 09H38.Expediente No. MAATE-DZ8.O-2022-0051-A.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente expe diente, en mi calidad de Director Zonal 8 del Minis terio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0002 de fecha 10 de enero del 2022 y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovecha miento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA. y lo dispuesto en el punto 1.4.1 li teral uu) del Estatuto Orgánico de Gestión Organi zacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización, de uso y aprovechamiento del agua, para consumo humano en campamentos y activi dades hidrocarburiferas, (perforación de pozos pe troleros), presentada por el Abg. Oswaldo Salazar Andrade, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguilar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR, la misma que es cla ra, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua, cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determi na el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recur sos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con e} Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia San Carlos, cantón La Joya de los Sachas, pro vincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fi jos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña. 4.- Se da por legitimada la intervención del Abg. Oswaldo Salazar Andrade, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguilar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 28 del Palacio de Justicia de la ciudad de Francisco de Orellana y los co rreos electrónicos Cesar.Abad@eppetroecuador. ec Oswaldo.Salazar@eppetroecuador.ec Juan. Toledo@eppetroecuador.ec Nadia.martinez@ eppetroecuador.ec para efecto de posteriores notificaciones. Así como la Autorización que les confieren a los Doctores. Juan Francisco Toledo, Cesar Abad y al Abg. Oswaldo Salazar, para que de forma individual o conjunta presenten los escri tos que fueren necesarios a favor de la autoriza ción solicitada. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTI FÍQUESE...f).Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana, Director Zonal 8 Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes. Dr. Marcos Ochoa SECRETARIO-DZ8 1/3 Q-3747
R del E.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓ
GICA
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y
DESCONOCIDOS DEL AGUA, PROVENIENTE DEL RIO SUNO QUE PASA POR EL BARRIO NUESTRA SEÑORA DE LORETO, PERTENE CIENTE A LA PARROQUIA LORETO, CANTÓN LORETO, PROVINCIA DB ORELLANA, COOR DENADAS UTM, DATUM WGS 84 UTM 18 SUR = X 0.6942440 Y 77.3185700.
EXTRACTO
ACTOR: Sra. MAYRA XIMENA ORTIZ CALVA CHE.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Aprovechamiento del Agua, proveniente del río Suno, en el barrio Nuestra Señora de Loreto, per teneciente a la parroquia Loreto, cantón Loreto, provincia de Orellana, el área utilizada será de 87.25 metros de longitud, para actividades turís ticas, (balneología).
EXPEDIENTE No. MAATE-DZ8-O-2022-0098AA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MNISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. -Tena, 12 de septiembre del año 2022.- IOH17.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2022-0098-AA.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente ex pediente, en mi calidad de Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecoló gica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0002 de fecha 10 de enero del 2022 y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA y lo dispuesto en el punto 1.4.1 literal uu) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización, para el Aprovechamien to del Agua, en actividades turísticas, (balneario), presentada por la señora Mayra Ximena Ortiz Calvache, en calidad de gerente propietario del balneario denominado “Choza de Rider”, la mis ma que es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trá mite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua, cuya autorización ge solicita, por la prensa, me diante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprove chamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Loreto, perteneciente al cantón Lo reto, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Jefe Político del cantón antes mencionado, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 3.- Oportunamente se designará el perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado, 4.- Agréguese al proce so el escrito y documentación que acompaña. 5.- Téngase en cuenta el correo electrónico tris tegaviota@hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones, Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTI FÍQUESE...f) .Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana, Director Zonal 8 Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes. Dr. Marcos Ochoa SECRETARIO-DZ8 2/3 Q-3739
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCI
DOS DE LOS EXTINTOS DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA DOMINGO AGUINDA HUA TATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GRE FA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSÉ AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA
ACTOR: BALLADARES SUNTASIG LUIS EMILIA NO, TIGSE SUNTASIG CARMEN DOLORES
DEMANDADO: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA DOMINGO AGUINDA HUATATOCA Y OTROS
JUICIO: ORDINARIO
ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO CAUSA NO.- 153012021-00425
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO Tena, martes 7 de sep tiembre del 2021, las 11h25, VISTOS. - PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordina
rio, establecido en el artículo 289 del Código Orgá nico General de Procesos. SEGUNDO. - CÍTESE A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamarón: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA AGUINDAGREFA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GRE FA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA, a quienes se los citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el conte nido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspondiente, de conformidad con lo que seña la el Art. 56.1 y 58 del COGEP, previniéndoles que tienen la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico.- TERCERO: CONTESTA CIÓN.-Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días, concordantemente con lo dis puesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la de manda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguien tes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electró nico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Ju dicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, si tuación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Pro piedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón Tena, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- SEXTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado de fensor.- Actúe, como secretario el Abogado Carlos Cajas Moya. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. UNI DAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, jueves 19 de mayo del 2022, las 15h36, VISTOS: En lo principal: 1.- Por mandato del numeral 1, literales a) y b) del nume ral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como de los numerales 1, 2 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; a la suscrita como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha martes 7 de septiembre del 2021, las 11h25, ya que por un lapsus calami se ha hecho constar en su numeral 2.2 lo siguiente: 2.2 ) 2.2 ) CÍTESE A los herederos presuntos y desco nocidos de quien en vida se llamarón: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA AGUINDAGREFA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUIN DA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA, a quienes se los citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el contenido de este auto, para lo cual remí tase el extracto correspondiente, de conformidad con lo que señala el Art. 56.1 y 58 del COGEP, previniéndoles que tienen la obligación de seña lar casillero judicial y correo electrónico. Cuan do lo correcto es: 2.2 ) CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamarón: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTU RA DOMINGO AGUINDA HUATATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GRE FA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA, a quienes se los citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el conte nido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspondiente, de conformidad con lo que seña la el Art. 56.1 y 58 del COGEP, previniéndoles que
tienen la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico. 2. En todo lo demás, las partes procesales estén a lo dispuesto en el auto que se convalida. NOTIFÍQUESE.-
Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 Q-3740
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS
CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesa les recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD / MATERNI
DAD, en contra de los presuntos herederos desco nocidos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: PIZARRO DE SANTIS FLOR ALBALILA
DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS JUICIO NRO: 21201-2022-00521
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD / MATERNIDAD
TRAMITE: ORDINARIO
JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMI LIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LA DEMANDA: FLOR ALBALI
LA PIZARRO DE SANTIS, en calidad de madre y representante legal del menor GERALDINE DA YANA PIZARRO DE SANTIN, ante su autoridad propongo demanda de declaratoria de paternidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos.- El ac cionado con la presente acción judicial responde a los nombres de ANGEL GUSTAVO BARRAGAN PUENTE, padre de LUIS ALBERTO BARRAGAN ZAPATA, Al señor ANGEL GUSTAVO BARRAGAN PUENTE, a quien se la citará en los términos re feridos en el Art. 54 del Código Orgánico General de Procesos en su lugar de trabajo ubicado el re cinto Patria Nueva de la parroquia General Farfán, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, en el centro poblado. Para el cumplimiento de esta dili gencia su autoridad enviará suficiente comisión al Teniente Político de la parroquia General Farfán, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, en virtud de lo determinado en el Art. 72 del COGEP, También demando a los herederos desconocidos de LUIS ALBERTO BARRAGAN ZAPATA (+) cuya citación se efectuará conforme el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CUARTO: FUNDAMENTOS DE HECHO Y PRETENSION. Yo, hace 12 años aproximadamente tuve una relación amorosa y de convivencia con quien en vida fue LUIS ALBERTO BARRAGAN ZAPATA (+), producto de esa convivencia quedé en estado de embarazo y posterior traje a la vida a mi hija Geral dine Dayana Pizarra De Santis (sin apellido pater no. Más el ciudadano fallecido (padre de mi hija) al momento del nacimiento de mi hija (07-01-2011) no quería darle el apellido a nuestra hija por lo que tuvimos varios percances, pero posterior a eso específicamente a mediados del año 2020 él se comprometió a reconocer el derecho de identidad de mi hija es decir darle el apellido paterno que por ley le corresponde; más sin embargo cuando íbamos a realizar el trámite correspondiente, con fecha 11 de agosto del 2020 perdió la vida por lo que mi hija no pudo recibir el apellido de su pa dre. Por lo expuesto y por cuanto mi hija tiene el derecho a la identidad (reconocimiento de apellido paterno) presento la presente pretensión. QUIN
TO: LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO.- Los fundamentos de derecho de en los que se sostie ne la presente demanda es la norma constitucional prevista en el artículo. 66 numeral 28, en relación con los artículos 252, 255 y 258 del Código Civil, y el libro IV, Título I, Capítulo I en sus artículos 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. SEPTIMO: PRETENSION CLARA Y PRECISA. En sentencia se declare la paternidad del señor LUIS ALBERTO BARRAGAN ZAPATA (+) en relación de mi hija GERALDINE DAYANA PIZARRO DE SANTIS y en tal sentido se oficie al Registro Civil, Identificación y Cedulación para que se proceda a la marginación correspondiente declaración de paternidad. CUANTÍA DE LA DE MANDA.- En razón de la naturaleza de la presente es indeterminada. ESPECIFICACIÓN DEL PRO CEDIMIENTO.- El procedimiento a seguir es el Or dinario. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Uni dad Judicial Familia Mujer Niñez y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos cantón Lago Agrio, conforme los artículos 44, 75, de la Constitución de la República y Artículos: 11, 19, 20, 23, 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial;
al estar legalmente posesionada y en funciones y, previo el sorteo electrónico de Ley, una vez haber dado cumplimiento de lo dispuesto en auto de fecha 03 de agosto del 2022 a las 16h19, avoco conocimiento de la demanda de INVESTIGACION JUDICIAL DE PATERNIDAD presentada por la señora PIZARRO DE SANTIN FLOR ALBALILA en representación de su hija menor GIRALDINE DAYANA PIZARRO DE SANTIS en contra de los abuelos paternos, los señores: ANGEL GUSTAVO BARRAGAN FUENTE y la abuela materna la se ñora ANGELITA EFIGENIA LOMBEIDA ZAPATA en virtud de haber fallecido el padre del menor de nombres BARRAGAN ZAPATA LUIS ALBERTO es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) por lo que se califica y admite a trámite mediante proce dimiento ordinario de conformidad con lo que de termina el Art.289 ibídem. 2.-Cítese a los deman dados señores ANGEL GUSTAVO BARRAGAN FUENTE y la abuela materna la señora ANGELITA EFIGENIA LOMBEIDA ZAPATA en el lugar seña lando en libelo de la demanda mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia General Farfán en el recinto patria nueva, para lo cual en viará toda la documentación necesaria por la ac tuaria.-3.-En virtud del juramento efectuado por la parte actora de no conocer a los posible herederos del difunto BARRAGAN ZAPATA LUIS ALBERTO, a los presuntos herederos desconocidos, se lo ci tará de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código General de Procesos, publicación que se realizará en tres fechas distintas en un periódi co de amplia circulación del lugar, para lo cual la compareciente procederá presentar la declaración de desconocimiento del domicilio de los presun tos herederos bajo juramento.4.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demanda da el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artícu lo 151 y 152 del mismo cuerpo normativo.5.-Los medios probatorios señalados por la parte actora, será sometidos en la audiencia correspondiente a lo dispuesto en el Art. 160 y 161 del COGEP.
Las pruebas periciales. La práctica del examen de ADN con los demandados se dispondrá una vez que los demandados sean citados. - 5.-Agrégue se la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta, la cuantía de la demanda, el casillero judicial y los correos electrónicos seña lados por la actora y la autorización a su abogado patrocinador. Actué la Abogada Gladys Solarte como secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente.
Ab. Gladys Janeth Solarte. SECRETARIO UJFMNALAS 2/3 Q-3737
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesa les recaídas en el presente juicio de AUTORIZA CIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTE Y DE PERSONAS SOMETI
DAS A GUARDA, a los herederos desconocidos cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MARCIA GENOVEVA PEÑAFIEL CER VANTES
DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS
JUICIO NRO: 21201-2022-00547
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: AUTORIZACIÓN DE HIPOTECA DE BIEN DE MENOR
CASILLERO: 64
TRAMITE: VOLUNTARIO
ABOGADO: DR. STALIN ESPINOZA BORJA
JUEZ: DR. FABIÁN TORRES ARMIJOS
SECRETARIA: DRA. RAQUEL LOAYZA OCHOA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SU CUMBÍOS: Yo, MARCIA GENOVEVA PEÑAFIEL
CERVANTES, portadora de la cédula de ciudada nía Nro.- 1202646540 de estado civil viuda, ocu pación comerciante, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliada en esta ciudad de Nueva Loja, barrio Patria Unida, calle Cofanes, entrada al Ejército, de 55 años de edad, con correo electrónico: marcia. penafiel77@hotmail.com, casillero judicial No. 64 de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, comparezco en calidad de representante legal de mi hija MILKA SARAHI TÓMALO PEÑAFIEL. 1.Las generales de Ley son como ya dejo indicados. 2.- HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO: a) De la partida de nacimiento de MILKA SARA
HI TÓMALO PEÑAFIEL, se desprende que soy la madre y representante legal y tiene como padre a quien en vida fue el señor LUIS ALBERTO TÓ MALO ANCHATUNIA, mi hija se encuentra bajo mi cuidado y protección. b). De la partida de defun ción que adjunto, viene a su conocimiento que el padre de mi hija falleció el 19 de mayo de 2014, c). Conforme consta en la Posesión Efectiva ce lebrada ante el Dr. Juan Carlos Pastor Guevara, Notario Primero del cantón Lago Agrio con fecha 28 de mayo del 2014, en la cual consta los bienes dejados por el causante como únicos y universales herederos a mis hijos PEDRO CESAR, MARCIA STEFANIA, GINGER SOLANGE y MILKA SARA HI TÓMALO PEÑAFIEL, de 32,31,26 y 15 años de edad respectivamente y como ex conyugue sobreviviente la señora MARCIA GENOVEVA PEÑAFIEL CERVANTES. d).- Entre uno de los bienes dejados por quien en vida fue el señor LUIS ALBERTO TÓMALO ANCHATUNIA, consta somos legítimos propietarios de un predio urbano signado con el número 11, manzana número 66, sector número 02, zona número 06, ubicado en el Barrio Patria Unida, segunda etapa de la parro quia de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, adquirido por compra venta al go bierno Municipal de Lago Agrio mediante escritura pública celebrada en la Notaria Primea del cantón Lago agrio a cargo del Dr. José María Barrezueta Toledo, el 17 de Abril del 2012 e inscrita el 20 de Abril el mismo año. Los linderos son: NORTE: Con la calle Cofanes, en 14,81 metros; SUR: Con el predio 21 y Pasaje sin nombre, en 14,97 metros. ESTE: Con el predio 10, en 96,55 metros; OES TE: Con los predios 12 y 13, en 95,27 metros. Lo que da una cavidad de 1366,14 metros cuadrados de superficie, d) mi actividad es de comerciante y me dedico a la venta al por mayor y menor de productos de belleza, artículos de uso personal entre otros, actividad que ha permitido brindar los estudios a mis hijos mayores de edad y atender las necesidades de alimentación y educación de mi hija menor edad MILKA SARAHI TOMALO PE ÑAFIEL de 15 años, para el efecto he ido solici tando préstamos en las Instituciones financieras. Por efecto de la PANDEMIA del COVID 19 y varios eventos externos como el Robo de mi mercadería no he podido cumplir a tiempo con mis deudas es por eso que me veo en la imperiosa necesidad de HIPOTECAR el bien inmueble descrito, para cu brir de forma definitiva con las obligaciones pen dientes y así mejorar la situación económica que redundará en beneficio de mi hija menor de edad MILKA SARAHI TOMALO PEÑAFIEL porque lo graré con el producto de la HIPOTECA del referido inmueble continuar velando por su manutención y bienestar. 3.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.Se encuentra establecido en el Art. 297 del Código Civil en concordancia con el Art. 334 numeral 6 del COGEP. 4.- ANUNCIO DE PRUEBA; a) partida de nacimiento de mis hijos. b) certificado de defun ción del progenitor. c) testimonios de los señores: Luz América Tomalo Anchatuña, Diana Graciela Jumbo Sánchez. d). Tablas de amortización de los préstamos obtenidos del Banco Pichincha C.A. y de Banecuador. e). Escritura Pública de Compra venta adquirido por compra venta al gobierno Municipal de Lago Agrio mediante escritura pú blica celebrada en la Notaria Primera del cantón Lago agrio a cargo del Dr. José María Barrezueta Toledo, el 17 de abril del 2012 e inscrita el 20 de abril el mismo año. 5.- PRETENSIÓN.- Deman do para que me conceda la autorización Judicial para proceder en representación mi hija menor de edad MILKA SARAHI TOMALO PEÑAFIEL a hipotecar el bien antes indicado. 6.- La cuantía es indeterminada.- 7.- El procedimiento a seguir es VOLUNTARIO, Art. 334 COGEP. 8.- AUTO DE CA LIFICACIÓN DE LA DEMANDA: VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, al haber sido nombrado me diante acción de personal No. 8533-DNP, Resolu ción No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. La demanda de AUTORIZACIÓN DE HIPOTECA DE BIENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCEN TES Y, PERSONAS SOMETIDAS A GUARDAS, presentado por la señora MARCIA GENOVEVA PEÑAFIEL CERVANTES, en calidad de madre y representante legal de la adolescente MILKA SA RAHI TÓMALO PEÑAFIEL de 15 años de edad, requiriendo se le autorice la hipoteca de los de rechos, acciones y bienes que le corresponden como heredera de su padre quien en vida fue el señor: LUIS ALBERTO TÓMALO ANCHATUNIA, y que pertenecen a sus hijos sobrevivientes PEDRO CESAR, MARCIA STEFANIA, GINGER SOLAN GE y MILKA SARAHI TÓMALO PEÑAFIEL, de 32,31,26 y 15 años de edad respectivamente, la misma que antecede por reunir los requisitos de ley, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 334,
335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Por lo que se dispone: 1.- Una vez que se ha procedido con la diligencia prevista en el Art. 56, cuarto inciso, esto es la parte actora ha declarado bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los posibles herederos desconocidos; con copia de la demanda y esta providencia se cite a los herederos desconocidos a través de uno de los medios de comunicación de conformidad al Art. 56, numeral 1 ibídem; previ niéndoles a los accionados la obligación de seña lar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del COGEP. 2.-Notifíquese a la señora pro fesional trabajadora social de la Oficina Técnica de esta Unidad Judicial, a fin de que la Lcda. Mónica Quiroga realice un estudio tendiente a determinar la necesidad de proceder con la hipoteca de los derechos, acciones y bienes que se especifican en la demanda y presente su informe en el térmi no de quince días; la parte interesada colaborará con la funcionaria en mención a fin de que pueda cumplir con lo dispuesto. 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y domicilio electrónico señalado por la parte actora para recibir notificaciones que le correspondan y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. 4.- Téngase en cuenta su anuncio probatorio, se dispone que los señores Luz América Tómalo Anchatunia, Diana Graciela Jumbo Sánchez, rindan sus testimonios sobre los hechos narrados en la presente demanda según lo solicitado en el día de la audiencia, para el efecto la parte interesada prestará las facilidades para sus comparecencias. 5.- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. Actúe en calidad de secretaria titular de esta Unidad Judi cial, la abogada Raquel Loayza, despacho “C”.CÚMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL 1/3 Q-3749
R del E. DIRECIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLOGICA. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA, PROVENIENTE DEL RÍO SUNO QUE PASA POR EL BARRIO NUESTRA SEÑORA DE LORETO, PERTENE CIENTE A LA PARROQUIA LORETO, CANTÓN LORETO, PROVINCIA DE ORELLANA, COOR DENADAS UTM, DATUM WGS 84 UTM 18 SUR = X 0.6942440 - Y 77.3185700.
ACTOR: Sra. EMIA ANGELA ZURITA CHANGO. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Aprovechamiento del Agua, proveniente del río Suno, en el barrio Nuestra Señora de Loreto, per teneciente a la parroquia Loreto, cantón Loreto, provincia de Orellana, el área utilizada será de 87.25 metros de longitud, para actividades turís ticas, (balneología)
EXPEDIENTE NO MAATE-DZ8-O-2022-0099-AA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. -Tena, 12 de septiembre del año 2022.- 10H55.- Expediente No. MAATE-DZ8-O2022-0099-AA.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente ex pediente, en mi calidad de Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecoló gica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0002 de fecha 10 de enero del 2022 y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo tercero y Art. 107 del Re glamento General a la LORHUyA, y lo dispuesto en el punto 1.4.1 literal uu) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Mi nisterio del Ambiente y Agua. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización, para el Apro vechamiento del Agua, en actividades turísticas, (balneario), presentada por la señora Emia Angela Zurita Chango, en calidad de gerente propietario del balneario denominado “Choza los Coquitos”, la misma que es clara, precisa, completa y reú ne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua, cuya autorización se solicita, por la prensa, me diante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprove chamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense
carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Loreto, perteneciente al cantón Lo reto, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Jefe Político del cantón antes mencionado, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 3.- Oportuna mente se designará el perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 4.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompa ña, 5.- Téngase en cuenta el correo electrónico angiez@hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.. NOTI FÍQUESE...f)...Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana, Director Zonal 8 Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes.
Dr. Marcos Ochoa
SECRETARIO – DZ8 2/3 Q-3741
NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN CASCALES PROVINCIA DE SUCUMBÍOS AVISO DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ENTRE: JOSÉ GUILLERMO HERNÁNDEZ ANDRANGO y MARÍA ROSAURA TATICUAN CASTRO
NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN CASCALES.Septiembre.9 de 2022, siendo las 11h20 am; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 18 de la Ley Notarial, agregando por la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Re gistro Oficial No. 406, de fecha 28 de noviembre del 2006, pongo en conocimiento del público en general, por el término de veinte días, que en esta Notaría, que mediante escritura celebrada ante mí, Abogado Manuel Enrique Barona Pilco – Notario Primero del cantón Cáscales, el nueve de septiem bre del dos mil veintidós, los ex cónyuges JOSÉ GUILLERMO HERNÁNDEZ ANRANGO y MARÍA ROSAURA TATICUAN CASTRO, procedieron a liquidar la sociedad conyugal habida entre los dos, aviso que se efectúa a fin de que las personas que tuvieran interés en la mencionada liquidación puedan oponerse justificadamente dentro del re ferido término. Las adjudicaciones de los bienes patrimoniales materia de la referida liquidación, se encuentran detalladas en la mencionada escritura pública, la misma que puede ser revisada por las personas que justifiquen interés, en las oficinas de esta Notaría, situada en las calles Leopoldo Lucero y Azuay (esquina) de la ciudad. El Dora do de Cáscales, cantón Cáscales, provincia de Sucumbíos.
–
Abg. Enrique Barona Pilco NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN CASCALES 1/1
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACION JUDICIAL
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCI DOS DE LOS EXTINTOS DARIO ALEJANDRO GREFA CERDA; JUAN GREFA ANDY; PASCUAL GREFA MAMALLACTA; MARIANO GREFA AL VARADO; PEDRO JUAN GREFA ALVARADO; DOMINGO GREFA ALVARADO; DOMINGO GRE FA CERDA; DOLORES SUSANA MAMALLACTA CERDA; y, BARBARA ALVARADO MAMALLACTA
ACTOR: PIEDRA AGUIRRE SADI NOHEMI, DEMANDADO: DARIO ALEJANDRO GREFA CERDA; JUAN GREFA ANDY Y OTROS JUICIO: ORDINARIO AUSUNTO: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO CAUSA NO.- 15301-2021 00478
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, martes 14 de diciembre del 2021, las 15h30, VISTOS. En lo principal.-PRIMERO: Por cuanto la demanda pre sentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO. - CÍTESE A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamarón: DA RIO ALEJANDRO GREFA CERDA; JUAN GREFA ANDY; PASCUAL GREFA MAMALLACTA; MA RIANO GREFA ALVARADO; PEDRO JUAN GRE FA ALVARADO; DOMINGO GREFA ALVARADO; DOMINGO GREFA CERDA; DOLORES SUSANA MAMALLACTA CERDA; y, BARBARA ALVARADO MAMALLACTA, a quienes se los citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas dis tintas por la prensa, en uno de los diarios de ma yor circulación nacional con el contenido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspon diente, de conformidad con lo que señala el Art. 56.1 y 58 del COGEP, previniéndoles que tienen la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico.- TERCERO: CONTESTACIÓN.-Con forme lo establecido en el artículo 291 del COGEP
se concede a la parte demandada el término de 30 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial co menzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez califi cada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplica ción de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso , previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo elec trónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Ju dicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, si tuación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Pro piedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón Tena, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- SEXTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado de fensor.- Actúe, como secretario el Abogado Carlos Cajas Moya. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 1/3 Q-3746
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesa les recaídas en el presente JUICIO LABORAL, se procede a citar a la parte demandada, cuyo EX TRACTO es el siguiente:
ACTORA: SÁNCHEZ FIERRO ORLANDO MESIAS
DEMANDADO: MARCO RUFINO URDIALES SUÁREZ, cédula 1710550334, GERENTE GENERAL y Represen tante Legal de empresa VIGILANCIA INDUSTRIAL COMERCIAL VICOSA CÍA. LTDA., con RUC No. 1790102602001.
JUICIO NRO.: 21371-2021-00047
CUANTÍA: $ 10.250,32
CAUSA: LABORAL INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INTEMPESTIVO
TRAMITE: SUMARIO
JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PRO VINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…NARRACIÓN DE LOS HECHOS: Relación Laboral: Presté mis servicios para la em presa VIGILANCIA INDUSTRIAL COMERCIAL VI COSA CÍA. LTDA., con RUC No. 1790102602001; en calidad de Guardia de seguridad en el con sulado de Colombia, ubicado en la vía a Quito y Colombia Ed. Moncada cuarto piso, de la ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, desde el 01 de junio del 2008, hasta el 31 de marzo del 2021.
REMUNERACIÓN: Un sueldo mensual de USD$ (610) SEISCIENTOS DIEZ DÓLARES DE NOR TEAMERICA, el HORARIO DE TRABAJO era de 08:30 A 17:30 de lunes a viernes jornada con una hora de almuerzo, también realizaba labores en reemplazo de la secretaria del consulado de Co lombia, el contrato de trabajo se lo firmo, bajo la denominación de CONTRATO DE TRABAJO ES CRITO. FUNDAMENTOS DE DERECHO: CONS TITUCIÓN DE LA REPÚBLICA: Art. 33, numera les 17 y 23 del Art.66, 172, 325, 326, 327 y 328 CÓDIGO DE TRABAJO en los Arts. 3,4,5,6,69,71 ,79,111,113,184,188,573,575 y 588 CÓDIGO OR GÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP) Arts. 142,143, 144,185, 332 y 333. ANUNCIO ME DIOS DE PRUEBA CON LOS QUE ACREDITAN LOS HECHOS DEMANDADOS: COGEP: Art. 142 num.7, 158, 159, 160, 164, 174, 193, 194. PRUE
BA DOCUMENTAL.- 1.- Contrato de trabajo a pla zo fijo celebrado desde el 01 de junio del 2008. 2.- Nombramiento del Representante- legal de la compañía VIGILANCIA INDUSTRIAL COMER CIAL VICOSA CIA.LTDA, señor MARCO RUFI NO URDIALEZ SUAREZ, con número de cédula 1710550334. 3 Boleta única de Notificación núme ro 600592 de la Inspectoría de trabajo de sucum bíos. 4.- Notificación de Terminación Laboral de forma unilateral. 5.- ROLES DE PAGO de los me ses enero, febrero, marzo y abril del 2021. 6.- Me canizado del IESS. Copias certificadas del trámite signado Boleta única. PRUEBA TESTIMONIAL: De conformidad a los Arts. 161, 162, 174, 177, 178, 187 y 188 del COGEP ACCESO JUDICIAL A LA PRUEBA. PRETENSIONES CLARA Y PRECISA QUE EXIGE: Pago de Indemnización por Despido Intempestivo conforme al Art. 188 del Código de Trabajo, Bonificación por desahucio, conforme Art. 185 del Código de Trabajo, décimo tercer sueldo, Décimo cuarto sueldo. Pago de Vacaciones, pago de interese legales vencidos y pago de costas pro cesales y Honorarios profesionales. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo proveído con ante rioridad y por cuanto la demanda. En lo principal, se considera: UNO.- Incorpórese los documentos aparejados y téngase en cuenta la cuantía de la demanda que interpone por INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INTEMPESTIVO, ORLANDO MESÍAS SÁNCHEZ FIERRO, con cédula N°. 2100187216, se considera clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, se califica y se admite a trámite mediante Procedimiento Sumario. DOS.- 2.1.- En cuanto a la prueba documental y testimonial que se anuncia en la demanda, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161, del COGEP, sobre la admi sibilidad y práctica de prueba en la respectiva Au
diencia Única (en la que de ser admitida por esta Juzgadora se practicará toda la prueba requerida); 2.2.-Solicita Testimonio de testigos, lo cual a tra vés de secretaria notificar a los testigos solicitados conforme al Art. 191 del COGEP., con tres días antes de la audiencia 2.3. Actor solicita acceso judicial, oficiar a dichas instituciones, conforme lo requiere en su numeral 6.3. Tres. Con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto de sustanciación se ordena la citación a la deman dada VIGILANCIA INDUSTRIAL COMERCIAL VI COSA CÍA. LTDA., representada legalmente por el señor MARCO RUFINO URDIALES SUÁREZ, con número de cédula 1710550334, en calidad de Ge rente General, en la dirección: Barrio Quito Tennis, en la calle N.- 39 145 y Av. América de la parroquia Quito, cantón Quito, provincia de pichincha, edifi cio VICOSA. Para que se cumpla esta citación se ordena el respectivo DEPRECATORIO VIRTUAL a uno de los señores Jueces de la Unidad Judi cial de Trabajo con sede en la parroquia Iñaquito del Cantón Quito, Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nue va Loja y que tengan circulación regional. La pu blicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proce so. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el ex
tracto correspondiente. Cuatro.-Se le otorga al de mandado el término dispuesto en la ley (15) días para que conteste la demanda, una vez realizada la citación correspondiente, bajo prevención de lo que establece el Art. 157. Se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la Actuaria de esta Judicatura dejará constancia en el sistema y en el proceso. Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes.
Atentamente; Ab. Mary Elizabeth Pérez Vaca. SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. 3/3 S-5342 en calidad Espejo. Dentro del proceso N.- NA-N L-2022-1920-AAA se ha dispuesto lo siguiente: MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, DIRECCIÓN ZONAL 9 SUCUMBIOS: Sucumbíos, 07 de septiembre del año dos mil veintidós.- Las 09H40.- (Trámite NA-NL-2022-1920-AAA).- VISTOS: Mediante Decreto Ejecutivo NO 1007 de fecha 04 de marzo del 2020 suscrito por el señor Lic. Lenin Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, indica que: Art. l.- Fusiónese el Ministerio del Ambiente y la Se cretaría del Agua en una sola entidad denominada “Ministerio del Ambiente y Agua MAAE. Mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE- 2020-001, de fecha 01 de junio del 2020 el Ministerio del Ambiente y Agua (E) expide las delegaciones de competencias facultades, atribuciones y disposiciones necesarias para la gestión del Ministerio del Ambiente y Agua en el Art. 8 establece. Delegar al/la señor/a Dirección Zonal y al Director/a del Parque Nacional Galápagos, para que a nombre y representación del señor Ministro del Ambiente y Agua y previo cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley y más normativa aplicable, ejerza y ejecute diversas facultades. Con el antecedente expuesto avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal 9, conforme acción de personal No. 0386 de fecha 19 de marzo de 2021.
En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso de Aguas provenientes de las siguientes fuentes hídricas conforme detallo en la siguiente tabla:
PC-O1 Estero Sin Nombre Shushufindi 4 l/s Este (m) 328366.00 Norte (m) 9979051,00 La Pantera
Jefe Político del cantón Shushufindi
PC-02 Estelo Sin Nombre Shushufindi 4 l/s 328252,00 9978925,00 La Pantera Jefe Político del cantón Shushufindi
PC-03 Estero Sin Nombre San Roque 4 l/s 327157,00 9974630,00
PC-04 Estero Sin Nombre San Roque 4 l/s 327752,00 9974413,00
Propiedad Privada Palmeras del Ecuador Teniente Político de la parroquia San Roque
Propiedad Privada Palmeras del Ecuador Teniente Político de la parroquia San Roque
PC-05 Rio Eno Shushufindi 4 l/s 328886,00 9979648,00 La Pantera Jefe Político del cantón Shushufindi
PC-06 Rio La Sur Shushufindi 4 l/s 325444,00 9975 99,00 La Pantera Jefe Político del cantón Shushufindi
PC-07 Rio Shushufindi Shushufindi 4 l/s 327376,00 9977907,00 La Pantera Jefe Político del cantón Shushufindi
Solicitud presentada por la Ing. María Gabriela Moreta, en calidad de Apoderado Especial, conforme Poder Especial de Consorcio Geopark-Frontera Bloque Espejo a favor de la Ing. María Gabriela Moreta. El Consorcio Geopark-Frontera Bloque Espejo se encuentra ubicado en la provincia de Sucumbíos, cantón Shushufindi, parroquias Shushufindi y San Roque, el bloque antes referido requiere la captación de agua para actividades y procesos operativos durante las actividades dentro del Bloque en mención. Se contará con la longitud ne cesaria de línea de 3 para captación de agua desde el punto autorizado hasta el área de perforación, la cual alimentará una motobomba para transportar el fluido. Con el antecedente expuesto la compañía en referencia solicita la autorización de uso y aprovechamiento del recurso hídrico, el mismo que será des tinado para actividades hidrocarburiferas. El plazo de la presente solicitud es de 10 años, en base al Art. 87 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, literal c). La antes referida solicitud es clara, precisa: completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite en consecuencia se dispone: 2.Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, de acuerdo a lo que determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua y conforme a lo preceptuado en el Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en el Art. 108 numeral 3. Además, la fijación de carteles, en tres de los parajes más frecuentados del cantón Shushufindi y la parroquia San Roque, para lo cual se enviará atenta comisión al Sr. Jefe Político y Sr. Teniente Político del cantón y parroquia antes referidas, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 3.- Oportunamente se designará al Analista Técnico del Centro de Atención al Ciudadano 1 para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 4.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña. 5.- Tómese en cuenta el correo electrónico mmoreta@geo-park.com y los números telefónicos 0992762441 - 0994915496 para efecto posteriores notificaciones. - Actué en la pre sente causa la Ab. Yomayra Gaybor en calidad de Analista Jurídica del Centro de Atención al Ciudadano 2.- CÍTESE CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE…f). Abg. Juan Pablo Fajardo, en calidad de Director Zonal 9, Sucumbíos del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Lo que comunico al público para los fines de ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial, en cantón Nueva Loja, para notificaciones posteriores.
Ab. Yomayra Gaybor Analista Jurídica del Centro de Atención al Ciudadano 2
Huérfano de padre a los cinco años y aficionado a la dirigencia barrial, Juan Tasambay Valdez a diario lucha contra las adversidades de la vida.
Lago Agrio: En el año 1985, Juan Tasambay Valdez conoció Lago Agrio y tenía 11 años, en esta ciudad se radicó por un periodo corto y se trasladó a Colombia, retornó y desde hace 12 años tra baja como comerciante ambulante en Lago Agrio. Lo hace de forma ambulante porque considera que trabajar en local requiere mucho capital y con la crisis actual no le resulta pagar el alquiler. Entre los
productos que oferta están: cobi jas, sabanas, forros para colcho nes, entre otros.
El comercio le permitió a Juan tener su casa, a los 11 años, co mentó que empezó con una serie de trabajos: vendía frescos, man darinas y limpiaba zapatos. “Dia riamente recorro las calles y ca minando me encuentro con mucha gente que conozco por mi trabajo, eso me entretiene”, recuerda.
Tasambay, es oriundo de Chim borazo, resaltó que es kichwa y que aprendió a hablar español. Él no duda en agradecer a este pue blo y a esta ciudad. “El ecuatoria no sabe trabajar, trabajamos en la calle y hacemos salir adelante a nuestra familia y pudimos dar el estudio a nuestros hijos”, añadió.
Comentó con nostalgia que a los 5 años quedó huérfano de pa
dre. Ha logrado superar el Covid 19 y le gusta la dirigencia barrial. Actualmente, es presidente de la Liga Barrial Los Andes y duran te 30 años ha estado involucrado en campeonatos de: futbol sala, voleibol, senior, máster 40. “Me da motivación, me entretengo en eso”, comentó. No puede dejar de utilizar su celular que le es útil para cerrar las ventas. “Tengo co nocidos, hay muchos que me lla man”, dijo.
Indica que el sueño, el anhelo de los emprendedores depende de cada persona según su ha bilidad. “Yo tengo la habilidad del negocio, yo soy negociante de ropa, fui de carros. Le podría decir a mucha gente que siga adelante, que valore, Dios me dio esa inteligencia para hacer negocios” acotó, Tasambay es un convencido que a todos nos puede ir bien.
Considerada la mujer más bella del Ecuador, como parte de su agenda llegó a la Amazonía y participó en la celebración del Día del Turismo.
El 27 de septiembre se ce lebra el Día Mundial del Turismo, en la provincia de Pastaza esta conmemoración se adelantó para el 19 de sep tiembre de 2022 y desarrolla ron varias actividades.
El cambio se debió a que justo ese día vi sitaba la Provincia de Pastaza, Nayelhi Alejan dra González Ulloa, Mis Ecuador 2022, una joven de 26 años de edad oriun da de Esmeraldas, quien fue recibida en Puyo por dirigentes de la Cámara de Turismo de Pastaza, en un acto efectuado la mañana del lunes, la Reina recibió elogios y un recuero tallado en madera.
La Mis Ecuador considera que el turismo es la esencia vital que ayuda al desarrollo sostenible de cada habitante de la Amazonía. Calificó a Pastaza como un lugar que está llena de culturas y tradi ciones únicas. “Debemos procu rar desarrollar un turismo natural acorde con el medio ambiente, aquí existe gente amigable y traba jadora”, indicó González.
Durante todo el día lunes, la Rei na huésped acompañada de guías, operadores y dirigentes del área turística, visitaron algunos centros turísticos existentes en Pastaza, re saltó que la Región está bendecida por contar con sitios naturales que deben ser aprovechados para desa rrollar el turismo.
En horas de la noche, dirigentes de la Cámara de Turismo efectua ron un acto social en Puyo, como
reconocimiento a la mujer más be lla del país, también entregaron re conocimientos a personajes que en su tiempo apoyaron a la actividad turística de la provincia.
» Juan Tasambay recorre diariamente Lago Agrio empujando su coche metálico con mercadería y buscando clientes. Mis Ecuador en Puyo Impresión de Mis Ecuador al conocer la cascada de la eterna juventud en Pastaza.