AÑO 20 Edición 956 Circula del 02 al 08 de julio del 2017
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NAPO
Sietes consejos consultivos ya tienen carta de posesión
El 27 de junio, el Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Tena y la Dirección Social del Municipio de Tena, posesionaron a los consejos consultivos de personas y grupos de atención prioritaria para el periodo 2017 - 2019.
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EDICIÓN
Gonzalo Pizarro invita a celebrar su aniversario 31 de cantonización Lumbaqui, cabecera cantonal de Gonzalo Pizarro, es una tierra de gente amable. Allí los visitantes se sienten como “Pedro en su casa”.
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Comunidad Cantón Gonzalo Pizarro, provincia de Sucumbíos
De aniversario está el “paraíso por conocer”
El proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair es uno de los más y mejores proyectos modernos ejecutados en el país, por lo que Gonzalo Pizarro, está en los ojos del contexto internacional.
Habitantes
Gonzalo Pizarro cuenta con 4 parroquias: Lumbaqui, cabecera cantonal y sus parroquias rurales: Reventador, Gonzalo Pizarro y Puerto Libre. La población de Gonzalo Pizarro, según el censo del 2010 era de 8.599 habitantes, por lo que se estima, su población superó ya los 10.000 habitantes. La extensión del cantón es de 2.223 kilómetros cuadrados.
La comunidad Cofán Sinangue es un referente nacional de preservación de la cultura amazónica
Redacción Sucumbíos
El volcán Reventador y la cascada de San Rafael, aunque son los referentes turísticos más conocidos de Gonzalo Pizarro a nivel nacional e internacional, son solo una muestra de la amplia gama turística, riqueza ancestral y desarrollo que tiene este cantón eminentemente turístico en toda su extensión, en la provincia de Sucumbíos, que el 4 de julio cumple 31 años de vida cantonal. Además de ser la “puerta de entrada a la Amazonía” Gonzalo Pizarro, cuyo nombre recuerda a uno de los conquistadores de la época de la Colonia, este cantón es un paraíso de ríos y cascadas: La Libertad, el Manto Cristalino, Principessa, Chocolatera, Manantiales; ubicadas dentro del parque nacional Cayambe-Coca, con un área de 403.000 hectáreas, de las cuales el 70 por ciento está en este cantón, que se extiende desde los 400 metros sobre el nivel del mar (msnm) hasta los 3.520 msnm en la cumbre del volcán Reventador. El parque es el albergue del oso de anteojos, el tapir de montaña, el gallo de peña y una variedad de orquídeas y bromelias; que lo constituyen en un “mosaico de sonidos y colores”. Ancestralmente, este territorio fue habitado por algunas tribus, entre ellas: los Omaguas, Cofanes y Orejones, asentados en la cadena montañosa de Puerto Libre, y en la ribera del río Aguarico. En la actualidad el pueblo Awá, en Puerto Libre, también pide su espacio para su consolidación. Estas manifestaciones culturales se han mantenido vivas en las costumbres y tradiciones de la comunidad Cofán Sinangoé y en las comunidades Kichwas de Panduyacu, Dashino, Chontayaku, Chuskuyacu, Shiwacucha, entre otras. Las lenguas madres son el A’ingae (Cofán) y el Kichwa. El Kallary Kawsay es un encuentro cultural que realizan las
comunidades de la zona para dar a conocer su danza, música, vestimenta, artesanías, gastronomía y cosmovisión; se realiza el 12 de octubre de cada año, en las comunidades del cantón. Asimismo, la “fiesta de la chonta” se celebra en abril, en la comunidad cofán de Sinangoé; esta comunidad fue declarada en el 2016 “patrimonio intangible de la humanidad”. Paso histórico de los conquistadores Constituye la ruta utilizada por los conquistadores Francisco de Orellana y Gonzalo Pizarro en su aventura por descubrir la tierra del dorado y la canela. El paso histórico es un encañonado que tiene aproximadamente 100 metros de profundidad, sobre el cual hay un puente de madera que une las provincias de Sucumbíos y Napo. Su impresionante vista y riqueza paisajística permite mostrar sus características geográficas y naturales junto con los relatos históricos que se encierran en el lugar. Ríos Dué y Aguarico La irregularidad del terreno, el caudal de los ríos y el clima cálido de la zona, facilitan la práctica de deportes de aventura como rafting, kayak y tubbing. Las Pizarras son formaciones geológicas que constituyen las playas del río Aguarico en el sector de Puerto Libre, la roca que conforma las pizarras es plana, en capas delgadas y uniformes que se ubican una sobre otra. Estas son lisas, quebradizas y de color de piedra clara. Los gigantes de la Amazonía El Reventador es el volcán activo más joven del país, sus últimas erupciones tuvieron lugar en agosto del 2008, el cono se ubica a los 3.480 msnm, siendo el punto más alto del cantón y la provincia. La cascada San Rafael es la más
El río Aguarico, en el cantón Gonzalo Pizarro, es uno de las mayores riquezas paisajísticas de la zona que atrae a cientos de turistas cada año.
alta del Ecuador, tiene una caída de aproximadamente 160 metros de altura, se forma de la confluencia de los ríos Quijos y Salado, constituye el límite entre la provincia de Napo y Sucumbíos. Ofrece un paisaje impresionante; el espectáculo se complementa en los momentos de sol cuando un arco iris brillante aparece. Se localiza a 14 kilómetros de la parroquia El Reventador, el acceso se encuentra al margen izquierdo en la vía Lago Agrio-Quito en este punto se toma una vía adoquinada hasta la guardianía del Ministerio del Ambiente, en este lugar existe un área de parqueadero, desde allí, se puede acceder por un sendero ecológico de 1,5 kilómetros de distancia hasta el mirador natural de la cascada. Coca Codo Sinclair Esta moderna infraestructura hidroeléctrica, ubicada en el límite de Sucumbíos y Napo, se convierte también en un sitio especial para visitarla, después de atravesar un túnel de un kilómetro de longitud, hecho plena roca del sector. Visitar máquinas, turbinas y más elementos de este proyecto, es también una experiencia interesante a destacar. Creado el 25 de agosto de 1986, en el gobierno de León Febres Cordero; aunque a partir de su creación se produjo una serie de dificultades, oposiciones, resentimientos y sectorizaciones políticas. El 4 de julio de 1990, el Congreso Nacional aprobó en definitivo debate, “la ley reformatoria de creación del cantón Gonzalo Pizarro, con ello da paso también a la creación del cantón Cascales”, publicado en el registro oficial 492 del 2 de agosto de 1990. Con la aprobación se superó la rivalidad con el vecino cantón. Quedando como fecha de cantonización de Gonzalo Pizarro el 25 de agosto de 1986. Las fiestas de creación cantonal, culminan el 4 de julio de cada año.
Policía Nacional del Ecuador inscribe su nombre en el Record Guinness Redacción Nacional
El 25 de junio la Policía Nacional del Ecuador rompió un Record Guinness al recopilar el mayor número de actas de compromiso firmadas para el no consumo de drogas por parte de los miles de participantes que cruzaron la meta en el festival atlético “Yo vivo sin drogas, tú decides” que simultáneamente se realizó en todas las capitales de provincias del país y de manera internacional en El Salvador, Guatemala, México, Panamá Y Perú. El Ecuador, a través de la Policía Nacional rompió el Record Guinness logrando alcanzar 86.938 actas de compromiso y de esta manera sobreponerse al record alcanzado por la India, el 30 de septiembre del 2016 en un evento similar con 84.556 actas de compromiso. Con la finalidad de auditar todo el proceso, representantes de Guinnes World Record llegaron al Ecuador para certificar el logro alcanzado, para lo cual fue necesaria la certificación de una empresa auditora de prestigio internacional, para tal efecto estuvo a cargo la firma auditora Deloitte. 2 veedores en cada provincia contabilizaron y verificaron los datos
de cada una de las actas y los datos eran procesados en el puesto de mando unificado colocado en las instalaciones de la Dirección Nacional de Antinarcóticos. Voz que reconoce Carlos Tapia Rojas, adjudicador de Guinnes World Record en México y Latinoamérica, felicitó a los 47.000 policías por el compromiso demostrado con el pueblo ecuatoriano y el trabajo en equipo que ha impactado a millones de personas, que además de cuidar de la seguridad nacional, promueve campañas para cuidar la salud de la ciudadanía. Además agradeció la hospitalidad recibida por el pueblo ecuatoriano y felicitó a cada uno de los ecuatorianos que se unieron para alcanzar un mismo objetivo, que no hubiese sido posible sin su participación. En la historia de los Records Guinness, policías como la de Colombia y Rusia han sido parte de este tipo de reconocimiento internacional, pero la Policía Nacional del Ecuador se convierte en la única institución policial en el mundo que ha liderado un Record Guiness, es decir que ha sido responsable de la planificación, coordinación y ejecución de este tipo de eventos.
Adultos mayores de centros gerontológicos celebran el día del padre
Cerca de un centenar de adultos mayores celebró el día del padre con felicidad en el cantón Archidona. Redacción Nacional
Con el propósito de conmemorar el día del padre, alrededor de 100 adultos mayores de los centros gerontológicos que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) mantiene en convenio con el Municipio de Archidona, participaron en un programa artístico, cultural y de integración. En los gerontológicos se busca que las personas adultas mayores tengan una vida digna y saludable, mediante estrategias direccionadas a la atención y cuidado de las facultades físicas y mentales, a través de una óptima alimentación, salud,
espacios de integración familiar y comunitaria, destacó Leonardo Ramírez, director distrital del MIES de Tena. Cristina Montero, técnica del centro gerontológico “Betania” de Puyo, resaltó la importancia de este tipo de eventos. “Estos espacios de integración y confraternidad contribuye al estado anímico de las y los adultos mayores, pues se sienten valorados y apreciados”, dijo. Actualmente, en la provincia de Napo el MIES atiende a 490 personas adultas mayores con una inversión cercana a los 360.000 dólares, a través de convenios de cooperación con gobiernos locales.
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Comunidad Tena posesionó a los consejos consultivos de las personas y grupos de atención prioritaria Redacción Napo
El Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Tena, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Social del Municipio de Tena, en el marco de la política pública de participación, luego de un proceso de elección mediante asambleas, el 27 de junio del 2017 posesionaron a los Consejos Consultivos de las personas y grupos de atención prioritaria del cantón Tena, período 2017-2019. Los Consejos Consultivos de las personas y grupos de atención prioritaria es una instancia de asesoramiento y consulta. Las autoridades o las instancias mixtas o paritarias podrán convocar en cualquier momento a dicho consejo consultivo. Están amparados en la Constitución de la República del Ecuador, Ley de Participación Ciudadana, Código de la Niñez y Adolescencia y Primera reforma a la Ordenanza del sistema de protección integral de derechos para las personas y grupos de atención prioritaria del cantón Tena. El Consejo Consultivo de niñez y adolescencia está integrado por: presidenta, Karelyn Puetate; vicepresidente, Bryan Tacuri; secretaria, Nayeli Villacis; consejeros, Joffre Cedeño y Arelis Mesias. El Consejo consultivo de jóvenes integrado: presidente, Jonathan Valle; vicepresidenta, Lady Cedeño; secretario, Jefferson Chipantiza; Consejeros, Jordan Tenorio y Deyanira Chipantiza. El Consejo Consultivo de personas adultas mayores integrado: presidente, Juanito Grefa; vicepresidenta, María López; secretario, Carlos Cortés; consejeros, María Valdiviezo y Daniel Ortíz. El Consejo Consultivo de mujeres e igualdad de género integrado: presidenta, Lucía Rodríguez; vicepresidenta, Leena Waleska; secretaria, María Fernanda Astudillo;
consejeras, Karen Zambrano y Lidia Mamallacta. El Consejo Consultivo de personas con discapacidades o enfermedades catastróficas integrado: presidenta, Karla Rosales; vicepresidente, Rubén Calapucha; secretaria, Ana Cabrera; consejeros, Víctor Uchuari y Verónica Aldaz. El Consejo Consultivo de pueblos y nacionalidades integrado: presidenta, Carmela Cerda; vicepresidente, Edwin Charcopa; secretaria, Rocío Cerda; consejeros, Guido Grefa y Narcisa Minda. El Consejo Consultivo de movilidad humana integrado: presidente, Roberto Dalgo; vicepresidenta, Adriana Rodríguez; secretaría, Martha Jiménez; consejeros, José Ascanta y María Apolo. Kléver Ron, alcalde de Tena y presidente del Consejo, manifestó “Es muy importante los consejos consultivos para así conocer las necesidades, consultarles y asesorarnos y juntos seguir construyendo un nuevo Tena que merecemos”. Por su parte Wilson Quezada subrayó, “garantizamos derechos de participación. Vamos a continuar trabajando desde el estado en corresponsabilidad con los consejos consultivos”. Estuvieron presentes: Kléver Ron, alcalde de Tena; Gonzalo Baquero, vicealcalde; Norma Rodríguez, concejala; Wilson Fiallos, concejal de Tena y delegado al Consejo; Wilson Quezada, secretario ejecutivo del Consejo y equipo técnico; Piedad Ojeda, vicepresidenta del Consejo, Edgar Cesén, Rosa Cerda, Magalli Arrobo, Ivonne Lovato, Mikaela Montesdeoca, Martha Mora, Cristina Shiguango, César Mena, miembros del Consejo; Marco Araujo, director de Desarrollo Social, Defensorías Comunitarias, organizaciones sociales, autoridades parroquiales, cantonales, provinciales, nacionales y medios de comunicación social.
Siguen los operativos de control en Napo Redacción Nacional
Durante el último fin de semana, en la provincia de Napo se desarrollaron operativos de control en establecimientos de diversión nocturna liderados por la intendencia general de Policía, Policía Nacional, Centro de Operaciones Sectoriales (COS2), Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) y el Ministerio de Salud Pública (MSP). Fernando Machado, intendente general de Policía, comentó que “en los establecimientos se realizó un control de armas, migratorio y se verificó que no exista presencia de
menores de edad; además ARCSA y el MSP, realizaron una inspección sanitaria para verificar las condiciones de salubridad en los centros de diversión nocturna”, dijo. Producto del operativo fue la clausura de un bar karaoke en el que se encontraron 3 personas indocumentadas.
Supercom socializa Ley Orgánica de Comunicación en Sucumbíos
Los asistentes a las capacitaciones sobre la LOC hicieron preguntas sobre el cumplimiento de esta norma. Redacción Sucumbíos
En 4 escenarios para la socialización de 4 cuatro temas diferentes, la Secretaría Nacional de Comunicación (Supercom) capacitó a diferentes grupos en la provincia de Sucumbíos: nacionalidades, jóvenes, comunidad y medios de comunicación. Las reuniones del 29 y 30 de junio, en Nueva Loja, fueron organizadas y coordinadas por iniciativa de la secretaría técnica de Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (Ecorae) de Sucumbíos. En el auditorio del centro de atención ciudadana se realizó el primer encuentro con representantes, ciudadanos de las nacionalidades de la provincia, pueblos afro y awá, para tratar el tema “formación en Ley Orgánica de Comunicación (LOC)”. En la tarde la conferencia estuvo dirigida a los estudiantes con el tema “cabina 17”; con contenidos de carácter radial, en el que los jóvenes fueron los principales actores. El viernes, en el auditorio de la unidad educativa bilingüe Nuevos Horizontes, se ofreció el tema “cine barrial”; mientras que en el auditorio del centro de atención ciudadana se abordaron
asuntos de formación dirigidos a los medios de comunicación. Juanita Medina, mentalizadora de las capacitaciones, dijo que estas iniciativas se hicieron pensando en los ciudadanos de las nacionalidades, pueblos afro y awá. Señaló que era un anhelo guardado desde hace algún tiempo, “para que la gente de mis nacionalidades tenga más claro respecto a la Ley de Comunicación y los derechos que les asiste como ciudadanos”. Obligación José Proaño, intendente zonal 1 de la Supercom, que abarca a las provincias de Carchi, Esmeraldas, Sucumbíos e Imbabura, comentó que la formación en la LOC tiene la finalidad de que la ciudadanía tenga claridad sobre los temas que les asiste, en relación con los medios de comunicación. Agregó que los medios tienen la obligación de pasar en su programación (radio y televisión) diaria el
50 por ciento de música de producción nacional; también sobre la obligatoriedad de difundir el 5 por ciento de temas de interculturalidad, entre otros contenidos. La presencia de grupos de estudiantes con discapacidad auditiva, de la escuela Jefferson Pérez y una intérprete de lenguaje de señas, representantes de las nacionalidades de la provincia, representantes del pueblo afro en Sucumbíos, y del pueblo awá, fue importante para que el proyecto nacido desde la secretaría técnica de Ecorae, tenga el éxito deseado. P
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Comunidad El SOTE cumple 45 años de llevar petróleo de Lago Agrio a Balao
Cumandá-Agua Lluvia, de Puyo, campeón nacional femenino de fútbol sala Por Eduardo Paredes C.
Los funcionarios de Petroecuador recorrieron una parte del SOTE tendido en la zona de Lago Agrio desde su puesta en funcionamiento. Redacción Sucumbíos
Como una nueva etapa de entierro a la corrupción y el inicio de una de cambios, calificó el gerente general de Petroecuador, Byron Ojeda, al develar una placa por los 45 años de vida del Sistema del oleoducto transecuatoriano (SOTE). “Convoco a los trabajadores de Petroecuador, a cada uno de ustedes, que han demostrado con su vida su trabajo, a seguir haciéndolo, como lo han hecho hasta ahora”; programa realizado el 26 de junio en las instalaciones de la estatal en Lago Agrio, con la presencia del viceministro de hidrocarburos, Patricio Larrea y algunas autoridades de la provincia. A la cita fueron invitados los medios de comunicación de Sucumbíos y representantes de los medios nacionales. Desde la mañana del lunes 26 estuvieron el viceministro y funcionarios de Petroecuador, para realizar un recorrido por las instalaciones de la empresa petrolera. Allí Larrea constató su estado y cuidado que los trabajadores hacer de las instalaciones, ubicadas al pie de la ciudad de Nueva Loja, desde hace 45 años, en cuyos 8 tanques de almacenamiento de guardan alrededor de 2 millones de barriles de petróleo, para su traslado hacia el terminal de Balao en la costa ecuatoriana, en un recorrido de 497 kilómetros desde Lago Agrio; operando las 24 horas del día, durante los 365 días del año. En su historial el SOTE ha transportado 5.000 millones de barriles. En el evento formal posterior, que se realizó en el auditorio de la estatal y con la presencia de trabajadores de la empresa. El viceministro dijo que desde el sector se realiza un aporte considerable para el desarrollo del país, al dinamizar la economía con un recurso que es patrimonio de todos. Añadió que el petróleo ha generado recursos para construir infraestructura y obra social que beneficia a todos los ecuato-
rianos. Señaló que en las políticas del nuevo gobierno de Lenin Moreno, se les ha encargado la búsqueda de reactivar bajo parámetros de mayor eficiencia técnica y económica, acorde con las exigencias actuales de la industria y los niveles de precios de crudo a nivel internacional; sin descuidarnos, comentó, de la responsabilidad social y ambiental. Anunció que será impulsada la inversión privada, la prospección y exploración petrolera, reducción de costos, mejoramiento de la productividad y competividad; poniendo énfasis en el aprovechamiento de nuestros recursos estratégicos, considerados como un puntal para la recuperación económica del país, señaló Larrea. Byron Ojeda resaltó que se harán estudios serios de los procesos contractuales, que se están transparentando, las anormalidades que son trasladadas a las entidades de control. Dijo que el proceso de selección de proveedores es un tema abordado con profundidad. Aceptó que hay muchos problemas que van apareciendo y se los hará conocer oportunamente. Respecto a los dineros no cancelados a empresas en Sucumbíos y que por ello no pueden pagar a sus trabajadores, dijo que la estatal está con una serie de órdenes de pago que deben ser sometidas al proceso que establece la ley. Petroecuador, no solamente que parecerá honrada, sino que será una empresa honrada y para ello hay que seguir los procedimientos que estipula la ley. Petroecuador no deberá un medio a nadie, que legítimamente haya tenido su beneficio. Es cuestión de tiempo, estamos a 15 días en el cargo (como gerente) de la empresa, señaló, ante los medios de comunicación. El SOTE desde su construcción La perforación del pozo Lago Agrio 1, en la concesión que el consorcio Texaco-Gulf tenía a finales de 1967, en la provincia de Napo, resultó exitosa e inició
la etapa petrolera del Ecuador. El 17 de julio de 1970, se firmó contrato de construcción del SOTE con la compañía norteamericana Williams Brothers, contratista del consorcio Texaco-Gulf. La inauguración del SOTE se produjo el 26 de junio de 1972. Con la compra del 37,5 por ciento de los derechos y acciones de Gulf a comienzos de 1976, la Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana (CEPE), se convirtió en la accionista mayoritaria del consorcio CEPE-Texaco, con un total del 62,5 por ciento de derechos y acciones. El 1 de octubre de 1989 se revirtieron al Estado ecuatoriano las instalaciones del SOTE a Petroecuador. En mayo de 1994 el gobierno nacional se transfiere las instalaciones del SOTE a Petroecuador Matriz, bajo el nombre de Gerencia de Oleoducto. Hasta el 24 de junio del año 2000 entró en funcionamiento su tercera ampliación del SOTE con 390.000 barriles de petróleo por día, de un crudo de 23,7 grados API. El SOTE es una línea de transporte de crudo que atraviesa la geografía ecuatoriana desde la zona nororiental amazónica (Lago Agrio), sube la cordillera de Los Andes, y se dirige en dirección al puerto de Balao en la refinería de Esmeraldas. A lo largo del trayecto, el SOTE cuenta con 6 estaciones de bombeo: Lago Agrio, Lumbaqui, El Salado, Baeza, Papallacta y Quinindé; cuyo objetivo es impulsar al crudo en su ascenso, llegando a su punto más alto en el sector de la Virgen de Papallacta, donde alcanza los 4.096 metros sobre el nivel del mar. El SOTE cuenta además con 4 estaciones reductoras de presión, (San Juan, Chiriboga, La Palma y Santo Domingo), cuya función es regular la velocidad de descenso del crudo, desde la cordillera hasta el puerto de Balao. El petróleo es la principal fuente de ingresos para el país y genera cerca del 50 por ciento del presupuesto nacional.
La provincia de Pastaza está de plácemes, el Cumandá-Agua Lluvia F.C., uno de sus hijos deportivos predilectos, obtuvo el 25 de junio el primer gran galardón de su carrera: “Campeón nacional femenino de fútbol sala”, venciendo 7 a 2 al Deportivo Quito, en el partido final del torneo. Alcanzar el campeonato, tras jornadas agotadoras de tres partidos jugados viernes, sábado y domingo durante 4 semanas, le convirtió en el representante ecuatoriano al torneo de Copa Libertadores de la modalidad fútbol sala, a celebrarse a partir del 15 de julio en Asunción del Paraguay. Llegar al campeonato fue extenuante; la modalidad del torneo contempló la participación de 16 equipos divididos en 4 series de 4 equipos cada una. En la primera fase clasificaron 2 equipos por cada serie, los 2 primeros de ellas, clasificaron a la siguiente etapa, quedando 8 en el camino. En la siguiente fase, se formaron 2 series de 4 equipos cada uno; asimismo clasificaron los 2 primeros de cada serie quedando para la etapa final 4 equipos; Espuce, Santo Domingo IK, Deportivo Quito y Cumandá Agua Lluvia. Los partidos finales se jugaron en Quito, en la Casa de la Selección,
fue así que el viernes 23 de junio, Cumandá-Agua Lluvia derrotó a Espuce en un partido espectacular, con un marcador inédito 9-8 a favor de las amazónicas, se iniciaba la conquista final del torneo, con fundamentos técnicos, picardía y velocidad. Otras victorias El sábado 24 de junio, CumandáAgua Lluvia venció 2-1, esta vez al duro equipo del “Nine” Kaviedes, que fue uno de los rivales más duros que le tocó enfrentar. Para el partido final el marcador lo dice todo 7-2, al parecer un paseo con el Deportivo Quito. En todas las etapas y las series que le correspondió jugar quedó en el primer lugar e invicto, con un elenco base de jugadoras: Yahaira Vizuete, Natalia Lema, de 16 años; Paulina Duque, Paola Robalino y Doménica Valladares, una espectacular golera. Después vino la algarabía, la felicidad, los abrazos y la promesa de todas, tener una destacada actuación en la Copa Libertadores y dejar la imagen del país en alto, otra dura tarea para las chicas, su entrenador, Fabián Ayoví, con 8 meses en el cargo, y para sus directivos, que a pulso y con el aporte familiar han conseguido que por primera vez, un equipo de fútbol de la región oriental, toque el cielo con las manos.
Las jugadoras del Cumandá-Agua Lluvia quieren llenarse de gloria en la Copa Libertadores que se realizará en la capital paraguaya.
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Opinión
La agonía física, biológica, natural, de un cuerpo por hambre, sed o frío, dura poco, muy poco, pero la agonía del alma insatisfecha dura toda la vida.
Dólar revalorizado Para recordar que la desconfianza es uno de los mejores aliados para el progreso de los pueblos puede servir la reciente ravalorización del dólar frente a las demás divisas, en especial con el peso colombiano que, al finalizar la semana anterior el cambio oficial en Colombia superaba los 3.000 pesos. Lo decimos porque la gente de la zona fronteriza, sobre todo de la Amazonía norte ecuatoriana, sentía una relativa esperanza en que se recuperaba por el incremento de la demanda de productos y servicios dentro de esta jurisdicción, lo que necesitaba más empleados en varios ámbitos del comercio. De acuerdo a los bien entendidos en economía mundial, la revigorización del dólar mantendrá su nivel en tanto los precios del barril de petróleo internacional no se incrementen o no superen los 50 dólares en el mercado global. En otras palabras, la situación económica de Sucumbíos y Orellana, concretamente, dependerá del
buen estado de ánimo del presidente Trump, quien sacará al mercado sus reservas de crudo si es que su costo sube a nivel mundial. Algunas personas hace varios días ya empezaban a sondear intereses de préstamos para reactivar sus negocios y otros optimistas trataban de emprender algo, que según sus cálculos, podría generarles ganancias. Las formaciones académicas pueden ser buenas en tanto sean rigurosas, pero hasta dónde sirve esa rigurosidad si no los nuevos profesionales carecen de una perspectiva de aprovechar los momentos difíciles para innovar, hacer cambios en el manejo o gerencia de los negocios, desde los más pequeños a los más grandes. Aquí es donde ciertamente la gente pone a prueba su verdadera capacidad de crecer y en eso, estamos seguros, la gente amazónica saldrá adelante
en niveles moderados, ya que tampoco esperamos milagros. Ya bajó por ley el impuesto al valor agregado (IVA) del 14 al 12 por ciento; se han eliminado las salvaguardias y algunos productos importados tienen aranceles rebajados, pero los precios al público de estos artículos siguen sin variaciones. Si no se cumplían estas disposiciones y medidas el Estado seguía captando cerca de 1.500 millones de dólares que, a decir de un excandidato presidencial quedarían “en los bolsillos de la gente”, ahora resulta que esta suma se queda solo en los bolsillos de los importadores. Cualquier persona puede constatar esto acudiendo a los almacenes y supermercados y recordando los costos de unos diez productos, los cuales siguen caros. Disculpas tendrán de todo tipo, unas creíbles y de las otras;
Transgénicos lo cierto es que en el juego comercial hacen falta reglas claras, sobre todo de una cultura de compraventa seria que desplace a las leyes y controles de los funcionarios gubernamentales. A nivel local los abusos no pueden prosperar, ventajosamente, porque fuera de la frontera hay precios bajos de los mismos productos, enganche que precisamente hace que los ecuatorianos de nuevo hagan colas para comprar en Colombia. Por este contexto local-internacional los discursos y promesas de los candidatos en tiempos de elecciones y después de que ganan una dignidad, pierden valor, se esfuman, porque hace falta capacidad de legislar en base a los inesperados cambios mundiales en la economía; caso contrario ciertas leyes sirven para unos días o meses, o se aplican en mínimas expresiones.
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:
Galo Guevara Bayardo Pérez Yajaira Sánchez Enrique Quinteros Gladys Granda
SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL
Gustavo Salazar
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.
IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
La utopía de los Derechos Humanos
De conformidad a lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 10 de diciembre de todos los años está dedicado a la celebración de los Derechos Humanos. Entre otras consideraciones, la Declaración de los Derechos Humanos tiene como ideal común el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, con el fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, su reconocimiento y aplicación universales, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como en los territorios de sus jurisdicciones territoriales. Pero lamentablemente hasta la presente fecha, solo es una declaración, ya que se ha convertido en una maravillosa Utopía, de ahí el título del presente artículo de opinión, etimológicamente esta definición agrupa a dos palabras provenientes del griego (eutopia, que se puede interpretar como “en ningún lugar” y también como “buen lugar”), el término entonces presupone la imposibilidad de existir por la propia esencia del ser huma-
no, que es imperfecta. Por lo tanto, en su sentido general el término describe a algo tan bello y perfecto que por la propia naturaleza de las personas no puede existir. La utopía se pone de manifiesto cuando no respetamos la opinión de los demás, es decir creemos en la existencia de la verdad absoluta. Al respeto podemos afirmar, que existen verdades absolutas y verdades relativas, Por lo tanto, nadie es dueño de la verdad absoluta, y con ello se hace necesario respetar a los demás en su forma de pensar. Todo esto, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 19. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye no ser molestada a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Al respeto, sin lugar a dudas se puede deducir que los medios de comunicación se han convertido en las herramientas más poderosas para imponer y violentar este derecho. Mediante el envío de mensaje cargados de ideologías políticas, religiosas, filosóficas, económicas, éticas y morales. De
ahí la urgente necesidad de tener el control total sobre los medios de comunicación. En este orden de cosas la vulneración el derecho consagrado en el Artículo 23 en el que textualmente manifiesta lo siguientes: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4.- Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicalizarse para la defensa de sus intereses. Amigas y amigos una invitación cordial para tener en nuestras manos, un ejemplar de la Declaración Universal de los Derechos humanos para cumplirla y hacerla cumplir. Ernesto López Romero. nelinlr@yahoo.com
La producción de los alimentos transgénicos y su comercialización en los mercados es tema de debate permanente. Los países europeos están prohibiendo de manera progresiva la producción y comercialización de estos productos, ellos abogan por una Europa sin transgénicos. En los Estados Unidos actualmente se está librando una lucha por el etiquetado de estos alimentos para que puedan ser comercializados. En el estado de Vermont, en abril del 2014, el senado aprobó por un abrumador margen la ley 112, que es la primera legislación que exige el etiquetado a los productos transgénicos para su comercialización. Otros estados de la Unión van por ese camino. Los países latinoamericanos como Brasil, Argentina y Paraguay, incididos por las transnacionales se encuentran desarrollando cultivos transgénicos, pese a la oposición de sectores que alientan el debate científico, como único mecanismo para dirimir las bondades o los efectos nocivos de los transgénicos. Para enriquecer el debate sería óptimo que los estados contribuyeran con recursos para la investigación, caso contrario la lucha por demostrar que los transgénicos son nocivos, sería una lucha desigual, puesto que la batalla será ganada por las transnacionales que pugnan por la legalidad de los transgénicos. Opinando sin inclinaciones, el cultivo de transgénicos favorece únicamente a los grandes agricultores, puesto que ahorran una considerable cantidad de mano de obra; igualmente la dinamización de estos cultivos contribuye a la migración campo ciudad, para luego las transnacionales procurarse por precios irrisorios la compra o la adjudicación de tierras abandonadas. Por su parte la gente concentrada en las grandes urbes, luchando por la sobrevivencia, sin capacidad organizativa, conformando cinturones de miseria y con ingresos de hambre, comerán lo que las transnacionales les provean. Y el refrán de que en el hambre no hay pan malo, posiblemente será el pan de cada día. A eso se sumarán los cristianos diciendo que lo que entra por la boca del hombre no es malo, sino que es malo lo que sale de la boca del hombre. Que nos queda entonces a los que tenemos todavía capacidad de pensar. Bastante diría todavía con optimismo, vayamos incentivando el conocimiento, la reflexión del devenir, la necesidad de la generación de cambios en todos los ámbitos; mantenernos en equilibrio constante con la naturaleza, hasta que vengan del sur los guerreros del arco iris y/o la Pachamama se revele. Lo pesimista sería dejarnos comer el cuento de que nos van a robar la esperanza. Ing. Fredy Moreno Cárdenas fredyheri2005@yahoo.es
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Circula del 02 al 08 de julio del 2017 www.periodicoindependiente.com
Judiciales R del E.
SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL NAPO R del E SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVINIENTES DE DOS ESTEROS SIN NOMBRES QUE PASAN POR LAS COMUNIDADES DE VENCEDORES DE ORIENTE Y PROGRESO 1 PERTENECIENTES A LA PARROQUIA INÉS ARANGO CANTÓN PUERTO FRANCISCO DE ORELLANA PROVINCIA DE ORELLANA, EN DONDE SE DESARROLLARAN LOS PROYECTOS AURORA 1 Y AURORA 2 EXTRACTO ACTOR: Señor Zhang Xing, Apoderado General de la compañía PetroOriental S.A. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Aprovechamiento Productivo del Agua proveniente de dos esteros sin nombre que pasan por las comunidades de vencedores de Oriente y Progreso 1 pertenecientes a la parroquia Inés Arango, en un caudal de 5 l/s por cada estero, para destinarlo a actividades Hidrocarburíferas en los proyectos Aurora Uno y Aurora Dos. PROCESO No. 001-AAPA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.- Orellana, 17 de enero del año 2017.- Las 15H26.(Trámite 0001-AAPA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparado en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización para el Aprovechamiento Productivo del Agua, en actividades Hidrocarburíferas, presentada por el Dr. William Drouet Mantilla, en calidad de Procurador Judicial del señor Zhang Xing, Apoderado General de la compañía PetroOriental S.A., es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley por lo que se la acepta a trámite en consecuencia de dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en la provincia de Orellana, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres parajes más frecuentados de la parroquia Inés Arango, perteneciente al cantón Francisco de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor/a Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijo por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del Dr. William Drouet, en calidad de Procurador Judicial del señor Zhang Xing, Apoderado General de la compañía PetroOriental S.A., en virtud de la Procuración Judicial que adjunta. 5.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 43 de la Función Judicial de Francisco de Orellana o el correo electrónico William.Drouet@andespetro.com para efecto de posteriores notificaciones Así como la autorización que les concede a los Dr. Javier Niquinga Salazar y Pablo Andrés Palacios Riofrío, para que en forma individual o conjunta presenten cuanto escrito sea necesario en el presente trámite. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE..f) …. Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso.
Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO -DIIN
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE FRANCISCO DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: Alava García Manuel Ramón DOMICILIO DEL DEMANDADO: Se desconoce ACTORA: Jordan Coque Edith Isabel Nº JUICIO: 22201-2016-00540 PROCEDIMIENTO: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUEZA: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama DEMANDA: La señora Jordan Coque Edith Isabel, demanda al señor Alava García Manuel Ramón, con la finalidad de obtener la terminación de la Unión de Hecho de los une. AUTO DE CALIFICACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de procesos, por lo que se la admite a trámite mediante el Procedimiento Voluntario determinado en los Arts. 335 del Código Orgánico de Procesos, en concordancia con el Art.226 literal b del Código Civil. En consecuencia, en mérito a que la actora ha justificado documentalmente haber agotado todas las instancias posibles para localizar al demandado señor Alava García Manuel Ramón, en concordancia con los Arts. 53 y 56 numeral 1 de Código Orgánico General de Procesos. CÍTESE el señor ALAVA GARCÍA MANUEL RAMÓN, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en este Cantón Francisco de Orellana, conforme lo dispone el numeral 1 del Arts. 56 del Código Orgánico General de procesos. En virtud de que la presente causa se tramita mediante procedimiento Voluntario por lo que de conformidad a lo que prescribe el Art.336 del Código Orgánico General de procesos: “las personas citadas o cualquier otra que acredite interés jurídico en el asunto, podrán oponerse por escrito hasta antes que se convoque a la audiencia”. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .f). Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 06 de junio del 2017.Dra. Helem García Jaramillo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ORELLANA O-3115 (2/3)
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE FRANCISCO DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: Sra. Ana Lucia Guamán Lema DOMICILIO DE LA DEMANDADA: se desconoce ACTOR: Sr. José Nicolás Quinche Lema Nº JUICIO: 22201-2017-00064 TRAMITE: Sumario CUANTIA: Indeterminada JUEZA: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama DEMANDA: El señor José Nicolás Quinche Lema, fundamentado en el Art. 110 numeral 9 del Código Civil, demanda a la señora Ana Lucía Guamán Lema, para que en sentencia de divorcio se declare disuelto el vínculo matrimonial que los une; y que, para que surtan los efectos legales, se disponga la correspondencia marginación en el Registro Civil, Identificación y Cedulación del Cantón Colta, provincia de Chimborazo. AUTO DE CALIFICACIÓ N: La demanda que antecede se Art. 142 del Código Orgánico General de procesos, por lo que se la admite a trámite mediante el procedimiento sumario determinado en los Art. 332 numerales 4 y 333 del invocado cuerpo legal .En consecuencia, en mérito al juramento rendido por el accionista, de que pese a las diligencias realizada, es imposible determinar la individualidad , el domicilio o residencia de la demanda CITESE a la señora ANA LUCÍA GUAMÁN LEMA, mediante tres publicaciones de prensa que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación en francisco de Orellana , así como también en un periódico de amplia circulación de Ríobamba , por ser la capital de la provincia en donde se celebró el matrimonio ,por tres veces , mediante el término de ocho días entre una y otra publicación , tal como dispone el Art. 119 del Código Civil , en concordancia con el Art.56 numeral 1 del Código Orgánico General de procesos ; para cuyo efecto , la actuaria del despacho entregará el extracto respectivo para su publicación. A la demanda se le previene que tiene el término de quince (15) días, contados a partir de la última publicación, para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo prescriben los Arts. 151 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos .téngase en cuenta la cuantía que determina la accionaste para la presente acción. Atendiendo el anuncio de prueba documental que se realizara el actor , dispongo que se incorpore a los autos la fotocopia de la cédula de identificación y certificado de votación del accionante , la copia certificada de la Inscripción de Matrimonio y de la partida de Nacimiento que se adjuntan a la demanda ; y , en cuanto a la prueba testimonial solicitada para justificar los hechos que son materia de la presente causa , se considerará durante la respectiva Audiencia, en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios , conforme lo determinado el Art.160 del COGEP, sin perjuicio que el peticionario gestione la comparecencia de los testigos anunciados . Por cuanto existe una hija procreada en común, que en la actualidad es mayor de edad y no padece discapacidad alguna, no es necesaria la designación de un Curador Ad-litem para que le presente dentro de la presente causa. Tómese en cuenta la autorización que se confiere al Ab. Jacinto Roby Anchundia, para que patrocine al accionante, así como también la casilla judicial y el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones. Actué en la presente causa, la Dra. Helem García Jaramillo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE f) Dra. . María Vanessa Jiménez Saritama Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 10 de febrero del 2017 Dra. Helem García Jaramillo SECRETARIA O-3164 (2/3)
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UNA QUEBRADA SIN NOMBRE, UBICADA DENTRO DEL PARQUE NACIONAL CAYAMBE COCA EN LA PARROQUIA PUERTO LIBRE CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Al-
Q-1107 calde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de la quebrada sin nombre en un caudal de 0,39l/s, para destinarlos a consumo humano de la comunidad Sinangoe. PROCESO Nº 0003-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 15H22.(Tramite 0003-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Puerto Libre, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail. com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UNA QUEBRADA SIN NOMBRE, UBICADA EN LA PROPIEDAD DEL SEÑOR JOSÉ GERARDO JARAMILLO ERAZO, PARROQUIA PUERTO LIBRE CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de la quebrada sin nombre en un caudal de 0,195l/s, para destinarlos a consumo humano de la comunidad El Recodo. PROCESO Nº 0004-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 15H27.(Tramite 0004-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.Cítese al señor José Gerardo Jaramillo Erazo, en su domicilio que lo tiene ubicado en la parroquia Puerto Libre, o en el lugar que se indicare al citador, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada y a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Puerto Libre, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail. com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UN ESTERO SIN NOMBRE, UBICADO EN LA COMUNA SAN JOSÉ DE AGUARICO SECTOR EL ARENAL DE LA PARROQUIA LUMBAQUI CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de estero sin nombre en un caudal de 0,315l/s, para destinarlos a consumo humano de las comunidades Kashayaku y Kushirruna PROCESO Nº 0005-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 15H38.(Tramite 0005-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Lumbaqui, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail. com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA EL DIABLO, UBICADA EN LA PROPIEDAD DEL SEÑOR LAUREANO INOCENCIO YÉPEZ YÉPEZ, PARROQUIA PUERTO LIBRE CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de la quebrada El Diablo en un caudal de 3,015l/s, para destinarlos a consumo humano de las comunidades de Puerto Libre El Chiparo y El Cabeno PROCESO Nº 0006-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 15H45.(Tramite 0006-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese al señor Laureano Inocencio Yépez Yepez, en su domicilio que lo tiene ubicado en la parroquia Puerto Libre, o en el lugar que se indicare al citador, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada y a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Puerto Libre, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RÍO ACEROYACU, UBICADA EN LA PROPIEDAD DEL SEÑOR JULIO SHIGUANGO, PARROQUIA PUERTO LIBRE CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente del Río Aceroyacu en un caudal de 0,63l/s, para destinarlos a consumo humano de las comunidades de Chontayacu y La Amarilla. PROCESO Nº 0007-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 15H45.(Tramite 0007-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.Cítese al señor Julio Shiguango, en su domicilio que lo tiene ubicado en la parroquia Puerto Libre, o en el lugar que se indicare al citador, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada y a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley
Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Puerto Libre, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail. com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UNA QUEBRADA SIN NOMBRE, UBICADA DENTRO DEL PARQUE NACIONAL CAYAMBE COCA EN LA PARROQUIA GONZALO PIZARRO CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de la quebrada sin nombre en un caudal de 0,39l/s, para destinarlos a consumo humano de la comunidad Chuskuyaku. PROCESO Nº 0008-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 16H02.(Tramite 0008-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Gonzalo Pizarro, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@hotmail. com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UNA QUEBRADA SIN NOMBRE, UBICADA DENTRO DEL PARQUE NACIONAL CAYAMBE COCA EN LA PARROQUIA GONZALO PIZARRO CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente de la quebrada sin nombre en un caudal de 0,50l/s, para destinarlos a consumo humano de la comunidad San Pedro del Chaco. PROCESO Nº 0009-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 16H011.- (Tramite 0009-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Gonzalo Pizarro, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@ hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)……Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
R del E. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UN ESTERO SIN NOMBRE, UBICADO EN LA COMUNIDAD EL ARENAL PERTENECIENTE A LA PARROQUIA LUMBAQUI CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. E XTRACTO ACTOR: Sr. Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Gonzalo Pizarro. . OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso del Agua proveniente del estero sin nombre en un caudal de 0,075l/s, para destinarlos a consumo humano de la comunidad El Arenal. PROCESO Nº 0010-AUA-2017. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.-Orellana, 23 de mayo del año 2017.- Las 16H038.- (Tramite 0010-AUA-2017).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparada en lo que determina el Art. 18 literal g) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso del Agua, para consumo humano, presentada por el señor Luis Benjamín Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Cantón o la Provincia de Sucumbíos, por tres veces, conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua.- en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Lumbaqui, perteneciente al Cantón Gonzalo Pizarro, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del señor Luis Ordoñez Inga, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos gomugopi@yahoo.es domingo.ba@ hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE…f)… Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO –S-DHN F: 5109 1/3 S: 3354
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio SUMARIO / TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO CON HIJOS DEPENDIENTES cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: RAMÍREZ ROBLES DANIEL MAURICIO DEMANDADA: PARDO SOLARTE AURE NELLY JUICIO NRO.: 21201-2017-00356 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: SUMARIO/TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO CON HIJOS CASILLERO: 255 TRAMITE: SUMARIO AB. DEL ACTOR: AB. ALBAN RUIZ VICENTE HERMOGENES JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.- U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. CONTENIDO DE DEMANDA: DANIEL MAURICIO RAMÍREZ ROBLES, con cédula de ciudadanía N° 210000736-4; nacionalidad, Ecuatoriano; de estado Civil, Soltero; de 31 años de edad; profesión/ ocupación, Bachiller Técnico Industrial; domiciliado en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; notificaciones que me correspondan las recibiré en el casillero Judicial N° 255 de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos y correo electrónico: vicentearuiz@hotmail.com; perteneciente al Ab. Vicente Hermógenes Albán Ruiz, Profesional del Derecho a quien autorizo para que a mi nombre y representación, suscriba los escritos necesarios; a Usted muy comedidamente comparezco con la siguiente Solicitud: UNO.- LA DESIGNACIÓN DEL JUZGADOR ANTE QUIEN SE LA PROPONE.- Se radica en el sorteo de rigor. DOS.- LOS NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS, NUMERO DE CEDULA DE IDENTIDAD O CIUDADANÍA, ESTADO CIVIL, EDAD, PROFESIÓN DIRECCIÓN DOMICILIARIA Y ELECTRÓNICA DEL ACTOR, CASILLERO JUDICIAL DEL DEFENSOR PRIVADO. Mis nombres, apellidos y más generales de ley, quedan también consignados. TRES.- EL NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES.- En el presente caso no se requiere. CUATRO.- LOS NOMBRES COMPLETOS Y LA DESIGNACIÓN DEL LUGAR EN QUE DEBE CITARSE A LA DEMANDADA.- 4.1.- AURA NELLY PARDO SOLARTE, mayor de edad, de nacionalidad Colombiana, con cédula de Ciudadanía N° 1.126.447.289 Y Cédula de Identidad “EXT. N° 175381737-6; con la finalidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a la demandada hemos acudido a las siguientes dependencias para lo cual adjunto las siguientes certificaciones: a).Petición al Registro Civil; Información proporcionada mediante un Certificado Biométrico otorgado por el Registro Civil, Identificación y Cedulación, donde registra el número de celular 0991734370, el mismo que hasta la presente fecha corresponde a otra persona; b).- Petición a la Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP. Información donde certifica que la ciudadana en mención si es cliente y el servicio fijo de internet se encuentra ubicado en provincia de Sucumbíos, Nueva Loja, dirección Monseñor Leónidas Proaño y Tulcán, barrio Simón Bolívar frente a la Iglesia Divino Niño. Cabe indicar que la casa si existe pero se encuentra abandonada; c).- solicitudes dirigidas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social-Sucumbíos, Delegación Provincial de Sucumbíos del Consejo Nacional Electoral, Solicitud al Administrador de CNEL EP-Sucumbíos, y, Ministerio de Relaciones Exteriores departamento de Migración y Extranjería; los mismos en atención a los oficios manifiestan que los datos de los ciudadanos no pueden ser entregados a terceras personas por ser de carácter reservado. Ante la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada, cuya individualidad desconozco y en vista que se ha efectuado diligencias necesarias para ubicar a la demandada solicito se le cite mediante tres publicaciones de prensa en la forma dispuesta en el Art. 56 numeral 1. del Código General de Procesos. CINCO.- LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES, DEBIDAMENTE CLASIFICADOS Y NUMERADOS; 5.1.- Del Acta de la Unión de Hecho que adjunto, vendrá a su conocimiento señor juez que aproximadamente a mediados del año 2006 empezamos una relación de convivencia pública y notoria entre el compareciente y la señora AURA NELLY PARDO SOLARTE, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, con Número de Cédula de Ciudadanía N°1.126.447.289 Y con Cédula de Identidad “EXT. 175381737-6, los mismos que en forma expresa han manifestado que es su voluntad el de constituir un hogar, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente, y el de constituir formalmente la Unión de Hecho, para lo cual elevan a escritura pública el contenido del Acta de Unión de Hecho Solemnizado, inscrita el seis de abril del dos mil nueve, ante la Dra. Wilma Salazar Jaramillo, Notaria Segunda del cantón Lago Agrio; el acta en mención no se encuentra Marginada, Inscrita en el registro de uniones de hec h o del Registro Civil, Identificación y Cedulación; 5.2.- Durante la Unión de Hecho procreamos una hija de nombre Angie Daniela Ramírez Pardo, que frisa la edad de 10 años a la presente fecha, conforme justifico con la partida de nacimiento que adjunto; 5.3.- En nuestra sociedad de hecho no hemos adquirido ningún bien tanto mueble como inmueble alguno que sea motivo de partición; 5.4.- Es el caso señor juez, Aproximadamente, a mediados del año 2013, sin que mediara motivo alguno mi esposa AURA NELLY PARDO SOLARTE, de nacionalidad Colombiana, abandonó el hogar llevándose consigo a nuestra hija de nombres Angie Daniela Ramírez Pardo de la edad de 8 años a esa fecha, domicilio que lo teníamos formado en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; fecha desde la cual nos encontramos con mi esposa AURA NELLY PARDO SOLARTE, totalmente separados, es decir con total abstinencia de relaciones maritales, esto es de las más íntimas y sexuales, por más de tres años a la presente fecha de presentación de esta solicitud de Terminación de la Unión de Hecho. SEIS.- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN, EXPUESTAS CON CLARIDAD Y PRECISIÓN.- Con los antecedentes descritos, amparado en la Constitución de la República Art. 68, Inciso 1°; Código Civil, Art. 222 y 226 literal b); Ley que regula la unión de Hecho, Art.5, literal a); solicito muy comedidamente se declare la Terminación de la Unión de Hecho que nos une con mi prenombrada cónyuge. SIETE.- EL ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS. Las pruebas que me propongo actuar son: 7.1).- Copia Certificada de la Declaración de la Unión de Hecho Solemnizada; 7.2).- Partida de nacimiento de la adolescente Angie Daniela Ramírez Pardo, nacido en Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el treinta de octubre del dos mil seis; 7.3 ).- Se recepte las declaracio-
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www.periodicoindependiente.com Circula del 02 al 08 de julio del 2017
Judiciales nes Testimoniales de los señores: EDISON LEONARDO AMAGUA VILAÑA, MARCO VINICIO SARMIENTO PÉREZ y DIANA MARILÚ SARMIENTO PEREZ; quienes declararán de conformidad al interrogatorio que formulare al momento de la audiencia, para establecer el derecho reclamado enmarcado dentro de la ley, así como para determinar el valor de la prueba, las mismas que se lo hará dentro de la audiencia correspondiente para determinar que el señor DANIEL MAURICIO RAMIREZ ROBLES se encuentra abandonado por su esposa la señora AURA NELLY PARDO SOLARTE, desde el año 2013 hasta la presente fecha con la finalidad que usted señor juez declare la Terminación de la Unión de Hecho que nos une. OCHO.- LA PRETENCIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE. Solicito que en sentencia se declare lo siguiente: a). De la manera más comedida se digne calificar mi solicitud en todas sus partes; b).-Que se declare la Terminación de Unión de Hecho que me une con la señora AURA NELLY PARDO SOLARTE. NUEVE.- LA CUANTÍA DEL PROCESO: La Cuantía por su Naturaleza es Indeterminada. DIEZ.- LA ESPECIFICACION DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento que debe darse a esta causa es el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, reglado en el libro IV, Título I, Capítulo IV, Sección I, Art. 334, Numeral 3, del Código Orgánico General de Procesos ; Art. 226 literal b del Código Civil vigente. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal No. 8533-DNP, Resolución No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO propuesta por RAMÍREZ ROBLES DANIEL MAURICIO en contra de PARDO SOLARTE AURA NELLY, que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) por lo que se la admite a trámite SUMARIO, en el Art. 333 numeral 4 y del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: 1.- CÍTESE a la demandada PARDO SOLARTE AURA NELLY, como lo determina el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General del Procesos, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado, esto es el actor deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, diligencia que tendrá lugar dentro de día y hora hábil; previniéndole a la accionada la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Una vez que se dé cumplimiento extiéndase el respectivo extracto que contendrá la demanda y el presente auto. 2.- Una vez cumplida con la publicación arriba indicada se concede a la parte demandada el término de DIEZ DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 3.- Se concede a la demandada el término de quince días de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos para que conteste la demanda, y tendrá que anunciar las pruebas en la forma prescrita en lo previsto por el Art. 151, 152, 190 y 191 del Código General de Procesos. (COGEP). 4.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte actora, así como la nómina de testigos, señores: EDISON LEONARDO AMAGUA VILAÑA, MARCO VINICIO SARMIENTO PEREZ Y DIANA MARILY SARMIENTO PEREZ y la prueba documental anunciado por el actor. 5.- De conformidad a la Disposición Derogatoria Única de la Ley Reformatoria al Código Civil publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial N. 526 del viernes 19 de junio de 2015, derogado el Art. 111 del Código Civil, no se necesita representación de curador Ad-liten para la menor de edad. 6.-Agréguese la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por el actor y la autorización a su abogado patrocinador.- Actué Abogada Raquel Loayza Ochoa, como secretaria titular de esta Unidad Judicial. CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER Y ADOLESCENCIA F: 5090 1/1 P956-S: 3334
CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO a los herederos desconocidos cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MONAR CAMACHO GLORIA CORINA DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS JUICIO NRO.: 2017-00347 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO CASILLERO: 25 TRAMITE: ORDINARIO AB. DEL ACTOR: AB. JORGE RIVAS JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE VISTOS: GLORIA CORINA MONAR CAMACHO, ecuatoriana, de 40 años de edad, de estado civil Unión de Hecho, portadora de la cédula de ciudadanía No2100095765, de ocupación estudiante, residente en la provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, Barrio Santo Domingo, me presento con la siguiente demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEN, al tenor siguiente: UNO: LA DESIGNACIÓN DE LA O DEL JUZGADOR ANTE QUIEN SE PROPONE.- queda establecida anteriormente. DOS: GLORIA CORINA MONAR CAMACHO, ecuatoriana, de 40 años de edad, de estado civil Unión de Hecho, portadora de la cédula de ciudadanía No2100095765, de ocupación estudiante, residente en la provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, Barrio Santo Domingo, Calles Junín y la “C “ y dentro de la presente acción de Procedimiento ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEN, mis Notificaciones las recibiré en la casilla Judicial No-025 de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, así como en el correo electrónico maxyrivas@hotmail.com, y autorizo y faculto en forma legal y expresa al Abg. Jorge Máximo Rivas Granda, para que en mi nombre y representación, suscriba y presente escritos posteriores en defensa de mis intereses. TRES: En el presente caso, No se requiere del número del Registro Único de Contribuyentes RUC. De los demandados. CUATRO: A los demandados señores DAVID JAIR Y OLIVER JOAO FIGUEROA LOPÉZ, hijos de un matrimonio anterior del causante, a quienes se ordenará se los cite legalmente con ésta demanda y providencia recaída en ellos mediante atento Deprecatorio dirigido al señor Juez Multicompetente del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, para que se proceda a cumplir con la diligencia de citación en el Barrio Orellana, Calles 12 de Octubre y Esmeraldas, casa esquinera, de cemento armado de una Planta, con cerramiento de tubos y malla negra, domicilio que estoy presta a indicar y dar las facilidades al señor citador, para el cumplimiento de la diligencia de Citación, efectos que de existir o creerse asistidos algún derecho, lo realicen conforme a derecho y procedimiento, debiendo aclarar que no existen bienes muebles e inmuebles de ninguna naturaleza adquiridos con mi ex conviviente, a no ser de los elementales del menaje de hogar, conforme consta de la Declaración Juramentada de Unión de Hecho, realizada en vida con mi ex conviviente; así como la Escritura Pública de Posesión Efectiva que se adjunta como documento habilitante. CINCO: 1.- Desde el cuatro de abril del 2007, hasta 27 de octubre del 2012, mantenía Unión de Hecho estable y monogámica, como marido y mujer con quien en vida se llamó señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, conforme a lo previsto en los Art. 222 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en el Art. 68 de la Constitución de la República del Ecuador, en cuya convivencia sexual y marital, procreamos a una hija de nombres KHRISTIANY KEYKO FIGUEROA MONAR, quien a la presente fecha, se encuentra frisando los 04 años, seis meses de edad, cuya unión marital, la mantuvimos en esta provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, barrio Primavera Uno, calles Pio Montufar y S/N. 2.- Dentro de la Unión de Hecho, No adquirimos bienes inmuebles o muebles de naturaleza alguna, a no ser los bienes elementales del menaje de hogar, conforme se demuestra de la Declaración Juramentada de Unión de Hecho, realizada en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, de fecha 06 de febrero del 2012; así como la escritura Pública de Posesión Efectiva, realizada en la Notaría del Cantón Cascales, de fecha uno de noviembre del 2012, a cargo del Dr. Carlos Bastidas Peñafiel, cuyos documentos públicos se adjunta como habilitantes. 3.- Mi ex conviviente señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, antes de su deceso, fue trabajador de la compañía Petrolera SINOPEC- INTERNACIONAL PETROLEUN SERVICE ECUADOR- S. A. y por lo tanto se encontraba afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IEESS, donde a la fecha de su muerte, persiste el derecho de Pensión de Montepío a favor de su hija menor y de la compareciente, cuya afirmación la demuestro con el Aviso de salida entregado por el IESS y la Compañía Petrolera antes nombrada. SEIS: La presente Acción de Procedimiento ORDINARIO de Declaratoria de existencia de Unión de Hecho POST Morten, la fundamento en los Art. 222 al 236, del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el Art. 68, 69 y 70 de nuestra Constitución de la República del Ecuador y 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, a efectos que en sentencia y previo el Procedimiento Ordinario, se digne ordenar y declarar la existencia de la Unión de Hecho Post Morten, mantenida entre la compareciente GLORIA CORINA MONAR CAMACHO y el señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. SIETE.- Dentro
del presente trámite de Procedimiento ORDINARIO, de declaratoria de existencia de la Unión de Hecho Post Morten, solicito se considere como anuncio de prueba a favor de la accionante, las previstas en los Art. 142 numeral 7 y de conformidad a lo establecido en los Art. 193, 194, 195 y 196 del Código Orgánico General de Procesos: ANUNCIO DE PRUEBA: DOCUMENTAL.- a).- Copia de cédula de ciudadanía, certificado de votación de la compareciente y de mi difunto conviviente ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. b).Partida de defunción de quien en Vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. c).- Partida de nacimiento de nuestra hija menor KHRISTIANY KEYKO FIGUEROA MONAR. d).- Aviso de salida del IESS de quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. e).- Declaración Juramentada de Unión de Hecho, celebrada en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, de fecha 06 de febrero del 2012, con la cual demuestro que en esa fecha existía la Unión de Hecho, entre la compareciente y el señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, conforme a lo previsto en el Art. 222 del Código Civil, en concordancia con el Art. 68 de la Constitución de la República del Ecuador, la misma que terminó legalmente el 27 de octubre del 2012, con la muerte de uno de los convivientes el señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, conforme a lo previsto en el Art. 226, literal d) del Código Civil.f).- Escritura de posesión efectiva de bienes, realizada por la accionante, con lo que demuestro que no adquirimos bienes de naturaleza alguna. Prueba que serán reproducidas legalmente en la Audiencia, a efectos que se declare la existencia de la Unión de Hecho Post Morten, entre la compareciente y mi difunto conviviente ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. PRUEBA TESTIMONIAL.a).- Declaración de Parte, de la compareciente Gloria Corina Monar Camacho, de conformidad al Interrogatorio, que se le formulara el momento de la audiencia correspondiente, con lo cual se demostrará la Unión de Hecho entre la Accionante y quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. b).- Declaración del señor FREDDY ANCISAR CAMPOVERDE ARMIJOS, portador de la cedula de ciudadanía No-170912261-6, residente en esta provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, barrio 14 de Octubre, calles Gonzalo López Marañón y Amazonas, quien declara de conformidad al interrogatorio que se le formulara el momento de la Audiencia correspondiente, relacionado con la existencia de la Unión de hecho Post Morten, entre la compareciente y mi difunto compareciente quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. c).- Declaración de la señora CLARA MARISOL SUAREZ MORA, portador de la cedula de ciudadanía No-0925966848, residente en esta provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, ciudad de Nueva Loja, barrio Milena, calles Junín y la “C”, quien declarará de conformidad al interrogatorio que se le formulara el momento de la audiencia correspondiente, relacionado con la existencia de la Unión de Hecho Post Morten, entre la compareciente y mi difunto conviviente, quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. Con cuyas pruebas se demostrara la existencia de la unión de hecho, Post Morten, entre la accionante y me recordado conviviente, quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA. OCHO: Con sujeción a lo previsto en el Art. 76, numerales 1, 4 y 7 literales a), b) y h) de la Constitución de la República del Ecuador y en relación a los Art. 159, 169, 161, 162, 164, 165, y 166 del GOGET, solicito se me autorice acceder judicialmente a la prueba anunciada por el compareciente y a la prueba que llegare anunciar la parte demandada, a fin de ejercer mis derechos y no quedar en la indefensión. NUEVE: Que previo al trámite correspondiente, se digne ordenar mediante Resolución, LA EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEN, entre la compareciente GLORIA CORINA MONAR CAMACHO Y EL SEÑOR EDGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, conforme a lo previsto en los Art. 222 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el Art. 68 de nuestra Constitución de la República del Ecuador, a efectos que la compareciente y mi hija menor, KHRISTIANY KEYKO FIGEROA MONAR, poder acceder al beneficio de PENSIÓN DE MONTE PIO ante el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IEESS, al cual tenemos derecho, ya que quien en vida se llamó ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, fue afiliado a dicha institución del Estado en calidad de trabajador de la Compañía Petrolera SINOPEC-SIPC-PERTOLEUN SERVICE ECUADOR-S.A. La misma que se ordenará se inscriba en el Registro Civil del cantón Lago Agrio. DIEZ: LA CUANTÍA DEL PROCESO CUANDO SEA NECESARIA PARA DETERMINAR PROCEDIMIENTO: La cuantía de la presente acción por su naturaleza es INDETERMINADA. ONCE: El procedimiento que se dará a la causa es el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, se encuentra prevista en el Art. 289, como Procesos de Conocimiento del Código Orgánico General de Procesos. DOCE: Las firmas y rúbricas que constan en la presente demanda, son las que acostumbro a utilizar en todos mis actos públicos y privados en los que intervengo. Adjunto copias de cédula de ciudadanía, certificado de votación, copia de cédula de mi difunto conviviente, partida de nacimiento de nuestra hija menor, Copia certificada de Declaración de Unión de Hecho, Escritura de Posesión Efectiva, inscripción de defunción de quien en vida se llamó señor ESGARDO LUCIANO FIGUEROA RIVERA, aviso de salida conferido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IEESS y la Compañía Petrolera, copia de credencial de mi Abogado Patrocinador y copias de Ley. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, al haber sido nombrado mediante acción de personal No. 8533DNP, Resolución No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO propuesta por MONAR CAMACHO GLORIA CORINA, es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto se la admite a TRÁMITE ORDINARIO. 1.- Se dispone que con copia de la demanda y esta providencia se cite a los demandados DAVID JAIR Y OLIVER JOAO FIGUEROA LÓPEZ, en el lugar que se indica en la demanda, mediante DEPRECATORIO, dirigido a la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos; A los herederos desconocidos se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos; previniéndoles a los accionados la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).2.- Se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 291 del mismo cuerpo normativo; 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para recibir notificaciones que le corresponda; así como la autorización que le confiere a su abogado defensor en la presente causa; 4.- De conformidad con el Art. 158, del Código General de Procesos respecto a los medios probatorios, presentados por la actora los mismos se dispone: 1).- Téngase en cuenta los anuncios probatorios indicados a su favor en el numeral 7, de su demanda; Así como también de conformidad con los Art. 187, 189 y 190 se recepte el testimonio de los testigos indicados, quienes rendirán sus testimonios sobre los hechos narrados en la presente demanda y según lo solicitado en día de la audiencia; y, 5.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda. Actúe la señora Ab. Raquel Loayza, secretaria de esta Unidad Judicial, despacho “C”. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500903845 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110758086, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 400796669 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110869235, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0620810626 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110793043, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) S: 3358
Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL F: 5073 3/3 S: 3323
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0420768206, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500871219 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0700765185 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 430755483 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S.A Nº 650102959 se procede anular. Con el valor de $ 4000,00 con el vencimiento se procede anular (1/3)
JOYA DE LOS SACHAS Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600784338 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500718233 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600787256 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600800421 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600745545 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600801762 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500949063 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por orden de la Cta. Nº 6600007397 se procede anular. El siguiente cheque del número 884 al 925 Por orden de la Cta. Nº 6600007397 se procede anular. El siguiente cheque del número 876 al 879 Por orden de la Cta. Nº 6600007397 se procede anular. El siguiente cheque del número 881 al 882
LAGO AGRIO Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100881268, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100845903, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100831716, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. N 080767808 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500820762se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. N 6500863976 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500721943 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500854721 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 día contados desde la última publicación de este aviso (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500817052 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15700521 y cartola n.- 835053 emitida a nombre de MASTIAN PANTE ANGEL OSWALDO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1695
Yo, LEÓN PEDRO FELIX, con C.I. Nº 1756069124, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº KEB0066, MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5102 (1) S: 3347 Yo, GARRIDO GENARO, con C.I. Nº 120070447-4, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº Q007955, MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5101 (1) S: 3346 Yo, VELASQUEZ DARWIN, con C.I. Nº 110333525-1. Presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº KAB0805, de VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5100 (1) S: 3345 Yo, TORRES LOAYZA , con C.I. Nº 1719851592, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº 171985159-2. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5099 (1) S: 3344 Yo, RAMÓN MARCOS, con C.I. Nº 1708596216, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº II805Z . Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5089 (1) S: 3343
TENA Perdida de placa TBE1380 CAMIONETA BT-50 TSX 0OT00RS, Del socio RODRIGO CABRERA, 1/1 F 1854 T1697
P
PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo, MIRANDA WILLIAN, con C.I. Nº 091676801-3, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IB376B . Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5113 (1) S: 3359 Yo, LEÓN JUAN DIEGO, con C.I. Nº 210038411-0, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IC687X de MOTO Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5112 (1) S: 3356 Yo, ARIAS JUAN, con C.I. Nº 210037922-7, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: HG357X MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5108 (1) S: 3353 Yo, PONCE WILLIAM, con C.I. Nº 210102731-2, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HR959X, de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5107 (1) S: 3352 Yo, CAIZA VICENTE, con C.I. Nº 020090949-2, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HH066T de VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5106 (1) S: 3351 Yo, SUANGO HÉCTOR, con C.I. Nº 020054147-2, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IC603Y de MOTO Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5105 (1) S: 3350 Yo, ALTAMIRANO MAURO, con C.I. Nº 060251398-8; presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HN876Y MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5104 (1) S: 3349
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CONSTRUCTORA CONTENTO Y SALINAS SERVICES OIL CYSCONSEROIL S. A.
De conformidad con lo establecido en los artículos 160, 175, 181, 182 y 440 de la Ley de Compañías, así como del articulo SEPTIMO de los estatutos, se convoca a los accionistas de la Compañía Constructora Contento y Salinas Company Services Oil Cysconseroil S.A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas, la misma que se realizará el día viernes 7 de julio del 2017 a las 18h00, en la sala de reuniones de la compañía, ubicada en el cantón La joya de los Sachas, Barrio 5 de Junio, Calles García Moreno S/N y 10 de Agosto, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quorum. 2. Instalación de la Junta por parte del Presidente. 3. Lectura de la convocatoria y aprobación del orden del día 4. lectura, análisis y resolución de incremento de capital 5. Autorización para aceptación de incremento de capital por nuevos accionistas. 6. Aprobación del Acta de esta junta. 7. Clausura. Atentamente Viviana Paola Contento Escobar GERENTE GENERAL Constructora Contento y Salinas Company Services Oil Cysconseroil S.A. La Joya de los Sachas, 30 de junio del 2017 Q-0000
Cursos vacacionales en el Macco
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500955381, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 010081324-6, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100774470, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 100808664-1, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100817955, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100822555, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
ORELLANA
TENA
Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15658746 y cartola n.- 799549 emitida a nombre de ROBLES ROMERO CARINA RAQUEL se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1695
Yo, MARTÍNEZ JESSICA, con C.I. Nº 2100667506, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IK165G, MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5103 (1) S: 3348
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110870187, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0400779719, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por orden del titular de la cta. Cte. 0100618569, se comunica que se está procediendo anular el siguiente formulario de cheques. Nº 492-493-566-567-568. (1) Por orden del titular de la cta. Cte. 6600608565, se comunica que se está procediendo anular el siguiente formulario de cheques. Nº 241-195-221-225-216-240-283-308-309-326. (1) S: 3341
SHUSHUFINDI Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110814645, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110855846, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
Ya mismo llega el tiempo de que los niños, niñas y adolescentes, se diviertan en vacaciones. Redacción Orellana
campo”.
Del 17 de julio al 14 de agosto del 2017 se desarrollarán los cursos vacacionales organizados por el Museo arqueológico y centro cultural de Orellana (Macco). Raquel Noboa, gerenta del Macco, precisó que los cursos vacacionales tendrán contenido social y cultural para niños y adolescentes de 5 a 16 años de edad. “Queremos que los niños sientan que se terminaron las clases, que no están en una educación formal, para esto hemos preparado cursos vacacionales donde los niños van a participar, divertirse en cursos de teatro, música, pintura, historias de cuentos, además hemos preparado para los viernes de cada semana llevarlos de excursión al
Salida al campo Noboa anunció que el cierre de los cursos se cumplirá en un campamento en una finca cerca del río Napo, para que los participantes conozcan más sobre las técnicas de excursión, “aquí estaremos compartiendo con cuentos, aventuras, es decir, tenemos preparado algo distinto donde los niños puedan realmente divertirse”. Aunque no expresó una cifra, Noboa dijo que los cursos tendrán precios mínimos. “Los interesados pueden acercarse a las oficinas de la institución porque a partir de esta semana ya tendremos información definida de los costos y los cupos para estos cursos”.
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Salud La OMS establece que esta enfermedad afecta más a las mujeres
La depresión puede llevar al suicidio
La depresión, un trastorno mental frecuente, afecta según cálculos a más de 300 millones de personas en el mundo y es la principal causa mundial de discapacidad y contribuye de forma muy importante a la carga mundial general de morbilidad. Generalidades La depresión es una enfermedad frecuente en todo el mundo. La depresión es distinta de las variaciones habituales del estado de ánimo y de las respuestas emocionales breves a los problemas de la vida cotidiana. Puede convertirse en un problema de salud serio, especialmente cuando es de larga duración e intensidad moderada a grave, y puede causar gran sufrimiento y alterar las actividades laborales, escolares y familiares. En el peor de los casos puede llevar al suicidio. Cada año se suicidan cerca de 800.000 personas, y el suicidio es la segunda causa de muerte en el grupo etario de 15 a 29 años. Aunque hay tratamientos eficaces para la depresión, más de la mitad de los afectados en todo el mundo (y más del 90 por ciento en muchos países) no recibe esos tratamientos. Entre los obstáculos a una atención eficaz se encuentran la falta de recursos y de personal sanitario capacitados, además de la estigmatización de los trastornos mentales y la evaluación clínica inexacta. Otra barrera para la atención eficaz es la evaluación errónea. En países de todo tipo de ingresos, las personas con depresión a menudo no son correctamente diagnosticadas, mientras que otras que en realidad no la padecen son a menudo diagnosticadas erróneamente y tratadas con antidepresivos. La carga mundial de depresión y de otros trastornos mentales está en aumento. En una resolución de la asamblea mundial de la salud adoptada en mayo del 2013 se abogó por una respuesta integral y coordinada de los países al problema de los trastornos mentales. Tipos y síntomas Dependiendo del número y de la intensidad de los síntomas, los episodios depresivos pueden clasificarse como leves, moderados o graves. Una distinción fundamental es la establecida entre la depresión en personas con y sin antecedentes de episodios maníacos. Ambos tipos
Se debe recordar que hay tratamientos eficaces para la depresión, que si no es tratada puede llevar incluso al suicidio.
Respuesta de la OMS La depresión es una de las afecciones prioritarias en el programa de acción para superar la brecha en salud mental (mhGAP) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuyo objetivo consiste en ayudar a los países a ampliar los servicios para personas con trastornos mentales, neurológicos y por consumo de sustancias mediante la prestación de la asistencia por profesionales sanitarios que no son especialistas en salud mental. El programa parte del principio de que con una atención adecuada, ayuda psicosocial y medicación, decenas de millones de personas con trastornos mentales, entre ellos la depresión, podrían tener una vida normal, incluso en entornos con escasos recursos.
de depresión pueden ser crónicos y recidivantes, especialmente cuando no se tratan. El trastorno depresivo recurrente, como su nombre indica, se caracteriza por repetidos episodios de depresión. Durante estos episodios, hay estado de ánimo deprimido, pérdida de interés y de la capacidad de disfrutar, y reducción de la energía que produce una disminución de la actividad, todo ello durante un mínimo de 2 semanas. Muchas personas con depresión también padecen síntomas de ansiedad, alteraciones del sueño y del apetito, sentimientos de culpa y baja autoestima, dificultades de concentración e incluso síntomas sin explicación médica. Dependiendo del número y de la intensidad de los síntomas, los
Factores contribuyentes y prevención La depresión es el resultado de interacciones complejas entre factores sociales, psicológicos y biológicos. Quienes han pasado por circunstancias vitales adversas (desempleo, luto, traumatismos psicológicos) tienen más probabilidades de sufrir depresión. A su vez, la depresión puede generar más estrés y disfunción, y empeorar la situación vital de la persona afectada y, por consiguiente, la propia depresión. Hay relaciones entre la depresión y la salud física; así, por ejemplo, las enfermedades cardiovasculares pueden producir depresión, y vice-
Diagnóstico y tratamiento Hay tratamientos eficaces para la depresión moderada y grave. Los profesionales sanitarios pueden ofrecer tratamientos psicológicos, como la activación conductual, la terapia cognitiva conductual y la psicoterapia interpersonal, o medicamentos antidepresivos, como los inhibidores selectivos de la recaptación de serotonina y los antidepresivos tricíclicos. Los profesionales de la salud deben tener presentes los posibles efectos adversos de los antidepresivos, las posibilidades de llevar a cabo uno u otro tipo de intervención (por disponibilidad de conocimientos técnicos o del tratamiento en cuestión) y las preferencias individuales. Entre los diferentes tratamientos psicológicos a tener en cuenta se encuentran los tratamientos psicológicos cara a cara, individuales o en grupo, dispensados por profesionales o por terapeutas legos supervisados. Los tratamientos psicosociales también son eficaces en los casos de depresión leve. Los antidepresivos pueden ser eficaces en la depresión moderada a grave, pero no son el tratamiento de elección en los casos leves, y no se deben utilizar para tratar la depresión en niños ni como tratamiento de primera línea en adolescentes, en los que hay que utilizarlos con cautela.
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La depresión puede pasar desapercibida A menudo, no se detectan los síntomas cuando coinciden con: Otras enfermedades. Momentos difíciles en la vida. Los síntomas de la depresión no son lo mismo que: La tristeza pasajera ni El dolor que sentimos todos después de una pérdida. Fuente: http://www.who.int
episodios depresivos pueden clasificarse como leves, moderados o graves. Las personas con episodios depresivos leves tendrán alguna dificultad para seguir con sus actividades laborales y sociales habituales, aunque probablemente no las suspendan completamente. En cambio, durante un episodio depresivo grave es muy improbable que el paciente pueda mantener sus actividades sociales, laborales o domésticas si no es con grandes limitaciones. Trastorno afectivo bipolar, este tipo de depresión consiste característicamente en episodios maníacos y depresivos separados por intervalos con un estado de ánimo normal. Los episodios maníacos cursan con estado de ánimo elevado o irritable, hiperactividad, logo-
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versa. Está demostrado que los programas de prevención reducen la depresión. Entre las estrategias comunitarias eficaces para prevenirla se encuentran los programas escolares para promover un modelo de pensamiento positivo entre los niños, niñas y adolescentes. Las intervenciones dirigidas a los padres de niños con problemas de conducta pueden reducir los síntomas depresivos de los padres y mejorar los resultados de sus hijos. Los programas de ejercicio para las personas mayores también pueden ser eficaces para prevenir la depresión.
rrea, autoestima excesiva y disminución de la necesidad de dormir.
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO EN VOLQUETAS RIO ANZU S.A
CONVOCATORIA N.-003-2017
La Joya de los Sachas, a 30 de junio del 2017
EL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONVOCA A LOS ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL AL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA CUBRIR LAS VACANTES DE ABOGADO EXTERNO DE COACTIVA EN LA PROVINCIA DE ORELLANA La recepción de las aplicaciones se realizará el 10, 11, 12 y 13 de julio del 2017, a través del portal web: www.iess.gob.ec, ingresando al link Concurso de Méritos y Oposición. REQUISITOS: Tener título de abogado o doctor en jurisprudencia registrado en el SENESCYT, no encontrarse desempeñando un cargo público en concordancia con el artículo 12 de la LOSEP, encontrarse afiliado al IESS (independiente o con relación de dependencia) y cumplir con el perfil requerido para el cargo. CONOCIMIENTOS REQUERIDOS: Ley de Seguridad Social, Código Orgánico General de Procesos, Resolución C.D. 516, Código Civil, Código Orgánico Integral Penal, Código de Procedimiento Civil, Constitución de la República del Ecuador , en lo relacionado a conocimientos básicos de derecho, Seguridad Social y Coactiva. Nota: Los Abogados del IESS no podrán desarrollar sus actividades en 2 o más Provincias, la postulación NO TENDRÁ COSTO ALGUNO. Q-0000
Se convoca a los señores accionistas de la compañía de TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL DE ESTUDIANTES Y PERSONAL COJOSACEXPRESS S.A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas, para el sábado 08 de junio del 2017, a las 14H00 pm, en la oficina de la compañía ubicada en la Av. Los Fundadores y 1ro de Mayo Cantón La Joya de los Sachas para conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día: 1) Constatación del Quórum. 2) Instalación de la Junta General Extraordinaria por parte del Sr. presidente Marcos Guanca. 3) Socialización del Crédito corporativo a través de HYUNMOTORS 4) Clausura. Atentamente Marcos Guanca Ajila PRESIDENTE DE COJOSACEXPRESS S.A. Q-0000
Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.11.001401 Expediente No. 138642 Tena-Napo
CONVOCATORIA No. 21 A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO EN VOLQUETAS RIOANZU S.A Se convoca a los accionistas de la compañía de trasporte pesado en volquetas “RIOANZU S.A.”, de la ciudad de Tena, a una Junta General Ordinaria que se llevara a cabo el día martes 23 de mayo del 2017, a las 19h00, en la oficina de la compañía ubicada en el barrio Ciudadela del Chofer, Avenida 15 de noviembre y avenida del Chofer de la ciudad del Tena; para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum, 2. Instalación de la sesión , 3. Lectura y aprobación del acta anterior. 4. Elección y Posesión del Presidente. 5. Elección del nuevo Comisario y Posesión. 6. Resolución sobre la capacitación obtenida en el SRI sobre la Facturación 7. Asuntos Varios 8. Clausura Se ruega encarecidamente la asistencia a la misma. Atentamente,
Sr. Salvador Pulluquitin GERENTE T-1698
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Pasatiempo Sopa de letras
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METEORITO NEBULOSA PLANETA SATELITES
Sudoku
Encuentra las 5 Diferencias
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Comunidad Agrocalidad toma acciones ante brote de aftosa en Colombia Redacción Sucumbíos
Ante la notificación del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) del brote de fiebre aftosa registrado en el departamento de Arauca, donde 7 animales resultaron positivos en fiebre aftosa tipo “O”, la Agencia ecuatoriana de aseguramiento de la calidad del agro (Agrocalidad) anunció que preserva el estatus sanitario del país, considerando que el Ecuador fue reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) en el 2015 como país libre de fiebre aftosa. Desinfecciones Entre las acciones a tomarse están: extremar la inspección de los pasajeros provenientes de Colombia y Venezuela; todo producto pecuario, que no posea las justificaciones legales e internacionales, será decomisado. Desinfectar el calzado de los pasajeros que ingresen al país por pasos fronterizos, puertos y aeropuertos. Coordinar acciones conjuntas con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), Policía Nacional y Ejército ecuatoriano, para fortalecer el control de ingreso de animales vivos al territorio ecuatoriano. Ampliar los controles en el país de certificados zoosanitarios de movilización interna de animales y certificados de vacunación contra fiebre afto-
Redacción Nacional
El transporte de ganado deberá tener permisos zoosanitarios, y el paso de personas provenientes del exterior se cumplirá, según Agrocalidad, pasando por desinfecciones.
sa y peste porcina clásica (PPC). Aumentar la periodicidad de los operativos interinstitucionales de carretera, para evitar el transporte ilegal de mercadería pecuaria en nuestro territorio. Agrocalidad advierte que este suceso en Colombia pone en riesgo el
estatus conseguido en 2015 y amenaza la exportación de productos pecuarios hacia mercados internacionales. P
El Reventador tiene animales domésticos sin tuberculosis y brucelosis
En el cantón la Joya de los Sachas se revisó la cadena de elaboración, procesamiento y almacenamiento de productos destinados al consumo humano.
La Agencia nacional de regulación, control y vigilancia sanitaria (Arcsa), a través de su coordinación zonal 2, participó en un operativo para verificar las condiciones higiénico-sanitarias de establecimientos de expendio de alimentos
Como parte de las obras de mantenimiento en la red vial estatal de Pastaza, la dirección distrital del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), conjuntamente con el gobierno parroquial de Mera, realiza trabajos de bacheo en la vía Puyo-Baños. El bacheo se ejecuta en el sector Santa Rosa-Te Zulay, en un tramo aproximado de 1,5 kilómetros afectado por el desgaste de la carpeta asfáltica, por el alto porcentaje de transporte pesado que circula en la zona. Personal técnico del MTOP trabaja en horas de la mañana en el bacheo sin interrumpir el flujo normal de vehículos, en esta vía de
acceso a varios lugares turísticos de la provincia, que en las próximas semanas recibirá gran afluencia turística por el fin del ciclo escolar en la Sierra y Amazonía. Carlos Valdivieso, oriundo de Pastaza, quien circula a diario por esta vía para acudir a su trabajo en el cantón Baños, calificó de importante al mantenimiento de la vía, para circular sin complicaciones, en menos tiempo. Willinton Lituma, director distrital del MTOP Pastaza, precisó que se trabaja 24 horas, los 7 días de la semana, no solo en temas de mantenimiento, sino también en la atención de situaciones emergentes como pequeños deslizamientos, ocasionados por el temporal invernal.
El personal bachea las vías todos los días de la semana entre la provincia de Tungurahua y Pastaza.
Arcsa colabora en operativo de restaurantes
Redacción Orellana
Bacheo en la vía Baños-Puyo
en La Joya de los Sachas. La actividad, que se desarrolló conjuntamente con la comisaría nacional de Policía y la municipal de Los Sachas, abarcó el sector céntrico de la ciudad, en donde se verificaron 7 restaurantes, donde se brindó asistencia técnica y se hizo un control de los productos
alimenticios caducados o con etiquetas que mostraban adulteración en las fechas de vencimiento. Los técnicos de Arcsa registraron la existencia de estas observaciones y las transmitieron a los responsables de los establecimientos para que realicen las mejoras respectivas.
El trabajo en conjunto de técnicos de la dirección distrital zonal de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad) y personal del gobierno parroquial de El Reventador, hizo posible el proyecto de erradicación de brucelosis y tuberculosis bovina, en esa jurisdicción del cantón Gonzalo Pizarro, provincia de Sucumbíos. La brucelosis es una enfermedad en los animales domésticos y de especies susceptibles, que afecta la capacidad reproductiva, ocasionando abortos y disminuye la producción lechera, lo que conlleva a pérdidas económicas de los productores. Esta enfermedad ha sido diagnosticada en el país y está considerada un mal de control oficial; además es una enfermedad que puede ser transmitida desde los animales a los humanos mediante el consumo de leche, carne y productos crudos; contaminación que afecta a la salud humana, provocando alteraciones óseas, nerviosas, sexuales e incluRedacción Sucumbíos
sive, son causa de muerte. En esta parroquia se tomaron 1.445 muestras de brucelosis, de las cuales todas resultaron negativas. La tuberculosis bovina (TBB) es una enfermedad causada por la bacteria “Micobacterium bovis” que no solo se transmite al hombre, sino también a los animales domésticos y silvestres. En el ganado adulto, la TBB se presenta como una enfermedad respiratoria, provocando lesiones pulmonares e inflamación de los módulos linfáticos, especialmente en el tracto respiratorio. Los técnicos de Agrocalidad realizan la inspección y emisión de normativas para la certificación de predios libres, además de la emisión de certificados y la correspondiente coordinación del sacrificio de animales positivos a estas enfermedades. En este proceso de certificación se realizan 2 muestreos en un intervalo de 4 meses y si los resultados son negativos, se entregará la certificación como predios libres de brucelosis y tuberculosis, explicaron los técnicos de Agrocalidad, respecto a este trabajo realizado en la parroquia El Reventador.
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Comunidad Usuarios del bono de desarrollo humano reciben talleres especializados
Jornada para valorar los símbolos patrios Redacción Orellana
Los cursos dirigidos a los beneficiarios del BDH se impartieron del 13 al 30 de junio del 2017. Redacción Sucumbíos
La unidad de promoción y movilidad social (UPMS) del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) de Lago Agrio, con el apoyo del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap) realizó talleres de producción dirigidos a 120 familias beneficiarias del crédito de desarrollo humano (CDH) en Sucumbíos. Abraham Moyano, técnico del Magap, manifestó a los asistentes sobre los proyectos avícolas, la clasificación, factores que inciden en la crianza, programa de alimentación, enfermedades de pollos y las especificaciones técnicas para el desarrollo de las aves. También
habló de la porcicultura y el valor en la cadena alimenticia. Crianza de aves Lorena Navas, beneficiaria del CDH, asentada en el kilómetro 8 de la vía a Coca, dijo “pongo mensualmente al mercado una buena cantidad para la alimentación de las familias de Sucumbíos”. El CDH lo invertirá en la producción de pollos; ella considera que las capacitaciones técnicas son importantes para la producción y comercialización de productos, animales y aves. En la provincia de Sucumbíos, hasta mayo de 2017, a través del CDH, se beneficiaron 279 familias con una inversión de 334.000 dólares.
La Policía Nacional de Orellana, con el fin de rescatar el conocimiento por los símbolos patrios, realizó el 26 de junio un acto cívico donde participaron autoridades provinciales, cantonales, oficiales de Policía, personal de tropa y estudiantes de la unidad educativa 24 de Marzo. La teniente coronel Paola Suarez, jefa del distrito Orellana-Loreto, destacó la importancia de que la ciudadanía exprese el respeto a los símbolos patrios, “se busca recordar el profundo amor que tenemos por los símbolos patrios, por eso como Policía hacemos una invitación a la ciudadanía que conjuntamente con la institución podamos resaltar
Una voz educadora
Por su parte Liliana Vargas, docente de la unidad educativa 24 de Marzo, indicó que “siempre hay que recalcar a los estudiantes sobre los símbolos patrios de nuestra nación, no es justo que se pierdan estos conoci-
mientos, hay que recalcarlos siempre y mucho mejor con la presencia de la Policía, que da la seguridad a la ciudadanía”. En este programa se hizo énfasis en la lucha contra el uso indebido de drogas y los daños que causan a la sociedad. La teniente Alicia Zúñiga manifestó que en los tiempos modernos éstos son uno de los mayores problemas que azotan a la sociedad, “muchas drogas que comenzaron siendo legales, o creadas para fines médicos, se han convertido en verdaderas plagas para generaciones enteras, al margen de los efectos negativos a nivel sociológico y sanitario, que las drogas ilegales tienen sobre nuestra sociedad”.
Los participantes del minuto cívico se dieron cita en el destacamento de Policía Orellana número 22,
INGREDIENTES: 50 g de arroz 1 cebolla 1 zanahoria 2 ramas de apio 1 puerro 150 g de calabaza 1 diente de ajo 200 g de guisantes congelados 3 c.s. de aceite de oliva
este acto como es el minuto cívico”, dijo. La jefe policial aclaró que más aún es llegar a los jóvenes, niños y niñas para que conjuntamente con la Policía exteriorizar estos valores y sobre todo que se pueda contar con el apoyo de ellos, “considero que esto va a ser muy fructífero, para que aprendamos a valorar lo que somos y por ende a ser unos grandes seres humanos desde temprana edad”.
1 hoja de laurel 2 ramitas de tomillo 1 c.s. de orégano seco 2 c.s. de perejil picado 1 litro de caldo de pollo sal fina pimienta negra unas ramitas de cebollino para decorar
PREPARACIÓN: Pelar y picar la cebolla, el puerro, el ajo y la zanahoria. Pelar la calabaza y cortarla en dados de 2 cm de lado. Retirar los hilos al apio y cortarlo en daditos. Calentar el aceite en una cazuela y sofreír en ella la cebolla con el ajo, la zanahoria y el apio durante 5 minutos. Añadir el arroz y dorar 1 minuto. Incorporar el laurel, el tomillo y el orégano y mezclar. Bañar con el caldo, salpimentar, llevar a ebullición y cocer 12 minutos a fuego bajo. Incorporar el puerro picado y los dados de calabaza, llevar a ebullición y cocer 5 minutos más. Espolvorear con el perejil, agregar los guisantes, llevar de nuevo a ebullición y cocer durante 3 minutos más. Repartir la sopa en platos hondos calientes, decorar con unos tallos de cebollino y servir.
Sopa de pollo con verduras
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Comunidad Ecorae presenta cartilla etnobotánica Taller sobre prevención del de las nacionalidades amazónicas embarazo en adolescentes Redacción Orellana
Redacción Sucumbíos
En el auditorio del distrito de salud 16D1 de Puyo, el Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (Ecorae), presentó el 27 de junio la Cartilla etnobotánica de la nacionalidades de la Amazonía ecuatoriana, un aporte institucional que pretende valorar los saberes ancestrales de la región. “Esta revista, que hoy entregamos, sin duda no fue una transcripción somera, no fue una recopilación simple, tuvo un proceso de casi 3 años. En el 2016, nuestros técnicos hicieron una recopilación comparativa para determinar la certeza de que aquella información era real, y sobre todo, confiable”, aseguró el secretario ejecutivo del Ecorae, Eduardo Calvas. El documento recoge 900 especies, las más importantes, según el primer censo de bioemprendimientos amazónicos realizado también por el Ecorae en las 6 provincias de la región. Fue elaborado gracias a los aportes de los representantes de nueve nacio-
Se entregaron ejemplares de la cartilla a todos los asistentes, representantes del ejecutivo desconcentrado, de la Universidad Estatal Amazónica; asimismo se reconoció públicamente al autor de la obra.
nalidades: Shuar, Achuar, Shiwiar, Waorani, Siekopai, Cofán, Zapara, kichwa y Andwa. Autoría El excoordinador de la unidad de bioemprendimientos del Ecorae y autor de la obra, Lee Mayacu, destacó la realidad de la juventud de las nacionalidades sobre el interés que tiene por los saberes ancestrales. “300 jóvenes consultados en mi parroquia (Macuma), solamente 20 se interesan o conocen algo de las plantas medicinales y de los saberes
ancestrales”, dijo. Mayacu conminó a que su trabajo debería llegar a las manos de los más pequeños para despertar su interés, “tendría una felicidad inmensa por encontrar este documento en las escuelas, para que los niños vayan interesándose de que hay que proteger lo que existe en nuestros bosques, porque si no lo hacemos, lamentablemente, tendremos que ver a nuestros hijos con una motosierra cortando toda la madera del bosque”.
Alrededor de 50 estudiantes de bachillerato de la unidad educativa del milenio Mushuk Ayllu asistieron al taller “Fortalecimiento de la familia”, que realizó el área de juventudes del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), cuyo objetivo es posesionar el rol de la familia y prevenir el embarazo en adolescentes. Con dinámicas, sociodramas y mensajes de los jóvenes, se abordaron los temas: identidad, sexualidad y ámbito familiar. Sonia Quizhpe, directora distrital de MIES en Orellana, anunció que durante agosto, por temporada de vacaciones, el MIES activará la escuela de formación de adolescentes y jóvenes, en el cual se aplicará este taller que será di-
rigido a los estudiantes de los cantones Francisco de Orellana, La Joya de los Sachas y Loreto. La funcionaria expresó que la familia es la primera escuela de formación en valores, “queremos mejorar el relacionamiento de ellos mediante el enriquecimiento de conocimientos sobre efectividad y sexualidad con enfoque de familia, y de esta manera contribuir en la prevención del embarazo en adolescentes”. La estudiante Elemí Guamán indicó que el taller le enseñó la importancia de una buena comunicación con sus padres. “Tenemos que valorar el esfuerzo y trabajo que realizan ellos por nosotros y conocer lo que es bueno para nuestro futuro”.
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Testigos de Jehová realizan asambleas en todo el mundo
Redacción Nacional
Los testigos de Jehová finalizarán a principios del 2018 sus asambleas anuales realizadas desde el 19 de mayo del presente año en diferentes partes del mundo. El 30 de junio, y los días 1 y 2 de julio, las reuniones se realizaron en la sede ubicada en San José de Morán, barrio Marianitas, sector de la parro-
quia de Calderón. Los testigos de Jehová contaron con gran asistencia de público por la importancia de los temas relacionados a la vida moderna. En el programa se escucharon discursos, entrevistas, y se proyectaron películas. A este tipo de eventos puede concurrir toda persona. La entrada a las conferencias, netamente espirituales, es gratuita.
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Terrenos baldíos que generan insalubridad Redacción Orellana
Varios terrenos baldíos y llenos de maleza, en la ciudad de Coca, se han convertido en focos de infección e inseguridad para los habitantes. Fabián Guamán, jefe de la comisaría ambiental del Municipio de Francisco de Orellana, manifestó que “esta dirección desde hace 2 años estamos compartiendo esta información a la ciudadanía, mediante, charlas, reuniones, también a través de boletines que han sido distribuidos de puerta a puerta, informando sobre la obligación de los propietarios de terrenos, para mantenerlos limpios hasta la mitad de la vía según reza en el artículo 34 de la ordenanza”. Agregó que en reuniones mantenidas en el comité de operaciones de emergencias (COE) cantonal, les han advertido, las autoridades policiales, Gobernación, Fiscalía, juzgados, que determinadas personas, dedicadas al consumo de drogas, se escondan.
Entre la crecida maleza, según las autoridades, se esconde la gente “de mal vivir”.
Señores tengan en cuenta Guamán comentó que botar basura en propiedades abandonadas también generan problemas entre vecinos, lo cual hace que se propaguen enfermedades y el ornato de la ciudad se vea disminuido ante los visitantes locales, nacionales y extranjeros, “estas acciones implican sanciones y multas contempladas en la ordenanza municipal, por primera vez, la multa es de un salario básico unificado y si el Municipio interviene directamente, van los costos de limpieza, que se le cargan al propietario del terreno, si son re-
incidentes, la multa corresponde a 2 salarios básicos”. En referencia a los terrenos privados el comisario dijo, “si se encuentran abandonados, el reglamento expone que puede pasar a un proceso de utilidad pública y dentro de eso, realizar obras en beneficio de la colectividad, tal como dice la Constitución, el Cootad y la ordenanza correspondiente”. Guamán hace un llamado a la ciudadanía para que mantenga limpios los solares, ya que de esa manera garantizan la seguridad entre vecinos y además se mantiene en orden el ornato de la ciudad.