ORELLANA
AÑO 20 Edición 964 Circula del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
7.000
EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA
Niñas y niños ponen mucho esfuerzo en las 2K
Cerca del parque central de Coca, más de 200 pequeños atletas dieron ejemplo de cómo se hace deporte. Todos fueron incentivados con camisetas y medallas de reconocimiento.
P. 05
EDICIÓN
En Sucumbíos y Napo ya funciona la “Ruta del Agua” En 7 cantones trabaja la mancomunidad “Ruta del Agua, ¡Vive la Amazonía!” que fortalecerá la conservación del entorno natural. El río Malo, en Napo, es un referente de este proyecto turístico.
P. 05
Accede a la edición virtual desde tu movil.
P
Q-1121
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Comunidad
¿Comer chocolate protege el corazón?
MUNDO
2
Sucumbíos ya tiene su área de conservación: “La Bonita, Cofanes, Chingual”
La minga agropecuaria gubernamental Redacción Orellana
El Municipio de Sucumbíos ha conseguido uno de sus importantes logros, definir su área de conservación. Redacción Sucumbíos
El cantón Sucumbíos, en la provincia del mismo nombre, es un territorio de maravillosos paisajes, donde las aguas cristalinas, aves y vegetación de diferente expresión, se hacen presentes en un ecosistema comprendido desde el bosque nublado, el páramo, hasta el trópico amazónico. En ese contexto la Municipalidad de Sucumbíos trabaja desde el año 2008, en la creación de un área de conservación llamada: “La Bonita, Cofanes, Chingual” cuya área definitiva queda en 53.072 hectáreas de este espacio de conservación. Javier Fuel, jefe departamental de ambiente y turismo del Municipio de Sucumbíos, precisó que desde el 2008 se trabaja es esta idea, cuando se creó una primera ordenanza y cuyos territorios eran de 73.000 hectáreas. En el 2012 se modificó la ordenanza con un área de 52.000 hectáreas. Finalmente en octubre del 2016, mediante ordenanza modificatoria se estableció un territorio de 53.072 hectáreas de área de conservación. La reducción de áreas de conservación se dio por la presión de las concesiones mineras, agregó Fuel, por lo que se realizó la modificatoria, con lo que está lista para la inscripción en el “sistema de áreas protegidas”. El acuerdo mi-
nisterial, emitido el 2 de agosto del 2017 por el Ministerio de Ambiente, ya incorpora a esta área: La Bonita, Cofanes, Chingual, al Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Ecuador. De esta manera, la provincia tiene una nueva área protegida por el Ministerio del Ambiente, subrayó el funcionario. Es por eso que ambiente, a través de Tarsicio Granizo, como ministro, entregará en un acto solemne el acuerdo ministerial al Municipio de Sucumbíos, al haber creado su propia área de conservación. Constituyéndose en la segunda área de conservación municipal en el país; la primera es la de “Siete iglesias” en el sur del país. Objetivos del área de conservación El objetivo es conservar el ecosistema, de especies que están en peligro de extinción y primordialmente, la conservación de sistemas lacustres, del sistema hídrico, que es muy rico en el cantón. Como socios estratégicos, están organizaciones como Naturaleza y Cultura Internacional. Organismos no gubernamentales y gubernamentales como Ministerio de Ambiente, con aporte tecnológico: cámaras, filmadoras, computadoras; movilización con patrullaje y vigilancia: gobierno provincial de Sucumbíos; cooperantes como el Municipio de Tulcán, provincia
del Carchi, mediante convenio de pago de servicios ambientales, ellos pagan 2 guarda parques para el área de conservación municipal. Además está la construcción de una casa de guardianía en Cochaseca, por un valor estimado de 200.000 dólares, gracias al Ministerio de Ambiente y una organización alemana. Puntos focales en turismo Uno de ellos es en la parte alta del cantón en el sector de Cochaseca, donde está el páramo de frailejones, con lagunas, cascadas. Allí justamente, nace el río Aguarico, con el nombre de Chingual, primero, cuyas aguas terminan en el gran Amazonas. En el sector de Santa Rosa, rico en cascadas, bosques, donde se quiere fortalecer el turismo con proyectos piscícolas. El tema fuerte en turismo, es la parroquia La Sofía, sostuvo Fuel, ahí se encuentran aguas cristalinas, innumerables cascadas y una biodiversidad exuberante con aves, orquídeas, flora y fauna. En ese contexto la Universidad Técnica del Norte (UTN), con estudios que realiza en el sector, permitirá consolidar los proyectos y el respectivo financiamiento, para el tema turístico, de este privilegiado cantón, donde precisamente comienza la provincia de Sucumbíos en su límite con la provincia del Carchi.
Luz Vegay, directora provincial del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), en Orellana, comentó que una de las propuestas del presidente Lenin Moreno fue la minga agropecuaria para beneficiar a los agricultores, la cual inició el 19 de agosto en Quevedo. Agregó que allí fueron expuestos los 9 ejes del proyecto que permitirán ejecutarlo para alcanzar el desarrollo de los sectores agrícolas y pecuarios en 4 años, “aquí en Orellana hemos iniciado con el plan agropecuario de asociatividad, esto significa que todos los agricultores deben estar asociados a una organización, para que puedan ser beneficiarios de los kits de semillas de maíz y arroz y el Estado les da los kits de insumos los cuales tienen un valor aproximado a los 225 dólares”. Dijo que de este valor el
agricultor puede cancelar una parte, incluyendo el agroseguro. La funcionaria advirtió que hasta diciembre del 2017 serán distribuidos cerca de 1.350 kits de maíz y 300 de arroz en la provincia de Orellana. En referencia al tema de chatarrización, Vegay expresó que este programa facilita reemplazar las herramientas obsoletas por nuevas, “es otro beneficio que van a tener los agricultores, también tenemos la legalización de tierras, el propósito de la minga agropecuaria es entregar 300.000 escrituras a nivel nacional, también tenemos el tema de créditos en un plazo de hasta quince años para lo cual se dispondrá de 1.200 millones de dólares americanos en nuevos créditos de la banca pública, otro de los ejes es el micro crédito inmediato para fertilización, control de plagas, enfermedades etc.”.
Foto MAG: El presidente Lenin Moreno lideró la cita nacional de la minga agropecuaria en el estadio 7 de Octubre, de Quevedo, provincia de Los Ríos.
P
SE VENDE CASA RENTERA En Quito, sector las Casas a pocas cuadras de la Universidad Central 484 metros de construcción
TERRENO
6.700 metros en Amaguaña cerca Av. Panamericano
INFORMES:
02 524 937 0984 660 182
Nacionalidades reciben capacitación para patentar sus saberes ancestrales Redacción Sucumbíos
La coordinación entre la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) y el Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (Ecorae) permite la capacitación a las nacionalidades de Sucumbíos para patentar sus conocimientos ancestrales, ya que instancias internacionales se han aprovechado de estos saberes sin que tengan alguna participación los dueños de estos conocimientos tradicionales. La capacitación inició el 23 de agosto en uno de los auditorios del centro de atención ciudadana; allí alrededor de 25 dirigentes de las diferentes comunidades de la nacionalidad Cofán recibieron el taller ofrecido por instructoras de la Senescyt. Roberto Aguinda, presidente de la nacionalidad Cofán en Sucumbíos, dijo que esta capacitación y conocimiento da la posibilidad y derecho de patentar sus saberes ancestrales, vienen en un buen momento de “cómo debemos proteger los conocimientos que tenemos, como nacionalidad Cofán en este caso”. Explicó que esos saberes son solo orales y no están escritos; pero son aplicados en las comunidades cofán. Por ello “queremos proteger, como marca colectiva, respecto a las plantas medicinales, artesanías y más conocimientos”, señaló. Aquí nos explican cuáles son las leyes para proteger los conocimientos, dice Aguinda; para que los dirigentes conozcan y transmitan a sus comunidades este derecho que nos asiste, El dirigente agregó que en su nacionalidad hay 2 productos de gran valor medicinal. El “yuko”, una liana que contiene bastante cafeína, a la que querían proteger; no obstante dice que este conocimiento no solo corresponde a la nacionalidad Cofán, sino además a las Siona y Siecopai, por lo que habría que ponerse de acuerdo con estas nacionalidades. Un segundo producto es el “kenene”, una medicina que siempre las comunidades han utilizado para curar diferentes enfermedades; por eso cree que es conveniente hacer un estudio científico de estas 2 plantas.
El código ingenios Según Juanita Medina, del Ecorae, la creación de una patente de estos saberes ancestrales debe ser inmediata para proteger los conocimientos y saberes de las nacionalidades y no sean sorprendidos por extranjeros que se aprovechan de su ingenuidad. Medina comentó que en una comunidad de la provincia de Napo, una organización internacional que entró amigablemente, estuvo con ellos por algunos meses y se llevaron patentado el proceso de la guayusa y ahora cada botella de medio litro de este producto vale 6 dólares en Estados Unidos y de eso no hay un solo valor de rédito para la comunidad, como tampoco nombra a la nacionalidad kichwa donde realizaron este trabajo y menos el nombre de nuestro país, explica Medina. Por lo que es pertinente trabajar en un estatuto y patentar estos saberes. Los saberes ancestrales son parte de un conocimiento tradicional, de un conocimiento empírico milenario que se ha transmitido de generación en generación; que en más del 90 por ciento no tienen investigación científica; que sin embargo se han convertido en un conocimiento por los buenos resultados que han tenido: hablamos de las plantas como la guayusa, las limpias, sus artesanías, conocimiento del estado de la luna para las siembras y cosechas; cuyo saber tiene un alto valor; por lo que cree que las nacionalidades de la Amazonía deben saber que hay un marco legal: el Código Ingenios, que es un proceso muy interesante para, primero, lograr la investigación e ir patentando y defendiendo sus derechos. El 23 de agosto se dio un primer taller a la nacionalidad Cofán, con todos los dirigentes de las 14 comunidades de esa nacionalidad en Sucumbíos. Luego vendrá una cadena de talleres con las demás nacionalidades: Siona, Siecopai, Shuar, Kichwa y pueblo Awá, anunció la funcionaria; también está previsto hacerlo con representantes de los medios de comunicación e ir empoderándonos de los nuevos procesos, políticas públicas, finalizó Medina.
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
Ahora comeremos con mas seguridad chocolate, pues éste ayuda a proteger el corazón, corta una enzima que repercute directamente en el aumento de la presión sanguínea.
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
3
Comunidad
Simulacro de sismo en puesto de salud Lago San Pedro
El personal de salud “brindó” atención oportuna a una afectada por el sismo simulado. Redacción Orellana
El Ministerio de Salud Pública (MSP), mediante la dirección distrital 22D01- salud, realizó un simulacro de sismo en las instalaciones del puesto de salud Lago San Pedro, con la participación del Cuerpo de Bomberos, Policía Nacional y población que concurrió a recibir atención en el puesto de salud con el objetivo de evaluar la capacidad de respuesta del personal de salud ante eventos adversos. Un sismo de 6,0 grados de magnitud, fue simulado en esta ocasión, el cual dejó 3 heridos en la parte interior del centro de salud, quienes fueron rescatados por el personal de socorro y recibieron los primeros auxilios por el personal médico e inmediatamente fueron trasladados al centro de salud tipo C La Joya de los Sachas.
Buen desempeño Tania Molina, analista distrital de gestión de riesgos, manifestó que los simulacros ayudan a mejorar los conocimientos para cuando sucedan los eventos adversos, para que todo el personal esté involucrado en el manejo de emergencias, las rutas de evacuación, donde se encuentra el punto de encuentro y qué hacer en el momento que ocurra, “se demostró un buen desempeño y desenvolvimiento en el manejo de equipos de emergencia tanto de las brigadas de evacuación y las brigadas de primeros auxilios”. Explicó que constantemente se capacita al personal de salud en temas de conato de incendios, inundaciones, deslaves y sismos, la selección del tipo de simulacro se hace en función del riesgo al cual está expuesta la unidad de salud, “en la mayoría de unidades operativas el problema más común es que se
tiene mucho cableado, entonces están expuestas a un corto circuito, por eso se realizan simulacros de conato de incendio, pero también hacemos simulacros de sismos porque en la provincia de Orellana también estamos expuestos a estos eventos”. Santiago Pilataxi, administrador técnico del puesto de salud Lago San Pedro, indicó que lo positivo de esto es fortalecer los conocimientos y mediante la práctica se puede dar cuenta de que el personal se encuentra apto para reconocer el grado de complejidad de fracturas, golpes y procesos internos del paciente, “todo salió bien y los resultados salieron de forma satisfactoria, hubo una total colaboración de la población que estaba presente y como personal de salud brindamos atención oportuna a las personas afectadas”, concluyó.
Información comercial
Seguros Equinoccial ya tiene calificación de riesgo AAA
Redacción Nacional
Seguros Equinoccial obtuvo nuevamente la calificación AAA mediante una valoración de riesgo
global que otorga la Class International Rating a las empresas de seguros privados de trayectoria y suficiente fortaleza económica. En junio pasado esta calificadora
de riesgo decidió otorgar la calificación AAA a Seguros Equinoccial por ser una institución fuerte y de amplia trayectoria en el pago de siniestros. Asimismo, destaca su capacidad para cumplir con sus asegurados y obligaciones contractuales, lo cual se refleja en una excelente reputación en el medio, solidez financiera y capacidad para enfrentar cambios adversos del negocio y de la economía con un mínimo impacto. La calificadora de riesgo también hace referencia a la capacidad de Seguros Equinoccial de mitigar cualquier tipo de debilidad o vulnerabilidad interna, gracias a las fortalezas de la institución.
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Comunidad
Usuarios del bono culminan procesos para acceder al crédito de desarrollo humano Redacción Sucumbíos
Alrededor de 60 usuarios que reciben el bono de desarrollo humano (BDH) en Lago Agrio, quienes accederán al crédito de desarrollo humano (CDH) asociativo, participaron en los talleres de emprendimientos producticos que realizó el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). Estas capacitaciones tienen 2 momentos: el primero la socialización y el segundo la selección del emprendimiento dependiendo de su gusto y habilidad, para el asesoramiento en la creación del perfil de proyecto de acuerdo a sus necesidades, señaló Miguel Leiva, de la unidad de promoción y movilidad social del MIES. “Con
este proceso las familias están aptas para emprender su propio proyecto o negocio”, agregó. Greta Manovanda, usuaria del BDH, habitante del barrio “Aires Libres” de Lago Agrio, dijo que es la primera vez que recibirá el crédito. Ella vende prendas de vestir pero quiere implementar su capital para fortalecer su negocio y mejorar la economía y calidad de vida de su familia. Después de recibir el CDH los técnicos del MIES brindarán un acompañamiento a cada una de las familias. “Esta transferencia económica permitirá que se fortalezcan varios emprendimientos productivos en Sucumbíos”, comentó Olga Maldonado, técnica del MIES.
¿El cuerpo humano soporta hambre y sed pero no el sueño?
MUNDO
4
Asistencia técnica para usuarias del crédito de desarrollo humano
En sus visitas, los técnicos del MIES inspeccionan que los créditos sean invertidos en las distintas ramas de emprendimientos. Redacción Orellana
Sonia Quizhpe, directora provincial del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), de Orellana, manifestó que la entidad realiza seguimiento a los emprendimientos impulsados por la entrega de créditos de desarrollo humano (CDH) mediante visitas del personal técnico a los cultivos agrícolas de cacao, maíz, café y los negocios de crianza de peces, pollos y tiendas comerciales de los usuarios de
INGREDIENTES: 200 gramos de azúcar y una pizca más para después quemarlo 8 yemas de huevo 40 gramos de almidón de maíz 1 litro de leche entera de vaca o leche entera sin lactosa, soja 1 rama de canela la piel amarilla de un limón
PREPARACIÓN: Ponemos a hervir en un recipiente la leche, la rama de canela y la piel del limón, una vez comience a hervir la leche, apagamos el fuego y reservamos unos minutos. A continuación, agregamos las ocho yemas de huevo, el azúcar y el almidón, y lo mezclamos hasta conseguir crear una pasta fina y sin grumos. Volvemos a hervir la leche que hemos reservado y una vez comience a hervir bajamos el fuego al mínimo y añadimos la pasta resultante de la mezcla de huevo, azúcar y almidón. En todo momento removemos para evitar que se pegue. Una vez espese la mezcla, la pasarnos por un colador para desechar los grumos, los restos de canela y limón, cómo resultado obtendremos una mezcla ligera. Vertemos la mezcla en un recipiente de barro (preferiblemente redondo) y la dejamos enfriar en el frigorífico. Una vez esté fría, esparcir sobre la crema un poco de azúcar y lo tostamos con una pala metálica de quemar muy caliente o en si dispones de ello, con un soplete de cocina, mucho cuidado con no pasarnos en darle calor y sobre todo en no quemarnos! Servir inmediatamente.
la comunidad. Quizhpe precisó que 259 créditos fueron entregados a 21 preasociaciones en Orellana durante el 2017, alcanzando una inversión superior a 310.000 dólares, de los cuales el 85 por ciento corresponde al sector agrícola. Recalcó que las usuarias reciben 3 visitas mensuales, donde los técnicos del MIES verifican que los emprendimientos estén bien encaminados, luego constatan el avance y los resultados de la familia, “el trabajo de seguimiento
se realiza en los cantones La Joya de los Sachas, Loreto, Aguarico y Francisco de Orellana”. Uno de los emprendimientos visitados es de la señora Alva Albino Bosque, ella accedió al CDH de 1.200 dólares, que invirtió en la siembra de cacao, “con el apoyo del Estado iniciamos mi negocio familiar, con la asistencia del MIES estamos seguros de que tendremos una buena producción de cacao y vamos a salir de la situación de pobreza”, dijo.
crema
Catalana
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
Sabemos que dormir bien y lo suficiente es “vital” para el bienestar, mientras que “si dormimos poco o mal, nos arriesgamos a tener problemas que van más allá del simple cansancio y que pueden afectar a aspectos tan importantes como el rendimiento escolar y laboral”
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
5
Comunidad
Cantones de Napo y Sucumbíos impulsan Mucha energía la “Ruta del Agua, ¡Vive la Amazonía!” en la carrera infantil 2K Redacción Napo
Redacción Orellana
Como un hito histórico fue calificado por las autoridades nacionales la decisión de 7 cantones de las provincias amazónicas de Napo y Sucumbíos, de unirse para impulsar la mancomunidad “Ruta del Agua, ¡Vive la Amazonía!”, encaminada a fortalecer la conservación de los recursos naturales a través de actividades turísticas sostenibles. La iniciativa en la que participan los gobiernos autónomos descentralizados de los cantones de Quijos, El Chaco (provincia de Napo) Gonzalo Pizarro, Cascales, Lago Agrio, Cuyabeno y Putumayo (Sucumbíos), se presentó en la semana anterior en Yaku, Museo del Agua, en Quito, ante las autoridades de los ministerios de turismo y ambiente, embajadores acreditados en el país, representantes de los gremios turísticos, de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) e invitados especiales. El ministro subrogante de turismo, Carlos Larrea, destacó que sin duda “la unión hace la fuerza” y que este es un ejemplo para el Ecuador y un ejemplo de cómo crear un producto turístico, para motivar a los ecuatorianos y a los extranjeros a conocer las maravillas que tiene el país en todas sus regiones. “El turismo llegará al país cuando haya productos y en eso está trabajando fuertemente el Ministerio de Tu-
Más de 200 infantes de la provincia de Orellana participaron en la carrera atlética “Mi pequeño Ecuador ejercítate 2K”, que se desarrolló el 18 de agosto por las calles aledañas al parque central de Francisco de Orellana. Esta actividad recreativa contó con la participación de niños y niñas divididos en las categorías de 4 a 6 años, 7 a 9 años y de 10 a 12 años de edad, quienes fueron incentivados a la práctica deportiva y recreacional por el coordinador zo-
nal 2, Ricardo Cornejo, quien expresó “el deporte es vida, salud y una fuente de energía que rescata valores como la disciplina, el orden y la concentración”, e hizo un llamado a los padres de familia para que continúen motivando a los niños a realizar actividades físicas y recreativas. Los presentes recibieron una camiseta, y se activaron junto a los instructores de Ecuador ejercítate antes de la carrera, y al finalizar la ruta de 2 kilómetros, obtuvieron una medalla de reconocimiento por su esfuerzo.
El río Aguarico, que en su tramo inicial se llama Chingual, es una de las principales fuentes hídricas de la “Ruta del Agua”.
rismo, dijo al felicitar esta iniciativa y poner a disposición todo el apoyo técnico del Mintur, para el desarrollo de este producto que busca la conservación del agua, la biodiversidad, cultura y las tradiciones ancestrales de este hermoso rincón amazónico. Fuente de recursos Larrea agregó que el gobierno nacional tiene el firme propósito de convertir al Ecuador en potencia turística para que sea la primera actividad económica no petrolera que genere recursos económicos para las localidades y para el país; y, que para eso es necesario unir esfuerzos que permitan seguir articulando iniciativas como éstas, en todo el territorio nacional.
Recordó que actualmente llegan al país 1,4 millones de turistas, pero que la meta del actual gobierno es llegar al 1 por 1; es decir que en el mediano plazo lleguen al país 16 millones de turistas y para lograrlo, nada mejor que unirnos empresas públicas, privadas, gobiernos seccionales, comunidades, añadió. La mancomunidad es una organización de reciente formación, que fue presentada hace una semana a las instituciones públicas y privadas, como una oportunidad de poder articularse con iniciativas similares para lograr la estructuración de un destino turístico con actividades enfocadas al fortalecimiento del turismo sostenible en el Ecuador.
La carrera 2K fue organizada por la coordinación zonal 2 del Ministerio del Deporte.
6
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
FRASE
Comunidad Comunidad
En hospital Marco Vinicio Iza se realiza El CNE cancela la inscripción de correcta manipulación de desechos hospitalarios 2 organizaciones provinciales Redacción Sucumbíos
Entre las normas de cumplimiento del hospital general Marco Vinicio Iza, de Nueva Loja, se practica un adecuado manejo de los desechos hospitalarios. Lenin Chuquizala, director de esta casa de salud, precisó que el 95 por ciento del personal mantiene contacto con los desechos comunes, infecciosos, corto punzantes, y anatomopatológicos, que a diario se generan en esta casa de salud; por eso se realiza una permanente capacitación e inducción a los funcionarios en la correcta manipulación de los residuos y así precautelar la vida. “La actual infraestructura cuenta con una planta para el tratamiento de fluidos corporales, sangre y sus derivados, residuos que son manejados técnicamente y con la normativa ambiental”, afirmó el director del hospital. Diariamente el hospital genera un promedio de 150 kilogramos de desechos, que son acumulados en el depósito intermedio con las debidas normas de bioseguridad vigente, posteriormente son retirados por el gestor ambiental para el tratamiento y depósito final. Cumplimiento legal
El personal del hospital Marco Vinicio Iza destaca la importancia de aplicar al máximo las medidas de seguridad relacionadas al manejo de desechos hospitalarios.
Marcelo Borja, analista de calidad del hospital Marco Vinicio Iza, resaltó el cumplimiento del artículo 14 de la Constitución de la República. “Nuestros compromiso es que el derecho de la población a vivir y trabajar en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado se cumpla en el establecimiento de salud y se garantice el Sumak Kawsay o Buen Vivir como lo establece la Constitución”, expresó Borja. Se ha identificado que el laboratorio produce la mayor cantidad de desechos hospitalarios, para lo cual,
Cristian Zambrano, responsable de esta área dio a conocer que diariamente se clasifican estos materiales, aquellos que están en contactos con fluidos corporales como guantes, mascarillas, gorros y batas para tomas de muestras, se colocan en el recipiente de desechos infecciosos; las agujas, lancetas, palillos, puntas y tubos, en el balde rojo de desechos corto punzantes y finalmente los papeles, plasticos y cartones, se los ubica en el recipiente de desechos comunes.
Redacción Napo
El pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), en sesión ordinaria realizada en Quito, el 16 de agosto, canceló a los movimientos y partidos políticos que no cumplen con los requisitos que les permiten mantener su personería jurídica en el registro nacional permanente de organizaciones políticas. En Napo, este fue el caso del Movimiento Amazónico Ecuatoriano (MAC), lista 63 y del Movimiento Napo Vive, lista 69. Las 2 organizaciones políticas tienen un ámbito de acción provincial y se encontraban facultadas para inscribir candidaturas propias en las elecciones sec-
cionales 2014 y en las elecciones generales 2017. Para este último proceso electoral, su ámbito de acción les permitía inscribir propuestas para asambleístas provinciales. La resolución fue adoptada tomando en consideración lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 327 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, cuya norma contempla que los movimientos políticos locales que no obtengan al menos el 3 por ciento de la votación durante las 2 elecciones consecutivas en su jurisdicción (provincia), serán cancelados del registro nacional permanente de organizaciones políticas.
Distribución equitativa de recursos es Incorporan a buzos tácticos la inquietud de las juntas parroquiales de la Infantería de Marina Redacción Nacional
El Consorcio Nacional y Provincial de la Amazonía de Gobiernos Parroquiales Rurales (Conagopare), campesinos, agricultores, emprendedores y ciudadanía, se dieron cita en el Teatro Municipal de Macas, con el objetivo de hacer escuchar sus voces en el diálogo nacional sobre el proyecto de ley amazónica, llevado adelante por la comisión de biodiversidad de la Asamblea Nacional. Las juntas parroquiales amazónicas coincidieron en la necesidad de establecer una distribución equitativa y justa de los porcentajes de recursos petroleros, así como de la actividad minera e hidroeléctrica para todos los niveles de gobierno, que permita mejorar significativamente la calidad de vida de la gente. El asambleísta Juan Pablo Belín aseveró que existe un compromiso firme de, en territorio, escuchar, dialogar y recoger los insumos ciudadanos para enriquecer la normativa. Mientras que el asambleísta Yofre Poma, vicepresidente de la comisión, dijo que la ley tiene que satisfacer las aspiraciones de los municipios, prefecturas y, fundamentalmente, de las juntas parroquiales. Hay que fijar un nuevo modelo de gestión en los ámbitos social, económico y ambiental, que la conservación y defensa de la naturaleza vaya de la mano con el desarrollo de la población, expresó. Reiteró que la nueva institucionalidad, con la presencia de la secretaría técnica, tiene que ser de articulación,
Foto de archivo: El asambleísta por Sucumbíos, Yofre Poma, espera que el proyecto de ley amazónica sea aprobado hasta finalizar el presente año.
acompañamiento y planificación de los proyectos prioritarios. “La ley debe concretarse este año”, subrayó el exalcalde de Lago Agrio. Por su parte la asambleísta Johanna Cedeño, titular de la mesa, aclaró que el papel de la secretaría técnica, en reemplazo del Ecorae (Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico), es de articulación, no de ejecución de obras de los niveles de gobierno para priorizar los proyectos orientados a combatir la pobreza, dotación de servicios, inseguridad y violencia. Anunció que en octubre estaría listo el informe para el segundo debate de la propuesta. Anunció que en las próximas semanas el organismo realizará una inspección y evaluación de los proyectos mineros. La gente se pronuncia
“Alrededor de 6 millones de personas vivimos en el campo. La ruralidad merece un mejor trato en educación, salud, caminos vecinales, bienestar, a través de la asignación de presupuestos en igualdad de condiciones”, expresó Bolívar Armijos, presidente nacional del Conagopare. Indicó que en septiembre entregarán al titular de la Asamblea, José Serrano, una reforma al Código de la Democracia y Cootad (Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización) para que los prefectos sean electos por el sector rural. Luz Orozco, presidenta del gobierno parroquial de Aguas Negras, en Sucumbíos, exigió el 15 por ciento de las regalías del petróleo para los gobiernos parroquiales y que las empresas petroleras cumplan con procesos de remediación de daños a la gente y ecosistema. También objetó la creación de la secretaría técnica y que sus dineros vayan a las juntas para que contraten personal técnico y puedan planificar, de menor forma, las obras. Mientras que Mario Santi, de la parroquia Sarayaku, invocó a tomar en cuenta la situación de los grupos vulnerables, en particular de las comunidades, pueblos y nacionalidades, recogiendo sus formas de desarrollo y filosofía de vida. Carlos Lara, presidente del Consorcio de Gobiernos Parroquiales Rurales de la Amazonía, propuso que la distribución de recursos sea: 26 por ciento para los gobiernos provinciales, 55 por ciento a municipios, 15 por ciento a favor de los gobiernos parroquiales y 4 por ciento para el fondo común.
Redacción Nacional
Efectivos de las Fuerzas Armadas pertenecientes al Cuerpo de Infantería de Marina culminaron con éxito su preparación en el Curso de Hombres Ranas XLIV Promoción. El 21 de agosto fueron recibidos e incorporados al Cuinma con una ce-
remonia de honor que se realizó en las instalaciones de la Base Naval San Eduardo, en la ciudad de Guayaquil. Este nuevo grupo de buzos tácticos de la Infantería de Marina recibió el parche insignia que los acredita como hombres ranas, “caballeros en la paz y demonios en la guerra”.
Inicia el reclutamiento en la Escuela de Marina Mercante Redacción Nacional Las Fuerzas Armadas del Ecuador, a través de la Escuela de Marina Mercante (Esmena) iniciarán el proceso de reclutamiento 2018, para aspirantes a oficiales mercantes, del 4 al 22 de septiembre del 2017. Los aspirantes a cadetes de la Esmena deberán cumplir los siguientes requisitos: ser ecuatoriano (a) por nacimiento o nacionalizado. Cumplir la mayoría de edad hasta los 25 años. Estado civil soltero (a) sin hijos. Título de Bachiller Físico Matemático, Informática o Ciencias Generales; si es Bachiller de otra especialidad es indispensable haber aprobado un curso preuniversitario en ingeniería, que incluya las materias
de Matemáticas, Física y Química. Estatura mínima de 165 cm (hombres) y 160 cm (mujeres). No registrar antecedentes penales. No haber sido dado de baja por no adaptarse a las normas internas de otras instituciones de formación de FF.AA., Policía Nacional o Comisión de Tránsito del Ecuador. Los interesados podrán registrarse por internet ingresando a la página www.esmena. edu.ec o comunicarse al número telefónico 2591234 ext. 232. La recepción de carpetas se efectuará del 25 de septiembre al 20 de octubre, únicamente en las oficinas ubicadas en la ciudad de Guayaquil (Av. Pedro Menéndez Gilbert junto al puente de la Unidad Nacional, Base Naval Norte).
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Opinión
¡Qué irónico es que precisamente por medio del lenguaje un hombre pueda degradarse por debajo de lo que no tiene lenguaje!
Milenario problema Del dicho al hecho hay mucho trecho, es una frase conocida que describe la discordancia entre lo que se habla y lo que asumimos como realidad, en esta ocasión relacionada a una de las construcciones sociales más antiguas, el machismo; significación que desde hace unos años está en boca de todos y de la cual es difícil escapar, salvo que sea estigmatizado como ciertos grupos que reclaman derechos en sociedades patriarcales. El espacio público ha sido y es machista; calles, parques, estadios y canchas, guardan la huella machista por donde se mire. Por ejemplo, si un hombre está parado en un parque o esquina de las ciudades amazónicas, no genera comentario alguno, a menos que tenga “cara de sospechoso” como dice la gente. Pero si es una mujer quien está parada en uno de estos sitios, no faltará alguien que la califique de “mujer fácil” o la confunda con una trabajadora sexual, o sea distinguida con peores términos. Desde el relato bíblico de que la
mujer salió a partir de la costilla del hombre, esta creencia ha fomentado el dominio masculino y en muchos casos es una subestimación tan nefasta que miles de indicadores sociales lo corroboran en prácticamente todas las actividades humanas. De poco sirven las leyes que apuntan a construir un efectivo respeto de la condición de ser mujer. Vemos y escuchamos todo tipo de comentario contra el uso comercial de la figura femenina, pero las publicidades resignifican los reclamos y siguen como antes. Otro ejemplo en esta parte: las presentadoras de noticias son escogidas según la visión machista, de que sea bonita en sintonía con el criterio machista, sino cómo se explica que las demás profesionales, por muy capaces que
sean, sirven para otras áreas, otras actividades. Otro caso es el de las impulsadoras de productos en ferias y eventos. Y tampoco debemos olvidar la ausencia de sacerdotisas que cumplan iguales roles que tienen los sacerdotes; hasta la actualidad las mujeres religiosas están destinadas a labores de caridad o cuanto más de educación. Por eso decimos que durante más de dos mil años, se ha mantenido el nefasto machismo, que en verdad ya no tiene la virulencia registrada hasta hace un siglo. Ahora sigue la desigualdad, tomamos los casos de las listas de candidatos a distintas dignidades de elección popular, ya que las mujeres son puestas en sitios secundarios; o lo más cotidiano, la práctica deportiva: equipos mascu-
El adorador de sí mismo linos que reciben patrocinio comercial e incluso estatal, y los equipos de mujeres solventados por el aporte individual de sus integrantes. Pero también es importante resaltar que desde la prehistoria los hombres (varones) han puesto el mayor número de muertos en las guerras ya que antes, y hasta la actualidad, solo han intervenido hombres. O lo que pasa en ciertas ciudades del sur ecuatoriano, de donde los hombres han emigrado a Estados Unidos o Europa en busca de recursos para su hogar, dejando poblaciones con mayorías de mujeres responsables de hogar. Lo lamentable está en que las mujeres soporten el crimen conyugal, la violencia en el espacio público y en las diversas organizaciones sociales.
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:
Galo Guevara Bayardo Pérez Yajaira Sánchez Enrique Quinteros Gladys Granda
SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL
Gustavo Salazar
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.
IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
La confluencia hispanista: una fuerza viva Sabemos que el mundo es cada día más diverso y que el poliedro refleja la confluencia de todas las culturas; de ahí, la importancia de avivar la concordia de las palabras, la tolerancia de los verbos, el encuentro de los corazones, lo armónico del arte, el pentagrama de los sonidos, el espíritu de la ciencia, la conciencia de los saberes y hasta el aliento de la poesía. En las pupilas del tiempo nada se disuelve. Tampoco nada se destruye. Se reintegra todo en los lenguajes de la vida. O lo que es lo mismo, en la lengua de toda existencia que perdura más allá de nuestros tiempos. Quizás tengamos que buscar otras perspectivas más amplias, para que nuestros sueños vuelen más perennes y abarquen lo íntegro. Porque sí, somos únicos; y, en ese absoluto, está precisamente caminar constantemente juntos, con ánimo constructivo, sin resentimientos, con más alma que cuerpo. Por tanto, es hora de cambiar las armas por las palabras; las palabras por las acciones; y las acciones por la unión y la unidad. Hace falta, en consecuencia, que cada individuo piense más en sus análogos que en sí mismo. Sin duda, será el mejor pensamiento a enhebrar en la especie. Cualquier reflexión no es más que un verso en medio de una larga noche de sensaciones; pero este verso lo es indiviso, y lo será indiviso inmortalmente. Por eso, a mí se me ocurre pensar, ahora que Naciones Unidas celebra durante este mes el Día del idioma español; y más concretamente el 12 de octubre, en la dinámica creativa de lo hispano, en su fuerza de expansión y en su vasta experiencia cultural. La confluen-
cia hispanista ha sido una realidad a lo largo y ancho de nuestro convivir. Considero, pues, que está muy bien promocionar y apoyar aquellas iniciativas que promuevan el plurilingüismo y multiculturalismo, así como activar el uso de lenguas, como la española, que ha servido tanto para reencontrarnos como para entendernos. Ya en su tiempo lo reafirmaba el inolvidable pensador, Miguel de Unamuno, de que “la lengua no es la envoltura del pensamiento sino el pensamiento mismo”. Con el tiempo, evidentemente, la “Hispanósfera” se ha convertido en una fuerza viva de confluencia en todo el planeta, cuestión vital para robustecer el horizonte de los valores comunes de un mundo global. De hecho lo hispano, por su naturaleza, se adapta perfectamente para suscitar toda forma de cultura de encuentros, máxime cuando compartimos el uso de la lengua más de 500 millones de hispanohablantes en el mundo, con una historia tan enriquecedora como cautivadora. A este respecto, resulta verdaderamente gratificante, que el 16 de septiembre del 2013, quedara constituido formalmente el “Grupo de Amigos del Español en las Naciones Unidas”, animados por el creciente empleo del español como idioma universal y, como tal, vehículo para la paz, el respeto a los derechos humanos y el desarrollo social y económico entre los pueblos que lo hablan. Con su firma, los representantes de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá,
7
Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, recordaron que el español es uno de los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas e idioma de trabajo de la Asamblea General, del Consejo de Seguridad y del Consejo Económico y Social. La proyección lingüística y cultural de lo hispano, más allá de los límites europeos y a partir de nuestra propia pluralidad, ineludiblemente es una buena referencia para la construcción de un mundo más acorde con la convivencia pacífica. Por otra parte, el referente del 12 de octubre para evocar el encuentro de dos mundos: Europa y América, ha tenido una enorme importancia para la humanidad y para España; puesto que fue este país el que abrió la comunicación entre Occidente y el continente americano. Por todo esto, pienso que es saludable para todos evocar nuestros comienzos, fortalecer nuestras raíces, para llegar a ser nosotros mismos, en un orbe que es de todos y de nadie. Téngase en cuenta que solo los grandes soñadores, que verificaron su propia historia con sus andares poéticos, han podido cambiar la historia. Llegará el día en que después de compartir el espacio, los vientos, el sol y la luna; aprovecharemos las energías del afecto para sentirnos bien. Y ese día, descubriremos al fin, que el fuego que necesitamos para no morirnos de frío, únicamente tiene un nombre: el amor. ¡Ámense mucho!
Víctor Corcoba Herrero corcoba@telefonica.net
En los viejos escritos de la antigua Grecia, encontramos historias, mitos y leyendas, en cuyo contenido hallamos velados, mensajes que bien vale la pena examinarlos. El mito de Narciso es uno de ellos. Según se cuenta, aquel era un joven asombrosamente hermoso. Las doncellas de su época, se enamoraban inevitablemente. Empero Narciso, las rechazaba a todas. Un día, después de despreciar cruelmente el amor de la bellísima Ninfa Eco, Narciso es castigado por Némesis, la diosa de la justicia, quien lo lleva a un arroyo donde pudiera verse reflejado, con el fin de condenarlo a enamorarse para siempre de sí mismo. Absorto en su belleza, Narciso sin darse cuenta de que contemplaba su propia imagen, se arroja de pronto a la fuente. Y en aquel lugar donde su cuerpo voluntariamente cae, nace una flor que lleva ahora su nombre. Tal vez este mito nos revela una de las facetas de la condición humana. Dicen los estudiosos que los niños nacen con la conciencia despierta. Con el tiempo, se desarrolla la personalidad y posteriormente el ego, es decir el conjunto de defectos psicológicos que llevamos dentro. Entonces comenzamos a crear una falsa imagen de sí mismos y a la que, casi siempre terminamos adorando. Es adorador de sí mismo (de su ego), quien se siente superior a otros, ya sea por el dinero y lujos que exhibe, por su formación académica, su raza, color, religión, status, fama, etc. Vive enamorado de sí mismo el que se siente herido ante la falta de reconocimiento por el bien que hace. O quien pregona a los cuatro vientos sus buenas obras, con el fin de obtener un poco de admiración y estima. Vive adorándose a sí mismo aquél que se auto-compadece, creyéndose víctima de todas las desgracias y se enorgullece de narrar los hechos de su infeliz historia. Se ha enamorado de sí, quien se cree importante por el cargo que desempeña en la empresa, por su buen nombre y apellido, o por las amistades que ostenta. Vanidad de vanidades. Muchos de nosotros quizás somos narcisos de alguna manera. Tal vez nos hemos creado una falsa imagen de sí mismos a la cual adoramos. Y así como Narciso, es posible que despreciemos lo realmente valioso de la vida, debido a nuestra vanidad y orgullo. Como dice Sócrates: “El orgullo divide a los hombres, la humildad los une.” La verdadera autoestima no consiste en formarse una idea ilusoria de sí mismo, por muy noble o rimbombante que sea. Radica en conocerse, y desarrollar una sana confianza que brote desde la esencia, fruto de la experiencia de vivir y sentir, nuestro profundo y verdadero ser.
Lic. Freddy Mora Benítez. freddymobe@yahoo.es
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Judiciales
EXTRACTO. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS. Comunica a la ciudadanía del cantón La Joya de los Sachas y la Provincia de Orellana, Que: 1.- Se encuentra realizando los trámites para la legalización de terrenos mostrencos conforme a la “Ordenanza que reglamenta el proceso de escrituración de los bienes inmuebles urbanos mostrencos en posesión de particulares e instituciones públicas en el cantón La Joya de los Sachas” expediente. Nº 70. 2-EL señor VALVERDE GAVILANES WILSON EDUARDO , portadora de la cédula de ciudadanía Nº 210052214-9 , con la fecha 12 de junio del 2017, solicitó al Gobierno Municipal la adjudicación de un bien mostrenco el cual declara bajo juramento estar en posesión por más de CINCO AÑOS , mismo que se detalla en el numeral tres. 3.- Información del bien inmueble. Clave catastral: 220358090200501100000000 Ubicación. Zona: 09 Sector: 02 (Parroquia Unión Milagreña ). Manzana: 05 Lote: 11 Linderos y dimensiones: NORTE: Con el lote 13 en 15,00 m. SUR: Con la calle B en 15.00 m. ESTE: con el lote 10 en 20.00 m. OESTE: Con el lote 12 en 19,70 m. SUPERFICIE TOTAL: 294,50 m2. 4.- El Plazo para la presentación de la Oposición de manera fundamentada, es de CINCO DÍAS, de publicado el extracto. Particular que se comunica para fines de ley correspondientes. La Joya de los Sachas, 14 de agosto del 2017. De. Marco Antonio Fuel Portilla. PROCURADOR SÍNDICO. O-3136 (1/3)
DISCULPA PÚBLICAS En cumplimientos de lo dispuesto por el señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en el cantón Francisco de Orellana, en Sentencia dictada dentro de la Causa número 2016-00623 , por este medio de comunicación , el señor Luis Rogelio Solís Alarcón ofrece y presenta disculpas públicas al señor Carlos Alfredo Torres Manzano por las expresiones impropias proferidas en su contra en la madrugada del día 28 de septiembre del dos mil dieciséis , en los alrededores de su domicilio ubicado en las calles Nicolás Torres y Pasaje Tiguino , Barrio Luis Guerra de ésta ciudad francisco de Orellana , provincia de Orellana Sr. Luis Rogelio Solís Alarcón O-3132 (3/3)
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: CHICAIZA CHICAIZA DEDFILA JANETH y CORDOVA LOAIZA JUAN PATRICIO ACTOR: DRA. MARÍA PÉRCIDES DELIA SUÁREZ JIMÉNEZ, EN SU CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SAN FRANCISCO”, LTDA DEMANDADOS: CHICAIZA CHICAIZA DEDFILA JANETH y CORDOVA LOAIZA JUAN PATRICIO A JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2013-0695 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 2.100,oo JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 21 de agosto del 2013, las 15h04. VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo, disponiéndose que los demandados señores: DEDFILIA JANETH CHICAIZA CHICAIZA en su calidad de deudora y JUAN PATRICIO CORDOVA LOAIZA en su calidad de garante; paguen el valor adeudado o propongan excepciones dentro del término legal de tres días.- Cíteseles a los demandados antes nombrados en el lugar que se indica en la presente demandada, mediante comisión librada al señor Comisario nacional y de Policía del cantón el Chaco.- Téngase en cuenta la designación de su Defensor, la casilla Judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, viernes 14 de julio del 2017, las 10h55. Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en fecha 21 de junio de 2017, las 12h42, es decir la actora ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de los demandados, conforme lo establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los señores CHICAIZA CHICAIZA DEDFILA JANETH y CORDOVA LOAIZA JUAN PATRICIO, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 3/3 F T 1874
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: ESPAÑA CAICEDO IRMA CELINDA CI. 0801651456 y JEREZ RODRÍGUEZ RADISNEY con CI. 1753714466 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la Dra. MARIA PERCIDES DELIA SUAREZ JIMÉNEZ, con cédula de ciudadanía No. 1500257421, CON PROCURACIÓN JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN FRANCISCO LTDA. Ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: ESPAÑA CAICEDO IRMA CELINDA CI. 0801651456 y JEREZ RODRÍGUEZ RADISNEY con CI. 1753714466, al cual se le asignó el No.15301-2015-01206, cuyo extracto es como sigue: AUTO 24/11/2015, 11h14: “ (…)2.- CÍTESE a los demandados ESPAÑA CAICEDO IRMA CELINDA y JEREZ RODRÍGUEZ RADISNEY, en la dirección que se indica mediante atenta COMISIÓN librada al señor COMISARIO/A Nacional de Policía del Cantón El Chaco, a quien se enviara despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citados (a) en legal y debida forma; se ordena al accionado/a que al tenor del Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada o proponga excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones.(...) DECRETO 20/06//2017, 12h32: “Incorpórese al proceso el escrito de Dra. María P. Delia Suarez Jiménez, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa San Francisco Ltda. concurra a esta Unidad Judicial Civil, a fin que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los ciudadanos ESPAÑA CAICEDO IRMA CELINDA CI. 0801651456 y JEREZ RODRÍGUEZ RADISNEY con CI. 1753714466, el día JUEVES 13 DE JULIO DE 2017 A LAS 15H00 y dar cumplimiento a lo que determina la norma legal (art. 56 COGEP); luego de lo cual entréguese el extracto de la citación para publicar en la prensa. Actúe en calidad de secretaria la Ab. Jennifer Zúñiga.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Lo certifico, Tena 13 de Julio de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 3/3 F T 1875
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: CHICAIZA CHICAIZA DEDFILIA JANETH ACTOR: DRA. MARÍA SUAREZ JIMÉNEZ PROCURADORA JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE LA COOPERATIVA SAN FRANCISCO LTDA. DEMANDADOS: ALBAN ROSA CARMELINA Y CHICAIZA CHICAIZA DEDFILIA JANETH JUICIO: EJECUTIVONo.- 15301-2013-0683 ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTIA: $ 3600 USD JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, viernes 09 de agosto del 2013, las 13h43. VISTOS: la demanda ejecutiva presentada por Edith Frías Paredes, en su calidad de Gerente de la Oficina Operativa Tena de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda., es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite. Téngase en cuenta la cuantía fijada. Cítese a los demandados ROSA CARMELINA ALBÁN Y, DEDFILIA JANETH CICAIZA CHICAIZA en el lugar indicado en la demanda, mediante comisión al Comisario Nacional del cantón El Chaco, a quien se le remitirá despacho en legal y debida forma, para que una vez citados
legalmente, dentro del término legal de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones, bajo prevenciones de dictar sentencia. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial y abogado defensor designado. Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, por cuanto se ha cumplido con la solemnidad sustancial de la declaración bajo juramento, por desconocer el paradero de la demandada Chicaiza Chicaiza Dedfila Janeth, por lo que se ordena citar a la demandada antes nombrada, la misma que se realizará por el “SEMANARIO INDEPENDIENTE”, de amplia circulación en la provincia de Napo.- Notifíquese. Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 3/3 F T 1876
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER QUE, dentro del proceso Nº 153012016-00436 que se tramita en esta Judicatura, la Dra. Aide Jumbo Jueza de esta Unidad Judicial ha dispuesto lo siguiente: 01/02/2017, las 13h56 “ VISTOS: En vista de la razón actuarial, se desprende que los demandados: LIVIO SILVIO TAPUY PAUCHI, SAIDA INES TAPUY TANGUILA, LEONARDO MATIAS TAPUY AVILES, SILVIA MARGARITA DAHUA, MAXIMO PATRICIO TAPUY, JENNY YUMBO ANDI, en el término de ley no han pagado ni dimitido bienes para el embargo, por lo tanto quedan los fallidos en INTERDICCIÓN de administrar bienes y celebrar contratos.- particular este que se pondrá en conocimiento del público por una sola vez, una vez por medio del Semanario Independiente.- Se ordena que los fallidos en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, que se proceda a la ocupación de sus bienes, libros correspondencias y demás documentos y que se los entregue al Síndico de Jaime Abril Viera, a quien se manda intervenir en este proceso. Que se acumulen los pleitos que se sigan contra los fallidos, por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse al Dr. Clever Urgiléz Juez de lo Civil, haciéndole conocer de este particular. Que se obtengan las copias certificadas necesarias y se las envíe a la Fiscalía de Napo, para que mediante el sorteo de ley, se determine el Agente Fiscal que deberá calificar la insolvencia de los fallidos. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Tena para que tome nota del estado de la insolvencia de los fallidos en los libros de interdicción a su cargo. Se prohíbe a los fallidos LIVIO SILVIO TAPUY PAUCHI, SAIDA INES TAPUY TANGUILA, LEONARDO MATIAS TAPUY AVILES, SILVIA MARGARITA DAHUA, MAXIMO PATRICIO TAPUY, JENNY YUMBO ANDI, ausentarse del país, sin autorización de la suscrita juzgadora, debiendo para el efecto, oficiarse a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Ofíciese únicamente de acuerdo con ley. Oportunamente se convocará a junta de acreedores.NOTIFIQUESE” Tena, jueves 29 de junio del 2017 Atentamente, Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA DE LA UNIDAD TELEF. 062998-900 EXT. 63001 jennifer.zuniga@funcionjudicial.gob.ec 2/3 F 1871 T 1881
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA DEL CARMEN, C.C. 1500325939 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. CESAR ONIVAR URGILES CALLE, portador de la cédula de ciudadanía No. 1500520190, PROCURADOR JUDICIAL, DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA DEL CARMEN, C.C. 1500325939 al cual se le asignó el No. 15301-2017-00480, cuyo extracto es como sigue: AUTO 17/05/2017, 15h29: “(…) DISPONGO: 1.- Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado/a CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que se cite oportunamente a la parte demandada. (…)” AUTO 25/05/2017, 09H05: “(…)REFORMA DE OFICIO.En virtud del Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, procedo a REFORMAR parte del auto de sustanciación que antecede, específicamente donde dice: “(...) 2.- Se ordena la citación del demandado/a CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo (...)” cuando lo correcto es: 2.- Se ordena la citación del demandado/a CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA DEL CARMEN mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo; De la misma forma procedo a REFORMAR la siguiente parte que antecede específicamente donde dice: “(...) Auto 26/07/2017, 10h42: “(…).Incorpórese al proceso el escrito de la parte actora y sus anexos.- SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA.- en vista del juramento que hace el Dr. Cesar Urgiléz Calle acerca de que no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA DEL CARMEN y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlo, requiero su comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día JUEVES 10 DE AGOSTO DEL 2017, 10H30, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, tómese en cuenta el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores adjunto.- EXTRACTO. Hecho que sea CÍTESE A: CLARKE MACINTYRE NEVAREZ MARENA DEL CARMEN portadora de la cédula e ciudadanía 1500325939, por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que tiene cobertura regional amazónica, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. (…) Lo certifico, Tena 10 de Agosto de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1882
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: ENMER RENELMO ALBAN LÓPEZ, C.C 1500469653 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. CESAR ONIVAR URGILES CALLE, portador de la cédula de ciudadanía No. 1500520190, PROCURADOR JUDICIAL, DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: ENMER RENELMO ALBAN LÓPEZ, C.C 1500469653, y WILMER LEONIDAS ALBAN LÓPEZ al cual se le asignó el No. 15301-2017-00428, cuyo extracto es como sigue: AUTO 08/05/2017, 16h37: “(…)SEGUNDO: La demanda presentada por la actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO “SAN FRANCISCO” LTDA., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No. 831639 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que DISPONGO: 1.- Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado/a ALBÁN LÓPEZ WILMER LEONIDAS, ALBÁN , ALBÁN LÓPEZ ENMER RENELDO, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que se cite oportunamente a la parte demandada(…)” Auto 26/07/2017, 10h38: “(…)Incorpórese al proceso el escrito de la parte actora y sus anexos.- SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA.- en vista del juramento que hace el Dr. Cesar Urgiléz Calle acerca de que no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: ENMER RENELMO ALBAN LÓPEZ y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlo, requiero su comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día JUEVES 10 DE AGOSTO DEL 2017, 10H00, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, tómese en cuenta el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores adjunto.- EXTRACTO. Hecho que sea CÍTESE A: ENMER RENELMO ALBAN LÓPEZ, por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que tiene cobertura regional amazónica, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. (…) Lo certifico, Tena 10 de Agosto de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1883
MUNDO
8
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: FREIRE BARRIONUEVO OLGUER ROBERTO con C.I. 1802841641 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el Dr. VICTOR JAVIER RIVERA ALVAREZ con cédula de ciudadanía No. 180279734-8, CON PROCURACIÓN JUDICIAL DEL GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “OSCUS” LTDA. Ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: FREIRE BARRIONUEVO OLGUER ROBERTO con C.I. 1802841641 (DEUDOR), al cual se le asignó el No.15301-2016-00039, cuyo extracto es como sigue: AUTO 17/03/2016, 14h48: “ (…)4.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA., legalmente representada por VICTOR JAVIER RIVERA ÁLVAREZ, en calidad de Procurador Judicial, se la califica como clara, precisa y reúne los requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo.-5.- DISPONGO: 1).- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos,- 2).- CÍTESE a los demandados/as FREIRE BARRIONUEVO OLGUER ROBERTO, VACA COBO MARÍA FERNANDA y GARCÍA BONILLA JUAN CARLOS en la dirección que se indica mediante atenta COMISION dirigida al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón Archidona; envíese despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citado (a) en legal y debida forma la parte demandada y de conformidad con el Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, se ordena a los accionados que, dentro del término de 3 días, cumplan con el pago de la obligación demandada, o propongan excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones. 3).- Lo solicitado en el numeral (9) no se atiende por cuanto el actor no ha justificado su petición con documento alguno.-.(…) AUTO 16/05/2017, 16h43: “Vsitos: Agréguese a los autos el escrito de la parte actora y en atención al mismo Dispongo: 1) Téngase en cuenta la información del señor FREIRE BARRIONUEVO OLGUER ROBERTO con C.I. 1802841641 que mediante oficio N° MREMH-CZ2-TENA-2017-0367-O emitido por la Coordinación Zonal 2 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el cual No consta que haya salido del Ecuador.- 2) El actor Dr. Víctor Javier Rivera Álvarez, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa Oscus Ltda. concurra a esta Unidad Judicial Civil , a fin que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del ciudadano FREIRE BARRIONUEVO OLGUER ROBERTO con C.I. 1802841641, el día LUNES 29 DE MAYO DE 2017 A LAS 11H15 y dar cumplimiento a lo que determina la norma legal( art. 56 COGEP); luego de lo cual entréguese el extracto de la citación para la publicación en la prensa .- Actúe en calidad de secretaria la Ab. Jennifer Zúñiga.-NOTIFÍQUESE. Lo certifico, Tena 30 de Mayo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1884
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO CITACION JUDICIAL: Juicio: INVENTARIOS DE BIENES Nº 15951-2017-00229 Actores: BARTOLO ALVARADO TANGUILA Y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO Demandados: DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LOS CAUSANTES TANGUILA HUATATOCA APOLINARIO Y LORENZA ELENA ANDY TANGUILA, Y QUIENES TENGAN INTERÉS ACTUAL SOBRE LOS BIENES HEREDITARIOS Cuantía: Indeterminada Juez DR. HERNÁN OBANDO PAREDES Secretaria: Abg. Ruth Garrido Belalcázar DEMANDA: BARTOLO ALVARADO TANGUILA Y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO, comparecen demandando INVENTARIO DE BIENES: “…con fecha 21 de enero de 1974 el IERAC, otorgó la adjudicación número 00534 a favor del compareciente Bartolo Alvarado Tanguila y Apolinario Tanguila Huatatoca respecto del lote de terreno rústico N° 25 de 32,10 hectáreas, ubicado en la parroquia Cotundo cantón Archidona, provincia de Napo, adjudicación protocolizada en la Notaría del cantón Tena a cargo del Dr. Nelson Paredes Rosero, en fecha 28 de marzo de 1974 e inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Tena, en fecha 22 de febrero de 1974 y reinscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Archidona, en fecha trece de enero del año 2017, desde la fecha de adjudicación hecha por el estado ecuatoriano, dicho predio ha permanecido por indiviso ya que nunca antes se ha realizado ninguna partición judicial o extrajudicial entre los condóminos adjudicatarios, permaneciendo en estado de indivisión hasta ahora los copropietarios o condóminos del inmueble señores Tanguila Huatatoca Apolinario y Lorenza Elena Andy Tanguila (50%) fallecieron sin dejar descendientes conocidos, tampoco ascendientes, ni sobrinos que puedan sucederles de acuerdo al libro tercero del Código Civil vigente…”.- Fundamenta esta acción en el Art. 1033 y 1033 del Código Civil y Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos.- El trámite a darse en la presente causa es el Voluntario.- PROVIDENCIA: Tena, martes, 21 de febrero del 2017, las 08h57. VISTOS: Avoco conocimiento, en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, mediante Acción de Personal No. 7852-DNTH-2015-SBS de fecha 04 de junio de 2015 en cumplimiento de la Resolución No. 138-2015 Art. 1 y 2 emitida por el Pleno del Concejo de la Judicatura el 20 de mayo de 2015, y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal la demanda de inventario de bienes hereditarios, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que admite al trámite de ley.- Con la documentación adjunta a la demanda, se determina que existe un bien inmueble y al momento se encuentra proindiviso; por lo que se manda a formar el inventario y avalúo del bien inmueble, con la intervención del perito que será designado oportunamente y conforme las regulaciones de la materia.- Cuéntese en el proceso con BARTOLO ALVARADO TANGUILA y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO en calidad de comparecientes; CITESE al demandado Dr. DIEGO GARCIA, en calidad de Procurador General del Estado a quien se lo citará en el Edificio de la Procuraduría General del Estado, calle Amazonas N39-123 y Jose Arizaga, ciudad de Quito, mediante DEPRECATORIO a un Señor Juez de la Unidad Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; CITESE a INES ALVARADO ANDY y JORGE GREFA, en la dirección que señalan en la demanda.- Cuéntese además con la Fiscalía General del Estado, en la persona del señor Fiscal Provincial de Napo, a quien se lo notificara en su despacho ubicado en la calle Rubén Lerson y Edwin Enríquez de esta ciudad de Tena.- Cuéntese con el Señor Alcalde y Procurador Sindico del GAD Municipal del Cantón Archidona, a quienes se los citara en sus despachos ubicados en la Av. Napo de la ciudad y cantón Archidona.- Cuéntese con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la persona de su Director Provincial, en su despacho ubicado en la Av. Simón Bolívar y Amazonas en la ciudad de Tena.- Cuéntese son el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Napo.- En aplicación del Art. 1278 del Código Civil, cuéntese también con los interesado desconocidos y presuntos herederos de los causantes TANGUILA HUATATOCA APOLINARIO y LORENZA ELENA ANDY TANGUILA, y quienes tengan interés actual sobre los bienes hereditarios a quienes se los citará conforme la Disposición Final Segunda y Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Se dispone la inscripción de esta demanda en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Tena, para efectos del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos; se prohíbe la enajenación del inmueble descrito, conforme lo prescribe el Art. 130 del Código Civil.Téngase en cuenta la cuantía.- Agréguese los documentos que se acompañan.- ANUNCIO DE PRUEBAS: del numeral 7 de la demanda, tómese en cuenta los literales a, b, c y d.- Ofíciese a BanEcuador, ex banco Nacional de Fomento, conforme solicita en el literal e) de la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización conferida a su Abogada para que lo represente en esta causa.-NOTIFIQUESE...” f) Dr. Hernán Obando Paredes, Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo.- Certifico: Ab. Ruth Garrido Belalcázar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO 1/3 F T 1885
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: MARCO ANTONIO RENDON VIVAR ACTOR: MARIA EUGENIA NARANJO MORA DEMANDADOS: VALIENTE CUCHIPE JANETH SANDRA RENDON VIVAR MARCO ANTONIO TAPUY SHIGUANGO JAIME RAUL FABIOLA ERNESTINA GREFA CERDA JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2016-00764 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 2.953.26 JUEZ ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 21 de febrero del 2016, las 15h26. VISTOS: Encontrándome dentro del término que me faculta el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, revoco el auto inmediato anterior y a su vez; Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código,
¿El color verde es tóxico y no ecológico? ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados Jeaneth Sandra Valiente Cuchipe, Marco Antonio Rendon Vivar, Jaime Raúl tapuy Shiguango y Fabiola Ernestina Grefa Cerda, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, lunes 17 de julio del 2017, las 12h02. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta Unidad Judicial, por licencia del señor Juez Titular mediante acción de personal No. 0480-UPTH2017-N de fecha 20 de junio de 2017, en lo principal: Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en fecha 04 de mayo de 2017, las 15h56, es decir la actora ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero del demandado, conforme lo establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor MARCO ANTONIO RENDON VIVAR, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T 1886
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: ROCIO VALERIA RODRIGUEZ CERDA ACTOR: AB. MARIA EUGENIA NARANJOMORA APODERADA CON PROCURACION JUDICIAL OTORGADA POR LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “OSCUS” DEMANDADOS: MARIA MARTINA SOTELO ROSERO ROCIO VALERIA RODRIGUEZ CERDA JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2017-00057 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 3.059.69 JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 1 de febrero del 2017, las 11h14. VISTOS: Dra. MERCEDES AIDE JUMBO, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, radicada la competencia mediante sorteo, AVOCO conocimiento de la presente causa mediante Acción de Personal No.0088CPTH-2017-IN en reemplazo del señor Dr. Clever Urgilez Calle. Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la de manda presentada por actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. Se califica como clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.186236 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347.5 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que DISPONGO: 1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado SOTELO ROSERO MARÍA MARTINA, RODRIGUEZ CERDA ROCIO VALERIA, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que el cite a la parte demandada. 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4.- Las partes procesales tendrán a su disposición para su revisión a partir de la presente, el expediente y las pruebas documentales adjuntas en la demanda, a la contestación de la misma; y, los respectivos escritos de complemento.- 5.- Se recuerda a las partes procesales la obligación que tienen de comparecer a la audiencia, en forma personal, conforme lo disponen los artículos 36 último inciso, 86 y 293 del Código Orgánico General de Procesos. En el caso de las instituciones públicas, el defensor que intervenga en la audiencia deberá acudir debidamente facultado según lo dispuesto en los artículos 42, numeral 1, y 305 del Código Ibídem bajo las prevenciones de lo establecido en el numeral 2 del artículo 87 del Cuerpo Legal antes citado.- 6.- Tómese en cuenta al defensor de la actora, el casillero judicial No. 38 y el correo electrónico rojastrellesyasociados@hotmail.com señalado para recibir futuras notificaciones.- 7.- Actúe como secretario el Abogado Sebastian Cajas quien resguardará el documento “ejecutivo” que adjunta a la demanda.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 22 de mayo del 2017, las 14h12. Cumplido que ha sido con lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 11 de mayo del 2017 las 10h32, se ordena: la citación de la señora Roció Valeria Rodríguez Cerda, mediante Publicaciones que se lo hará en el diario “El Independiente” en tres fechas distintas, de conformidad a lo estipulado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General Procesos. Notifíquese.Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T1887
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: GÓMEZ GUERRERO ELÍAS REGINO con Cedula de Ciudadanía N° 1500660566 y RENDON VIVAR MARCO ANTONIO con Cedula de Ciudadanía N° 1500649130 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Ab. MARIA EUGENIA NARANJO MORA portador de la cédula de ciudadanía No. 1803980646, Certificado de Votación N°022-293, Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oscus Ltda., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: GÓMEZ GUERRERO ELÍAS REGINO con Cedula de Ciudadanía N° 1500660566 y RENDON VIVAR MARCO ANTONIO con Cedula de Ciudadanía N° 1500649130, al cual se le asignó el No. 15301-2017-00056, cuyo extracto es como sigue: AUTO 01/02/2017, 15h25: “(…) Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la de manda presentada por actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. Se califica como clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.204629 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que DISPONGO: 1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado GÓMEZ GUERRERO ELÍAS REGINO, VALIENTE CUCHIPE JEANETH SANDRA y RENDON VIVAR MARCO ANTONIO, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo, en el domicilio señalado... (…)” Auto 04/05/2017, 08h11: “(…)mi calidad de Juez subrogante de esta Unidad Judicial Civil por licencia de la señora jueza titular mediante acción de personal N° 0312-UPTH2017-PR.- En lo principal, agréguese a los autos el escrito de la parte actora y en atención al mismo Dispongo: 1) Téngase en cuenta la información de los señores GÓMEZ GUERRERO ELÍAS REGINO y RENDON VIVAR MARCO ANTONIO que mediante oficio N° MREMH-CZ2-TENA-2017-0395-O emitido por la Coordinación Zonal 2 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el cual No consta que hayan salido del Ecuador, para los fines de Ley.- 2) La actora, Ab. María Eugenia Naranjo Mora , concurra a esta Unidad Judicial Civil , a fin que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los ciudadanos Gómez Guerrero Elías Regino y Rendón Vivar Marco Antonio, el día MARTES 09 DE MAYO DE 2017 A LAS 15H00 y dar cumplimiento a lo que determina la norma legal( art. 56 COGEP).- NOTIFIQUESE”. Lo certifico, Tena 09 de Mayo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1888
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: QUESADA CAPELO HECTOR SEBASTIAN CI. 1500738016
ICAZA GREFA ELOISA GRACE CI. 1720091170 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Ab. MARIA EUGENIA NARANJO MORA portador de la cédula de ciudadanía No. 1803980646, Certificado de Votación N°022293, Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oscus Ltda., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: QUESADA CAPELO HECTOR SEBASTIAN CI. 1500738016 e ICAZA GREFA ELOISA GRACE CI. 1720091170, al cual se le asignó el No. 15301-2016-00722, cuyo extracto es como sigue: AUTO 10/10/2016, 11h06: “(…) Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la de manda presentada por actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. Se califica como clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.193055 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que DINSPONGO: 1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado QUESADA CAPELO HECTOR SEBASTIAN e ICAZA GREFA ELOISA GRACE , mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que se cite oportunamente a la parte demandada... (…)” Auto 04/05/2017, 08h26: “(…)Dr. Clever Augusto Urgiléz Calle, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, Subrogante de la Jueza Titular Dra. Mercedes Aide Jumbo, mediante Acción de Personal N° 312-UPTH-2017PR,(…) En lo principal: agréguese a los autos el escrito de la parte actora, (…) “1) Téngase en cuenta la información de los señores QUESADA CAPELO HECTOR SEBASTIAN e ICAZA GREFA ELOISA GRACE que mediante oficio N° MREMH-CZ2-TENA-2017-0394-O y MREMH-CZ2-TENA2017-0393-O emitido por la Coordinación Zonal 2 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, (…) La actora Ab. María Eugenia Naranjo Mora , concurra a esta Unidad Judicial Civil , a fin que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los ciudadanos QUESADA CAPELO HECTOR SEBASTIAN e ICAZA GREFA ELOISA GRACE, el día MARTES 09 DE MAYO DE 2017 A LAS 15H00 y dar cumplimiento a lo que determina la norma legal( art. 56 COGEP) .- NOTIFIQUESE” .Lo certifico, Tena 09 de Mayo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1889
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: ANDRADE GUERRA ALEX ROBERTO C.C. 1500129331 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: ANDRADE GUERRA ALEX ROBERTO cc. 1500129331, al cual se le asignó el No.153012013-1235, cuyo extracto es como sigue: AUTO 16/01/2014, 16h18: “(…)VISTOS: la demanda presentada por GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO Gerente del Banco Pichincha es clara precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite de juicio ejecutivo, disponiéndose que el demandado ALEX ROBERTO ANDRADE GUEVARA, dentro del término legal de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones dentro del mismo término; cítese al demandado ALEX ROBERTO ANDRADE GUEVARA, en el lugar indicado en la demanda inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de sorteos y citaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. DECRETO 03/02/2017, 10h05: “(…)2) Agréguese al proceso el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y tómese en cuenta para los fines de ley.- 3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: ANDRADE GUERRA ALEX ROBERTO cc. 1500129331, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día JUEVES 16 DE MARZO DEL 2017 A LAS 10H00, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: ANDRADE GUERRA ALEX ROBERTO cc. 1500129331, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena. Transcurridos veinte días desde la última publicación por la prensa comenzará el término para contestar la demanda, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 16 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1890
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: LLALAO ERAZO PATRICIA XIMENA C.C. 0603264946 y otros SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio ORDINARIO, en contra de: LLALAO ERAZO PATRICIA XIMENA C.C. 0603264946, al cual se le asignó el No.15301-201501178, cuyo extracto es como sigue: AUTO 23/11/2015, 15h38: “(…)En lo principal, la demanda presentada por EL BANCO DEL PICHINCHA, LEGALMENTE REPRESENTADA POR EL SEÑOR HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, en calidad de Gerente Zonal, es clara, precisa y reúne los demás requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. DISPONGO: 1.- CORRASE TRASLADO y CITESE a PATRICIA XIMENA LLALAO ERAZO en el lugar que se indica, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo; una vez citados y conforme lo determina el Art. 102 y 407 del Código de Procedimiento Civil conteste dentro del término de ocho (08) días proponiendo las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía.- (…) DECRETO 14/01/2016, las 15h52: (…)2.- de conformidad con el Art. 75 y 82 de la Constitución, en concordancia con el Art. 15, 18 y 25 del Código Orgánico de la Función Judicial, se revoca parcialmente el auto de calificación de la demanda de fecha 23 de noviembre del 2015, las 15h38 (fs.12) en cuanto se refiere a la expresión que se debe dar trámite “ejecutivo” a la presente causa, siendo lo correcto TRÁMITE ORDINARIO. (…) DECRETO 3/02/2017, 10h31: (…)“3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: LLALAO ERAZO PATRICIA XIMENA cc. 0603264946, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día JUEVES 16 DE MARZO DEL 2017 A LAS 10H45, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: LLALAO ERAZO PATRICIA XIMENA cc. 0603264946, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena. Transcurridos veinte días desde la última publicación por la prensa comenzará el término para contestar la demanda, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 16 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1891
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: CALAPUCHA AGUINDA LUIS GREGORIO C.C. 1500995020 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: CALAPUCHA AGUINDA LUIS GREGORIO C.C. 1500995020 y otros, al cual se le asignó el No.15301-2015-0076, cuyo extracto es como sigue: AUTO 19/02/2015, 15h00: “(…) VISTOS: La demanda presentada por el Banco del Pichincha, legalmente representada por el señor Hernán Patricio Gallardo Vallejo, en calidad de Gerente Zonal, es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO, disponiendo: Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- CÍTESE a: CALAPUCHA AGUINDA RUTH ESTHER, LABANDA TORRES SEGUNDO LEONARDO y
CALAPUCHA AGUINDA LUIS GREGORIO en la dirección y forma que solicita en el numeral 2) de la demanda.- dentro del término legal de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones dilatorias o perentorias que se crean asistidos, dentro del mismo término (…) DECRETO 3/02/2017, 10h14: “(…) 2) Agréguese al proceso el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y tómese en cuenta para los fines de ley.- 3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: CALAPUCHA AGUINDA LUIS GREGORIO cc. 1500995020, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día JUEVES 16 DE MARZO DEL 2017 A LAS 10H200, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: CALAPUCHA AGUINDA LUIS GREGORIO cc. 1500995020, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena. Transcurridos veinte días desde la última publicación por la prensa comenzará el término para contestar la demanda, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 16 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1892
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A, NESTOR EDUARDO CASTILLO BRAVO cédula de ciudadanía N° 0802269696. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el BANCO PICHINCHA C.A, presentó una demanda ejecutiva (cobro de pagare), en contra de NESTOR EDUARDO CASTILLO BRAVO cc. 0802269696, proceso al cual se le asignó el No.15301-2014-0564, cuyo extracto es como sigue: 21-08-2014, 11h17. “VISTOS: La demanda presentada por el Banco del Pichincha, legalmente representada por el señor Hernán Patricio Gallardo Vallejo, en calidad de Gerente Zonal, es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo que expresa los Arts. 413 y siguientes del Código de procedimiento Civil, disponiendo: NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE..” 02/03/2017, 09h00 “(…)yo, Lucas Patricio Rojas Trelles, bajo juramento declaro que desconozco el domicilio de NESTOR EDUARDO CASTILLO BRAVO, pese a las averiguaciones que se han realizado, mismas que obran del proceso, por lo solicito sea citado mediante la prensa (…) con el juramento que tiene rendido CÍTESE a NESTOR EDUARDO CASTILLO BRAVO cc. 0802269696, como se ha dispuesto en la providencia inmediata anterior (…)” Se le advierte a NESTOR EDUARDO CASTILLO BRAVO cc. 0802269696, que deben designar abogado defensor, casillero judicial y/o correo electrónico para futuras notificaciones. Tena, 02 de marzo de 2017 LO CERTIFICO. Ab. Sheila Alban V. SECRETARIA/UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1893
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: ZAMBRANO SOLORZANO ZOILA MARIANA C.C. 1706104138 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio VERBAL SUMARIO, en contra de: ZAMBRANO SOLORZANO ZOILA MARIANA C.C. 1706104138, al cual se le asignó el No.15301-2014-1084, cuyo extracto es como sigue: AUTO 12/12/2014, 14h52: “VISTOS La demanda que antecede, es clara precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta trámite verbal sumario.Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Cítese a la demandada Zambrano Solórzano Zoila María en el lugar que se indica.- Téngase en cuenta el casillero judicial y al abogado defensor designado.- Actúe en la presente causa la abogada Sheila Albán en calidad de secretaria encargada por excusa del titular.- NOTIFÍQUESE.-“ DECRETO 15/02/2017, 15h42: “(…) dispongo lo siguiente: 1) téngase en cuenta su comparecencia para las facultades expresadas en la procuración que adjunta, las notificaciones las continuará recibiendo en la misma casilla judicial y correo electrónico.- 2) Agréguese al proceso el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y tómese en cuenta para los fines de ley.- 3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: ZAMBRANO SOLORZANO ZOILA MARIANA cc. 1706104138, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día MIERCOLES 29 DE MARZO DEL 2017 A LAS 09H30, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: ZAMBRANO SOLORZANO ZOILA MARIANA cc. 1706104138, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.” Lo certifico, Tena 29 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1894
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: TOAPANTA TAMBACO JUAN MELQUISEDEC C.C. 1500764962 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: TOAPANTA TAMBACO JUAN MELQUISEDEC C.C 1500764962, al cual se le asignó el No.15301-2016-00033, cuyo extracto es como sigue: AUTO 18/01/2016, 12h41: “(…) En lo principal, la demanda presentada por el BANCO DEL PICHINCHA, legalmente representada por el señor HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, EN CALIDAD DE GERENTE ZONAL, es clara, precisa y reúne los requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. Dispongo: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- 2.- Cítese a los demandados/as CHILLAGANO OÑA SIMÓN BOLÍVAR y MARTHA ROCÍO ALVARADO SÁNCHEZ, en la dirección que se indica mediante atenta COMISIÓN librada al señor Teniente Político de la parroquia santa Rosa, Cantón El Chaco, Provincia de Napo, a quien se le enviara despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citado (a) en legal y debida forma la parte demandada y de conformidad con el Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al accionado que, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada, o proponga excepciones que se crea asistido (a)(…) DECRETO 15/02/2017, 15h41: “(…) 1) téngase en cuenta su comparecencia para las facultades expresadas en la procuración que adjunta, las notificaciones las continuará recibiendo en la misma casilla judicial y correo electrónico.- 2) Agréguese al proceso el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y tómese en cuenta para los fines de ley.- 3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: TOAPANTA TAMBACO JUAN MELQUISEDEC cc. 1500764962, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día MIERCOLES 29 DE MARZO DEL 2017 A LAS 09H00, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: TOAPANTA TAMBACO JUAN MELQUISEDEC cc. 1500764962, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 29 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1895
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: VILLAGOMEZ CONTRERAS VICTOR HUGO C.C 0500872833, MARTINEZ LAJE ANGELITA GUADALUPE C.C 1202205934 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS
PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: VILLAGOMEZ CONTRERAS VICTOR HUGO C.C 0500872833, MARTINEZ LAJE ANGELITA GUADALUPE C.C 1202205934, al cual se le asignó el No.15301-2016-00271, cuyo extracto es como sigue: AUTO 25/04/2016, 11h05: “(…)mediante resolución fechada miércoles 06 de abril del 2016, procedo a calificar la demanda presentada por el actor BANCO PICHINCHA C.A, legalmente representada por el señor HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, EN CALIDAD DE GERENTE ZONAL, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. Dispongo: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- 2.- Cítese a los demandados/as VCITOR HUGO VILLAGÓMEZ CONTRERAS, ANGELITA GUADALUPE MARTÍNEZ LAJE, en la dirección que se indica mediante la Oficina de Citaciones e la Corte Provincial de Justicia de Napo; y RUBÉN GUILLERMO VILLAMIL GUALINGA en la dirección que se indica mediante atenta Comisión librada al señor Comisario nacional de Policía del Cantón Carlos Julio Arosemena Tola a quien se le enviara despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citado (a) en legal y debida forma la parte demandada y de conformidad con el Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al accionado que, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada, o proponga excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones(…) DECRETO 09/02/2017, 16h20: “Incorpórese al proceso el escrito y sus anexos de Dr. Lucas Patricio Rojas Trelles de fecha 01/02/ 2017 a las 15h37 y en atención al mismo Dispongo: 1) Conforme la Procuración Judicial que adjunta, téngase en cuenta la comparecencia del Dr. Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Banco del Pichincha C.A dentro de la presente causa.- 2) Añádase al proceso los oficio N° MREMH-CZ2-TENA-2017-0031-O y MREMH-CZ2-TENA-2016-0361-O con las respuestas a lo oficio enviados desde la unidad judicial civil , téngase en cuenta lo manifestado para los fines legales consiguientes.3) a lo solicitado en el numeral 3 de su escrito, el peticionario concurra a esta judicatura a Declarar Bajo Juramento que desconoce y le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los ciudadanos VILLAGOMEZ CONTRERAS VICTOR HUGO, MARTINEZ LAJE ANGELITA GUADALUPE, el día MIERCOLES 8 DE MARZO DE 2017 A LAS 15H00 .- Actúe en calidad de secretaria la Ab. Jennifer Zúñiga.-NOTIFÍQUESE.” Lo certifico, Tena 08 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1896
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: GUANOLUISA MISE CARLOS C.C. 0501263958 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: GUANOLUISA MISE CARLOS C.C. 0501263958, al cual se le asignó el No.15301-20140572, cuyo extracto es como sigue: AUTO 21/08/2014, 11h18: “(…)En el caso oposición a la derivación de la causa, continúe la tramitación del proceso y CÍTESE a los demandados: CARLOS GUANOLUISA MISE Y MARIA CLEMENCIA CHANCUSIG LANDA en esta ciudad de Tena, para que una vez citados en legal y debida forma los demandados, dentro del término legal de tres días pague el valor adeudado o propongan excepciones dilatorias o perentorias que se crean asistidos, dentro del mismo término.-. Téngase en cuenta al Dr. Patricio Rojas y Abogado Ronald Rojas como sus defensor y la casilla judicial Nº 38 de esta ciudad de Tena y el correo electrónico rojastrellesyasociados@hotmail.com, para recibir futuras notificaciones. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DECRETO 24/04/2017, 15h42: “(…)Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez subrogante de esta Unidad Judicial Civil por licencia de la señora jueza titular mediante acción de personal N° 0312-UPTH-2016-PR.- En lo principal, Añádase al proceso el escrito y sus anexos de la parte actora y en atención al mismo Dispongo: 1) Téngase en cuenta los oficios remitidos desde la Coordinación Zonal 2 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en los que hacen constar que el señor Guanoluisa Mise Carlos, no registra salida del país o consta en el registro consular, para los fines de Ley.- 2) El actor señor Dr. Patricio Rojas Trelles, concurra a esta Unidad Judicial Civil , a fin que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del ciudadano Guanoluisa Mise Carlos, el día JUEVES 27 DE ABRIL DE 2017 A LAS 11H00 .- Actúe en calidad de secretaria la Ab. Jennifer Zúñiga.-NOTIFÍQUESE. Lo certifico, Tena 27 de Abril de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1897
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: MARÍA ROSA ELENA CONEJO CASTAÑEDA C.C 1003367578, JULIO CÉSAR VÁSQUEZ AGUILAR C.C 1003391685, GLADYS AMPARO VELASCO PANOLUISA C.C. 0502943913 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: MARÍA ROSA ELENA CONEJO CASTAÑEDA C.C 1003367578, JULIO CÉSAR VÁSQUEZ AGUILAR C.C 1003391685, GLADYS AMPARO VELASCO PANOLUISA C.C. 0502943913, al cual se le asignó el No. 15301-2011-0674, cuyo extracto es como sigue: AUTO 24/10/2011, 11h38: “(…)VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que establece la ley, aceptándola a trámite ejecutivo, disponiendo que los demandados Julio César Vásquez Aguilar y María Rosa Elena Conejo Castañeda (deudores principales) y Gladys Amparo Velasco Panoluisa (avalista solidaria), en el término de tres días paguen el valor adeudado o proponga excepciones en el mismo término.- Agréguese al proceso los documentos adjunto.- Cítese a los demandados en los domicilios señalados.- Téngase en cuenta los abogados defensores, la autorización concedida y la casilla judicial que señala.- Notifíquese. DECRETO 27/04/2017, 12h00: “(…)que declare Bajo Juramento que desconoce y que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los ciudadanos MARÍA ROSA ELENA CONEJO CASTAÑEDA, JULIO CÉSAR VÁSQUEZ AGUILAR, GLADYS AMPARO VELASCO PANOLUISA; y una vez hecho que sea la declaración , extiéndase el extracto para la correspondiente publicación en al prensa.- En lo demás este a lo dispuesto en la providencia que se hace referencia.- Actúe en calidad de secretaria la Ab. Jennifer Zúñiga.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE Lo certifico, Tena 27 de Abril de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1898
EXTRACTO JUDICIAL CITACION - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: DIANA ESABEL SANDOYA MEJÍA ACTOR: LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES - PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA C.A DEMANDADOS: DIANA ISABEL SANDOYA MEJIA MARILU ALEXANDRA BARRIONUEVO ZAMBRANO JUICIO: ORDINARIO- No.- 15301-2016-00044 ASUNTO: INFIMA CUANTIA CUANTIA: TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,oo) JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 2 de mayo del 2017, las 11h33. Incorpórese al proceso el escrito presentado por el Dr. Patricio Rojas Trelles, en su calidad de Procurador Judicial del Banco
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Judiciales
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
El color verde es usado como emblema de la ecología. Son muchos los productos que utilizan el color verde para resaltar su amabilidad con el medio ambiente. Sin embargo un informe explica que teñir el plástico de verde o imprimir tinta verde sobre papel es contaminante.
Pichincha C. A, conforme al instrumento escriturario que adjunta. Por cuanto del proceso consta el oficio suscrito por la Coordinadora Zonal 2- Tena; en el que consta que la demandada: Diana Isabel Sandoya Mejía, con C.C.1206549212, no ha salido del país ni consta en el registro consular, es decir no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia, por lo tanto amparado en los incisos cuarto y quinto Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos requiero la comparecencia a esta Judicatura del Procurador Judicial Dr. Patricio Rojas Trelles, el día Lunes ocho de mayo del presente año, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada Diana Isabel Sandoya Mejía; hecho que sea CÍTESE a la demandada por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica, para el efecto el actuario de este despacho concederá el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T 1899
EXTRACTO JUDICIAL CITACION - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: PEDRO LUIS CARRANZA MACHADO ACTOR: LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES - PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA C.A DEMANDADO: PEDRO LUIS CARRANZA MACHADO JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2014-1187 ASUNTO: COBRO DE DINERO CUANTIA: TRES MIL SEISCIENTOS ($ 3.600,oo) JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 22 de febrero del 2017, las 15h28. Agréguese al proceso el oficio remitido por la Coordinadora Zonal 2 Tena y téngase en cuenta lo manifestado para los fines de Ley. Incorpórese al proceso el escrito presentado por el Dr. Patricio Rojas Trelles, en su calidad de Procuración Judicial del Banco Pichincha C. A, conforme al instrumento escriturario que adjunta. Adjúntese al proceso el oficio suscrito por la Coordinadora Zonal 2- Tena; en donde se aprecia que el demandado: Pedro Luis Carranza Machado, con C.C.1600217853, no ha salido del país ni consta en el registro consular, es decir no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia, por lo tanto amparado en los incisos cuarto y quinto Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos requiero la comparecencia a esta Judicatura del Procurador Judicial Dr. Patricio Rojas Trelles, el día viernes veinticuatro de febrero del presente año, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: PEDRO LUIS CARRANZA MACHADO, con C.C.1600217853; hecho que sea CÍTESE al demandado por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica, para el efecto el actuario de este despacho concederá el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 2 de mayo del 2017, las 11h45. Atenta la petición que antecede, se vuelve a señalar para el día lunes ocho de mayo del dos mil diecisiete, a las once horas treinta minutos comparezca a esta Judicatura el Dr. Patricio Rojas Trelles, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C. A; y bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado Pedro Luis Carranza Machado, hecho que sea CÍTESE a la demandada por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica, para el efecto el actuario de este despacho concederá el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T1900
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: CHARCOPA GONZALEZ ZOILA ALEXANDRA C.C. 0803086677, RODRIGUEZ ORTEGA ANGEL PATRICIO C.C 0803041268, TITO GUAMAN EDISON MAURICIO C.C 1714439500 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: CHARCOPA GONZALEZ ZOILA ALEXANDRA C.C. 0803086677, RODRIGUEZ ORTEGA ANGEL PATRICIO C.C 0803041268, TITO GUAMAN EDISON MAURICIO C.C 1714439500, al cual se le asignó el No. 15301-2016-00011, cuyo extracto es como sigue: AUTO 18/01/2016, 14h51: “(…) AVOCO conocimiento de la presente causa En lo principal, la demanda presentada por el BANCO DEL PICHINCHA, legalmente representada por el señor HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, EN CALIDAD DE GERENTE ZONAL, es clara, precisa y reúne los requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. Dispongo: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- 2.- Cítese a los demandados/as RODRÍGUEZ ORTEGA ÁNGEL PATRICIO, CHARCOPA GONZÁLEZ ZOILA ALEXANDRA y EDISON AURICIO TITO GUAMÁN, en la dirección que se indica mediante la Oficina de Citaciones e la Corte Provincial de Justicia de Napo; una vez citado (a) en legal y debida forma la parte demandada y de conformidad con el Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al accionado que, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada, o proponga excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones (…)” DECRETO 19/05/2017, 13h23: “(…) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: CHARCOPA GONZALEZ ZOILA ALEXANDRA, RODRIGUEZ ORTEGA ANGEL PATRICIO y TITO GUAMAN EDISON MAURICIO, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día MIERCOLES 05 DE JULIO DEL 2017 A LAS 10H00, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: CHARCOPA GONZALEZ ZOILA ALEXANDRA, RODRIGUEZ ORTEGA ANGEL PATRICIO y TITO GUAMAN EDISON MAURICIO, hecho que sea CÍTESE a los demandados por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que circula a nivel regional, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 07 de Julio de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T1901
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: CAYAMBE NUÑEZ HENRYS PATRICIO C.C. 1600319915 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio ORDINARIO- INFIMA CUANTÍA, en contra de: CAYAMBE NUÑEZ HENRYS PATRICIO C.C. 1600319915, al cual se le asignó el No. 15301-2016-00019, cuyo extracto es como sigue: AUTO 18/01/2016, 13h05: “VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015
P
de fecha 18 febrero 2015.- Radicada la competencia mediante sorteo. AVOCO conocimiento de la presente causa En lo principal, la demanda presentada por EL BANCO DEL PICHINCHA, LEGALMENTE REPRESENTADA POR EL SEÑOR HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, en calidad de Gerente Zonal, es clara, precisa y reúne los demás requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ORDINARIO-INFIMA CUANTÍA.- DISPONGO: 1.- CORRASE TRASLADO y CITESE a CAYAMBE NUÑEZ HENRYS PATRICIO en el lugar que se indica, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte provincial de Justicia de Napo - Tena; una vez citados y conforme lo determina el Art. 102 y 407 del Código de Procedimiento Civil conteste dentro del término de ocho (08) días proponiendo las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía(…) DECRETO 19/05/2017, 13h26: “(…) 3) por cuanto no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: CAYAMBE NUÑEZ HENRYS PATRICIO, como se puede observar de las piezas procesales, por lo tanto requiero la comparecencia a esta Judicatura del actor/a: del Doctor Lucas Patricio Rojas Trelles en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del Banco Pichincha C.A., el día MIERCOLES 05 DE JULIO DEL 2017 A LAS 10H30, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de: CAYAMBE NUÑEZ HENRYS PATRICIO, hecho que sea CÍTESE al demandado por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que circula a nivel regional, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo certifico, Tena 07 de Julio de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1902
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: PEREZ CAICEDO WILLIAN EDUARDO C.C. 0501742829 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1600275323, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: PEREZ CAICEDO WILLIAN EDUARDO C.C. 0501742829, al cual se le asignó el No. 15301-2016-00281, cuyo extracto es como sigue: AUTO 25/04/2016, 14h28: “(…)procedo a calificar la demanda presentada por el actor BANCO PICHINCHA C.A, legalmente representada por el señor HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO, EN CALIDAD DE GERENTE ZONAL, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. Dispongo: 1.AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- 2.- Cítese a los demandados/as WILLIAN EDUARDO PÉREZ CAICEDO, en la dirección que se indica mediante atenta DEPRECATORIO librado al señor Juez/a de una Unidad Judicial Civil de Latacunga-Cotopaxi, a quien desde ya ofrezco reciprocidad en casos análogos, se enviara despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citado (a) en legal y debida forma la parte demandada y de conformidad con el Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al accionado que, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada, o proponga excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones.(…)” DECRETO 13/04/2017, 10h13: “(…)Dr. Clever Augusto Urgiléz Calle, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, Subrogante de la Jueza Titular Dra. Mercedes Aide Jumbo, mediante Acción de Personal N° 0273-UPTH2017-IN suscrita por el Abogado Milton Hidalgo Ruiz, Delegado del Consejo de la Judicatura en Napo.- En lo principal: Incorpórese al proceso el escrito de la parte actora y su anexo, por motivada que es su petición señalo para el día JUEVES 04 DE MAYO DEL 2017 A LAS 09H00, para que el actor declare bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, residencia o domicilio del demandado Pérez Caicedo Willian Eduardo tal como ha expuesto en el escrito que obra a fojas 38.- hecho que sea la secretaría concédale el extracto a fin de publicar por un periódico que circule a nivel regional.- NOTIFIQUESE”. Lo certifico, Tena 04 de Mayo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3 F T 1903
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: CARLOS ERNESTO GREFA CERDA ACTOR: DR. PATRICIO ROJAS TRELLES PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA DEMANDADOS: NELSON ROBERTO TANGUILA CHIMBO MAGDALENA ELVIRA HUATATOCA TANGUILA CARLOS ERNESTO GREFA CERDA JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2015-00551 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 3.500.oo JUEZ ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 24 de julio del 2015, las 16h04. VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo, disponiéndose que los demandados señores Nelson Roberto Tanguila Chimbo, Magdalena Huatatoca Tanguila y Carlos Grefa Cerda, paguen el valor adeudado o propongan excepciones dentro del término legal de tres días.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos; Cítese a los demandados en el lugar que se indica en la presente demandada mediante comisión que se librará el señor Teniente Político de la parroquia Wawua Sumaco-Pacto Sumaco.- Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones.NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, martes 20 de junio del 2017, las 09h59. Dentro del presente juicio Ejecutivo dispongo: Por cuanto la parte actora por medio del Procurador Judicial de la causa ha procedido a declarar bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado CARLOS ERNESTO GREFA CERDA, conforme consta del acta respectiva que antecede, de conformidad a lo que disponen los Arts. 76 numeral 1 de la Constitución de la República, 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial y 56 numeral 1 del COGEP, cítese al demandado CARLOS ERNESTO GREFA CERDA mediante 3 publicaciones que se realizarán por la prensa en el periódico de circulación local “Semanario el Independiente”, para lo cual otórguese el extracto correspondiente. Actúe el Secretario Titular, Ab. Sebastián Cajas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes,
P
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: LILIAN MARGOTH MARTINEZ MÉNDEZ ACTOR: HERNÁN PATRICIO GALLARDO VALLEJO GERENTE ZONAL DEL BANCO PICHINCHA DEMANDADOS: LILIAN MARGOTH MARTINEZ MÉNDEZ VÍCTOR HORACIO MARTINEZ CASTELO JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2013-1061 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 6.000.oo JUEZ ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 5 de noviembre del 2013, las 11h28. VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo, disponiéndose que los demandados Lilian Margoth Martínez Méndez y Víctor Horacio Martínez Castelo; paguen el valor adeudado o proponga excepciones dentro del término legal de tres días.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos; cítese a los demandados en el lugar que se indica en la demanda.- Téngase en cuenta a los abogados defensores y la casilla judicial señalada para sus notificaciones.-Actúe en la presente causa la abogada Shela Albán en calidad de secretaria encargada, por excusa del titular.- NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, lunes 17 de julio del 2017, las 14h10. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta Unidad Judicial, por licencia del señor Juez Titular mediante acción de personal No. 0480-UPTH-2017-N de fecha 20 de junio de 2017, en lo principal: Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en fecha 12 de noviembre de 2016, las 09h14, es decir el actor ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de la demandada, conforme lo establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor LILIAN MARGOTH MARTINEZ MENDEZ, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T1905
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: AGUSTÍN TIGASI VEGA ACTOR: DR. PATRICIO ROJAS TRELLES PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADOS: MARIA MAGDALENA GUALIMBA ARELLANO AGUSTIN TIGASI VEGA JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2013-0907 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 3.950.oo JUEZ ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 2 de octubre del 2013, las 13h23. VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo, disponiéndose que los demandados señores MARIA MAGDALENA GUALLIMBA ARELLANO (DEUDOR PRINCIPAL) AGUSTIN TIGASI VEGA (DEUDOR SOLIDARIO); paguen el valor adeudado o propongan excepciones dentro del término legal de tres días.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Cíteseles a los demandados antes nombrados en el lugar que se indica en la presente demanda, mediante comisión dirigida al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Chaco. Téngase en cuenta la designación de sus defensores, la casilla Judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones.- NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, lunes 17 de julio del 2017, las 14h27. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta Unidad Judicial, por licencia del señor Juez Titular mediante acción de personal No. 0480-UPTH-2017-N de fecha 20 de junio de 2017, en lo principal: Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en fecha 7 de febrero de 2017, las 09h44, es decir el actor ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de la demandada, conforme lo establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor AGUSTIN TIGASI VEGA, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T1906
EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: MARCO IVAN FUERES TIPANTUÑA ACTOR: DR. PATRICIO ROJAS TRELLES PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: MARCO IVAN FUERES TIPANTUÑA JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2014-1181 ASUNTO: COBRO DE PAGARE CUANTIA: USD. 2.700.oo JUEZ ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 12 de enero del 2015, las 10h45. VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo, disponiéndose que el demandado: MARCO IVAN FUERES TIPANTUNA (DEUDOR PRINCIPAL); Pague el valor adeudado o proponga excepciones dentro del término legal de tres días.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Cítesele al demandado antes nombrado, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo civil de Santo Domingo de los Sachilas, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Téngase en cuenta la designación de su Defensor, la casilla Judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones. Invitándole a la parte actora, que la Mediación es una forma de solución de conflictos, colaborando con la administración de justicia con los principios constitucionales
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO AL PÚBLICO Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la propiedad del Cantón Shushufindi, la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA: OTORGADA EL: NOTARIA: OTORGADO POR: FAVOR DE:
04 de NOVIEMBRE de 2004 PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI ULVIO ELIAS ALDAZ CABEZAS VÍCTOR MANUEL MORA ESPINOZA Y; CARMEN LLANETH FAJARDO OCHOA $ 70.00 DÓLARES
UBICACIÓN: En Zona del Rio Jivino Verde Shushufindi, kilómetro diecisiete de la Precooperativa “Nueva Quevedo” del canton Shushufindi, Provincia de Sucumbíos.
Ubicación del inmueble: Provincia de Napo, Cantón Tena, Av. 15 de Noviembre Área de construcción: 540 m2 aproximadamente, disponibilidad de 5 baños, garage,espacio para una bodega e infraestructura tecnológica. Servicios básicos: Agua potable (cisterna), energía eléctrica.
advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T 1904
P
CUANTÍA:
Requiere contratar el servicio de alquiler de un bien inmueble para la Universidad Regional Amazónica IKIAM, de acuerdo a las siguientes características:
9
LOS LINDEROS SON: NORTE: Con lote de cuarenta y ocho “F”, en doscientos cincuenta metros de extensión, SUR: Con la Precooperativa Atahualpa, en doscientos treinta metros de extensión, ESTE: Con el lote cuarenta y ocho de Luis Carabajo, en treinta y seis metros de extensión. OESTE: Con el lote numero cuarenta y seis, se Segundo Espinoza, en trescientos tres metros de extensión.- extensión.- Dando una superficie de UNA HECTÁREA de superficie DRA. SARA MAGDALENA SERRANO ORTEGA REGISTRADORA Shushufindi, a 01- Agosto-2017 Q-0000
Informa a la ciudadanía de la Provincia de Orellana que el Sr. CARLOS FABIAN QUINCHIMBLA LLULLUNA dejó de laborar en nuestra Organización desde el 15 de Agosto del 2017. Particular que damos a conocer a la comunidad para los fines pertinentes. Atentamente, Recursos Humanos Q-0000
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Judiciales
de Celeridad, Inmediación, Oportunidad, y de esta forma descongestionar el sistema judicial, en especial en temas de materia transigible, empoderando a las partes a que sean ellas mismas las que lleguen a un acuerdo, beneficiando a ambas partes; conforme el Art. 190 inciso 1ro., de la Constitución Política de la Republica, el Art. 43 y Art. 46 literal c) de la Ley de Mediación y Arbitraje, el Art. 17 inciso 2do, y el Art. 254 del Código Orgánico de la Función Judicial y por ser este un caso susceptible de Mediación al ser una obligación exigible en la vía Civil Ejecutiva; en concordancia con los Arts. 25 y 27 del Reglamento del Centro de Mediación de la Función Judicial; aprobado mediante Resolución No. 209-2013 de 27 de diciembre de 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura; publicado en el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 165 de lunes 20 de enero de 2014; con estos fundamentos esta Autoridad DERIVA la presente Causa al Centro de Mediación de esta Unidad judicial de Napo, concediendo la parte actora el termino de tres días para su aceptación.- Dentro de la presente causa, actúe la Dra. Rocío López Cevallos en calidad de Secretaria (E) por renuncia del secretario Titular de esta judicatura. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, lunes 17 de julio del 2017, las 14h47. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta Unidad Judicial, por licencia del señor Juez Titular mediante acción de personal No. 0480-UPTH2017-N de fecha 20 de junio de 2017, en lo principal: Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en fecha 9 de febrero de 2017, las 16h11, es decir el actor ha declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de la demandada, conforme lo establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor MARCO IVAN FUERES TIPANTUÑA, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T1907
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO CITACION JUDICIAL: Juicio: INVENTARIOS DE BIENES Nº 15951-2017-00229 Actores: BARTOLO ALVARADO TANGUILA Y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO Demandados: DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LOS CAUSANTES TANGUILA HUATATOCA APOLINARIO Y LORENZA ELENA ANDY TANGUILA, Y QUIENES TENGAN INTERÉS ACTUAL SOBRE LOS BIENES HEREDITARIOS Cuantía: Indeterminada Juez DR. HERNÁN OBANDO PAREDES Secretaria: Abg. Ruth Garrido Belalcázar DEMANDA: BARTOLO ALVARADO TANGUILA Y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO, comparecen demandando INVENTARIO DE BIENES: “…con fecha 21 de enero de 1974 el IERAC, otorgó la adjudicación número 00534 a favor del compareciente Bartolo Alvarado Tanguila y Apolinario Tanguila Huatatoca respecto del lote de terreno rústico N° 25 de 32,10 hectáreas, ubicado en la parroquia Cotundo cantón Archidona, provincia de Napo, adjudicación protocolizada en la Notaría del cantón Tena a cargo del Dr. Nelson Paredes Rosero, en fecha 28 de marzo de 1974 e inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Tena, en fecha 22 de febrero de 1974 y reinscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Archidona, en fecha trece de enero del año 2017, desde la fecha de adjudicación hecha por el estado ecuatoriano, dicho predio ha permanecido por indiviso ya que nunca antes se ha realizado ninguna partición judicial o extrajudicial entre los condóminos adjudicatarios, permaneciendo en estado de indivisión hasta ahora los copropietarios o condóminos del inmueble señores Tanguila Huatatoca Apolinario y Lorenza Elena Andy Tanguila (50%) fallecieron sin dejar descendientes conocidos, tampoco ascendientes, ni sobrinos que puedan sucederles de acuerdo al libro tercero del Código Civil vigente…”.- Fundamenta esta acción en el Art. 1033 y 1033 del Código Civil y Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos.- El trámite a darse en la presente causa es el Voluntario.- PROVIDENCIA: Tena, martes, 21 de febrero del 2017, las 08h57. VISTOS: Avoco conocimiento, en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, mediante Acción de Personal No. 7852-DNTH-2015-SBS de fecha 04 de junio de 2015 en cumplimiento de la Resolución No. 138-2015 Art. 1 y 2 emitida por el Pleno del Concejo de la Judicatura el 20 de mayo de 2015, y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal la demanda de inventario de bienes hereditarios, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que admite al trámite de ley.- Con la documentación adjunta a la demanda, se determina que existe un bien inmueble y al momento se encuentra proindiviso; por lo que se manda a formar el inventario y avalúo del bien inmueble, con la intervención del perito que será designado oportunamente y conforme las regulaciones de la materia.- Cuéntese en el proceso con BARTOLO ALVARADO TANGUILA y CATALINA JACINTA TANGUILA YUMBO en calidad de comparecientes; CITESE al demandado Dr. DIEGO GARCIA, en calidad de Procurador General del Estado a quien se lo citará en el Edificio de la Procuraduría General del Estado, calle Amazonas N39-123 y Jose Arizaga, ciudad de Quito, mediante DEPRECATORIO a un Señor Juez de la Unidad Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; CITESE a INES ALVARADO ANDY y JORGE GREFA, en la dirección que señalan en la demanda.- Cuéntese además con la Fiscalía General del Estado, en la persona del señor Fiscal Provincial de Napo, a quien se lo notificara en su despacho ubicado en la calle Rubén Lerson y Edwin Enríquez de esta ciudad de Tena.- Cuéntese con el Señor Alcalde y Procurador Sindico del GAD Municipal del Cantón Archidona, a quienes se los citara en sus despachos ubicados en la Av. Napo de la ciudad y cantón Archidona.- Cuéntese con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la persona de su Director Provincial, en su despacho ubicado en la Av. Simón Bolívar y Amazonas en la ciudad de Tena.- Cuéntese son el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Napo.- En aplicación del Art. 1278 del Código Civil, cuéntese también con los interesado desconocidos y presuntos herederos de los causantes TANGUILA HUATATOCA APOLINARIO y LORENZA ELENA ANDY TANGUILA, y quienes tengan interés actual sobre los bienes hereditarios a quienes se los citará conforme la Disposición Final Segunda y Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Se dispone la inscripción de esta demanda en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Tena, para efectos del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos; se prohíbe la enajenación del inmueble descrito, conforme lo prescribe el Art. 130 del Código Civil.Téngase en cuenta la cuantía.- Agréguese los documentos que se acompañan.- ANUNCIO DE PRUEBAS: del numeral 7 de la demanda, tómese en cuenta los literales a, b, c y d.- Ofíciese a BanEcuador, ex banco Nacional de Fomento, conforme solicita en el literal e) de la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización conferida a su Abogada para que lo represente en esta causa.-NOTIFIQUESE...” f) Dr. Hernán Obando Paredes, Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo.- Certifico: Ab. Ruth Garrido Belalcázar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO 1/3 F T1911
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO CITACION JUDICIAL: Juicio: TENENCIA Nº 15951-2017-00870 Actor: JOSE EDISON GREFA QUISHPILEMA Demandada: LISSETTE SOLANGE RENDON GUERRERO Cuantía: Indeterminada Juez DR. HERNÁN OBANDO PAREDES Secretaria: Abg. Ruth Garrido Belalcázar DEMANDA: JOSE EDISON GREFA QUISHPILEMA, comparece demandando TENENCIA: “…Hace más de un año aproximadamente mientras me encontraba de servicio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, debido a que el conviviente de la señora Lissete Solange Rendón Guerrero había abusado de mi referida hija y ante una denuncia presentada en contra de éste, su madre la señora antes referida, procede a entregarme a la ahora adolescente, siendo así que, durante este año vive en la ciudad de Archidona, provincia de Napo, bajo mi exclusiva responsabilidad, cuidado y protección…”.- Fundamenta esta acción en el Art. 118 del Código de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General .- El trámite a darse en la presente causa es el Sumario.- PROVIDENCIA: Tena, martes, 15 de agosto del 2017, las 14h06. VISTOS.Agréguese al proceso el escrito presentado, en atención al mismo: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inmediato anterior, se provee lo siguiente: 1.- En lo principal, la demanda que antecede, reúne los requisitos de ley y se la califica de clara precisa y completa, por lo que se admite a trámite contemplado en el Art. 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- Cítese a la demandada LISSETE SOLANGE RENDON GUERRERO, conforme lo solicitado en la demanda, para cuyo fin remítase suficiente despacho, advirtiéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones, en caso de no hacerlo se seguirá el trámite en ausencia, sin perjuicio de lo que prescribe el Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- La demandada contestara la demanda de conformidad con lo establecido en el Libro II, Título I, Capitulo II del Código Orgánico General de Procesos .- ANUNCIO DE PRUEBAS:
Atendiendo el numeral 7 de la demanda; a) considérese la prueba documental presentada, al momento de evacuar la prueba.- b) Con respecto a la Prueba testimonial: recéptese en el testimonio de los señores Ulvio Genaro Carrasco Chonata, Juan César Castillo Montaluisa, Byron Bladimir Jiménez Cueva y Betty Sofía Shiguango Chongo.- c) De la Prueba pericial: ofíciese a la Lcda. Flor Sánchez Trabajadora Social del Consejo de la Judicatura de Napo a fin de que realice una investigación social respecto de la situación actual de la menor Grefa Rendón Edith Solange d) Que el día de la Audiencia sea escuchada la menor Grefa Rendón Edith Solange de manera reservada.- Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización conferida a su Abogado para que lo represente en esta causa.- NOTIFÍQUESE... ” f) Dr. Benjamín Sotomayor Castillo, Juez subrogante de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo.- Certifico: Ab. Ruth Garrido Belalcázar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO 1/3 F T1912
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: MARÍA FERNANDA MÉNDEZ CABRERA C.C 1204759813, WILMER JESÚS GUAMANGATE ANDY C.C 1500874290 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el DR. CESAR ONIVAR URGILES CALLE, portador de la cédula de ciudadanía No. 1500520190, PROCURADOR JUDICIAL, DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: MARÍA FERNANDA MÉNDEZ CABRERA C.C 1204759813, WILMER JESÚS GUAMANGATE ANDY C.C 1500874290, DARWIN FABIAN CUMBICUS JARAMILLO, al cual se le asignó el No. 15301-2017-00386, cuyo extracto es como sigue: AUTO 18/05/2017, 15h42: “(…)3.- Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 3.4.- Se ordena la citación del demandado/a GUAMANGATE ANDY WILMER JESUS, MENDEZ CABRERA MARÍA FERNANDA, CUMBICUS JARAMILLO DARWIN FABIAN mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que se cite oportunamente a la parte demandada. 3.5- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado/a proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP (…)” Auto 16/08/2017, 11h54: (...) Incorpórese al proceso el escrito de la parte actora y sus anexos.- SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA.- en vista del juramento que hace el Dr. Cesar Urgiléz Calle acerca de que no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: GUAMANGATE ANDY WILMER JESUS, MENDEZ CABRERA MARÍA FERNANDA y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlo, requiero su comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día MARTES 22 DE AGOSTO DEL 2017 A LAS 11H00, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, tómese en cuenta los certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores adjunto.- EXTRACTO. Hecho que sea CÍTESE A: GUAMANGATE ANDY WILMER JESUS, MENDEZ CABRERA MARÍA FERNANDA por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que tiene cobertura regional amazónica, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. (…) Lo certifico, Tena 22 de Agosto de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 1/3 F T1913
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO EXTRACTO JUDICIAL CITO: Con el contenido del Auto de calificación en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 del COGEP, con la precisión que de no haber quien reclame de ella se considerará como definitivo. ACTOR: CERDA TAPUY CARMELA CATALINA DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS JUEZ: DR. BENJAMÍN SOTOMAYOR SECRETARIO: ABG. JOSÉ RIOS HIDALGO JUICIO: 15951-2017-00263 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES. TRÁMITE: VOLUNTARIO. DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación inmediatamente anterior y dado que la solicitud formulada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud, y por un medio de comunicación escrito a los herederos desconocidos o presuntos cobertura provincial. Cuéntese con el SRI para los fines de Ley, a cuyo titular se lo notificará en su dependencia en la ciudad de Tena. En forma previa dentro del término de cinco días comparezca a rendir el juramento ofrecido. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f.- Dr. Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena- Napo. Abg. José Rios Hidalgo SECRETARIO (E) DE ESTA UNIDAD JUDICIAL 1/3 F T1914
R. del E. EN EL JUICIO NO. 18332-2015-00320 SEGUIDO POR DR. JAVIER RIVERA ALVAREZ ( PROCURADOR JUDICIAL DE ) LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA EN CONTRA DE CABRERA QUITO MARIELA SANDRA Y OTROS, DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE LA PROVIDENCIA DEL DIA JUEVES 09 DE JUNIO DEL 2016, LAS 12H04 Y PROVIDENCIA DE FECHA MIERCOLES 24 DE MAYO DEL 2017, LAS 11H26, SE DISPONE CITAR AL CABRERA QUITO MARIELA SANDRA, POR LA PRENSA MEDIANTE TRES PUBLICACIONES EN TRES DÍAS DISTINTOS , EN UNO DE LOS DIARIOS DE AMPLIA CIRCULACIÓN DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CON UN EXTRACTO DE LA DEMANDA, EL AUTO INICIAL Y ESTA PROVIDENCIA, PARA QUE CONTESTE LA DEMANDA DENTRO DEL TÉRMINO QUE DETERMINA LA LEY Y SEÑALE CASILLA JUDICIAL EN ESTE CANTÓN PARA QUE RECIBAN SUS NOTIFICACIONES, PARA EL EFECTO SE EXTENDERÁ EL EXTRACTO CORRESPONDIENTE. E X T RA C T O ACTOR: DR. JAVIER RIVERA ALVAREZ ( PROCURADOR JUDICIAL DE ) LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA DEMANDADO: CABRERA QUITO MARIELA SANDRA Y OTROS CLASE DE JUICIO: Cobro de pagare a la orden. TRAMITE: Ejecutivo. CUANTÍA: $ 18.000 JUEZ DE LO CIVIL: Ab. Christian Mauricio Paredes Jordán. CAUSA Nº: 18332-2015-00320 PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PELILEO DE TUNGURAHUA. Pelileo, jueves 09 de junio del 2016, las 12h04.- VISTOS:- El escrito que antecede , agreguese al proceso ; una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, la demanda presentada por el Dr. Víctor Javier Rivera Álvarez, procurador judicial de la cooperativa de ahorro y crédito “Oscus” Ltda. con cuyo documento adjunta al proceso se da por legitimada su personería , es clara , completa y se la admite al trámite ejecutivo; en tal virtud cítese a los demandados de la siguiente manera: SUAREZ ENRIQUE FANNY NARCISA , como deudora principal, en su domicilio, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Benítez de esta jurisdicción cantonal; QUINGA GAIBOR FERNANDO WILFRIDO , GUEVARA VACA MAYRA CRISTINA, avales solidarios, en el caserío La Paz, vía a Huambaló a pocos metros de la casa comunal, mediante la oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial; y , CABRERA QUITO MARICELA SANDRA, en virtud de que con juramento el compareciente manifiesta desconocer su domicilio o residencia, cíteseles de conformidad a lo que dispone el Art. 56. Numeral 1 del COGEP , mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios de amplia circulación de la ciudad de Ambato, por no haber en este lugar , publicaciones que se harán en días distintos, con un extracto de la demanda y este auto, para que dentro del término de veinte días contados de la última publicación , paguen el valor adeudado o propongan excepciones y señalen casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones correspondientes, bajo prevenciones legal ; previamente a proveer sobre la prohibición de enajenar solicitada el compareciente presente un certificado de gravamen actualizado ya que el que se encuentra adjunto al proceso data del 30 de junio del 2015 ; agréguense a los autos el pagaré y la documentación adjunta ; tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados para recibir sus notificaciones, la designación de defensor y la autorización dada al mismo.- Cítese y notifíquese…”; UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PELILEO DE TUNGURAHUA.
¿Las decepciones amorosas duelen como una quemadura?
MUNDO
10
Pelileo, miércoles 24 de mayo del 2017, las 11h26.- Y “… VISTOS: Agréguese a los autos los escritos presentado por la parte accionante. En lo principal de la revisión prolija de la demanda y calificación a la misma se evidencia con claridad, que en la demanda se ha hecho constar a CABRERA QUITO MARIELA SANDRA, por un lapsus calami no se la ha tomado correctamente en cuenta en la calificación, al respecto el art. 130 en su numeral 8 que dice: “…8. Convalidar de oficio o a petición de parte los actos procesales verificados con inobservancia de formalidades no esenciales, si no han viciado al proceso de nulidad insanable ni han provocado indefensión;”. Por lo anotado se convalida dicho auto de calificación de fecha 09 de junio del 2016, las 12h04, en el que se ha también se rectifica y se considera como demandado a CABRERA QUITO MARIELA SANDRA, en calidad de garante; y se dispone que sea citado por un medio de comunicación de la provincia de la provincia de Sucumbíos, en legal forma, bajo prevenciones legales.- Notifíquese.- - f).- AB. CHRISTIAN MAURICIO PAREDES JORDÁN, JUEZ. F) DR. FAUSTO VÉLEZ MOREIRA. SECRETARIO.Lo que pongo en conocimiento del mencionado para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad, bajo prevenciones de ley.- Pelileo, a 13 de Junio del 2017. DR. FAUSTO VÉLEZ MOREIRA SECRETARIO 1/3 F T1915
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO – CONTRATO DE PRÉSTAMO JUICIO Nro. 2013-0973 ACTOR: DRA GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR (Procurador Judicial Angelo Caputi Oyague) CASILLERO: 64 JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANNY JUMBO GOMEZ. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENSION: Con estos antecedentes expresados, aseverando y afirmando que los cónyuges Señores MARCOS JAVIER CEDEÑO MERO y MARIA EUGENIA COBEÑA CHOEZ, en calidad de deudores principales y solidarios, se encuentran incursos en la causal prevista en el literal a) de la Cláusula Décima del Contrato de Préstamo, ésto es, que han incurrido en mora en el pago de más de un dividendo, en mi calidad de PROCURADORA JUDICIAL DEL ECONOMISTA ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., y amparado en la misma Cláusula Décima del referido Contrato de Préstamo, declaro de plazo vencido la totalidad de la obligación constante del Contrato de Préstamo que el BANCO DE GUAYAQUIL S.A. otorgó a favor de los cónyuges Señores MARCOS JAVIER CEDEÑO MERO y MARIA EUGENIA COBEÑA CHOEZ, en calidad de deudores principales y solidarios, mediante documento privado celebrado el 14 de Enero del 2011 y reconocido legalmente; y, con fundamento en el mismo Contrato de Préstamo que aparejo a esta demanda, el mismo que constituye titulo ejecutivo al tenor de la norma del Artículo 413 del Código de Procedimiento Civil, conteniendo obligación igualmente ejecutiva conforme a lo señalado en el Artículo 415 del cuerpo de Leyes últimamente citado, acudo ante usted y en JUICIO EJECUTIVO; demando, solidariamente, a los cónyuges Señores MARCOS JAVIER CEDEÑO MERO y MARÍA EUGENIA COBEÑA CHOEZ, en calidad de deudores principales y solidarios, a fin de que en sentencia les condene, paguen al BANCO DE GUAYAQUIL S.A., los siguientes valores: A. - Los dividendos vencidos, mas el interés de mora calculado de conformidad con el Contrato que se apareja a esta demanda; B. - El saldo del préstamo o capital reducido, cortado a la fecha del último dividendo en mora, así mismo, con los intereses calculados de acuerdo a lo establecido en el Contrato que se adjunta, desde esa fecha y hasta la completa cancelación de” la obligación; C- Tasas, costas, gastos y expensas judiciales que serán reintegradas con una tercera parte más, conforme lo prescribe el Artículo 936 de la actual Codificación del Código de Procedimiento Civil; y, D.- Los honorarios profesionales de mi Abogado Defensor que serán regulados de conformidad con la Ley de Federación de Abogados. Juicio No 2012-0411 JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SUCUMBIOS. Nueva Loja, viernes 7 de septiembre del 2012, las 14h13. VISTOS: Avoco conocimiento en virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez encargado del Despacho en virtud la Acción de Personal N.-184-DPCJS-2012 de fecha 31 de Agosto del 2012. En lo principal y por cuanto la demanda propuesta por la Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Economista ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S:A, es clara completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de juicio ejecutivo, considerándoles que el documento aparejado presta mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado, en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados son los cónyuges señores MARCOS JAVIER CEDEÑO MERO y MARIA EUGENIA COBEÑA CHOEZ, en calidad de deudores principales solidarios, dentro del término de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado o deduzcan sus excepciones a las que se crean asistidos, debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda, previniéndoles además a los mismos demandados DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE señalar casillero judicial para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 75 del Código de Proceder Civil. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, debiendo actuar el señor Secretario Titular del Despacho. NOTIFIQUESE Y CITESEJuicio No. 21331-2013-0973 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, Lunes 17 de abril del 2017, las 10h48. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haber agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los demandados, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación de los demandados en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa. NOTIFIQUESE. Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja 19 de Abril del 2017. Ab. Fany Jumbo Gomez SECRETARIA. F: 4040 3/3 S:3454
PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo, MARTÍNEZ JULIO , con C.I. Nº 1719577650, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: GSG2729, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4038 (1) S: 3461 Yo, YANEZ LUIS, con C.I. Nº 1706195169, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: PCG5970, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4037 (1) S: 3460
SUCUMBIOS Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100616779, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 69 al 70,72 al 83, 85 al 87, 89 al 93, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110. Y del 111 al Nº 125. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100615345, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 2000 al 2012 desde el Nº 2217 al 2221 y del 2270 al 2273, 2242, 2243, 2343, 2344. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100620512, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 34, 35, 44, 50, 36, 56, 70. (1) S: 3463
VENDO
Hermosa finca de 1 hectárea en la Vía Colombia a 15 minutos del centro de la ciudad de Lago Agrio (Barrio San Vicente.) Interesados:
099 640 3941 – 022 647 711
ORELLANA Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el banco internacional Cta. N 650103380 por el valor de $ 2.000,00 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última. (2/2)
JOYA DE LOS SACHAS Por haberse perdido la cuenta de Ahorros de la Cta. Nº 6600609472 se procede anular. El cheque formulario de cheques del número 24 y deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
VENDO
Hermosa finca de 60 hectáreas ubicada en la Precooperativa Salinas Zona Nº 102. Conocida como Patricia en la parroquia General Farfán Cantón Lago Agrio Interesados:
099 640 3941 – 022 647 711
TENA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15691026 y cartola n.- 781242 emitida a nombre de GASPATA MARCALLA GABRIELA MARILU se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15588535 y cartola n.- 615717 emitida a nombre de ANDY LICUY PASTOR CLEMENTE se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15607777 y cartola n.- 248503 emitida a nombre de LEMA CHICAIZA CARLOS FIDEL se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 16575666 y cartola n.- 758328 emitida a nombre de VALLEJO CEPEDA HOLGER RAMIRO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15651679 y cartola n.- 521425 emitida a nombre de SALAS HEREDIA JORGE ANDRES se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 156999159 y cartola n.- 808665 emitida a nombre de PEÑA HURTADO ALLISON NAYELI se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3F T1880
VENDO
Hermosa finca de 60 hectáreas signado con el Nº 10, ubicada en la Precooperativa Salinas Parroquia General Farfán Cantón Lago Agrio Interesados:
099 640 3941 – 022 647 711 P LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE SUCUMBÍOS
NECESITA ARRENDAR INMUEBLE
Invita a los propietarios de viviendas, edificios o locales comerciales, ubicados en el cantón Lago Agrio, para que presenten su oferta de arrendamiento de inmueble; para funcionamiento de Unidades judiciales, las características: Ubicación: Sucumbíos, cantón Lago Agrio, alrededor del área urbana, y dónde exista mayor afluencia de la ciudadanía, capacidad del inmueble: no menor a 500 m2. Estructura de hormigón armado, techo de losa y cerámica en el piso en buenas condiciones • El inmueble permitirá la remodelación de los espacios para (14) oficinas, dos salas de audiencia mínimo de 100 m2 c/u, un espacio de mínimo (120) m2 para el Centro de Mediación, para archivo un espacio mínimo de (60) m2 y un área para recepción de ingreso escritos y causas.
TENA
Publicación por perdida de libreta cooperativa 29 de octubre, cuenta certificado a plazo fijo 501510012775, de $150 del socio ANDY SHIGUANGO PAUL ALFREDO . F1873 T 1909 Publicación por perdida de libreta cooperativa 29 de octubre, cuenta certificado a plazo fijo 5171375264, del socio YEPEZ HURTADO LUIS MIGUEL . F1876 T 1910
• Al menos deberá contar con baños en cada espacio físico destinado para salas de audiencia, centro de mediación, y por lo menos 3 baños adicionales para el resto de oficinas (hombres-mujeres y personas con discapacidad) • Contará con iluminación, toma corrientes funcionales, servicios básicos de agua y luz.
P COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN CARGA LIVIANA Y EXTRA PESADA, SOLIDA, LIQUIDA, O GASEOSA TRANSTARAPOA S.A.
CONVOCATORIA CONVOCA a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN CARGA LIVIANA Y EXTRAPESADA SOLIDO LIQUIDO O GASEOSO TRANSTARAPOA S.A. a junta General Ordinaria de Accionistas a realizarse en la oficina de la compañía ubicada en el barrio central de Tarapoa, Calle Cuyabeno, Frente a la Judicatura, en la ciudad de Tarapoa el Miércoles, 06 de septiembre de 2017 a las 16:00 horas para tratar el siguiente orden del día: 1. Cambio y posesión de la nueva directiva. Tarapoa, 25 de agosto de 2017.
Atentamente Adjuntamos documentos con firmas Q-0000
• El inmueble constará de planta baja y planta alta, estará en buenas condiciones. Canon de arrendamiento: USD.4.250,00 dólares mensuales, más IVA. Duración del contrato: 2 años calendarios Para mayor información contactarse al teléfono 062998800 Ext. 65353 Q-0000
P
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
Una resonancia magnética, como parte de un estudio, permitió a investigadores determinar que las mismas redes cerebrales que se activan cuando sufres una quemadura leve se encienden cuando pasas por un rechazo amoroso.
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Publicidad
11
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS ORELLANA NOTIFICA
“La Dirección Provincial del IESS Orellana, a fin de dar cumplimiento a la Garantía Constitucional del Derecho a la Defensa, y toda vez que ha sido imposible establecer la residencia de las personas que a continuación se detallan, procede a notificar mediante la presente publicación por la prensa, las glosas generadas contra los siguientes deudores a quienes se les concede el término de 08 días laborales contados a partir de esta publicación, para que paguen o desvanezcan las mismas, en caso de no cumpir con lo señalado se emitirán los respectivos títulos de crédito.”
No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117
GLOSA 30409421 46286723 53518905 57217450 57661792 42865053 53511201 57267162 57413712 57703191 28289708 28757510 31920126 46285982 50150752 53523865 56459575 57225566 57511408 57566148 57663373 28287818 46327459 53575041 57292125 57425557 57500797 57714594 46306510 46278601 30407062 46256418 50149314 53500325 56459292 57225253 57448709 57600427 57662379 42858645 57696113 46287467 50150024 57223171 57567145 57638698 46301993 53539759 57245854 46319697 50184353 53557567 56491210 57266781 57337764 57590033 57650695 28286627 46279644 53513195 57276102 57422121 57499946 57711345 50192472 28768876 31928798 50166163 53534486 56469616 57238715 57386435 57466108 57575896 57644100 57704143 57668369 57642070 57218739 57371901 57450134 57567194 57638707 57694158 57260302 57260303 57403301 57403302 57649587 57261510 57707905 53554301 57265796 57414160 57701214 46331475 57508073 46292894 50154299 53525360 56460917 57454905 46286789 50144523 53524804 56459029 57225047 57305365 57370811 57448017 57566337 57661912 30410728 57524204 57573438 57573439 57677215
CONCEPTO APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES RESP. PATRONAL RESP. PATRONAL APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES
F. EMISIÓN 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 02/12/2016 05/02/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 28/07/2015 01/08/2015 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 28/07/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/02/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/11/2016 02/12/2016 28/07/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/08/2015 01/10/2015 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 02/12/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/07/2016 02/12/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/10/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/10/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/10/2016 01/11/2016 01/11/2016 02/12/2016
R.U.C. 1500644867001 1500644867001 1500644867001 1500644867001 1500644867001 0801432238001 0801432238001 0801432238001 0801432238001 0801432238001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 1715706683001 2290316238001 2290316238001 2290316238001 2290316238001 2290316238001 2290316238001 2290316238001 2100239496001 0200957082001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1715318133001 1500478258001 1500599483001 0102117777001 0102117777001 0102117777001 0102117777001 0102117777001 1792362768001 1792362768001 1792362768001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1711348605001 1500328289001 1500328289001 1500328289001 1500328289001 1500328289001 1500328289001 1500328289001 2290321797001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1712680758001 1500648306001 2290313735001 1590017287001 0801858556001 0801858556001 0801858556001 0801858556001 0801858556001 1600064214001 1714344809001 1714344809001 1714344809001 1714344809001 1714344809001 0201758182001 2200015788001 1802957470001 1802957470001 1802957470001 1802957470001 0702521857001 0702521857001 1803190105001 1803190105001 1803190105001 1803190105001 1803190105001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1707815120001 1308950656001 0703725960001 0703725960001 0703725960001 0703725960001
RAZÓN SOCIAL ABARCA COQUINCHE EDUARDO LUIS ABARCA COQUINCHE EDUARDO LUIS ABARCA COQUINCHE EDUARDO LUIS ABARCA COQUINCHE EDUARDO LUIS ABARCA COQUINCHE EDUARDO LUIS ACOSTA ROBLES SANTIAGO ACOSTA ROBLES SANTIAGO ACOSTA ROBLES SANTIAGO ACOSTA ROBLES SANTIAGO ACOSTA ROBLES SANTIAGO ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ACUÑA ALBAN ROBERTO ELIAS ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A. ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A. ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A. ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A. ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A ADMINISTRADORA Y CLUB DE SOCIOS UNASECLUB S.A AGUILAR AGUILAR BERTHA GLORIA ALBAN MONAR ANGEL SALVADOR ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALMEIDA ALMEIDA LUIS FERNANDO ALOMIA IZURIETA NESTOR RODRIGO ALVARADO ANDI FRANKLIN ALBERTO ALVAREZ DELGADO RUBEN RAFAEL ALVAREZ DELGADO RUBEN RAFAEL ALVAREZ DELGADO RUBEN RAFAEL ALVAREZ DELGADO RUBEN RAFAEL ALVAREZ DELGADO RUBEN RAFAEL AMAZON PROJECT AMAPRODRINK S.A. AMAZON PROJECT AMAPRODRINK S.A. AMAZON PROJECT AMAPRODRINK S.A. ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDRADE TACURI ANGEL VICENTE ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ANDY CERDA CAROLA ISABEL ARCOCELL CONSTRUCTORES DEL ECUADOR CIA. LTDA. ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARGUELLO AGUAY WASHINGTON JOVITO ARRIETA RODRIGUEZ SILVIA XIMENA ASOCIACION DE CONSERVACION VIAL SAN FRANCISCO ASOCIACION DE PROMOTORES DE SALUD NAPORUNAS SANDI YURA ASTUDILLO HUGO RAFAEL ASTUDILLO HUGO RAFAEL ASTUDILLO HUGO RAFAEL ASTUDILLO HUGO RAFAEL ASTUDILLO HUGO RAFAEL ASTUDILLO LITUMA GUILLERMO GERMAN AVILA JIMENEZ MIGUEL AVILA JIMENEZ MIGUEL AVILA JIMENEZ MIGUEL AVILA JIMENEZ MIGUEL AVILA JIMENEZ MIGUEL BARCENEZ NARANJO VICTOR VINICIO BARRAGAN NOVOA ROBERTO CARLOS BARRAQUEL GUACHAMBALA LUIS RIGOBERTO BARRAQUEL GUACHAMBALA LUIS RIGOBERTO BARRAQUEL GUACHAMBALA LUIS RIGOBERTO BARRAQUEL GUACHAMBALA LUIS RIGOBERTO BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BARRIGA BARROS RAFAEL ENRIQUE BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES ORDOÑEZ LILIAN BERNARDO BENAVIDES VALENCIA JANETH ELIZABETH BERMEO BERMEO JOSE ALBERTO BERMEO BERMEO JOSE ALBERTO BERMEO BERMEO JOSE ALBERTO BERMEO BERMEO JOSE ALBERTO
No. 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234
GLOSA 46314602 50180910 56495596 46254692 50147755 53520852 56455069 57221421 57512489 57568165 57666024 57249449 46259118 57382017 46314495 53554714 57266229 57404153 57532744 57285405 57434603 57504426 57656665 57252356 57578651 57635869 46269487 50173472 53508699 53508700 56484259 57258987 57258988 57609171 57647489 57647490 50182207 53559030 56493570 57651351 30396304 30396305 46281819 53517559 53517560 57293131 57430534 57430535 57507623 28791597 50188354 56503457 57348509 57497011 57708966 57648392 57249345 57647009 30410328 46288920 53522994 57225606 57371244 57446609 57662484 46284117 46284118 50146398 50146399 53521835 53521836 57223950 57223951 28283711 30374356 31939886 46270781 50177827 53510316 56489211 57264081 57610603 57649397 50156328 57310331 57454495 57673471 31923607 46258575 50155073 50155074 53502733 56466390 57234430 57234431 57313468 57378474 57452974 57452975 57603110 57640141 28773941 30366328 50172025 53506071 56476149 57247006 57322602 57399262 57608645 57687082 30410986 46285746 57511249 57663469 50148055 46288513
CONCEPTO APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES FONDOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
F. EMISIÓN 01/03/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/11/2016 01/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/08/2015 01/04/2016 01/06/2016 01/08/2016 01/10/2016 02/12/2016 02/112/2016 01/07/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/07/2016 28/07/2015 01/09/2015 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/08/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/08/2015 01/09/2015 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/03/2016
R.U.C. 2290320782001 2290320782001 2290320782001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308567070001 1308153228001 2100508130001 2100508130001 0918935032001 0918935032001 0918935032001 0918935032001 0918935032001 1500447030001 1500447030001 1500447030001 1500447030001 0800904922001 0800904922001 0800904922001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0802940809001 0602982381001 0602982381001 0602982381001 0602982381001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 1311546244001 2100100847001 2100100847001 2100100847001 2100100847001 2100100847001 2100100847001 2200033872001 1801789171001 1801789171001 2100202577001 2100202577001 2100202577001 2100202577001 2100202577001 2100202577001 2100202577001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 0910523471001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1708637978001 1707123624001 1707123624001 1707123624001 1707123624001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 2100832381001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1102671367001 1714598255001 1714598255001 1714598255001 1714598255001 1101467478001 1500256274001
RAZÓN SOCIAL BLUE RAIN CONSTRUCTORA CIA. LTDA. BLUE RAIN CONSTRUCTORA CIA. LTDA. BLUE RAIN CONSTRUCTORA CIA. LTDA. BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO ESPINOZA KERLIN YESSENIA BRAVO MACIAS JUANA MONSERRATE BUCHELI NAVAS HARLEY ALBERTO BUCHELI NAVAS HARLEY ALBERTO BURGOS SOSA MARYURI BURGOS SOSA MARYURI BURGOS SOSA MARYURI BURGOS SOSA MARYURI BURGOS SOSA MARYURI BUSTAMANTE MUÑOZ EDGAR GERMAN BUSTAMANTE MUÑOZ EDGAR GERMAN BUSTAMANTE MUÑOZ EDGAR GERMAN BUSTAMANTE MUÑOZ EDGAR GERMAN CABEZAS ORTIZ ESBERTO CABEZAS ORTIZ ESBERTO CABEZAS ORTIZ ESBERTO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CABRERA ARROBO MANUEL DARIO CADENA ALDAZ CARMEN BEATRIZ CADENA ALDAZ CARMEN BEATRIZ CADENA ALDAZ CARMEN BEATRIZ CADENA ALDAZ CARMEN BEATRIZ CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CAICEDO LOPEZ JAVIER LAFONSO CALLE CALDERON PEDRO JOSE CALLE CALDERON PEDRO JOSE CALLE CALDERON PEDRO JOSE CALLE CALDERON PEDRO JOSE CALLE CALDERON PEDRO JOSE CALLE CALDERON PEDRO JOSE CAMBO RAMIREZ OSCAR HUGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOS SANCHEZ NELSON RODRIGO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CAMPOVERDE DIAZ MERLE EDUARDO CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CANDO ZAMBRANO MIROSLAVA KAHYUSCA CARLOZAMA LEON TEREZA LUCILA CARLOZAMA LEON TEREZA LUCILA CARLOZAMA LEON TEREZA LUCILA CARLOZAMA LEON TEREZA LUCILA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRILLO ELIZALDE GABRIELA ESTEFANIA CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CARRION NELSON FRANCISCO CASA LOACHAMIN CARLOS AGUSTO CASA LOACHAMIN CARLOS AGUSTO CASA LOACHAMIN CARLOS AGUSTO CASA LOACHAMIN CARLOS AGUSTO CASTILLO CAPA MAXIMO JOSE CASTILLO UQUILLAS JOSE ANTONIO Q-0000
P
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Publicidad
¿Cabecear una pelota puede ser peligroso?
MUNDO
12
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS ORELLANA NOTIFICA
No. 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303
GLOSA 52888399 57696213 57343020 57420843 46293469 53531073 57233950 57377638 57455210 57640679 46259459 46259460 50156729 50156730 56465811 56465812 57235263 57235264 57382776 57517463 57571120 57673854 57611129 46301443 53534370 57237304 57386149 57466118 57642478 50167609 56477088 30416566 46293714 53527391 57230149 57516415 57668973 50194038 53567693 56502682 57282916 57424215 46317057 57268184 57413304 57705510 31931080 46301771 50164296 53533870 56470156 57239498 57522696 57574703 57677197 46270899 53508637 57257823 57692627 56453545 57217949 57303327 57365240 57446667 57263350 56496345 57339304 57650227 57545250
CONCEPTO APORTES APORTES RESP. PATRONAL APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS
F. EMISIÓN 29/04/2016 02/12/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/11/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 02/12/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/07/2016 01/06/2016 01/08/2016 02/12/2016 01/10/2016
R.U.C. 1791813189001 1791813189001 1720462199001 1720462199001 1715800809001 1715800809001 1715800809001 1715800809001 1715800809001 1715800809001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 1715795116001 2100230644001 0702202904001 0702202904001 0702202904001 0702202904001 0702202904001 0702202904001 1204114928001 1204114928001 0500601539001 0500601539001 0500601539001 0500601539001 0500601539001 0500601539001 1704401239001 1704401239001 1704401239001 1704401239001 1704401239001 0913038063001 0913038063001 0913038063001 0913038063001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 0501295729001 1712869799001 1712869799001 1712869799001 1712869799001 1792239656001 1792239656001 1792239656001 1792239656001 1792239656001 2290317951001 2290325938001 2290325938001 2290325938001 2290323706001
304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318
57323794 57396583 57608658 57684280 50191555 50146805 53523142 56457354 30402619 46332323 53569102 57284469 57432803 57548667 46279788
APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
01/08/2016 01/09/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/03/2016
1101673943001 1101673943001 1101673943001 1101673943001 2290330702001 1891758525001 1891758525001 1891758525001 1792544637001 1792544637001 1792544637001 1792544637001 1792544637001 1792544637001 2290320871001
319 53517538 APORTES
01/05/2016 2290320871001
320 57293070 APORTES
01/07/2016 2290320871001
321 57611533 APORTES 322 46265165 APORTES 323 57700272 APORTES
01/11/2016 2290319423001 01/03/2016 2290327264001 02/12/2016 1792218837001
324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349
46289845 53530184 57234737 57372498 46307987 57443357 57659447 56466008 57233988 57312345 57373014 49481098 30394694 46326790 53575526 57293683 57424696 57544508 57713391 50193624 56509173 57352796 57503520 57655224 50153786 53527012
APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 24/03/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/08/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/05/2016
2290319156001 2290319156001 2290319156001 2290319156001 2290326861001 2290327310001 2290327310001 2290317579001 2290317579001 2290317579001 2290317579001 2191719118001 2290319970001 2290319970001 2290319970001 2290319970001 2290319970001 2290319970001 2290319970001 2290322319001 2290322319001 2290322319001 2290322319001 2290322319001 1102889597001 1102889597001
RAZÓN SOCIAL CATRIEL S.A. CATRIEL S.A. CABALLOS BENALCAZAR HENRY HOMERO CABALLOS BENALCAZAR HENRY HOMERO CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO FABRICIO JAVIER CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO CEDEÑO NEXAR HERLANDO CEDEÑO MOREIRA JOSE LUIS CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CENTENO AGUILAR LORENA MARIVEL CHAMBA CASQUETE CARLOS JAVIER CHAMBA CASQUETE CARLOS JAVIER CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHANATASIG CUNALATA LUIS ALFREDO CHAVEZ CAMACHO ALONSO CHAVEZ CAMACHO ALONSO CHAVEZ CAMACHO ALONSO CHAVEZ CAMACHO ALONSO CHAVEZ CAMACHO ALONSO CHIMBO VALLADOLID JORGE SAUL CHIMBO VALLADOLID JORGE SAUL CHIMBO VALLADOLID JORGE SAUL CHIMBO VALLADOLID JORGE SAUL CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CHUGCHILAN SASIG SEGUNDO JOAQUIN CIFUENTES PADILLA ANDRES DAVID CIFUENTES PADILLA ANDRES DAVID CIFUENTES PADILLA ANDRES DAVID CIFUENTES PADILLA ANDRES DAVID COMPANÍA DE TRANSPORTES JAVTRANSA S.A. COMPANÍA DE TRANSPORTES JAVTRANSA S.A. COMPANÍA DE TRANSPORTES JAVTRANSA S.A. COMPANÍA DE TRANSPORTES JAVTRANSA S.A. COMPANÍA DE TRANSPORTES JAVTRANSA S.A. COMPAÑIA CONSTRUCTORA QUINASERVIS S.A. COMPAÑIA DE SERVICIOS DE RENTACAR QORIWAMAN SA COMPAÑIA DE SERVICIOS DE RENTACAR QORIWAMAN SA COMPAÑIA DE SERVICIOS DE RENTACAR QORIWAMAN SA COMPAÑIA DE TRANSPORTE EN CARGA PESADA TRANSGAROFALO S.A. CONDE GUARNIZO LILVER ROMEL CONDE GUARNIZO LILVER ROMEL CONDE GUARNIZO LILVER ROMEL CONDE GUARNIZO LILVER ROMEL CONSORCIO CONSTSACHA CONSORCIO ECOS CONSORCIO ECOS CONSORCIO ECOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSORCIO ING PACHALA Y ASOCIADOS CONSTRUCCIONES Y CONSULTORIA HUASI LLANKANA LLAKTA CIA. CONSTRUCCIONES Y CONSULTORIA HUASI LLANKANA LLAKTA CIA. CONSTRUCCIONES Y CONSULTORIA HUASI LLANKANA LLAKTA CIA. CONSTRUCTORA AREVEGA S.A. CONSTRUCTORA ELBEGUZVEG SOCIEDAD ANONIMA CONSTRUCTORA JOYAMAZONICA S.A. INGENIERIA & PROYECTOS CONSTRUCTORA LOS MALOS CONSTRULOSMA S.A CONSTRUCTORA LOS MALOS CONSTRULOSMA S.A CONSTRUCTORA LOS MALOS CONSTRULOSMA S.A CONSTRUCTORA LOS MALOS CONSTRULOSMA S.A CONSTRUCTORA QUINSIMI CIA. LTDA. CONSTRUCTORA RFRESERV SA CONSTRUCTORA RFRESERV SA CONSTRUCTORA SAVY S.A CONSTRUCTORA SAVY S.A CONSTRUCTORA SAVY S.A CONSTRUCTORA SAVY S.A CONSTRUCTORA TAMAYO GONZALEZ CIA LTDA CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUCZONAS CIA. LTDA. CONSTRUSHAGAL CONSTRUCTORA CIA. LTDA. CONSTRUSHAGAL CONSTRUCTORA CIA. LTDA. CONSTRUSHAGAL CONSTRUCTORA CIA. LTDA. CONSTRUSHAGAL CONSTRUCTORA CIA. LTDA. CONSTRUSHAGAL CONSTRUCTORA CIA. LTDA. CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES
No. 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361
GLOSA 56461290 57227886 57453578 57453579 57569238 57669870 46277020 53514146 57279243 57419373 57708898 57243399
CONCEPTO APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS
F. EMISIÓN 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/07/2016
R.U.C. 1102889597001 1102889597001 1102889597001 1102889597001 1102889597001 1102889597001 1710052216001 1710052216001 1710052216001 1710052216001 1710052216001 2191732548001
362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468
30380484 46316109 53557989 57270293 57409850 57536959 57699458 57302027 53554277 57265774 57413928 57701088 46256894 57511115 57665781 46301427 50197837 50197838 56505150 46272198 50178871 56483056 57611318 56461804 57234739 57282090 57343463 57343464 57592715 57654176 57689394 30400460 46330522 50196714 53570569 56505223 57286312 57353585 57433231 57547494 57619419 57716218 30367643 46269087 53552446 56487162 57263286 57400055 57690823 53540661 57246415 46293353 46293354 57219888 57283079 55951755 46326789 53575527 57293684 57544610 57713392 30366349 46307794 53540659 57246413 57400328 57646202 57653881 30393511 46279606 53514236 57279366 57425283 57500255 57714217 57708968 46257282 57222062 57369671 57320049 57522130 46277598 57541459 57709766 46267757 50168292 53541218 56475542 57248919 57326979 57399887 46312578 50178186 53551217 56485972 57261552 57329230 57401609 57531335 57610133 57696815 57547925 30410220 46309488 57254233 30393768 57250580
APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES FONDOS
01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/08/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/03/2016 01/04/2016
1713329934001 1713329934001 1713329934001 1713329934001 1713329934001 1713329934001 1713329934001 1710294651000 1802290799001 1802290799001 1802290799001 1802290799001 1714374053001 1714374053001 1714374053001 1500201320001 1500695810001 1500695810001 1500695810001 1500229073001 1500229073001 1500229073001 1500229073001 0701477309001 2290326594001 1704297843001 1704297843001 1704297843001 1704297843001 1704297843001 2290321525001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1102141643001 1791431952001 1791431952001 1791431952001 1791431952001 1791431952001 1791431952001 1791431952001 1500476971001 1500476971001 0703919746001 0703919746001 0916611742001 1706764303001 1706660972001 2290322513001 2290322513001 2290322513001 2290322513001 2290322513001 1500334063001 1500334063001 1500334063001 1500334063001 1500334063001 1500334063001 1103690671001 1309982781001 1309982781001 1309982781001 1309982781001 1309982781001 1309982781001 1309982781001 2100131529001 1714182407001 1714182407001 1714182407001 2200421879001 2200421879001 1712970217001 1712970217001 1712970217001 0101031151001 0101031151001 0101031151001 0101031151001 0101031151001 0101031151001 0101031151001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1714520911001 1709832875001 0913149266001 1708334576001 1708334576001 1500550247001 1308097110001
RAZÓN SOCIAL CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORDERO MONCAYO JUDITH DOLORES CORONADO JIMENEZ WILLIAN GEOVANNY CORONADO JIMENEZ WILLIAN GEOVANNY CORONADO JIMENEZ WILLIAN GEOVANNY CORONADO JIMENEZ WILLIAN GEOVANNY CORONADO JIMENEZ WILLIAN GEOVANNY CORPORACION DE OBRAS INGENIERIA Y SERVICIOS S & PALACIOS BRASERCOR C.L. COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA COX SANTI TANIA LATICIA CRESPO VERA MAXIMA RAMONA PAULINA CRUZ SALINAS CIRO OSWALDO CRUZ SALINAS CIRO OSWALDO CRUZ SALINAS CIRO OSWALDO CRUZ SALINAS CIRO OSWALDO DELA MENOSCAL LUIS ANTONIO DELA MENOSCAL LUIS ANTONIO DELA MENOSCAL LUIS ANTONIO DIAZ CERDA NELLY PATRICIA DIAZ DIAZ JOSE STALIN DIAZ DIAZ JOSE STALIN DIAZ DIAZ JOSE STALIN DUARTE ACEVEDO LUIS EUGENIO DUARTE ACEVEDO LUIS EUGENIO DUARTE ACEVEDO LUIS EUGENIO DUARTE ACEVEDO LUIS EUGENIO DUARTE ELIZALDE WALTER ANSELMO EBERCAI CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. ECHEVERRIA VINUEZA JOSE IGNACIO ECHEVERRIA VINUEZA JOSE IGNACIO ECHEVERRIA VINUEZA JOSE IGNACIO ECHEVERRIA VINUEZA JOSE IGNACIO ECHEVERRIA VINUEZA JOSE IGNACIO EDSALUCOR INMOBILIARIA ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS ENCARNACION SANCHEZ JUAN CARLOS EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION EQGLOBAL S.A. EN LIQUIDACION ERIQUE HERRERA ANGEL VERANIO ERIQUE HERRERA ANGEL VERANIO ESPINOZA CHUNCHO CARLOS HUMBERTO ESPINOZA CHUNCHO CARLOS HUMBERTO ESTRADA POZO MIGUEL ERNESTO EVANS TAKAHASHI HENRY FLOYD FALCONI CASTELO CARLOS GUILLERMO FERVASCONSTRUC CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. FERVASCONSTRUC CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. FERVASCONSTRUC CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. FERVASCONSTRUC CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. FERVASCONSTRUC CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. FLORES GAVINO VALENTIN FLORES GAVINO VALENTIN FLORES GAVINO VALENTIN FLORES GAVINO VALENTIN FLORES GAVINO VALENTIN FLORES GAVINO VALENTIN GAONA OJEDA MAYRA LUCIA GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GARCIA GARCIA JOSE GILER ESPIN YONNY FAVIAN GILER MAZA GERARDO SEGUNDO GILER MAZA GERARDO SEGUNDO GILER MAZA GERARDO SEGUNDO GODOY ESTACIO NELLY GODOY ESTACIO NELLY GOMEZ ERAZO MIRIAN DEL ROCIO GOMEZ ERAZO MIRIAN DEL ROCIO GOMEZ ERAZO MIRIAN DEL ROCIO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ CASTRO JOEL ARIOSTO GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GONZALEZ MURILLO DEBORA ARAMITA GORDON SANCHEZ LUCIANO GRANDA FLORES MANUEL ELIAS GRANDA HIDALGO PERVIS PATRICIO GRANDA HIDALGO PERVIS PATRICIO GREFA LOPEZ DIANA ANABELA GUADAMUD ROMAN HORACIO RAFAEL Q-0000
P
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
Se estima que cabecear el balón 1000 veces, algo que se puede lograr en la infancia, puede llevar a daños incurables en sus cerebros, dicen los expertos. Y es que el cerebro de los jóvenes “están en desarrollo”, por que lo que una serie de balonazos puede matar sus células.
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Publicidad
13
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS ORELLANA NOTIFICA
No. 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531 532 533
GLOSA 57395678 57688824 57225190 50183708 50191518 46298515 53539360 57245005 57384817 57464129 57675261 46281960 57261229 57332385 57332386 57405660 57695474 46277129 53515029 57282543 57422364 30403105 57288170 57508574 57657819 57651391 57252549 57410185 57537800 50154245 56460859 46308709 57252643 57393363 57689185 57464745 57605314 57675986 57394403 57526879 57581104 57685384 46296083 46269443 53509869 57262404 57400904 57647527 57653061 46275780 50183727 53512613 53512614 56496276 57273216 46276927 50191593 50182333 46270166 53548540 57257025 57402943 57531694 57695963 57642146
534 535 536 537 538 539 540 541 542 543 544 545 546 547 548 549 550 551 552 553 554 555 556 557 558 559 560 561 562 563 564 565 566 567 568 569 570 571 572 573 574 575 576 577 578 579 580 581 582 583 584 585 586 587
46304433 50173856 53542442 56477531 57250456 57609250 57683322 56504788 57537765 57702240 30359770 46307625 56512245 57394609 57646748 46286570 57641863 53506258 57565062 50157861 53531567 56465810 57604233 50188474 56496813 50187762 56489728 57335248 57537419 57702291 57354859 50161764 57389127 57466377 57575847 57644030 46294568 53527067 57227918 57308672 57453433 46264913 53505239 50151106 57527876 57688647 28287809 42859879 46331977 50196075 53569881 56504384 57283727 57432137
CONCEPTO
F. EMISIÓN
PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
01/07/2016 01/08/2016 01/08/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/09/2015 01/07/2016 01/10/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 02/12/2016
APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES RESP. PATRONAL
01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/06/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/03/2016 03/06/2016
APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
28/07/2015 01/02/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/09/2016
R.U.C. 1308097110001 1308097110001 2100125919001 0500930466001 1709362618001 1801111798001 1801111798001 1801111798001 1801111798001 1801111798001 1801111798001 2200215107001 0700950454001 0700950454001 0700950454001 0700950454001 0700950454001 2100374640001 2100374640001 2100374640001 2100374640001 0201414505001 0201414505001 0201414505001 0201414505001 1500734163001 1205719881001 1707835425001 1707835425001 1500349772001 1500349772001 1716482904001 1716482904001 1716482904001 1716482904001 0918470535001 0918470535001 0918470535001 2100176888001 2100176888001 2100176888001 2100176888001 1001757788001 1791340620001 1791340620001 1791340620001 1791340620001 1791340620001 1600253007000 2200063671001 2200063671001 2200063671001 2200063671001 2200063671001 2200063671001 2100363726001 2100363726001 1714460753001 1500965163001 1500965163001 1500965163001 1500965163001 1500965163001 1500965163001 1791907043001 1713080651001 1713080651001 1713080651001 1713080651001 1713080651001 1713080651001 1713080651001 1500549819001 1803248556001 1803248556001 1715241210001 1715241210001 1715241210001 1715241210001 1715241210001 1710891688001 1303745473001 1713181061001 0922902481001 1715791883001 1715791883001 1715791883001 1715791883001 1802085322001 1802085322001 1500388010001 1500388010001 1500388010001 1500388010001 1500388010001 2101147722001 1713941795001 1713941795001 1713941795001 1713941795001 1713941795001 1753599982001 1753599982001 1753599982001 1753599982001 1753599982001 2200108690001 2200108690001 0602315020001 1800018127001 1800018127001 1500268220001 1500268220001 1500268220001 1500268220001 1500268220001 1500268220001 1500268220001 1500268220001
RAZÓN SOCIAL GUADAMUD ROMAN HORACIO RAFAEL GUADAMUD ROMAN HORACIO RAFAEL GUAMAN CABRERA FABIAN OLEGARIO GUANOPATIN ATI MIGUEL ANGEL GUAÑUNA SALAZAR NELSON PATRICIO GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO GAVILANES MANUEL MARIA GUERRERO PROAÑO JEFFERSON ISMAEL GUIÑA RUIZ JOSE ANTONIO GUIÑA RUIZ JOSE ANTONIO GUIÑA RUIZ JOSE ANTONIO GUIÑA RUIZ JOSE ANTONIO GUIÑA RUIZ JOSE ANTONIO GUTIERREZ ALVARADO HERNAN JAVIER GUTIERREZ ALVARADO HERNAN JAVIER GUTIERREZ ALVARADO HERNAN JAVIER GUTIERREZ ALVARADO HERNAN JAVIER GUTIERREZ HARO SILVIA MAGALY GUTIERREZ HARO SILVIA MAGALY GUTIERREZ HARO SILVIA MAGALY GUTIERREZ HARO SILVIA MAGALY GUTIERREZ SHIGUANO DIEGO MARCELO HARO SORNOZA ROSALBA YADIRA HERDOIZA ENRIQUEZ HERNAN ERNESTO HERDOIZA ENRIQUEZ HERNAN ERNESTO HERRERA CORREA RIGOBERTO HERRERA CORREA RIGOBERTO HERRERA REYES ANGEL BOLIVAR HERRERA REYES ANGEL BOLIVAR HERRERA REYES ANGEL BOLIVAR HERRERA REYES ANGEL BOLIVAR HERRERA VILELA GLORIA YECELA HERRERA VILELA GLORIA YECELA HERRERA VILELA GLORIA YECELA ILVES VARGAS GUIDO ILVES VARGAS GUIDO ILVES VARGAS GUIDO ILVES VARGAS GUIDO IMBAQUINGO RAMOS PEDRO JAVIER INDUSTRIAL EXPORTADORA JAMUNGO S.A. INDUSTRIAL EXPORTADORA JAMUNGO S.A. INDUSTRIAL EXPORTADORA JAMUNGO S.A. INDUSTRIAL EXPORTADORA JAMUNGO S.A. INDUSTRIAL EXPORTADORA JAMUNGO S.A. JARAMILLO BARRAGAN INGRID MICHELLE JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JARAMILLO CALDERON NANCY DEL ROCIO JAYA QUEZADA FELIX FELIPE JAYA QUEZADA FELIX FELIPE JURADO ALMEIDA HERNAN IVAN JUSE SANTI ALEX HOMERO JUSE SANTI ALEX HOMERO JUSE SANTI ALEX HOMERO JUSE SANTI ALEX HOMERO JUSE SANTI ALEX HOMERO JUSE SANTI ALEX HOMERO KURI MUYUCUNATA TARPUSHA KATUNA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION AGROPECUARIA S.A. LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LANDA CASTRO NESTOR ARTURO LARA AYALA EDGARDO JAVIER LEMACHE PAREDES PAULO CESAR LEMACHE PAREDES PAULO CESAR LLANGANATE CHILLA ANDRES FERNANDO LLANGANATE CHILLA ANDRES FERNANDO LLANGANATE CHILLA ANDRES FERNANDO LLANGANATE CHILLA ANDRES FERNANDO LLANGANATE CHILLA ANDRES FERNANDO LLERENA RAMIREZ MARCOS PATRICIO LOOR GOMEZ HUGO ERNESTO LOOR RUIZ ALFONSO ANTONIO LOPEZ DELGADO CLEMENTE EFRAIN LOPEZ PAREDES GIOVANNI LOPEZ PAREDES GIOVANNI LOPEZ PAREDES GIOVANNI LOPEZ PAREDES GIOVANNI LOZADA SAA JOSE JAVIER LOZADA SAA JOSE JAVIER MACIAS PINCAY GLORIA ESILDA MACIAS PINCAY GLORIA ESILDA MACIAS PINCAY GLORIA ESILDA MACIAS PINCAY GLORIA ESILDA MACIAS PINCAY GLORIA ESILDA MALA VERDUGA LUIS GABRIEL MANCERO FLORES EMILIANA TERESA MANCERO FLORES EMILIANA TERESA MANCERO FLORES EMILIANA TERESA MANCERO FLORES EMILIANA TERESA MANCERO FLORES EMILIANA TERESA MARQUEZ MENDEZ ADRIANA ALEJANDRA MARQUEZ MENDEZ ADRIANA ALEJANDRA MARQUEZ MENDEZ ADRIANA ALEJANDRA MARQUEZ MENDEZ ADRIANA ALEJANDRA MARQUEZ MENDEZ ADRIANA ALEJANDRA MARTINEZ LOZADA AURELIA SALOME MARTINEZ LOZADA AURELIA SALOME MASAQUIZA SILVA LUIS MAYORGA GORDON SEGUNDO ARCENIO MAYORGA GORDON SEGUNDO ARCENIO MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA
No. 588 589 590 591 592 593 594 595 596 597 598 599 600 601 602 603 604 605 606 607 608 609 610 611 612 613 614 615 616 617 618 619 620 621 622 623 624 625 626 627 628 629 630 631 632 633 634 635 636 637 638 639 640 641 642 643 644 645 646 647 648 649 650 651 652 653 654 655 656 657 658 659 660 661 662 663 664 665 666 667 668 669 670 671 672 673 674 675 676 677 678 679 680 681 682 683 684 685 686 687 688 689 690 691 692 693 694 695 696 697 698 699 700 701 702 703 704 705 706 707
GLOSA 57656760 57572878 57640232 50194050 30369442 30369443 31960076 46312876 50174367 53550363 56485068 56485069 57258815 57582149 57582150 57697511 30387825 46325319 53564127 57278113 57419711 57500509 57714520 53549336 57258137 57534050 46331156 30363926 50168967 53542014 56476452 57573673 57681022 57640812 57640813 50184376 56491098 57336402 46312177 57257968 46301018 53537198 57388565 57463008 57678893 46335799 30409309 46256474 53498739 57219014 57451197 57659656 28283593 28779425 30374602 31938629 46312382 53550089 53582415 56484803 57261312 57334064 57404535 57532949 57610913 57697060 46313234 53547260 57256379 57402476 57692855 57262885 30369973 46271552 53549725 57405816 57533359 57693512 30419379 46293496 50152634 53532221 56466269 57235544 57377913 57458220 57571288 57641308 57661716 57350717 57427019 57545494 57595809 57715513 42860615 46332609 46332610 53539979 57247075 57395403 57527751 57685494 50156073 57313472 46272489 50179055 53512618 56496346 57273219 57612238 57698142 46284821 50146889 53518932 56453201 57217549 57305325 57370943 57445703 57566343
CONCEPTO APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
F. EMISIÓN 02/12/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/09/2015 01/09/2015 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/11/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/05/2016 01/07/2016
APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
02/12/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/02/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/08/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016
R.U.C. 1500268220001 2290323676001 2290323676001 1102377551001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709036220001 1709361321001 1709361321001 1709361321001 1709361321001 1709361321001 1709361321001 1709361321001 1204419889001 1204419889001 1204419889001 1714523147001 1801911312001 1801911312001 1801911312001 1801911312001 1308013745001 1308013745001 1705442778001 1705442778001 0801878232001 0801878232001 0801878232001 1711862209001 1711862209001 0801095167001 0801095167001 0801095167001 0801095167001 0801095167001 1305053793001 1201632310001 1201632310001 1201632310001 1201632310001 1201632310001 1201632310001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 1309003042001 0701277261001 0701277261001 0701277261001 0701277261001 0701277261001 2200021877001 1710548494001 1710548494001 1710548494001 1710548494001 1710548494001 1710548494001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 1718276536001 0802144311001 0801993155001 0801993155001 0801993155001 0801993155001 0801993155001 1716802622001 1716802622001 1716802622001 1500642853001 1500642853001 1500642853001 1500642853001 1500642853001 2200512875001 2200512875001 2290326330001 2290326330001 2290326330001 2290326330001 2290326330001 2290326330001 2290326330001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001 1104500010001
RAZÓN SOCIAL MAZA NIVELA JEANNETTE NARCISA MEGA SERVICIOS ASNARSA CIA. LTDA. MEGA SERVICIOS ASNARSA CIA. LTDA. MENA CASTILLO ANGEL EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENA VARGAS OSWALDO EDUARDO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDEZ ROJAS JIMY ROBERTO MENDOZA MALAGON EDGAR PATRICIO MENDOZA MALAGON EDGAR PATRICIO MENDOZA MALAGON EDGAR PATRICIO MERA CASTILLO ANGEL FREDDY MERINO CHAVEZ OSWALDO LUIS MERINO CHAVEZ OSWALDO LUIS MERINO CHAVEZ OSWALDO LUIS MERINO CHAVEZ OSWALDO LUIS MERO MACIAS ANGEL ALFONSO MERO MACIAS ANGEL ALFONSO MIRANDA PADRON MARTHA LILIANA MIRANDA PADRON MARTHA LILIANA MONCAYO CAMACHO ROGER RAUL MONCAYO CAMACHO ROGER RAUL MONCAYO CAMACHO ROGER RAUL MONTALBAN CASTILLO JILDO ISMAEL MONTALBAN CASTILLO JILDO ISMAEL MONTANO TORRES LEONEL ALCIVAR MONTANO TORRES LEONEL ALCIVAR MONTANO TORRES LEONEL ALCIVAR MONTANO TORRES LEONEL ALCIVAR MONTANO TORRES LEONEL ALCIVAR MONTENEGRO CEDEÑO LUIS RICARDO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN MORENO SANTOS PORFIRIO MORENO SANTOS PORFIRIO MORENO SANTOS PORFIRIO MORENO SANTOS PORFIRIO MORENO SANTOS PORFIRIO MORENO TORRES MIRIAN OLIVA MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO MORILLO BURGOS JOSE ORLANDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO NAZARENO CAICEDO LOVER CATALINO NIEVE ARROYO CRISTINA ALEXANDRA NIEVE ARROYO CRISTINA ALEXANDRA NIEVE ARROYO CRISTINA ALEXANDRA NIEVE ARROYO CRISTINA ALEXANDRA NIEVE ARROYO CRISTINA ALEXANDRA NUÑEZ ACOSTA RUTH MARIELA NUÑEZ ACOSTA RUTH MARIELA NUÑEZ ACOSTA RUTH MARIELA OCHOA BANEZ NELLY SUGGEY OCHOA BANEZ NELLY SUGGEY OCHOA BANEZ NELLY SUGGEY OCHOA BANEZ NELLY SUGGEY OCHOA BANEZ NELLY SUGGEY OME MUÑOZ WILLINTON FERNANDO OME MUÑOZ WILLINTON FERNANDO ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTEGA BRAVO TRANSPORTES S.A. ORBTRANSA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA Q-0000
P
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Publicidad
¿El chisme es una forma de violencia?
MUNDO
14
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS ORELLANA NOTIFICA
No. 708 709 710 711 712 713 714 715 716 717 718 719 720 721 722 723 724 725 726 727 728 729 730 731 732 733 734 735 736 737 738 739 740 741 742 743 744 745 746 747 748 749 750 751 752 753 754 755 756 757 758 759 760 761 762 763 764 765 766 767 768 769 770 771 772 773 774 775 776 777 778 779 780 781 782 783 784 785 786 787 788 789 790 791 792 793 794 795 796 797 798 799 800 801 802 803 804 805 806 807 808 809 810 811 812 813 814 815 816 817 818 819 820 821 822 823 824 825 826 827
GLOSA 57661798 42865054 46292613 28780488 46315695 46315696 50179804 57333246 57584147 57649504 57649505 46278892 46324797 46301274 53538697 57245688 57385584 57462911 57681913 57244870 46304630 50167512 53542833 56476828 57248177 57469876 57679260 46321618 53562941 57218378 57513672 57661434 46276624 50182629 57377356 57515762 30394671 46280472 53517537 57293069 57426691 57499194 57655633 46280729 57291748 57502834 57716923 50192747 50191286 56497363 57345934 57653249 57310530 57377546 42859824 42859825 46332155 46332156 56506648 56506649 57287964 57287965 57287966 57355071 57355072 57285555 46291817 57274422 57420295 57371223 57665785 46305241 57248703 50168189 50176156 56487316 28282668 28777700 30368228 31959898 46308851 50171684 57262073 57581983 57692105 50179392 53562790 57421109 46278706 46309457 53552066 57262874 57402535 57303825 57513437 53513247 30395359 46327999 53571062 57286512 57428569 57503641 57656182 46298471 57348207 57652580 46318334 57314747 57382322 57462178 57603725 57675810 46300550 53534554 57237409 57390258 57464379 57677960 46317073 50183290
CONCEPTO APORTES RESP. PATRONAL APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS APORTES PRESTAMOS FONDOS APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
F. EMISIÓN 02/12/2016 05/02/2016 01/03/2016 01/08/2015 01/03/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/08/2016 01/11/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/08/2016 02/12/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/02/2016 01/02/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/06/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/08/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/06/2016 28/07/2015 01/08/2015 01/09/2015 01/10/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/08/2016 01/10/2016 01/05/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/08/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016
R.U.C. 1104500010001 0602918211001 0802171439001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1900095785001 1704167053001 1500507601001 0917143588001 0917143588001 0917143588001 0917143588001 0917143588001 0917143588001 1715316434001 1600358384001 1600358384001 1600358384001 1600358384001 1600358384001 1600358384001 1307791358001 0704190982001 0704190982001 1500399215001 1500399215001 1500399215001 1002299889001 1002299889001 0502269327001 0502269327001 2290320529001 2290320529001 2290320529001 2290320529001 2290320529001 2290320529001 2290320529001 1792011566001 1792011566001 1792011566001 1792011566001 1713360525001 0701251662001 0701251662001 0701251662001 0701251662001 1803976107001 1803976107001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1308497807001 1721920583001 1306695857001 1002235735001 1002235735001 1203381189001 1714648431001 1711346963001 1711346963001 2290326381001 2100062534001 2100062534001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 1792004438001 2290322726001 1102486204001 1102486204001 1709558850001 2100371307001 2100371307001 2100371307001 2100371307001 0701395550001 0701395550001 1720263449001 1712597879001 1712597879001 1712597879001 1712597879001 1712597879001 1712597879001 1712597879001 1500588791001 1309105672000 1309105672000 1301695126001 0200488740001 0200488740001 0200488740001 0200488740001 0200488740001 0802109587001 0802109587001 0802109587001 0802109587001 0802109587001 0802109587001 1310060023001 1310060023001
RAZÓN SOCIAL ORTIZ OCAMPO IRMA ALEXANDRA OVIEDO GUAMAN JOSE ARTURO PADILLA TENORIO WALTHER XAVIER PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PALADINES ESPINOSA ROSA ELVA PARDO HIDALGO SEBASTIANA PAREDES LUZON SONIA ELIZABETH PARRA MONROY DAVID WILLIAM PARRA MONROY DAVID WILLIAM PARRA MONROY DAVID WILLIAM PARRA MONROY DAVID WILLIAM PARRA MONROY DAVID WILLIAM PARRA MONROY DAVID WILLIAM PEREZ GALLARDO KARLA STEPHANY PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEREZ MACHADO CARLOS IVAN PEÑAFIEL GUTIERREZ MAURICIO GUILLERMO PILAY MADRIL LUBER PILAY MADRIL LUBER PINTADO CORREA LUIS ALFREDO PINTADO CORREA LUIS ALFREDO PINTADO CORREA LUIS ALFREDO PROAÑO MENDEZ ANA LUCIA PROAÑO MENDEZ ANA LUCIA PRUNA MOLINA NANCY AZUCENA PRUNA MOLINA NANCY AZUCENA PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. PUERTOFRANC CIA. LTDA. QUALITY OUTSOURCING QUALOUT S.A. QUALITY OUTSOURCING QUALOUT S.A. QUALITY OUTSOURCING QUALOUT S.A. QUALITY OUTSOURCING QUALOUT S.A. QUEVEDO GUEVARA LUIS ALFONSO QUEZADA ORTEGA VICENTE FERNANDO QUEZADA ORTEGA VICENTE FERNANDO QUEZADA ORTEGA VICENTE FERNANDO QUEZADA ORTEGA VICENTE FERNANDO QUINTEROS CARDENAS FRANKLIN ENRIQUE QUINTEROS CARDENAS FRANKLIN ENRIQUE QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO QUIROZ CEDEÑO HENRY MAXIMILIANO RAMIREZ AGUILAR DEYSI CARMEN RAMIREZ MARCILLO RAMON WILFRIDO RAMOS SIMBA WILLAN PATRICIO RAMOS SIMBA WILLAN PATRICIO REBOLLEDO DELGADO LUIS FRANCISCO REINA CEVALLOS JULIO REINA QUINSTANCHALA FERNANDO VINICIO REINA QUINSTANCHALA FERNANDO VINICIO RENTA Y ALQUILER DE VEHICULOS RAMIREZ S.A. RAVRASA REYNA MORALES GILMER ARISTOTELES REYNA MORALES GILMER ARISTOTELES RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RISCUEN S.A. RIVERSWEET CONSTRUCCIONES CIA. LTDA. ROBLES TENORIO HUMBERTO DANIEL ROBLES TENORIO HUMBERTO DANIEL RODRIGUEZ AÑAZCO PATRICIO RODRIGO ROJAS GARCIA EDWAR ANDRES ROJAS GARCIA EDWAR ANDRES ROJAS GARCIA EDWAR ANDRES ROJAS GARCIA EDWAR ANDRES ROMERO MUÑOZ OSCAR GABRIEL ROMERO MUÑOZ OSCAR GABRIEL ROSERO DIAZ JOSE ANTIDIO RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES RUANO MARIN PABLO ANDRES SALAZAR BAQUERO MARIA ELIZABETH SALTOS GILER JOE IVAN SALTOS GILER JOE IVAN SALVATIERRA ARAUZ VICTOR ARTURO SANCHEZ GARCIA MANUEL ALFONSO SANCHEZ GARCIA MANUEL ALFONSO SANCHEZ GARCIA MANUEL ALFONSO SANCHEZ GARCIA MANUEL ALFONSO SANCHEZ GARCIA MANUEL ALFONSO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ GUAGUA VICTOR ANTONIO SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA
No. 828 829 830 831 832 833 834 835 836 837 838 839 840 841 842 843 844 845 846 847 848 849 850 851 852 853 854 855 856 857 858 859 860 861 862 863 864 865 866 867 868 869 870 871 872 873 874 875 876 877 878 879 880 881 882 883 884 885 886 887 888 889 890 891 892 893 894 895 896 897 898 899 900 901 902 903 904 905 906 907 908 909 910 911 912 913 914 915 916 917 918 919 920 921 922 923 924 925 926 927 928 929 930 931 932 933 934 935 936 937 938 939 940 941 942 943 944 945 946 947
GLOSA 56494855 57272636 57341302 57413296 57586381 57705591 57445718 57284098 57347590 57423870 57616528 57653808 46266569 50168333 53541427 56476468 57249018 57322281 57394220 57524105 57578367 57688037 57420789 57541811 30372470 46311436 53549483 57259452 46331013 57291210 57427622 57716526 57392264 57644819 57320048 57654063 57536437 46290203 50153461 53531538 57235303 46254397 50145357 46273723 50182046 53554871 56489770 57266417 57704129 57689242 57226890 57378285 57641716 46292793 50155821 53528220 56462401 30405219 57678730 53508155 57256073 57399557 46292945 50156423 53526305 57228677 57457262 57572199 57668025 46274912 50144562 56453127 57217405 56510416 46270558 50180047 53510417 56489160 57648411 57396728 57307812 46260569 57522588 57260719 57408063 57697984 50188827 46331730 53570207 56506199 57287186 57433929 57508190 57720240 46306512 50167401 53546605 56480428 57253977 57681925 46304849 50169485 50174737 57331157 50174339 57292393 57545922 46327795 57530630 57530631 57291220 50183521 56493921 57336736 57703454 50160701 30406453 46287683 50146487 53523885
CONCEPTO APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES PRESTAMOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES
F. EMISIÓN 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/10/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/08/2016 02/12/2016 01/10/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 02/12/2016 02/12/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/09/2015 02/12/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/06/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 02/12/2016 01/09/2016 01/08/2016 01/03/2016 01/10/2016 01/07/2016 01/09/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/03/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/09/2016 01/10/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 02/12/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/04/2016 01/08/2016 01/04/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/03/2016 01/10/2016 01/10/2016 01/07/2016 01/04/2016 01/06/2016 01/08/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/09/2015 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016
R.U.C. 1310060023001 1310060023001 1310060023001 1310060023001 1310060023001 1310060023001 1803715380001 1717857039001 1717857039001 1717857039001 1717857039001 1717857039001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 0702630476001 1500534308001 1500534308001 1707426126001 1707426126001 1707426126001 1707426126001 2100263686001 2100263686001 2100263686001 2100263686001 2100120035001 2100120035001 2191724561001 1500566094001 1500508930001 2290326918001 2290326918001 2290326918001 2290326918001 2290328767001 2290328767001 1803299104001 1803299104001 1803299104001 1803299104001 1803299104001 1803299104001 0906532452001 0601204993001 0601204993001 0601204993001 0500752191001 0500752191001 0500752191001 0500752191001 1714840939001 0703113894001 1500341043000 1500341043000 1500341043000 1756300164001 1756300164001 1756300164001 1756300164001 1756300164001 1756300164001 1756300164001 2290316831001 1500590805001 1500590805001 1500590805001 1708643703001 1304937301001 1304937301001 1304937301001 1304937301001 1304937301001 1102272463001 1500395932001 1102643473001 1710814706001 1103939219001 1103939219001 1103939219001 2290317668001 1712288966001 1712288966001 1712288966001 1712288966001 1712288966001 1712288966001 1712288966001 2100489141001 2100489141001 2100489141001 2100489141001 2100489141001 1307841021001 0601288145001 0601288145001 1710972363001 1710972363001 0401003322001 1706448188001 1706448188001 2200083034001 1801138064001 1801138064001 2290321339001 0923366348001 0923366348001 0923366348001 0923366348001 0912037363001 2290324427001 2290324427001 2290324427001 2290324427001
RAZÓN SOCIAL SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ MENDOZA RITA GERMANIA SANCHEZ SANCHEZ BRAULIO CENEN SANCHEZ SANCHEZ FABIAN ROGELIO SANCHEZ SANCHEZ FABIAN ROGELIO SANCHEZ SANCHEZ FABIAN ROGELIO SANCHEZ SANCHEZ FABIAN ROGELIO SANCHEZ SANCHEZ FABIAN ROGELIO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMARTIN AREVALO VICENTE HOMERO SANMIGUEL RIVADENEIRA MERY JOSEFA SANMIGUEL RIVADENEIRA MERY JOSEFA SARABIA TIRIRA MARIA ROSARIO SARABIA TIRIRA MARIA ROSARIO SARABIA TIRIRA MARIA ROSARIO SARABIA TIRIRA MARIA ROSARIO SARRIAS PANTOJA JOSE GEOVANNY SARRIAS PANTOJA JOSE GEOVANNY SARRIAS PANTOJA JOSE GEOVANNY SARRIAS PANTOJA JOSE GEOVANNY SEGURA PIZA ELVIA SEGURA PIZA ELVIA SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES TERCONSTRUCSOL CIA. LTDA. SHARIAN PIDRU SERGIO RMAON SHIGUANGO YUMBO MERY MARCELINA SIPAREVLO CIA. LTDA. SIPAREVLO CIA. LTDA. SIPAREVLO CIA. LTDA. SIPAREVLO CIA. LTDA. SOGAPEZ S.A. SOGAPEZ S.A. SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIA ANDAGANA RUBEN MARCELO SORIANO CASTRO CARLOS ALBERTO SUQUI GUAMAN SEGUNDO MANUEL SUQUI GUAMAN SEGUNDO MANUEL SUQUI GUAMAN SEGUNDO MANUEL TERAN CASTELLANO GALO WILFRIDO TERAN CASTELLANO GALO WILFRIDO TERAN CASTELLANO GALO WILFRIDO TERAN CASTELLANO GALO WILFRIDO TERAN PIEDRA JOSE ISRAEL TEVANTE CRUZ MONICA ALEXANDRA TOLEDO MIRANDA MERY ROSA TOLEDO MIRANDA MERY ROSA TOLEDO MIRANDA MERY ROSA TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TOVAR ROJAS ALBERTO TRANS. TURISPETROL S.A. UQUILLAS QUINTEROS RUBEN EDMUNDO UQUILLAS QUINTEROS RUBEN EDMUNDO UQUILLAS QUINTEROS RUBEN EDMUNDO URBINA FANNY ANGELITA VALAREZO MOREIRA ROSA VERENISA VALAREZO MOREIRA ROSA VERENISA VALAREZO MOREIRA ROSA VERENISA VALAREZO MOREIRA ROSA VERENISA VALAREZO MOREIRA ROSA VERENISA VALLADOLID AGREDA JUAN MANUEL VARGAS SATAMA CARMEN YANE VEGA DAVILA RAUL ENRIQUE VEGA SALAZAR JAIME OSWALDO VEGA SILVA ANDREA KARLA VEGA SILVA ANDREA KARLA VEGA SILVA ANDREA KARLA VELASQUEZ DAVES & ASOCIADOS CIA. LTDA. VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELASTEGUI PALACIOS EDGAR PATRICIO VELEZ SANCHEZ ROBINSON JHONNY VELEZ SANCHEZ ROBINSON JHONNY VELEZ SANCHEZ ROBINSON JHONNY VELEZ SANCHEZ ROBINSON JHONNY VELEZ SANCHEZ ROBINSON JHONNY VELEZ ZAMBRANO TATIANA YASMINA VERDEZOTO HINOJOSA FABIAN EDUARDO VERDEZOTO HINOJOSA FABIAN EDUARDO VILLAGOMEZ GAIBOR MIGUEL ENRIQUE VILLAGOMEZ GAIBOR MIGUEL ENRIQUE VILLARREAL MORAN GERMANIA ARACELY VILLAVICENCIO ACUÑA WLADIMIR ALEJANDRO VILLAVICENCIO ACUÑA WLADIMIR ALEJANDRO VILLEGAS TANGUILA LEYDI JOHANNA VITERI SERRANO EDUARDO OLMEDO VITERI SERRANO EDUARDO OLMEDO WANKURISKA AMAZONICO CIA. LTDA. WILSON CHAVEZ MARLON RODOLFO WILSON CHAVEZ MARLON RODOLFO WILSON CHAVEZ MARLON RODOLFO WILSON CHAVEZ MARLON RODOLFO WILSON CRUZ MILTON TOMAS XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. Q-0000
P
ht t p: / / l i st as. 20mi nut os. es/
¿Alguna vez has sido víctima de chismes? Inventan historias falsas de ti, o tal vez contaste algo confidencial a alguien de confianza que terminó defraudandote. Aunque a algunos chismes no le tomamos mucha importancia, el chisme es una forma de violencia.
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Publicidad
15
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS ORELLANA NOTIFICA
No. 948 949 950 951 952 953 954 955 956 957 958 959 960 961 962
GLOSA 55951759 56459545 57225648 57509820 57564486 57564487 57658536 50167983 53539821 56475230 57245922 57579254 57687229 45106223 53500197
CONCEPTO RESP. PATRONAL APORTES APORTES APORTES APORTES FONDOS APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES APORTES RESP. PATRONAL APORTES
F. EMISIÓN 27/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/10/2016 01/11/2016 01/11/2016 02/12/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/11/2016 02/12/2016 26/02/2016 01/05/2016
R.U.C. 1104500010001 0602918211001 0802171439001 1900095785001 2290324427001 2290324427001 2290324427001 1500572332001 1500572332001 1500572332001 1500572332001 1500572332001 1500572332001 1307334878001 2100099437001
RAZÓN SOCIAL XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. XACEVS CIA. LTDA. YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA YUMBO CABRERA SILVIA LILIANA ZAMBRANO BURGOS GARY MANUEL ZAMBRANO FARIAS DARWIN ORLANDO
No. 963 964 965 966 967 968 969 970 971 972 973 974 975 976 977
GLOSA 57225188 46264906 57605388 57678542 30394672 46326405 53575043 57292127 57426915 57544024 57713017 33840681 34601518 33840684 34608474
CONCEPTO F. EMISIÓN 01/07/2016 APORTES 01/03/2016 APORTES 01/11/2016 APORTES APORTES 02/12/2016 APORTES 01/09/2015 APORTES 01/03/2016 01/05/2016 APORTES 01/07/2016 APORTES APORTES 01/09/2016 APORTES 01/10/2016 APORTES 02/12/2016 RESP. PATRONAL 30/10/2015 APORTES 01/11/2015 RESP. PATRONAL 30/10/2015 01/11/2015 APORTES
R.U.C. 2100099437001 1500507700001 1500507700001 1500507700001 2290320677001 2290320677001 2290320677001 2290320677001 2290320677001 2290320677001 2290320677001 0801432238001 1201632310001 1309003042001 1718276536001
RAZÓN SOCIAL ZAMBRANO FARIAS DARWIN ORLANDO ZAMBRANO VICTOR ARMANDO ZAMBRANO VICTOR ARMANDO ZAMBRANO VICTOR ARMANDO ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ZHARICK & JULIE CIA. ACOSTA ROBLES SANTIAGO MORAN VERA NICOLAS AVELINO MORANTE ZAMBRANO DANNY AGUSTIN NAVARRETE DELGADO JONNY WILFRIDO
Ing. Veronica Saritama DIRECTORA PROVINCIAL Q-0000
Con éxito concluyen las jornadas vacacionales en Shushufindi
Testigos de Jehová realizarán asambleas del 1 al 3 de septiembre Los testigos de Jehová finalizarán a principios del 2018 sus asambleas anuales realizadas desde el 19 de mayo del presente año en diferentes partes del mundo. Del 1 al 3 de septiembre, las reuniones se realizarán en la sede ubicada en San José de Morán, barrio Marianitas, sector de la parroquia de Calderón. Los testigos de Jehová esperan una gran asistencia de público por la importancia de los temas relacionados a la vida moderna. En el programa se escucharán discursos, entrevistas, y se proyectarán películas. A este tipo de eventos puede concurrir toda persona. La entrada a las conferencias, netamente espirituales, es gratuita.
El proyecto benefició a cerca de 650 niñas, niños y adolescentes de los diferente sectores del cantón, quienes al finalizar recibieron certificados y medallas por la participación. Redacción Sucumbíos
Niñas, niños y adolescentes, desde junio hasta agosto del año en curso, participaron del proyecto “Comienza una aventura con el centro de responsabilidad social y solidaria haciendo buen uso del tiempo libre: diga diga”, ejecutado por el Municipio de Shushufindi a través del centro de responsabilidad social y solidaria (CRSS). Las actividades de manualidades, modelaje, patinaje, ballet y baile tuvieron como propósito la integración con el fin de minimizar los factores de riesgo social que azotan a la sociedad. Las sedes de los talleres fueron las parroquias y comunidades como Shushufindi Central, San Pedro de los Cofanes, Jivino Verde, La Primavera, Limoncocha, Yamanunka, San Roque, Nueva
Vida, San Antonio, Miss Ecuador y 28 de Marzo, en coordinación con los presidentes de los gobiernos parroquiales y dirigentes de las comunidades y recintos. El niño John Anderson Naguecha Nieto y la niña Isabela Morales, calificaron de magníficas a las actividades emprendidas por el CRSS y esperan que el próximo año se vuelvan a realizar. Satisfacciones Por su parte Amparo Moreira, presidenta del CRSS, expresó su satisfacción por el apoyo y éxito alcanzados durante la jornada vacacional y anunció que en las próximas vacaciones continuarán estas enseñanzas. Asimismo, el alcalde Esgar Silvestre, felicitó la creatividad y destreza de los participantes, así como la responsabilidad y compro-
miso asumido por los padres de familia al permitir que sus hijos sean parte de la formación, que durante 2 meses ha propiciado el CRSS. Los padres y madres de familia, autoridades parroquiales y dirigentes barriales, reconocieron los espacios brindados para el buen uso del tiempo libre con la capacitación, integración, desarrollo y formación de sus hijos, quienes durante las vacaciones adquirieron nuevos conocimientos y realizaron actividades productivas y de emprendimiento. Las niñas, niños y adolescentes, expusieron los trabajos realizados en las áreas de manualidades, como adornos para el hogar con material reciclable, porta retratos, porta esferos, llaveros, presentación de variadas coreografías, baile, modelaje y patinaje.
16
Circulación del 27 de agosto al 02 de septiembre del 2017
Comunidad
Boys Scouth Cofán celebraron 6 años de vida en Lago Agrio Redacción Sucumbíos
El grupo Cofán de Boys Scouth de Lago Agrio, distrito Sucumbíos, festejó sus 6 años de vigencia en Lago Agrio. El grupo de Scouth Fénix de Latacunga, distrito Cotopaxi, estuvo como invitado especial en la celebración del 17 al 19 de agosto, con la sesión solemne en el salón de la ciudad de Nueva Loja, donde los homenajes, reconocimientos y ascensos, fueron la tónica de una noche pletórica de alegría y muestras de compañerismo y hermandad entre los componentes de este grupo solidario en Sucumbíos. Pablo Llive, creador del grupo desde que era presidente de padres de familia de la escuela Lago Agrio, inició la conformación a la que denominaron Cofán, en honor a una de las nacionalidades referentes de la provincia. La idea nació con varios profesores y padres de familia de la escuela Lago Agrio, de esta ciudad; se unieron posteriormente profesores del colegio Napo. Fueron tiempos difíciles, recuerda Llive, ya que el grupo parecía iba a desaparecer, “nos quedamos en una ocasión solo con 12 compañeros”, comenta. Llive ahora es el comisionado distrital del grupo; es decir la máxima autoridad de los Boys Scouth Cofán de Lago Agrio. El grupo lo conforman en la actualidad 60 integrantes. Son niños que ingresa a los 5 o 6 años, hijos de los escouter conformado por matrimonios que se han dedicado por entero a esta actividad; esos niños y niñas reciben el nombre de castores. Es decir, ellos siempre están acompañados de sus padres y no tienen aún un seguro de vida, explica Llive. Es la categoría “manada” la que ya está considerada dentro del grupo Scouth y la conforman niños y niñas de 7 a 11 años; este grupo trabaja con el “libro de la selva”, es el método de aprender jugando y conocer al “papá oso” y más elementos de la selva. El grupo “Scouth” lo conforman chicos y chicas de 11 a 15 años, con ideas más avanzadas que los anteriores. Los chicos y chicas de 15 a 17 años reciben el nombre de “caminantes”,
La hermandad entre los boys scouth Cofán fue resaltada por sus integrantes e invitados a la celebración.
son chicos que con sus mochilas hacen caminatas; es un grupo con otras ideas y la posibilidad de desenvolverse mejor en su vida educativa y profesional. Los “Robert”, de 17 a 19 años, trabajan con proyectos de vida e iniciativas ya identificadas. Siguen “los claneros”; se preparan para asumir responsabilidades más específicas, como la dirigencia, por ejemplo. Finalmente están los dirigentes que se distinguen de los demás porque están con sus uniformes azules, con su rango específico dentro del grupo. Así, Pablo Llive, con su máximo rango de comisionado distrital; está Marcos Chau, jefe del grupo Cofán; siguen los subjefes, subcomisionados y cada quien tiene su cargo y responsabilidad con los chicos y chicas que dirige. La palabra Scouth es sinónimo de explorador; por ello su afán de estar en contacto con la naturaleza y esa son las primeras enseñanzas que reciben; la idea es que ellos se apropien de esta situación de conservación y cuidado de la naturaleza, el medio ambiente, dice el comisionado Pablo Llive: “dejar este planeta
en mejores condiciones de las que lo hemos recibido”. Un distintivo muy importante es la “pañoleta” que cuelga de su cuello, generalmente es de color amarillo; además hay de colores azul, combinada y son distintivos de grados superiores. Junio es el mes de celebraciones y reuniones para compartir. Se celebra el día de la madre, del padre, de la familia. La caminata perruna, que realizaron en julio, también atrajo la atención de la población que fue sumándose al grupo, con sus mascotas de diversos tamaños y colores; incluso 3 mascotas de la calle se unieron con la posibilidad que alguien les ponga su correa respectiva en calidad de adopción. Hace pocos días un grupo de la manada estuvo en un chállenger en Puyo, donde estuvieron representantes de todo el país. Desfile y sesión solemne El 18 de agosto por la mañana se dio el desfile del grupo por las calles de Nueva Loja. La mascotita o “castor” fue la atracción para el público que aplaudió emocionado el paso de los escauter de Lago Agrio.
Nuevo director distrital de salud Orellana-Loreto
Richard Preciado, cuando fue posesionado por la coordinadora zonal 2 de salud. Redacción Orellana
El 21 de agosto en el auditorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), la coordinadora zonal 2 de salud, Carla Baquero, posesionó al doctor Richard Preciado Guerrero como director del distrito Orellana Loreto
22D02. Baquero deseó el mayor de los éxitos y ofreció todo su apoyo al nuevo funcionario. Aclaró que los cargos públicos no son para envanecerse, son pasajeros, “no debemos utilizarlos para causas personales, sino para causas colectivas, creo que el tema de salud
y quienes somos parte del personal de salud y quienes nos hemos formado como profesionales de la salud tenemos ese sentimiento siempre de poder ayudar”, dijo. Colón Malla, gobernador de la provincia, deseó muchos éxitos al nuevo profesional distrital de salud, además se comprometió en colaborar en todo lo que se pueda por el bien de la provincia. Por su parte Richard Preciado comentó “este es un trabajo que se viene realizando para tratar de mejorar que la políticas públicas aterricen en territorio de la mejor manera, tratar de mejorar la atención de nuestra población, también la atención de nuestros trabajadores que son parte del distrito porque sin ellos no podremos cambiar las cosas que queremos cambiar para bien de toda la ciudadanía”.
Las reuniones de los grupos siempre se cumplieron en el parque recreativo Nueva Loja. Allí los juegos, participación de grupos, destacaron al encuentro por el compañerismo y “hermandad”, la palabra que más la utilizan. La solidaridad entre compañeros, también es algo que prima entre ellos; un chico integrante del grupo tuvo la iniciativa de vender bolos a sus compañeros e inmediatamente todos le hicieron el gasto: “son chicos que tienen esas iniciativas para cubrir gastos de pagar sus camisetas o algo que han comprado” explica Llive. La creación de fogatas, las chimeneas, son asimismo parte de ese compartir entre los grupos. Igualmente, a la hora de la comida, se comparte en conjunto y todos sentados en el piso en forma circular. En la sesión solemne del último día de celebración, en la noche, estuvieron autoridades que han sido parte de procesos de este grupo: Yadi Gómez, presidenta de la unidad de acción social del Municipio de Lago Agrio; Juanita Medina, secretaria ejecutiva del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico
(Ecorae), cuyo hijo es un escauter del grupo y le entregó un reconocimiento a su madre, por ser parte del proceso de consolidación del grupo. También recibieron reconocimiento de sus hijos, padres y madres de familia, cuyos hijos son integrantes de la familia Scouth. Johana Gómez, Patricio Vivanco y Richard Domínguez, recibieron la pañoleta como subcomisionados del grupo Cofán. La imposición de la pañoleta de color celeste la hizo el comisionado distrital, Pablo Llive, “en homenaje a su entrega y trabajo, en el grupo”, resaltó el comisionado Llive. María Fernanda Paredes, jefa del grupo Fénix de Latacunga, dijo que no olvidará la hospitalidad y cariño que recibieron ella y su grupo, en su estadía en Lago Agrio. Pero sobre todo, resaltó “esos días calurosos que pasamos. De hasta una temperatura bajo cero en Latacunga a una temperatura que pasó de los 35 grados en Lago Agrio. Lo gratificante fue que los chicos y chicas, pasaron más de 2 horas, metidos en las aguas frescas del río (Aguarico)”.