Edición 1223

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AÑO 25 • Edición 1223 Circulación del 6 al 12 de noviembre de 2022

7.000 EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA

www.periodicoindependiente.com

JÓVENES ASPIRAN SER POLICÍAS

Napo: A la Escuela de Formación Napo ingresaron 120 aspirantes a policías de línea, el curso durará seis meses y serán instruidos en técnicas policiales y derechos humanos. Los padres de los jóvenes adquirieron los implementos que requieren para su formación. P.3

SUCUMBíOS

PASTAZA

ORELLANA

Ausencia: Ministros no asistieron a reunión con autoridades de Sucumbíos, debían explicar acciones ejecutadas sobre vialidad. P.3

Extravío: Excesivo consumo de alcohol en Canelos preocupa a la ciudadanía, realizan campaña de concientización. P.4

Transporte: Aspiran implantar servicio de moto taxi para movilidad en sectores rurales, esperan autorización municipal. P.8


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Opinión

Circulación del 6 al 12 de noviembre de 2022

Primero lo nuestro, Día del Escudo Han transcurrido 122 años, desde que el escudo ecuatoriano se convirtió en uno de los símbolos patrios que tiene el Ecuador; símbolo que representa la historia, el que guarda la grandeza espiritual de la patria, representa el honor, la justicia, el heroísmo, el espíritu emprendedor y valentía de su gente. Cuentas los viejos que, en tiempos pasados el respeto y consideración hacia los símbolos patrios eran altísimos, que, al ver a uno de ellos, sacaban los sombreros para venerarlos. Lastimosamente, esas actitudes de una sociedad arraigada en la práctica de valores, ha desaparecido. El 31 de octubre gran parte de ciudadanos, en vez de homenajear al escudo, si se esforzaron por celebrar las fiestas de Halloween, una fiesta importada. El tomar en cuenta a los símbolos y atributos nacionales debe ser la principal enseñanza para todos, junto con el conocimiento relevante de la historia y el enaltecimiento de su imagen y memoria. Estas buenas costumbres no deben perderse nunca, pues demuestran el grado de res-

Padres, incentiven a sus hijos a ser buenos ciudadanos, que siempre respeten a sus antecesores y por ende a los símbolos patrios. peto, civismo por nuestro país y la cultura. Hoy más que nunca, los docentes juegan un papel muy importante, debe ser obligación de crear conciencia ciudadana, ser los que revivan la historia de su pueblo e inculquen buenos hábitos a las nuevas generaciones. Niños y jóvenes quienes serán los que conduzcan a esta nación deben esforzarse por rescatar nuestra identidad, practicar valores y creencias que nos potencien a ser mejores ciudadanos. La lógica indica que esta identificación debería ser cada vez más consciente, a partir de profundizar en el estudio de los acontecimientos históricos y afianzar los sentimientos de pertenencia a una nacionalidad. Si es muy cierto que no existe prohibición alguna para celebrar Halloween. Los ecuatorianos estamos acostumbrados a apoderarnos

de celebraciones extranjeras y entre esas está el Halloween o día de brujas, celebrada el 31 de octubre, esperado por algunos. Los niños aprovechan para disfrazarse del personaje que está de moda y entre amigos del barrio salir a pedir dulces a los vecinos. Los adultos también tienen la oportunidad para salir a un bar o una fiesta disfrazados y divertirse. Halloween, fiesta que se remonta de un antiguo festival pagano celebrado por los Celtas hace 2.000 años. Si no existe prohibición para nada, si es urgente impulsar el llamado a la conciencia y ver la necesidad de fortalecer nuestra propia identidad y no asumir prácticas que no nos pertenece, con el peligro de asociarse a una fiesta que refleja e influye en nuestros valores. Los padres de familia, si piensan en una diversión con la fiesta de Halloween, piensen también que a sus hijos están inculcando a que se inclinen en algo que no tiene beneficio alguno, muchos ni siquiera saben el porqué del festejo. Desde el hogar deben aportar a la formación de las nuevas generaciones.

12 de octubre (Día de la Hispanidad) Por: Wilson Torres R.

El 12 de octubre es la fiesta nacional de España porque celebran el día de la Hispanidad, y nosotros el «Descubrimiento de América»; pero que festeja esta fiesta nacional?. Pues sencillamente no hay nada que festejar, porque este día de la Hispanidad empezó cuando Cristóbal Colón en su travesía financiada por la reina de España, navegó en sus tres carabelas buscando la ruta más corta para llegar a la India, se equivocó y apareció en Abya Yala (Tierra en plena madurez) se inventó que la había descubierto, pero en estos territorios ya existían pueblos, tenían sus propias lenguas, culturas, ritos, religiones, sistemas de organización socio política y económica, no necesitaban que nadie les descubriera. Y se produce el proceso de genocidio más grande de la historia,

en donde al menos 60 millones de indígenas fueron exterminados, esta invasión del Imperio Español dejó a su paso, muerte, desolación, saqueo de los recursos y riquezas naturales. Los pueblos originarios eran dueños y propietarios de sus tierras, quienes a raíz de la llegada de los españoles fueron esclavizados, torturados, despojados de su heredad, de su cultura y por supuesto evangelizados. El mismo Fraile Bartolomé de las Casas en 1502, relata las formas tan crueles en las que los españoles trataron a los indios durante los años que duró la conquista española; indica que cuando Colón fuera proclamado gobernador de los territorios descubiertos, la explotación de los indios como esclavos se propagó y rápidamente obligaron a miles de indígenas latinos a trabajar en minas para extraer oro,

si se negaban a trabajar o peor aún negarse a evangelizarse eran mutilados de piernas y brazos, o ejecutados públicamente y sus hijos degollados, a fin de gobernar en base al temor. Cuenta la historia que las niñas de 9 y 10 años de edad, eran vendidas como esclavas sexuales y las hijas de los caciques locales regaladas a los marineros españoles, quienes las ultrajaban vilmente, bajo el consentimiento de la santa iglesia. La prohibición y el intento de exterminación de todas las manifestaciones venían de España, imponiendo su Dios castigador sobre nuestros indígenas, en un proceso de saqueo robo y extracción salvaje de nuestras riquezas. Por eso el 12 de octubre no hay nada que celebrar! Descubrimiento!!!. Qué descubrimiento, acaso América estaba vacía?

Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director - Fundador: Galo Guevara Director - Editor: Salvador Usca Presidente: Leonardo Sánchez Vicepresidente: Enrique Quintero Gerente: Gladys Granda Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo SUCUMBÍOS Responsable: Luz Guamán Corresponsal: Raúl Castro Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana Contacto: 062362680 0989404851 • 0997103969 PASTAZA Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870 ORELLANA Responsable: Michell Alvarado Seis de Diciembre y Guayaquil Contacto: 062806246 0997103969 • 098 622 2039 NAPO Contacto: 022906827 0997103969 • 0992081870 QUITO Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0992081870 • 0997103969 DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C. COBERTURA Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias. IMPRENTA - EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal. VENTAS ggranda@periodicoindependiente.com

Contacto: 022906827 0992081870

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Ministros no asistieron al encuentro con autoridades de Sucumbíos Secretarios de Estado debían explicar las actividades ejecutadas para solucionar el tema vial en el sector de San Luis. de Emergencia) para el mantenimiento vial en Sucumbíos Napo y Orellana; construcción de la Variante San Luis El Reventador y cumplimiento de los acuerdos del 20 de agosto. “Lasso está prendiendo la chispa de la resistencia ciudadana” dijo el asambleísta por Sucumbíos, Comps Córdova. » Autoridades y ciudadanía de Sucumbíos expresan molestia por la desatención de las autoridades del Gobierno Nacional.

Redacción SUCUMBÍOS

Lago Agrio: Alcaldes de los Cantones, Asambleístas y más autoridades de la provincia de Sucumbíos asistieron hasta Lago Agrio el pasado 26 de octubre de 2022, para escuchar a los Ministros que fueron convocados a una reunión; sin embargo, nada se

concretó debido a que ninguno de los Ministros asistió. La Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social de la Asamblea Nacional, el pasado miércoles, sesionó en Nueva Loja y esperaban a los Ministros para que explicaran su inacción a cerca de la (Declaración de Estado

Familia Ortiz, firmó autorización para paso de la variante por su propiedad

Dos aspectos interferían en la construcción de la variante que esperan las tres provincias afectadas, el permiso del Ministerio de Ambiente y el permiso de la familia Ortiz, para permitir el paso de la variante por su propiedad. Estos temas se solucionaron, no obstante, la obra prometida sigue estancada, señaló la asambleísta alterna Andrea Girón.

Los presentes en la reunión elevaron su queja en contra del Ministro de Obras Públicas, por no entregar el cronograma para la ejecución de los trabajos; contra el Ministro del Ambiente, por no entregar los permisos ambientales para la variante provisional de 8.9 kilómetros.

MTOP debe iniciar construcción de la variante el 14 de octubre

Autoridades y ciudadanía mantienen la expectativa por ver si el (MTOP) inicia el 14 de octubre del presente año la construcción de la variante emergente, tal cual fue su ofrecimiento. “Hubo constante sabotaje del Gobierno con su Gobernadora, los dos inconvenientes están superados, el Gobierno debe hacer su parte”, indicó la asambleísta Girón.

Jóvenes se enlistan para convertirse en policías 120 jóvenes ingresaron al curso de formación de policías técnicos que durará seis meses. Redacción NAPO

Tena: El recibimiento en el Comando de Policía Nro. 15 Napo a 120 jóvenes de diferentes provincias, fue el pasado 29 de octubre de 2022, ellos se formarán durante 6 meses para convertirse en nuevos policías técnicos de línea. Los aspirantes que dejaron atrás las comodidades y facilidades de la vida civil, llevando consigo sus pertenencias personales y material académico, conocieron y se ubicaron en las instalaciones donde vivirán por el tiempo que dure su preparación. El capitán de policía Cristoffer Vaca, director de la Escuela de Formación Napo, les dio la bienvenida a los aspirantes, agradeció a sus padres por la confianza depositada en la institución y comprometió entregarlos convertidos en policías más humanos que estarán al servicio de la sociedad. “Los jóvenes para llegar a la

» Autoridades locales entregaron a los aspirantes el uniforme que les cobijará durante el curso de formación.

Escuela de Formación debieron sobrepasar un proceso minucioso de selección, de entre 6000 postulantes, tan solo 120 fueron calificados mediante la competencia reglamentaria basada en valores, conocimientos y destrezas físicas”, refirió el oficial.

El curso de formación durará 6 meses

El pasado 31 de octubre del presente año, en el Comando de Policía de Napo se cumplió el acto de bienvenida a los aspirantes a policías, asistieron a más de

los padres de familia, el gobernador de Napo, Alirio Grefa y otras autoridades locales. En la ceremonia, el teniente Vaca, director de la Escuela, manifestó que como instructores estarán para guiarles y formarlos con rudeza y afecto de un caballero, para que luego de 6 meses que dura la preparación se integren a las filas policiales. De su parte, el coronel Walter Villarroel, comandante de la Zona 2 de la Policía Nacional, dio a conocer que los aspirantes de la décima corte de formación, re-

cibirán una instrucción integral, basada en valores, respeto a las leyes y los derechos humanos. “Una buena persona es un mejor profesional”, refirió el Comandante, al tiempo que pidió respeto por el uniforme que vestirán a partir de primer día hasta cuando lo creyeran conveniente.

Sacrificio económico de los padres

Algunos padres de familia, sin exponer su identidad, manifestaron que no les importaba el sacrificio económico que han realizado para adquirir las prendas exigidas para el curso de formación de sus hijos. “Ha sido el deseo de mi hijo servir a la Patria, le apoyo en todo”, indicaron. Mientras, 40 uniformados que se graduaron días atrás se incorporaron a las filas policiales en Napo que serán distribuidos en la provincia para ser un soporte a la seguridad ciudadana.


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En Canelos consumo de alcohol afecta a la juventud Preparan campañas de concientización para cambiar hábitos de la ciudadanía. Redacción PASTAZA

Canelos: La parroquia Canelos se asienta aproximadamente a 40 minutos en vehículo desde Puyo, este lugar vive una realidad alarmante que atenta la cotidianidad y la vida de la ciudadanía, muchos han caído en el vicio y consumo de todo tipo de alcohol. El pastor Uber Baque, de la Iglesia El Nazareno, buscará la forma de erradicar este mal. El pastor es oriundo de la provincia Manabí, por su vocación y misión evangélica habita en Canelos-Pastaza, expresa preocupación de ver que el exceso de alcoholismo está afectando la normalidad de las familias. El alcoholismo es una de las

PALABRAS DE VIDA SALMO 46:1-2 Dios es nuestro amparo y fortaleza, Nuestro pronto auxilio en las tribulaciones. Por tanto no temeremos aunque la tierra sea removida; Aunque se traspasen los montes al corazón de la mar. ACTA DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A.

En la Parroquia Santa Cecilia, Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, a las 13H00 P.M. del día Jueves, 29 de septiembre del 2022, en la sala de sesiones, Qué se encuentra ubicada en la Vía Quito Km 10, en la Parroquia Santa Cecilia, Provincia de Sucumbíos, a 200 metros del Nigth Club 33-40, con la asistencia de todos los accionistas, que conforman el 100% de capital suscrito y pagado de la empresa el cual asciende a $2,000.00 (Dos mil dólares con 00/100), con el objetivo de acordar el siguiente orden del día: 1. Constatación de Quórum. 2. Instalación de la Sesión. 3. Cesión de acciones a nombre de la Compañía de Transporte Comercial de Carga Pesada Lago Agrio te S.A. a otros accionistas. 4. Ratificación del actual presidente para el periodo estatuario de 2022-2026 (5 años). 5. Clausura. Santa Cecilia, 01 noviembre 2022. Atentamente, Sra. Rojas Embus Krisna Fernanda COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A. Q-3785

causas que derivan en problemas como: pobreza, violencia intrafamiliar, disolución de hogares, drogadicción, femicidios, delincuencia, esta última que también ya se ha presentado en Canelos. Por tal motivo, el Pastor junto a sus compañeros y apoyo internacional, van elaborando propuestas que les permitan cambiar esta realidad, poder concientizar a los habitantes y poder construir una sociedad sana, libre de vicios, en especial de la juventud.

Marcha y conferencia para concientizar a la juventud

La campaña inició a mediados del mes pasado con una marcha por las calles de la parroquia y posterior reunión de concientización mediante charlas

» El consumo excesivo de alcohol está cambiando negativamente la conducta de los jóvenes.

y conferencias con expertos en el tema. Señaló que lamentablemente el Estado no ha efectuado nada concreto para combatir estos males. “En la parroquia Canelos no existe presencia de agentes de la Policía Nacional para que realicen algún control”, expresó. “No es posible, apenas terminado el paro, lo primero que ingresó a la parroquia fue dos camiones de cerveza, ni siquiera se pensó en ingresar alimentos

(…) en la cabecera parroquial hay varios centros de perdición que lucran incentivando al vicio a costa del daño que hacen a la sociedad”, sentenció el Pastor. El objetivo que se han propuesto para este año es lograr reducir por lo menos en un 20% el consumo del alcohol. La campaña continuará hasta lograr la erradicación total del vicio del alcohol en una gran parte de ciudadanos de Canelos.

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SÍGUENOS EN REDES SOCIALES REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO AL PÚBLICO

Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil, en Concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comunica al Público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA. OTORGADA EL: 19 de Marzo de 2009 NOTARIA: PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI OTORGADA POR: ZURITA ROMERO MARÍA ELSIA FAVOR DE: REA GUAMÁN KLEBER JOSELITO CUANTÍA: $ 500,oo DÓLARES UBICACIÓN: Lote de terreno rural, desmembrado del lote de mayor extensión signado con el Nº 18, ubicado en el Sector Vía a Lago Agrio Shushufindi conocido como Luz María, de la Precooperativa Nueva Aurora, de la parroquia y cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos. LOS LINDEROS SON: NORTE: Con la calle, en quince metros de extensión, SUR: Con lote de terreno que se reserva la vendedora, en quince metros de extensión. ESTE: Con lote de terreno vendido a la señora Nancy Cabrera, en veinticinco metros de extensión. OESTE: Con lote de terreno vendido al señor Walter Rea, en veinticinco metros de extensión. Dando una Superficie de: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS de superficie. DRA MARTHA AYABACA GOMEZ REGISTRADORA (E) Shushufindi, a 01 de Noviembre de 2022 S-5358

PERIÓDICO

CLUB DEPORTIVO BÁSICO BARRIAL “OLÍMPICO DE MARSELLA”

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL "DAHUANO 24 DE MAYO"

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-08-2020 y el acuerdo ministerial N° 0389 aprobado el 20-09-2021, en su Art. 3 literales a,c,d,f,g,h y el cuarto párrafo; CONVOCO a los socios del Club Deportivo Básico Barrial “OLÍMPICO DE MARSELLA”, a las Asambleas Generales Extraordinarias, a realizarse el día lunes 21 de noviembre del 2022, a las 18H00, a la elección del Nuevo Directorio del Club y el día 24 de noviembre del 2022 a las 18h00, a la Reforma del Estatuto del Club, ubicado en la Av. Carlos Acosta frente a la Unidad Educativa Juan Bautista Montini, de la parroquia San Francisco de Borja, donde se tratará el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea. 2. Elección del Directorio del Club Deportivo Básico Barrial “OLÍMPICO DE MARSELLA”, para el periodo 2022 – 2026, Toma de Juramento, posesión y aceptación del nuevo directorio. 3. Lectura, análisis y aprobación de la Reforma del Estatuto del Club Deportivo Básico Barrial “OLÍMPICO DE MARSELLA”, en primera instancia y definitiva. 4. Clausura. Mgs. Maximiliano Chimbo PRESIDENTE FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LIGAS BARRIALES Y PARROQUIALES DE NAPO

Q-3783

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES San José De Dahuano, 06 de noviembre 2022. Se CONVOCA a una asamblea General extraordinaria para la ELECCIÓN DEL DIRECTORIO LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL "DAHUANO 24 DE MAYO", para el día lunes 21 de Noviembre 2022 a las 16:30 pm. en la casa comunal de la Localidad para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación Quórum e instalación de la sesión. 2. Elección posesión del Directorio de la LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL "DAHUANO 24 DE MAYO" 2022-2026. 3. Clausura.

Atentamente, Sr. Claudio Tapuy PRESIDENTE DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL "DAHUANO 24 DE MAYO C-4476


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En Taekwondo ganar medallas Pesista Hanks Alomía ganó 8 es una constante medallas en Perú lia sostiene el profesor, ya que de parte de la institución deportiva provincial, pese a que se les dio a conocer de estos eventos, no existe ningún apoyo. “Los recursos para movilización, alimentación e incluso hospedaje, sale del bolsillo de los papitos”, insiste el entrenador. Para el 2023, según comenta Acurio, ya les llegó la notificación de un campeonato para categorías menores, lo que demanda ponerse a trabajar con miras en esos torneos. La época de pandemia, ha » Los jóvenes deportistas no ocasionado que algunos depordesmayan sus entrenamiento y asisten tistas en varias disciplinas hayan a las competencias pese al escazo apoyo de la entidad deportiva. desertado, pierdan constancia y físico por falta de entrenamiento, Deportes por ello los técnicos ven la neSUCUMBÍOS cesidad de buscar espacios de El reciente torneo ´OPEN´ desa- competencias. rrollado en el cantón Rumiñahui, al cual asistieron deportistas de Gastos Sucumbíos de la disciplina de Para la participación de cada Taekwondo, dirigida por el pro- deportista, detalla Acurio debe fesor Luis Acurio, consiguieron invertir un monto de 30 dólares varias medallas y se ubicaron en- como mínimo; esto sin considerar tre los primeros lugares. movilización, alimentación y otros Lograron siete medallas de oro, gastos. Puntualiza que deberían seis medallas de plata y cinco de contar con mínimo quince parbronce, un total de 18, todas ga- ticipaciones en torneos abiertos, nadas en las categorías juveniles. para que tengan buen nivel en los El tirunfo ha sido posible gracias campeonatos que son los Panameal apoyo de los padres de fami- ricanos y lograr buenos resultados.

» Premio al esfuerzo, Hanks Alomía ganó las medallas de todo valor. Deportes ORELLANA

Hanks Nikolay Alomia Ferrín se consagró como campeón Sudamericano pre juvenil, obteniendo tres medallas de oro, tres de plata Suramericano juvenil y dos de bronce en el campeonato Panamericano juvenil.

El evento se llevó a cabo en Lima (Perú) del 19 al 24 de octubre de 2022. Alomía alcanzó los 126 kg. de arranque y 160 kg. de envión dando un total 286 kg. en la división de 102 kg. El resultado logrado por Alomía en el evento internacional, deja muy en alto el nombre de la provincia de Orellana y el país.

Exitosa participación de Orellana en el ajedrez de Napo

Santiago Lescano ganó oro y bronce en natación

dades de Portoviejo y Guayaquil, a partir del 26 de octubre al 3 de noviembre del 2022, se realizó los VI Juegos Deportivos Nacionales de Deporte Adaptado con la participación de 581 atletas pertenecientes a las 24 provincias del país. La lid deportiva estableció las competencias en varias disciplinas; en representación de » Santiago Lescano, con la medalla de oro puso en alto el nombre de Pastaza. la provincia de Pastaza asistió Santiago Lescano, quien ganó Deportes la medalla de oro en natación PASTAZA en los 50 metros estilo pecho. Cumpliendo con lo estable- Igualmente, obtuvo medalla de cido por parte del Ministerio del bronce en la modalidad 50 meDeporte Ecuatoriano, en las ciu- tros libres.

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» Kathleen Quezada, en el sitio más alto del pódium con su medalla de oro. Deportes ORELLANA

En el campeonato nacional de ajedrez que disputó la delegación de la provincia de Orellana, tuvo una excelente participación, evento disputado en la provincia del Napo del 19 al 23 de octubre de 2022. Los resultados fueron halagadores; la deportista Kathleen Quezada, ganó medalla de plata en la individual. El equipo Blitz U10 masculino alcanzó el segundo lugar con medalla de plata.

En la rama femenina U16 el equipo terminó en primer puesto, con medalla de oro para la provincia de Orellana. En la modalidad partida clásica U10 absolutos, medalla de bronce individual con el deportista Nicolás Fuentes, y medalla de oro individual en la rama femenina U16, con Kathleen Quezada. Sumando los puntos de todas las categorías, Orellana quedo en cuarto lugar, el equipo técnico y deportistas recibieron la felicitación del caso.

w w w. p e r i o d i c o i n d e p e n d i e n t e . c o m


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Comunidad AVISO DE REMATE SEGUNDO SEÑALAMIENTO

JUZGADO DE COACTIVAS DE BANECUADOR SUCURSAL PROVINCIAL LAGO AGRIO.- Se pone en conocimiento del público, QUE EL DIA MARTES 08 DE NOVIEMBRE DEL 2022, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en las oficinas de BanEcuador sucursal Lago Agrio, ubicado en las calles Av. Quito y Colombia, de la ciudad Nueva Loja, tenga lugar el REMATE del bien raíz embargado, dentro del Juicio Coactivo No. 003-2018-00044, mismo que se comprende de la siguiente manera, para que se lleve a efecto EL SEGUNDO SEÑALAMIENTO DE REMATE de: 1) Lote de terreno rural ubicado en el sector BONANZA, Parroquia Palma Roja, cantón Putumayo, provincia de Sucumbíos, con clave catastral No. 210351510102396000, con los siguientes linderos: Norte.- Colinda con el Señor Jiménez Chávez Marcos Vinicio del punto 1 al punto 2 con un rumbo No. 086°38’1,64” E en una distancia de 1.695.5 metros: Sur.- Colinda con la Sra. Lucio Briones Catalina del punto 5 al punto 6 con rumbo S 089°20’28,42” O en una distancia de 1.867.1 metros: Este.- Colinda con la Organización Flor de Oriente del Punto 2 al punto 3 con rumbo S 000° 55’16,5” E en una distancia de 106,4 metros, del punto 3 al punto 4 con rumbo S 002° 13’23,84” 0 en una distancia de 295,4 metros y del punto 4 al punto 5 con rumbo S 000°47’28,29 E en una distancia de 107,2 metros: Oeste.- Colinda con la Reserva de Producción Faunística Cuyabeno del punto 6 al punto 1 en una distancia de 467,8 metros. Lo que da una cavidad de 83.09 hectáreas de superficie. El valor total del avalúo de este bien inmueble descrito asciende a la suma de USD. 41.545,00 (CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS). El bien inmueble antes singularizado podrá rematarse de acuerdo a las especificaciones, características, del informe de avalúo que consta en el proceso. Publíquese el extracto de este señalamiento por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación, estos avisos se harán mediando el término de ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate. Se fijarán los carteles en la forma determinada en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil. Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO, se aceptarán posturas que cubran el 50% del valor del avalúo del bien, es decir la mitad del avalúo total, prefiriéndose las ofertas que sean de contado. A las posturas se acompañará el 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado girado a la orden de BanEcuador B.P, sucursal provincial de Lago Agrio, los postores deberán presentar sus ofertas por escrito ante el Empleado Recaudador BanEcuador B.P, Lago Agrio con el patrocinio de un abogado de ser necesario señalando casilla judicial para notificaciones y adjuntando la documentación pertinente; la calificación de los postulantes se hará con 15 días de anticipación a la fecha del remate en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio conforme lo dispone el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil. El remate de hará como cuerpo cierto conforme lo determina el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos de transferencia de dominio serán de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por mandato de ley, deben ser cubiertos por el propietario del inmueble.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Diego Yasmani Chango Garces. DELEGADO EMPLEADO RECAUDADOR. BANECUADOR B.P. Información a los teléfonos 022946500 Ext. 5753, 5729, correos Diego.Chango@banecuador.fin.ec Lucía.Estévez@banecuador.fin.ec Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley. Lago Agrio 03 de octubre 2022.

Mgs. Lucía Estévez Acosta SECRETARIA DE COACTIVAS ZONAL BANECUADOR B.P. 3/3 Q-3763

AVISO DE REMATE JUZGADO DE COACTIVAS BANECUADOR SUCURSAL PROVINCIAL LAGO AGRIO.- Se pone en conocimiento del público, QUE EL DÍA MIÉRCOLES 09 DE NOVIEMBRE DEL 2022, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en

las oficinas de BanEcuador sucursal Lago Agrio, ubicado en las calles Av. Quito y Colombia, de la ciudad Nueva Loja, tenga lugar el REMATE del bien raíz embargado, dentro del Juicio Coactivo No. 003-2018-00051, mismo que se comprende de la siguiente manera: Un Lote de terreno urbano con construcción mixta en la parte frontal de 10,00M2 x 10,00 M2= 100,00 metros cuadrados de construcción; ubicado en el Barrio el Recreo, signado con el No.13, manzana 04, parroquia de Puerto El Carmen, cantón Putumayo, provincia de Sucumbíos, con clave catastral No. 210350020126002000, cuyos linderos son los siguientes linderos: Norte.- Con la calle Rumiñahui en una longitud de 10 metros: Sur.-Con el lote N° 11 en una longitud de 10 metros: Este.- Con el lote N°.14 en una longitud de 20,76 metros: Oeste.- Con el lote 01 en una longitud de 20,76 metros. Lo que da una superficie total de 207,01 metros cuadrados. AVALÚO: El valor total del avalúo de este bien inmueble descrito asciende a la suma de USD. 24.350,50 (VEINTE Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA DOLARES AMERICANOS 50/100). El bien inmueble antes singularizado podrá rematarse de acuerdo a las especificaciones, características, del informe de avalúo que consta en el proceso. Publíquese el extracto de este señalamiento por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación, estos avisos se harán mediando el término de ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate. Se fijarán los carteles en la forma determinada en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, se aceptarán posturas al contado o a plazos QUE CUBRAN POR LO MENOS LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR INDICADO EN EL PRECIO DEL AVALUO; prefiriéndose las ofertas que sean de contado. A las posturas se acompañará el 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden de BanEcuador B.P. Sucursal provincial Lago Agrio, los postores deberán presentar sus ofertas por escrito ante el Empleado Recaudador BanEcuador B.P, de Lago Agrio con el patrocinio de un abogado de ser necesario señalando casilla judicial para notificaciones y adjuntando la documentación pertinente; la calificación de los postulantes se hará con 15 días de anticipación a la fecha del remate en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio conforme lo dispone el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil. El remate se hará como cuerpo cierto conforme lo determina el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos de transferencia de dominio serán de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por mandato de ley, deben ser cubiertos por el propietario del inmueble.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Diego Yasmani Chango Garces. DELEGADOEMPLEADO RECAUDADOR. BANECUADOR B.P. Información a los teléfonos 022946500 Ext. 5753, 5729, correos Diego.Chango@banecuador.fin. ec Lucía.Estévez@banecuador.fin.ec Particular que pongo para los fines de ley. Lago Agrio 03 octubre 2022. Mgs. Lucía Estévez Acosta. SECRETARIA DE COACTIVAS ZONAL BANECUADOR B.P. 3/3 Q-3760 EXTRACTO PRENSA Citación a los Herederos Desconocidos de CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO Causa: IMPUGNACIÓN DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO DE HIJA O HIJA Actor/a: CERDA DUENDE DENNYS JOHANNA Demandados/a: RAMÓN SALAZAR MANUEL RODRIGO, CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO Procedimiento: ORDINARIO Juez: Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el cantón Salcedo Cuantía: INDETERMINADA Juicio: 05332-2022-00664 DEMANDA: “DENNYS JOHANNA CERDA DUENDE, con cédula de ciudadanía 2100975651, de estado civil soltera, de 24 años de edad, de ocupación empleada privada, domiciliada en el barrio San Marcos, del cantón Salcedo, Provincia de Cotopaxi, mi correo electrónico es, rubenguanopatin@yahoo.es y mi casillero Judicial es el Nro. 4 de esta casa Judicial, en las que recibiré mis notificaciones; Ante su Autoridad comparezco respetuosamente con la siguiente demanda de IMPUGNACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, en contra del señor MAXI FAUSTO CERDA SHIGUANGO, con numero de cédula 1500320237 y del señor MANUEL RODRIGO RAMÓN SALAZAR, con numero de cedula 050202266-8, como así lo dispone el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos. (…)

Circulación del 6 al 12 de noviembre de 2022

FUNDAMENTOS DE HECHO: 1.- Señor Juez, el señor Manuel Rodrigo Ramón Salazar, laboraba en una compañía de prospección sísmica, que realizaba trabajos en el sector de Pañacocha, en donde conoció a mi señora madre, mantuvieron una relación de enamorados y producto de las relaciones sexuales que mi madre señora Lida Eloísa Duende Andi, mantuvo con el señor Manuel Rodrigo Ramon Salazar, la compareciente DENNYS JOHANNA CERDA DUENDE, nací el 27 de enero del año 1998. A mi verdadero padre biológico se le había terminado el contrato de trabajo en la empresa donde laboraba y salió del lugar, mi señora madre había quedado embarazada, razón por la cual se perdió todo tipo de contacto. Mi madre por el año 2.002, se habría comprometido con el señor Maxi Fausto Cerda Shiguango, y pese que era una niña no acepte que el mencionado señor me reconozca como su padre, sin embargo, mi madre conjuntamente con su conviviente se había acercado al Registro Civil y realizaron un reconocimiento voluntario como su hija, razón que consta al margen de mi inscripción de nacimiento que fui reconocida por el señor Maxi Fausto Cerda Shiguango, con fecha 24 de mayo del 2007, es decir cuando la compareciente tenía 9 años de edad. (…) PRETENCION CONCRETA Y LO EXIJO: Muy respetuosamente por ser mi petición la Impugnación del Reconocimiento de la paternidad, solicito a su Autoridad en sentencia dictar: 1.- Que el señor Maxi Fausto Cerda Shiguango, no es mi padre biológico. 2.- Declarar que el verdadero padre biológico de la compareciente DENNYS JOHANNA CERDA DUENDE, es el señor MANUEL RODRIGO RAMON SALAZAR. 3.- Ordenar la Marginación de mi Inscripción de Nacimiento, en el registro civil, identificación y cedulación de Nueva Loja/Lago Agrio/ Sucumbios, del Tomo 3, Pagina 328, Acta 1124, con el apellido que me corresponde por la impugnación del reconocimiento, para lo cual se ordene librar los oficios pertinentes con los insertos del caso. (…) TRAMITE: A la presente causa se le dará el trámite establecido en el Procedimiento Ordinario, amparado en el Art. 289, 291 y siguientes en lo pertinente al Código Orgánico General de Procesos” f) Dr. Rubén Germánico Guanopatín Ramírez. Mat. 05-2003-8. Dennys Johanna Cerda Duende. AUTO: “UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SALCEDO. Salcedo, lunes 25 de julio del 2022, a las 14h36. VISTOS: En mi calidad de Juez Temporal de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Salcedo, nombrado mediante Resolución N° 119-2022 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y acción de personal N° 1280-DNTH-2022-SA que rige a partir del 01 de junio del 2022, AVOCO conocimiento de la presente causa; y, por el sorteo de Ley correspondiente, en lo principal considero: PRIMERO. En lo principal, la demanda de IMPUGNACIÓN DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO DE HIJO O HIJA que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Art. 289 y siguientes ibídem. SEGUNDO. Cítese de conformidad con el Art. 53 y 55 del Código Orgánico General de Procesos a RAMON SALAZAR MANUEL RODRIGO con cédula de ciudadanía N° 0502022668, con copia de la demanda y este auto, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en Salcedo, en el domicilio señalado por la parte actora; y, cítese conforme el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos a los herederos desconocidos de CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO con cédula de ciudadanía N° 1500320237 y a quien tenga interés en el proceso, para tal efecto se los deberá citar mediante uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en la ciudad de Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos y en la ciudad de Latacunga, provincia de Cotopaxi; y, mediante una de las radiodifusoras de las mismas loca lidades, para lo cual esta Unidad Judicial, emitirá el extracto necesario. Se advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y contestar a la demanda en el término de treinta días luego de haber sido citada, conforme el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley. TERCERO. La audiencia preliminar establecida en el Art. 292 ibídem, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. CUARTO. Téngase en cuenta el anuncio de prueba que se ofrece para acreditar los hechos, e incorpórese al proceso los medios probatorios que adjunta a la demanda. 4.1. La prueba documental anunciada será admitida de ser el caso en la audiencia preliminar, con las consideraciones de los Arts. 160 y 294 del Código Orgánico General

de Procesos. QUINTO. Agréguese a los autos los documentos que acompaña la parte actora en su demanda. SEXTO. Tómese en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador. Actúe en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial la Ab. Tania Rocio Molina Rivera mediante acción de personal, suscrita por el Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Cotopaxi. - CÍTESE y CÚMPLASE.” f) Ab. Paul Fernando Flores Pazmiño. Juez Temporal AUTO: “UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SALCEDO. Salcedo, lunes 17 de octubre del 2022, a las 15h52. Continuando con la sustanciación de la presente causa: En lo principal, dispongo: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto que antecede, respecto del desconocimiento del domicilio de los presuntos y desconocidos herederos de quien en vida fue el señor CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO, en tal virtud, por secretaria confiérase el extracto dispuesto en el ordinal segundo del auto de sustanciación dictado con fecha lunes 25 de julio del 2022, a las 14h36. Vuelva actuar la Abogada Tania Rocio Molina Rivera, en calidad de secretaria RT de esta Unidad Judicial, en atención a la acción de personal N° 1554-DPX-2022/AC, de fecha 6 de octubre del 2022. NOTIFIQUESE” f) Ab. Paul Fernando Flores Pazmiño. Juez Temporal Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles a los Herederos Desconocidos de CERDA SHIGUANGO MAXI FAUSTO, la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta jurisdicción para recibir sus futuras notificaciones. Salcedo, viernes 21 de octubre del 2022. Ab. Tania Rocío Molina Rivera Secretaria (E) de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Salcedo. 2/3 Q-3778 EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JORGE VICENTE GONZÁLEZ GRANDA ACTOR: ESPINOZA CÓRDOVA DIEGO ARMANDO DOMICILIO DEL ACTOR: Correo electrónico jefforiginal@hotmail.com del Ab. Jefferson Bolívar Ríos Merchan CUANTIA: USD. 16.000 JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera. SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312022-00308 que sigue ESPINOZA CORDOVA DIEGO ARMANDO, en contra de GONZÁLEZ GRANDA JORGE VICENTE Y OTROS. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: Es el caso señor Juez que desde el cinco de diciembre del dos mil cinco, es decir por más de quince años consecutivos mantenido posesión permanente, tranquila, pacífica, pública, notoria, legal e ininterrumpida, sin clandestinidad de ninguna clase con ánimo de señor y dueño y en término del Art. 734 y siguientes del Código Civil, de un área desmembrada de mayor extensión de quinientos cuarenta metros cuadrados de superficie, ubicado en la Lotización Los Laureles, de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, y cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: NORTE: con el lote 12, en 15 metros; SUR: con la calle sin nombre hoy Macadania en 15 metros; ESTE: con el predio 04 y 05 en 36 metros; OESTE: con el predio 07 y 08 en 36 metros. En el mencionado inmueble con el devenir de los años y con dineros de mi propio peculio…he construido mi casita de madera con cubierta de zinc, para uso de vivienda y consiguiente a la vivienda he construido otra vivienda mixta de bloque con madera y cubierta de zinc, con el pasar de los años estoy en construcción de una casa de hormigón ya con todas las normativas que exige la municipalidad, terreno sobre el cual jamás ninguna persona a discutido la posesión que vengo manteniendo, con la intención de arrebatarme el inmueble de terreno descrito o tratar de desalojarme del mismo, razón por la cual y siendo como el mi posesión en forma continua se ha operado en mi favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del inmueble en mención. Por la acción de prescripción que ejerzo en este acto acudo ante usted señor Juez para que mediante sentencia reconozca por PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUSITIVA DE DOMINIO a mi favor el dominio del bien inmueble, calle sin nombre hoy Macadania y Guayas Lotización Los Laureles de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Se disponga la inscripción de la sentencia de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, en el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, una vez que se haya protocolizado en una de la Notarias Públicas del país, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 2413 del Código Civil vigente. Lago Agrio, lunes 18 de julio del 2022, las 11h45, VISTOS: Por cumplido lo dispuesto en autos que anteceden.- PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- En lo principal, la demanda y escrito de complemento, presen-


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tada por el señor ESPINOZA CORDOVA DIEGO ARMANDO, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a los demandados HEREDIA VACA FANNY CECILIA, en calidad de cónyuge sobreviviente; GONZALEZ HEREDIA FANNY FLORESMILA, GONZALEZ HEREDIA JORGE XAVIER, GONZALEZ HEREDIA MARCO DANIEL Y GONZALEZ HEREDIA PEDRO RICARDO, en calidad de herederos del señor Jorge Vicente Gonzalez Granda, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de complemento, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico.- Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 11 de julio del 2022, las 09h02, cítese con el contenido de la demanda, escrito de complemento y el presente auto, a los herederos conocidos y desconocidos del señor Jorge Vicente Gonzalez Granda a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación del país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese los extractos correspondientes.De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda, y este auto, CÍTESE a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO en el lugar señalado en la demanda, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial electrónica para sus notificaciones. Tómese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo", se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. TERCERO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citadas, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados, para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. SEXTO.NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 287 y correo electrónico jefforiginal1@hotmail.com señalados por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confieren a su Defensora Técnica.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial Civil.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley.- Nueva Loja, 13 de octubre del 2022.- CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 3/3 Q-3774 CITACIÓN POR LA PRENSA EXTRACTO JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general,

que dentro del Proceso de Declaratoria de Unión de Hecho N° 22201-2022-00225, se ha dispuesto lo siguiente: ACTORA: Sandra Etelvina Vargas Tigua DEMANDADOS: PRESUNTOS O DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SEÑOR UMBERTO LEOPOLDO CANGO MAZA (+) PROCEDIMIENTO: Ordinario CUANTÍA: Indeterminada JUEZA: Dra. Vicenta Cumandá Cuaical Galárraga DEMANDA: La señora Sandra Etelvina Vargas Tigua, fundamentada en los arts. 222 y 223 del Código Civil, en concordancia con el art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, demandan la Declaratoria de Unión de Hecho que mantuvo con quien en vida fue el señor Umberto Leopoldo Cango Maza (+), desde el 24 de diciembre del año 1996 hasta el 05 de enero del año 2022, tiempo en el cual procrearon tres hijos en común, que responden a los nombres de Fausto Hernán, Robinsón Rodrigo y Alexa Valentina Cango Vargas. Además, los accionantes indican que ante la posibilidad de que existan otras personas que puedan tener interés en la presunta causa, pero cuya individualidad desconocen, solicitan que se cite por la prensa a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida se llamó Umberto Leopoldo Cango Maza (+). AUTO DE CALIFICACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos de ley, establecidos en el art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite, mediante el Procedimiento Ordinario determinado en el art. 289 del invocado cuerpo legal, en concordancia con los arts. 222 y 223 del Código Civil. En virtud de la naturaleza de la acción planteada y, de conformidad con lo que establece el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue UMBERTO LEOPOLDO CANGO MAZA (+), mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en fechas distintas, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta provincia, debiendo para el efecto, el señor secretario elaborar el correspondiente extracto judicial. A los demandados se les previene que tienen el término de treinta (30) días para contestar a la demanda propuesta en su contra y, deducir las excepciones de las que se crean asistidos, debiendo acompañar la prueba que dispongan y anunciando la que ha de actuarse en la respectiva audiencia, conforme prescriben los arts. 151, 152 y 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos. Cabe destacar, que una vez transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar a la demanda. Además, se les advierte sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad Francisco de Orellana y/o dirección electrónica para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía. (…) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f).- Dra. Vicenta Caumandá Cuaical Galárraga, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 22 de agosto de 2022. Ab. Cristian Mallitasig Moyano SECRETARIO (E) UJFMNAO 3/3 Q-3773 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL PROCESO: 15301-2021-00515 A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS EXTINTOS VENTURA DOMINGO HUATATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSÉ AGUINDA GREFA, JUAN BARTOLO MAMALLACTA TAPUY. 11 de octubre SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor QUINTILIANO SEGUNDO BALLADARES SUNTASIG, ha presentado un juicio ORDINARIO POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, al cual se le asignó el No. 15301-2021-00515, cuyo extracto es como sigue: EXTRACTO DEMANDA: El señor QUINTILIANO SEGUNDO BALLADARES SUNTASIG (0500588462) demanda prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un lote de terreno, y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señores y dueños, desde el 01 DE MARZO DEL 2004, sobre un lote de terreno rural No.S/N, manzana S/N, clave catastral s/n, de 605,15m2 de cabida, desmembrado de uno de mayor cabida, ubicado en sector denominado SAN FRANCISCO DE GUAYAQUIL-CHIUTA, parroquia SAN JUAN DE MUYUNA, cantón TENA, provincia de NAPO.CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: Tena, viernes 27 de agosto del 2021, las 15h11; VISTOS: Dra. MERCEDES AIDE JUMBO, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, radicada la competencia mediante sorteo. En lo principal (…) La parte actora QUINTILIANO SEGUNDO

Judiciales BALLADARES SUNTASIG (0500588462) demandan prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un lote de terreno, la demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señores y dueños, desde el 01 DE MARZO DEL 2004, sobre un lote de terreno rural No.S/N, manzana S/N, clave catastral s/n, de 605,15m2 de cabida, desmembrado de uno de mayor cabida, ubicado en sector denominado SAN FRANCISCO DE GUAYAQUIL-CHIUTA, parroquia SAN JUAN DE MUYUNA, cantón TENA, provincia de NAPO.- TERCERO: DISPONGO: 3.1) Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ordinario (…) 3.7 CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de los extintos VENTURA DOMINGO HUATATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, (DOMINGO AGUINDA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, JUAN BARTOLO MAMALLACTA TAPUY, de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en UN PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACION mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que la actuaria conferirá los respectivos extractos; CUARTO: CONTESTE LA DEMANDA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, a los demandados se concede el término de TREINTA DÍAS, PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo (…) f) Dra. Mercedes Jumbo Jumbo, jueza de la Unidad Judicial Civil.- LO CERTIFICO.- Tena, 12 de octubre del 2022. Ab. Jonny Benavides Guayta SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL TENA. 1/3 Q-3784 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JESUS MECÍAS PILCO PAREDES ACTORA: VALENCIA AJILA AIDÉ MARLENE JUICIO: AUTORIZACIÓN PARA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA N° 21331-2022-00352 TRÁMITE: VOLUNTARIO FECHA DE INICIO: 05/07/2022 CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE: DRA. JESSENIA VIVIANA GARCÍA PEÑA SECRETARIA: ABG. MAGALY GIL ROSADO OBJETO: SE ORDENE LA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA DE PARTICIÓN EXTRAJUDICIAL DE BIENES HEREDITARIOS, QUE SE HA PUESTO A CONSIDERACIÓN, A LUGAR DE LA RAZÓN DE NEGATIVA QUE CONSTA BAJO EL NÚMERO TRES SEIS CERO TRES (3603), REPERTORIO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS (2566) DE LOS LIBROS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. FUNDAMENTOS DE DERECHO: ART. 11 DE LA LEY DE REGISTRO Y EN EL PRINCIPIO DE DOBLE CONFORME, ESTABLECIDO EN EL ART. 76 NUMERAL 7 LITERAL M) DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR, EN CONCORDANCIA CON EL ART. 8, NUMERAL 2, LITERAL H) DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- Lago Agrio, miércoles 21 de septiembre del 2022, las 12h19, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que ha sido presentado por el accionante.- En lo principal y al haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto de sustanciación inmediatamente anterior, se considera: PRIMERO.CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la solicitud presentada, y aclaración de la misma, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, por la señora: VALENCIA AJILA AIDE MARLENE con CC: 1600395444 en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de clara, precisa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, y especiales del artículo 335 ibídem; situación por la cual se la ADMITE a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la solicitud y el presente auto, al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Lago Agrio, Doctor Byron Danilo Saritama Torres, en el lugar que se indica en la demanda; así como al doctor Juan Carlos Pastor Guevara, Notario Primero del cantón Lago Agrio, señores PILCO VALENCIA BAGNER JESUS con CC: 2101069504, PILCO VALENCIA DIEGO GEOVANNY con CC: 2101069496, la adolescente P.Z.A.P. con CC: 2150016521 representada por su madre la señora ZAMORA PALACIOS MARIANA ALEXANDRA con CC: 2100087713. en su domicilio señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos necesarios para ejercer su defensa,

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enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo" , se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. CITACIÓN PRESUNTOS HEREDEROS.- Al ser la citación de los demandados una solemnidad sustancial, ante el criterio dado por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, respecto a la consulta remitida por el Presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, mediante oficios No. 167-2018-P-CPJP y 200-P-CPJP-2018, respecto a la citación de herederos (Art. 58 COGEP), que en su conclusión señala: “La citación por la prensa a herederos presuntos o desconocidos cuya residencia sea imposible determinar, se efectuará mediante publicaciones en tres fechas distintas conforme lo ordena el Art. 56 del COGEP, sin el cumplimiento de ningún requisito, por tres veces que trata la citación…” (el énfasis me corresponde) , criterio que acoge esta juzgadora, se dispone: Atenta a lo determinado en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el inciso segundo del numeral 2 del Art. 56 ibídem; la parte actora, comparezca a esta judicatura (Av. 20 de Junio y Carchi) el día 27 de septiembre de 2022 a las 10h00 y con juramento DECLARE QUE LE ES IMPOSIBLE DETERMINAR LA EXISTENCIA DE HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JESUS MECIAS PILCO PAREDES ASÍ COMO ES IMPOSIBLE DETERMINAR SU RESIDENCIA; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley.- Actúe la Abg. Fany Esperanza Jumbo Gomez en calidad de Secretaria de la Unidad.- TERCERO.- OPOSICIÓN.Los accionados podrán oponerse hasta antes de que se convoque a la audiencia respectiva en la forma determinada en el artículo 336 ibídem. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, por el solicitante, mismos que se estarán a lo previsto en los artículos 160, 161, y tercer inciso del artículo 335 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia.- QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora. Tómese en cuenta los casilleros judiciales electrónicos, así como correos electrónicos señalados para sus notificaciones, así como la autorización conferida sus defensores. Actúe la Ab. Alexandra Cuenca en calidad de Secretaria encargada del despacho.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- Lago Agrio, martes 25 de octubre del 2022, las 15h27. Incorpórese a los autos el escrito presentado por la parte actora; y, por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 21 de septiembre de 2022, las 12h19, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio a los Herederos Presuntos y Desconocidos del causante JESÚS MECÍAS PILCO PAREDES, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, se indica a las partes procesales que la FIRMA ELECTRÓNICA contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Actúe la Dra. Magaly Gil en calidad de Secretaria subrogante de la Unidad Judicial.- Notifíquese. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Nueva Loja, 18 de marzo del 2021.- Certifico. ABG. MAGALY GIL ROSADO SECRETARIA magaly.gil@funcionjudicial.gob.ec 1/3 S-5359


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Comunidad

Circulación del 6 al 12 de noviembre de 2022

Afros con tradición especial para recordar a los fieles difuntos Recuerdan a los difuntos con base a tradiciones y creencia religiosa. Una persona demuestra indicios de que va o no a morir. Redacción SUCUMBÍOS

Lago Agrio: El pueblo Afro de Sucumbíos, agrupados en la (FOAES) tiene su tradición especial para recordar a sus seres que se adelantaron en el «viaje eterno». Fernando Klinger uno de los dirigentes del grupo, detalla que, a partir del 31 de octubre, el pueblo Afro instala en cada vivienda un pequeño altar, donde ubican alguna imagen religiosa, del santo que son devotos. En dicho altar, colocan velas que son encendidas el 2 de noviembre, con la intención de recordar al familiar que se ausentó para siempre. “Las velas encendidas hace que el camino de las almas se ilumine y estas puedan viajar a la eternidad”, comenta Klinger.

A diferencia del resto de ecuatorianos, que esperan el 2 de noviembre para visitar a sus familiares en los cementerios. El pueblo Afro realiza esta ceremonia de manera constante, sin fecha determinada. Hasta unos » En finados los Afros arman un altar, colocan velas para recordar al familiar que años atrás, el pueblo Afro también se ausentó para siempre. incluyó en sus ceremonias la elahay esperanzas de sobreponerse». Según ellos, tendrían un angelito boración de la colada morada. Cuando en los domicilios hay en el cielo, por lo que le pasean, presencia de mariposas negras, lo sientan, lo levantan para que su Costumbres El dirigente detalla que en el estarían anunciando que alguien viaje al más allá sea alegre. Cuando fallecen los adultos, su pueblo Afro, cuando existe una va a fallecer. Sería el momento en persona muy delicada de salud, que inmediatamente se acercan a cuerpo lo visten con la ropa trao está en agonía, presentan sín- la familia de la persona en agonía, dicional y le cantan la marimba. tomas, «Cuando la persona está conversan y buscan disculparse Para ellos, la persona al fallecer acostada y con la mirada hacia por lo que haya sucedido, para no se ha ido, su cuerpo estará en el seno de lo que fue su hogar por la pared, es indicio de que está a que esta descanse en paz. Cuando fallece un niño, sus fa- nueve días. En ese lapso, es la punto de morir. Pero si la persona se mantiene acostada y tiene la miliares y amigos lo arreglan de promesa de llevarlo a su morada mirada hacia los que están en la lo mejor, incluyen música de ma- final. Prácticamente, le rezan por habitación, es señal de que aún rimba y arrullos para despedirlo. nueve días.

Moto taxi, nueva forma de movilidad para el sector rural Modalidad de transporte en tres ruedas para zonas rurales contaría con el apoyo de las Juntas Parroquiales.

» Cristian Cagua, espera la autorización de las autoridades municipales para ofrecer servicio de transporte hacia las comunidades.

Redacción ORELLANA

El Coca: Con esta nueva forma de movilidad, se busca dinamizar la economía en el sector rural. Además, se proyecta implementar plazas de trabajo en el campo de turismo comunitario en las parroquias y comunidades. Cristian Cagua, joven ponente

del proyecto, señala contar con el respaldo de los dirigentes de las Juntas Parroquiales. La propuesta consiste en la modalidad de transporte en tres ruedas con la intención de servir a la población rural. Para ello afirma Cagua, haber presentado las solicitudes correspondientes a la entidad municipal

para su respectivo análisis de esta y que con este proyecto se dará modalidad y el permiso de trabajo oportunidad a varias familias. correspondiente. Palpando el alto índice de desempleo en Orellana hace que surja Transporte en moto taxi este proyecto, el cual se pone en puede ser aliado del taxismo debate a la ciudadanía. Ante los comentarios de que podría afectar a otro tipo de transporte como el taxismo del cantón, Cagua puntualizó que en nada les afecta. El joven emprendedor considera que serán los aliados en este sector del transporte. “Seremos quienes sacamos a los usuarios de la zona rural y es donde habrá más economía en la zona urbana”, precisó. También mencionó acerca de PUBLICITA EN NUESTRAS la presentación de una unidad en EMPRESAS DE MANERA territorio rural, para que la gente FÍSICA Y DIGITAL EN REDES SOCIALES conozca más de cerca este servicio. Espera que las autoridades municipales le conceda el perPromociona tu institución, miso para prestar el servicio. tu emprendimiento. Cagua, que además es ComuTransmisiones en vivo nicador Social y Emprendedor Publirreportajes de esta modalidad en transporte, Publica: convocatorias, extractos judiciales, recalca que la falta de trabajo es pérdida de documentos. parte de la inseguridad en el país


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