Edición 1251

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CNE, PUBLICA CONVOCATORIA PARA ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2023

Yofre Poma se reúne con trabajadores de la institución, al inicio de su gestión

El prefecto de Sucumbíos invitó a hombres y mujeres que laboran en el Gobierno Provincial de Sucumbíos a unir esfuerzos por el desarrollo de la provincia.

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Cruz Roja cumple 25 años en Sucumbíos

Después de la destitución de la Asamblea Nacional, por parte del presidente Guillermo Lasso, los ecuatorianos debemos elegir nuevas autoridades, que estarán hasta mayo del 2025.

El trabajo en favor de la comunidad, ha sido un factor importante de esta noble institución.

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» Foto: CNE

MUERTE CRUZADA ¿Soluciona o complica situación del país?

Este miércoles 17 de mayo del 2023, quedará grabada en la memoria de los ecuatorianos como una fecha especial, en horas de la mañana el Presidente Constitucional del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, mediante rueda de prensa informa la firma del Decreto Ejecutivo 741 con el cual se determinaba la disolución de la Asamblea Nacional, y con ello el fin de su gestión al frente del ejecutivo.

La Muerte Cruzada recordemos apareció en el país con la promulgación de la Constitución de 2008, en ejercicio el expresidente Rafael Correa Delgado. El Artículo 148 de la carta magna otorga la facultad al Presidente o Presidenta de la República de disolver la Asamblea Nacional, cuando a su juicio la Asamblea se haya arrogado funciones que no le competen constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis polí-

Opinión

tica y conmoción interna.

Recordemos que al presidente Guillermo Lasso, le fue instaurado un juicio político en su contra que empezó el 16 de mayo del presente año con la aprobación de 92 asambleístas de un total de 137, por un supuesto peculado relacionado con un contrato en la compañía Flota Ecuatoriana (Flopec). Para los interpelantes existen las pruebas suficientes para llevar a juicio político al presidente; mientras que para la defensa no existente causales.

¿Ahora, la gran incógnita, la muerte cruzada soluciona los problemas del país o los agrava? El tiempo será el mejor termómetro para medir la real dimensión de la medida optada. En primera instancia muchos esperaban que el país sufra nuevamente manifestaciones a nivel nacional, matizado por las amargas experiencias de hechos anteriores que dejó como resultado graves pérdidas materiales y de vidas humanas. Sin embargo, para sorpresa de muchos el país continúa con sus actividades cotidianas

de la manera regular.

Las bancada de UNES, PSC y otras interpelantes optaron manifestar su insatisfacción por el decreto acudiendo a la Corte Constitucional, demandando sea este organismo mediante resolución declare la inconstitucionalidad de la medida presidencial. Por otro lado, el ciudadano común y corriente hace notorio su satisfacción por el decreto con frases como: “ya era hora que se vayan a la casa asambleístas incompetentes”.

La tarea del ejecutivo no es sencilla, ya que tendrá que cogobernar con la Corte Constitucional, organismo que tendrá la tarea de viabilizar los proyectos que el ejecutivo envié para su análisis, vale recordar que estos serán únicamente de carácter económico. Mientras tanto el país se debate en el marco de inseguridad agravante, falta de empleo, desabastecimiento de medicinas en los hospitales, una red vial destruida, aspectos que hacen mucho compleja la situación del país.

Todos a arrimar el hombro por quienes más necesitan

Desde la municipalidad de Lago Agrio y en particular desde la concejala Nancy Ajila, el trabajo por los más necesitados está entre una de sus principales propuestas. La idea de implementar políticas públicas para poder iniciar procesos de recuperación y ante la realidad que en Lago Agrio se observa. No hay un centro de rehabilitación gratuito, por ejemplo, para personas que están en dependencia de drogas y alcohol. De alguna manera hay un trabajo en este tema en Sucumbíos Solidario, instancia del Gobierno Provincial, pero falta hacer un trabajo conjunto.

A este tipo de situaciones se suman temas de presencia de más personas en situación de indigencia, que en las calles de la ciudad se observan a diario y sobre todo de personas jóvenes, es decir la falta de oportunidades o instancias que velen por este grupo está a la vista

Al ser un cantón fronterizo, la vulnerabilidad es un aspecto que se liga con la presencia de personas que vienen de otros países o países vecinos. En este aspecto el Fepp, tiene un programa de alimentación diaria a bajo costo (0,25 centavos) para algunas decenas de personas que por su situación de falta de trabajo, de estar en una tierra que no es la de ellos, que por circunstancias diversas les han obligado prácticamente migrar a otros países y uno de ellos es el nuestro. En este caso, gracias a la participación y aportes de fundaciones y organizaciones de ayuda, en el Fepp, con el comedor comunitario, diariamente mujeres y niños en su mayoría llegan a servirse su almuerzo después de una extensa fila a la que deber hacer. En todo caso, la felicidad y tranquilidad pasajera de niños y niñas, es evidente. Son alrededor de 200 personas que se benefician de este comedor.

Para ir solucionando es importante realizar un trabajo articulado

con las instituciones de Estado, con organizaciones internacionales y personas que quieran unirse a una minga para solucionar estos problemas que aquejan a Lago Agrio. En este caso, el municipio de Lago Agrio y su concejo en pleno, sería el llamado a analizar este tipo de situaciones que se dan en el cantón, básicamente a esta ciudad: Nueva Loja. Para ayudar con este tipo de proyectos y ver en qué medida es sostenible un proyecto de esta naturaleza.

Lo importante es que se vayan disminuyendo las cifras alarmantes de pobreza, de desnutrición que existe en niños y niñas en Lago Agrio.

Desde esta perspectiva, la concejala Nancy Ajila, quien siempre ha estado inmersa, desde los cargos que ha ocupado, en trabajar por dar atención a este tipo de grupos vulnerables. Así, si desde la municipalidad se aporte, además, en ir mejorando la vida de quienes más necesitan. En buena hora!

Fundadores 1997

Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

Director - Editor: Roberto Ratti

Presidente: Leonardo Sánchez

Vicepresidente: Enrique Quintero

Gerente: Gladys Granda

Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo

SUCUMBÍOS

Responsable: Luz Guamán

Corresponsal: Carlos Navarrete Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680

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PASTAZA

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Responsable: Michell Alvarado Seis de Diciembre y Guayaquil

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0997103969 • 098 622 2039

NAPO

Contacto: 022906827

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QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.)

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Cristina Goyes C.

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

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2 Opinión
Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023
Editorial

Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023

Guillermo Lasso: “Prefiero gobernar seis meses en el purgatorio, que dos años en el infierno”

Dijo el presidente Guillermo Lasso, una vez que la Corte Constitucional, desechó las demandas de inconstitucionalidad presentadas de parte de los ex asambleístas, por la disolución de la Asamblea Nacional. Ahora el CNE debe convocar a los comicios en siete días y realizar el proceso electoral dentro de los 90 días posteriores.

Redacción SUCUMBÍOS

Los tribunales que conforman la Sala de Admisión de la Corte Constitucional (CC) decidieron, por unanimidad rechazar las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto Ejecutivo No. 741 de 17 de mayo del 2023 con el cual el presidente de la República, Guillermo Lasso, dispuso disolver la Asamblea Nacional en aplicación del artículo 148 de la Constitución.

“He decidido aplicar el Art. 148 de la Constitución de la República que me otorga la facultad de disolver la Asamblea Nacional por grave crisis política y conmoción interna”, fueron las palabras del Presidente Guillermo Lasso en mensaje a la nación el miércoles 17 de mayo del 2023. Esto, después del juicio político que iniciaron los asambleístas y que se vislumbraba una segura destitución del presidente Guillermo Lasso.

Lasso resaltó las siguientes acciones de sectores políticos y de la Asamblea Nacional que obstruyeron en su mandato en estos dos años de gobierno:

• En cuatro ocasiones intentaron deponer al Gobierno.

• En junio 2022 sectores vio-

lentos paralizaron el país, esto fue pretexto para que la Asamblea intentara la destitución del Presidente.

• Procuraron que el CNE entregara formularios para recoger firmas aduciendo no había cumplido el plan de Gobierno de cuatro años en 12 meses.

• Varios Ministerios han recibido más de tres mil pedidos de información y llamados a comparecer en más de 300 ocasiones.

• Varios Ministros han tenido en un solo día hasta cinco comparecencias.

• 14 juicio políticos para generar inestabilidad en el gabinete y en-

torpecer el trabajo del Gobierno.

Ante estos hechos y una vez que la Corte Constitucional, no dio paso a los pedidos de los asambleístas, lo que se avizora, con nuevas elecciones, para elegir de nuevo Presidente de la República y nuevos asambleístas.

Convocatoria a elecciones presidenciales y legislativas 2023 se realizará hasta el 24 de mayo

A través de una rueda de prensa efectuada el 17 de mayo, autoridades de la Función Electoral informaron que el Consejo Nacional Electoral (CNE) ya fue notificado sobre el Decreto 741, a través del cual el presidente de la República, Guillermo Lasso, disolvió la Asamblea Nacional. Por consiguiente, -por mandato constitucional- le corresponde al órgano electoral organizar las Elecciones Presidenciales y Legislativas 2023.

La presidenta del CNE y de la Función Electoral, Diana Atamaint detalló que, en consecuencia, el órgano electoral en coordinación con el

Tribunal Contencioso Electoral (CNE) cumplirán con la organización de un calendario electoral enmarcado dentro de los plazos que la Constitución y la ley establecen, es decir, convocar a los comicios en siete días y realizar el proceso electoral dentro de los 90 días posteriores.

“Consecuentemente, a partir del día de mañana empieza a correr el plazo de 7 días para realizar la convocatoria. Es decir, la fecha límite para convocar es el 24 de mayo de 2023”, precisó Atamaint. Asimismo, señaló que las áreas técnicas del CNE se encuentran levantando el Plan Operativo, matriz de riesgos y contingencias, directrices y presupuesto de las Elecciones Presidenciales y Legislativas 2023.

Además, la titular del CNE reiteró que la institución ratifica al pueblo ecuatoriano su compromiso de llevar adelante un proceso electoral eficiente y transparente. “Hago un llamado a los actores políticos e institucionales para llevar este proceso electoral inédito con la madurez y responsabilidad que nos caracteriza pues las difíciles condiciones del país lo exigen”, puntualizó.

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Actualidad
» Foto: Diario La Hora » El CNE entra ya en proceso de convocatoria para elecciones presidenciales y legislativas. Foto: CNE

Brigada Médica de Metrofraternidad beneficia a más de 700 personas en Morona Santiago

En dos días, 80 voluntarios de la Fundación Metrofraternidad atendieron gratuitamente a más de 700 personas; entre ellas se realizaron 60 cirugías y más de 100 exámenes y procedimientos médicos. La Brigada Médica, de tipo clínica y quirúrgica, fue organizada por Metrofraternidad, en alianza con el Hospital Metropolitano y la Prefectura de Morona Santiago.

equipo terapistas de autismo y la posibilidad de realizar electroencefalogramas”, comentó Juan Martín Muller, Administrador General de la Fundación Metrofraternidad.

Charlas a la comunidad, con docentes y padres con hijos en edad escolar, con el objetivo de ayudar a reducir el impacto de la Desnutrición Crónica Infantil en la región.

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LIGA DEPORTIVA BARRIAL SAN SEBASTIÁN DEL COCA

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-082020. CONVOCO a los señores Miembros del Directorio de Liga Deportiva Barrial San Sebastián del Coca e integrantes de los clubes pertenecientes a esta Liga, a la Asamblea General Extraordinaria, que se llevará a cabo el día 07 de junio del 2023, a las 19h00 en la sede de la Liga, Parroquia San Sebastián del Coca, cantón Joya de los Sachas, provincia de Orellana, donde se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.

2. Reestructuración del Directorio de Liga Deportiva Barrial San Sebastián del Coca, para el período 2021-2025 y elección del tercer vocal suplente.

3. Toma de juramento, posesión y aceptación de los directivos.

4. Clausura.

San Sebastián del Coca a, 19 de mayo de 2023.

Atentamente,

Redacción RONNY VELOZ

Por segundo año consecutivo, Metrofraternidad regresa a Macas (Morona Santiago) con su icónico programa de Brigadas Médicas. En la jornada, realizada durante dos días, se ofreció atención gratuita en 15 especialidades médicas, de las cuales 4 fueron quirúrgicas: Cirugía Pediátrica, Cirugía Plástica Reconstructiva, Cirugía Vascular y Oftalmología (Pterigion). A su vez, se realizaron procedimientos especiales como endoscopías, ecografías, y electroencefalogramas. La actividad fue organizada por la Fundación Metrofraternidad en alianza con el Hospital Metropolitano y el apoyo de la Prefectura de Morona Santiago.

La consulta externa se atendió en el Palacio del Niño del CEFAS – Patronato de la Prefectura de Morona Santiago –, mientras que los procedimientos y cirugías se realizaron en el Hospital General de Macas. Viajaron desde Quito más de 80 voluntarios, entre médicos especialistas, cirujanos, anestesiólogos, personal de enfermería, instrumentistas e ingenieros biomédicos. Se contó con el apoyo de estudiantes de

medicina, representantes del Colegio Americano de Quito y de la aseguradora Humana.

Durante los dos días de brigada (14 y 15 de abril) se realizaron más de 700 atenciones en consulta externa, 60 cirugías y más de 100 procedimientos (ecografías, endoscopías, electroencefalogramas).

Nueva visita a Macas reforzando especialidades médicas de mayor necesidad en Macas

Luego de la Brigada en septiembre de 2022, Metrofraternidad detectó las especialidades médicas de mayor necesidad y demanda en Morona Santiago. Es por ello que, para esta jornada, la organización reforzó los equipos e insumos en las áreas de Cirugía Plástica, Neuropediatría y sumó médicos especialistas en nutrición para ayudar a reducir el impacto de la Desnutrición Crónica Infantil en la provincia.

“Lo especial de esta Brigada es que tomamos el aprendizaje de nuestra experiencia de septiembre de 2022 y fortalecimos ciertas especialidades médicas. Este es el caso de neuropediatría, donde además de traer a un Neurólogo Pediatra, también sumamos al

“En Metrofraternidad queremos ser parte de la solución a las grandes necesidades que tiene nuestro país, por eso decidimos incluir nutrición como especialidad en nuestras brigadas médicas. A esto se suman las cirugías de alta complejidad que realizamos en la Fundaca resolver patologías que, de no ser operadas, pueden generar una desnutrición. Así es como aportamos a reducir el impacto de esta condición en nuestro país” añadió Muller.

Tecnología médica a disposición de quienes más lo necesitan

Para asegurar una atención de alta calidad y especialidad, Metrofraternidad movilizó – desde Quito hacia Macas- equipos e insumos médicos del propio Hospital Metropolitano, que permitieron incrementar la capacidad operativa del Hospital General de Macas. Entre ellos estuvieron máquinas de anestesia, mesas quirúrgicas, lámparas portátiles, torres de endoscopía, ecógrafos e inclusive un electroencefalograma. El traslado seguro y a tiempo de estos equipos fue gracias al apoyo del Grupo Entregas, quienes se unen como aliados bajo su concepto de movilidad con propósito.

Sr. Darío Cando Presidente, Subrogante de Liga Deportiva Barrial San Sebastián del Coca Q-4003

SERVICIOS PETROLEROS NARVALPET S.A.

CONVOCATORIA

Francisco de Orellana, 17 mayo del 2023.

De acuerdo a lo estipulado en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social, se convoca a los trabajadores de NARVALPET S.A que elaboraron en el año 2022 se acerquen a las oficinas de la empresa que se encuentra ubicada en las calles, 9 de octubre y Simón Bolívar diagonal a la farmacia económica a cobrar las respectivas utilidades que se generaron en el año 2022, del día 23 de mayo hasta el día 31 de mayo del 2023.

Atentamente,

C-4498

FELIPE NARVÁEZ

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La gastronomía ecuatoriana brilló en Mónaco en un evento que tuvo al príncipe Alberto II como invitado de honor

Ecuador se encuentra entre los 17 países más megadiversos de la Tierra y también es conocido como el destino con mayor biodiversidad por kilómetro cuadrado. Es líder en turismo sostenible, de aventura y comunitario, y ofrece cuatro espectaculares regiones naturales (Costa, Andes, Galápagos y Amazonia). Ecuador tiene una ubicación estratégica atravesada por la línea equinoccial que divide los hemisferios norte y sur y alberga el 10% de las especies vegetales del mundo.

Sheramin Beauseigneur, presidenta de AMI, comentó: “Ecuador es un país que nos llama la atención por su diversidad cultural y culinaria. Estamos seguros de que el Príncipe y sus asistentes han quedado maravillados”.

En el evento colaboraron marcas internacionales como Lamborghini Club Mónaco y, abriendo la puerta a la exportación de productos al mercado europeo, han estado presentes marcas nacionales como los accesorios artesanales amazónicos Warintza, el licor de Mishque con denominación de origen ecuatoriano llamado CASA AGAVE, Origen Ecuador, Laboratorio Gastronómico ICHE; Olga Fisch Folklore, AWKA, Jet Fresh Flowers, Gin Crespo, República del Cacao, entre otros.

SOBRE ECUADOR:

Redacción

Said López Paredes AMI – ECUADOR

Los sabores, aromas y texturas de la gastronomía ecuatoriana fueron protagonistas en la gala benéfica organizada por la Asociación Monegasca Iberoamericana (AMI) y la Embajada del Ecuador en Francia, que contó con la participación del príncipe Alberto II de Mónaco como invitado de honor.

La velada gastronómica, denominada “El País de los Cuatro Mundos en el Principado”, tuvo lugar en el Yacht Club de Mónaco y estuvo dirigida por los profesionales de la gastronomía ecuatoriana Dave Narváez, Valentina Álvarez y Alejandra Maldonado.

Entre los manjares que conquistaron a los asistentes estuvieron el exquisito ceviche de jipijapa, preparado con lubina, leche de tigre de maní, maní tostado, aguacate y cebolla morada; seguido de sango de choclo, una crema de maíz tierno con camarones; y bolón de plátano verde y maduro

relleno de guiso de res con demi glace. El cacao, cuyo origen reside en el Ecuador, ocupó un lugar muy especial en el postre que fue preparado con chocolate en diferentes texturas.

Los valores de la cocina ecuatoriana casaron a la perfección con los gustos y preferencias del Príncipe, muy comprometido con la sostenibilidad y protección del medio ambiente en la gastronomía.

Durante el evento, también hubo espacio para exponer el talento ecuatoriano, a través de la intervención artística de Leo Rojas, cantante otavaleño ganador del reality alemán “Das supertalent 2011”.

Durante la gala, el Embajador del Ecuador en Francia, Excmo. Sr. Óscar Orrantia Vernaza, manifestó que “El Ecuador de los Cuatro Mundos viene a Mónaco como lugar estratégico para hacer una demostración de los sabores y texturas que tiene nuestro país a través de reconocidos chefs, pero a su vez también aprovechamos

esta ocasión para presentar una parte de nuestra artesanía a través de vestidos, decoración de mesa o trabajos en paja toquilla, y mostrarlo así como destino turístico. Hacer este evento en Mónaco, con el príncipe Alberto de Mónaco como invitado de honor, es muy importante para nosotros, al ser el Principado un centro estratégico a nivel financiero y comercial en el que convergen muchos países y compañías”

Ecuador se encuentra entre los 17 países más megadiversos de la Tierra y también es conocido como el destino con mayor biodiversidad por kilómetro cuadrado. Es líder en turismo sostenible, de aventura y comunitario, y ofrece cuatro espectaculares regiones naturales (Costa, Andes, Galápagos y Amazonia) con un clima único, una vida salvaje prístina, recursos naturales intactos y una cultura diversa. Ecuador tiene una ubicación estratégica atravesada por la línea equinoccial que divide los hemisferios norte y sur y alberga el 10% de las especies vegetales del mundo.

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» Sheramin Beauseigneur, presidenta de AMI, comentó: “Ecuador es un país que nos llama la atención por su diversidad cultural”. » La velada gastronómica, denominada “El País de los Cuatro Mundos en el Principado”, tuvo lugar en el Yacht Club de Mónaco.

Prefecto de Sucumbíos Yofre Poma se reunió con representantes de Petroecuador

El prefecto Yofre Poma, se reunió, el miércoles 17 de mayo, con representantes de EP PETROECUA DOR, para viabilizar la firma de un convenio sobre los estudios de asfaltado de 8 km de la vía que condu ce a la comunidad Río Doch, además la donación de tubería operativa para la ejecución de obras en bene ficio de la provincia.

En el marco de una coordinación interinstitucional con la estatal petrolera, se trabaja en varios proyectos relacionados con infraestructura vial y agroproduc ción, con el objetivo de gestionar de manera conjunta entre la sociedad civil y autoridades locales obras que beneficien a la provincia.

En los próximos días se desarrollarán nuevas re uniones para organizar una hoja de ruta y establecer acuerdos que permitan el desarrollo de Sucumbíos. Generamos alianzas estratégicas con responsabilidad social, porque esa es nuestra misión y objetivos, con la finalidad de que nuestra provincia se enrumbe por su desarrollo, señaló el prefecto de Sucumbíos, Yofre Poma.

Coca Codo Sinclair, bajo el cuidado de las Fuerzas Armadas

Por la situación actual política que vive el país, la Brigada de Selva 19 “Napo”, con el apoyo de las aeronaves de la Aviación del Ejército, el día miércoles 17 de mayo, desplegaron sus elementos hasta la Central Hidroeléctrica COCA CODO SINCLAIR, con el fin de dar seguridad a las áreas estratégicas del Estado, garantizando que estas infraestructuras sigan funcionando ante cualquier eventualidad que se produzca, por influencia de grupos antagónicos o grupos al margen de la ley.

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» Yofre Poma, en reunión con representantes de EP.Petroecuador.

Textos Bíblicos Q-3999

Salmos 30: 5

Porque solo un instante dura su enojo, pero toda una vida su bondad. Si por la noche hay llanto, por la mañana habrá gritos de alegría.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

A: herederos conocidos y desconocidos del señor González Granda Jorge Vicente

ACTOR: LAVANDA FRANCO GINNA ELIZABETH.

DEMANDADOS: HEREDIA VACA FANNY CECILIA, JORGE XAVIER, GONZALEZ HEREDIA

MARCO DANIEL Y GONZALEZ HEREDIA PEDRO RICARDO

JUICIO: Nro. 21331-2023-00108

TRÁMITE: ORDINARIO- PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

FECHA DE INICIO: 28/02/2023

CUANTÍA: 46.425 USD

JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO

SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA

OBJETO: 4.1 Con la calificación de la demanda, se mande inscribirla en el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, acorde al Art. 146 inciso 7 del Código Orgánico General de Procesos.

4.2.- Solicito que en sentencia se declare que se ha producido a favor de la compareciente la

PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble que es parte de un lote mayor, signado con el predio 01, Manzana 11, lotización los laureles, sus linderos y dimensiones son: NORTE: con la Calle Tupac Yupanqui en 29 metros: SUR: Predio 02 con 29 metros ESTE: Calles Sangolqui con 14.50 metros; OESTE: Con el Predio 12 en 14.50 metros. Con una cabida total de cuatrocientos seis metros cuadrados de superficie. (406 M2).

4.3.- Se disponga le Inscripción de la Sentencia de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, en el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, para que haga las veces de escritura pública, conforme lo establece.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago agrio, lunes 13 de marzo del 2023, a las 15h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Lago Agrio, y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- Revisado el contenido de la demanda y a efectos de direccionar de forma adecuada la presente causa, al ser el juez el contralor de los actos de proposición, precautelando el principio del acceso a la justicia efectiva, previo a admitir a trámite la misma, la parte accionante, en el TÉRMINO DE CINCO DÍAS, bajo las prevenciones legales del inciso segundo del Art. 146 reformado mediante Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de procesos, publicada en el Suplemento del R.O. No. 517 de 26 de junio de 2019, aclare y complete la demanda presentada conforme lo dispuesto en los numerales 4, 5, 9 y 13 del Art. 142 ibídem, esto es: a.- Señale los nombres de los demandados observando la posesión efectiva inscrita y referida en el certificado de gravamen adjunto; y determine la designación del lugar en que deben ser citados, tomando en cuenta lo determinado en el Art. 55 del Código Orgánico General de Procesos, es decir deberá especificar si la citación se realizará en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios, en concordancia con la Resolución No. 61-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura; debiendo indicar el nombre de la calle principal, calle secundaria, nomenclatura actualizada, sector, parroquia, cantón, provincia, y de ser posible croquis y datos adicionales de referencia, de tal manera que facilite el trabajo del personal de citaciones, para lograr una gestión de citación eficaz y efectiva de la diligencia; de igual manera a fin de conformar el litis consorcio necesario pasivo tomará en cuenta lo determinado en el Art. 58 del COGEP (Citación a las y los herederos); b.- Narre los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y numerados acorde a

la documentación adjunta, tomando en cuenta la singularización del predio (existencia de un lote de mayor extensión); c.- Determine con claridad la pretensión que exige, tomando en cuenta el certificado del Registro de la Propiedad del bien en litigio que se dice está en posesión toda vez que de la revisión del mismo se observa que es un lote de mayor extensión, las reglas señaladas en el Código Civil, y la jurisprudencia ecuatoriana respecto a la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio; y d) Presente los demás requisitos que se determinen para cada caso, en especial lo determinado en el Art. 221, 224, 225 del COGEP en concordancia con el Art. 228 y 229 ibídem; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas.- Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria del despacho.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE. f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago agrio, lunes 27 de marzo del 2023, a las 15h09. VISTOS: Por cumplido lo dispuesto en autos que anteceden.PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- En lo principal, la demanda y escrito de complemento, presentada por la señora LAVANDA FRANCO GINNA ELIZABETH, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP).

SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a los demandados: HEREDIA VACA FANNY CECILIA, en calidad de cónyuge sobreviviente; GONZALEZ HEREDIA

FANNY FLORESMILA, GONZALEZ HEREDIA

JORGE XAVIER, GONZALEZ HEREDIA MARCO

DANIEL Y GONZALEZ HEREDIA PEDRO RICARDO, en calidad de herederos del señor González Granda Jorge Vicente, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de complemento, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos (sustituido por el Art. 72 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, R.O. Tercer Suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), 54, 55 ibídem (sustituido por el Art. 74 de la Ley Orgánica para la transformación digital y audiovisual, R.O. tercer suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023, que dice: “Citación por boletas y por boletas electrónicas.- Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas, se fijarán en la puerta del lugar de habitación, de este particular el citador dejará constancia fotográfica adjunta a las actas de citación.” y 78 del referido cuerpo legal; y, extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniendo a la parte demandada la obligación de señalar casilla electrónica judicial y correo electrónico. Para el efecto la parte actora prestará las facilidades del caso de manera oportuna a fin de que entregue al archivo de esta dependencia judicial las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al formulario de entrega de copias para citación, conforme a lo dispuesto en el Art. 4 de la Resolución N° 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, dentro del término de tres días, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que recae en ella. Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 20 de marzo del 2023, las 09h26, cítese con 199457029-DFE el contenido de la demanda, escrito de complemento y el presente auto, a los herederos conocidos y desconocidos del señor González Granda Jorge Vicente a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación del país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese los extractos co-

rrespondientes. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda, y este auto, CÍTESE a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO en el lugar señalado en la demanda, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial electrónica para sus notificaciones.

TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citadas, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157.

CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados, para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.

QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos.

SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.Téngase en cuenta el casillero judicial electrónico y correo electrónico señalados por la compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confieren a su Defensor Técnico.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial Civil.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE. f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 28 de abril del 2023.

Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 3/3 S-5422

del valor total de la oferta, en efectivo o en cheque certificado a la orden de BanEcuador B.P. Sucursal Provincial de Orellana, la CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES SE HARÁ CON QUINCE DÍAS de anticipación a la fecha del remate conforme lo dispone el Art. 457 de código de procedimiento civil. El remate se hará como cuerpo cierto conforme lo determina el Art. 1773 del código civil. Los gastos de transferencia de dominio de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que, por mandato de ley, deben ser cubiertos por el propietario del inmueble. Información a los teléfonos 0958860901, 0995888871 o 022946500 extensión 5690. Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley. - CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. –(f) Abogado Bryan Alexander Tapia Tapia. – Juez de Coactiva. Francisco de Orellana jueves, 4 de agosto de 2022.

Dra. Nuñez Moncada Gladys Jannet SECRETARIO DE COACTIVAS BANECUADOR B.P 3/3 Q-3985

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ ADOLESCENCIA DEL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL

Se pone en conocimiento de público en general, que dentro del Proceso de Declaratoria de Unión de Hecho No. 22201-2023-00221, se ha dispuesto lo siguiente:

ACTORA: Mavel Shirley Castro Vergara

DEMANDADOS: PRESUNTOS O DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SR. JONATHAN ALEXANDER ASANZA ARMIJOS (+)

PROCEDIMIENTO: Ordinario

CUANTÍA: Indeterminada

JUEZ: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama

AVISO DE REMATE JUZGADO DE COACTIVAS DE BANECUADOR B.P. SUCURSAL PROVINCIAL FRANCISCO DE ORELLANA. – Se pone en conocimiento del público, QUE PARA EL DÍA LUNES 19 DE JUNIO DEL 2023, desde las doce horas hasta las dieciséis horas, en las oficinas de BanEcuador sucursal Francisco de Orellana, ubicado en las calles Eloy Alfaro y 6 de diciembre, tenga lugar el REMATE de los bienes raíces embargados, dentro de la presente causa, mismos que se comprenden de la siguiente manera: 1) Lote de terreno rural UBICADO EN LA PARROQUIA NUEVO PARAÍSO, SECTOR PALMAR DEL RÍO, LOTE No. 32-A-2 con una SUPERFICIE TOTAL DE QUINCE HECTÁREAS CON OCHENTA Y CINCO ÁREAS, AVALÚO TOTAL DEL TERRENO Y CONSTRUCCIÓN, demás construcciones detalladas en el informe de avalúo que consta en el proceso (El bien inmueble se remata como cuerpo cierto), cuyo avalúo comercial asciende al valor de NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 81/100 (USD $92,244.81). 2) Lote de terreno rural UBICADO EN LA PARROQUIA NUEVO PARAÍSO, LOTE No. 90 cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, con una superficie total de CUARENTA Y OCHO HECTÁREAS CON SETENTA Y SEIS AÉREAS, (el bien inmueble se remata como cuerpo cierto), cuyo avalúo comercial asciende al valor de NOVENTA Y UN MIL SETENTA Y SIETE 83/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $91,077.83). Los bienes inmuebles antes singularizados podrán rematarse en conjunto o por separado de acuerdo a las especificaciones de los avalúos que constan en el proceso. - Publíquese el extracto de este señalamiento por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación, estos avisos se harán mediante el termino de ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate. Se fijarán los carteles en la forma determinada en el Art. 456 del código de Procedimiento Civil. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, se aceptarán posturas al contacto o a plazos QUE CUBRAN POR LO MENOS LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR INDICADO EN EL PRECIO DEL AVALÚO; prefiriendo aquellas que ofrezcan el pago de contado. Se deberá acompañar el 10 %

DEMANDA: La señora Mavel Shirley Castro Vergara fundamentada en los arts. 222 y 223 del Código Civil, en concordancia con el art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, demanda la Declaratoria de la Unión de Hecho que mantuvo con quien en vida se llamó Jonathan Alexander Asanza Armijos, desde el 30 de noviembre del 2018 hasta el 16 de abril del 2023, tiempo en el cual no han procreado hijos en común, pero han adquirido varios bienes. AUTO DE SUSTANCIACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos de ley, establecidos en el art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite, mediante el Procedimiento Ordinario determinado en el art 289 del invocado cuerpo legal, en concordancia con los arts. 222 y 223 del Código Civil. En virtud de la naturaleza de la planteada y, de conformidad con lo que establece el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue JONATHAN ALEXANDER ASANZA ARMIJOS (+), mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en fechas distintas, en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia de Orellana, debiendo para el efecto, la señora Secretaria elaborar el correspondiente extracto judicial. A la parte demandada se le previene que tiene el término de treinta (30) días para contestar a la demanda propuesta en su contra y, deducir las excepciones de las que se crea asistida, debiendo acompañar la prueba que disponga y anunciando la que ha de actuarse en la respectiva audiencia, conforme prescriben los arts. 151, 152 y 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos. Cabe destacar, que una vez transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar a la demanda. Además, se les advierte sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad Francisco de Orellana, para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía. (...) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f). Dra. Marcia Jiménez Saritama, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana.

Francisco de Orellana, 5 de mayo del 2023.

Dra. Helem García Jaramillo

SECRETARIA 2/3 Q-3995

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO DIAZ GREFA GILBERTO ISRAEL

8 Judiciales Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023

Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023

ACTOR: CAYAMBE LLANDA LUIS NICOLAS y DIAZ GREFA GLORIA

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO DIAZ GREFA GILBERTO ISRAEL

JUICIO: ORDINARIO

ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA

ADQUISITIVA DE DOMINIO No.- 15301-201700744

JUEZ: ABG. ERIKA PAOLA KUASQUER PEÑAFIEL

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO Tena, lunes 30 de mayo del 2022, las 14h16, VISTOS: CALIFICACIÓN DE LA REFORMA DE LA DEMANDA. En lo principal: La parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la providencia que antecede, se dispone: 1) La reforma a la demanda que antecede ha sido presentada dentro del término previsto en el artículo 148 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 del mismo cuerpo normativo, por lo que se califica y admite a trámite. 2) Revisado el certificado de Defunción, constante de fojas 97, se colige que el demandado señor DIAZ GREFA GILBERTO ISRAEL con cédula de ciudadanía número 1500022320, ha fallecido el 17 de Agosto de 2017; por tanto, con el fin de precautelar el derecho al debido proceso, en especial el derecho a la defensa, mismo que se encuentra garantizado en el artículo 76 numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador; y, aplicando el principio de celeridad consagrado en el Art. 20 del C.O.F.J.; CÍTESE con el contenido de la misma a los legítimos herederos de quien en vida se llamó GILBERTO ISRAEL DIAZ GREFA, esto es, a los herederos conocidos señores: GILBERT ANTONIO DIAZ HOLGUIN, PABLO DANIEL DIAZ HOLGUIN, RUPERTO DANILO DIAZ HOLGUIN, DARWIN DARIO DIAZ HOLGUIN, MISAEL RUPERTO DIAZ HOLGUIN, LUCRECIA ROMELIA DIAZ HOLGUIN, SONIA DEXI DIAZ HOLGUIN, MARIBEL ELVIRA DIAZ HOLGUIN, MERY NOEMI DIAZ HOLGUIN Y DIANA KARLA DIAZ HOLGUIN, en su domicilio que lo tienen ubicado en la Av. Carlos Shiguango y Luis Arias, frente a la Unidad Educativa Intillacta Paushiyacu, barrio Paushiyacu, de la ciudad de Tena, mediante la oficina de citaciones; a la señora LUCRECIA PILAR DIAZ GREFA, mediante DEPRECATORIO ELECTRÓNICO, dirigido a uno de los señores UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, para lo cual se DIGITARÁ la demanda, los anexos adjunto a la demanda; reforma a la demanda, y, se les prevendrá de su obligación de señalar casilla judicial para recibir notificaciones.- . 3) CÍTESE.Con la reforma a la demanda cítese a los personeros del GADM de Tena; al Director del MAGAP de Napo, en la dirección que tiene indicado en la demanda inicial; de conformidad a lo ordenado en el Art 72 del COGEP, depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de Quito DM Provincia de Pichincha; a fin de que se cite (Art. 60 del COGEP) en debida y legal forma al señor PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO en la dirección que señala en la demanda; diligencia que se realizara mediante Deprecatorio electrónico conforme a la resolución 10 del 2018 DNGP-DIR-2018-010, emitido por la Dirección Nacional de Gestión Procesal Ab. Connie Gabriela Frías Mendoza. 4) CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos del extinto DIAZ GREFA

GILBERTO ISRAEL de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en el SEMANARIO INDEPENDIENTE DE ESTA LOCALIDAD mediante tres publicaciones fechas distintas. Para lo que la actuaria conferirá los respectivos extractos; 5)

CONTESTE LA DEMANDA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la reforma a la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.

5) INSCRIPCIÓN DE LA REFORMA: Inscríbase con la reforma a la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Tena, para dicha diligencia notifíquese al funcionario correspondiente quien acusará recibo de fiel cumplimiento.- 6) La contestación a la demanda INICIAL y el allanamiento que hacen los demandados MARIANA DE JESÚS HOLGUIN INTRIAGO, SALOMON ELOY DIAZ GREFA, GILBER ANTONIO HOLGUÍN, PABLO DANIEL DIAZ HOLGUIN, RUPERTO DANILO DIAZ HOLGUIN, DARWIN DARÍO DIAZ HOLGUIN, MISAEL RUPERTO DÍAZ HOLGUÍN, LUCRECIA ROMELIA DIAZ HOLGUIN, SONIA DEXI DIAZ HOLGUIN, MARIBEL ELVIRA DIAZ HOLGUÍN, MERY NOEMI DIAZ HOLGUIN, Y DIANA CARLA DIAZ HOLGUIN, de ser legal y procedente se tomará en cuenta en el momento procesal opor-

tuno.- 7) La parte actora saque las copias necesarias a efectos de citar de forma oportuna a los demandados.- Actúe como Secretaria la Ab. Lais Zambrano.-. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.-

Abg. Sebastián Cajas Moya

SECRETARIO Razón.- Siento la de que se agrega al proceso un extracto para que sea entregado a la parte actora por intermedio de ventanilla de archivo. Certifico.Tena, 16 de agosto de 2022.

Abg. Sebastián Cajas Moya

SECRETARIO

2/3 Q-3996

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / DECLARATORIA DE UNION DE HECHO a los herederos, conocidos y desconocidos y presuntos del causante señor ESPINALES RIVAS LUIS ALBERTO, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: BEJARANO ZIPAQUIRA FANNY

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ESPINALES

LUIS

JUICIO NRO: 21201-2023-00282

CUANTIA: INDETERMINADA

CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO

TRAMITE: ORDINARIO

JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE LA DEMANDA. LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS EN QUE BASO LA PRESENTE DEMANDA; Desde el 29 de octubre de 1996 (27 años atrás) y con el propósito común de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente, me uní con el señor LUIS ALBERTO ESPINALES RIVAS, siendo ambos mayores de edad y de estado civil solteros, es decir, libres de vínculo matrimonial, y desde aquella fecha hemos permanecimos juntos como marido y mujer de manera estable, monogámica, pública y notoria hasta su lamentable fallecimiento acaecido en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el día 15 de octubre del 2018. Nuestro hogar primeramente lo constituimos en esta ciudad de Nueva Loja, cantón de Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, específicamente en el barrio Estrella del Oriente en la calle principal, donde vivimos por espacio de dos años, posteriormente nos trasladamos al recinto Puerto Nuevo, parroquia Pacayacu de este cantón y provincia, radicándonos en la vía de entrada al pueblo y paso peatonal, frente a la iglesia evangélica del barrio Ernesto Espinal (nombre del ascendiente de mi difunto conviviente), donde vivimos juntos hasta su lamentable fallecimiento. Dentro de esta unión marital constituida con mi recordado ex conviviente procreamos un hijo que responde a los nombres de Michael Stid Espinales Bejarano, actualmente de 24 años de edad. Igualmente, con ocasión de esta unión marital constituida con mi difunto ex conviviente, adquirimos varios bienes muebles que constituyen el menaje de hogar, así como ciertos derechos personales y reales. Durante la vigencia de esta Unión de Hecho que formé con el señor Luis Alberto Espinales Rivas, comprendida desde el 29 de octubre de 1996 hasta el 15 de octubre del 2018 (fecha en que falleció mi conviviente), en todo lugar en que nos presentábamos nos identificábamos como marido y mujer, siendo (igualmente) aceptados en tal calidad de marido y mujer por nuestros familiares, amigos y vecinos.

LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO EN QUE BASO LA PRESENTE DEMANDA: Mi pretensión se fundamenta, entre otras normas aplicables, en las siguientes: De la Constitución de la República: Art. 68; Del Código Civil: Arts. 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229 y 232; Del Código Orgánico de la Función Judicial: Art. 240, números 1 y 5; Del Código Orgánico General de Procesos: Arts. 142, 143, 144, 187 y 289. ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS: Solicito que vuestra autoridad, en la audiencia que tenga lugar, se sirva receptar la DECLARACIÓN DE PARTE de la compareciente, Sra. Fanny Bejarano Zipaquira, portadora de la Cédula No. 1755983838, a través de la cual pondré de manifiesto y con lujo de detalles, los pormenores de la real existencia de la Unión de Hecho que nos ocupa; Solicito que en la

audiencia que tenga lugar, se sirva receptar el testimonio de mi testigo, señor Michael Stid Espinales Bejarano, portador de la Cédula No. 210112390-5, soltero, mayor de edad, domiciliada en el barrio La Malaria de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, a quien le notificaré en forma personal respecto al día y la hora de su comparecencia y quien depondrá sobre los pormenores de la existencia de la Unión de Hecho que constituí con mi recordado ex conviviente Luis Alberto Espinales Rivas. Solicito que en la audiencia que tenga lugar, se sirva receptar el testimonio de mi testigo, señora Amelia Busela Espinal Rivas, portadora de la Cédula No. 080122084-9, casada, de 65 años de edad, domiciliada en el barrio Brisas del Aguarico 2 de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, a quien le notificaré en forma personal respecto al día y la hora de su comparecencia y quien depondrá sobre los pormenores de la existencia de la Unión de Hecho que constituí con mi recordado ex conviviente Luis Alberto Espinales Rivas. Solicito que en la audiencia que tenga lugar, se sirva receptar el testimonio de mi testigo, señora Carmen Paola Angulo Espinal, portadora de la Cédula No. 0802583286, mayor de edad, soltera, domiciliada en el barrio Brisas del Aguarico 2 de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, a quien le notificaré en forma personal respecto al día y la hora de su comparecencia y quien depondrá sobre los pormenores de la existencia de la Unión de Hecho que constituí con mi recordado ex conviviente Luis Alberto Espinales Rivas. Solicito que en la audiencia que tenga lugar, se sirva receptar el testimonio de mi testigo, señora María Josefa Montalván Franco, portadora de la Cédula No. 1718783457, mayor de edad, soltera, domiciliada en el barrio Colinas Petroleras de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, a quien le notificaré en forma personal respecto al día y la hora de su comparecencia y quien depondrá sobre los pormenores de la existencia de la Unión de Hecho que constituí con mi recordado ex conviviente Luis Alberto Espinales Rivas. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE. - Solicito que en Sentencia se declare la existencia de la Unión de Hecho Post Mortem conformada entre la compareciente FANNY BEJARANO ZIPAQUIRA y mi difunto conviviente, señor LUIS ALBERTO ESPINALES RIVAS, en el lapso de tiempo comprendido entre el 29 de octubre de 1996 hasta el 15 de octubre del 2018, fecha en que falleció mi conviviente y terminó la unión de hecho. CUANTÍA DE LA DEMANDA. -En razón de la naturaleza de la presente causa, la cuantía es indeterminada. ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-EI procedimiento por el cual debe sustanciarse la presente causa es el ordinario, reglado en el Capítulo I, Título I, del Libro IV del Código Orgánico General de Procesos AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- Lago agrio 21 de abril del 2023 a las 10h10, considerando que la demanda de DECLARATORIA DE LA EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO, presentada por FANNY BEJARANO ZIPAQUIRA, en contra de los herederos conocidos, MICHAEL STID ESPINALES BEJARANO, LUIS ERNESTO ESPINALES RIVAS, FERNANDO ISRAEL ESPINALES RAMIREZ, ROY URIEL ESPINALES RAMIREZ, ARIEL JAIR ESPINALES VILLAMAR, presuntos y desconocidos de que en vida fue LUIS ALBERTO ESPINALES RIVAS, cumple con los requisitos generales y especiales de validez que son aplicables al caso, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario, al amparo de lo consagrado en los Art. 44, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 222 y siguiente del Código Civil, los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP y en armonía con el artículo 289 y siguientes del COGEP, se dispone se cumpla con lo siguiente: A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue LUIS ALBERTO ESPINALES RIVAS, cíteselos por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente.

Ab. Oswaldo Luzuriaga

SECRETARIO UJFMNALAS

1/3 S-5430 LA

TERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA COMUNICA A LA CIUDADANÍA:

1. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 265 del 11 de septiembre del 2007, y reformulado mediante Acuerdo Ministerial No. 011 del 11 de febrero del 2008. El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica tiene la facultad de titular tierras en Patrimonio Forestal y Bosques Protectores del Estado.

2. En su TÍTULO II requiere realizar un proceso de oposición (permitiendo a cualquier persona que se considere afectada por la solicitud de adjudicación, interpondrá su oposición sustentada en documentos que lo justifiquen, dentro de treinta días a partir de la última publicación).

Dentro de este contexto la Dirección Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica ha recibido la solicitud de la Comunidad Kichwa Chaka Yaku, Ubicada en: el SECTOR Comunidad Kichwa ChaKa yaku, PARROQUIA San Vicente de Huaticocha, CANTÓN Loreto, provincia Orellana.

SUPERFICIE SOLICITADA: 1.285,85 HAS

COLINDANTES:

NORTE: Con la Ribera del Rio Chakayaku en 13195 m.

SUR; Con la Comunidad Nueva Esperanza en 2962,87 m.

ESTE: Con la ribera del río Chakayaku en 3294,87 m.

OESTE: Con el Centro Kichwa Río Guacamayos en 2210,21 m y con el Sr. Fredy Salazar en 2538,66 m.

Con los antecedentes citados se da inicio al proceso de adjudicación con Nro. 001-2020-C y por lo tanto se CONVOCA a todas las personas que creyeren tener oposición a la petición citada, a presentar mediante comunicación dirigida al Sr. Director Zonal 8 NAPO-ORELLANA, la oposición debidamente sustentada, en las Oficinas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica de ORELLANA (COCA), hasta los treinta días posteriores a la última publicación de la presente solicitud de adjudicación.

Para mayor información acercarse a la Oficina Técnica de ORELLANA.

Abg. Juan Pablo Fajardo

Director Zonal 8 Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (E).

1/3 C-4496

EXTRACTO

NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA: Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública, otorgada ante el Doctor IVAN RAMIRO GOMEZ DURAN, Notario primero del Cantón FRANCISCO DE ORELLANA, los señores CHAQUINGA QUIGUIRE LUIS ROLANDO Y SEÑORA CHIGUANO ALARCON AMELIA SIBILINA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad de conyugal, La misma que fuera disuelta por sentencia de divorcio dictada por el Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, y Adolescencia con Sede en el Cantón Francisco de Orellana el dieciséis de septiembre del dos mil diecinueve. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 23 de la Ley Notarial facultad al Notario disponer la inscripción de los Registro de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de la sociedad conyugal, previo el tramite previsto en dicha norma Legal, por lo que se pone en conocimiento del Publico, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondientes a los ex conyugue señores CHAQUINGA QUIGUIRE LLUIS ROLANDO y señora CHIGUANO ALARCON AMELIA SIBILINA, otorgada mediante escritura pública el 12 de mayo del 2023, ante el doctor IVAN RAMIRO GOMEZ DURAN. Notario primero del cantón Francisco de Orellana. Cuéntese desde la fecha de la publicación de este extracto, el término legal se 20 días a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido termino. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Francisco de Orellana, a 12 de mayo del 2023

DR. IVAN GOMEZ DURAN NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA 1/1 C-4497

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

9
Judiciales
DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO DEL MINIS-
A:
ALVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN y

TOPON LOACHAMIN LUIS GERMAN

ACTOR: CORPOILALO S.A.

DEMANDADOS: ALVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN y TOPON LOACHAMIN LUIS

GERMAN

JUICIO: Nro. 21331-2020-00233

TRÁMITE: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A

LA ORDEN

FECHA DE INICIO: 11/11/2022

CUANTÍA: 7.842,17

JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO

SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA

OBJETO: Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a los accionados al pago del siguiente rubro: Al pago del saldo capital del Pagaré a la Orden que corresponde a la cantidad de USD. 6.110,77, más los intereses normal, de mora y costas procesales.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL

CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, jueves 26 de noviembre del 2020, las 16h22, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, y por la razón de sorteos que antecede.- En lo principal: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.La demanda presentada por la Ing. María Cristina Rosero Barreno en calidad de Gerente y Representante Legal de CORPOILALO S.A., conforme lo acredita con la documentación que adjunta, en contra de los señores: TOPÓN LOACHAMIN LUIS GERMAN y ÁLVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN en calidad de deudores principales; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el art. 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a los señores:

TOPÓN LOACHAMIN LUIS GERMAN y ÁLVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN en calidad de deudores principales, en el domicilio señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a los demandados de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo" se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 62 de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, publicado en el Registro Oficial No. 517 Suplemento de fecha 26 de junio de 2019, se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: TOPÓN LOACHAMIN LUIS GERMAN y ÁLVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN en calidad de deudores principales, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, los correos electrónicos señalados corpoilalo.abogados@outlook ilalo.legal@hotmail.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ELIZABETH ROSARIO

RUBIO RIVERA JUEZA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL

CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago agrio, martes 13 de diciembre del 2022, a las 12h01.Incorpórese al expediente, el deprecatorio devuelto por la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha.- En lo principal, por cuanto se ha dado se ha dado cumplimiento al juramento de desconocimiento de domicilio de los demandados, se dispone: En base al juramento rendido por la parte actora CÍTESE a los demandados ALVAREZ TORRES MARIUXI DEL CARMEN y TOPON LOACHAMIN LUIS GERMAN, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. Notifíquese. - f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción. - Nueva Loja, 23 de enero del 2023.

Ab. Magaly Gil Rosado

SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 3/3 Q-3992

R del E

DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA

CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DE DOS POZOS PROFUNDOS EN LA ESTACIÓN INCHI EN UN CAUDAL DE POZO UNO 0.12l/s PARA CONSUMO HUMANO Y POZO DOS 0.33l/s PARA USO INDUSTRIAL Y PARA LA PLATAFORMA INCHI A, DEL RÍO YANAYACU EN UN CAUDAL DE 1.41l/s, PARA USO HIDROCARBURIFERO, UBICADO EN LA COMUNIDAD YANAYACU, DE LA PARROQUIA SAN CARLOS, CANTÓN JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA DE ORELLANA.

EXTRACTO

ACTOR: Sr. Juan Carlos Cuervo Monroy, en calidad de Apoderado General de Enap Sipetrol S.A

OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento de agua, para consumo humano en campamentos en un caudal de 0,12 l/s del pozo 1 y pozo-2 un caudal 0.33 l/s para uso industrial en la estación INCHI y 1,41l/s del río Yanayacu en la plataforma INCHI A destinado a uso hidrocarburifero.

Expediente No. MAATE-DZ8-O-2023-0066-AA

DIRECCIÓN ZONAL 8 MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA

-Orellana, 05 de mayo del año 2023.- Las 14H30.Expediente NO MAATE-DZ8-O-2023-0066-AA.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante acción de personal No. DZ8-0011, de fecha 05 de abril del 2023, amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo dos y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA. Y lo dispuesto en punto 1.4.1 literal uu) del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente y Agua

En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de uso y aprovechamiento del agua para consumo humano en campamentos e industrial en la estación INCHI e hidrogarburifero de la estaciones INCHI A, presentada por el Señor Juan Carlos Cuervo Monroy, en calidad de Apoderado General de Enap Sipetrol S.A, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.-Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de orellana por 3 veces conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados de la comunidad Yanayacu, perteneciente a la parroquia San Carlos, cantón Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta

comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimado la intervención del señor Juan Carlos Cuervo Monroy, en calidad de Apoderado General de Enap Sipetrol S.A, en virtud del nombramiento que adjunta 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos, citurralde@enap.com.ec pnaranjo@enap.com.ec fmochas@enap.com.ec aguevara@enap.com.ec jcuervo@enap.com.ec para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE...f) ...abogado Juan Pablo Fajardo Carpio, Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. (e) Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en el cantón Francisco de Orellana, o correo electrónico para notificaciones posteriores, dentro de los diez días de fijados los carteles.

Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO-DZ8 1/3 Q-3998

Juicio No. 22302-2022-00318

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS.. La joya de los sachas, miércoles 17 de mayo del 2023, a las 11h04. REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA – ECUADOR – SACHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA JESSICA YADIRA MORETA CABRERA, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA.

ACCIONANTE: ELENA DEL PILAR CISNEROS SERRANO, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA COWWORK S.A.

DEMANDADA: JESSICA YADIRA MORETA CABRERA, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA.

CAUSA: COBRO DE DINERO

TRÁMITE: ORDINARIO

PROCESO: No. 22302-2022-00318

CUANTÍA: OCHOCIENTOS MIL DOLARES

DEFENSOR: DR. MAURICIO AGUIRRE LOPEZ, DR. RUBEN AGUIRRE AGUIRRE

JUEZA: DRA. JESICA ROMO MERA

SECRETARIO: OSCAR GOYA MACIAS

AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA:

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS. DE ORELLANA. La Joya de los Sachas, viernes 16 de septiembre del 2022, las 15h59, VISTOS.- La suscrita DRA. JESSICA OFELIA ROMO MERA, Jueza Titular de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón La Joya de los Sachas, avoco conocimiento de la causa signada con el Nº 22302-2022-00318, en lo principal: 1] CALIFICACIÓN.- La demanda presentada por la señora ELENA DEL PILAR CISNEROS SERRANO, en calidad de Representante Legal de la Compañía COWWORKS S.A., es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO establecido en la Sección I, Capítulo I, Libro IV del invocado cuerpo legal. [2] CITACIÓN: En consecuencia, CÍTESE a la parte demandada ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA, legalmente representada por la señora JESSICA YADIRA MORETA CABRERA mediante boletas dejadas en su domicilio o en persona en el lugar en que se le encuentre, debiendo entregársele copia certificada de la demanda y del presente auto de sustanciación de calificación de la demanda; así como también, advirtiéndole sobre la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o dirección electrónica para que reciban posteriores notificaciones. Para la diligencia de citación, se contará con la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, tal como lo prescriben los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo"; Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaría de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la

diligencia de citación a la parte demandada. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.-

[3].- ANUNCIO DE PRUEBAS: En el momento procesal oportuno se considerará los medios de prueba que realiza el peticionario, por lo que sin que constituya pronunciamiento respecto de la admisibilidad de la misma se dispone: a) Se incorpore a los autos la documentación que se adjunta a la demanda; b) Oportunamente se analizará respecto de la admisión de la declaración de parte de la demandada señora JESSICA YADIRA MORETA CABRERA, en calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA conforme lo determina el Art. 187 y 188 del Código Orgánico General de Procesos, así también la declaración testimonial de la Perito señora Patricia Belén Manrique Jumbo. [4].- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir sus notificaciones y la autorización concedida a sus abogados patrocinadores Dr. Mauricio Aguirre López, Ab. Verónica Aguirre López, Ab. Karen Sarango Valencia y Dr. Rubén Aguirre. Intervenga y Actué el Abg. Oscar Goya Macías, en calidad de Secretario del Despacho.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE PETICIÓN SEÑORA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS ELENA DEL PILAR CISNEROS SERRANO, en mi calidad de EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA COWWORK S.A. dentro del juicio 22302-2022-00318……Una vez que se intentó citar a la demandada ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA. En distintos lugares sin que haya sido posible, demuestro que he agotado todos los medios para citar a la demandada, representada por JESSICA YADIRA MORETA CABFRERA, por lo tanto me es imposible determinar su individualidad o residencia, declaración que la hago bajo juramento, por lo que amparada en el Art. 56 del COGEP., SOLICITO SE LA CITE POR LA PRENSA mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación nacional.

AUTO.-

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS. DE ORELLANA. La Joya de los Sachas, jueves 11 de mayo del 2023, las 09h59.- VISTOS: Dentro del proceso signado con el Nº 22302-202200318 en lo principal: Incorpórese al proceso el escrito presentado por la parte accionante, en atención al mismo, en mérito al juramento rendido por la señora Elena del Pilar Cisneros Serrano, en calidad de Representante Legal de la compañía COWWORK S.A., de que pese a las múltiples averiguaciones y gestiones realizadas ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora Jessica Yadira Moreta Cabrera, en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA, de conformidad al artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; CÍTESE por la prensa en el “PERIÓDICO INDEPENDIENTE” que circula en la amazonia ecuatoriana, mediante tres Publicaciones, en tres fechas distintas a la señora Jessica Yadira Moreta Cabrera, en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN SACHA CHEF ASOALISACHA, con el extracto de la demanda y el auto de calificación de la misma, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad Joya de los Sachas para que reciban posteriores notificaciones, en caso de no comparecer continuará el trámite de la causa. El secretario del despacho entregue el extracto respectivo para su publicación.- Actúe el Secretario de esta Unidad Judicial.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE

La Joya de los Sachas, 17 de mayo del 2023 LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY

Abg. Oscar Goya Macías

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SACHA OSCAR EDUARDO GOYA MACIAS SECRETARIO

1/3 Q-4000

LA DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA COMUNICA A LA CIUDADANÍA:

1. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 265 del 11 de septiembre del 2007, y reformulado mediante Acuerdo Ministerial No. 011 del 11 de febrero del 2008. El Ministerio del Ambiente, Agua y Tran-

10
Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023
Judiciales

Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023

sición Ecológica tiene la facultad de titular tierras en Patrimonio Forestal y Bosques Protectores del estado.

2. En su TÍTULO II requiere realizar un proceso de oposición (permitiendo a cualquier persona que se considere afectada por la solicitud de adjudicación, interpondrá su oposición sustentada en documentos que lo justifiquen, dentro de treinta días a partir de la última publicación).

Dentro de este contexto la Dirección Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica ha recibido la solicitud del Sr. Julio Fredy Salazar, Ubicada en: el SECTOR ChaKaYaku, PARROQUIA San Vicente de Huaticocha, CANTÓN Loreto, provincia Orellana.

SUPERFICIE SOLICITADA: 80.85 Has

COLINDANTES:

Norte: Con la Comunidad Kichwa Chakayaku. Sur: Con la Comunidad Kichwa Chakayaku.

Este: Con la Comunidad Kichwa Chakayaku.

Oeste: Con el Centro Kichwa Rio Guacamayos. Con los antecedentes citados se da inicio al proceso de adjudicación con Nro. 001-2023-I y por lo tanto se COVOCA a todas las personas que creyeren tener oposición a la petición citada, a presentar mediante comunicación dirigida al señor

Director Zonal 8 NAPO-Orellana, la oposición debidamente sustentada, en las oficinas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica de Orellana (Coca), hasta los 30 días posteriores a la última publicación de la presente solicitud de adjudicación.

Para mayor información acercarse a la Oficina Técnica de Orellana.

Abg. Juan Pablo Fajardo

Director Zonal 8

Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (E).

1/3 Q-4001

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO. PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

A: Campos Valdez Luis Eduardo

ACTOR: Cooperativa de Ahorro y Crédito Pablo Muñoz Vega Ltda.

DEMANDADOS: Armijos Yunga Claudio Benito y Campos Valdez Luis Eduardo

JUICIO: Nro. 21331-2022-00244

TRÁMITE: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A

LA ORDEN

FECHA DE INICIO: 28/04/2022

CUANTÍA: USD. 5.025,47

JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO

SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA

OBJETO: Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a los accionados al pago de los siguientes rubros: Al pago del saldo capital del Pagaré a la Orden que corresponde a la cantidad de USD. 4.847,4, más los intereses normal, de mora y costas procesales.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL

CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, miércoles 4 de mayo del 2022, las 16h12. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa. en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; y, en Virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- En lo principal: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez, en calidad de Procurador Judicial del Ing. Alex Omar Vivero García, Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito "Pablo Muñoz Vega Ltda.-, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de los señores:

CAMPOS VALDEZ LUIS EDUARDO en calidad de deudor principal; y. ARMIJOS YUNGA CLAUDIO

BENITO en calidad de avalista solidario, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 Ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS..

De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código

Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación de los demandados: CAMPOS VALDEZ LUIS EDUARDO en calidad de deudor principal; y, ARMIJOS YUNGA CLAUDIO BENITO en calidad de avalista solidario, en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda. Copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia. Quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo", se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo a demás con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado Campos Valdez Luis Eduardo peluchino.az@gmail.com se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.- CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el ART. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26 VI-2019, se concede el término de quince (15) días para que los demandados: CAMPOS VALDEZ LUIS EDUARDO en calidad de deudor principal, y, ARMIJOS YUNGA CLAUDIO BENITO en calidad avalista solidario, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será suseptible de recurso alguno, en cumplimiento con al artículo 352 del COGEP. QUITO. - NOTIFICACIONES.- Téngase en cuanta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y los correos electrónicos señalados alexvivero@cpmv.fin.ec ortizguillermoarmando@ gmail.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.. f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA JUEZA.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, viernes 5 de mayo del 2023, a las 15h51. Agréguese al proceso los escritos presentado por ventanilla virtual por la parte actora. En lo principal, por cuanto se ha dado se ha dado cumplimiento al juramento de desconocimiento de domicilio del demandado, se dispone: En base al juramento rendido por la parte actora. CÍTESE al demandado CAMPOS VALDEZ LUIS EDUARDO con cédula de ciudadanía No. 1315658938, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones integras se agregarán al proceso, para cuyo efecto por Intermedio de secretaria de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.

Notifíquese.- f) ELIZABETH ROSARIO RUBIO

RIVERA JUEZA

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta jurisdicción. - Nueva Loja, 17 de mayo del 2023.

Dra. Alexandra Cuenca Curimilma

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO

1/3 S-5433

Judiciales

CLUB DEPORTIVO BÁSICO BARRIAL “AMIGOS DE LA VIEJA ESCUELA”

CONVOCATORIA

Joya de los Sachas, 21 de mayo del 2023.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

Se convoca a una Asamblea General Extraordinaria de los socios del Club

Deportivo Básico Barrial “Amigos de la Vieja Escuela” de acuerdo ministerial Nro. MD-OTZ2-2023-0054-RESOL., la misma que se realizará el día Martes 6 de junio del 2023 a partir de las 15H00, en el barrio Amazonas, en el cantón Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum.

2. Elección de la Nueva Directiva periodo 2023 – 2025 (dos años).

3. Posesión de la Nueva Directiva.

4. Clausura.

Atentamente,

Sr. Eulicio Campoverde PRESIDENTE

Sr. Jairo Villacis SECRETARIO

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO SACHAMEBAL OIL S.A.

CONVOCATORIA

La Joya de los Sachas, 15 de mayo del 2023

Conforme lo previsto en Estatuto Social me place convocarle a una JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de SACHAMEBAL S.A. prevista a celebrar el MARTES 28 de MAYO del 2023, a las CATORCE HORAS (14h00), en las instalaciones de la empresa ubicadas en García moreno s/n y Misión Capuchina de la ciudad La Joya de los Sachas, cantón del mismo nombre, provincia de Orellana. En la sesión trataremos el (los) siguiente (s) asunto (s):

1. CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DEL “CONSORCIO OPERACIONES LOGÍSTICAS SACHACARGO” DE LA QUE FORMA PARTE LA EMPRESA.

La convocatoria formulo y remite en archivo PDF mediante su correo electrónico y/o WhatsApp. NOTA.- El (la) accionista puede acudir a la Junta personalmente o mediante delegado con poder suficiente o autorización específica. Se advierte que conforme el inciso sexto del Art. 236 Ley Compañías el accionista puede renunciar a su derecho a asistir a una reunión determinada de junta general, mediante comunicación física o digital enviada al representante legal de la CIA. Esta renuncia de asistencia se deberá realizar por junta debidamente convocada y debe efectuarse de manera expresa. La renuncia a asistir a una junta general implica que las acciones del accionista no asistente se computarán dentro del quórum de instalación y, salvo que el accionista renunciante manifieste lo contrario de manera expresa, se entenderá que él se abstuvo de votar.

Se encarece puntual asistencia. Esperando contar con su presencia, me suscribo con sentimientos de consideración y estima.

Atentamente, Merizalde Fabián Sebastian GERENTE SACHAMEBAL OIL S.A C-4495

S-5432

CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “INDEPENDIENTE DEL SACHA”

CONVOCATORIA

Joya de los Sachas, 21 de mayo del 2023.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

Se convoca a una Asamblea General Extraordinaria de los socios del Club Deportivo Especializado Formativo “Independiente del Sacha” de acuerdo ministerial Nro. MD-OTZ2-2023-0055RESOL., la misma que se realizará el día martes 6 de junio del presente año a partir de las 15H00, en las instalaciones del Complejo Deportivo La Finca en la Precooperativa Pimampiro, cantón Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum.

2. Elección de la Nueva Directiva periodo 2023 – 2027 (cuatro años).

3. Posesión de la Nueva Directiva.

4. Clausura.

Atentamente,

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO TRANSCOMBYCAR S.A

Se convoca a los señores accionistas y al Sr. Comisario de la COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO TRANSCOMBYCAR S.A a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de manera presencial, que se llevará a cabo el día lunes 29 de mayo 2023, a partir de las 8.00 a.m. Para tratar el asunto de ELECCIÓN DE DIRECTIVA 2023-2025, en las oficinas ubicadas en Shushufindi en el Recinto Lucero Av. Atahualpa, provincia de Sucumbíos, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:

1. Instalación de la junta por Sr. Alcívar Bravo PRESIDENTE.

2. Palabras de bienvenida por Sr. Eysten Sinmaleza GERENTE.

3. Palabras de la directiva saliente 20212023.

4. Elección de la directiva entrante 20232025.

5. Palabras de agradecimiento de la directiva entrante 2023-2025.

6. Clausura.

Los informes mencionados se encuentran a disposición de los señores accionistas en la dirección antes mencionada.

Shushufindi, 16 de mayo 2023. Atentamente,

Sr. Eysten Geobani Sinmaleza Ponce Gerente General COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO

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TRANSCOMBYCAR S.A. S-5429

Comunidad

Circulación del 21 al 27 de mayo de 2023

Cruz Roja en Sucumbíos se apresta

En sesión solemne del sábado 13 de mayo, desarrollada en el salón de la ciudad, personal administrativo, junto a los y las voluntarias recordaron un año más de creación de la entidad humanitaria.

Cabe recalcar que en los últimos años, la institución ha tenido cambios administrativos, que le han permitido dar pasos trascendentes en su infraestructura, así como de la incorporación de nuevos voluntarios quienes aportan en las diversas actividades que se planifican para atender a la población que se encuentra en situación de movilidad humana, o a través de los convenios que se concretan con instituciones públicas o privadas.

Esta ocasión además permitió entregar reconocimientos y vestimenta a los nuevos voluntarios, quienes han cumplido cien horas, y de aquellos que están en constantes actividades.

Redacción SUCUMBÍOS

A nivel mundial Cruz Roja tiene 665 años desde su creación, mientras que en Ecuador tiene 113 años, es decir a raíz del conflicto

con el Perú. En junio próximo en Sucumbíos cumplirá 25 años de creado como Junta Provincial.

En sesión solemne del sábado 13 de mayo, desarrollada en el salón de la ciudad, personal administrativo, junto a los y las

voluntarias recordaron un año más de creación de la entidad humanitaria, y cuyo accionar es en varios países del mundo.

La reunión permitió a su actual director interventor el tecnólogo Richard Miranda efectuar su rendición de cuentas de su gestión desarrollada hasta el momento. Y dar a conocer especialmente a los recientemente incorporados nuevos voluntarios, de las recientes escuelas de formación, como y quien fue el creador de Cruz Roja. Pero además se les dio a conocer los beneficios que la institución les ofrece.

Bajo la actual administración, los voluntarios participaron en el campeonato interno de futbol. Espacio que fue aprovechado para enlazar de mejor manera los lazos de amistades entre voluntarios y personal administrativo.

Además, según versiones del director, ya se busca acercamientos con otras entidades para participar en los campeonatos que estas organizan.

Pero también se aprovechó la ocasión para celebrar el día de la madre, a todas las voluntarias que ya son madrecitas.

Previo a la apertura de la rendición de cuentas, se contó con la participación del grupo de danza del Instituto Marta Bucaram de Roldós.

Casa de la Cultura de Sucumbíos, celebró “Día Internacional del Museo”

El jueves 18 de mayo, declarado como “Día Internacional del Museo” fue un día muy visitado al museo de la Casa de la Cultura Benjamín Carrión Núcleo de Sucumbíos, por estudiantes de diferentes instituciones de Nueva Loja, profesores y ciudadanía que llegaron a la Casa, para observar, el museo, pinturas, esculturas que se expusieron en sus instalaciones y explicadas por sus autores.

Oswaldo Calvopiña, por ejemplo, expuso alrededor de 12 esculturas, elaboradas últimamente, a cada grupo de estudiante. El escultor, explicaba la definición e interpretación de sus obras, que estuvieron en el salón de exposiciones, “la inspiración de mis esculturas, es la problemática psi-

cosocial que vivimos. Mis obras hablan de drogas, violencia sexual. Son obras con las que trato que se concientice, en las personas que observan, para que haya un cambio de actitud”, dijo el escultor Calvopiña, se dedicó a la escultura en madera desde la edad de 26 años. Sus obras han estado en exposiciones en todo el país e incluso a nivel internacional.

Mientras tanto, otro grupo de estudiantes, estaba atento a las explicaciones de Cristian Guillén, pintor que desde niño prácticamente de dedicó a plasmar en sus cuadros la cotidianidad de la naturaleza y las personas, básicamente.

La captación de vivencias indígenas es una de las características que más inspira a este joven pin-

tor: la preparación del cazabe, de la chicha y más Junto a Guillén, otros jóvenes y talentosos pintores, como Carlos Sánchez, Paco Cuenca, Efrén Calva, son referentes de la ri-

queza artística que tenemos en la provincia, de hecho, cuadros de estos artistas, están en exposición permanente en el salón del museo de la Casa de la Cultura de Sucumbíos.

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a cumplir 25 años de creación
» Grupo de danza del Instituto Martha Bucaram de Roldós, estuve en el homenaje a la Cruz Roja en Lago Agrio. » Oswaldo Calvopiña, muestra sus obras a los estudiantes.

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