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Nueva Loja, capital cantonal de Lago Agrio, es un referente del desarrollo que ha tenido el cantón en sus 44 años de creación. Los festejos estuvieron a la altura de las expectativas de su población.
ANIVERSARIO » 5
Evento de trascendencia y participación de autoridades y población en general.
Galería de exreinas de Lago Agrio: Una aspiración hecha realidad
Fue el sueño que tuvo la reina saliente Carolina Cedeño. Ahora la galería de exreinas de Lago Agrio, es una realidad.
Pregón de fiestas ACTUALIDAD »
Circulación del 18 al 24 de junio de 2023
En la edición 1203 Enrique Quinteros Paredes, vicepresidente de este rotativo, describía los inicios del Periódico Independiente: “un grupo de soñadores, «sin pensar hasta dónde llegarían», deciden crear un medio de comunicación escrito: Galo Guevara, Gladys Granda, y Mirian Orozco. Era el año 1997 y empezaron desde cero en todas las áreas: noticias, editoriales, publicidad, impresión y distribución a la comunidad. Una tarea nada fácil. En este último punto, todos eran canillitas. Su alcance en las primeras ediciones; el centro de la ciudad”.
Años en que la pasión de informar inicio con una máquina de escribir. Un objetivo soñado un día; hoy se convierte en 26 años de presencia en la región amazónica con un total de 1255 ediciones. En sus inicios su alcance era Lago Agrio después se extendió en toda la provincia de Sucumbíos, luego el medio de comunicación amplió su presencia a Orellana, Napo, y Pastaza. Ciudadanos, instituciones y empresas han expresado las
Opinión
felicitaciones al medio porque su vigencia radica en fortalecer la identidad de los habitantes y resaltar los aspectos positivos de la región amazónica.
Por eso es muy propio agradecer a quienes con su dedicación y esfuerzo colaboraron en el medio de comunicación cumpliendo funciones como: directores, corresponsales, secretarías, digitadores, asesores comerciales, articulistas, distribuidores.
Este espacio es el indicado para rememorar a Lucía Hernández, Gloria Granda, Enrique Quinteros, José Moncada, Pepe Castillo, Luis Gaibor, Eligio Potes, Rosario Catota, Raúl Castro, Franklin Paredes, Marco Antonio Enriquez, Remigio Murillo, Germán Obaco, Tarquino Añazco, Ernesto Rivadeneira, Hernán Nieto, Nancy Herrera, Mauricio Acuña, Guillermo Muñoz, entre otros.
Es muy grato saber que cada edición refleja ese espíritu cultural, social, deportivo, de emprendimiento y comunidad que caracteriza a los ciudadanos de la
región. Periódico Independiente trabaja diariamente para informar a través de distintos espacios: periódico físico, página web, redes sociales, publicaciones judiciales.
Con la conformación de un gran equipo de trabajo se presenta a la comunidad productos audiovisuales y escritos con una narrativa enfocada en plasmar valores periodísticos como la credibilidad y objetividad.
En el contexto nacional actual Periódico Independiente se encamina a seguir narrando aquellas historias ligadas a la trascendencia del esfuerzo humano. Sus ejes de comunicación se enfocan en generar espacios para la reflexión de la realidad local, nacional e internacional.
Consignado el Periódico Independiente como una escuela para los profesionales en comunicación es momento de levantar la copa y en honor a ese largo compromiso con la ciudadanía no queda más que decir ¡Loor en los 26 años del Periódico Independiente!
Por: Carlos Moreta
Las clausura del año educativo 2022-2023 en la región Sierra y Amazonía ecuatoriana genera expectativa en estudiantes, representantes, docentes y autoridades. Por ejemplo, el 16 de junio 2023 algunos padres y madre de familia acudían con sus pequeños a la graduación de inicial. Previo a esto seguro se levantaron muy temprano a planchar sus uniformes e invitaron a otros familiares a se testigos de este magnifico acontecimiento.
Padres, madres y representantes a quienes se les dibuja una gran sonrisa debido a la satisfacción del avance de sus hijos, hijas, nietos. Los pequeños de a poco exploran sus habilidades y actitudes que seguirán potenciándose conforme crecen. Muy seguro, este día quedará grabado en sus memorias.
Recordar que a finales de este
mes muchos jóvenes concluirán su etapa en el bachillerato (denominada etapa colegial) y su vida tendrá un giro en cuánto a la aspiración de sus sueños por continuar sus estudios universitarios. Momento crucial en donde nacen las grandes historias de superación.
En ambas situaciones están presentes aquellos docentes que día a día buscan estrategias para que los estudiantes alcancen el entendimiento de determinados temas. Desde el desarrollo de la motricidad fina (en los más pequeños) y la elaboración de exposiciones en los niveles superiores.
Los estudiantes de todos los niveles escolares de seguro esperan las vacaciones para dedicarlas a practicar actividades deportivas y recreativas. Otros para visitar a familiares lejanos.
En caso de que el año escolar del estudiante fue irregular las va-
caciones son un espacio para que los estudiantes reflexionen en conjunto con sus representantes como mejorar el siguiente año. Esto en virtud de ser bendecidos de tener la oportunidad de estudiar, puesto que si bien es un derecho a día de hoy existe deserción escolar forzada. Además, en generar una mejor respuesta al sacrificio que realizan los representantes para que a los jóvenes no les falte uniformes y útiles escolares.
El asiento, el pizarrón, las canchas, el bar, los laboratorios, compañeros, docentes y autoridades esperan el retorno de los estudiantes, puesto que ellos son el alma de las instituciones educativas. Los frutos de la educación son los que permitirán mejorar las condiciones de vida del país. Mientras un esfero y un cuaderno reposen en las manos correctas; hay esperanza.
Fundadores 1997
Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota
Director - Editor: Carlos Moreta
Presidente: Leonardo Sánchez
Vicepresidente: Enrique Quintero
Gerente: Gladys Granda
Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo
SUCUMBÍOS
Responsable: Luz Guamán
Corresponsal: Carlos Navarrete Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana
Contacto: 062362680
0989404851 • 0997103969
PASTAZA
Contacto: 022906827
0997103969 • 0992081870
ORELLANA
Responsable: Michell Alvarado Seis de Diciembre y Guayaquil
Contacto: 062806246
0997103969 • 098 622 2039
NAPO Contacto: 022906827
0997103969 • 0992081870
QUITO
Av. América y Juan de Sosaya (esq.)
Contacto: 022906827 0992081870 • 0997103969
DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN
Cristina Goyes C.
COBERTURA
Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.
IMPRENTA - EDITORIAL
Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.
VENTAS
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La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) confirmó que a las 23:59 del martes 13 de junio de 2023 culminó exitosamente la etapa de inscripción de candidaturas para las Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas 2023. Se instalaron 110 mesas para brindar apoyo a las organizaciones políticas a escala nacional.
Un total de 8 binomios presidenciales, conformados por primera vez con el criterio de paridad de género, busca reemplazar a Guillermo Lasso en Carondelet.
El oficialismo no participará de estas elecciones por decisión propia. Mientras, Pachakutik y la Izquierda Democrática (ID) no lograron consensuar ni candidaturas ni alianzas, en medio de intensas pugnas internas.
Las autoridades electas estarán en funciones hasta mayo de 2025, cuando debía terminar el mandato de Lasso y los asambleístas que fueron electos en 2021.
Los candidatos inscritos para la Presidencia de la República, según la orden de ingreso al CNE, son:
1. Daniel Noboa - Verónica Abad por la Alianza Acción Democrática Nacional (ADN)
Daniel Noboa Azín, exlegislador e hijo mayor del empresario Álvaro Noboa Pontón. Y la empresaria cuencana Verónica Abad. Ambos son el binomio de Acción
Democrática Nacional (ADN).
2. Fernando Villavicencio - Andrea González por el movimiento Construye
Fernando Villavicencio fue sindicalista y exlegislador. Se desempeñó como Presidente de la Comisión de Fiscalización y Control de la Asamblea Nacional que fue disuelta por Lasso.
Lo acompañará en la papeleta la ambientalista guayaquileña Andrea González Nader. El binomio tiene el auspicio del movimiento Construye (ex Ruptura25) y Gente Buena.
3. Otto SonnenholznerÉrika Paredes por la alianza Actuemos
Otto Sonnenholzner, radiodifusor y ex vicepresidente del gobierno de Lenín Moreno, es el presidenciable de la coalición Actuemos, compuesta por Sociedad, Unida Más (Suma) y Avanza. En la papeleta lo acompañará Érika Paredes, académica y activista ambiental.
4. Bolívar Armijos
Armijos es abogado y expresidente de las Juntas Parroquiales Rurales. Junto a la comunicadora Linda Romero, conformarán el binomio del movimiento Acción
Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (Amigo).
5. Jan Topic - Diana Jácome por la alianza Por un país sin miedo
Jan Topic, empresario de telecomunicaciones y francotirador. Tiene el auspicio del Partido Social Cristiano (PSC), Centro Democrático y el Partido Sociedad Patriótica, en una alianza denominada Por un país sin miedo.
Su compañera de fórmula es la abogada y presentadora de TV Diana Jácome.
6. Yaku Pérez - Nory Pinela por Claro que se puede
Yaku Pérez llega a esta contienda impulsado por una coalición de izquierdas compuesta entre Unidad Popular, Democracia Sí, Partido Socialista y Somos Agua. Es la segunda vez que busca llegar a la Presidencia, después de que en 2021 quedó en tercer lugar. Fue Prefecto del Azuay por Pachakutik antes de optar por la primera magistratura. Nory Pinela es su compañera de fórmula.
7. Luisa González - Andrés Arauz por Revolución Ciudadana
Luisa González es la única candidata mujer para la Presidencia de la República. La
acompañará Andrés Arauz. González es abogada, ex asambleísta y exfuncionaria del gobierno de Rafael Correa, donde se desempeñó como ministra del Trabajo y ministra de Turismo. El binomio es impulsado por el movimiento de la Revolución Ciudadana.
8. Xavier Hervas y Marina Vega por Reto
Xavier Hervas es un empresario y su compañera es Luz Marina Vega. Es el binomio presidencial del movimiento Renovación
Total (Reto, lista 33)
Tras la inscripción de las candidaturas, el CNE verificará que los postulantes cumplan los requisitos, que no incurran en inhabilidades y abrirá la fase de impugnaciones.
El listado definitivo de candidatos se conocerá el domingo 6 de agosto.
El 20 de agosto los ecuatorianos acudirán a las urnas para escoger también a los 137 legisladores. El CNE reportó que 12 listas realizaron primarias para asambleístas nacionales (15 curules).
Un total de 8 binomios presidenciales, conformados por primera vez con el criterio de paridad de género, se inscribieron para las elecciones del 20 de agosto.
Circulación del 18 al 24 de junio de 2023
La pregunta que irá en la papeleta es: "¿Está usted de acuerdo en que el Gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como Bloque 43, indefinidamente en el subsuelo?"
Patricia Gualinga, del pueblo sarayaku, es defensora de derechos humanos. Manifestó su preocupación porque ante la consulta popular hay “una campaña feroz para que digan No al Yasuní”.
de los impactos negativos de la industria petrolera en la naturaleza. En ese sentido, reiteró la importancia de mantener el petróleo bajo tierra.
Redacción SUCUMBÍOS
Representantes de pueblos y nacionalidades indígenas de la Amazonía, reunidos en Puyo, se pronunciaron el viernes 16 de junio de 2023 para solicitar apoyo a la consulta popular por el Yasuní. Los dirigentes harán campaña por el Sí en sus territorios.
Nemo Andi, dirigente de la Mujer de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía (Confeniae), dijo en una rueda de prensa desde Puyo, en la provincia de Pastaza, que la consulta popular es “un logro histórico” y que con ella hay la oportunidad de defender la vida.
La consulta, impulsada por el colectivo Yasunidos, es de carácter nacional y se realizará el 20 de agosto de este año con las eleccio-
nes presidenciales y legislativas.
La pregunta que irá en la papeleta es: "¿Está usted de acuerdo en que el Gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como Bloque 43, indefinidamente en el subsuelo?".
“Es triste ver cómo lo intereses petroleros y del Gobierno han manipulado para ingresar al Parque Nacional Yasuní”, expresó Andi al señalar que en ese territorio hay pueblos indígenas en aislamiento. Allí también habitan indígenas de la nacionalidad Shuar y Waorani.
Alicia Cahuiya, waorani y dirigente de la Mujer de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), manifestó que “es prioridad garantizar la vida de los hermanos Tagaeri y Taromenane”. En el mismo sentido se pronunciaron otros dirigentes indígenas.
Considera que Ecuador debe empezar una transición energética, empezando con el respaldo al Sí en las urnas. “Tenemos que votar por el Sí a la vida, al Yasuní. Por una transición energética justa. Invito a ser parte de este modelo que puede ir a un cambio”, enfatizó
Zenaida Yasacama, vicepresidenta de la Conaie, dijo que el Yasuní es importante no solo para la región amazónica, sino que debería serlo para todo el mundo. El Yasuní es una zona biodiversa por lo que en 1989 la Organización de las Naciones Unidas para la Cultura, las Ciencias y la Educación (Unesco) la declaró como Reserva de la biósfera.
Yasunidos cuestiona que en ese territorio hay nueve bloques petroleros: 12, 14, 16, 17, 31, 43 (Ishpingo-Tambococha-Tiputini), 55, 61, 66, y que la mayor parte de ellos llevan décadas de explotación.
Las nacionalidades que radican en el Yasuní se sienten amenazadas por las actividades petroleras, según Yasacama. También habló
“Desde la Conaie en todos los territorios haremos campaña por el Sí al Yasuní. Invitamos a las autoridades seccionales y a los sectores sociales para que se puedan sumar”, destacó.
Lineth Calapucha, vice prefecta de Pastaza, dijo que en los próximos días el Consejo Provincial dará un pronunciamiento sobre la situación. Sin embargo, adelantó que las autoridades están “para apoyar las luchas de los pueblos y nacionalidades”.
Según difundió el Ministerio de Energía, el 15 de junio, para el titular de esa Cartera de Estado, Fernando Santos, el pedido de que se deje el crudo bajo tierra tendría efectos catastróficos, si gana la consulta. Eso “generaría el ingreso de actividades ilegales en la zona del Yasuní”.
El funcionario explicó que la única presencia del Estado en el Yasuní se da a través de Petroecuador, que maneja el ITT, y que de lo contrario, ingresarían los madereros y mineros ilegales porque se trata de una zona codiciada.
Redacción SUCUMBÍOS
La ingeniera Cecibel Paz, fue designada como la flamante presidenta de la Junta Provincial Electoral de Sucumbíos, con miras a este proceso de elecciones de asambleístas y presidente de la República, para el 20 de agosto de este año 2023. Justamente Cecibel Paz, y Ariana Jara, habían completado el total de vocales a esta JPE, a los tres anteriormente
designados.
Fue el día lunes 12 de junio de 2023, que la Junta Provincial Electoral de Sucumbíos (JPES) llevó a cabo su primera sesión para designar a las autoridades de este órgano temporal. Tras la instalación presidida por el director de la delegación, Humberto León, los miembros de la JPES votaron a favor de Cecibel Paz como presidenta, con 3 votos a favor y 1 abstención.
En su nuevo cargo, Cecibel
Paz, con una amplia trayectoria política como candidata y ex concejala de Lago Agrio, quien
expresó su compromiso de trabajar en colaboración con funcionarios electorales, organizaciones políticas, medios de comunicación y la ciudadanía en general, para garantizar la eficiencia y transparencia de las Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas y Consultas Populares del Yasuní y Chocó Andino.
También, se designó a Olga Moya como secretaria Ad Hoc, mientras se nombra al secretario definitivo en los próximos días.
Circulación del 18 al 24 de junio de 2023
linda” y “Mi barrio lindo”. Ese día se dio también, la presentación de las 13 señoritas, candidatas al reinado de Lago Agrio, en sus 44 años de vida.
Los 44 años de vida cantonal de Lago Agrio, son sinónimo de unidad y alegría para festejar a un cantón que crece cada vez más, gracias al esfuerzo conjunto de autoridades y población que radica en este acogedor rincón amazónico.
El pregón de festividades del viernes 16 de junio, dejó ver el amor de su gente para su terruño, cuya mayoría de la población ya es nacida en Lago Agrio. La participación de carros alegóricos y comparsas de instituciones educativas de Lago Agrio y sus parroquias rurales fue masiva, que sumaron 33 comparsas o participantes que debieron desfilar y llegar hasta la tribuna principal donde estuvieron las autoridades: el alcalde Abraham Freire, Helena
Tituana de la Unidad de Acción Social, concejales y concejalas del cabildo y más autoridades de Salud, Educación, entre otras.
El pregón se dio desde la avenida Circunvalación, en el sector del Gobierno Provincial y avanzó por la avenida 20 de junio, hasta llegar a la avenida Quito, donde se instaló la tarima de autoridades. El pregón inició a partir de las 15h00, debido a la lluvia que se presentó durante todo el día y el inicio del pregón se había programado para las 14h00 del viernes 16 de junio.
Como en anteriores ocasiones, esta participación de las comparsas fue vista por un jurado calificador, para la otorgación de los tres prime ros lugares para su premiación respectiva para el día de la sesión solemne, en la ceremonia en la que premian también a un
variado número de ganadores en los diversos eventos deportivos, culturales, es el caso además, de premiación al barrio más bonito de la ciudad, como también a la parroquia rural más bonita.
Hasta el cierre de esta edición, algunos eventos se desarrollaron ya, desde el martes 13 de junio, con la calificación de: “Mi parroquia
El jueves, después del “alegre despertar”, “el festival de bandas rítmicas” congregó a cientos de estudiantes y padres de familia, en el coliseo de Federación Deportiva. El viernes un tema tradicional, como es el de la “tomada de guayusa”, inauguración de la “feria de emprendimientos” y la inauguración también de la “Feria de Ciencias Tecnología y Emprendimientos Estudiantiles” fue la antesala para el “Pregón de la Identidad Lagoagrense, danza y carros alegóricos”.
Las festividades culminan el martes 20 de junio, fecha del aniversario de Lago Agrio, con el desfile, sesión solemne y más eventos culturales y deportivos que están programados para el sábado, domingo y lunes, antes del
Las festividades culminan el martes 20 de junio, aniversario de Lago Agrio, con el desfile, sesión solemne y más eventos culturales y deportivos que están programados para el sábado, domingo y lunes, antes del día 20.» La mayoría de comparsas, lo hicieron con indumentaria de los colores de Lago Agrio. » Instituciones de educación superior, son parte del desarrollo de Lago Agrio y Sucumbíos.
El cerramiento total de la sede de Federación de Nacionalidades Kichwas de Sucumbíos-Ecuador, FONAKISE, además de la construcción de una segunda planta para la parte administrativa y adecuación de algunos sectores de la sede, a pedido de la dirigencia de la Federación, fue el compromiso del alcalde de Lago Agrio, alcalde Abraham Freire, en la socialización de la obra, que se dio el sábado 10 de junio, en la Fonakise, ubicada junto a la terminal terrestre de Nueva Loja.
El costo aproximado de la obra es de 100.000 dólares dijo Freire, además de comprometer su palabra de ejecutar el cerramiento y otros trabajos, para que se contrate mano de obra local.
De parte de la dirigencia de la Fonakise, la nacionalidad con más población en Sucumbíos, ya que están presentes en todos los cantones de la provincia, el agradecimiento fue total, tomando en cuenta “que después de muchos años nos han dado oídos a este pedido”, dijo Pascual Tapuy, presidente de Fonakise en Sucumbíos.
Como cierre de la socialización de la obra y prueba de agradecimiento, Liliana Caiza, dirigenta de las mujeres, entregó al alcalde una lanza y un collar, confeccionado a la costumbre y tradición de esa nacionalidad, “queremos que la obra se ejecute en el tiempo establecido y nuestro agradecimiento eterno para usted, señor alcalde” mencionó Caiza. Por su parte el alcalde Freire, entregó copias del contrato a los dirigentes mencionados, “para que realicen un seguimiento y la obra se ejecute tal como está estipulado”, dijo el alcalde Abraham Freire.
Sede FONAKISE tendrá nueva cara con la intervención del Municipio de Lago Agrio
La deportista ecuatoriana Angie Palacios estableció una nueva marca mundial en arranque y ganó tres medallas de oro en el Grand Prix de Cuba, este miércoles 14 de junio de 2023.
Angie quien es hermana menor de la campeona Olímpica Neisi Dajomes, el miércoles 14 de junio impuso una nueva marca mundial, rompió un récord panamericano y ganó tres medallas de oro en la categoría de los 71 kilogramos en el Grand Prix de Cuba.
Palacios obtuvo su primera medalla de oro en el arranque, levantó 121 kilogramos y rompió el récord mundial en esta modalidad. Luego, la pesista tricolor alcanzó su segunda medalla de oro en envión y alzó 140 kilogramos y también logró récord panamericano. Finalmente, Palacios obtuvo una tercera presea de oro por el total olímpico (suma de arranque y envión), donde marcó 261 kilogramos.
“Me siento feliz, contenta y agradecida con todas las personas que me han apoyado. Trabajamos muy duro con mi entrenador para conseguir ese récord y gracias a Dios se logró”, expresó la campeona.
El Grand Prix de Cuba, es un evento clasificatorio a París 2024, es decir, los halteristas pueden buscar marcas que los ubiquen en el ranking olímpico. Sin embargo, este evento no da cupos directos a Juegos Olímpicos. Este año, Palacios también ganó dos medallas de oro y una de bronce en el Panamericano de Pesas, disputado el 30 de marzo en Argentina.
Su gran objetivo será clasificarse a los Juegos Olímpicos de París 2024 y ganar una medalla. En su anterior participación en Tokio 2021, la ecuatoriana se quedó con un diploma olímpico.
Unión Manabita campeón de la temporada 2022 va con la consigna de conseguir su tercer título de manera consecutiva, se vienen preparando de la mano del profesor Jhonny Perlaza. Otro de los equipos que buscará ser relevante en esta temporada es el Club Deportivo Profesional Oriental equipo con jugadores jóvenes pero con ganas de ser protagonistas estarán dirigidos por Willington Bautista.
Chicos Malos estará presente esta temporada como local en Nueva Loja, tras haber estado un año como local en el cantón Shushufindi.
El retorno de Racing Junior para esta temporada será el hecho más relevante en la presente edición, dirección técnica está a cargo de Máximo Perea y Cristhian Naranjo, para Israel
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES
De conformidad con las disposiciones estatutarias del Acuerdo Ministerial Nro. MD-CZ2-2018-00051 de fecha 2018-03-21, se convoca a los señores socios del Club Deportivo Básico Comunitario "ANDES 2018", a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, que se celebrará el día 03 de julio del 2023 a partir de las 17:00:00 en la dirección: LORETO, COMUNA KICHWA 24 DE MAYO, BARRIO LOS ANDES, para tratar el siguiente Orden del día:
1. Constatación de Quórum e instalación de la asamblea.
2. Elección del directorio del Club Deportivo Básico Comunitario "ANDES 2018", para el período 2023-2025.
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
4. Clausura.
Atentamente
Sr. Ramón Grefa
PRESIDENTE DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO COMUNITARIO "ANDES 2018"
Córdova dirigente del club, manifestó “estoy feliz con el acuerdo que llegamos con Cristhian Naranjo, para conformar un buen equipo que sea protagonista en el torneo de ascenso”.
Consejo Provincial será otro de los equipos que retorne para esta temporada, plantel que tuviera su mejor participación en el 2007 cuando quedó eliminado en la última fase frente a Independiente del Valle, luego en el 2019 tuvo su segundo título provincial, pero sin mayor suerte en el zonal, Jorge Arias dirigente del plantel manifestó “el equipo trabaja de la mano del profesor Franklin Nazareno en horas de la noche en la cancha sintética del Gobierno Provincial y en la parroquia Pacayacu”.
Equipo nuevo del cantón Shushufindi, habrá clásico en el Municipal
El equipo debutante será Shus-
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES
Orellana, 17 de junio del 2023.
Se CONVOCA a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO "Brigada de Selva Nro. 19 Napo", para el día 03 de julio del 2023 a las 10h00 am, en el coliseo de la "Brigada de Selva Nro. 19 Napo".
ORDEN DEL DÍA:
1. ORDEN DEL DIA:
2. Constatación del Quórum e instalación de la sesión.
3. Elección y Posesión del nuevo directorio del Club Deportivo Básico Barrial "Brigada de Selva Nro. 19 Napo" periodo 2023-2027.
4. Clausura.
Atentamente
Sr. Gaibor Willians PRESIDENTE (E)
hufindi Fútbol Club, Jhonny Molina parte de la dirigencia del plantel nos manifestó: “desde el mes de abril se vienen preparando para el torneo, y que este año habrá una especie de clásico en Shushufindi frente a Oriental, el plantel estará conformado por jugadores solo del cantón Shushufindi, y con la aspiración de crear escuelas de fútbol para fortalecer al plantel a futuro. El torneo se iniciara el 1 de
CLUB DEPORTIVO
ESPECIALIZADO FORMATIVO
“ZURY BIKE MTB”
CONVOCATORIA
PARA ELECCIONES PARA CARGOS DEL DIRECTORIO DEL CLUB ZURY BIKE MTB
A los efectos que procedan, se informa que El Club Deportivo Especializado Formativo Zury Bike MTB, ha acordado convocar a elecciones para cargos del DIRECTORIO DE El Club Deportivo Especializado Formativo Zury Bike MTB, que se celebrara el 03 de julio del 2023, a las 19h30 en barrio Julio Llori, calles Julio Llori y Manuela Saenz “Casa Taller”. Conforme a lo siguiente:
NORMAS
PRIMERA; se convoca a elecciones para cubrir todos los cargos del directorio del El Club Deportivo Especializado Formativo Zury Bike MTB. Concretamente: presidente, vicepresidente, secretario, Tesorero, VOCALES
PRINCIPALES: primero, segundo, tercero.
VOCALES SUPLENTES: primero segundo tercero.
SEGUNDA; podrán ser candidatos a elecciones, todos los socios del El Club Deportivo Especializado Formativo Zury Bike MTB. Que serán nominados y otro socio apoye la moción.
TERCERA; la duración del cargo será por 4 años, computándose dicho plazo a partir a la fecha fijada para el día de elecciones escritas a la fecha.
CUARTA; la elección de los miembros del directorio será mediante voto directo y ratificado por otro socio será elegido candidato, y si la mayoría de la asamblea aprueba, será electo al cargo que se está pronunciando; en caso de haber un solo candidato a cualquiera de los cargos quedara automáticamente proclamado sin necesidad de votación, en caso de haber más candidatos, el que tenga mayoría de votos será electo por la asamblea, para cada cargo a elegirse y se repetiría el proceso por cada cargo. Atentamente.
CLUB FORMATIVO ESPECIALIZADO ZURY
BIKE MTB COCA
julio con una etapa de 10 fechas con partidos de ida y vuelta, los escenarios deportivos a utilizarse serán el Estadio Carlos Vernaza en Nueva Loja y el Estadio Municipal de Shushufindi, la primera fecha queda ya establecida a espera de conocer los horarios:
• Racing Junior vs Consejo Provincial
• Oriental vs Chicos Malos
• Unión Manabita vs Shushufindi F. C.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI
CERTIFICADO NRO. 1050-2023
Conforme a la solicitud presentada y al informe del departamento de revisión de títulos, el Registrador de la Propiedad del cantón SHUSHUFINDI, certifica lo siguiente: Que revisados los libros de registros de la oficina a mi cargo según sus índices, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI
Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, la SEGUNDA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA:
OTORGADA EL: 09 de Enero del 2002
NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI.
OTORGADA POR: MACIAS ISIDORO RICARDO Y GUERRA CABEZA HEROÍNA FELISA
FAVOR DE: BASTIDAS LOPEZ RICHAR EDUARDO Y AGUIRRE REYES MYRA VERONICA.
CUANTÍA: $ 20,00 DÓLARES
UBICACIÓN: Lote ubicado en la Precooperativa Nueva Aurora, de la parroquia y cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos.
LINDEROS: NORTE: Con Camino Público, en catorce metros con veinte centímetros de extensión. SUR: Con lotes que se reserva el vendedor, en catorce metros con veinte centímetros de extensión. ESTE: con lotes que se reserva el vendedor, en treinta y tres metros de extensión. OESTE: Con lotes que se reserva el vendedor, en treinta y tres de extensión. Dando una ÁREA CABIDA de: CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS CUADRADOS de superficie.
DRA. MARTHA AYABACA GÓMEZ REGISTRADORA (E)
Circulación del 18 al 24 de junio de 2023
0989404851
0997103969
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: TAPIA QUINGA JOHANNA GUADALUPE
DEMANDADOS: ESMERALDAS BOLIVIA CASTILLO CALLE, PATRICIO SANTIAGO RODRÍGUEZ
SEVILLA, KATHERINE LIZBETH RODRÍGUEZ CASTILLO, ADRIANA NATALY RODRÍGUEZ CASTILLO, PATRICIA GABRIELA RODRÍGUEZ
CASTILLO
JUEZ: DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR
SECRETARIA: ABG. ANDREA ANGELITA PARDO
SANTANA
JUICIO: 15951-2022-00124
CAUSA: ALIMENTOS A OBLIGADOS SUBSIDIARIOS
TRAMITE: SUMARIO
CUANTÍA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO, la Señora Tapia Quinga Johanna Guadalupe, presento una DEMANDA DE ALIMENTOS A OBLIGADOS SUBSIDIARIOS, cuyo extracto es como sigue:
“(…) Dentro de la causa N° 15951-2022-00124, en lo principal: 1. Agréguese al proceso el escrito presentado por JOHANNA GUADALUPE TAPIA QUINGA; en atención al mismo téngase en cuenta lo manifestado, en efecto al haber declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de las demandadas conforme obra de fojas 302 y 302 y vuelta del proceso; CÍTESE con el contenido de la demanda por medio de la prensa mediante el “DIARIO SEMINARIO EL INDEPENDIENTE” a las demandadas ADRIANA NATALY RODRIGUEZ CASTILLO Y ESMERALDA BOLIVIA CASTILLO CALLE conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, para cuyo efecto por medio de la actuaria del despacho procédase con lo pertinente a fin de cumplir la diligencia de citación dispuesta. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE (…)”. - Fdo.) Dr. Aurelio Benjamin Sotomayor. Juez de la Unidad Judicial de la Familia Mujer Niñez y AdolescenciaLO CERTIFICO. -
Abg. Andrea Angelita Pardo Santana
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA 3/3 Q-4008
EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEGUNDO RAMON
PEREZ EGUEZ Y EUSEBIO ARNULFO PEREZ
OROZCO
ACTOR: CONDOY AGUINSACA VICTORIANO
DEMANDADOS: PEREZ CUENCA JIXON ESTI-
BEN Y PEREZ CUENCA JEFFERSON
JUICIO: ORDINARIO Nro. 21331-2020-00154
TRAMITE: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
FECHA DE INICIO: 31 DE JULIO 2020
CUANTÍA: 60.000 USA
JUEZ PONENTE: DRA. JESSENIA GARCIA PEÑA
OBJETO: QUE MEDIANTE SENTENCIA, SU
SEÑORÍA RECONOZCA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO A NUESTRO FAVOR EL DOMINIO Y POSESIÓN DEL LOTE DE TERRENO UBICADO EN LA PRECOOPERATIVA SIONA 1. VIA NVA, LOJA-POZO
5. MARGEN IZQUIERDO, PRIMERA LINEA- DE LA PARROQUIA NUEVA LOJA, CANTON LAGO
AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.- AL NOR-
TE: CON MARGOTH OROZCO RAMIREZ Y HEREDEROS, 96.88M. AL SUR: CON MARGOTUH OROZCO RAMIREZ Y HEREDEROS. EN 109,14
M. Y AL ESTE: CON MARIO GUERRERO, EN 250,01 M. Y AL OESTE: CON MARGOTH OROZCO RAMIREZ Y HERERDEROS EN 237,30 M,
UNA SUPERFICIE TOTAL DE 2,4730 HAS. CUYO TITULO DE DOMINIO ESTA A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS Y SOBRE CUALQUIER OTRA PERSONA QUE SE CREA CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE Y ORDENE LA INSCRIPCIÓN DE LA SENTENCIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LAGO AGRIO, CONFORME LO DETERMINA EL ART. 2413 DEL CÓDIGO CIVIL, YA QUE SU SENTENCIA QUE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN HARÁ LAS VECES DE ESCRITURA PUBLICA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, jueves 13 de agosto del 2020, las 15h12.- VISTOS: El escrito presentado por la parte accionante incorpórese al expediente. En lo principal, una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento al auto de sustanciación de 03 de agosto de 2020, las 10h21. Dentro del término legal concedido; y, revisada la demanda, escrito de aclaración de la misma, y documentos adjuntos a ésta, se procede conforme a derecho corresponde y para el efecto se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRAMITE.- La demanda y aclaración de la misma, presentada por CONDOY AGUINSACA VICTORIANO, con cédula No. 1100053923, por sus y propios y personales derechos, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República, en concordancia con los Arts. 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se ADMITE a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título 1, Capítulo 1 del mismo Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, escrito de aclaración, documentos adjuntos, y el presente auto a los demandados señores: OROZCO RAMIREZ MARGOTH ORFELINA, con cédula No. 1706444609, PEREZ OROZCO EUSEBIO ARNULFO, PEREZ OROZCO DUVAL VINICIO, PEREZ OROZCO LILIANA MORAIMA, PEREZ OROZCO EDISON AIFREDO, PEREZ OROZCO JOFRE RODOLFO Y PEREZ OROZCO NATHALY SILVANA, en las direcciones señaladas en la demanda y escrito de aclaración de la misma; enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, a fin de que cumplan con dicha diligencia; quienes deberán cumplir con lo dispuesto en los Arts. 54, 55 reformado y 78 del COGEP, y extender las respectivas actas de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibidem; a los demandados se les previene de la obligación que tienen de señalar casilleros Judiciales y electrónicos, así como correo electrónico para sus notificaciones. De conformidad con el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos que señala; "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo", la parte actora cumpla con lo dispuesto en el presente auto, y preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público, todo ello dentro del término de tres días. Por tratarse de un predio rural ubicado en el cantón Lago Agrio. Provincia de Sucumbíos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 166 del 21 de enero del 2014, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LAGO AGRIO, Cuya diligencia se realizará en sus respectivos Despachos, a fin de que, hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial electrónica para sus notificaciones, diligencia que deberá cumplirse por los señores Citadores de esta Unidad Judicial, debiendo para el efecto remitirse las boletas respectivas a la oficina de Citaciones y Notificaciones. TERCERO.- CONTESTACIÓN.Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del Código Orgánico General de Posesos, se concede a la parte demandada el término de TREINTA DIAS, una vez citada, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del mismo COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibidem.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA. - Considérese el anuncio de los medios
de prueba señalados por la parte accionante; para lo que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia- Preliminar.- QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme lo ordenado en los incisos séptimo y octavo del artículo 146 del COGEP, reformado mediante la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Suplemento del R O. No. 517 de 26 de junio de 2019, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, para cuyo cumplimiento notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos Efectuada la inscripción de la demanda se procederá con la citación a la parte demandada. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 25 de abril del 2023. las 17h04.-Agréguese a los autos el escrito presentado por el actor. En lo principal.- Cítese a: Los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEGUNDO RAMON PEREZ EGUEZ Y EUSEBIO ARNULFO PEREZ OROZCO así como a los demandados PEREZ CUENCA JIXON ESTIBEN y PEREZ CUENCA JEFFERSON GEOVANNY, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y del presente auto de sustanciación, las publicaciones integras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con las declaraciones bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaria entréguese el extracto correspondiente, — NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 23 de mayo del 2023, las 08h56.- En mi calidad de Jueza Subrogante del Despacho de la Dra. Jessenia García Peña Jueza de la Unidad Judicial con sede en el cantón Lago Agrio; avoco conocimiento de la presente causa.- De oficio: En lo principal, de conformidad con el Art. 2 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, al haberse incurrido en un lapsus calami, en el auto de sustanciación de fecha 25 de abril del 2023, las 17h04, donde se hace constar Cítese a: Los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEGUNDO RAMON PEREZ EGUEZ y EUSEBIO ARNULFO PEREZ OROZCO así como a los demandados PEREZ CUENCA JIXON ESTIBEN y PEREZ CUENCA JEFFERSON GEOVANNY, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y del presente auto de sustanciación. Las publicaciones integras se agregarán al proceso, por cuanto la parte actora ha cumplido con las declaraciones bajo Juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente...”; cuando lo correcto es “Cítese A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEGUNDO RAMON PEREZ EGUEZ y EUSEBIO ARNULFO PEREZ OROZCO así como a los demandados PEREZ CUENCA JIXON ESTIBEN y PEREZ CUENCA JEFFERSON GEOVANNY, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional: y, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y del presente auto de sustanciación. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con las declaraciones bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaria entréguese el extracto correspondiente..." Convalidación que se la realiza a fin de garantizar el debido proceso en la garantía del trámite propio de cada procedimiento.Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Nueva Loja, 23 de mayo del 2023.- Certifico. ABG. FANY JUMBO GOMEZ SECRETARIA 3/3 Q-4009
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEI CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL PROCESO: 15301-2022-00390
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS EXTINTOS DOMINGO ALEJO TAPUY GREFA, JOSE TAPUY MAMALLACTA "LLULLUCHO", VICENTE TAPUY MAMALLACTA “UPATRAGO", PEDRO TAPUY GREFA "CHALLUA", SEBASTIAN CALAPUCHA ANDI "ZORRO”, PEDRO CALAPUCHA ALVARADO "UPA-RUNA", FERNANDO ANDRÉS TAPUY CERDA, SERAFINA MARUJA TAPUY ALVARADO, SIRENA MARÍA AGUINDA TAPUY, JACINTA ANGELINA MAMALLACTA PISANGO, ELENA ALVARADO CHONGO, ROSA ANTONIA CERDA SHIGUANGO, CATALINA MARIA ANDY AGUINDA SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora SÁNCHEZ BARRENO ANA DEL CARMEN, demanda la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un lote de terreno, y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señor y dueño, desde el 11 de junio del 2004, sobre un lote de terreno signado con el No. 4 manzana 2 de 511,16m2; ubicado en el sector San Vicente de Chacuambi. parroquia Muyuna, Cantón Tena, provincia de Napo, desembrados de uno de mayor cabida. - Solicita que en sentencia se declare que ha operado la PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, a su favor.- AUTO CALIFICACIÓN DEMANDA: Tena, 25 de mayo del 2022, las I5h58, VISTOS: (…) TERCERO: 3.1 CALIFICACION DE LA DEMANDA: Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ordinario (…) 3.4 CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de extintos DOMINGO ALEJO TAPUY GREFA, JOSE TAPUY MAMALLACTA “LLULLUCHO”, TAPUY MAMALLACTA "UPA-TRAGO, PEDRO TAPUY GREFA "CHALLUA” SEBASTIAN CALAPUCHA ANDI "ZORRO", PEDRO CALAPUCHA ALVARADO “UPA-RUNA” FERNANDO ANDRÉS TAPUY CERDA, SERAFINA MARUJA TAPUY ALVARADO, SIRENA MARIA AGUINDA TAPUY, JACINTA ANGELINA MAMALLACTA PISANGO, ELENA ALVARADO CHONGO, ROSA ANTONIA CERDA SHIGUANGO, CATALINA MARIA ANDY AGUINDA, de conformidad Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en el periódico DE AMPLIA CIRCULACIÓN EN ESTA LOCALIDAD mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que el actuario conferirá los respectivos extractos (…) QUINTO: CONTESTE LA DEMANDA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, a los demandados se concede el término de TREINTA DÍAS, PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA en la forma establecida en el articulo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Los 30 días para contestar la demanda se cuentan a partir de la citación (…) f) Dra. Mercedes Jumbo Jumbo, jueza de la Unidad Judicial Civil.- LO CERTIFICO.Tena, 10 de abril del 2023.
Ab. Jonny Benavides Guayta
SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL TENA. 3/3 Q-4014
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA Y GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA
DOMICILIO DEL ACTOR: correo electrónico dr. guillermoortiz@hotmail.com del Dr. Ortiz Vásquez Guillermo Armando
CUANTIA: USD. 4.437,18
JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.
SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.
PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312022-00159 que sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDIO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA, en contra de GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY Y OTRO. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente:
Que con fecha 4 de mayo del 2021, los demandados GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY en calidad de deudor principal, y BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA en calidad de garante y deudora solidaria, suscribieron el pagaré a la orden con vencimientos sucesivos e intereses reajustables, con numero de operación 0735051943 por la cantidad de CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS, que debían ser pagados en 36 dividendos o cuotas mensuales sucesivas por los valores, plazos y vencimientos detallados en el mismo, con una tasa de interés efectiva anual de 15.39% reajustable sobre saldos, desde la fecha de suscripción del presente pararé a la orden hasta el vencimiento del plazo estipulado en el mismo y el interés por mora de acuerdo a los fijados por la autoridad competente…Que conforme la tabla de pagos, de fecha 22 de marzo del 2022 en la que consta que los
demandados han cancelado hasta el dividendo No. 4, adeudando desde el dividendo No. 5, la cantidad de 4.150, vencido el 5 de julio del 2021, misma que concuerda con la tabla de amortización original en la cual aparece con vencimiento de fecha 5 de julo del 2021, por lo tanto, se declara vencida la deuda el 5 de julio del 2021, en la suma de 4.150. Que en sentencia se digne declarar con lugar la demanda y se condene a los demandados GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY en calidad de deudor principal y a BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA en calidad de garante y deudora solidaria el pago de los siguiente rubros: El saldo del capital constante en pagaré a la orden, con un interés anual efectiva del 15.39% desde la fecha de suscripción del título e interés de mora vigente a la fecha en que se pague, desde el dividendo No. 5, vencido el día 5 de julio del 2021, en que ha sido declarada la obligación de plazo vencido, que corresponde a los siguientes rubros, capital exigible 4.150, interés exigible 287,18, lo que nos da una cantidad a cancelar de USD. 4.437,18, a los que se adicionarán los intereses que se devenguen hasta la total cancelación de la deuda, las costas procesales y honorarios de mi defensor, así como los gastos administrativos de notificaciones y requerimientos. Lago Agrio, martes 5 de abril del 2022, las 16h25, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- En lo principal: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN
A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez, en calidad de Procurador Judicial del Ing. Alex Omar Vivero García, Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Muñoz Vega Ltda.”, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de los señores: GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY en calidad de deudor principal y BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA en calidad de avalista solidaria, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación de los demandados: GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY en calidad de deudor principal y BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA en calidad de avalista solidaria, en el domicilio señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo", se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de los demandados Guiz Chamba Freddy Geovanny freddyguiz@ hotmail.com; y, Briceño Rosero Mireya Milena mireyabriceño082@yahoo.com; se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la
demanda y complemento así como este auto, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY en calidad de deudor principal y BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA en calidad de avalista solidaria, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y los correos electrónicos señalados alexvivero@ cpmv.fin.ec ortizguillermoarmando@gmail.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lago agrio, viernes 12 de mayo del 2023, a las 15h24. Agréguese al proceso, el escrito presentado por la parte actora.- En atención a su petición, revisado que ha sido el proceso, en efecto constan el acta de desconocimiento de domicilio de los demandados: BRICEÑO ROSERO MIREYA MILENA
Y GUIZ CHAMBA FREDDY GEOVANNY, en consecuencia CÍTESE a los referidos demandados, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país, así como en un diario que tenga cobertura en esta provincia, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.- Notifíquese f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley.- CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO
2/3 S-5436
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS
CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO / ORDINARIO, a los presuntos herederos desconocidos del causante NAPA NAPA CRISTIAN GEOVANNY, cuyo extracto es el siguiente:
ACTORA: NUBIA SANABRIA
DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS
JUICIO NRO: 21201-2022-00963
CUANTÍA: INDETERMINADA
CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO
TRAMITE: RDINARIO
JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.
Yo. NUBIA SANABRIA, colombiana, con cedula de identidad Nro. 3875544-3, domiciliada en el Recinto Corazón Orense, Parroquia General Farfán, Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos. Los nombres completos de la demandada son; Napa Gomez Ernestina Florinda, en virtud de solo existir única madre sobreviviente, la demandada se la citara, en el Recinto Corazón Orense, Parroquia General Farfán, Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos, por medio del Teniente Político, de la Parroquia General Farfán. LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS; señor Juez mantuve una unión de hecho con quien en vida se llamó NAPA NAPA CRISTIAN GEOVANNY, por el lapso de nueve años, desde el 4 de agosto del 2023 hasta el 29 de agosto del 2022, fecha de su fallecimiento, en un accidente de tránsito, junto a su hermano Dionicio Fidel Napa Napa, FUNDAMENTOS DE DERECHO: Son los establecidos en el Artículos 222 y 223 del Código Civil, art. 9 y 66 de la Constitución de la República, y Articulo 6 de la ley Nro. 115 que regula la unión de hecho. PRETENSIÓN: Señor Juez, solicito que se declare mediante sentencia la UNIÓN DE HECHO POST MORTEM entre NAPA NAPA CRISTIAN GEOVANNY y NUBIA SANABRIA, desde el 4 de agosto del 2023 hasta el 29 de agosto del 2022. CUANTÍA: La cuantía por su naturaleza es indeterminada. TRÀMITE.
- La presente causa se sustanciará mediante el procedimiento Ordinario según lo establecido en el art. 289 del Código Orgánico General de Proceso. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Familia Mujer Niñez y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos cantón Lago Agrio, conforme los artículos 44, 75, de la Constitución de la República y Artículos: 11, 19, 20, 23, 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; al estar legalmente posesionada y en funciones y, previo el sorteo electrónico de Ley, avoco conocimiento de la demanda.-En lo principal, por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior con el escrito de fecha de 2 de febrero del 2023 a las 11h00, se considera: 1.- La demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POS MORTEM presentada por NUBIA SANABRIA de nacionalidad Colombiana con numero de pasaporte Nª38755-443, la declaratoria se efectuara, con el señor NAPA NAPA CRISTIAN GEOVANNY en virtud de haber hecho las diligencia necesarias para investigar a los herederos del señor NAPA NAPA CRISTIAN GEOVANNY demanda a la señora madre del causante la señora NAPA GOMEZ ERNESTINA FLORINDA la misma que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario de conformidad con lo que determina el Art.289 ibídem.2.-Cítese a la demandada a la señora NAPA GOMEZ ERNESTINA FLORINDA, en el lugar señalado en libelo de la demanda, mediante oficina de citación de esta Unidad Judicial, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, al efecto se enviará suficiente despacho a citaciones a fin de que se cumpla con la diligencia de citación. 3.-La citación a los herederos desconocidos de conformidad con el Art.58 del COGEP, se efectuará mediante publicación que se realizará en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la provincia de Sucumbíos. 4.-Para los efectos del Art.146, inciso quinto del Código Orgánico General de Proceso, se dispone la inscripción de esta demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, en lo relativo a los bienes inmuebles que se describen en la presente demanda, para lo cual enviará la copia respectiva.5.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 y 152 del mismo cuerpo normativo.6.-Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte actora, tanto las pruebas documentales y testimoniales se receptará en la audiencia correspondiente conforme el Art.160 y 161 del COGEP. En cuanto a la nómina de testigos serán notificados en su domicilio del abogado de conformidad con el Art.191 del Cogep para su comparecencia. -5.-Agréguese la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta, la cuantía de la demanda, el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por la actora y la autorización a su abogado patrocinador. Agréguese al proceso el escrito presentado por la actora de fecha 07 de febrero del 2023 a las 14h50, el mismo que se atiende ofíciese conforme solicita la actora a la entidad correspondiente, en aplicación del principio de dispositivo la actora debe de manera inmediato entregar el oficio y gestionar la respuesta para sea entregado a este proceso. Actué la Abogada Gladys Solarte como secretaria de esta Unidad Judicial. -CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Atentamente.
Abg. Gladys Janeth Solarte
SECRETARIO UJFMNALAS
2/3 S-5435
solicitud presentada por el Sr. Teofilo Xavier Oyola Galarza, en calidad de Gerente General de la compañía GLOBAL MINERAL BUSINESS GMB S.A., el caudal solicitado es de 4,5 l/s de cada punto de captación. Proceso: NA-NL-2023-05-AAA.
R DEL E DIRECCIÓN ZONAL 9, SUCUMBÍOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LOS RÍOS AGUARICO, CASCALES, LORO YACU, LOS PUNTOS DE CAPTACIÓN SE ENCUENTRAN UBICADOS EN LA PARROQUIA CASCALES, CANTÓN CASCALES, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.
CARTEL
ACTOR: Sr. Teofilo Xavier Oyola Galarza, en calidad de Gerente General de la compañía GLOBAL MINERAL BUSINESS GMB S.A.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso del agua proveniente de los ríos Aguarico, Cáscales, Loro yacu, el objetivo de la captación de las aguas es para uso Industrial (minería metálica),
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, DIRECCIÓN ZONAL 9 SUCUMBÍOS: Sucumbíos, 16 de mayo del 2023.- Las 09H10.- (Expediente NA-NL-2023-05-AAA).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal 9, Sucumbíos del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, conforme Acción de Personal No. 0386 de fecha 19 de marzo del 2021, es competente para conocer y resolver el presente trámite de acuerdo a lo estipulado el Art. 18, literal g), de la LORHUAA, establece que la Autoridad Única del Agua, será competente para otorgar las autorizaciones para todos los usos, aprovechamientos de agua. Artículos 87, 93, 95, 107, y el Art. 85, cuarto inciso, literal c), del RLORHUAA, Art. 107 Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua. 1.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso y Aprovechamiento del Recurso Hídrico de Aguas provenientes del río Cáscales atraviesa la concesión de Nro. Oeste a Sur Este, río Loro Yacu que va de Norte a Sur de la concesión minera y Río Aguarico al Sur de la misma donde intersecan los vértices de la concesión, el caudal solicitado es de 4.5 l/s de cada fuente hídrica, solicitud presentada por el Sr. Teofilo Xavier Oyola Galarza, en calidad de Gerente General de la compañía GLOBAL MINERAL BUSINESS GMB S.A., conforme consta en el nombramiento que adjunta, la compañía en referencia es titular de la concesión minera EL TUERTO código 40000282, concesión que fue adquirida mediante Resolución Nro. MERNNR-VM-2022-0002-RM, de fecha 26 de enero de 2022, en la misma que en el Art. 2.- AUTORIZA la cesión y transferencia del cien por ciento (100%) de los derechos mineros derivados de la concesión minera denominada “EL TUERTO”, COD. 40000282, de titularidad del señor Jorge Antonio De Jesús Tutivén Matamoros en su calidad de CEDENTE, a favor de la compañía GLOBAL MINERAL BUSINESS GMB S.A, en calidad de CESIONARIA. El área minera se encuentra ubicada en la vía Quito km 42 vía Lago Agrio-Quito margen derecho segunda línea, parroquia Cáscales, cantón Cáscales, provincia de Sucumbíos. Los puntos de captación de las aguas requeridas se detallan en la presente tabla: Fuente hídrica Rio aguarico con coordenada x: 25725, coordenada y: 10008082, caudal recorrido, 4.5, caudal de aprovechamiento productivo: Industrial, plazo 10 años; Fuente hídrica Río Cáscales con coordenada x: 251629, coordenada y: 10013537, caudal recorrido 4.5, caudal de aprovechamiento productivo: Industrial, plazo 10 años; Fuente hídrica Río Yacu con coordenada x: 250726, coordenada y: 10011808, caudal recorrido, 4.5, caudal de aprovechamiento productivo: Industrial, plazo 10 años. La solicitud en referencia es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios, presuntos y desconocidos de las aguas conforme lo establece el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en concordancia Al Art. 107 del Reglamente del cuerpo legal antes mencionado, numeral 3 inciso segundo “Anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas” y además con la fijación de carteles, en tres de los parajes más frecuentados del cantón Cáscales, para lo cual se enviara atenta comisión al señor Jefe Político del cantón Cáscales, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.Oportunamente se designara al Analista Técnico del Centro de Atención al Ciudadano 1, para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Se da por legitimada la intervención del Mgs. Edison Fernando Dávila Valle, en calidad de Asesor Jurídico de la compañía GLOBAL MINERAL BUSINESS GMB S.A. 4.- Agréguese al proceso la Carta Ciudadano Nro. CIUDADANO-CIU-2023-10459. 5.- Tómese en cuenta los correos peraltaojose@ gmail.com davilamle@gmail.com y el número telefónico 0986166881 para efecto de posteriores notificaciones.- Actué en la presente causa la Ab. Yomayra Gaybor, en calidad de Analista Jurídica del Centro de Atención al Ciudadano 2.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE... f). Abg. Juan Pablo Fajardo, Director Zonal 9, Sucumbíos del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
Lo que comunico para los fines pertinentes. Sucumbíos, 16 de mayo del año 2023
Circulación del 18 al 24 de junio de 2023
Ab. Yomayra Gaybor
Analista Jurídica del Centro de Atención al Ciudadano 2
2/3 Q-4018
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
PROCESO: 15301-2022-00171
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS EXTINTOS TANGUILA GONZALO CESAR y LICUY ANDI CLARA
SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora VALVERDE VARGAS IRINA MARICELA, ha presentado un juicio ORDINARIO POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, al cual se le asignó el No. 15301-2022-00171, cuyo extracto es como sigue: EXTRACTO DEMANDA: La parte actora VALVERDE VARGAS IRINA MARICELA, demanda la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un lote de terreno, y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señores y dueños, desde el 11 de enero del 2004, signado con el No.6A-1, manzana S/N, clave catastral s/n, de 28.341,14M2 de cabida, desmembrado de uno de mayor cabida, el predio se halla ubicado en sector denominado parroquia PUERTO NAPO, cantón Tena, provincia de Napo.- Solicita que en sentencia se ordene que ha operado la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, a su favor.- CALIFICACIÓN DE LA
DEMANDA: Tena, 04 de abril del 2022, las 15h02; VISTOS: Dra. MERCEDES AIDE JUMBO, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, radicada la competencia mediante sorteo. En lo principal (…) La parte actora VALVERDE VARGAS IRINA MARICELA (1500633357) ha completado su demanda en el momento procesal oportuno, demanda la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un lote de terreno, la demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señores y dueños, desde el 11 de enero del 2004, signado con el No.6A-1, manzana S/N, clave catastral s/n, de 28.341,14M2 de cabida, desmembrado de uno de mayor cabida, se halla ubicado en sector denominado parroquia PUERTO NAPO, cantón Tena, provincia de Napo.- TERCERO: DISPONGO: 3.1) Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 3.2) CITACION: SEDECLARA LEGALMENTE CITADOS a los herederos conocidos de los extintos TANGUILA GONZALO CESAR (1500098882) y LICUY ANDI CLARA (1500088289), esto es, a los señores YOLANDA NANCY TANGUILA LICUY, ROBERTH RENÁN TANGUILA LICUY, WILSON PATRICIO TANGUILA LICUY, DANILO MEDARDO TANGUILA LICUY, LIZARDO SAMUEL TANGUILA LICUY, LIGIA AIDE TANGUILA LICUY, RENE DANIEL TANGUILA LICUY, MAGALY JAQUELINE TANGUILA LICUY, de conformidad con el Art 53 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, desde el momento que ha comparecido a juicio, esto es desde el miércoles 30 de marzo del 2022 (…) 3.8 CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de los extintos TANGUILA GONZALO CESAR (1500098882) y LICUY ANDI CLARA (1500088289),de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en UN PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que el actuario conferirá los respectivos extractos; CUARTO: CONTESTE LA DEMAN-
DA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, a los demandados se concede el término de TREINTA
DÍAS, PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. el termino para contestar la demanda se contará a partir de la citación. - A los herederos conocidos a quienes se declara legalmente citados en el numeral que antecede, el termino para contestar la demanda se cuenta a partir de la fecha de notificación con este auto (…) f) Dra. Mercedes Jumbo Jumbo, jueza de la Unidad Judicial Civil.- LO CERTIFICO.- Tena, 09 de junio del 2023.
Ab. Jonny Benavides Guayta
SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL TENA. 2/3 Q-4022
Juicio No. 15301-2022-01186
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA.- Tena, lunes 5 de junio del 2023, a las 09h08. EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE
EN EL CANTÓN TENA
A: Herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamarón: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA DOMINGO AGUINDA HUATATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA
ACTOR: ARAUJO SANCHEZ VICENTE MISAEL
DEMANDADOS: BARTOLO HUMBERTO AGUINDA GREFA; AGUINDA TAPUY VICENTE FRANCISCO; AGUINDA TAPUY; AGUINDA TANGUILA MANUELA; AGUINDA TAPUY ANIBAL; CESAR PEDRO AGUINDA GREFA; HUGO DOMINGO AGUINDA GREFA; GREFA CALAPUCHA EUGENIA DOLORES; MAMALLACTA AGUINDA
VENANCIO PATRICIO, MAMALLACTA AGUINDA MANUEL CARLOS, Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Tena, Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG –NAPO, Procurador General del Estado.
JUICIO: ORDINARIO No. 15301-2022-01086
ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA
ADQUISITIVA DE DOMINIO
JUEZA : ABG. ERIKA PAOLA KUÁSQUER PEÑAFIEL Tena, miércoles 22 de febrero del 2023, a las 10h12. VISTOS. – En lo principal. -PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO. - CITACIÓN. – 2.1) Cítese a la parte demandada señores: BARTOLO HUMBERTO AGUINDA GREFA con cédula de ciudadanía 1500042146; AGUINDA TAPUY VICENTE FRANCISCO con cédula de ciudadanía número 1500105968; AGUINDA TAPUY ANTONIO con cédula de ciudadanía número 1500198120; AGUINDA TANGUILA MANUELA con cédula de ciudadanía número 1500481294; AGUINDA TAPUY ANIBAL con cédula de ciudadanía número 1500198146; CESAR PEDRO AGUINDA GREFA con cédula de ciudadanía número 1500426612; HUGO DOMINGO AGUINDA GREFA con cédula de ciudadanía número 1500379787; GREFA CALAPUCHA EUGENIA DOLORES con cédula de ciudadanía número 1500109914; MAMALLACTA AGUINDA VENANCIO PATRICIO con cédula de ciudadanía número 2100442546, MAMALLACTA AGUINDA MANUEL CARLOS con cédula de ciudadanía número 1500327943, a quienes se los citará con una copia de la demanda, escrito de reforma de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- 2.2 ) CÍTESE A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamarón: DOMINGO AGUINDA GREFA, VENTURA DOMINGO AGUINDA HUATATOCA, MANUEL AGUINDA GREFA, DOMINGO AGUINDA GREFA, FRANCISCO AGUINDA GREFA, MARCOS AGUINDA GREFA, JOSE AGUINDA GREFA, y JUAN BARTOLO MAMALLACTA, a quienes se los citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el contenido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspondiente, de conformidad con lo que señala el Art. 56.1 y 58 del COGEP, previniéndoles que tienen la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico.- 2.3) Cítese al señor Lcdo. CARLOS GUEVARA BARRERA y Dr. Johmson Ritter Gómez Rúales, en sus calidades de Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Tena, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.Cuéntese con el Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG -NAPO, a quienes se les notificará en el lugar señalado; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones de la Corte provincial de Justicia de Napo, encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, proveer de las copias necesarias para elaborar el despacho correspondiente.- Cuéntese con el señor Dr. Iñigo Salvador, Procurador General del Estado, para lo cual remítase atento DEPRECATORIO a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.- TERCERO: CONTESTACIÓN.-Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de
30 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso , previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia
Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la Demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el
oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón Tena, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- SEXTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe, como secretario el Abogado Carlos Cajas Moya. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones. Certifico. –CAJAS MOYA CARLOS SEBASTIAN SECRETARIO 1/3 Q-4023
Cotundo, 18 de junio del 2023 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES
De conformidad con las disposiciones estatutarias, la Ley del Deporte y su Reglamento, se convoca a los señores socios del Club Deportivo Especializado Formativo "COTUNDO”, a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, que se celebrará el día lunes 3 de julio del 2023 a partir de las 19H00 en la sede social del club, ubicada en la parroquia Cotundo, barrio central, avenida Huasquila, para tratar el siguiente Orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Elección del directorio del Club Deportivo Especializado Formativo "COTUNDO", para el período 2023 - 2027.
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptación del nuevo directorio.
Atentamente
Prof. Roger Rodrigo Baquero
PRESIDENTE
C.I: 150048312-6
Lic. Francisco Yumbo C SECRETARIO
C.I: 150064623-5
Q-4025
Así que tengan cuidado de su manera de vivir. No vivan como necios, sino como sabios, aprovechando al máximo cada momento oportuno, porque los días son malos.
El encuentro de las exreinas, en el Municipio de Lago Agrio, desde María Auxiliadora Zambrano, primera reina del cantón, 1979-1980 hasta la actual, Carolina Cedeño, 2022-2023, fue una acción inesperada y muy agradable para la mayoría de presentes que estuvieron en la develación de fotografías de las 43 exreinas e inauguración de “la galería de reinas”. Esta iniciativa que surgió desde Carolina Cedeño, con un arduo trabajo de recopilación de fotos y ubicación de las exreinas, tuvo un final emotivo, el jueves 15 de junio en la tarde, con la presencia de una buena cantidad de exreinas con sus bandas de reina, concejales, el alcalde Abraham Freire y por la cobertura de los medios de comunicación.
Desde la develación de las fotografías por parte del alcalde Abraham Freire, quien agradeció la presencia de las exreinas y prometió que se ubicará un espacio especial para que esta galería de 44 exreinas, con la de Carolina Cedeño, que el viernes entregó su reinado, dijo: “la galería estará de manera permanente en el edificio del Municipio de Lago Agrio, para que el público y visitantes observen a nuestras exreinas”.
Carolina Cedeño, organizadora de este evento, agradeció a todos quienes fueron parte de esta iniciativa, de manera especial la reina de residentes lojanos
en Nueva Loja, Mayeli Moreno y reina de la provincia, Mayerli Torres. Los reconocimientos fueron muchos, Carolina Cedeño aprovechó la ocasión para entregar placas y diplomas a todos quienes fueron parte de la ayuda en su gestión durante su reinado.
“Fui reina de Lago Agrio cuando tenía 15 años de edad”
María Zambrano, con su cabellera dorada y una sonrisa
llena de alegría, por el acto en el que estaba, lucía contenta de estar con sus compañeras. “Fui la primera reina de Lago Agrio, en 1979, cuando fue presidente del Concejo Municipal, el señor Jorge González” señaló a este medio. Dijo que la banda se la puso el Gobernador de Napo, “porque aún éramos parte de la provincia de Napo”. La primera reina de Lago Agrio, tenía 15 años de edad.
La elección se dio como si fuera una reunión familiar, ya
que recién se creó el cantón: Lago Agrio, el acto se dio en el cine de don Morocho. De hecho, María Zambrano, que vino de Manabí, ya fue reina en tierras manabitas.
En Nueva Loja, estudio en la Unidad Pacífico Cembranos, en esta institución educativa fue bastonera. La universidad tuvo que ir a Ambato y estudió administración de empresas, regresó a Lago Agrio con su título de ingeniera. Trabajó como jefa del departamento de estadística en el hospital Marco Vinicio Iza.
La reina, obviamente, tuvo una amistad muy importante con el señor Jorge González, por ser el presidente del Consejo Municipal y también con el emblemático Jorge Añazco. “Eran personajes muy queridos y respetados” recuerda.