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AÑO 26 • Edición 1282 Circulación del 24 al 30 de diciembre de 2023
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Navidad, tiempo de
RENACER
El momento más especial del año, en el que dejamos atrás un ciclo lleno de aprendizaje y nos preparamos para celebrar en familia y con amigos.
Prefecto de Sucumbíos presentó cuatro proyectos de obras para el 2024 COMUNIDAD»12
En rueda de prensa con los medios de comunicación, la máxima autoridad de la provincia dio a conocer obras para Lago Agrio, Cascales y Gonzalo Pizarro. Obras que van desde la vialidad hasta el turismo, un boulevard, puente y asfaltados son parte de las obras que están previstas para el2024. COMUNIDAD»7
DEPORTES»8
AV. 20 DE JUNIO ENTRE AV. QUITO Y PETROLERA PERMANECERÁ CERRADA POR NAVIDAD Y FIN DE AÑO
MANABÍ SE QUEDÓ CON EL ÚLTIMO CAMPEONATO NACIONAL BARRIAL
Wilson Salazar Comisario Municipal manifestó el cierre de este Zambranitos de Sucumbíos enfrento en la final a Manabí, sin tramo de la Av. 20 de Junio para ubicar a los comerciantes poder derrotarlo, los manabitas en este 2023 lograron superar a durante el cierre del año 2023. Sucumbíos en casi todos los torneos nacionales.
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Opinión
Circulación del 24 al 30 de diciembre de 2023
Editorial
Mala costumbre endeudarse sin responsabilidad Se hace común escuchar a los ciudadanos reprochar el accionar de los gobernantes de turno, considerando que después de cada periodo el panorama empeora en especial en la parte económica. La Deuda externa crece a pasos agigantados a tal punto que el país está próximo a sobrepasar la barrera de los USD60.000 millones, solo a organismos multilaterales como: Fondo Monetario Internacional (FMI), EL Banco Mundial (BM), y Banco Interamericano de Desarrollo (BID -CAF) el monto asciende a USD 24.268 millones hasta de febrero del 2023. Al momento si cada ecuatoriano tuviera que contribuir para pagar la deuda con el FMI, tendría que poner USD 439. Ecuador es el segundo país de América Latina que debe más dinero al FMI, luego de Argentina. El saldo de la deuda externa con los organismos multilaterales creció desde 2020, antes de la pandemia del Covid-19 las obligaciones con los
multilaterales representaban solo el 10% de la deuda externa. Según la constitución del estado de 2008 en el artículo 3 claramente expresa la responsabilidad del estado frente a sus ciudadanos: “planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, distribución justa de los recursos, acceso al buen vivir. Situación que está lejos de cumplirse o al menos satisfacer medianamente. Muchas contradicciones surgen ante este tema; por un lado, el país recibe dineros en calidad de préstamos de organismos internacionales, se explotan de manera irracional los recursos naturales del suelo ecuatoriano, permanentemente se imponen nuevos impuestos al pueblo, y otros rubros que van a las arcas del estado, y continuamente se menciona que no hay plata. Parecería entonces que el problema radica en la falta de capacidad y honestidad para manejar y distribuir los recursos de manera equitativa.
Al hablar de honestidad, parece que a unos cuantos personajes en especial de cuello blanco, se les extravió esta virtud, y por el contrario, encontraron en la corrupción su modo de hacerse ricos sin importarles la necesidad de los habitantes de nuestro país, acompañado de una cortina negra de impunidad en todas las instancias del estado; y es que es tal el descaro de la clase política, que la propia función legislativa del estado, se opone a actos de fiscalización, fundamental para la transparencia del manejo económico. Parecería que la única salida es reinventarnos, retomando valores como: la honestidad, transparencia en nuestros actos, la tolerancia hacia nuestros semejantes que tanta fata nos hace en estos momentos difíciles, aportando los adultos al nacimiento de nuevas generaciones con conciencia de pertenencia, y buenas actitudes.
Opinión
Diciembre mes de compras y endeudamientos innecesarios Por: Wagner Jaramillo M
Las festividades de navidad y año nuevo son fechas en las que las familias ecuatorianas añoran, unas para poder reunirse, otras para reencontrarse con sus parientes cercano, incluidos aquellos que partieron fuera de patria en busca de mejores días. También las fiestas de diciembre vienen acompañadas de compromisos o costumbres de entregar regalos, y es que ser generoso no tiene nada de malo, más bien son actitudes de gente muy bondadosa que se satisfacen dando antes que recibir. Lo aconsejable como primera medida para evitar endeudarse de manera desmesurada, es elaborar un presupuesto personal o de hogar, pues las personas acostumbran gastar más de los ganan, para esto es necesario priorizar como: gastos de alimentación, estudios de los hijos, medicinas, transpor-
te, arriendo en caso de no poseer vivienda propia, únicamente así sabrá cuanto le permite su presupuesto gastar en regalos, fiestas y paseos de fin de año. Un segundo consejo es comprar siempre con efectivo, si tiene tarjetas de crédito guárdelas bien para estas fechas; así no caerá en la tentación de comprar cosas innecesarias con recargos de intereses súper elevados. Por el bien de la familia presupueste pagar deudas pendientes si las tiene, aproveche el decimotercero sueldo, no lo vote por la borda en gastos de cosas improductivas, recuerde que los sobresueldos no llegan todos los meses, y piense que no hay mejor sensación que sentirse libre de deudas, así empezará con pie derecho el próximo año y podrá hacer planes de ahorro para mejorar su condición económica. Si la debilidad es comprar regalos para la familia, es tiempo de priorizar, pues la situación econó-
mica del país es difícil; entonces bien vale la pena hacer un estudio casa adentro y seleccionar los regalos a las personas con menos presupuestos, sean estos niños o jóvenes, al final son los que más necesitan o esperan un regalo de sus allegados, así obtendrás un importante ahorro que beneficie a la economía del hogar. No caiga en las trampas de los descuentos o pagos prorrateados para meses del próximo año, a primera vista parecen ser ofertas muy atractivas, pero al final terminan convirtiéndose en carga innecesaria para el presupuesto del próximo año. Hagamos de estas fechas, momentos para volver nuestros ojos a Dios perdonar, amar a nuestros prójimos, y sobre todo reflexionar sobre nuestros actos y proceder y comprometerse a cambiar de actitud.
¡¡Unas felices fiestas de navidad y año nuevo!!
Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota Director - Editor: Carlos Moreta Subdirector: Wagber Jaramillo SUCUMBÍOS Corresponsales: Fausto Campos Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana Contacto: 062362680 0989404851 • 0997103969 • 0984660182 • 0939501015 PASTAZA Contacto: 022906827 0984660182 • 0997103969 • 0992081870 ORELLANA Seis de Diciembre y Guayaquil Contacto: 062806246 0997103969 • 098 622 2039 • 0984660182 NAPO Contacto: 022906827 0984660182 • 0997103969 • 0992081870 QUITO Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0984660182 • 0992081870 • 0997103969 DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C. COBERTURA Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias. IMPRENTA - EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal. VENTAS ggranda@periodicoindependiente.com
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La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.
Política 3
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Ley de Eficiencia Económica ya está publicada en el Registro Oficial La Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo fue publicada el 20 de diciembre del 2023 en el Registro Oficial y con ello entró en vigencia.
» | FOTO: Presidencia.
Esta es la primera ley del gobierno de Daniel Noboa y busca generar inversiones y con ello empleo especialmente para los jóvenes. El proyecto original tuvo varias modificaciones durante su debate en la Asamblea Nacional que la aprobó con 107 votos el martes 19 de diciembre. Las 149 páginas de esta ley constan en el primer suplemento N° 461. Estos son algunos temas de la nueva ley:
DEVOLUCIÓN DEL IVA PAGADO PARA PROYECTOS INMOBILIARIOS Las personas naturales y sociedades que paguen IVA en las compras locales o importacio-
del 50 % respecto del gasto de sueldos e incluye la contratación de personas obligadas a pagar pensiones alimenticias. La deducción será del 75 % si las nuevas plazas de trabajo son para jóvenes de esas edades graduados o egresados de universidades públicas e institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fiscomisionales. También será del 75 % para el contribuyente que genere incremento neto de plazas de trabajo nes de bienes y servicios para la para el sector de la construcción construcción de proyectos in- y agricultura. mobiliarios tienen derecho a su devolución, sin intereses, en un CONDONACIÓN DE tiempo no mayor a 90 días. Para IMPUESTOS ello se emitirá una nota de crédiLa nueva ley condona el pago de to. Los proyectos inmobiliarios los $ 60 por concepto de impuesto deberán ser registrados por el ministerio de ramo o la entidad a la renta del ejercicio fiscal 2022 que corresponda, a excepción de a los contribuyentes que hayan aquellos que sean destinados para sido considerados Régimen Simla vivienda propia y no superen plificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) dudos proyectos por año. rante ese periodo. La condonación será respecto de las obligaciones CONTRATACIÓN DE pendientes de pago, quienes ya lo JÓVENES hubiesen efectuado no tendrán deLa deducción adicional de im- recho a la devolución. puesto a la renta propuesta para También condona los valores quienes contraten a jóvenes de derivados del Régimen Impositientre 18 y 29 años de edad será vo Simplificado (RISE), así como
los impuestos a la propiedad de vehículos motorizados, ambiental, a la contaminación vehicular y al 1 % a la compra venta de vehículos usados, administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI), sobre los ajustes, reliquidaciones, re determinaciones o determinaciones posteriores, que se hayan efectuado por la administración tributaria hasta por el periodo fiscal 2023 inclusive. Además, se condonan las obligaciones vencidas correspondientes al impuesto del 1 % a la compraventa de vehículos usados administrado por el Servicio de Rentas Internas y tasas y que son administradas por la Agencia Nacional de Tránsito y el Servicio Público para Accidentes de Tránsito, una vez que se haya verificado que han transcurrido los plazos establecidos en el artículo 55 del Código Tributario. De efectuarse procesos de determinación posteriores sobre obligaciones a las que los contribuyentes accedieron al beneficio de esta remisión, los pagos efectuados durante el periodo de remisión deberán ser aplicados directamente al capital, los demás pagos deberán ser considerados como pago previo con las normas de imputación establecidas en el Código Tributario.
Porque nos ha nacido un niño, se nos ha concedido un hijo; la soberanía reposará sobre sus hombros y se le darán estos nombres: Consejero Admirable, Dios Fuerte, Padre Eterno, Príncipe de Paz. Se extenderán su soberanía y su paz y no tendrán fin. Gobernará sobre el trono de David y sobre su reino, para establecerlo y sostenerlo con justicia y rectitud desde ahora y para siempre. Esto lo llevará a cabo el celo del SEÑOR de los Ejércitos.
Isaías 9: 6-7
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Comunidad
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Trabajadores de Fedesucumbíos paralizan actividades por falta de pago de sus haberes Durante esta semana los trabajadores y colaboradores de la institución decidieron paralizar las actividades y cerrar las instalaciones e ingreso a la Federación Deportiva.
Tras no obtener resultados positivos del diálogo realizado en días pasados con el Gobernador de la provincia, Wuilmer Mora, sobre la negativa de atender los requerimientos del personal de Fedesucumbíos por parte del Ministerio del Deporte, trabajadores y colaboradores de la Federación Deportiva de Sucumbíos, decidieron cerrar el ingreso a las instalaciones y paralizar todo tipo de actividad al interior de la misma.
“Desde la semana pasada iniciamos con esta iniciativa del plantón, con el objetivo de expresar nuestro reclamo por la falta de cumplimiento en los pagos de sueldos de los meses de octubre, noviembre, diciembre y el décimo tercer sueldo. Sentimos indignación al ver que otras instituciones del estado los sueldos del personal están al día, mientras que nosotros solo recibimos especulaciones y ofertas de pago sin resultados positivos, lo que
demuestra que el deporte sigue siendo relegado por el Ministerio del Deporte” acotó Alfredo Noriega, Secretario del Sindicato de Trabajadores. Noriega, también expresó que la medida de hecho se mantendrá hasta que las autoridades atiendan sus justos requerimientos, caso contrario se trasladaran hasta la ciudad de Quito. Por otro lado, se pudo conocer que existen otras provincias del país con el mismo problema,
por ende, la inconformidad es general ante la desatención por parte del Ministerio de Finanzas, que no asigna los recursos y la impavidez en el accionar del Ministerio del Deporte, al no exigir con rigor el cumplimiento de las obligaciones.
Jherman Vaca, entrenador de Halterofilia: expresa su malestar como trabajador de la institución e indica que detrás de ellos están sus familias, e inclusive informa que los deportistas también son perjudicados por la falta de la asignación de recursos para la participación en eventos y torneos.
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Comunidad 5
Gobernador de Sucumbíos Wuilmer Mora da a conocer trabajos realizados - ¿Cómo se manejará la seguridad en Sucumbíos bajo los lineamientos del presidente?
En una entrevista para este medio, Wuilmer Mora Gobernador de Sucumbíos indicó trabajos coordinados que se realizan junto a la Policía Nacional.
Uno de los lineamientos o de las partes del plan Fénix, es justamente la inteligencia estratégica, en ese sentido ya están en la provincia Unidades de Inteligencia, en las diferentes Instituciones, están trabajando a la par las dos Instituciones para dar el fruto que se requiere.
- ¿De qué manera articulará su experiencia con la Estamos realizando varios la ciudadanía requiere, manifestó Policía y Fuerzas Armadas para mejorar la seguridad? operativos de seguridad en sitios Mora.
estratégicos de la ciudad conjuntamente con la Policía Nacional y Fuerzas Armadas, como parte de las estrategias que estamos trabajando y vamos a continuar reforzando y redoblando esfuerzos para darle la tranquilidad que P
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Los operativos Camex se continuarán realizando dentro de la provincia, son lineamientos puntuales del presidente Daniel Noboa, y sobre todo en este tiempo cuando estamos para cerrar un año más.
Son una de las directrices del Presidente de la República, por ello nos ha dado la confianza a exmilitares y policías para estar en este cargo, siendo así una fortaleza, ya que conocemos del tema de seguridad, y nos sirve para poder
articular de manera más fácil con Policía Nacional y las diferentes Unidades Especiales, al igual que con las Fuerza Armadas.
- Habrá cambios en los Ministerios o se mantendrá el personal en la provincia
Respetuosos de las funciones de cada uno de los Ministros, quienes son los encargados de nombrar a sus Directores, se están realizando las articulaciones respectivas para que ocupen los mejores perfiles y puedan estar al frente de cada una de las Carteras de Estado, ya en los próximos meses habrá cambios. Invitamos a la ciudadanía ayudar con los operativos que se realiza, que son para el bien de la ciudadanía, cualquier denuncia deben realizarlo llamando al ECU 911, concluyó Wuilmer Mora Gobernador de Sucumbíos.
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Emprendimiento
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Jaqueline Galindo a través de Love Detalles su emprendimiento, hace posible su economía Un emprendimiento que surgió tras la pandemia y el quedarse sin empleo, vende adornos, flores, peluches y mucho más para ocasiones especiales.
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La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, convoca a través del portal www. sercop.gob.ec, según lo establecido en el artículo 227 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública , a todas las personas naturales o jurídicas, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios legalmente constituidos o compromiso de asociación o consorcios, que estén domiciliadas en la Provincia de Orellana, Cantón Francisco de Orellana, a la presentación de ofertas para la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE MOTORES Y EMBARCACIONES FUERA DE BORDA EN LA GERENCIA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores RUP, y cumplan una de las siguientes condiciones de inclusión: 1. Productores individuales; 2. Organizaciones de economía popular y solidaria: sectores comunitarios, asociativos, cooperativos; 3. Unidades económicas populares; 4. Agricultura familiar y campesina; 5. Actores artísticos y culturales; 6. Artesanos; y, 7. Micro y pequeñas unidades productivas. El proceso de contratación se publicará el 27 de diciembre de 2023 a las 16:00, con el código: FIEPP-2023-033, en el cual se encuentran adjuntos los documentos y requisitos a presentarse, el presupuesto, la forma y condiciones de pago, plazo de ejecución, entre otros, así como el cronograma del proceso. S-5461
Jaqueline nos comenta que laboraba en una Institución Privada, pero luego de quedarse sin empleo y con la bendición de Dios, encontró como seguir teniendo ingresos económicos para sustentar a su familia, Love Detalles, nace como varios emprendimientos en época de pandemia, ante la adversidad había que buscar la oportunidad, nos indicó la propietaria. Sucumbíos como todo el país vivieron momentos difíciles y fue allí donde decidí iniciar con este negocio, no ha sido fácil, pero hemos ido caminando paso a paso, y gracias a Dios hoy tengo mi emprendimiento propio, con el cual seguimos laborando.
- ¿Qué ofrece Love Detalles?
Les ofrece arreglos florales, flores eternas, detalles para toda ocasión, globos adornados, chocolates, y muchos detalles más, en estas épocas de navidad y fin de año son oportunos para poder regalar a ese ser querido, para la época de febrero San Valentín tenemos todo lo especial para ese
día. Contamos con detalles pequeños y grandes, a todo precio, para niños, para el amigo secreto, para las parejas, para toda ocasión.
- ¿Dónde está ubicado y cómo contactarse?
El local está ubicado en la Av. Quito y Av. Circunvalación junto a Farmacia Comunidad, guiarse por el letrero rojo Love Detalles, nos pueden encontrar también en las redes sociales, nos pueden contactar al 0981783361, todos nuestros detalles son hechos con amor y personalizados, contamos con descuentos y mucho más.
Invito a las mujeres que si tienen un sueño que les apasione, no se dejen vencer, salgan adelante, el poder está en nosotras mismo, no dejemos de luchar por nuestras familias, como mujeres somos fuertes y luchadoras, si se proponen hacer algo luchen por eso, fue el mensaje que dejo Jaqueline Galindo para las damas sucumbienses.
Comunidad 7
Circulación del 24 al 30 de diciembre de 2023
Por época navideña y fin de año quedará cerrado el tramo de la Av. 20 de Junio para permitir la ubicación de los stands de los comerciantes.
Wilson Salazar Comisario Municipal, manifestó que este cierre se lo realizará desde el 20 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, tras la iniciativa del Alcalde de Lago Agrio, para apoyar a los comerciantes ambulantes, quienes se ubicarían en stands para la venta de sus productos, para que de esa manera puedan dinamizar su economía. Como municipio se socializó con la Unión de Transporte para cerrar esta vía y que los vehículos puedan tomar vías alternas durante estos días festivos, dentro de los stands se encontrarán vende-
dores de comida rápida, bisutería, ropa, calzado y muchos más. Desde el jueves 28 de diciembre habrá actividades de fin de año, con el ciclo paseo familiar; el viernes 29 de diciembre habrá: Motocross y Elección de la reina del Folklore; el sábado 30 de diciembre: Fin de año playero y el domingo 31 de diciembre: Juegos tradicionales y actividades recreativas, Concurso de testamentos y años viejos, Concurso de viudas y Cierre de fin de año donde se contará con la presencia de la Orquesta Adolescentes de Venezuela.
COMUNICADO
A todo el personal que haya laborado durante el período 1 de enero al 31 de diciembre del 2023 presentarán a sus Coordinadores en el caso que laboren en Bloques y en las oficinas más cercanas al personal que labora en las diferentes ciudades del país, la siguiente documentación: 1. Original de Partida de Nacimiento de los hijos menores de edad adjuntando copia a color de las cédulas de identidad. Si el menor es de otra nacionalidad se requiere que el original de la Partida de Nacimiento este APOSTILLA POR EL CONSULADO DEL RESPECTIVO PAÍS. 2. Original de la Partida de Nacimiento de los hijos mayores de edad con discapacidad parcial o total, adjuntando copia a color de la cédula de identidad y carnet del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. Para los colaboradores que trabajan o trabajaron en los puestos de servicio de SUDINCO Y PANAVIAL, deberán presentar una declaración juramentada donde se indique que la carga depende económicamente del colaborador. 3. Original de la Partida de Matrimonio Civil adjuntando copia a color de la cédula de identidad de la Cónyuge. Si el Matrimonio de asentó en el exterior se requiere que la Partida de Matrimonio sea APOSTILLADO EN EL CONSULADO DEL RESPECTIVO PAÍS. 4. Original del Certificado de Unión de Hecho inscrita en el Registro Civil, adjuntando copia a color de la cédula de identidad de la Conviviente. En el caso que se requiera la Declaración Juramentada, la empresa por medio de sus Coordinadores o Sucursales se solicitará para confirmar los años de Unión de Hecho. (Si requiere en Cliente). La documentación solicitada debe ser entregada conjuntamente con el formulario DECLARACIÓN DE CARGAS FAMILIARES, donde detallarán en forma clara, sin tachones ni enmendaduras los documentos que servirán como soporte para el pago de las utilidades del período 2023. Los documentos se recibirán hasta el 31 de diciembre del 2023. La empresa se reserva el derecho de verificar la documentación, en caso de duda se devolverá al empleado para su rectificación o ratificación. La Gerencia
La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, convoca a través de este medio de comunicación, según lo establecido en el artículo 227 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública , a todas las personas naturales o jurídicas, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios legalmente constituidos o compromiso de asociación o consorcios, que estén domiciliadas en la Provincia de Orellana, Cantón Francisco de Orellana, a la presentación de ofertas para la contratación del “SERVICIO DE TRANSPORTE FLUVIAL DE PASAJEROS PARA LOS FUNCIONARIOS DE LOS BLOQUES 12 EPF 12 PCC 15 CPF 16 TVC 31 APK Y 43 ITT DE LA EP PETROECUADOR”, que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores RUP, y cumplan una de las siguientes condiciones de inclusión: 1. Productores individuales; 2. Organizaciones de economía popular y solidaria: sectores comunitarios, asociativos, cooperativos; 3. Unidades económicas populares; 4. Agricultura familiar y campesina; 5. Actores artísticos y culturales; 6. Artesanos; y, 7. Micro y pequeñas unidades productivas. El proceso de contratación será publicado en el portal institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública: www.compraspublicas.gob.ec con el código: FI-EPP-2023-024, en el cual se encuentran adjuntos los documentos y requisitos a presentarse, el presupuesto, la forma y condiciones de pago, plazo de ejecución, entre otros, así como el cronograma del proceso. S-5461
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Av. 20 de Junio entre Av. Quito y Av. Petrolera quedara cerrada durante el feriado de navidad y fin de año
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Deportes
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Manabí último campeón nacional barrial del 2023 Fedenaligas con nuevo directorio presidido por Carlos Narváez cerró el año con el fútbol senior masculino en Napo con la participación de 19 provincias.
» Manabí se quedó con el último torneo nacional de Fedenaligas.
La provincia anfitriona formó parte del Grupo A, con la presencia de Milenium Fútbol Club como su representante, el plantel con la dura y difícil tarea de defender el título obtenido en el 2022, lamentablemente su participación sería pobre, inició con una derrota mínima ante Pastaza 0 – 1, luego cayó en manos de Manabí 1 – 2 y finalmente se despidió con una goleada de Santo Domingo 0 – 5, sin puntaje alguno fue la desazón del actual campeón. Por su lado Sucumbíos que fue representado por el Club Deportivo Zambranitos, fue parte del Grupo F, en su primera presentación goleo 5 – 0 a Cotopaxi y en el segundo encuentro fue una nueva goleada 4 – 0 sobre Chimborazo, resultados que le dieron la clasificación a los cuartos de final ubicándose en el primer lugar de la tabla general. Los clasificados a los cuar-
tos de final fueron: Sucumbíos, Galápagos, Tungurahua, Bolívar, Manabí, El Oro, Carchi y Santo Domingo de los Tsáchilas, donde el único representante de la amazonía era Sucumbíos, quien enfrentó a Santo Domingo derrotándole 3 – 0 con una actuación impecable de Wilmer Obando que anotó un hat trick, además la buena actuación de la defensa y el arquero Recuenco que mantenía su valla en cero. En la etapa de las semifinales llegaba una provincia por región, Sucumbíos por la amazonía, Manabí por la costa, Tungurahua por la sierra y la única provincia insular Galápagos, el cuadro amazónico enfrentó a Tungurahua en un encuentro apretado, donde además se marcó el gol más rápido de los campeonatos nacionales, a los 9 segundos Boris Ortiz roba la pelota en el inicio del encuentro y pone a Wilmer Obando para
» Club Deportivo Zambranitos, dejaron una excelente participación en el 2023.
que tempraneramente ponga en ventaja a Sucumbíos, al final el marcador sería 2 – 2, ya en los penales la buena actuación de Recuenco bajo los tres palos atajando dos penales y otro fallado por el jugador de Tungurahua, la acertada definición de Luis Alegría, Boris Ortiz, Wilmer Obando y Adonys Obando le dieron la segunda final nacional al club Zambranitos en el 2023. Ya en la final Sucumbíos y Manabí se verían una vez más las caras tras la final disputada en el campeonato nacional de fútbol sala en Palora, el cuadro de Zambranitos quería la revancha, que no se le terminó dando, Cristhian Eche anotó la primera para Manabí, al minuto 39 Wilmer Obando de tiro libre empató con un verdadero golazo, en la parte complementaria con un dudoso penal Michael Zambrano anotó el segundo para Manabí, Gandhy Paredes anticipó a Recuenco y anotó el 3 – 1 y finalmente Andrés Robila sentenció el 4 – 1 y de esa manera los manabitas se alzaron con un nuevo título nacional. Sin duda alguna los guerre-
ros de la Zambraneta dejaron una buena participación en el 2023, ocho finales jugadas, cuatro en el fútbol sala y cuatro en el fútbol senior masculino y se prepararán para el 2024 regresar con más fuerza, manifestó Roberto Vergara director técnico del plantel, por su lado Jonathan Angulo quien no pudo ser parte de la final por lesión lamentó no poder alcanzar el objetivo trazado, esto es fútbol y hay que seguir peleando, manifestó.
EL PODIO QUEDO DE LA SIGUIENTE MANERA: Cuarto Lugar: Galápagos Tercer Lugar: Tungurahua Vicecampeón: Sucumbíos Campeón: Manabí Goleador: Julio Bran de Galápagos con 8 anotaciones, un gol más que Wilmer Obando de Sucumbíos Mejor Arquero: Patricio Cedeño de Manabí, superando a Bryan Recuenco de Sucumbíos Mejor Juvenil: José Molina de Galápagos Jugador destacado: Mario Yancha de Tungurahua
» Bryan Recuenco arquero de Zambranitos recibe el trofeo de segundo lugar a nivel nacional.
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Deportes 9
Liga Deportiva Universitaria de Quito campeón de Liga Pro 2023 Liga de Quito tras cinco años de espera logra la décimo segunda corona de la mano de Luis Zubeldia, el equipo albo consigue el doblete el presente año, antes se coronó campeón de copa sudamericana. Durante los noventa minutos reglamentarios el marcador fue de 1-1, abriendo el marcador el joven centrocampista de la selección ecuatoriana Kendry Páez del cuadro negriazul, el empate llegó tras un grueso error del portero Moisés Ramírez, al calcular mal un pase en profundidad impulsado desde la media cancha del cuadro albo, y aprovechado de gran manera por Renato Ibarra. Tras varias insistencias de Kendry Páez, el mejor jugador del equipo rayado y de Jhojan Julio y el mismo Ibarra para el equipo azucena, el marcador no variaría. Al final el silbato de
Augusto Aragon indicaba el final del partido con lo cual la definición del título seria mediante ejecución de penales desde los 12 pases. Ya en la ejecución de los tiros penales, Alexander Domínguez se erigió como la figura del equipo de Liga Deportiva Universitaria, primero atajó el disparo de Lorenzo Faravelli, Jordi Alcivar, finalmente Marcelo Martins desvió su disparo por sobre del horizontal. Liga Deportiva Universitaria fue » Liga Deportiva Universitaria de Quito, celebrando su décima segunda estrella. efectivo en la ejecución de los FOTO: EFE / JULIO ESTRELLA disparos penales, marcaron: AlzuBarcelona SC 16 títulos, Club Aucas, y Club Deportivo Everest garay, Hurtado y Quiñonez, con lo sport Emelec 14 títulos, Club con un título cada uno. cual LDU alcanza la corona de la El goleador de Liga Pro 2023 Deportivo El Nacional 13 títuLiga Pro 2023. los, Liga Deportiva Universitaria fue el delantero ecuatoriano Mi12, Sociedad Deportivo Quito guel Parrales de Guayaquil City, BARCELONA ENCABEZA EL RANKING DE TÍTULOS 5 títulos, Deportivo Cuenca, In- con 16 anotaciones, seguido del dependiente del Valle, Centro colombiano Jean Carlos Blanco NACIONALES DESDE 1957 Deportivo Olmedo, Delfín Spor- con 13 dianas del club Técnico AL 2023 ting Club, Sociedad Deportiva Universitario.
Manchester City se consagra por primera vez campeón del Mundial de Clubes
El cuadro inglés del Manchester City dirigido por Pep Guardiola se alzó con el título mundial de clubes tras derrotar por goleada al brasileño Fluminense 4 – 0, la tarde de este viernes 22 de diciembre en Yeda – Arabia Saudita. Los cityzens se quedaron con el título de campeón del mundo por primera vez en toda su historia. Una hazaña que llega después de conquistar también por primera vez la UEFA Champions League en la temporada 2022-2023. El primer gol de los ciudadanos
fue a los 40 segundos de iniciado el encuentro, luego de una mala salida del defensor Marcelo en la que regalo el balón hacia la mitad del campo, Nathan Aké aprovecho para rematar a portería y Julián Álvarez la empujo con el pecho ubicando el 1 – 0. A los 27 minutos llegó la segunda del encuentro por intermedio de Phil Fonde quien remató a puerta y tras el desvío en Nino del Fluminense, los ingleses aumentaron la cuenta, a los 71 minutos Fonde liquidó las acciones tras
anotar el 3 – 0 y para cerrar la goleada el argentino Julián Álvarez anotó el 4 – 0 definitivo. El Manchester City de la mano de Pep Guardiola este 2023 cierra el año con su quinto título tras la obtención de la Premier League, FA Cup, Champions League, SuperCopa de Europa y ahora el Mundial de Clubes. El técnico español Guardiola consiguió su cuarto título Mundial de Clubes tras haber obtenido 2 con el F.C. Barcelona y uno con el Bayern Múnich, siendo de esa manera el estratega más ganador de esta competencia. El Real Madrid es el equipo más ganador de los Mundiales de Clubes con 5 títulos, el Fútbol Club Barcelona tiene 3 títulos, Corinthians y Bayer Múnich tiene 2 títulos, mientras Liverpool, Chelsea, Sao Paulo, Inter de Porto Alegre, A. C. Milán, Manchester United, Inter de Milán y ahora Manchester City tienen 1 título. Totalizando 16 títulos para los equipos Europeos y tan solo 4 títulos para los Sudamericanos.
Estudio Jurídico BVM Dr. Byron Villacrés Medina CONTACTOS:
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Judiciales
Circulación del 24 al 30 de diciembre de 2023
AVISOS JUDICIALES
LEGALES | PROPIEDADES | VEHÍCULOS | OCUPACIONES | SERVICIOS | CONVOCATORIAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL PROCESO: 15301-2023-00961 A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS EXTINTOS AGUINDA HUATATOCA VENTURA DOMINGO (1500054604); AGUINDA GREFA JOSÉ ANÍBAL (1500011133), AGUINDA GREFA MARCOS (1500012552), AGUINDA GREFA FRANCISCO (1500010986), AGUINDA GREFA MANUEL (1500012008), AGUINDA GREFA DOMINGO (1500028590), MAMALLACTA TAPUY JUAN BARTOLO (1500054570), AGUINDA GREFA DOMINGO (1500054638). SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor MAMALLACTA AGUINDA RICARDO ALBERTO, ha presentado un juicio ORDINARIO POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, al cual se le asignó el No. 15301-2023-00961, cuyo extracto es como sigue: EXTRACTO DEMANDA: La parte actora MAMALLACTA AGUINDA RICARDO ALBERTO, solicita la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señor y dueño desde el 14 de abril del 2005, sobre UN LOTE DE TERRENO, rural, con las siguientes características: signado con el No. s/n, manzana s/n, clave catastral general 15-0150-51-14.01-075-000 (lote de mayor cabida), de 90.989,31M2 de cabida (9,09has), de terreno desmembrados de uno de mayor cabida, se halla ubicado en sector denominado ALTO PANO-CHUITA, parroquia San Juan de Muyuna, cantón TENA, provincia de NAPO. Solicita que en sentencia se ordene que ha operado la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, a su favor.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: Tena, 16 de octubre del 2023, las 13h44; VISTOS: Dra. MERCEDES AIDE JUMBO, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, radicada la competencia mediante sorteo. En lo principal (…) La parte actora MAMALLACTA AGUINDA RICARDO ALBERTO (1500441470), solicita la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre DOS lotes de terreno, la demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en que mantiene posesión pública, tranquila, notoria, con ánimo de señor y dueño desde el 14 de abril del 2005, sobre UN LOTE DE TERRENO, rural, con las siguientes características: signado con el No. s/n, manzana s/n, clave catastral general 15-0150-51-14.01-075-000 (lote de mayor cabida), de 90.989,31M2 de cabida (9,09has), de terreno desmembrados de uno de mayor cabida, se halla ubicado en sector denominado ALTO PANO-CHUITA, parroquia San Juan de Muyuna, cantón TENA, provincia de NAPO. TERCERO: DISPONGO: 3.1) Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO (…) 3.9 CÍTESE A los herederos presuntos y desconocidos de los extintos AGUINDA HUATATOCA VENTURA DOMINGO (1500054604); AGUINDA GREFA JOSÉ ANÍBAL (1500011133), AGUINDA GREFA MARCOS (1500012552), AGUINDA GREFA FRANCISCO (1500010986), AGUINDA GREFA MANUEL (1500012008), AGUINDA GREFA DOMINGO (1500028590), MAMALLACTA TAPUY JUAN BARTOLO (1500054570), AGUINDA GREFA DOMINGO (1500054638); de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en UN PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN mediante tres publicaciones en fechas distintas. PREVIAMENTE la parte actora MAMALLACTA AGUINDA RICARDO ALBERTO (1500441470), comparezca a comparezca a esta judicatura el día VIERNES 20 DE OCTUBRE DEL 2023 12H30 y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con juramento declare que le es imposible determinar la individualidad de otros herederos, así como el domicilio o residencia en el supuesto de que existan; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a otros herederos mediante la prensa, juramento que se realizará ante esta juzgadora,. Hecho que sea y previa la inscripción de la demanda el actuario conferirá los respectivos extractos (…) CUARTO: CONTESTE LA DEMANDA: Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, a los demandados se concede el término de TREINTA DÍAS, PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo nor-
mativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. el termino para contestar la demanda se contará a partir de la citación. (…) f) Dra. Mercedes Jumbo Jumbo, jueza de la Unidad Judicial Civil.- LO CERTIFICO.- Tena, 05 de diciembre del 2023. Ab. Jonny Benavides Guayta SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL TENA. 3/3 Q-4163 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio: Ordinario, Declaratoria de Unión de Hecho, a los herederos presuntos y desconocidos del causante Simón Bolívar Tacuri Chuncho, conforme lo dispuesto en los Art. 56 y 68.1 del COGEP, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: Chamba Tacuri Aura Leovina, portadora de la cédula signado con el Nro. 1105001497 DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante Simón Bolívar Tacuri Chuncho. OBJETO DE LA DEMANDA: Declaratoria de Unión de Hecho. TRAMITE: Ordinario. JUICIO Nro. 21334-2023-00121 JUEZ: Dr. Galo Fernando Roca Bello. AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS, Cuyabeno, jueves 26 de octubre del 2023, a las 14h02. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente. La demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEM, presentada por la señora AURA LEOVINA CHAMBA TACURI en contra de los herederos de quien en vida se llamó SIMÓN BOLÍVAR TACURI CHUNCHO, que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Téngase en cuenta la Curadora Ad-Litem insinuada para que represente a los menores, respecto a la parte demandada se pronunciará en el momento de contestar la demanda, si no lo hiciere se lo entenderá por aceptado. Se ordena la citación de la demandada MARTHA ESTELA CHUNCHO TACURI por los derechos que representa de los titulares JENNIFER ANAHI, DAYANA MAYTE KEVIN RAFAEL THIAGO ISAI TACURI CHAMBA de 15, 13, 6 y 4 años de edad, en su calidad de hijos y herederos del causante, en el domicilio señalado para el efecto, con la demanda, y auto inicial. Por cuanto, la parte actora, ha justificado con la partida de defunción respectiva, el fallecimiento del causante, se dispone de conformidad con el articulo 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que se cite a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó SIMÓN BOLÍVAR TACURI CHUNCHO por medio de tres publicaciones en uno de los diarios de amplia circulación, para lo cual el Actuario del despacho cumpla con elaborar el extracto respectivo. Se dispone que la actora del presente juicio Aura Leovina Chamba Tacuri, comparezca en el término de cinco días con la finalidad de que bajo juramento que presentará ante el Juez sobre el desconocimiento de más herederos del que en vida fue Simón Bolívar Tacuri Chuncho. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada, el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, advirtiéndole de la obligación de señalar domicilio judicial y designar su defensor. Téngase presente los anuncios probatorios adjunto a la demanda señalados en el numeral 7 de su pretensión. Tómese en cuenta el casillero y los correos electrónicos señalados. Intervenga el Doctor Luis Guaillas Paqui, en calidad de secretario de esta Unidad Judicial. - CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. – Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Tarapoa, 01 de diciembre del año 2023. Atentamente, Dr. LUIS GUAILLAS PAQUI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE, CON SEDE EN EL CANTÓN CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.
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3/3 S-5458 DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SECTOR AGUAS CRUDAS DEL RÍO HUMUYACU, DE LA PARROQUIA CHONTA PUNTA, CANTÓN TENA, PROVINCIA DE NAPO CARTEL ACTOR: LENIN BLADIMIR REYES CARDENAS con cédula de ciudadanía N-0705193365 quien comparece en calidad de Titular del Área Minera GOLD REYCORO Código 100000440, OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento de las aguas para Uso Minería Metálica, en un caudal de 10 l/s. Expediente N-DZ8N-OT-TE-2023-2149-AAA. MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.- DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- Tena 14 de diciembre del 2023, a las 15h45 Expediente N-DZ8N-OT-TE-2023-2149-AAA. VISTOS.- En mi calidad de Director Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (Encargado), amparado en lo que determinan los Art. 18, 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, En lo principal, por cuanto al Oficio sin número de fecha 27 de noviembre del 2023, emitido por el señor LENIN BLADIMIR REYES CÁRDENAS con cédula de ciudadanía N-0705193365 quien comparece en calidad de Titular del Área Minera GOLD REYCORO Código 100000440, ubicada en la Parroquia Chonta Punta, Cantón Tena, Provincia de Napo, en el cual solicita se proceda a el trámite de Autorización del Uso y Aprovechamiento del Recurso Hídrico de las aguas crudas del Rio Humuyacu en las coordenadas: 1) X:241476,63 Y: 9894733,12, 2) X:242176,63 Y: 9894733,13 3) X: 242176,63 Y: 9894733,13 4) X: 240676,63 Y:9894333,12 5) X:240676,63 Y:9897633,11 6) X:241476,62 Y:9897633,11 para el Uso en Minería Metálica, adecuarlo en base al Acuerdo Ministerial N-MAAE-2021-023, Publicado en el Segundo Suplemento N-518, Registro Oficial el día miércoles 18 de agosto del 2021, PRIMERO.Incorpora al proceso la documentación asignada el numero N-MAATE-UAA-DZ8-2023-2635-E, de fecha 27 de noviembre del 2023, en la cual detalla los correos electrónicos blarey7@hotmail.com, maki.ambiente@gmail.com, dicha documentación fue presentada por el solicitante, el mismo que ha cumplido con los requisitos necesarios para proceder con el tramite pertinente de acuerdo a lo estipulado en la Ley y el Acuerdo Ministerial N-MAAE-2021-023, por lo que se la acepta a trámite en consecuencia se dispone: 1.- Se dispone se fijen carteles en tres de los parajes más frecuentados del Rio Humuyacu en las coordenadas: 1) X:241476,63 Y: 9894733,12, 2) X:242176,63 Y: 9894733,13 3) X:242176,63 Y: 9894733,13 4) X:240676,63 Y:9894333,12, 5) X:240676,63 Y:9897633,11, 6) X:241476,62 Y:9897633,11 para el Uso en Minería Metálica, la misma que está ubicada en la Parroquia Chonta Punta, Cantón Tena, Provincia de Napo, los mismos que permanecerán fijos por el tiempo de diez días para lo cual envíese atenta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Chonta Punta, Cantón Tena, Provincia de Napo, para que dé cumplimiento una vez que se cumpla con lo solicitado deberá remitir un informe de si existió o no personas que no estén de acuerdo con el uso del recurso hídrico. 2.Se dispone proceda a realizar tres publicaciones en la prensa local la de mayor circulación en fechas distintas, en la cuales se podrá en conocimiento de las personas que se ha procedido a solicitar el Uso y Aprovechamiento del Recurso Hídrico de las aguas crudas del Rio Humuyacu en las coordenadas: 1) X:241476,63 Y: 9894733,12, 2) X:242176,63 Y: 9894733,13 3) X: 242176,63 Y: 9894733,13 4) X: 240676,63 Y:9894333,12 5) X:240676,63 Y:9897633,11 6) X:241476,62 Y:9897633,11, para el Uso en Minería Metálica, las misma que una vez cumplida dicha diligencia procederá a remitir mediante oficio el cumplimiento de la misma, la cual deberá contener el día, mes y en que medio público los extractos para conocimiento de la ciudadanía. 3.-Oportunamente se designará un (técnico de esta Dirección Zonal 8 Napo) para que realice el Estudio Técnico de lo solicitado.4.- Tómese en cuenta los números 0939772221 / 0989065379 y a los correos electrónicos blarey7@hotmail.com, maki.ambiente@ gmail.com, para posteriores notificaciones.- Actúe en la presente causa el Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel, en calidad de Secretario Ad-hoc.- NOTI-
FÍQUESE...f). Juan Pablo Fajardo Carpio Director Zonal 8 Napo (E). Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel ANALISTA JURÍDICO 2/3 Q-4166 R del E. DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DE UN ESTERO SIN NOMBRE QUE PASA POR LA COMUNIDAD LA INDEPENDENCIA DE LA PARROQUIA UNIÓN MILAGREÑA, CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA DE ORELLANA COORDENADAS. UTM18SUR E=295083.809 N=9957871.653 EXTRACTO ACTOR: Ing. RAMÓN CORREA VIVANCO- GERENTE GENERAL DE EP PETROECUADOR OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento del agua, proveniente de un estero sin nombre, que pasa por la comunidad la Independencia, de la parroquia Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, en un caudal de 5.00l/s, destinados para consumo humano en campamentos y operaciones de perforación y completación de los pozos de la plataforma Sacha 500, perteneciente al bloque 60 Expediente No. MAATE-DZ8-O-2023-0095-AA DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA Tena, 21 de noviembre del año 2023.- Las 09H33.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2023-0095-AA. VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal, encargado de la Dirección Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante acción de personal No. DZ8-0011, de fecha 05 de abril del 2023, y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo dos y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA., y lo dispuesto en punto 2.1.1.1 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Uso y Aprovechamiento de agua para consumo humano en campamentos y operaciones de perforación y completación de los pozos de la plataforma Sacha 500, perteneciente al bloque 60, presentada por el Dr. Dennis Loyola Carrión, en calidad de Procurador Judicial del Ingeniero Ramón Correa Vivanco- Gerente General de la EP PETROECUADOR, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en Concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la comunidad La Independencia, perteneciente a la parroquia Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político de la parroquia antes mencionado, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña. 4.- Se da por legitimada la intervención del Dr. Dennis Loyola Carrión, en calidad de Procurador Judicial del Ingeniero Ramón Correa Vivanco- Gerente General de la EP PETROECUADOR, en virtud de la procuración judicial que adjunta. 5.-Téngase en cuenta los correos electrónicos; cesar.abad@eppetroecuador.ec oswaldo.salazar@ eppetroecuador.ec maria.zea@eppetroecuador. ec dennis.loyola@eppetroecuador.ec para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE...f) Abg. Juan Pablo Fajardo Carpio. Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO-DZ8 2/3 Q-4164
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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO a los herederos, desconocidos y presuntos del causante señor NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: OCHOA ORDONEZ GRISELDA JESSENIA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA JUICIO NRO: 21201-2023-00612 CUANTÍA: NDETERMINADA CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE LA DEMANDA. - “…LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS EN QUE BASO LA PRESENTE DEMANDA; Es el caso señor Juez, que desde el mes de marzo del año 2009, en ese entonces yo trabaje en el periódico Semanario Independiente en el área de marketing de lunes a viernes de 08H00 a 17H00 aquí en Lago Agrio, donde trabaje 1 año y 3 meses en la cual se me término el contrato, para luego ir a trabajar en la revista Eclosión fue ahí donde yo con el ánimo de ofrecer spots publicitarios visitaba con frecuencia el consultorio del Ab. Juan Marco Gonzaga y las oficinas del Ag. Juan Carlos Celi que queda ubicada en esta ciudad de Nueva Loja, es ahí donde lo conozco al señor (+) PADILLA VILEMA NELSON RAMIRO mismo que trabajaba en esos estudios jurídicos, en ese entonces debido a mis constantes visitas, el señor (+) NELSON PADILLA comenzó a enamorarme por lo que un determinado día procedimos a intercambiar números telefónicos. Al pasar 2 meses en conversaciones telefónicas me invito a salir donde yo acepte a sus salidas a lugares mesurados, dentro de las múltiples conversaciones él me pregunto si tenía esposo e hijos respondiéndole que esposo no tenía pero que si 4 hijos e incluso de dije que uno de ellos tenía discapacidad, entre otras cosas le dije que a mí me gustaba un hombre que sea respetuoso y sin vicios, y aproximadamente desde el mes septiembre del año 2009 comenzamos una relación sentimental, de esa manera que producto de nuestra armoniosa relación sentimental que estábamos en curso, el día 03 de enero del año 2010 me propuso que convivamos juntos, lo cual yo di apertura y de esa manera iniciamos nuestra convivencia, por lo que desde el día referido 03 de enero el 2010 arrendamos una vivienda en la calle Progreso y Cofanes, ahí convivimos aproximadamente 10 años de manera ininterrumpida, esto desde el año 2010 hasta el año 2020, luego pasamos a convivir en el barrio San Francisco calle Napo y Cofanes de esta ciudad de Lago Agrio, lugar donde convivimos juntos con mis niños, y el señor que en vida se llamó (+) PADILLA VILEMA NELSON RAMIRO, convivencia que fue armoniosa y aceptada por todos mis familiares, vecinos y amigos quienes nos consideraban como marido y mujer. Durante todos estos años de convivencia no tuvimos hijos, ni tampoco adquirimos bienes. Desde el día viernes 28 de enero 2021, mi conviviente comenzó a sentirse mal de salud, me decía que le dolía el pecho, para el día viernes 28 de enero 2021, como no llegaba al almuerzo pronto le envié un mensaje vía WhatsApp, aproximadamente desde el año 2020 yo le note que estaba mal de salud, por lo que yo siempre estuve pendiente en su mejoramiento de su salud, en aquel día lo observe pálido pero él me decía que todo estaba bien que hasta se enojó por lo que ya no le insistí más. Con fecha 1 de febrero del 2021 mi conviviente PADILLA VILEMA NELSON RAMIRO falleció, por COVID 19 INDEFINIDO, mis hijos y yo estuvimos al cuidado de él, durante todo el tiempo de su enfermedad hasta sus últimos días de vida estuvo bajo mi cuidado conjuntamente con el apoyo moral de mis hijos. A).- Durante el tiempo de vigencia de la Unión de Hecho obtuvimos los siguientes bienes muebles e inmuebles: B).- No obtuvimos bienes inmuebles de ninguna naturaleza. C).- Si adquirimos una motocicleta marca Yamaha, placa HR550Z, color negro, año 2016, modelo motocicleta, chasis LL8KE1542CB502046, motor E3J9E20259.D).- De los derechos que el corresponden la jubilación y cesantía de las empresas donde haya laborado. E).- Del seguro en Latina de Seguros, beneficio obtenido, debido que el causante trabajo anteriormente en empresas petroleras. F).- Cobro de todos os beneficios o indemnizaciones que se generen en cualquier institución ya sea pública o privada, cobro de seguros
de bancos y otros. LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO EN QUE BASO LA PRESENTE DEMANDA: Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de esta acción, los expongo con claridad y precisión, en el sentido de que esta demanda la fundamento en los Arts. 222 y 223, 227, 232 del Código Civil, en concordancia de los artículos 67, 68, 69, 70, 82 y 169 de la Constitución de la República; Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, Arts. 142, 143, 144, 187 y 289 del Código Orgánico General de Procesos ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS: En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 142, numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos, anuncio los siguientes medios de prueba para acreditar los hechos señalados en esta demanda y que son los siguientes: PRUEBA DOCUMENTAL. Que en la Audiencia Única se leerá, exhibirá y reproducirá como prueba a mi favor, la misma que se incorpore al presente proceso: Certificado de nacimiento de mi recordado conviviente quien en vida se llamó: (+) NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, la misma que está registrada bajo el tomo 1 pagina 99 acta 99 en la Dirección General de Registro Civil, con fecha de emisión 25 de julio del año 2023. Además, en dicha acta no conta datos de padre y madre. Partida de defunción de mi recordado conviviente quien en vida se llamó: (+) NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, la misma que está registrada bajo el tomo 1 pagina 40 acta 40 en la Dirección General de Registro Civil.Compulsas de copias certificadas notariadas de: fotografías familiares; realizadas en la Notaria Primera del cantón Cáscales, con lo cual doy fe de la convivencia que mantuve con el señor (+) NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA.Certificado de identidad de mi conviviente que en vida se llamó (+) NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA. Emitido por la Dirección de Registro Civil y Cedulación del Ecuador, en la misma que se detalla que su estado civil es de soltero, información certificada con fecha 25 de julio del año 2023. Copia de cédula de la actora con lo cual demostrare mi estado civil. Una declaración juramentada realizada en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, con la cual doy fe de que yo GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑES tuve una convivencia de once años con el señor que en vida se llamó NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, además indico que realice los gastos fúnebres. Dentro de esta declaración juramentada consta mis datos de identidad con fecha de emisión 02 de febrero del año 2021 en la cual indica que el estado civil de GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑES, es soltero.Factura N°. 001109, emitida por el GAD Municipal de Lago Agrio, denominado permiso de sepultura, que autoriza a la señora: GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑEZ, para que proceda a sepultar a su conviviente (+) NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA. Impresión del aviso de salida del IESS con fecha de afe4ctaciuon 01/02/2021, cuya fecha de fallecimiento refleja 01/02/2021, cuyo empleador es el señor: CELI CARRION PABLO RENE. Documento de respaldo emitido por parte del IESS el cual indica que mi persona justifico los gastos sufragados de los servicios funerarios. Recibo de recepción de documentos por parte del IESS con lo cual se demuestra que la señora GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑEZ, ingreso la documentación para solicitar el beneficio de auxilios funerarios. Petición al Banco del Pichincha solicitando información de cuentas bancarias de mi conviviente. PRUEBA TESTIMONIAL: Consistente en lo siguiente: Que en la audiencia única se recepte la declaración de parte de la compareciente GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑEZ. Que se recepte la declaración de parte de los demandados en caso de comparecencia de terceros. DECLARACION DE TESTIGOS. - Solicito se reciba el testimonio del señor: MARCO ANDRES JAMA OCHOA, CC: 2150204390, YORY CARMITA OCHOA ORDOÑEZ, CC: 2100072673, LUDIS CLAUDINA LANDAZURI OLMEDO, CC: 0801268103, ADRIANA KARINA ANGULO GARCIA, CC: 2100579982, PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE. - Que, en sentencia se declare la unión de hecho existente entre GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑEZ, y, el extinto señor: NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, en el período comprendido desde el día 03 de enero el 2010 hasta el 1 de febrero del año 2021. Ejecutoriada que sea dicha sentencia ordenará que la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación inscriba y registre la existencia de la unión de hecho, cumpliendo con lo señalado en los Arts. 10.10, 56 y 57 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. CUANTÍA DE LA DEMANDA. -En razón de la naturaleza de la presente causa, la cuantía es indeterminada. ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-El procedimiento por el cual debe sustanciarse la presente causa es el ordinario, reglado en el Capítulo I, Título I, del Libro IV del Código Orgánico General de Procesos AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE
Judiciales 11 JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago agrio 31 de agosto del 2023 a las 08h28, considerando que la demanda de DECLARATORIA DE LA UNION DE HECHO, presentada por GRISELDA JESSENIA OCHOA ORDOÑEZ, en contra de los presuntos herederos desconocidos de que en vida fue NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, cumple con los requisitos generales y especiales de validez que son aplicables al caso, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario, al amparo de lo consagrado en los Art. 44, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 222 y siguiente del Código Civil, los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP y en armonía con el artículo 289 y siguientes del COGEP, se dispone se cumpla con lo siguiente: 1.- CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos con la demanda, el anuncio probatorio y este auto a los demandados presuntos herederos de quien en vida fue NELSON RAMIRO PADILLA VILEMA, por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente. Ab. Oswaldo Luzuriaga SECRETARIO UJFMNALAS 1/3 Q-4169 EXTRACTO NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DESUCUMBÍOS: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mi Ab. Geovanny Legña Zambrano, Notario Primero Suplente mediante acción de personal 1156-DP21-CJ-2023JM, de este Cantón Shushufindi, el trece de diciembre del año dos mil veintitres, 16 los señores LUIS ALBERTO ANGULO ARGUELLO; y, JENNI HORTENCIA ANDRADE GONZALEZ, los mismos procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fue disuelta por Sentencia miércoles tres de agosto del dos mil dieciséis, a las 15H52, dictado por el Señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Shushufindi, Dr. Víctor Hugo Garofalo García y ejecutoriada el diez de agosto del año dos mil dieciséis e inscrita en el registro Civil el dos de febrero del queda disuelto por divorcio por causal se disolvió el vínculo matrimonio existente entre los señores LUIS ALBERTO ANGULO ARGUELLO; y, JENNI HORTENCIA ANDRADE GONZALEZ. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores: LUIS ALBERTO ANGULO ARGUELLO; y, JENNI HORTENCIA ANDRADE GONZALEZ, otorgada mediante escritura pública el trece de diciembre del año dos mil veintitrés, ante el suscrito Ab. Geovanny Legña Zambrano, Notario Primero Suplente mediante acción de personal 1156-DP21-CJ-2023-JM, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Shushufindi, 13 de diciembre del 2023. ABG. GEOVANNY LEGÑA ZAMBRANO NOTARIO PRIMERO SUPLENTE SHUSHUFINDI – ECUADOR 1/1 Q-4170 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias proce-
sales recaídas en el presente juicio: Ordinario, Declaratoria de Unión de Hecho, a los herederos presuntos y desconocidos del causante Simón Bolívar Tacuri Chuncho, conforme lo dispuesto en los Art. 56 y 68.1 del COGEP, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: Salazar Noteno Romercedes, portadora de la cedula signado con el Nro. 2100148127 DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante CRUZ HUATATOCA RICARDO LEONEL. OBJETO DE LA DEMANDA: Declaratoria de Unión de Hecho. TRAMITE: Ordinario. JUICIO Nro. 21334-2023-00089 JUEZ: Dr. Galo Fernando Roca Bello. AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, Cuyabeno, jueves 31 de agosto del 2023, a las 16h12. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Cuyabeno; y, en virtud al acta de sorteo agregada al proceso; en lo principal se dispone lo siguiente. - La demanda ordinaria que antecede DE DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, incoada por doña SALAZAR NOTENO ROSA MERCEDES, en contra de CRUZ HUATATOCA ROSAURA MARLENE y CRUZ HUATATOCA JOSE ADRIAN, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 68 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 222 del Código Civil y Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante Procedimiento Ordinario de conformidad al Art. 289 del COGEP, consecuentemente se dispone: 1) CÍTESE a los demandados en las direcciones que se indica: a CRUZ HUATATOCA ROSAURA MARLENE y CRUZ HUATATOCA JOSE ADRIAN, Sector Club Matamba, Comuna Silvayacu, kilómetro 17 de la vía Puerto El Carmen, Parroquia Palma Roja, Cantón Putumayo, Provincia de Sucumbíos, diligencia que se Comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Palma Roja; 2) Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó CRUZ HUATATOCA RICARDO LEONEL, por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Los demandados tendrán treinta días para presentar su contestación a la demanda de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del Art. 291 del COGEP, en concordancia con los Arts. 222 y 223 del Código Civil; 4.- Cumplido con lo dispuesto en los numerales 1), 2) y 3) del presente auto de calificación inicial se señalará día y hora para la Audiencia Preliminar, a la que concurrirán personalmente las partes o por medio de Procurador Judicial dotado de suficiente poder para transigir.Que la cuantía es indeterminada.- 5). ANUNCIO DE PRUEBAS: a) Téngase en cuenta que anuncia como prueba lo mencionado en el numeral 7to. del libelo de su demanda.- tanto la documental como la testimonial b) Que se reciban las declaraciones de los testigos señores: MAYRA PATRICIA SIQUIHUA ANDI, EULALIA EDUJIVES ANDI CRUZ, EUFRACIA YADIRA YUMBO HUATATOCA Y SALAZAR NOTENO BETTY MAGALY; la declaración de parte de CRUZ HUATATOCA ROSAURA MARLENE, CRUZ HUATATOCA JOSE ADRIAN • EMPRENDIMIENTOS • y SALAZAR NOTENO ROSA MERCEDES, quienes deberán comparecer en el día que se señale la au• EXTRACTOS JUDICIALES • y diencia de juicio.- 6.- Tómese en cuenta la casilla correos electrónicos señalados por la demandante para futuras notificaciones y la autorización • PÉRDIDA DE DOCUMENTOS que • concede a su abogado defensor para que suscriba los escritos que sean necesarios en defensa de • CONVOCATORIAS • sus intereses. Incorpórese al proceso la documentación que se adjunta a la demanda. - Intervenga TRANSMISIONES ENcalidad VIVOde•seel • Doctor Luis Guaillas Paqui, en cretario de esta Unidad Judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE • PUBLIRREPORTAJES • Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Tarapoa, 05 de diciembre del año 2023. Atentamente, Dr. LUIS GUAILLAS PAQUI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE, CON SEDE EN EL CANTÓN CUYABENO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS 1/1 S-5460
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Circulación del 24 al 30 de diciembre de 2023
Prefecto de Sucumbíos presenta cuatro proyectos de obras para 2024 Los proyectos a ejecutarse el 2024 en la provincia son: construcción del boulevard sobre el río Aguarico, puente vehicular en el cantón Cascales, asfaltado en la Av. Amazonas en la parroquia Gonzalo Pizarro del cantón del mismo nombre y asfalto en el sector de San José de Pozo en Chone 1 vía Puerto Nuevo, todos estos proyectos fueron socializados con los alcaldes y presidentes de las juntas parroquiales, a quienes agradeció por el apoyo brindado a la administración actual, dio a conocer mediante rueda de prensa el prefecto Yofre Poma.
En rueda de prensa el prefecto de Sucumbíos, Yofre Poma, dio a conocer que el próximo año se ejecutarán proyectos en turismo, vialidad y fortalecimiento institucional, además se invertirá en proyectos en ejes de agro-productividad, agro-industria, sociales, dentro de las cuales se involucran temas de educación, salud y atención social, a través de Sucumbíos Solidario. El proyecto Boulevard sobre
el Río Aguarico, está constituido por asfalto desde el sector de Las Chozas hasta el sector de Las Pirámides donde inicia un proyecto de asfaltado que dejo la administración anterior, siendo así 1,3 km de asfaltado, donde se incluirá 2 puentes carrozables de doble carril, el bulevar contara con tubería chatarra, la cual se consiguió a través de un convenio con Petro Ecuador, este proyecto tendrá una inversión de 1,6 millones de dólares. El segundo proyecto tiene que ver con la construcción de un
puente sobre el río Aguarico en el cantón Cascales, sector de San José, entrada a la parroquia de La Nueva Troncal y tendrá una inversión de USD 6.8 Millones de dólares. Para lograr este objetivo es importante la voluntad mostrada por el alcalde de Cascales y el presidente de la Junta Parroquial de La Nueva Troncal. El tercer proyecto permitirá el desarrollo turístico y vial del cantón Gonzalo Pizarro, ubicado en el sector de las cascadas en el recinto Amazonas, esta obra tiene un costo de USD 2.5 millones de
dólares y contempla el asfaltado de la vía desde el recinto Amazonas hasta el sector de La Unión. Adicional está en proceso los estudios para la segunda etapa del asfaltado de la vía que va desde La Unión hasta el sector de Dashino y Panduyacu. Finalmente, el cuarto proyecto tiene que ver con el sector agro-productivo en el sector de Puerto Nuevo, parroquia Pacayacu, con una inversión de USD de 8.3 millones de dólares. Los cuatro proyectos superan los USD 19 millones de dólares, mencionó Poma.
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