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2. MARCO INSTITUCIONAL No es necesario crear nueva institucionalidad sino mejorar y fortalecer la existente... pero bajo una política ambiental clara y una normativa ambiental completa y adecuada. Carlos Andaluz Westreicher, docente peruano de Derecho Ambiental Como ocurre en el resto del mundo, en Honduras el tema ambiental y de los bienes comunes ha ganado un interés creciente en la medida en que los pueblos toman más conciencia de su protagonismo como defensores de los recursos naturales y el ambiente y advierten que existen grupos, minoritarios pero poderosos, que están interesados en apropiarse de esos recursos o destruirlos, para sacarles provecho. Por eso no es fácil referirse a una institucionalidad ambiental, y tampoco a leyes ambientales, libres de conflictos e intereses en pugna. La necesidad de desarrollar un manual como este es precisamente el reflejo de esas contradicciones. Como quiera que sea, es claro que todos formamos parte del Estado hondureño, que los pueblos tienen derechos sobre los territorios que han ocupado durante siglos y que muchos de ellos -en particular los indígenas y afrodescendientes- guardan una relación estrecha con la tierra, la naturaleza y el ambiente. Es sabido también que la institucionalidad pública hondureña es frágil, que las políticas que emanan de ella suelen carecer de sostenibilidad y que muchas veces se rigen por la voluntad y la discrecionalidad de los funcionarios que las rectoran. Hechas estas salvedades, cabe apuntar que son varias las instituciones a las que se recurre para realizar los procedimientos administrativos que se enumeran en el siguiente apartado. Las encabeza la Secretaría, MiAmbiente (como pasó a llamarse la Secretaría de Recursos Naturales,
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