levantamientos de los datos sean reales y conforme a la solicitud de concesión minera de explotación. 2. La licencia ambiental es una obligación para todo proyecto minero. Su emisión deberá ser previo a un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental. Para tal objeto, y de conformidad con lo que establece el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), deberá contar con la participación pública de las comunidades, organizaciones no gubernamentales y cualquier otro interesado, las cuales -convocadas o no al SINEIA- deben de involucrarse para poder aportar en el levantamiento del estudio de impacto ambiental. 3. Seguidamente INHGEOMIN solicitará a la corporación municipal respectiva realizar una consulta ciudadana, en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir de la notificación, cuyo resultado le será informado en un término no mayor de diez (10) días hábiles. La decisión adoptada en la consulta es vinculante para el otorgamiento de la concesión de explotación. 4. Si el resultado de la consulta ciudadana fuere de oposición a la explotación, no podrá volver a realizarse otra consulta sino hasta después de tres (3) años; lo que significa que la compañía después de los 3 años puede volver a pretender una concesión de explotación minera en la misma zona. Las comunidades deben estar conscientes de esta situación para poder defender de manera permanente sus derechos. Es necesario aclarar que lo establecido en los numerales 3 y 4 anteriores, era el procedimiento establecido en el artículo 67 de la Ley de Minería que fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, no es necesario esperar a que el proyecto minero se encuentre en la fase de explotación para solicitar el Cabildo Abierto, sino que el mismo puede y debe solicitarse antes del otorgamiento de la licencia ambiental, en base a lo establecido en la Ley de Municipalidades. El plazo de concesión para la explotación de minerales no metálicos no puede ser menor de 10 años; y de minerales metálicos no menor de 15 años, es decir, que en la práctica se otorgan las concesiones por tiempo indefinido.
3.17 Solicitud y trámite de información pública ante cualquier instancia de gobierno Las solicitudes de información pública serán presentadas al oficial de información pública a cargo de la institución obligada o a sus delegados departamentales y locales. Las solicitudes se pueden presentar por escrito o por medios electrónicos, indicándose con claridad los detalles específicos de la información que solicita, sin necesidad de explicar los motivos de porqué la solicita ni formalidad alguna. Para solicitar información pública, la persona natural solicitante deberá identificarse con su nombre y tarjeta de identidad, pasaporte o carné de residente, si es extranjera. En caso de que el solicitante sea persona jurídica, deberá acreditar, además de su existencia legal, el poder - 38 -
Manual de Legislación Ambiental, Derechos Humanos y Justicia