3 minute read

Indicadores de Goce Efectivo del Derecho

documental, testimonios orales y por cualquier otro medio, relativos a personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño. Esta recolección de material se efectúa a partir de los hechos ocurridos el 1.º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.

Con la firma del Acuerdo Final de Paz entre el Gobierno Colombiano y las FARC-EP en noviembre de 2016, se creó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), integrado por la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Advertisement

Indicadores de Goce Efectivo del Derecho

El Gobierno Nacional se abstiene de presentar indicadores para medir el GED a la verdad. La Corte Constitucional, en Auto 331 de 2019 (párrafo 214), señala los tres componentes del derecho:

(a) el derecho imprescriptible de las víctimas a conocer la verdad acerca de las circunstancias bajo las cuales se cometieron las violaciones a los derechos humanos; (b) la obligación inderogable que tiene el Estado de establecer los hechos asociados a las vulneraciones de los derechos humanos y (c) el deber de recordar. (p. 131)

Así mismo, enuncia los contenidos del derecho.

En la dimensión individual, las víctimas y sus familiares tienen derecho a conocer los motivos y las circunstancias de modo, tiempo y lugar bajo las cuales ocurrieron los hechos, la autoría del crimen y el patrón criminal que enmarca los hechos, y si el delito investigado constituye una grave violación a los derechos humanos, un crimen de lesa humanidad o un crimen de guerra. En su dimensión colectiva, la sociedad en su conjunto tiene derecho a conocer la realidad de lo sucedido y a poder contar con una memoria pública de los resultados de las investigaciones sobre graves violaciones a los derechos humanos. (p. 131)

90

De igual manera, el Auto 331 establece las relaciones del derecho a la verdad, con el derecho a la justicia y con el derecho a la reparación (conocimiento de lo sucedido por parte de las víctimas, las causas y hechos que causaron el desplazamiento), el esclarecimiento de los responsables del delito y la garantía de participación de las víctimas en el proceso penal que determina las responsabilidades.

La síntesis del derecho para efectos de la formulación y medición de los IGED la hace el Auto 331 en los siguientes términos:

Tabla 8. Derecho para efectos de la formulación y medición de los IGED

Titular del Derecho

Responsable de la garantía

Extensión de la obligación / Frecuencia

• En su dimensión individual, las víctimas de desplazamiento forzado y sus familiares tienen derecho a conocer la verdad sobre los hechos, responsables y consecuencias de lo sucedido, la autoría del crimen, motivos y circunstancias de modo tiempo y lugar en los cuales ocurrieron los hechos, así como el patrón criminal que los enmarca. • En su dimensión colectiva, la sociedad debe conocer la realidad sobre lo sucedido, la divulgación pública de las investigaciones para posibilitar la elaboración de un relato colectivo, así como la obligación de contar con una memoria pública de los resultados sobre graves violaciones a los derechos humanos. Así, el universo objeto de medición depende del examen del derecho en su dimensión individual y/o colectiva.

Centro Nacional de Memoria Histórica en lo concerniente a medidas administrativas. La Fiscalía General de la Nación y los jueces de la República en lo relacionado con la verdad judicial. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de esclarecimiento de la verdad en el marco de las disposiciones normativas relacionadas con la implementación del AFP.

El derecho a la verdad es imprescriptible e inalienable, por lo cual puede y debe ser garantizado en cualquier tiempo.

Finalidad del derecho Conocer la verdad acerca de las circunstancias que llevaron a la perpetración del delito de desplazamiento.

Fuente: Auto 331 de 2019

91

This article is from: