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Indicadores propuestos
from El Reto Vol.16. Estado de Implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras a 2018
by CODHES
iv) No mide la dimensión real de la demanda, puesto que el universo está constituido por una categoría estadística y no por un sujeto social. v) La idea de que la satisfacción del derecho a la justicia es solo una obligación de medio y no de resultado es relativa, en tanto el delito de desplazamiento forzado debe ser investigado de oficio y quien se encuentra con los medios suficientes para sancionarlo es el Estado. No puede afirmarse, entonces, que no se pueden presentar resultados que impacten el derecho porque estos dependen de sus instituciones y no de los procesados o de las víctimas. vi) Ahora bien, el derecho puede tener una expresión individual y otra colectiva, pero la construcción del indicador a través de conglomerados no satisface ni la función sustancial ni la procesal o probatoria, porque reduce la medición a una concentración geográfica y temporal de casos, mediante un cruce que impide indagar sobre la especificidad del GED. vii)Aunque se reconoce el esfuerzo gubernamental por construir un indicador que tenga en cuenta la masividad de los hechos y las estrategias, criterios y procedimientos para investigar a los responsables, como lo dispone la Corte, confunde la metodología de máximos responsables, casos representativos y patrones de macro criminalidad con una gestión colectiva de los casos penales. Esto, que es parcialmente acertado, es inadecuado para la formulación técnica de un indicador de GED, pues aún en lógicas de investigación penal basadas en modelos de priorización, el número de víctimas que participan en los procesos penales y son reconocidas en el marco de la investigación y sanción, es susceptible de ser desagregado y comparado con estadísticas sobre el universo acogido por la
Sentencia T-025 de 2004.
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Indicadores propuestos
La Comisión de Seguimiento presenta a consideración de la Corte Constitucional los siguientes indicadores del derecho a la justicia, los cuales reflejan la etapa procesal y contemplan la forma de abordar la investigación tanto individual como colectiva y las distintas jurisdicciones en las cuales puede ser incluida una víctima de desplazamiento.
(1) Número de víctimas de desplazamiento forzado amparadas por investigaciones penales por ese delito / Número de víctimas de desplazamiento forzado registradas en el RUV.
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Este indicador mide el acceso a la justicia en la fase de investigación. No se pretende que exista una investigación por cada víctima, sino que cada víctima esté cobijada por una investigación; así una misma investigación puede cobijar un número plural de víctimas teniendo en cuenta los patrones macrocriminales y las estrategias propias de la justicia transicional.
(2) Número de víctimas de desplazamiento forzado amparadas por investigaciones penales por el delito de desplazamiento forzado, cuya investigación finalizó / Número de víctimas de desplazamiento forzado registradas en el RUV.
(3) Número de víctimas de desplazamiento forzado reconocidas como tales en los patrones de macrocriminalidad esclarecidos judicialmente / Número de víctimas de desplazamiento forzado reconocidas en alguna investigación penal.
Estos dos indicadores se refieren al cumplimiento en cuanto al esclarecimiento de los hechos y de los patrones de macrocriminalidad tempo-territorial.
(4) Número de víctimas de desplazamiento forzado reconocidas como tales en procesos que concluyeron con sentencias / Número de víctimas de desplazamiento forzado registradas en el RUV.
(5) Número de víctimas de desplazamiento forzado reconocidas como tales en procesos que concluyeron con sentencias donde se esclarece el contexto y el patrón de macrocriminalidad frente el delito de desplazamiento forzado / Número de víctimas de desplazamiento forzado registradas en el RUV.
Estos dos últimos indicadores dan información sobre la fase de atribución de responsabilidades. Indican si se sancionó a los responsables y si se estableció judicialmente el patrón de macrocriminalidad que lo hizo posible. Es importante indicar que las sanciones serán las propias de la jurisdicción en la cual se haya desarrollado el juzgamiento.
Los indicadores identifican como titular del derecho a todas las víctimas de desplazamiento forzado registradas en el RUV. En la definición de los indicadores, se tienen en cuenta la estrategia, criterios y procedimientos para juzgar a los responsables del delito de desplazamiento forzado. Así mismo, permiten medir las facetas de investigación, juzgamiento y sanción del delito de desplazamiento forzado.
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