18
economía
Opinión
Elecciones en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA
“Basta de atropellos” Dr. Leonardo José Scalise Licenciado en Economía UBA C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 8 Fº 156.
‘’El próximo 8 de junio se celebrarán elecciones en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA (CPCECABA), entidad de derecho público no estatal, una de las más grandes instituciones no gubernamentales del país, con aproximadamente 70.000 matriculados, entre Licenciados en Economía (LE), en Administración (LA), Contadores Públicos (CP) y Actuarios (Ac), más otras profesiones vinculadas a las Ciencias Económicas, aunque éstas sin derecho a voto. La ley nacional que regula dichas profesiones es la Nº 20.488 del año 1973, donde delega en los Consejos Profe-
sionales de cada provincia el control de la profesión y su matriculación. Su reglamentación original fue la ley nacional Nº 20.476 (con un número anterior a la ley que reglamenta) de ese mismo año. En CABA la reemplazó la ley local del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCABA) Nº 466 del año 2.000 actualmente vigente. Se renovarán autoridades por un periodo de 3 años, para los 3 órganos que lo componen, a saber: Consejo Directivo (CD), Tribunal de Ética Profesional y Comisión Fiscalizadora. Pero lamentablemente como siempre, desde la creación de los Consejos, este hecho es sólo trascendente e importante para la profesión CP, siendo de escasa o nula utilidad para las otras profesiones de Ciencias Económicas. ¿Por qué? El motivo es que desde dicha creación, todos los organismos que lo componen están mayoritariamente compuestos por CP, siendo el más importante y el de mayor relevancia el CD, ya que éste decide sobre no sólo cuestiones administrativas, sino también las más trascendentales que rigen las mencionadas profesiones,
Desafío Exportar | Junio 2022
esto es, las Resoluciones Técnicas (RT). La mencionada ley reglamentaria Nº 20.476 determinaba la composición del CD con un total de 15 miembros (todos para la agrupación ganadora), donde cada profesión era un porcentaje de la matrícula, con un cupo mínimo por profesión de 2. Al ser mayoritariamente los matriculados CP, se conformaba por 9 CP (60%) y 6 para las otras profesiones (13% aproximadamente para cada una). Luego, con la nueva ley Nº 466, se reconoce a la 2da. Minoría, amplía el número del CD, pero anula la proporción por matrícula e insólitamente asigna números fijos para todas las profesiones. Los CP pasan a tener 16 miembros (mayoría más minoría, total 64%), y 9 para las otras profesiones (12% para cada una). En las votaciones en el CD las aprobaciones son por Mayoría Simple (mitad + 1) o Mayoría Especial (no menos de 2/3, 66%) en ambos casos de los presentes, por lo que la profesión CP siempre se impone, ya que en lo que respecta a RT siempre están de acuerdo (mayoría y minoría), sólo se diferencian cuando se trata de cuestiones