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Derecho cultural y desarrollo sustentable contribución cintifica a la crisis poscovid-19
DERECHO CULTURAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE CONTRIBUCIÓN CIENTÍFICA A LA CRISIS POSCOVID-19
ERIKA FLORES
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Presidenta del Instituto Internacional de Derecho Cultural y Desarrollo Sustentable IDC Cultura. Doctora en Derecho Cultural. Consultora Internacional en Derechos Humanos, Legislación, Política y Responsabilidad Cultural. Experta en estudios de factibilidad cultural con enfoque de derechos humanos y economía creativa para el desarrollo sostenible.
Catedrática de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Recientemente nominada por las Naciones Unidas como candidata a la Relatoría Especial en la esfera de los Derechos Culturales.
Para regular apropiadamente la “cultura” y “los derechos culturales” es imperioso, en primer término, contar con marcos teóricos y conceptuales así como parámetros, sistematización e indicadores que den cuenta del grado de desarrollo del nuevo modelo del garantismo constitucional vigente en los Estados Unidos Mexicanos desde junio del 2011. En aras de hacer efectivos el pleno goce y ejercicio de los derechos inalienables que asisten al sector cultural, es decir, al conjunto de actores fundamentales que ejercen tareas relativas al quehacer cultural, tales como: educación, bellas artes, ciencia, tecnología e innovación, patrimonio cultural material e inmaterial, derechos de autor, medios de comunicación y nuevas tecnologías, artesanía, pueblos originarios, símbolos nacionales e identitarios, diversidad cultural en todas sus expresiones y manifestaciones siendo categorizados, también, en función del eslabón correspondiente en la cadena de valor cultural, a saber, creación, producción, distribución, hasta llegar al espectador final.
Entendiendo por quehacer cultural aquella actividad humana encaminada a estimular la creatividad, el intelecto y la identidad como condición si ne qua non al libre desarrollo de la personalidad en el marco de la diversidad de expresiones culturales.
En efecto, el Derecho Cultural entendido como derecho humano inherente al sistema universal de las Naciones Unidas se destaca por ser una nueva especialidad de la ciencia jurídica cuyo objeto de estudio, el quehacer cultural, se postula como una herramienta estratégica intergeneracional para el desarrollo sustentable, si y solo si se implementan e instrumentan tanto normas como políticas públicas, respectivamente, a la luz de los más elevados estándares internacionales.
La Carta de San Francisco, firmada el 26 de julio de 1945, instrumento jurídico de máxima relevancia en el devenir del derecho internacional de los derechos humanos, no
solo crea y organiza las Naciones Unidas (ONU), sino que posiciona por primera vez la dignidad de todas las personas como base indiscutible de todo derecho; además, consagra la necesidad de jerarquizar el derecho internacional de los derechos humanos como fuente universal de los derechos y libertades fundamentales.
El Derecho Cultural está consagrado en diversos instrumentos jurídicos internacionales así como en la Constitución Federal de la República, no obstante, será hasta los años 80’s que se comienza a posicionar el quehacer cultural a nivel mundial como base del desarrollo humano; la siguiente década, en los 90’s, cobra mayor auge la dimensión cultural del desarrollo a nivel internacional. Llegando al tercer milenio, las instancias internacionales, año tras año, instan a regular apropiadamente los derechos culturales, a integrar la cultura en las políticas de desarrollo en todos los niveles, así como a posicionar al sector cultural como motor de desarrollo económico, social y ambiental.
En particular, en el año 2017 la Asamblea General de las Naciones Unidas a través de la Resolución sobre Cultura y Desarrollo Sostenible insta a posicionar a la cultura como eje transversal en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en lo particular, en la actual Década de Acción de la Agenda 2030.
El año 2021 el G20 celebró la primer Cumbre de Cultura, en efecto, por primera vez este foro, tradicionalmente económico, ha dado un espacio protagonista al sector cultural donde reconoce a la cultura como motor de la regeneración y el crecimiento económico sostenible y equilibrado, particularmente en esta era de recuperación post COVID-19.
También fue proclamado el 2021 como el Año Internacional de la Economía Creativa para el Desarrollo Sustentable, donde se hace un llamado a los poderes públicos a dignificar el trabajo y las condiciones de los artistas y trabajadores de la cultura, así como el deber de contar con un marco estadístico y padrón de actores y manifestaciones culturales, promover la educación en derechos culturales, entre otros.
Este año 2022 ha sido proclamado el Año Internacional de las Ciencias Básicas para el Desarrollo Sostenible, donde el Instituto Internacional de Derecho Cultural y Desarrollo Sustentable -IDC Cultura-, organización internacional líder en la estandarización de los derechos culturales fundado desde el año 2014 con el objeto de proporcionar tanto al sector público, como privado y social, marcos jurídicos y marcos lógicos de actuación que abonen a la implementación metodológica del Derecho Cultural para reconfigurar el escenario cultural actual bajo los modelos sistémicos, medibles y cuantificables, resultado de la investigación científica como contribución desde las ciencias básicas a la profesionalización y sensibilización de los cargos públicos y privados, así como el impacto del ejercicio de los derechos culturales en la consecución de la agenda más ambiciosa jamás adoptada a nivel internacional -Agenda 2030-. La pandemia nos ha demostrado la vital contribución del sector cultural en nuestro bienestar y la resiliencia en tiempos de crisis.
Es una imperiosa necesidad contribuir al desarrollo del sector cultural, para ello requerimos marcos normativos sistematizados garantistas, que salvaguarden y promuevan los derechos de la comunidad cultural, políticas culturales que impacten en el desarrollo económico, social y ambiental, así como ejercer la cuota de responsabilidad cultural que nos compete a todos y cada uno de los actores sociales y la iniciativa privada.
Es tarea de todos, en particular de los poderes públicos, implementar los estándares internacionales en materia de derechos culturales mismos que son vinculantes y tienen aplicabilidad directa desde el año 2011, es decir, desde la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, a saber, la más relevante en la historia del constitucionalismo mexicano.
Como reflexión última invito a ahondar en las repercusiones que desfavorecen y obstaculizan el pleno desarrollo cultural de la población en general y el desarrollo del sector cultural en lo particular al continuar con prácticas ancladas a modelos anacrónicos e insustentables, en aras fomentar la imperiosa necesidad de dar el paso hacia la implementación e instrumentación de los modelos basados en metodología resultado de la ciencia y apegada a los estándares internacionales en pro de las generaciones tanto presentes como venideras.
Desde IDC Cultura, el Instituto Internacional de Derecho Cultural y Desarrollo Sustentable trabajamos en cuatro ejes programáticos: Consultorías, Gestión del Conocimiento, Gestión Cultural y Certificación. Facilitamos la realización de análisis científico cultural para la obtención de certificación en materia de cultura, modelo escalable de implementación de los estándares en responsabilidad cultural dirigido a las personas físicas y morales del ámbito público, privado y social. Tiene como fin promover el ejercicio y goce de los derechos culturales de manera sistémica fundada y motivada en Derecho, así como medir el impacto en el desarrollo sostenible desde un enfoque de derechos humanos y economía creativa.