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El debido proceso Karla Chavarría

EL DEBIDO PROCESO

En una sociedad democrática se debe conocer la verdad sobre los hechos de graves violaciones de derechos humanos; siendo esta una justa expectativa que el Estado debe satisfacer, por un lado, mediante la obligación de investigar violaciones graves de derechos humanos; y por el otro, con la divulgación pública de los resultados de los procesos penales; abstenerse de realizar actos que impliquen obstrucciones para la marcha del proceso investigativo, esclarecer hechos, observar la falta de diligencia, voluntad de los tribunales para impulsar el procedimiento penal, no incurrir en notorias dilaciones, cumplir con la garantía de plazo razonable, posibilidad de recurrir del fallo condenatorio; entre otros.

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Ahora bien, respetar el debido proceso requiere además considerar tanto los derechos y garantías de aquellas personas a las que se le imputa la comisión de un delito; como de los derechos y garantías de las víctimas u ofendidos, entendidas para ambos casos como aquellas personas que han sufrido la injusticia; que genera la comisión de todo delito, procurando darles el lugar adecuado dentro y fuera de los procesos judiciales; lo anterior, vinculado siempre a la igualdad y no discriminación; en esa tesitura, comprender que los derechos de uno no menoscaban los del otro.

Sin duda, el debido proceso es un derecho humano fundamental, de contenido múltiple, complejo y diverso, que se nutre de nuevos elementos a medida que progresa el derecho internacional; y que este visualiza la necesidad de atender a situaciones particulares para tomar medidas diferenciadas adicionales a efectos del adecuado cumplimiento de las garantías procesales; el derecho internacional de los derechos humanos marca la guía al respecto, y ejemplos de ello; puede encontrarse en el derecho a la consulta y consentimiento libre e informado para las poblaciones y pueblos indígenas en asuntos que puedan afectar sus derechos o intereses, o en el imprescindible cumplimiento del derecho a la información respecto a solicitar asistencia consular para las personas extranjeras que se encuentren detenidas y puedan ser sometidas a un proceso. El derecho humano al debido proceso está interconectado con el resto de los derechos y libertades esenciales de toda persona, y bajo diversas disposiciones normativas, especialmente los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, instrumentos jurídicos que han sido ratificados por diversos países incluido México.

Amén de lo anterior, el derecho a la justicia, revestido de las garantías pertinentes de debido proceso, resultan fundamentales a efecto de vindicar judicialmente el resto de los derechos humanos y libertades fundamentales para las mujeres y los hombres, siendo por ende comprendido como un “derecho fuente”. El acceso efectivo a la justicia en los planos nacional e internacional también es imprescindible para el restablecimiento de los derechos humanos cuando los mismos han sido violados, y para obtener la debida reparación.

Por otra parte, desde la perspectiva de la jurisprudencia internacional, los principios y garantías clásicas del derecho penal que hacen parte de la tutela internacional de los derechos humanos como lo es el principio de legalidad, el derecho a toda persona a no ser juzgada dos veces por los hechos que motivaron el proceso, la presunción de inocencia, por mencionar algunos; y aspectos específicos que se refieren al ejercicio efectivo de la defensa como la asistencia de traducción o interpretación en caso necesario, otorgamiento del tiempo y los medios pertinentes para la preparación de la defensa, derecho de toda persona elegir una defensa técnica y adecuada; con la cual pueda comunicarse libre y confidencialmente; en este sentido, la Corte considera que las violaciones declaradas a los derechos de libertad personal e integridad personal; resultan agravadas; y como consecuencia son una falta del deber de protección y al deber de investigar los hechos, como la falta de mecanismos judiciales efectivos; la falta de sancionar a los responsables; así como de conocer la verdad sobre estas

violaciones; lo que se traduce como el derecho a la verdad y reparación del daño.

En ese sentido, podemos dilucidar que el Debido Proceso; dentro del sistema interamericano de Protección de los Derechos Humanos está fundado sobre la base de la Declaración Americana y la Convención Americana y está además constituido por una serie de tratados, declaraciones y principios desarrollados por los estados partes y por los organismos de protección creados en el seno del sistema; en consecuencia, dentro del debido proceso se incluyen extractos de sentencias, recomendaciones, informes, y resoluciones de los diferentes Órganos Jurisdiccionales; así como su estructura y metodología que se complementa con la jurisprudencia que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos; lo que nutre de contenido específico a las garantías enunciadas en los articulados propios de las garantías judiciales para su correcta aplicación del derecho y la búsqueda de la verdad de los hechos sucedidos, actuando con profesionalismo, buena fe, lealtad procesal, considerando tanto elementos que permitan acreditar el delito y la participación en dicho acto, como también los que puedan excluir o atenuar la responsabilidad penal.

Resulta importante destacar, que la Comisión Interamericana en diversas ocasiones ha llegado a la conclusión que el Gobierno de México debe cumplir con su obligación de adecuar la legislación interna a fin de que garantice de manera efectiva el ejercicio de los derechos reconocidos y brinde un recurso sencillo, rápido y efectivo, ante los cuales los afectados puedan hacer valer sus derechos, desarrollando posibilidades de un recurso judicial; en conclusión, la Corte no puede dejar de expresar su preocupación por las graves fallas y demoras; el cumplimiento del deber de investigar, el cual no basta con el conocimiento de la escena y las circunstancias materiales; sino que resulta indispensable analizar, según corresponda, las estructuras de poder que permitieron dichas violaciones, evitando un proceso lascivo de garantías judiciales y de la protección judicial; a fin de evitar la repetición de hechos iguales o análogos, y para el caso de investigaciones con perspectiva de género, se deberán emprender líneas de investigación especificas respecto a violencia sexual misma que debe realizarse por funcionarios capacitados en atención a víctimas de violencia por razón de género; en caso de que existan personas involucradas cuenten con las debidas garantías de seguridad.

Abogada Karla Chavarría Malvido

Abogada Postulante, Catedrática, Conferencista y Articulista.

Licenciada en Derecho, cuenta con una Maestría en Juicios

Orales en el Sistema de Justicia Penal Adversarial. Presidenta

de la Asociación Civil “Ahora es Cuando por un México Mejor”.

Miembro del Consejo de Participación Ciudadana y Empresarial

del Estado de México, A.C., y miembro de la Federación

Internacional de Criminología y Criminalística, A.C.

Lleva un canal de Youtube como “Abogada Karla Chavarría” mediante el cual a través de capsulas de video expone tópicos

de Derecho Penal, canal que va dirigido a los profesionistas y estudiantes del Derecho, así como para el público en general.

ECMO HEART: EL MEJOR CUIDADO PARA TU CORAZÓN Y PULMONES

El mayor número de patentes en vigor, se registró en los Estados Unidos de América, con 3.1 millones, siguiéndole China con 2.4 millones y Japón con 2.1 millones. De los 49.3 millones de registros en todo el mundo, el mayor numero correspondió a China con 19.6 millones y Estados Unidos de América con 2.4 millones. (OMPI, s.f.)

Con más conocimientos y una experiencia más amplia, tuvo la oportunidad de trabajar en el Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional siglo XXI en donde lleva laborando aproximadamente 12 años. El médico nos platica que su estancia en dicho lugar ha sido clave, pues es ahí donde comenzó a formar parte del comité que organiza el programa de Ecmo en este hospital, Cardiología del siglo XXI.

“Ahí durante todo este tiempo, hemos tenido la oportunidad de ir a diferentes cursos en diferentes países, en Chile, en Estados Unidos, en Colombia, en donde hemos tenido ese entrenamiento dirigido por gente que es pionera en el mundo en Ecmo”.

El dispositivo Ecmo ya era utilizado en México dentro de un hospital público, sin embargo, dado lo innovador de este tipo de dispositivos que básicamente es un corazón y pulmón artificial, luego de que tres médicos especialistas se reunieran, se decidió crear la empresa ECMO para atender a pacientes críticamente enfermos en un medio privado, nos compartió Rafael Linares.

“Después de aproximadamente 3 años de experiencia en el servicio público, es que decidimos incursionar en el medio privado con este tipo de dispositivos”.

A tan solo un año de haber fundado la empresa, la crisis sanitaria de Covid-19 llegó a representar grandes retos para la misma, pues había que ayudar a una gran cantidad de gente que, en un punto muy desafortunado hubiera fallecido. Fue entonces, cuando el equipo de especialistas altamente calificados adquirió todavía más experiencia en el uso correcto de este dispositivo.

¿QUÉ ES ECMO? Ecmo, son las siglas de extracorporeal membrane oxygenation, es decir oxigenación por medio de una membrana extracorpórea. Es una circulación extracorpórea en forma, es decir, que se toma sangre del paciente a través de una serie de cánulas y tuberías.

“Extraemos alrededor de 4 a 6 litros por minuto de sangre y la llevamos a este aparato que se llama Ecmo donde se oxigena, entonces va y regresa por otra vena al paciente, esto es, cuando hay un daño catastrófico en los pulmones y donde ya la ventilación con un respirador artificial es insuficiente, entonces, cuando hay un daño tan severo a los pulmones o al corazón podemos poner este dispositivo para darle tiempo al corazón o a los pulmones que descansen y se recuperen sin comprometer la oxigenación o la perfusión del cerebro de los riñones, hígado, etcétera, y así mantener un buen estado de los demás órganos, en lo que los pulmones o el corazón, dependiendo de que esté afectado, se cura y se recupera” explicó el

cofundador de ECMO HEART.

La dificultad de este tipo de dispositivos radica en 2 cosas, que se necesita un entrenamiento muy puntual en ello, en el buen uso de este tipo de dispositivos, necesita ser manejado por gente altamente entrenada y es, en efecto, un dispositivo considerablemente caro, ya que se habla de una membrana que básicamente sustituye un pulmón y realiza sus funciones hasta que el cuerpo recupere la fuerza para hacerlo por sí mismo.

“Sin duda aún es un dispositivo considerablemente caro, sin embargo, nuestra empresa está haciendo lo posible por tratar de atenuar costos y de facilitar el acceso de este tipo de dispositivos a la mayor cantidad de gente posible, pero sí, sin duda sigue siendo una terapia considerablemente cara en el sentido de que se requiere de gente altamente entrenada para tener resultados buenos con este tipo de dispositivos”.

La tecnología Ecmo se encuentra en el país desde hace aproximadamente 15 años, tal vez más. Lo complicado de este trabajo es establecer un equipo de trabajo multidisciplinario que puede entregar resultados buenos, ¿por qué? porque no es una técnica y tampoco un dispositivo que esté tan fácilmente asequible para todos, por lo tanto, el entrenarse, el hacer experiencia y el empezar a tener buenos resultados conlleva una cantidad de tiempo considerable.

“Afortunadamente en México existe cada vez más la posibilidad de tener este tipo de dispositivos a la mano y seguro que se va a seguir creando más experiencia conforme pasa el tiempo”. PRICIPALES RETOS Rafael Linares cree que uno de los más grandes retos que enfrentan como empresa, es la educación de los médicos que están manejando pacientes críticamente enfermos. La mayoría de la gente lo ve muchas veces y cada vez menos, afortunadamente, como una terapia de primer mundo que en México no existe, sin embargo, cada vez más médicos y más personas están conociéndola y la oportunidad de poder ofrecerle a un paciente un mejor resultado se acrecienta.

“Tomar al paciente una vez que ya está sumamente complicado que ya tiene falla en otros órganos, empobrece el resultado que se puede ofrecer, entre más temprano esta terapia se pueda colocar en el paciente, el resultado es considerablemente mejor”

La pandemia ha sido aparte de un terrible suceso, un gran reto para la empresa que podría decirse ha sido superado de la mejor manera, los grupos de Ecmo tuvieron que enfrentarse a pacientes considerablemente críticos.

A pesar de ello, a nivel internacional, a inicios de la pandemia, la sobrevida después de colocar un paciente en Ecmo era de 30% 40% ahora la sobrevida después de este tiempo de la pandemia está en niveles de 60% 70% hasta 80% en algunos grupos.

“En México afortunadamente nuestra empresa está alcanzando esos niveles internacionales por lo que es claro que conforme más experiencia se va adquiriendo los resultados cada vez son mejores”.

LO QUE LO DIFERENCIA A ECMO HEART DE LAS DEMÁS EMPRESAS Los resultados que se obtienen a través del tiempo son directamente proporcionales al nivel de experiencia que se tiene con el uso de este aparato, y afortunadamente en Ecmo Heart han tenido la oportunidad de tener una experiencia bastante considerable, tanto en el medio público como en el medio privado.

“El segundo diferenciador principal es que nosotros mantenemos ese contacto sumamente estrecho con el paciente y con la familia, desde el primer instante, de forma que tratamos de hacer una terapia intensiva humanizada, es decir, nosotros permitimos en la medida de lo posible y con todas las medidas de seguridad, el contacto continuo del paciente con el familiar y esto sin duda nos ha ayudado mucho a la rehabilitación de los pacientes” aseguró.

RETOS PARA 2022 Regionalizar la atención de un paciente crítico con Ecmo, es su principal reto para el año en curso. En diferentes Estados buscarán los contactos para poder hacer una logística de atención de pacientes en cada uno de ellos, de manera que se pueda resolver rápidamente la colocación de un paciente en Ecmo y en caso de que sea necesario, hacer su traslado inmediato al centro de referencia Ecmo en la Ciudad de México, o bien, seguir el manejo de ese paciente, siempre con un respaldo.

“Yo creo que el reto para este año va a ser ese, regionalizar y establecer la logística de un uso correcto y adecuado de este dispositivo en todo el país prácticamente”.

Sin duda alguna, para Rafael Linares ha sido un gran desafío, pero, afortunadamente, nos platica que los socios con los que trabaja son gente altamente entrenada, con médicos intensivistas, cirujanos, cardiólogos, personal de enfermería, profesionistas que además de ser grandes profesionales son grandes seres humanos y eso es lo que ha marcado la pauta para formar una empresa con ese sentido humano que entregue resultados excepcionales.

DATOS DE LA EMPRESA La empresa se llama Ecmo Heart Team, se encuentran en la Ciudad de México, teléfono de contacto es el 5563023339. Actualmente se encuentran habilitando su página que es ecmo.com.mx en donde se estarán posteando testimoniales e información tanto para la población que no es médico como para la población que es médico.

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