La LLave COAFMU nº 12

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LAS COMUNIDADES ENERGÉTICAS EN MURCIA

María Cruz Ferreira-Costa

Directora Agencia Local de Energía y Clima ALEM, Ayuntamiento de Murcia Secretaria de EnerAgen Asociación Española de Agencias de Energía @energiamurcia

LA LLAVE / ACTUALIDAD / PAG. 14 /

EDIFICIO ABENARABI

El papel de la ciudadanía en el sector energético es, más que nunca, clave para la transición hacia un modelo energético más limpio, equitativo y sostenible, dónde la participación conjunta es una, muy potente, herramienta para lograrlo. Pongamos en el centro de la decisión y de la acción a la ciudadanía. La actual legislación de Autoconsumo permite ya una planta generadora de energía fotovoltaica que se comparte entre varios consumidores directamente, se llama Autoconsumo Colectivo. Uno de los problemas que conlleva es el rigor en la distribución de las cuotas de participación de la energía generada, una cuota fija, algo que no se adapta a los hábitos de consumo de cada vivienda. El problema de las cuotas fijas de participación se mejora con un Autoconsumo Colectivo “dinámico”, que permitirá adaptar mucho mejor las cuotas de autoconsumo de cada participante, en función de su consumo real y sus necesidades y horarios. Con esta misma idea, igualmente se

puede instalar una planta fotovoltaica en una nave industrial, en un Polígono, y dotar de esa energía generada a empresas vecinas. La condición actual que marca la legislación a los consumidores, y a dicha planta de generación, para que puedan usar la Red de Distribución, es que se cumpla al menos una de estas premisas: • Que se conecten en Baja Tensión al mismo transformador. • Que no estén separados más de 500 metros en proyección ortogonal. • Que estén en la misma referencia catastral, tomada como tal si coinciden los primeros 14 dígitos. Llevamos tiempo criticando la barrera de los 500 metros, ya que un autoconsumidor no se puede asociar a una instalación solar fotovoltaica, que esté a más de 500 metros de su vivienda o nave empresarial. En este momento el autoconsumo colectivo está casi limitado de facto a instalaciones de 100 kW con consumos en un radio de 500 metros en España; pero somos conocedores de que otros países

como Francia o Portugal permiten el autoconsumo colectivo en un radio de 2 Km, o incluso superior en ciertas circunstancias. No obstante, si bien el tema de los 500 metros es una medida muy criticada, y que abogamos porque se cambie; a la par añadir que no sabemos de ninguna instalación renovable que no se haya puesto en marcha por esta cuestión. El controvertido punto de los 500 metros es mejorable, pero no es una traba insalvable para ponerse en marcha. Hay que tener clara la diferencia entre una agrupación de vecinos o de empresas, que podemos llamar Comunidad Solar, pero nos gusta más llamarle Comunidad de Autoconsumo Colectivo o Compartida - dónde destaca que no se constituye ninguna entidad especial entre los participantes - sólo se acogen todos a la legislación existente de Autoconsumo; y hay que diferenciarla de una Comunidad Energética, dónde sí se constituyen como entidades legales y pueden dedicarse a generar y comercializar energía entre todas las partes que se asocien, y no hay restricciones de proximidad, ya que no se trata meramente de un Autoconsumo. Dentro de este tipo de Comunidades, destacan las llamadas Comunidades Energéticas Locales. La calificación “Local” implica ya una cierta proximidad entre los participantes. Son Comunidades sin ánimo de lucro y que buscan el beneficio de sus vecinos y asociados, particulares, empresas o entidades, vía la reducción de costes energéticos. Este especie de cooperativas se consideran un instrumento más en la transición al nuevo modelo energético y que facilitará el desarrollo local. Una Comunidad Energética es un proyecto colectivo dónde, personas,


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