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FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL Derechos de autor en la era Zuckerberg

DERECHOS DE AUTOR EN LA ERA ZUCKERBERG

Lic. Jaime A. Díaz Limón

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Especialista en Propiedad Intelectual en el ámbito Digital

Las redes sociales pretenden evitar que sus usuarios acudan a los Tribunales en afán de reducir costos judiciales, inversión de tiempo en espera de resoluciones jurisdiccionales o la intervención meticulosa de autoridades verificadores que podrían cimbrar los controles flexibles de sus servidores; de tal suerte, los mecanismos de autocomposición que proponen las redes sociales se colocan como el medio idóneo para que los usuarios encuentren solución a sus conflictos y reparación a su interés jurídico, sin necesidad de recurrir a un contract manager, árbitro, conciliador o juez.

Esta tendencia brinda un excelente panorama sobre lo que ocurre en las redes sociales y lo que han rescatado los colosos digitales, tal es el caso de Facebook.

Facebook es el rey de los procedimientos de autocomposición y algunas plataformas similares han adoptado reglas análogas para que sus usuarios cuenten con herramientas amigables que les brinden salidas aceptables sin necesidad de anunciar su inconformidad a las autoridades.

AUTOCOMPOSICIÓN EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR

Los Derechos de Autor –entre las varias esferas de protección-, quizá sean de los más afectados con la amplia exposición digital que enfrentan en internet y las redes sociales, pero su efecto positivo también permite la mejor percepción de regalías a favor de los autores y, en su caso, pronta detección de infracciones que pudieren vulnerar los derechos morales y patrimoniales de estos.

En el caso de Facebook, dedica un apartado específico a los Derechos de Autor, bajo el

14 | Foro Jurídico marco de interpretación de la Ley de Derechos de Autor americana disponible en la u.s. Copyright Office; es decir, las obras de carácter visual, sonoro o escrito que se divulguen a través de su plataforma se entenderán por protegidas en términos del sistema americano/objetivo de protección.

Además de la originalidad sobre las obras que se produzcan en el ámbito digital, Facebook reconoce otras categorías similares como la propia imagen en fotografías o videos. Indiscutiblemente, el factor que analizaremos en el presente parágrafo es el uso legítimo de las obras, los procedimientos para recuperar publicaciones eliminadas por supuestas infracciones y el procedimiento de denuncia que brinda Facebook.

• Eliminación automática del contenido. Facebook notificará vía correo electrónico y a través de la “campanita” las razones por las cuales se eliminó el contenido y en su caso, podrás optar por dos caminos: reiterar tus deseos de publicar, en el entendido que podrías generar una infracción susceptible de

generar una indemnización a favor del titular; o aceptar la decisión de Facebook. • Bloqueo de cuentas infractoras. En afán de permitir un espacio libre y pacífico, Facebook ha determinado la reincidencia en infractores en materia de derechos de autor, como una causal suficiente para provocar la desactivación o eliminación de cuentas y páginas. La baja sólo se podría reconsiderar si se ha presentado una contra notificación con arreglo a la dmca, siempre que se ha iniciado un procedimiento de denuncia en su contra, tal como se describe a continuación. • Eliminación por denuncia de infracción. Facebook pone a disposición el procedimiento de Denuncia en términos de la sección 512 (f) de la Digital Millenium Copyright Act (dmca). Este procedimiento permite a los titulares de derechos de autor (morales o patrimoniales) exigir la reparación de su calidad y, en su caso, exigir la determinación de responsabilidad por daños. Para ello, se debe llenar el formulario que dispone la plataforma 1 y aportar información mínima indispensable para procurar su trámite (según lo exige la dmca). • Denuncia completa en materia de derechos de autor.- Facebook brinda el formulario para presentar denuncias en la materia que nos ocupa, sin embargo, en caso de que el contacto con el usuario infractor resulte inútil frente a la probable amigable composición, la dmca obliga a las plataformas digitales contar con un Agente Designado para el cumplimiento de la Ley de referencia; quien deberá atender cualquier solicitud de denuncia por vulneración a los derechos de autor. Si bien es cierto, el canal más económico para presentar la denuncia es el procedimiento anteriormente descrito, el titular vulnerado también puede dirigirse al agente designado por otros métodos convencionales (más lentos) a través de correo postal y electrónico –ambos- e incluir una denuncia completa que deberá incluir:

• Datos de contacto. • Descripción de la obra cuyos derechos de autor se estiman vulnerados. • Información suficiente para localizar la obra infractora en la plataforma. • Declaración que incluya:

• Afirmación de buena fe sobre el uso indebido de la obra vulnerada. • Afirmación de notificación correcta en términos del dmca. • Bajo pena de “perjurio” que se cuenta con legitimación procesal o titularidad.

1

FACEBOOK. Formulario de Denuncia de Derechos de Autor. Estados Unidos de América. Disponible en https://www.facebook.com/help/contact/634636770043 106?helpref=page_content el 01 de agosto de 2018.

• Firma electrónica o física.

¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE LA DENUNCIA DMCA FRENTE A PROCESOS TRADICIONALES?

Por lo que refiere al procedimiento de denuncia que hemos referido en el inciso inmediato anterior, existen diversas consideraciones que vale la pena atender, frente a cualquier procedimiento ante autoridades oficiales

• Celeridad. Una vez que se presenta la denuncia, el contenido es suspendido temporal o definitivamente, sin embargo, esta medida provisional sólo está en vigor de 24 a 48 horas. • Ofrecimiento de pruebas. El ofrecimiento es sencillo y atiende a las necesidades digitales del proceso, pues sólo se requieren URL’s o archivos que permitan el cotejo de la obra original con aquella que se presume infractora. • Legitimación. A diferencia de cualquier procedimiento de orden análogo, la denuncia que propone Facebook, sólo requiere indicar, a través de casillas check, que se cuentan con derechos legítimos para iniciar el proceso. • Amigable composición. La autocomposición permite a las partes, libremente, llegar a un acuerdo antes o durante el proceso de denuncia; por lo que el denunciante puede desistirse de su solicitud si es que ha llegado a un amigable acuerdo con el presunto infractor, en cualquier momento antes de la determinación de Facebook.

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