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12 FONDOS DEL ARTÍCULO

Sostenibilidad o ASG en el folleto informativo de las características del fondo que debe aprobar el supervisor nacional del mercado de valores y en los informes que las gestoras tienen que presentar anualmente.

Un efecto perverso de esta regulación sin umbrales claros, es que podría conducir a que coexistiesen varias regulaciones locales, para productos financieros que se venden internacionalmente, lo que romperían el principio de unidad de mercado de la UE.

En este mismo sentido, las empresas que deben informar de acuerdo a la Directiva Europea de información no Financiera (NFRD) se van a encontrar con una mayor carga administrativa derivada de la propuesta de reforma de la misma en la que se conoce con el nombre de Directiva de Información de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), adaptada al marco regulatorio del Plan de Finanzas Sostenibles y alineada con la información que las gestoras de activos, a su vez, han de facilitar al supervisor, clientes y accionistas.

Respecto a este último actor, el accionista, en el ecosistema europeo de regulación de las finanzas sostenibles, a través de la directiva de los derechos de los accionistas, se incide en el fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas. Ello obliga también a informar a las gestoras de sus actuaciones en aspectos de voto de la Junta General de Accionistas y de su activismo (engagement) por el que influyen en las decisiones del Consejo de Administración y de la alta dirección. El objetivo es que las gestoras y sus clientes, tengan una perspectiva más amplia que solo considerar la decisión de vender los activos de empresas del sector petrolero y gas (que podría entenderse como una vuelta a la estrategia básica de exclusión), ya que esta fuente de energía seguirá siendo necesaria durante la transición. Se debe premiar los demostrados esfuerzos de estos sectores marrones, muy contaminantes, dándoles un período necesario de adaptación a nuevas tecnología y usos.

La evolución actual es de la ASG como gestión del riesgo, a la ASG como medición del impacto, en su doble materialidad, y como fuente de credibilidad a los planes de transición de la empresa hacia el escenario de neutralidad en carbono del 2050. En el contexto de 2021, se puede afirmar que las regulaciones implantadas y en proceso de implantación, tratan de pasar de un enfoque de Finanzas Verdes a uno de Finanzas de Transición.

PROPÓSITO, IMPACTO Y TRANSPARENCIA

Montserrat Formoso, responsable de Contenido, FundsPeople

La Agenda para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas se ha propuesto hacer frente a los desafíos medioambientales y sociales proyectando el mundo de aquí a 2030. El reto no es pequeño, y todos, desde el sector público al sector privado, estamos llamados a participar. La colaboración entre ambas esferas, público-privada, es fundamental para tratar de asegurar un futuro mejor a las nuevas generaciones, en todos los sentidos. El sector financiero es, necesariamente, un aliado para el cumplimiento de las metas establecidas pues actúa de palanca para canalizar los recursos de capital necesarios.

Para facilitar el flujo de inversiones hacia proyectos que promuevan la sostenibilidad, la Unión Europea ha definido el Reglamento de Divulgación en materia de finanzas sostenibles, la SFDR (Sustainable Finance Disclosure Regulation), que forma parte de un ambicioso marco regulatorio que va desde los fondos, planes de pensiones y productos de seguros, hasta el asesoramiento financiero.

Por ello, las entidades implicadas tendrán que adaptarse a esta regulación con el objetivo último de facilitar y homogeneizar, a cualquier inversor que quiera invertir con un objetivo social o medioambiental, la comparación entre el perfil sostenible de distintos productos financieros. De las tres posibles clasificaciones de productos financieros en base a su perfil de

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