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que esté libre de lagunas, porque es imposible que un ordenamiento jurídico sea completo. La plenitud de este es una exigencia, no una realidad es más una ideal que una realidad en consecuencia el problema de llenar las lagunas siempre existe51 .

o. Es sistemático. El ordenamiento jurídico es el conjunto sistemático de normas jurídico- positivas ordenadas en un todo coherente (el Derecho positivo de un país) bajo el criterio de unidad que es la Constitución.

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Dicho ordenamiento no es apenas unidad, sino unidad sistemática, esto es ordenada, donde impera una racionalidad interna, la cual determina que las normas que lo componen no solo están en relación con el todo (con la unidad), sino también de coherencia entre si, el significado de la norma considerada aisladamente no es el mismo que cuando se la considera como parte del todo: el ordenamiento sistematizado; es también el resultado de una relación triádica entre la proposición prescriptiva, el Estado y circunstancias de la conducta que regula, y el ordenamiento en el cual se ubica52 .

2.3. Estructura jerárquica del ordenamiento jurídico peruano

Jerárquicamente las normas jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico se encuentran en tres niveles o gradas que vienen a ser la superior, intermedia y la inferior.

➢ Grada superior. En este nivel se encuentran las Normas Constitucionales y las Sentencias del Tribunal Constitucional.

51 I b i d e m 52 T O R R E S V A S Q U E Z , O p . C i t . p . 2 5 8

A.Normas constitucionales. dentro de las normas constitucionales tenemos:

a.La Constitución Política: La misma que tiene carácter político y jurídico. El primero se manifiesta al evocar las ideas como libertad, democracia, garantía de los derechos fundamentales de la persona, limitación del poder, su carácter jerárquico responde a la Constitución como norma y se desprende de su propio contenido al establecer la obligatoriedad de sus preceptos. Todos los poderes del

Estado le deben sumisión. b.La Declaración Universal de los Derechos Humanos. c.Los Tratados Internacionales que afecten disposiciones constitucionales. d.Las Leyes Constitucionales; son normas mediante las cuales se materializa las reformas de la Constitución.

B.Sentencias del Tribunal Constitucional. Se ubica inmediatamente después de la Constitución y por encima de la Ley. El Tribunal Constitucional es el Juez de la Ley, por cuanto es el que se pronuncia sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los preceptos legales, se pronuncia sobre el sentido que es conforme con la Constitución, sus sentencias son de observancia obligatoria por todos los jueces del país.

➢ Grada intermedia. En este nivel se encuentran las normas con rango de Ley, ocupan la posición más alta en la jerarquía normativa después de las normas constitucionales, existen varios tipos de ley.

A) Leyes:

• Leyes Orgánicas. Son las que tienen, por finalidad la organización de las instituciones básicas de la administración, (Ministerios, Tribunal Constitucional, Municipios, etc). • Ley Ordinaria. Son normas generales y abstractas. Son de las más variadas clases; leyes civiles, penales, tributarias, comerciales, etc. • Decretos Legislativos. Normas emanadas del Poder

Ejecutivo por delegación del Congreso; quien delega parte de su poder por medio de una Ley de delegación al Gobierno, para que dicte decretos legislativos con la misma fuerza de ley. • Normas Regionales de Carácter General. Normas dictadas por los Gobiernos Regionales. • Decretos Leyes. Leyes dadas por gobiernos de facto. • Ordenanzas Municipales. son normas generales que regulan la organización, administración o prestación de los servicios públicos locales y el cumplimiento de las funciones generales o específicas de las municipalidades.

B) Decretos:

• Decretos Supremos. Son normas dictadas por el presidente de la República, con estas normas se reglamentan las Leyes sin transgredirlas y desnaturalizarlas. • Edictos Municipales. Son normas generales que por cuya virtud se aprueban los tributos municipales y el reglamento de organización interior de los municipios. • Decretos de Alcaldía. Estos crean normas de ejecución de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios a la administración municipal o resuelven regular asuntos de orden general.

C.Resoluciones

➢ Resoluciones Supremas. Son rubricadas por el presidente de la República y refrendadas por el ministro del sector. ➢ Resoluciones Ministeriales ➢ Resoluciones de los órganos autónomos no descentralizados: Estos organismos no están adscritos a ningún Poder del Estado. Por ejemplo: Contraloría General de la República, Superintendencia de Banca y Seguros y

Superintendencia de Administración tributaria, etc. ➢ Resolución Vice Ministeriales ➢ Resoluciones de los organismos públicos descentralizados: Estos realizan actividades de producción de bienes y servicios del Estado, ejemplo: El Instituto

Nacional de Estadística e Informática, el Consejo Nacional de

Ciencia y Tecnología, la Superintendencia Nacional de

Registros Públicos. ➢ Acuerdos Municipales: Los acuerdos son decisiones específicas sobre cualquier asunto de interés público, vecinal o institucional, que expresan la opinión de la Municipalidad, su voluntad de practicar determinado acto o de sujetarse a una conducta o norma institucional. ➢ Resoluciones Municipales: Resuelven asuntos de carácter administrativo. (reclamos de los vecinos).

D. El Derecho consuetudinario y los principios generales del

Derecho: Los mismos que se aplican en caso de vacío o deficiencia de la ley.

➢ Grada Inferior: En este nivel se encuentran las normas particulares o individualizadas, los contratos, los testamentos, las sentencias, etc. 53

53 L a j e r a r q u í a n o r m a t i v a h a s i d o t o m a d a d e l p r o f e s o r A n í b a l T O R R E S V A S Q U E Z , O p . C i t . p . 2 7 4 a l 2 8 1

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