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Resumen
farmers norteamericanos, sino gente de mentalidad precapitalista, valga decir, de escaso espíritu empresarial. La renta petrolera, en sus manos, bien hubiera podido tener un uso no adecuado para el desarrollo del país. En cambio, al centralizarla en manos del Estado, se abría al menos la posibilidad de que se canalizara hacia fines productivos y hacia la modernización de la sociedad. En retrospectiva, no cabe duda de que la razón histórica estaba con Lecuna, y no con Torres. En la práctica, si bien Torres pudo imponerse, parcialmente, al asegurar en la Ley de Hidrocarburos de 1920 el derecho preferencial de los terratenientes a la concesión por un año - con lo que se inició un importante auge del comercio de concesiones -, luego se iba a imponer paulatinamente el punto de vista de Lecuna. Al final, con la reforma petrolera de 1943, y como consta de modo expreso en la Exposición de Motivos de la Ley, se le cerró definitivamente el paso a cualquier injerencia de los superficiarios en las concesiones petroleras.8 Por lo demás, la misma tendencia habría de prevalecer con el paso del tiempo en todos los países petroleros.9
RESUMEN
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La exposición y discusión precedente puede resumirse en los siguientes términos: 1. Las primeras concesiones petroleras fueron otorgadas gratuitamente, sin imponerse el pago de renta de la tierra alguna, en obediencia a la legislación minera vigente que seguía las pautas de la legislación más moderna sobre la materia que era la francesa. Esta última favorecía radicalmente al productor, negándose cualquier aspiración rentística al propietario de las tierras. 2. Dadas las características de la industria petrolera moderna, a saber, la producción de una materia prima que sirve de insumo a las industrias modernas del mundo bajo condiciones de alta tecnificación, Venezuela no podía integrarse con ella ni directa ni indirectamente por la vía de la producción, tal como hubiera correspondido a la esencia de la legislación minera existente. 3. Por esta situación, así como por el extraordinario éxito de las concesiones, los círculos gobernantes vieron la integración rentística con la industria petrolera internacional como la única posibilidad de que el país aprovechara su excepcional riqueza petrolífera. 4. Con ello se planteó el problema de quiénes deberían ser los beneficiarios inmediatos de la renta. Torres se inclinaba en favor de los terratenientes particulares; Lecuna, por su parte, en favor del Estado. 5. Dadas las circunstancias concretas del tiempo del que se habla, no cabe duda de que la razón histórica asistía a Lecuna y no a Torres. Con la renta petrolera concentrada en las manos del Estado - y no dispersa en las manos de
8La proposición de Lecuna se vio favorecida por el hecho de que los yacimientos descubiertos se encontraban mayoritariamente en terrenos estatales. 9Para más detalles, véase Bernard Mommer, La Cuestión Petrolera, (Caracas, 1987) passim.
terratenientes de mentalidad precapitalista - por lo menos existía la posibilidad que ella pudiera canalizarse hacia fines productivos y hacia la modernización del país.