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La expropiación de las salitreras

xxxxxxxxx EL PRECIO DE EStE AbONO, EN ALzA CUANDO HUbO PRObAbILIDAD DE IMPLANtAR EL EStANCO, fUE DISMINUYENDO EN LA MEDIDA EN qUE LOS COMERCIANtES SE IbAN PERSUADIENDO DE qUE ELLO NO IbA A OCURRIR.

El estanco, sin embargo, provocó hondos desacuerdos. Los industriales más poderosos lo combatieron, después de haberse opuesto también al impuesto proporcional a las utilidades. "La ma yo ría del país se ha pronunciado abiertamen te contra el estanco apoyando así a los grandes productores del salitre cuya buena disposición era necesaria para llevarla a la práctica, pues ella es irrealizable por medio de la violencia" (dijo Juan Ignacio El guera en su memo ria como ministro de Hacienda en 1874). Solo los pequeños industriales, cuya producción era escasa, fueron favorables a la política adoptada. En cambio, los empresarios, que habían levantado en Tarapacá vastos establecimientos con la esperanza de hacer cuantiosos negocios, se opusieron unánimemente y se negaron a proporcionar los datos relativos a la facultad productiva de sus oficinas. Igual antagonismo mostraron los habilitadores. Las resistencias dieron lugar a que los jurados nombrados para determinar la producción en cada oficina no llevaran a cabo su misión; y a que, en suma, del decre to de julio ri giera tan solo la cuota de 15 centa vos establecida en él para los que quisieran exportar libremente el salitre.

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El precio de es te abono, en alza cuando hubo pro babilidad de implantar el estanco, fue disminu yendo en la medida en que los comercian tes se iban persuadiendo de que ello no iba a ocu rrir. La venta del guano se redujo en proporción a la merma en el precio del salitre y hubo necesidad de aminorar también su cotización. Por otra parte, al bajar el salitre, muchos industriales en este ramo se vieron obligados a cerrar sus oficinas por no convenirles producir el artículo a una cantidad tan escasa. Así pues, mientras los salitreros de Tarapacá se arruinaban o perdían dinero, el Gobierno había bajado el precio del guano para poderlo expender y eran los compradores europeos los que se beneficiaban con la situación incierta de ambos abonos.

la EX pRo pIa cIÓN DE laS Sa lI tRE RaS.- La audaz ley de 28 de ma yo de 1875 de ro gó el estanco y, por lo tanto, los decretos expedidos para su ejecución. Al mismo tiempo prohibió las adjudicaciones de terrenos salitrales. Además autorizó al Poder Ejecutivo para adquirir los terrenos y los establecimientos de beneficio de la provincia de Tarapacá, e igualmente para celebrar contratos sobre elaboración y venta de salitre y contratar un empréstito de £ 7'000,000 con garantía de los establecimientos que comprara y de los demás terrenos salitrales pertenecientes al Estado en la provincia de Tarapacá, cuya aplicación estaba destinada a hacer efectivos los fines de la misma ley, a la terminación de los ferrocarriles y a atender las necesidades generales del Estado. Los dueños de las llamadas "oficinas'' debían ser pagados mediante certificados redimibles por el Gobierno en un pla zo de dos años; pe ro el emprésti to fracasó. Mientras pudiera darse cumplimiento a lo dispuesto en las normas antedichas, quedó establecido un impuesto de exportación sobre cada quintal de salitre que no debía bajar de 15 ni exceder de 60 centa vos.

En uso de esas autorizaciones, el Gobierno elevó el impuesto de exportación del salitre a 30 y luego a 60 centa vos por quintal; y exi gió a los dueños o administrado res de los establecimientos salitreros que proporcionaran informaciones detalladas sobre la elaboración y la producción en sus oficinas. Una comisión de ingenieros, compuesta por los señores Felipe Arancibia y Francisco Paz Soldán, quedó designada para trazar y valorizar esos bienes. Esta comisión halló dificultades y tu vo deficiencias en su trabajo; se cita el caso de la oficina de la compañía Gibbs por la que se pagó un precio excesivo. Decretos especiales señalaron las condiciones para expropiar las salitreras a los propietarios dispuestos a venderlas; así como también las normas que debían regir en los contratos de elaboración de salitre en los establecimientos adquiridos por el Estado. El salitre que proviniera de las oficinas mantenidas por particulares y libremente exportado por estos quedó suje to al impues to de 60 centa vos por quintal.

Se acudió, pues, a un sis te ma mix to, dejando a la elección de los in te re sados o efectuar libremente la producción y exportación del salitre o vender las salitreras al Estado. En estas últimas actuaban los elaboradores por cuenta de este.

caRta gEogRáfIca. El 14 de abril de 1879, poco después de la invasión chilena a la ciudad de antofagasta, perteneciente al territorio de Bolivia, la oficina Hidrográfica del gobierno chileno publicó esta "carta de los desiertos de tarapacá i de atacama". En ella, consignaron planos geográficos, datos y observaciones diversas sobre la extensa región. asimismo, incluyó la ubicación de los yacimientos salitreros del perú y Bolivia.

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