RCI Mayo_ Junio 2020

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NORMATIVIDAD

CERTEZA, SEGURIDAD Y EFICIENCIA POR: JOSÉ LUIS DE LEÓN

La validación y certidumbre de funcionalidad en cada componente de cualquier sistema contra incendio, debe ser dada por una tercería de parte, esto implica conceptos como listado y aprobado de los que echará mano este ente verificador.

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En ocasiones, cuesta entender que un sistema instalado para proteger la vida de las personas y asegurar la continuidad operativa de los negocios, quede como un simple adorno de tubos que no salvaguarda lo que debiera al momento de un siniestro. Y la realidad es que el sistema funciona, pero quizá alguno de sus elementos no contaba con las características necesarias para ser parte del mismo. Y es ahí, donde se vuelve fundamental el tema de la calidad de sus componentes. En el sector de la protección pasiva, detección, alarma, combate y supresión de incendios el tema es de suma importancia, como lo es en otros sectores de productos y servicios con los que convivimos diariamente. De la misma manera que esperamos que un medicamento, un automóvil o un electrodoméstico cumplan su función con seguridad y eficiencia, así también los equipos que tienen el propósito de proteger la integridad de las personas en medio de situaciones de riesgo, en este caso incendios, deben ser seguros, confiables y cumplir adecuadamente la función para la que fueron diseñados, fabricados e instalados. Cada producto utilizado en el sector tiene como propósito proteger la vida en caso de incendio, en esa lógica, debe estar bien ensamblado y construido con materiales de buena calidad; adicionalmente, existe el tema de aprobaciones y listados que va más allá de esto. Es

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decir, cada componente de un sistema contra incendio es parte de un sistema más complejo formado por equipos interrelacionados, de diferentes características, funciones, marcas y fabricantes. Ante tal complejidad y a fin de asegurar que los componentes se encuentran diseñados y construidos para un uso efectivo, y que se desempeñan como deben hacerlo, es necesario involucrar a un tercero de parte. Dicha figura debe tener la capacidad de evaluar la ingeniería del componente, producto o material, así como definir y realizar pruebas críticas de los mismos, llevar a cabo inspecciones periódicas a los procesos de su fabricación y certificar el apego de estos a una serie específica de requerimientos. Ante esta necesidad, nacen los conceptos de listados y aprobaciones. Acercándonos a la literatura y a los referentes, la NFPA 13 define el término “listado” como todos aquellos equipos, materiales o servicios que se encuentran incluidos en una lista publicada por una organización. Dicha organización, según la NFPA, debe tener tres características. Primero, ser aceptable para la Autoridad con Jurisdicción, o AHJ por sus siglas en inglés, involucrada en el proyecto. Segundo,debe mantener inspecciones periódicas de la fabricación del equipo,


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