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La Sociedad Mercan�l correcta ante las Reformas Fiscales
IEE Plantel Monterrey
LA SOCIEDAD MERCANTIL CORRECTA ANTE LAS REFORMAS FISCALES
INTRODUCCIÓN
Iniciar una empresa con el �po de sociedad mercan�l correcta ha sido, desde hace mucho �empo, uno de los grandes retos para la mayoría de los emprendedores estrategas; en contrario para la mayoría de ellos que solo buscan iniciar un negocio sin una estrategia bien planificada, estos inician su nueva empresa con la �pica sociedad mercan�l “Sociedad Anónima” (S.A.) en la modalidad de Capital Variable (C.V.), que a pesar de ser la más común no significa que sea la correcta.
Mencionado lo anterior, surge entonces la pregunta ¿Cuál es el �po de sociedad mercan�l correcta para iniciar una nueva empresa?
La respuesta solo se puede encontrar teniendo una visión clara del obje�vo principal que se busca y contemplar todos los aspectos, tanto a favor como en contra que ofrece cada �po de sociedad mercan�l existentes, adicional también de debe considerar una diversa gama de circunstancias externas para poder elegir la sociedad mercan�l adecuada, esto debido a que durante los úl�mos años se han realizado un sin número de reformas en diferentes campos.
Fuente: Google
Quizá las reformas más palpables que se han presentado en los úl�mos años, sin dejar de mencionar preocupantes, han sido a la legislación fiscal y que �enen un impacto directo en las sociedades mercan�les actuales. No se debe perder de vista que estas reformas buscan primordialmente incrementar la recaudación tributaria y que han ido mucho más allá, quizá sin pretenderlo, y que han logrado vulnerar la seguridad de los socios de las empresas.
En la Reforma Fiscal para el ejercicio 2020 se dieron cambios en dos ámbitos relevantes:
Reforma Penal Reforma Fiscal
La serie de cambios en estos dos ámbitos han generado mucha incer�dumbre y en ciertos casos hasta temor de posibles acciones fiscales y penales que pueden afectar hasta el patrimonio directo de los socios de las empresas.
Desde luego, esto desde el punto de vista de que no todas las sociedades mercan�les pueden otorgar a los empresarios cierto velo de protección a su patrimonio. Esta serie de cambios ha traído consigo el empujar a los empresarios y sus asesores a explorar diferentes formas de protección externa ante posibles con�ngencias patrimoniales, sin dejar de aplicar las medidas de protección co�dianas, refiriéndose claro, a las diferentes estructuras que ofrecen las sociedades mercan�les y sus derivados actuales.
Se detallan a con�nuación los cambios que más han impactado en nuestra legislación tanto penal como fiscal.
REFORMA PENAL
Durante el transcurso de 2019 se realizaron de manera cronológica una serie de reformas a diversas disposiciones de carácter penal en el siguiente orden:
14/03/2019 - Reforma al ar�culo 22 Cons�tucional1
El nuevo ar�culo abre la puerta a la autoridad fiscal a disponer a través de la ex�nción de dominio, de los bienes patrimoniales cuya procedencia no pueda acreditarse y se encuentren vinculados entre otros supuestos a la “delincuencia organizada”.
El término delincuencia organizada en este punto, pareciera que no �ene mucha relevancia ya que comercios y ac�vidades lícitos no encuadran como tal, y son de conocimiento general otras ac�vidades muy específicas que sí se �pifican como delincuencia organizada.
En el transcurso del presente trabajo se verá la relevancia de la reforma a este ar�culo 22 cons�tucional y al término delincuencia organizada.
12/04/2019 - Reforma al ar�culo 19 Cons�tucional2
En este precepto se deja establecido que cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para la comparecencia de un imputado en un juicio, se podrá ordenar “prisión preventiva”, es decir, que mientras se desarrolle el juicio de un acusado, este deberá llevarlo encarcelado cuando cometa “delitos graves contra la
seguridad nacional”.
De igual forma, con este cambio a este ar�culo no se ve gran impacto, considerando que son pocos los supuestos en los que se pudiera considerar una persona como amenaza a la nación.
08/11/2019 - Ley de Seguridad Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales y Ley Contra la Delincuencia Organizada3
La parte más relevante de la reforma penal nace en las siguientes disposiciones:
Ley de Seguridad Nacional
Tipifica como amenazas a la seguridad nacional todos aquellos actos ilícitos en contra del fisco federal referidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales (art 167).
Código Nacional de Procedimientos Penales
Por su parte, la reforma en este precepto conlleva darnos a conocer que las amenazas a la nación, ya mencionadas desde el doce de abril de 2019 en el artículo 19 constitucional, será cualquiera que caiga en los siguientes supuestos.
1. Contrabando y su equiparable 2. Defraudación fiscal y su equiparable �. La expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales
Más adelante en este mismo ordenamiento, se aclara que la prisión preventiva, mencionada en el artículo 19 constitucional, no procederá la suspensión condicional del proceso se es considerado amenaza a la nación bajo estos 3 supuestos mencionados.
Ley Contra la Delincuencia Organizada
Por su parte, la reforma en esta disposición, además de exponer una definición de los supuestos antes descritos, es decir:
1DOF. (14 de Marzo de 2019). Diario Oficial de la federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo =5552861&fecha=14/03/2019 2DOF. (12 de Abril de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo= 5557700&fecha=12/04/2019 3DOF. (08 de Noviembre de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle. php?codigo=5578269&fecha=08/11/2019
Texto: C.P. Mario Alberto Salinas Juárez
IEE Plantel Monterrey
1. Contrabando y su equiparable 2. Defraudación fiscal y su equiparable 3. La expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales
Lleva al punto de considerar a quien desarrolle dichas ac�vidades como “delincuencia organizada”
NOTA: Lo importante en esta reforma penal es que bajo ciertos supuestos una persona o empresario que realice las ac�vidades mencionadas, puede ser considerado como delincuente que amenaza a la nación y por consiguiente llevarlo a juicio obligatoriamente preso y poder despojarlo de sus bienes patrimoniales.
REFORMA FISCAL
Ahora bien, así como en la reforma penal, en la reforma fiscal se llevaron a cabo diversos cambios relevantes, sin embargo, para efectos de este artículo, referiremos el cambio realizado al tema de la responsabilidad solidaria que recaen en los socios y accionistas en las empresas en el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación (CFF)4:
Artículo 26. Responsabilidad Solidaria X. Los socios y accionistas, respecto de contribuciones generadas durante el periodo en que tenía tal calidad, en la parte del interés fiscal no garantizada, cuando dicha persona moral incurra en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) No se inscriba al RFC b) Cambio de domicilio sin presentar aviso c) No llevar contabilidad d) Desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal e) No se localice en el domicilio fiscal f) Omitir el pago de impuestos retenidos o recaudados g) Ser considerado un EFO h) Ser considerado un EDO por operaciones mayores a $7,804,230 i) Estar en los listados del SAT como definitivo por concepto de la transmisión indebida de pérdidas fiscales mediante reestructuración, fusión o escisión de sociedades, cambio de accionistas o se deje de pertenecer del grupo al que perteneció.
4DOF. (09 de Diciembre de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.fod.gox.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_ detalle.php? codigo=5581292&fecha=09/12/201 Como se puede apreciar con la reforma fiscal, respecto de la responsabilidad solidaria de los socios y accionistas, estos deben responder por una serie de actos, ac�vidades o infracciones en los que incurra la compañía, teniendo que hacerlo hasta con su propio patrimonio personal, el cual su uso y des�no queda definido en la reforma penal ya citada.
Sin embargo, tratando de poder amor�guar o en dado caso proteger lo mejor posible tanto a socios y accionistas emprendedores de esta situación, es muy recomendable voltear a analizar de nueva cuenta a las estructuras actuales que existen de sociedades mercan�les en donde se pueden tener bajo estatutos sociales, limitando su responsabilidad.
Tenemos el caso por ejemplo de la Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI) cuya nueva figura vino a realizar un cambio muy importante en el establecimiento accionario de las empresas, tales como5:
Fuente: Google
5Salas, H. R. (08 de Enero de 2016). DINERO en imagen. Obtenido de www.dineroenimagen.com: https://www.dineroenimagen.com/blogs/ colegio-de-contadores-publicos-de-mexico-ac/las-ventajas-de-que-tu-e mpresa-sea-una-sapi/66974
i. Designación y revocación de accionistas y miembros del Consejo de Administración por cada diez por ciento solo o en conjunto de las acciones con derecho a voto, ii. Establece causales de exclusión de socios o para ejercer derechos de separación, de retiro, amortización de acciones o fijar precio y bases para su determinación, iii. Emitir serie de acciones distintas para los accionistas, iv. No conferir voto a todos los accionistas o que se restrinja a algunos asuntos, v. Otorgar a los accionistas derechos sociales no económicos distintos al derecho de voto o exclusivamente el derecho de voto, vi. Limiten o amplíen el reparto de utilidades u otros derechos económicos, vii. Confieran derecho de veto o requieran del voto favorable de uno o más accionistas respecto de las resoluciones de la asamblea de accionistas, viii.Implementar mecanismos a seguir en caso de que los accionistas no lleguen a un acuerdo respecto a asuntos especiales, ix. Amplíen, limiten o nieguen el derecho de suscripción preferente, x. Permitan limitar la responsabilidad en daños y perjuicios ocasionados por consejeros y direc�vos relevantes derivados de los actos o decisiones que adopten, y xi. Adquisición de la empresa de sus propias acciones.
Preceptos que pueden de alguna manera proteger al accionista ante su responsabilidad ante con�ngencias fiscales, derivadas de la reforma fiscal tratada en el presente trabajo.
CONCLUSIÓN
Se deben explorar nuevas alternativas de las estructuras mercantiles que puedan otorgar cierto velo de protección a los socios y accionistas de las empresas que ayuden a coadyuvar en la restricción de la responsabilidad solidaria de dichos socios y accionistas.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
DOF. (14 de Marzo de 2019). Diario Oficial de la federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5552861&fecha=1 4/03/2019 DOF. (12 de Abril de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5557700&fecha=1 2/04/2019 DOF. (08 de Noviembre de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.dof.gob.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5578269&fecha=0 8/11/2019 DOF. (09 de Diciembre de 2019). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de www.fod.gox.mx: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5581292&fecha=0 9/12/2019 Salas, H. R. (08 de Enero de 2016). DINERO en imagen. Obtenido de www.dineroenimagen.com: https://www.dineroenimagen.com/blogs/colegio-de-contadores-publi cos-de-mexico-ac/las-ventajas-de-que-tu-empresa-sea-una-sapi/6697 4
El contenido editorial de cada ar�culo publicado en este medio no cons�tuye una consulta par�cular y por lo tanto, Bole�n Fiscal IEE, su equipo editorial y sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o des�natario le pueda dar.
C.P. Mario Alberto Salinas Juárez Alumno del IEE
Contador Público y Auditor. Universidad Autónoma de Nuevo León. Gerente de Contabilidad e Impuestos en Pak2go Logis�cs. Gerente de contabilidad e Impuestos en ROCA Desarrollos. mario_sa2807@hotmail.com