REVISTA EXCELENCIA PROFESIONAL SEPTIEMBRE 2023

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Excelencia Profesional

Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.

AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD

La Importancia de los Postulados Básicos (Parte 1)

SEGURIDAD SOCIAL

Soy Patrón Persona Física, ¿Puedo Asegurarme al IMSS?

Devolución de Saldos a Favor de ISR de Personas Físicas

C.P. Jorge Francisco Toriz Escamilla

Socio Administración y Finanzas en Grupo Interesse

Integrante de la Comisión de Síndicos y Prodecon

Septiembre 2023

No. 282

C.P. Stephany Brijite Cid Vázquez C.P.C. Jesús Zenteno Juárez
amcpdf.com.mx
R M F 2 0 2 3 2 8 1 6 F R A C C I I I N C A ) E N V Í O D E C O N T A B I L I D A D E L E C T R Ó N I C A O B A L A N Z A D E C O M P R O B A C I Ó N M E N S U A L D E J U L I O 2 0 2 3 P A R A P E R S O N A S F Í S I C A S ( A M Á S T A R D A R E N L O S P R I M E R O S 5 D Í A S D E L S E G U N D O M E S P O S T E R I O R ) P A G O D E L I M P U E S T O S O B R E E R O G A C I O N E S P O R R E M U N E R A C I O N E S A L T R A B A J O P E R S O N A L 3 % E D O M E X D E L M E S D E A G O S T O D E 2 0 2 3 ( A M Á S T A R D A R E L D Í A 1 0 D E L M E S S I G U I E N T E ) D E C L A R A C I Ó N D E P A G O D E I M P U E S T O S O B R E N Ó M I N A S , 3 % C D M X D E L M E S D E A G O S T O 2 0 2 3 ( A M Á S T A R D A R E L D Í A 1 7 D E L M E S I N M E D I A T O S I G U I E N T E ) D E C L A R A C I Ó N D E P A G O S D E C U O T A S O B R E R O - P A T R O N A L E S D E I M S S A G O S T O 2 0 2 3 ( A M Á S T A R D A R E L D Í A 1 7 D E L M E S I N M E D I A T O S I G U I E N T E ) D E C L A R A C I Ó N I N F O R M A T I V A D E C O N T R A P R E S T A C I O N E S R E C I B I D A S E N E F E C T I V O P I E Z A S D E O R O O P L A T A S U P E R I O R E S A $ 1 0 0 0 0 0 ( A M Á S T A R D A R E L D Í A 1 7 D E L M E S I N M E D I A T O P O S T E R I O R A L A O P E R A C I Ó N ) R M F 2 0 2 3 2 8 1 6 F R A C C I I , I N C B ) L I V A A R T 5 - D FECHA OBLIGACIÓN FUNDAMENTO COMISIÓN FISCAL #amcpparatodos E N V Í O D E C O N T A B I L I D A D E L E C T R Ó N I C A O B A L A N Z A D E C O M P R O B A C I Ó N M E N S U A L D E J U L I O 2 0 2 3 P A R A P E R S O N A S M O R A L E S ( A M Á S T A R D A R E N L O S P R I M E R O S 3 D Í A S D E L S E G U N D O M E S P O S T E R I O R ) M A R T E S 0 5 D E S E P T I E M B R E J U E V E S 0 7 D E S E P T I E M B R E D E C L A R A C I Ó N I N F O R M A T I V A D E R E T E N C I O N E S D E L A S P E R S O N A S M O R A L E S E X T R A N J E R A S Q U E P R E S T E N S E R V I C I O S D I G I T A L E S D E I N T E R M E D I A C I Ó N E N T R E T E R C E R O S D E L M E S D E A G O S T O 2 0 2 3 C F E M Y M A R T 5 8 M A R T E S 0 5 D E S E P T I E M B R E R M F 2 0 2 3 2 7 1 3 2 Ú L T I M O P Á R R A F O E M I S I Ó N D E C F D I C O N C O M P L E M E N T O P A R A R E C E P C I Ó N D E P A G O S P O R L O S P A G O S R E C I B I D O S D U R A N T E E L M E S D E A G O S T O 2 0 2 3 ( Q U I N T O D Í A N A T U R A L D E L M E S I N M E D I A T O S I G U I E N T E ) L U N E S 1 1 D E S E P T I E M B R E L I V A A R T 1 8 - 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A L S S A R T 3 9 L I S R A R T 7 6 F R A C C X V 8 2 F R A C C V I I 1 1 0 F R A C C V I I , 1 1 8 , F R A C C V Y 1 2 8 R I S R A R T 1 6 1 L I V A A R T 3 2 F R A C C V Y V I I I , R M F 2 0 2 3 4 5 1 D E C L A R A C I Ó N I N F O R M A T I V A D E O P E R A C I O N E S C O N T E R C E R O S ( D I O T ) D E L M E S D E A G O S T O 2 0 2 3 ( D U R A N T E E L M E S I N M E D I A T O P O S T E R I O R A L Q U E C O R R E S P O N D A ) L U N E S 1 1 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L I V A A R T 1 8 - J F R A C C I I , I N C I S O S A ) Y B ) R M F 2 0 2 3 1 2 2 6 L I V A A R T 1 8 - D F R A C C I V R M F 2 0 2 3 1 2 1 8 L I S R A R T 1 1 3 - C P R I M E R P Á R R A F O F R A C C I V R M F 2 0 2 3 1 2 2 4 L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E L U N E S 2 D E O C T U B R E C O N T R I B U Y E N T E S D E L I E P S P R O D U C T O R E S E I M P O R T A D O R E S D E T A B A C O S L A B R A D O S D E B E R Á N P R E S E N T A R D E C L A R A C I Ó N I N F O R M A T I V A S O B R E E L P R E C I O D E E N A J E N A C I Ó N D E C A D A P R O D U C T O , V A L O R , V O L U M E N , P E S O O C A N T I D A D E N A J E N A D A ( D E C L A R A C I Ó N M E N S U A L A T R A V É S D E M U L T I - I E P S ) L I E P S A R T 1 9 , F R A C C I X C A L E N D A R I O M E N S U A L D E O B L I G A C I O N E S T R I B U T A R I A S S E P T I E M B R E 2 0 2 3 L U N E S 1 8 D E S E P T I E M B R E * N O T A R E S P E C T O A L A S A N T E R I O R E S D E C L A R A C I O N E S M E N S U A L E S O D E F I N I T I V A S D E I M P U E S T O S F E D E R A L E S I N C L U Y E N D O R E T E N C I O N E S S E T E N D R Á N D Í A S A D I C I O N A L E S P A R A S U P R E S E N T A C I Ó N C O N S I D E R A N D O E L S E X T O D Í G I T O N U M É R I C O D E L R E G I S T R O F E D E R A L D E C O N T R I B U Y E N T E S ( R F C ) S E G Ú N E L A R T Í C U L O 5 1 D E L D E C R E T O Q U E C O M P I L A D I V E R S O S B E N E F I C I O S F I S C A L E S P U B L I C A D O S E N E L D O F D E L 2 6 D E D I C I E M B R E D E 2 0 1 3 , A Ú N V I G E N T E

Consejo Directivo Bienio 2023-2024

Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones.

C.P.C. y M.F. Carlos Leonardo Velasco Paredes

Presidente de la Comisión Editorial

C.P.C. Roberto Guzmán Álvarez

L.C.C. Juvenal Villaverde Crisantos

L.C.P.C. Jesús Zenteno Juárez

Esperanza No. 765

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Número 282

Septiembre 2023

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La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan Imágenes de stock: pexels.com y unsplash.com

1 SEPTIEMBRE 2023 DIRECTORIO
Dr. y L.C.C. José Manuel Miranda de Santiago C.P.C. Daniel Medina Hernández Vicepresidente General L.C.C. Hortencia Vázquez Vázquez Vicepresidenta del Sector Externo L.C.C. Cenobio Guillén Ramírez Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Jesús Antonio Gómez González Vicepresidente del Sector Público M.A. y L.C.C. Leónides Jerónimo Solano Vicepresidente del Sector Docente C.P.C. Minerva Luciano Barocio Vicepresidenta de Finanzas C.P.C. Hilda Rodríguez Jiménez Vicepresidenta de Servicio a Asociados C.P.C. y E.F. Adolfo Cortés Herrera Vicepresidente de Capacitación L.C.C. Griselda Martínez Madrigal Segunda Secretaria Propietario Presidente
2 EXCELENCIA PROFESIONAL CONTENIDO ÍNDICE JURÍDICO FISCAL AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD DIFUSIÓN 7 19 21 24 27 4 9 Difusión SEGURIDAD SOCIAL Devolución de Saldos a Favor de ISR de Personas Físicas La Regulación de Activos Virtuales y Proveedores de Servicios en América Latina: Desafíos y Perspectivas Criterio de la Autoridad Sobre la Donación de Inventarios que han Perdido su Valor y Cómo se Expide el CFDI Soy Patrón Persona Física, ¿Puedo Asegurarme al IMSS? Incorporación del Componente: “Proceso de Valoración del Riesgo de la Firma de Auditoría” para el Cumplimiento de la “Norma Internacional de Gestión de Calidad®” – 1 (NIGC-1) La Importancia de los Postulados Básicos (Parte 1) 12 Saldos a Favor de Clientes por Pagos en Exceso e Incluso por Redondeo en Centavos y su Tratamiento Fiscal Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación para el Ejercicio 2023 14 Cambio de Resico a Régimen General de Ley para Personas Morales 17 26 Ética y Valores

51 Años de

Excelencia Profesional en la AMCP

Es un honor dirigirme a ustedes en este mes de septiembre. Este periodo no solo marca el inicio de la temporada de transición hacia el cierre fiscal, sino que también representa una ocasión especial para celebrar los logros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos en su 51° aniversario. Cinco décadas de dedicación, compromiso y excelencia han forjado una entidad que se mantiene firme en su propósito de elevar los estándares profesionales y promover el crecimiento en nuestra industria.

Durante estos años, la Asociación Mexicana de Contadores Públicos ha sido un faro de conocimiento y profesionalismo en el ámbito contable. Su incansable trabajo ha contribuido significativamente a la evolución y mejora de las prácticas contables y fiscales en México. La asociación ha brindado a los contadores públicos un espacio para aprender, crecer y colaborar, permitiéndoles mantenerse actualizados en un entorno que evoluciona constantemente.

Este septiembre, mientras celebramos un nuevo aniversario, reflexionamos sobre la importancia de nuestra labor en la sociedad actual. Los contadores públicos desempeñan un papel crucial en la toma de decisiones financieras informadas y en la promoción de la transparencia en los negocios y las instituciones. Nuestro compromiso con la ética, la integridad y el aprendizaje continuo es lo que nos distingue y fortalece nuestra profesión.

La asociación continúa siendo un faro de aprendizaje y crecimiento. A través de cursos, talleres, foros, eventos, transmisiones y artículos, los contadores públicos encuentran un espacio para perfeccionar sus habilidades y mantenerse actualizados con las últimas regulaciones y tendencias. Además, en un mundo cada vez más digital, la Asociación Mexicana de Contadores Públicos ha demostrado su adaptabilidad, brindando recursos en línea y plataformas que permiten a los profesionales acceder a conocimientos desde cualquier lugar.

En este mes del testamento, les invito a reflexionar sobre

la importancia de la planificación patrimonial y la protección de nuestros seres queridos. Así como cuidamos del patrimonio de nuestros clientes y empresas, es esencial asegurarnos de que nuestras propias finanzas estén en orden para garantizar el bienestar de nuestras familias.

Además, en un contexto global de cambio y avance, es fundamental mantenernos al tanto de las novedades en nuestro campo. En este sentido, es relevante destacar la creciente importancia de la regulación de activos virtuales y proveedores de servicios en América Latina. La adopción de tecnologías como blockchain y criptomonedas ha generado la necesidad de establecer marcos regulatorios que garanticen la seguridad, la transparencia y el cumplimiento normativo en estas transacciones financieras digitales. Como contadores públicos, nuestro compromiso con la actualización constante nos posiciona como líderes en la comprensión y aplicación de estas regulaciones emergentes.

En nombre de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, agradezco su dedicación y compromiso con la excelencia profesional. Sigamos adelante, unidos por una visión compartida de un futuro financiero sólido y responsable.

¡Felicidades a todos nuestros asociados en este 51 aniversario!

3 SEPTIEMBRE 2023 MENSAJEMENSAJEDELAPRESIDENCIA DE PRESIDENCIA
Dr. en Derecho y L.C.C. José Manuel Miranda de Santiago Presidente del Consejo Directivo de la AMCPDF Bienio 2023-2024

Devolución de Saldos a Favor de ISR de Personas Físicas

El pasado 2 de mayo de 2023 venció el plazo para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas físicas. De acuerdo con la regla 2.3.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF)1 , las personas físicas que hubieran determinado saldo a favor del ISR en su declaración anual del ejercicio 2022, podían optar por solicitar a las autoridades fiscales su devolución, marcando el recuadro respectivo en el formato electrónico correspondiente, para considerarse dentro del Sistema Automático de Devoluciones, el cual constituye una facilidad administrativa para los contribuyentes y siempre que dicha opción se ejerza a más tardar el 31 de julio de 2023.

Adicionalmente se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Presentar la declaración del ejercicio utilizando la e.firma 2 o la e.firma portable, cuando soliciten la devolución del saldo a favor, por un importe mayor a $10,000.00 y hasta por un monto de $150,000.00.

• Señalar en la declaración el número de su cuenta bancaria para trasferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y activa, así como la denominación de la institución bancaria, para que en caso de que proceda el importe autorizado en devolución, sea depositado en la misma.

4 EXCELENCIA PROFESIONAL JURÍDICO FISCAL
1La Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022. 2 Certificado de la Firma Electrónica Avanzada vigente. C.P. Jorge Francisco Toriz Escamilla Socio Administración y Finanzas en Grupo Interesse Integrante de la Comisión de Síndicos y Prodecon jtoriz@k2administracion.mx Escanea el código QR para ver la información complementaria que tiene nuestro articulista para ti O da click aquí para abrir el documento

• Los contribuyentes podrán utilizar la Contraseña 3 para presentar la declaración del ejercicio en los siguientes supuestos:

a) Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor a $10,000.00.

b) Cuando el importe del saldo a favor sea mayor a $10,000.00 y no exceda de $150,000.00, siempre y cuando seleccione una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y precargada en el aplicativo de la declaración anual.

del Código Fiscal de la Federación (CFF), así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código (operaciones inexistentes).

VI. Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado de sellos digitales emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Se establece también que no podrán aplicar esta facilidad, las personas físicas que:

I. Hayan obtenido ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

II. Opten por solicitar la devolución de saldos a favor por montos superiores a $150,000.00 o que corresponda a ejercicios fiscales distintos al ejercicio inmediato anterior.

III. Presenten la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior con la Contraseña, estando obligados a utilizar la e.firma o la e.firma portable.

IV. Presenten la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior, no habiendo elegido la opción de devolución o que la presenten en una fecha posterior al 31 de julio de 2023.

V. Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el portal del SAT, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III (contribuyentes no localizados) y último del artículo 69

3 Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida. De conformidad con la regla 2.2.1. de la RMF 2023, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos. La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.

Contribuyentes que no obtuvieron la devolución de su saldo a favor de ISR

Se ha vuelto una práctica común de nuestras autoridades fiscales, rechazar la devolución automática de los saldos a favor de ISR solicitados por las personas físicas o bien realizar una devolución en forma parcial, por supuestas inconsistencias entre los datos manifestados por los contribuyentes y la información con la que cuenta el SAT, derivado de su revisión.

Al respecto se señala en la regla 2.3.2. de la RMF, que cuando el resultado que se obtenga no conlleve la devolución total o parcial del saldo declarado, el contribuyente podrá solventar las inconsistencias detectadas en el momento de realizar la consulta en el apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT, cuando se habilite la opción “solventar inconsistencias”, para lo cual deberán contar con su clave del RFC, la Contraseña para el acceso al portal y certificado de e.firma o e.firma portable, generándose automáticamente su solicitud de devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

En caso de que no hubieran optado por solventar las inconsistencias al consultar el resultado de la devolución automática, podrán solicitar la devolución de su saldo a favor o del remanente no autorizado a través del FED; ingresando al buzón tributario o a través del apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT.

Procedimiento para solicitar la devolución a través del FED

Para solicitar la devolución del saldo a favor de ISR se deberá

5 SEPTIEMBRE 2023 JURÍDICO FISCAL

seguir el siguiente procedimiento:

• Ingresar a la página de internet del SAT https:// www.sat.gob.mx en el apartado de Devoluciones y compensaciones / Solicita tu devolución.

• Acceder con RFC y la Contraseña o e.firma vigente.

• Realizar el llenado del formulario electrónico con los datos requeridos.

• Adjuntar los documentos probatorios que son requisito obligatorio.

• Firmar la solicitud con la e.firma y enviar.

• Imprimir o guardar el acuse de solicitud de devolución.

Los contribuyentes podrán realizar el seguimiento de su trámite de devolución en el apartado de Seguimiento de trámites y requerimientos.

En el portal del SAT se encuentra disponible un “Instructivo para la presentación de la solicitud de devolución a través de internet” 4 , en el que se indica paso a paso el procedimiento para el envío de dicha solicitud.

Documentación que deberá acompañarse a la solicitud de devolución

En términos generales, la información que deberá adjuntarse a la solicitud de devolución es la siguiente5:

• Constancias de retenciones con firma y sello del emisor, en las que consten las retenciones de ISR, documentación comprobatoria del impuesto pagado en el extranjero, entre otros.

• En su caso comprobantes fiscales y estados de cuenta que comprueben la aplicación del estímulo fiscal de colegiaturas y los comprobantes que amparen las deducciones personales manifestadas en la declaración anual (honorarios médicos y dentales y gastos hospitalarios, constancias de intereses reales de créditos hipotecarios, donativos, transporte escolar obligatorio, entre otros).

• Papel de trabajo en el que se desglose la determinación y entero de los pagos provisionales manifestados en la declaración anual.

• Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).

La información anterior deberá adicionarse en forma digitalizada (archivo con formato *.zip), cuidando que cada uno de los archivos no sean mayores a 4 MB.

Plazo para realizar la devolución

De acuerdo con lo establecido en el séptimo párrafo del artículo 22 del CFF, cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud de devolución ante la autoridad fiscal competente.

Requerimientos de información adicional

4 Instructivo_solicitud_devolucion_2022_08022022+VF22.pdf

5Ficha de trámite 9/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR del Anexo

1-A de la RFM para 2023.

Las autoridades fiscales podrán solicitar información adicional a los contribuyentes para verificar la procedencia de la devolución y en los casos en que existan errores en los datos contenidos en la solicitud de devolución. Estas solicitudes estarán sujetas a los requisitos y plazos que se mencionan a continuación:

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

40 días hábiles cuando existan errores en los datos contenidos en la solicitud de devolución.

20 días hábiles para emitir el primer requerimiento de información adicional (datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la solicitud de devolución).

10 días hábiles siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento de información y documentación.

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles, para aclarar los datos erróneos de la solicitud. En este supuesto no será necesario presentar una nueva solicitud de devolución.

20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación.

10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del segundo requerimiento.

Cuando las autoridades fiscales requieran al contribuyente los datos, informes o documentos señalados en el cuadro anterior, el periodo transcurrido entre la fecha en que se hubieran notificado dichos requerimientos y la fecha en que éstos sean proporcionados en su totalidad por el contribuyente, no se considerará en el cómputo del plazo legal para la devolución. Asimismo se precisa que en caso de que el contribuyente no entregue la información solicitada, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente Facultades de

comprobación

En el décimo párrafo del artículo 22 del CFF, se establece que las autoridades fiscales podrán ejercer sus facultades de comprobación con el objeto de comprobar la procedencia de la solicitud de devolución y estarán sujetas al procedimiento establecido en el artículo 22-D de dicho Código. Los plazos antes comentados se suspenderán hasta que se emita la resolución en la que se resuelva la procedencia o no de la solicitud de devolución.

Conclusión

En el presente artículo se revisó el procedimiento que deberán seguir las personas físicas que soliciten la devolución del saldo a favor del ISR que hubieran determinado en su declaración anual. Se señalaron también los plazos y requisitos y las facultades que tienen las autoridades para solicitar información adicional a los contribuyentes e inclusive para ejercer sus facultades de comprobación.

6 EXCELENCIA PROFESIONAL
JURÍDICO FISCAL

La Regulación de Activos Virtuales y Proveedores de Servicios en América Latina: Desafíos y Perspectivas

Dr. en Derecho y L.C.C. José Manuel Miranda de Santiago Socio fundador de Transfer Pricing Services, SC. Presidente del Consejo Directivo de la AMCPDF mmiranda@preciosdetransferencia.com.mx

En un mundo cada vez más digitalizado, donde la tecnología avanza a pasos agigantados, los activos virtuales (AV) y los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) se han convertido en un tema candente en la esfera financiera y regulatoria. En este contexto, el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), una organización intergubernamental conformada por 18 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte, ha emitido una guía que aborda la regulación ALA/ CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra el Financiamiento del Terrorismo) de estos activos en la región. Esta guía no

solo pone de manifiesto la necesidad de establecer marcos regulatorios sólidos, sino que también refleja los desafíos y las oportunidades que esta nueva forma de activos presenta para la economía y la seguridad financiera en la región.

El Auge de los Activos Virtuales: Una Revolución en la Economía

El advenimiento de los activos virtuales ha transformado la manera en que interactuamos con el dinero y los sistemas financieros. Bitcoin, Ethereum y otras criptomonedas han cambiado la narrativa tradicional de transacciones y ahorros. Sin embargo, esta innovación tecnológica también ha traído

7 SEPTIEMBRE 2023 JURÍDICO FISCAL
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JURÍDICO FISCAL

consigo desafíos en términos de seguridad, transparencia y la posibilidad de ser utilizada en actividades ilícitas como el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. En este contexto, GAFILAT ha asumido un papel crucial al emitir su guía de regulación ALA/CFT para los activos virtuales y los proveedores de servicios.

también sugiere la necesidad de un enfoque proactivo basado en la evaluación constante de riesgos.

La Importancia de la Cooperación Internacional y la Armonización

Los avances tecnológicos no conocen fronteras, lo que subraya la importancia de la cooperación internacional en la regulación de activos virtuales. Diversos organismos internacionales, como la Junta de Estabilidad Financiera y la Comisión Internacional de Comisiones de Valores, están trabajando en la creación de estándares globales. La guía de GAFILAT hace hincapié en la necesidad de colaborar en la definición y aplicación de normas y prácticas que aseguren la transparencia y seguridad de los AV y PSAV en el contexto de la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

El Camino a Seguir: Equidad y Adaptabilidad

La regulación de los activos virtuales y los proveedores de servicios debe basarse en tres principios clave: equivalencia funcional y enfoque basado en objetivos, neutralidad tecnológica y preparación para el futuro, e igualdad de condiciones en el tratamiento funcional. Esto significa que la regulación debe ser equitativa independientemente de la plataforma tecnológica utilizada y debe ser flexible para adaptarse a los cambios tecnológicos emergentes.

Un Llamado a la Acción: La Regulación del Futuro

La Misión de GAFILAT y su Guía Regulatoria GAFILAT, creado con el propósito de prevenir y combatir el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, ha demostrado su compromiso con la seguridad y la integridad del sistema financiero en América Latina. La guía emitida por GAFILAT proporciona a los países miembros un conjunto de pautas para abordar los desafíos planteados por los AV y los PSAV, lo que refleja la necesidad de una regulación efectiva y un enfoque coordinado a nivel internacional.

El Contexto Regulatorio en América Latina: Un Mosaico de Enfoques

La guía de GAFILAT destaca el panorama diverso de regulación en los 18 países miembros. Algunos han emitido marcos jurídicos exhaustivos para abordar la regulación de AV y PSAV, mientras que otros han realizado modificaciones en sus regímenes ALA/CFT para incluir a los PSAV como sujetos obligados. Sin embargo, aún existe una fragmentación en la regulación de AV en la región, lo que refleja la necesidad de un enfoque más armonizado y coordinado.

Desafíos y Oportunidades: La Implementación de la Regulación

La regulación de los activos virtuales y los proveedores de servicios plantea desafíos únicos. Por un lado, se debe garantizar la seguridad y la integridad de los usuarios y del sistema financiero en su conjunto. Por otro lado, es crucial fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico en un campo en constante evolución. En este sentido, GAFILAT no solo proporciona directrices para la regulación, sino que

El rápido avance de la tecnología exige una respuesta rápida y adaptativa por parte de las autoridades reguladoras. La regulación de los activos virtuales y los proveedores de servicios es un tema complejo que requiere la colaboración de gobiernos, reguladores, sector privado y otros actores relevantes. GAFILAT ha sentado las bases para una regulación efectiva en la región, pero la implementación exitosa depende de la voluntad de todos los involucrados.

Conclusión

la guía emitida por GAFILAT es un paso importante hacia la regulación efectiva de los activos virtuales y los proveedores de servicios en América Latina. A medida que la tecnología sigue avanzando, es esencial que los países miembros trabajen juntos para establecer marcos regulatorios sólidos que equilibren la innovación y la seguridad financiera. La cooperación internacional, la evaluación constante de riesgos y la adaptabilidad son fundamentales para garantizar un sistema financiero sólido y resistente en la era de los activos virtuales. La revolución digital está en marcha, y la regulación es el camino hacia un futuro financiero más seguro y equitativo.

Referencias

• https://gafilat.org/index.php/es/bibliotecavirtual/gafilat/documentos-de-interes-17/guias17/4580-guia-para-la-regulacion-alacft-avpsav/file#:~:text=Esta%20Gu%C3%ADa%20 es%20el%20resultado,actividades%20que%20 realizan%20los%20PSAV.

• https://observatorioblockchain.com/criptomonedas/ asi-es-la-guia-antilavado-de-activos-virtuales-degafilat/

8 EXCELENCIA PROFESIONAL

Criterio de la Autoridad Sobre la Donación de Inventarios que han Perdido su Valor y Cómo se Expide el CFDI

se considerará el valor de estos en moneda nacional en la fecha de la percepción según las cotizaciones o valores en el mercado, o en defecto de ambos el de avalúo.

Desarrollo

wmja.walter@gmail.com

www.wmja-contadoresyauditores.net

Se realizó planteamiento al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por parte del programa de síndicos del contribuyente de la Primera Reunión Trimestral de Síndicos 2022 para conocer su criterio al respecto sobre donación de inventarios que han perdido su valor.

Antecedentes

Donatarias autorizadas

Las donatarias autorizadas (DA) deben expedir un CFDI por los donativos en especie el cual deberán señalar cantidad, valor y descripción de los donativos, y en su caso el monto de los donativos. Sobre el valor establece el 17 primer párrafo del CFF que cuando se perciba el ingreso en bienes o servicios,

A su vez, el artículo 29-A fracción V, inciso b), (Donativos deducibles), establece que en los CFDI que se expidan por donativos obliga a incorporar la siguiente leyenda “Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es deducible”.

Deducción de inventarios de personas morales que han perdido su valor

Por otro lado, los contribuyentes personas morales cuando deducen sus mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables hubiera perdido su valor, se deduzca de los inventarios durante el ejercicio en que esto ocurra . Además, tratándose de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud, antes de proceder a su destrucción,

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se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a esta Ley, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de esta Ley, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de esta Ley.

Para tales efectos, el artículo 107 del RISR señala se deberán presentar cuando menos treinta días antes de la fecha en la que se pretenda efectuar la destrucción, aviso de destrucción de mercancía, en el que se señalen los datos de la mercancía a destruir, método de destrucción, fecha, hora y lugar de esta, y demás requisitos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general.

que deducen sus inventarios, exigen a las donatarias que se les haga el CFDI global por donativo con un valor de $0.01, aduciendo que ya no tienen valor en sus inventarios, lo que consideramos no es lo que exigen las disposiciones fiscales citadas y está causando muchas confusiones entre ambos sectores, es decir las personas morales del título II y las donatarias.

Respuesta del SAT:

En el Planteamiento No. 43 de la minuta de la Primera Reunión Trimestral de Síndicos 2022 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente.

CFDI con valor $0.01

El contribuyente deberá registrar la destrucción de las mercancías en su contabilidad en el ejercicio en el que se efectúe. Lo que se desprende con los procedimientos es que las personas morales tienen un procedimiento con diversos requisitos para que puedan deducir de sus inventarios sus mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables hubiera perdido su valor, durante el ejercicio en que esto ocurra y que es totalmente independiente a los requisitos que, en su caso, tendrán que hacer las donatarias autorizadas.

Planteamiento de los Síndicos del Contribuyente

Las personas morales del título II aplican un procedimiento distinto para deducir los inventarios citados del que llevan a cabo las DA cuando se ven beneficiadas de esos bienes entregados por las primeras, que para las DA son donativos recibidos en bienes y que no está cuantificado económicamente por la cantidad que se establece en el CFDI que emiten las DA, tan es eso que están obligadas a incluir la leyenda citada. “Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es deducible”.

Por lo anterior, solicitamos se nos confirme mediante la expedición de una regla miscelánea o un criterio normativo, que las donatarias autorizadas deben de expedir su CFDI que contenga entre otros datos el valor, y que la manera de determinar este con las disposiciones del artículo del 17 de CFF, ya que algunas personas morales

La autoridad inicia la respuesta indicando que el donativo de las personas morales “obedece a una obligación legal que deben cumplir para efectos de aplicar la deducción de sus inventarios conforme al artículo 27, fracción XX de la Ley del ISR”, por lo cual no es aplicable el Artículo 17 del CFF. En términos generales, los bienes proporcionados ya no tienen valor y esto debe manifestarse en el CFDI. No obstante, ante la imposibilidad técnica de poner una factura en “ceros”, la autoridad indica que el CFDI deberá emitirse en con valor $0.01, con independencia de incluir la leyenda a que se refiere el artículo 29-A, fracción V, tercer párrafo, inciso b) del CFF. El artículo 29-A, fracción V, tercer párrafo, inciso b) del CFF: “Los que amparen donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán señalar expresamente tal situación y contener el número y fecha del oficio constancia de la autorización para recibir dichos donativos o, en su caso, del oficio de renovación correspondiente. Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es deducible.”

Monto deducible para las personas morales

La autoridad además señala que “las disposiciones fiscales vigentes no sujetan la deducibilidad de inventarios (mercancía que perdió valor) al monto que se señale en el CFDI que ampare la donación, pues dicha deducción se rige por reglas específicas; incluso, puede darse el caso que, respecto de dichas mercancías, no se concrete la donación y deban ser destruidas, en cuyo caso no existiría un CFDI”.

Se invita a todos los asociados a mandar sus planteamientos al e-mail: comites@amcpdf.org.mx

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SEMANA DE LA CONTADURÍA 2023

LUNES 4 A VIERNES 8 DE SEPTIEMBRE LUNES 4 A VIERNES 8 DE SEPTIEMBRE

16:00 A 20:00 HRS

20 PUNTOS PARA LA N.A.A.

INVERSIÓN: Asociados y público en gral $4,395.00

Estudiantes $535 Inversión por día $1,070.00

IVA Incluido

EVENTO PRESENCIAL Y ZOOM

Esperanza 765, Narvarte Poniente, Benito Juárez, 03020 Ciudad de México, CDMX

Saldos a Favor de Clientes por Pagos en Exceso e Incluso por Redondeo en Centavos y su Tratamiento Fiscal

Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos y Prodecon wmja.walter@gmail.com

www.wmja-contadoresyauditores.net

Debido a la falta de controles eficientes en el rubro de clientes en ocasiones se tienen pagos en exceso y que no son aplicados a otras facturas del mismo cliente o simplemente no son devueltos los saldos a favor de los clientes por lo que se tienen algunas repercusiones fiscales en materia de ISR e IVA

Por la falta de depuración de las cuentas y que normalmente centran su atención en las cuentas de resultados, dejando de lado las cuentas de balance que tienen efectos fiscales. En el presente nos enfocaremos solo en la cuenta de clientes, misma que pareciera no tiene mayor complicación en materia fiscal, ya que en términos generales los ingresos facturados son acumulables y no debiera tener implicación alguna en el cierre de cada mes más que la propia acumulación del ingreso.

Desarrollo

Momento de la obtención de los ingresos para efectos de ISR

Conforme el artículo 17, fracción I y último párrafo de la LISR, los contribuyentes se encuentran obligados a acumular la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio de que se trate, se considera que se obtiene el ingreso cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero:

• Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.

• Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.

• Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.

Cuando se trata de otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando:

• Se cobren total o parcialmente las contraprestaciones

• Las contraprestaciones sean exigibles a favor de quien efectúe dicho otorgamiento.

• Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.

Disposiciones generales de anticipos de clientes 1

Todos los contribuyentes por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban, por el pago de sueldos y salarios o por las retenciones de impuestos que efectúen, deben emitir factura electrónica.

Se estará ante el caso de una operación en dónde existe el pago de un anticipo, cuando se realice un pago en dónde:

a) No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.

b) No se conoce o no se han determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.

No se considera anticipo:

A) La entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito, es decir, la entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, como sucede en el caso del depósito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arren-

1 Fundamento: Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 1-B de la Ley del Impuesto al Valor agregado, “Apéndice 6 Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos del Anexo 20 Guía de llenado de comprobantes fiscales digitales por Internet”.

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dador para garantizar del pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario.

B) En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.

Pagos en exceso de clientes

No es raro que en la operación de las empresas al momento de liquidar una factura o CFDI´s se produzca un pago en exceso, es decir se pague un monto mayor al registrado en el documento que dio origen a la transacción. Estos excedentes, en caso de que no se proceda aplicarlos a otra factura pendiente de pago o simplemente a su devolución del saldo a favor del cliente, el tratamiento que deben recibir los pagos en exceso puede ser bajo 2 modalidades

1) Primera alternativa

Segunda opción:

1) CFDI de ingreso por el valor del anticipo,

2) Un CFDI de ingresos por el complemento del valor total de la operación.

Sera elección del contribuyente escoger que modalidad se adapta mejor a su operación o control interno.

1) Segunda alternativa

El monto recibido y que excede el importe del CFDI de ingresos (factura origen) se le dé el tratamiento de “Anticipo”, es decir, se tratara de una cantidad a aplicar a una operación futura, cabe mencionar que para que se le considere anticipo, debe cumplir con un requisito, el cual es que no se conozca el bien ni el precio final o incluso bastara con que se desconozca uno de ambos conceptos.

Una vez que el excedente se clasifica como anticipo, se deberá respetar el esquema estipulado por el SAT, mismo que contempla dos formas diferentes de realizar el CFDI.

Conforme al apéndice 6 se tienen dos opciones para emitir los CFDI de anticipos recibidos y que mencionamos a continuación:

Primera opción

1) CFDI de ingreso por el valor del anticipo,

2) Posteriormente el CFDI del ingreso del valor total de la operación y finalmente

3) Un CFDI de “egreso” por el valor del anticipo recibido.

La otra alternativa que se tiene para el manejo de los excedentes de pagos es más simple y reduce a devolver el dinero al cliente, esta operación no requiere de la realización de algún tipo de comprobante fiscal. Será en atención a las políticas de flujo de efectivo, pagos, etc. que cada empresa lleve a cabo.

I. Saldos a favor de clientes en centavos Existen empresas que cobran mensualmente por sus servicios, como el caso de las telefónicas, las empresas de servicios básicos, o servicios de televisión o Internet, por mencionar

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solo algunas. Es una práctica comercial arraigada que, para facilitar el pago del servicio del mes, se efectúen redondeos, a favor o a cargo, que se aplican a la factura del siguiente mes.

Anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet” en su Apéndice 6 Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos

Con la última modificación a las guías de llenado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), Anexo 20, la autoridad ha emitido criterio en cuanto al manejo de estas cantidades, indicando de manera textual:

En cualquier caso, el criterio de la autoridad ha sido expresado mediante esa vía y es conveniente que quienes realizan este tipo de prácticas revisen si sus procedimientos contables y fiscales se apegan al criterio del SAT y, en su caso, evaluar los costos y los beneficios de aplicar éste o un mecanismo de control distinto.

En el caso de operaciones mensuales con clientes (frecuentes), cuando éste liquide la factura en la que en el monto del pago monetario existan diferencias de centavos y hasta un peso, podrás conservar dichas diferencias en una cuenta de orden y aplicarla como pago a las facturas siguientes a ese mismo cliente, siempre y cuando esta aplicación se realice dentro de los dos meses calendario inmediatos siguientes a la realización del pago en dónde existan las citadas diferencias, en caso contrario, será obligatorio emitir un CFDI por anticipos para este tipo de operaciones.

Como puede apreciarse, la autoridad da un plazo de dos meses para aplicar aquellas diferencias que quedan a favor del cliente, y en caso de que no sean aplicadas en facturas posteriores dentro del plazo indicado, se deberá emitir un CFDI reconociendo dichos centavos como anticipo, quedando entonces obligados posteriormente a emitir la documentación correspondiente en la que se aplica el anticipo contra la factura que corresponda, agregando complejidad y costo al proceso administrativo, por lo que conviene evaluar los procedimientos administrativos conforme al criterio del SAT.

Es de llamar la atención que a través de las guías de llenado se siga buscando establecer regulación tanto de procedimiento contable como de causación de impuestos.

Conclusión

Los saldos a favor o pagos en exceso incluyendo los generados por centavos se tienen que facturar por lo que se sugiere como medida de control contable y fiscal abrir dos cuentas contables en la contabilidad para controlar el CFDI de ingreso por los anticipos recibidos y los CFDI de egresos por las notas de crédito para cancelar el anticipo siempre y cuando este facturando con la primera opción del apéndice 6, de esta forma tendremos siempre presente a manera de recordatorio disminuir la cancelación de los anticipos en la balanza de comprobación al momento de realizar el cálculo del pago provisional de ISR.

Esta nueva política contable se deberá incorporar en la guía contabilizadora para que todos los auxiliares y contadores la conozcan y se aplique conforme lo antes mencionado.

Con la segunda opción del apéndice 6 no hay ningún problema con los ingresos, ya que se acumula el anticipo y se factura solo el complemento para acumular solo el 100% del ingreso.

Frase cé lebre

En lugar de pensar que vas a cambiar el mundo con una idea revolucionaria, piensa en resolver problemas pequeños, por pasos (ANTHONY CASALENA “Squarespace”)

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Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación para el Ejercicio 2023

Estamos del todo enterados que para el ejercicio fiscal 2023, el Gobierno Federal no presentó nuevos impuestos ni alza en las tarifas impositivas para contribuyentes personas físicas y personas morales, haciendo honor nuestro primer mandatario a su promesa de la campaña presidencial “El No Aumentar Nuevos Impuestos”. Cierto es que no hacía falta la creación de nuevos impuestos, porque las reformas que se han creado en los últimos nueve años y desde el ejercicio 2014 en que se presentó la gran reforma hacendaria, han sido tan bastas que ni el propio SAT y contribuyentes han podido atender tantas disposiciones fiscales que se han implementado y otras derogado, todo ello en favor de las autoridades fiscales. Te invito y para que rengas un panorama más claro de lo que está pasando, a que consultes mi artículo “Disposiciones Fiscales Aplicables en el Ejercicio 2023” publicado en la Revista Excelencia Profesional del mes de febrero del mismo año, y te des cuenta del gran número de cambios, adecuaciones y esquemas que se han creado para una mayor fiscalización y recaudación fiscal.

Por tal motivo considero de sumo interés hacer un análisis a la iniciativa de reformas fiscales para el ejercicio 2021 que presentó el Gobierno Federal a la ciudadanía, en la cual sus propuestas y consideraciones, hoy son una realidad implementadas en un “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación para el ejercicio 2023” motivo de este artículo, dejándose ver que dicha iniciativa son los ejes del plan maestro que da a conocer la autoridad, dicha iniciativa de reformas fiscales del ejercicio 2021, se presentó en los términos siguientes:

Exposición de motivos para el ejercicio 2021

Acorde con el compromiso asumido por el Ejecutivo Federal a mi cargo con el Pueblo de México, en el sentido de no crear nuevos impuestos, así como de combatir frontalmente la corrupción y la impunidad, la presente iniciativa incluye propuestas que transitan sobre los siguientes ejes:

1.-Simplificación administrativa y seguridad jurídica. A efecto de que el cumplimiento de las disposiciones fiscales sea más sencillo y los contribuyentes tengan claridad de sus derechos y obligaciones, se plantean actualizaciones, precisiones, así como el establecimiento de supuestos,

requisitos y directrices claras, con lo que se busca otorgar mayor seguridad jurídica , al tiempo de que se simplifica el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

El término “Mayor Seguridad Jurídica”, el Gobierno Federal ha hecho mucho énfasis en ello considerando que, conforme a derecho la Ley es de aplicación estricta en favor del contribuyente o en su caso, el no aplicarlo o hacerlo mal, se queda en la indefensión e inseguridad jurídica, término que la autoridad está aprovechando en su fiscalización y recaudación fiscal.

2.-Modernización . La utilización de instrumentos tecnológicos, tales como el buzón tributario, correo electrónico, sellos digitales para emisión de comprobantes, página de Internet y datos biométricos de las personas físicas inscritas en el RFC, configuran una administración tributaria moderna que permite comunicación permanente con el contribuyente.

Mucho auge ha tenido el buzón tributario como un medio inmediato de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, al grado que el artículo Sexto Transitorio de la RMF para el ejercicio 2023, señala la sanción por no mantener actualizado los medios de contacto del buzón tributario, asimismo, la actualización permanente del artículo 17-H y la creación del 17-H-Bis relativos a la suspensión y cancelación del Certificado el Sello Digital, son herramientas valiosas en la fiscalización para la autoridad.

3.-Gestión Tributaria . Se privilegia el ejercicio de las facultades de gestión tributaria, sobre las facultades de comprobación lo cual es congruente con el principio de autodeterminación y confianza ciudadana, que parte de la idea inicial de que el contribuyente cumple adecuadamente con sus obligaciones fiscales.

Las facultades de comprobación están al alcance de la autoridad y para hacerse valer en el momento que así lo determines, la confianza ciudadana se ha depositado en dos nuevos Regímenes Simplificados de Confianza para personas físicas y personas morales, que entraron en vigor a partir del primero de enero del ejercicio 2022.

4.-Eficiencia recaudatoria . Se plantea mejorar la eficiencia del ciclo tributario, con una reingeniería de la función de asistencia al contribuyente, el impulso de la cultura contributiva, la obtención de información relevante de los contribuyentes, el empleo de la tecnología disponible, el fortalecimiento de las facultades de gestión de la autoridad fiscal para controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, así como el reforzamiento de la seguridad jurídica.

Mucho tendríamos que hablar de este cuarto eje en su iniciativa de reformas fiscales, siendo el punto central: “La obtención de información relevante de los contribuyentes”, todo tipo de información bajo el control de la autoridad,

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dentro de ello, la contabilidad electrónica, CFDI, diferentes avisos y declaraciones informativas, solo por señalar algunos conceptos dentro de muchos más por presentar al SAT.

5.-Combate a la corrupción y la impunidad . Se propone fijar reglas de actuación para las autoridades fiscales, que redunden en la transparencia de la función y desaliente posibles prácticas irregulares. Asimismo, se plantea incorporar un tipo penal para sancionar la omisión en el pago de contribuciones por maquinaria y equipo importado temporalmente y no retornado al extranjero.

Combatir la corrupción ha sido un tema de todos los días y de lo que nunca se terminará, el combate ha sido solo de palabra porque en la práctica y realidad, la vivimos tos los días.

6.-Evasión y elusión fiscales. Se plantean adecuaciones a efecto de robustecer la vigilancia sobre fusión y escisión de sociedades, transmisión de pérdidas fiscales, devoluciones de impuestos, comprobantes fiscales que presumiblemente amparan operaciones simuladas, donatarias autorizadas, dictámenes fiscales, acuerdos conclusivos, precios de transferencia y cancelación en el RFC, por ser casos en los que la autoridad fiscal ha detectado prácticas que redundan en la evasión o elusión fiscales.

De este último eje como lo ha llamado la autoridad, seguramente es de lo que más hemos tenido, figuras de fusión que deben alinearse a las disposiciones del CFF, la transmisión indebida de pérdidas fiscales penalizadas por la autoridad, devoluciones de impuestos bajo estrictos lineamientos y compulsas a terceros, publicación de contribuyentes EFOS y EDOS, restricción en la operación de donatarias autorizadas, el naufragio del dictamen fiscal sin ninguna concesión en fechas para su presentación y demás casos que según la autoridad, se convierten en evasión o elusión fiscal.

Conforme a lo anterior, la iniciativa señalada se convierte en el “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación de 2023” creado por la autoridad con sus esquemas fiscales definidos en los últimos diez años, mismo que seguramente por su trascendencia, estará vigente y operando en los próximos diez años, conforme a los siguientes rubros:

Administraciones generales

9 Recaudación

9 Grandes Contribuyentes

9 Auditoría Fiscal Federal

9 Auditoria de comercio Exterior

Estrategia coordinada

9 Gestión de autoridad

9 Acciones de fiscalización

9 Sectores económicos a revisar

9 Conceptos

Acciones de fiscalización

9 Combate a esquemas evasión que involucran a empresas factureras (EFOS y EDOS)

9 Revisión de esquemas de evasión de empresas que involucren nóminas (Las antiguas Outsoursing)

9 Incremento en operativos carreteras y almacenes combatir contrabando (Carta Porte)

9 Análisis y programación de partidas atípicas de ingresos y gastos

9 Fortalecimiento a revisiones de operaciones de comercio exterior

9 Publicación de tasas efectivas de los ejercicios 2020 y 2021

Sectores económicos a revisar

9 Industrias del acero, alimenticio, automotriz, bebidas y tabacos, comercio, Construcción, electrónicos, energéticos, entretenimiento, farmacéutico, minería, servicios inmobiliarios, sistema financiero, tenencia de acciones, telecomunicaciones y Turismo/hotelería.

Conceptos y conductas a revisar

9 Aplicación indebida de saldos a favor

9 Cadena de suministro de hidrocarburos

9 Acreditamientos de IEPS

9 Pensiones exentas en nómina y simulación de prestación de servicios especializados

9 Devoluciones tasa 0% no objeto y de importaciones temporales

9 Subvaluación en operaciones de comercio exterior y uso indebido de tratados

9 Verificación de cumplimiento de certificaciones de IVA_IEPS

9 Derechos mineros

9 Estructuras corporativas y los efectos fiscales en escisiones y fusiones

9 Socios y accionistas (personas físicas en operaciones asociadas a reestructurar)

9 Pérdidas fiscales

9 Regímenes fiscales preferentes

9 Financiamientos, capitalizaciones de pasivos y distribución de utilidades

9 Pagos al extranjero y reestructuras internacionales

9 Fideicomisos

Seis ejes de la iniciativa de reformas fiscales para el ejercicio 2021 y como ya lo comenté, hoy convertidos en un plan maestro de fiscalización y recaudación que, comprende todas las actividades de los contribuyentes.

Concluyo señalando que este plan maestro creado por el Gobierno Federal, no es de ayer, de este año o del año pasado, ha sido un proyecto sofisticado de varios años en armonía con Leyes fiscales, laborales, mercantiles, aduaneras, penales, etc., y en coordinación con instituciones del propio Gobierno Federal, de tal forma que en su aplicación, se pretende lograr mayor fiscalización y recaudación fiscal. cga.fiscortes@gmail.com

16 EXCELENCIA PROFESIONAL
y conductas a revisa
de autoridad
Acompañamiento
cumplimiento voluntario
Vigilancia
contribuyentes
deferencias en sus obligaciones
Optimización del
de
créditos fiscales
Coordinación con entidades federativas
Gestión
9
al contribuyente para el
9
para incentivar la regularización de
omisos o que presenten
9
proceso
recuperación de
9

Cambio de Resico a Régimen General de Ley para Personas Morales

En 2022 hubo un cambio de régimen en personas morales, aquellas que tuvieron en el ejercicio inmediato anterior ingresos de más de $35’000,000 y que sus socios fueran personas físicas, tuvieron que tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), por lo que debemos estar atentos, si cambian las condiciones para el siguiente ejercicio.

Si éstas empresas en 2023 superan los $35’000,000 de ingresos, deben de tributar en el Régimen General de Ley para 2024, de conformidad con el artículo 214 de la Ley del impuesto Sobre la Renta, esto trae varias consecuencias, sobre todo para los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR), ya que el mismo artículo menciona que se deberá

considerar como coeficiente de utilidad el que corresponda a la actividad preponderante de los contribuyentes conforme al artículo 58 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Si se cae en el supuesto de cambiar de régimen, debe presentarse el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones correspondiente a más tardar el 31 de enero de 2024. Si se omite presentar el aviso, la autoridad fiscal podrá actualizar las actividades económicas y obligaciones de la empresa.

Volviendo a los pagos provisionales, el artículo 58 del CFF se refiere a la determinación presuntiva de la utilidad fiscal, por lo que los coeficientes de utilidad son muy altos y deberán aplicarse dependiendo de la actividad o actividades de la empresa, a continuación transcribo dicho artículo para tomarlo en cuenta:

I. Se aplicará a los siguientes giros:

a) 6% tratándose de las actividades a que hace referencia el artículo 28, fracción I, apartado B de

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este Código, excepto distribución de gas licuado de petróleo y enajenación en estaciones de servicio de gasolinas y diésel.

b) 38% tratándose de la distribución de gas licuado de petróleo.

c) 15% tratándose de la enajenación en estaciones de servicio de gasolinas y diésel.

II. Se aplicará 12% en los siguientes casos:

Industriales: Sombreros de palma y paja.

Comerciales: Abarrotes con venta de granos, semillas y chiles secos, azúcar, carnes en estado natural; cereales y granos en general; leches naturales, masa para tortillas de maíz, pan; billetes de lotería y teatros.

Agrícolas: Cereales y granos en general.

Ganaderas: Producción de leches naturales.

IV. Se aplicará 22% a los siguientes rubros:

Industriales: Masa para tortillas de maíz y pan de precio popular.

Comerciales: Espectáculos en arenas, cines y campos deportivos.

V. Se aplicará 23% a los siguientes giros:

Industriales: Azúcar, leches naturales; aceites vegetales; café para consumo nacional; maquila en molienda de nixtamal, molienda de trigo y arroz; galletas y pastas alimenticias; jabones y detergentes; confecciones, telas y artículos de algodón; artículos para deportes; pieles y cueros; calzado de todas clases; explosivos, armas y municiones; fierro y acero; construcción de inmuebles; pintura y barnices, vidrio y otros materiales para construcción; muebles de madera corriente; extracción de gomas y resinas; velas y veladoras; imprenta; litografía y encuadernación.

VI. Se aplicará 25% a los siguientes rubros:

Industriales: Explotación y refinación de sal, extracción de maderas finas, metales y plantas minero-metalúrgicas.

Comerciales: Restaurantes y agencias funerarias.

VII. Se aplicará 27% a los siguientes giros:

Industriales: Dulces, bombones, confites y chocolates, cerveza, alcohol, perfumes, esencias, cosméticos y otros productos de tocador; instrumentos musicales, discos y artículos del ramo; joyería y relojería; papel y artículos de papel; artefactos de polietileno, de hule natural o sintético; llantas y cámaras; automóviles, camiones, piezas de repuesto y otros artículos del ramo.

VIII. Se aplicará 39% a los siguientes giros: Industriales: Fraccionamiento y fábricas de cemento.

Comerciales: Comisionistas y otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles.

III. Se aplicará 15% a los giros siguientes:

Comerciales: Abarrotes con venta de vinos y licores de producción nacional; salchichonería, café para consumo nacional; dulces, confites, bombones y chocolates; legumbres, nieves y helados, galletas y pastas alimenticias, cerveza y refrescos embotellados, hielo, jabones y detergentes, libros, papeles y artículos de escritorio, confecciones, telas y artículos de algodón, artículos para deportes; pieles y cueros, productos obtenidos del mar, lagos y ríos, substancias y productos químicos o farmacéuticos, velas y veladoras; cemento, cal y arena, explosivos; ferreterías y tlapalerías; fierro y acero, pinturas y barnices, vidrio y otros materiales para construcción, llantas y cámaras, automóviles, camiones, piezas de repuesto y otros artículos del ramo, con excepción de accesorios.

Agrícolas: Café para consumo nacional y legumbres.

Pesca: Productos obtenidos del mar, lagos, lagunas y ríos.

IX. Se aplicará 50% en el caso de prestación de servicios personales independientes.

Por ejemplo, un despacho de contadores, tendría que utilizar el coeficiente de utilidad del 50%, que es muy alto.

No habrá más que hacer que utilizar el coeficiente de utilidad que les corresponda a las empresas, según sus actividades.

Lo único que nos quedaría hacer es solicitar una reducción de pagos provisionales en el mes de julio, de acuerdo al último párrafo del artículo 14 de la Ley de ISR.

Les sugiero hacer un estimado de los ingresos de 2024, para aplicarle el coeficiente de utilidad correspondiente del artículo 58 del CFF y hacerlo del conocimiento de los contribuyentes, para que se vayan preparando.

Como se darán cuenta, es muy importante saber si para el siguiente año, las empresas que actualmente tributan en RESICO, tendrían que cambiar a Régimen General de Ley, para ir tomando las precauciones debidas.

18 EXCELENCIA PROFESIONAL
JURÍDICO FISCAL

Soy Patrón Persona Física, ¿Puedo Asegurarme al IMSS?

Un día decides emprender tu negocio y realizas los trámites necesarios para operar como persona física de forma legal con base en toda la normatividad mexicana, sin embargo, llega un momento en el que requieres servicio médico o piensas en tu futuro y en como tener una pensión, surgiendo la pregunta, ¿puedo ser patrón ante el imss y también inscribirme como trabajador? ¿Pero de quién sería empleado? ¿Existe una relación laboral conmigo mismo? ¿Cómo puedo acceder a todos los beneficios de los que gozan mis trabajadores que otorga el imss? En este artículo despejaremos estas preguntas…

Iniciaremos citando lo indicado el artículo 13 fracción IV de la Ley del Seguro Social (LSS):

Voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio:

…IV. Los patrones personas físicas con trabajadores

asegurados a su servicio… Como podemos observar los patrones personas físicas si podrán asegurarse y para ello debemos saber lo siguiente: El trámite será una solicitud que presentas como patrón persona física con trabajadores asegurados a tu servicio para que puedas incorporarte al Régimen Obligatorio del Seguro Social, en forma voluntaria, y con ello, acceder a los beneficios y prestaciones de este esquema de aseguramiento para ti y para tus beneficiarios pagando una cuota anual anticipada.

Lo puedes realizar si eres patrón persona física registrado ante el IMSS, con por lo menos 1 trabajador vigente a su servicio.

Se puede realizar en línea mediante el escritorio virtual, para lo cual debes contar con tu e.firma, curp, número de seguridad social, un correo electrónico y en su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar,

19 SEPTIEMBRE 2023 SEGURIDAD SOCIAL
C.P. Stephany Brijite Cid Vázquez Socia de Linares Cid, SC e Integrante de la Comisión de Seguridad Social AMCP scid@linarescid.com.mx Escanea el código QR para ver la información complementaria que tiene nuestro articulista para ti O da click aquí para abrir el documento

cuando aplique.

El costo anual del seguro es de $15,539.12, vigente a partir del 1° de febrero de 2023.

De conformidad con el artículo 227 de la LSS , un salario mínimo del Distrito Federal vigente al momento de la incorporación voluntaria o de la renovación anual, será la base de cotización para cubrir las cuotas.

degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y • Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)

El artículo 222 , fracción II , incisos c) de la LSS nos indica que este esquema de aseguramiento comprende: las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro y vejez.

El seguro de riesgos de trabajo se deberá pagar con la prima asignada para su actividad patronal según el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia De Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación Y Fiscalización (RACERF)

La cobertura de esta incorporación voluntaria es de 1 año, iniciando los servicios médicos del IMSS para ti como patrón y tus beneficiarios, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al seguro social.

De acuerdo con el artículo 80 del RACERF la renovación del aseguramiento se efectuará dentro de los treinta días naturales anteriores a la fecha de vencimiento del mismo.

Es importante tomar en cuenta que, en ningún caso, el IMSS hará la devolución total o parcial de los pagos realizados, por lo que se recomienda verificar que toda la información proporcionada sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes.

Si el patrón persona física ya cuenta con un número de seguridad social, por cotizaciones anteriores como sujeto asegurado en el régimen obligatorio, deberá proporcionarlo, a fin de darle continuidad, pues representa la base para otorgar las prestaciones.

El artículo 82 del RACERF nos indica que n o se podrá solicitar la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, si se presenta:

• Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico

Conclusiones

La modalidad de patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio (modalidad 35) es una excelente opción para los que quieren asegurarse de que ellos tengan acceso a los servicios de salud y prestaciones que ofrece el IMSS.

Como pudimos observar en esta modalidad de aseguramiento se incluye retiro y vejez lo cual permite acumular semanas de cotización para la propia pensión en el futuro.

Tener claro que la figura de patrón será independiente de la de asegurado incorporado voluntariamente al régimen obligatorio, ya que cada figura tiene sus propios derechos y obligaciones.

También es importante recordar que, si en este momento no tienes trabajadores a tu servicio, pero trabajas de forma independiente, hay una opción de aseguramiento llamada “Personas Trabajadoras Independientes” que cubre prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro y vejez.

Referencias

• Ley del Seguro Social

• Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia De Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación Y Fiscalización

• http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02030b

20 EXCELENCIA PROFESIONAL
SEGURIDAD SOCIAL

Incorporación del Componente: “Proceso de Valoración del Riesgo de la Firma de Auditoría” para el Cumplimiento de la “Norma Internacional de Gestión de Calidad®” – 1 (NIGC-1)

M.A. y C.P.C. Federico Icaza Díaz Vicepresidente de la Comisión de Certificación en la Calidad de los Despachos de la “AMCPDF®” certificación_cd@amcpdf.org.mx icaza.federico@gmail.com

“Un día seguro, seguro es un gran día”, Refrán popular

¿Sabes cómo incorporar este componente al Sistema de gestión de Calidad sobre el que deben estar trabajando para la realización de Auditorías a partir de este 2023?

La “Federación Internacional de Contadores®” (“IFAC®”, por sus siglas en inglés) en septiembre de 2021, emitió la “Guía de implementación para la NIGC-1”.Y en el presente art í culo presento un extracto para la consideración de este fundamental componente además de algunos ejemplos de herramientas y tips, a manera de introducción para este interesante proyecto que implicará grandes beneficios para nuestras Firmas.

Dentro de los objetivos de la Comisiónde Certificación de la Calidad en los Despachos de la AMCPDF, estáel difundir las NIGC-1 y 2, no por su obligatoriedad, que a partir de del pasado 15 de diciembre de 2022, corresponde iniciar su adecuación o su implementación por las Firmas de Contadores, enfocadas a la prestación de Servicios de Auditoria, Revisión de Estados financieros u Otros encargos de aseguramiento o Servicios relacionados; sino por la utilidad práctica que consideramos puede apoyar a toda la actividad contable.

Un cambio clave de la NIGC-1 al reemplazar a la “Norma Internacional de Control de Calidad” fue que las Firmas de Auditoría necesitan emplear un enfoque basado en “el riesgo” para la gestión la calidad, enfocado a que pueden surgir riesgos por la naturaleza y las circunstancias de la Firma, sus encargos, y las respuestas dadas para abordar adecuadamente los riesgos. Por lo tanto, la “Valoración del riesgo”, es un nuevo

componente dentro de la NIGC-1. Dicha norma define al riesgo “como las condiciones, hechos, circunstancias, acciones o inacciones que pueden afectar adversamente el logro de los objetivos de calidad”.1

Aunque el entendimiento y la lectura de las normas NIGC-1 y 2, podría parecer como “generalizada”, y hasta“abierta”, la realidad que tenemos que tener en mente, no es solo su obligatoriedad, sino por la utilidad que implica el implementar un Sistema de Gestión de Calidad, ya que la norma establece claramente que el Sistema de Gestión de Calidad de las Firmas, debe hacerse con un criterio de “prevención de riesgos” para mitigar, corregir o hasta evitar el que se vulneren los “Objetivos de Calidad” del Sistema, por lo que es fundamental tener muy claro, que estos son los riegos a los que se refiere este elemento, dado que es fácil confundir los riesgos que perse, podrían tener las Firmas, sus integrantes y hasta las entidades con las que tiene relación de manera natural, lo que podría complicar la implementación del Sistema de gestión de Calidad.

También establece la NIGC-1 que este nuevo componente, al ser un” criterio”, pero sobre todo “un proceso” por sí mismo, no deriva en “objetivos de calidad”, como el resto de componentes que integran un Sistema de Gestión de Calidad, ya que cada uno de los mismos, tiene explícitamente sus objetivos, a excepción también del componente: “Proceso de seguimiento y corrección” (por la misma razón, del componente que nos ocupa).

La NIGC-1 nos hace recomendaciones, respecto a la consideración de los “Objetivos de Calidad” en los sentidos:

21 SEPTIEMBRE 2023 AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD
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AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD

1) De que estos se deben establecer de manera clara, completa y formal, para atender, a los 6 “componentes fácticos” del sistema, que son: “Gobierno Corporativo y Liderazgo”, “Requerimientos de ética aplicables”, “Aceptación y continuidad”, “Realización del encargo”, “Recursos”, e “Información y Comunicación”.

2) De siempre considerar el “Proceso de valoración de riesgos”, EN TODOS LOS OBJETIVOS DE CALIDAD del Sistema.

3) Del Considerar todos los criterios establecidos en el “Apartado 14 de la NIGC-1”2

4) Del organizar dichos objetivos, respecto: Al (o a los) componente(s) propietarios de los objetivos, los criterios y necesidades que los originan, su relevancia e importancia, y a la vulnerabilidad que le implican a la Firma. De ahí el papel fundamental de los “Procesos de valoración de riesgos”.

Con relación esta importante fase del establecimiento de los “Objetivos de Calidad”, tanto la NIGC-1 como su “Guía de implementación” nos advierten que una mala definición de los objetivos, implican fuentes de riesgos por sí mismos, por ejemplo:

• Cuando estos no se definen por el responsable de la Calidad adecuado.

• Cuando estos no se definen de manera completa, y nos da como ejemplo “La firma de auditoria establece un objetivo de calidad de la siguiente manera: La documentación del encargo se recopila oportunamente después de la fecha del informe del encargo. Sin embargo, la firma no ha establecido el resto del objetivo de conformidad con el apartado 31(f) de la NIGC-1 como sigue: La documentación del encargo se conserva y mantiene adecuadamente para satisfacer las necesidades de la firma de auditoría y para cumplir con la ley, la regulación, y los requerimientos e ética aplicables y otras normas profesionales.”(3)

• Cuando este se describe de una manera distinta, lo que puede provocar que se pierda su aspecto clave, y nos da como ejemplo: “La documentación del encargo se archiva en un plazo de 60 días y se conserva durante cinco anos a partir de la fecha del informe del encargo o, si es posterior, la fecha del informe de auditoria sobre los estados financieros del grupo, en su caso. Este objetivo de calidad ha perdido inadvertidamente un aspecto clave del objetivo de calidad del apartado 31(f) de la NIGC-1 específicamente: - Falla al tratar con la necesidad de mantener la documentación. – No toma en cuenta que los periodos de retención pueden necesitar cambiar como resultado de cambios en las necesidades de la firma de auditoría, la ley, la regulación, los requerimientos de ética aplicables o las normas profesionales”.(3)

• Lo que vulnera a la Firma para atender requerimientos legales.

• También permite el establecimiento de “Subobjetivos”, si las necesidades de la Firma así lo requieren,pero siempre teniendo en cuenta, que ni los

mismos, substituyen a los objetivos de los que forman parte, o los limitan, por el contrario, el objetivo de su establecimiento es asegurar que los objetivos previstos en la NIGC-1 se atenderán de manera integral, salvo que también las necesidades de la Firma y su naturaleza no requieran la consideración o establecimiento del objetivo por su irrelevancia, ej.: “El objetivo de calidad del apartado 31(b) de la NIGC-1 que aborda la dirección, supervisión y revisión puede no ser relevante cuando la firma de auditoria es un profesional independiente.”3

• Y Objetivos de Calidad que respaldan otros objetivos de calidad, ya que los mismos pueden estar correlacionados, como se aprecia en el siguiente ejemplo que presenta la misma guía: “Los objetivos de calidad en el componente de Información y Comunicación abordan el sistema de información, la comunicación y el intercambio de información de toda la firma de auditoria y con los equipos del encargo. Estos objetivos de calidad son esenciales para respaldar los objetivos de calidad en el componente de requerimientos de ética aplicables, porque la información adecuada que se comunica de manera oportuna es esencial para cumplir adecuadamente con los requerimientos de ética aplicables.”4

De ahí la importancia de los Objetivos de Calidad. Lo que un servidor considera incluso que debiera ser materia de otro artículo especifico, dada su importancia, ya que es la base para el desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad. El Proceso de valoración del riesgo se integra por 4 fases:

1) Establecer objetivos de Calidad. Ya que el objetivo de la Firma de Auditoria da sentido al objetivo del Sistema de Gestión de Calidad, y un Sistema de Gestión de Calidad es eficaz cuando logra sus objetivos DE CALIDAD. Y reitero, esto es fundamental para incluso limitar al alcance del Sistema.

2) Identificar y valorar riesgos de calidad. Es decir que este componente SIEMPRE TIENE QUE SER TENDIENTE A valorar este tipo de riesgos, lo que significa que este proceso tiene un sentido, y también un límite, aunque esto no significa que si derivado de esta fase, se identifican otro tipo de riesgos que pudieran estar relacionados con la operación, o hasta con la integridad de la Firma por sí misma, también tengan que ser administrados. Puede haber muchos riesgos que podrían afectar negativamente el logro de los objetivos de calidad; y sin embargo no todos los riesgos se consideran riesgos de calidad.

Para que un riesgo califique como riesgo de calidad, debe tener una posibilidad razonable de ocurrencia, tanto individualmente como en combinación con otros, pero sin dejar de perder de vista, que afecten de forma negativa el logro de uno o más objetivos de calidad.

El mecanismo para valorar los riesgos de calidad incluye: Primero el conocer las condiciones, hechos, circunstancias, acciones o inacciones que pueden afectar adversamente el logro de los objetivos de calidad, para: Segundo identificar y valorar los riesgos de calidad, considerando cuales riesgos

22 EXCELENCIA PROFESIONAL

tienen posibilidad razonable de ocurrir, individual o en combinación, donde se toma en cuenta el grado en que, las condiciones, hechos, circunstancias, acciones o inacciones pueden afectar adversamente el logro de los objetivos de calidad y: Tercero una vez valorada la consideración de la ocurrencia y efectos, puede considerarse que los riesgos de calidad han sido valorados. La guía de implementación nos presenta un ejemplo de este proceso de valoración en sus tres fases: En la primera fase de IDENTIFICACION como riesgo se identifica que: “El personal no puede desafiar o cuestionar las acciones y el comportamiento del liderazgo por miedo a represalias. A su vez el liderazgo puede fallar en demostrar un compromiso con la calidad a través de sus acciones y comportamientos”. En la segunda fase de IDENTIFICACION

Y VALORACION “La firma de auditoria considera que:Hay una alta posibilidad de que este riesgo ocurra dada su naturaleza; y

El riesgo tendrá un algo grado de posibilidad de afectar el logro del objetivo de calidad, debido a que tiene una relación directa con el mismo. En su tercera fase de: RIESGO VALORADO: Se considera la ocurrencia y el efecto en el logro del objetivo de calidad”, 5

3) Diseñar e implementar respuestas. Derivado del ejemplo anterior tomado de la Guía de implementación y a fin de implementar medidas de prevención, como: “La retroalimentación y supervisión al personal responsable, establecer dinámicas de integración, establecer canales de comunicación y auxilio entre personal operativo con canales superiores, el establecer métricas de valoración de resultados, o cualquier medida tendiente a prevenir el riesgo identificado y valorado”.5

En esta fase se analiza:

La razón de la valoración: Como y el grado en que las condiciones, hecho, circunstancias, acciones o inacciones afectan los objetivos de calidad.

Como la razón de la valoración afecta el diseño de la respuesta: Ejemplo: “Un riesgo de calidad de que el personal no llame la atención de la firma de auditoria sobre las diferencias de opinión con el liderazgo puede no ser respondido de manera adecuada a través de políticas que involucren al mismo liderazgo en el proceso de diferencias de opinión. Un riesgo de calidad de que los equipos del encargo no estén adecuadamente dirigidos y supervisados, y su trabajo no sea revisado durante una pandemia global, pueden tener un alto grado de efecto en el logro de los objetivos de calidad debido a la generalidad del riesgo de calidad en toda la firma de auditoría. En consecuencia, puede ser necesaria una respuesta más robusta.”6

La posible ocurrencia de los riesgos de calidad: Ejemplo: “Un riesgo de calidad acerca de que puede haber incumplimientos a la independencia que surjan los intereses financieros del personal puede tener una mayor probabilidad de ocurrir si la firma de auditoria tiene mucho personal. Como resultado, es posible que se necesite una respuesta más robusta”.6

Con el ejemplo anterior, podemos ver como una aparentemente simple situación, puede convertirse en un derivador de problemas internos, en especial cuando están involucrados nuestros recursos humanos, que son un activo

fundamental para nuestras Firmas.

4) 4º) Identificar información indicando la necesidad de adicionar/modificar objetivos de calidad, riesgos de calidad o respuestas. Lo que hace que el sistema sea dinámico y garantiza su permanencia, utilidad, aplicabilidad y valor agregado.

Además la norma establece la libertad a que cada Firma desarrolle e implemente un Sistema de Gestión de Calidad, adecuado su tamaño, complejidad, obligaciones, responsabilidades y necesidades específicas; pero basado en un esquema de administración de riesgos. Bajo los puntos de vista, consideraciones y acotaciones señaladas anteriormente.

Para nuestra profesión, la “Administración de riesgos” no es ajena, ya que al ser de nuestro conocimiento pleno, una correcta información financiera desde su generación, por sus variaciones nos percatamos haciendo análisis de “causa-efecto”, de la ocurrencia de uno o varios riesgos, pero un valor importante de una “Administración de riesgos”, esta en la prevención, y mucho de sus ingredientes, se toman de la información financiera misma, sin tampoco olvidar los procesos de elaboración de presupuestos.

En el caso de la auditoria, como el área de nuestra profesión que oficialmente nos ocupa, existen esquemas estandarizados de control interno, como el “Modelo COSO®” (“Comité de Organizaciones patrocinadoras de la Comisión de Comercio COSO®”, por sus siglas en inglés), donde la administración de Riesgos representa un segmento toral. Esto significa que todas las herramientas, del “modelo COSO®”, se pueden aplicar para formar parte de nuestros Sistemas de Gestión de Calidad, pero para hacerla acorde con la NIGC-1, será necesario organizar las herramientas de administración de riesgos COSO®, a los 6 componentes “facticos”. Por lo mismo es compromiso de esta Comisión de trabajo y del autor del presente artículo, también presentarles otras herramientas que coadyuvan en el establecimiento de nuestros Sistemas; como el “modelo COSO”, e incluso otras herramientas como la Norma Internacional para la Gestión de Riesgos: ISO31000® (“Organización Internacional de Estándares”, por sus siglas en inglés) que ayuda a las Organizaciones en el análisis y la evaluación de riesgos.

Por último, dos recomendaciones: La lectura analítica de la NIGC-1, con el fin de establecer que elementos de la norma son: Necesarios, aplicables y hasta útiles para nuestras Firmas, y el compartir abierta y solidariamente con otros Contadores experiencias de soluciones implementadas en los Sistemas de Gestión de Calidad, y si cuidando, acotando y salvaguardando en todo momento la seguridad y la información.

Referencias

1) Guía de implementación de la NIGC-1, pág. 22 de 104

2) NIGC-1, Apartado 14: “Objetivos del Sistema de Gestión de Calidad”.

3) Guía de implementación de la NIGC-1, pág. 19 de 104

4) Guía de implementación de la NIGC-1, pág. 21 de 104

5) Guía de implementación de la NIGC-1, pág. 23 de 104

6) Guía de implementación de la NIGC-1, pág. 27 de 104

23 SEPTIEMBRE 2023 AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD

La Importancia de los Postulados Básicos (Parte 1)

jzenteno@rbkconultorial.com

Cuando nuestros padres nos enviaron a la primaria, una de las cosas que tuvimos que aprender fue a sumar y restar. Conforme el paso del tiempo, e íbamos creciendo, las operaciones se iban complicando y ahora teníamos que multiplicar y dividir. Así, sucesivamente, tuvimos que aprender cosas más complejas cada día. Cuando estudiamos la licenciatura, ¿quién no sufrió con los temas de Matemáticas Financieras, de Cálculo o de Probabilidad y Estadística?

Sin embargo, todos estos temas complicados se basaban en los fundamentos que aprendimos de niños, fundamentos que ahora recordamos como axiomas o postulados, tales como las propiedades conmutativa, asociativa, distributiva, etc.

Así como las matemáticas se basan en axiomas y postulados, la Contabilidad funciona bajo la misma lógica. Estos son los cimientos que soportan todo el conocimiento contable y que se expresan en normas bien definidas y de aplicación general y particular.

Sin los postulados básicos no podríamos tener un marco conceptual que soportara la teoría contable y que unificara criterios y formas de pensar. Sin ellos, seríamos un babel contable donde cada uno hiciera lo que quisiera.

Pero basta de divagar, empecemos a hablar de los postulados básicos y su importancia.

Postulados Básicos

Primero definamos qué es un postulado. El diccionario

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define al concepto de postulado como: “principio que se admite como cierto sin necesidad de ser demostrado y que sirve como base para otros razonamientos” 1 ; “proposición cuya verdad se admite sin pruebas para servir de base en ulteriores razonamientos” 2 ; o “proposición que se ofrece o presenta como pilar o base de un razonamiento o de una demostración y cuya verdad es admitida sin que medien pruebas al respecto”3 .

Como podemos ver, todas las definiciones tienen algo en común: son proposiciones o principios que sirven para soportar razonamientos.

En nuestro caso, estos postulados básicos son la base para soportar los razonamientos que dan origen a las normas particulares, las que serán aplicadas para producir la información financiera necesaria para tomar decisiones.

Ahora bien, permítanme preguntarles, ¿Sabe cuántos postulados básicos hay? ¿Sabe de qu é habla cada uno de ellos? ¿Los utiliza con frecuencia para analizar las operaciones contables? o ¿Los pasa por alto y los ignora porque cree que no son importantes?

En este pequeño artículo vamos a ir analizando algunas una de estas preguntas y otras más que pudieran ir surgiendo en el camino. De ser posible haremos artículos adicionales para ir tratando este extenso tema tan interesante y apasionante.

La respuesta a la primera pregunta es 8. Bueno, si su respuesta no fue la correcta, no se preocupe estimado colega, es algo que a veces no tenemos en nuestra mente. Sin embargo, de hoy en adelante, que no se le olvide. Como una técnica de memorización puede relacionar el número de postulados con el chavo del 8 y verá que nunca más se le olvidará.

La respuesta a la segunda pregunta es…, bueno de forma muy sencilla vamos a tocar cada uno de ellos, el objetivo es que nunca más se nos olvide de que habla cada uno de ellos aunque sea de forma muy general.

El primer postulado del que hablaremos es el de “Negocio en marcha”, este nos dice que se presume que una entidad estará operando hasta tiempo indefinido, a menos que haya evidencia en contrario.

Esto es lógico, uno no espera comenzar un negocio con la esperanza de cerrar a los 6 meses o al año, ¡Claro que no!, uno espera que el negocio crezca y dure mucho tiempo, que pase de generación en generación. En nuestro entorno podemos ver negocios que han durado mucho tiempo a pesar de los vaivenes del entorno económico, político y social. Por ejemplo: Sanborns que fue fundada en 1903, General Electric que remonta su historia al año de 1880, y muchas más.

Nuestro segundo postulado es “Entidad económica” este nos dice que la entidad es totalmente independiente de quienes la crearon, llámense socios, accionistas o cualquier otro nombre.

Para recordar fácilmente de lo que habla este postulado lo podemos asemejar al dicho popular que dice “A Cesar lo que es de Cesar y a Dios lo que es de Dios” es decir no debemos confundir las operaciones de la entidad con las relacionadas con los socios o accionistas, cada uno debe llevar su propia cuenta del daño.

Sin embargo, este es uno de los postulados más violados por nosotros los contadores, y para muestra basta un botón. Cuando el socio paga la colegiatura del hijo ¿Quién paga la cuenta?, cuando se va de vacaciones ¿Quién paga la cuenta?,

1 https://www.google.com/search?q=postulado+significado

2 https://es.wikipedia.org/wiki/Postulado

3 Definición ABC su diccionario hecho fácil (Página Web)

cuando le regala un coche a la capillita ¿Quién paga la cuenta?

El tercer postulado es el de “Sustancia económica” este nos dice que sobre todas las cosas debemos ver primero la esencia económica de la operación y no su forma legal.

En muchas ocasiones la esencia económica y la forma legal van a coincidir, pero en otras más no. Cuando suceda que no coinciden debemos poner énfasis en la sustancia económica porque en base a ésta debemos hacer el reconocimiento contable de la operación.

Para recordar de forma fácil y sencilla este postulado podemos usar otro dicho popular que dice: “No todo lo que brilla es oro”.

Por ejemplo, un arrendamiento operativo puede estar soportado por un contrato, pero quizás existan elementos que indiquen que su sustancia económica es la de un arrendamiento financiero, en tal situación debe prevalecer el fondo económico sobre el fondo legal.

En ocasiones esto es muy difícil de hacer ya que estamos preprogramados para ver solo el fondo legal de la operación y más si se trata de temas fiscales, estamos casados con el CFDI, no vemos más allá de nuestras propias narices, esto es realmente triste y lamentable, debemos reprogramar nuestro cerebro y ser más analíticos ante cada operación.

El cuarto y último postulado que veremos el día de hoy será el de “Consistencia” este nos dice que para operaciones similares se deben aplicar tratamientos contables similares.

Este es el único postulado que aplicamos al 100%, porque hacemos los registros contables mal y los seguimos haciendo mal, total para que cambiar. Aunque parezca broma lamentablemente esta es una realidad que predomina en muchas empresas.

El postulado parte de la idea de que los tratamientos contables deben ser homogéneos para operaciones que se repiten una y otra vez de forma similar, por ejemplo, los registros de las depreciaciones, de la nómina, de los ingresos y de muchas más, que en el mayor de los casos son operaciones repetitivas y cuyo criterio de reconocimiento debe ser igual en todo momento. Es decir, no podemos estar aplicando métodos distintos de forma indiscriminada y poco congruentes, debemos en la medida de lo posible ser consistentes. Sin embargo, si existen razones de peso bien soportadas el cambio si puede llevarse a cabo.

En el siguiente artículo hablaremos de los 4 postulados restantes, espero poder contar con ustedes estimados lectores. ¡No se lo pierdan!

Conclusión

Los 4 postulados básicos que vimos, aunque sea de forma breve y en lenguaje coloquial son muy importantes para el adecuado reconocimiento de las operaciones de una entidad y debemos tenerlos en nuestra mente para que en el momento en que se presente una operación que nos cause confusión el razonarla a través de los postulados básicos nos va a permitir desentrañar su naturaleza y saber con un 99% de seguridad como debemos contabilizarla.

Para mi es un orgullo poder pertenecer a la Comisión de Normas de Información Financiera de nuestra querida Asociación y poder aportar un granito de arena para el crecimiento profesional de todos los colegas agremiados y no solo para ellos sino también para todos los que nos dedicamos a esta hermosa profesión.

25 SEPTIEMBRE 2023 AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD

Ética y Valores

Ética” y “Valores son ideas que estamos acostumbrados a escuchar y que parecieran sinónimos, pero no es así, tal vez si estén relacionados conceptualmente incluso sean dependientes uno del otro, pero dejemos a la RAE (Real Academia Española) nos aclare cada concepto.

La definición según la RAE de Ética es “Parte de la filosof ía que trata del bien y del fundamento de sus valores” / “Conjunto de normas morales que rigen la conducta de una persona en cualquier ámbito de la vida”; y Valor como “Persona que posee o a la que se le atribuyen cualidades positivas para desarrollar una determinada actividad”. Ahora bien, una vez definido esto, por un lado, debemos tener claro cuáles son nuestros valores, no solo profesionales sino personales ya que el uno no puede ir sin el otro; en el ir y venir de pendientes laborales, pendientes en casa, dejamos de ser conscientes de cómo nos conducimos, a diario tenemos que tomar decisiones, algunas más relevantes que otras, pero todas ellas conllevan consecuencias, por ello la importancia de tener bien asentados y presentes los valores que nos rigen como individuos y como sociedad.

Por otro lado, tenemos conocimiento que existe un Código de É tica Profesional, creado en sus inicios por organismos colegiados locales y modificado a través del tiempo por ellos mismos, incluso algunos con alcances internacionales, basados en la necesidad de sentar normas que guíen y regulen el actuar de los profesionistas de la Contaduría, en este documento nos refieren y dejan claros los principios fundamentales de la integridad, objetividad, competencia y diligencia profesionales, confidencialidad y comportamiento profesional, indicándonos su funcionamiento, la identificación de las amenazas relativas a su cumplimiento, así como las salvaguardas para contrarrestarlas.

Si bien es cierto que la profesión implica el conocimiento y aplicación de un Código de É tica, no debemos dejar de lado los valores que de manera personal nos han sido inculcados, ya sea por las creencias familiares o de la propia sociedad en la que nos desenvolvemos; estos aunque suelen ser distintos en cada uno, intervienen de manera directa en nuestra profesión, algunos de ellos pueden ser la honestidad, sinceridad, lealtad, amistad, que parecieran ser valores adecuados e inofensivos para dirigirnos diariamente, sin embargo, tenemos que ser muy cuidadosos y estar atentos de cada situación que se nos presente e implique tomar una decisión sobre un acontecimiento que ponga en riesgo los

principios fundamentales del citado Código de Ética. Sin temor a equivocarme, todos hemos estado expuestos a alguna circunstancia en la que se pueda ver comprometido nuestro buen actuar, por ello la importancia de tomarnos el tiempo para observar y poner atención al tema. Para tener mayor claridad sobre esto, a manera de ejemplo y ejercicio expongo lo siguiente: Supongamos que han hecho una muy buena relación de amistad con alguno de los colaboradores del cliente al que le prestan sus servicios profesionales y éste por alguna circunstancia despide a su colaborador, ustedes disponen de información la cual saben que es a favor del colaborador (ahora su amigo) y tienen bien arraigado los valores de la amistad y la lealtad, ¿P roporcionar ían esa información de su cliente al colaborador, incumpliendo así con el principio de confidencialidad?, de primera instancia quiero pensar que la mayoría respondería que no, ya que no solo implica el incumplimiento de uno de los principios de su Código, sino además el riesgo en el que pondrían su situación laboral con ese cliente, es aquí donde nos cuestionamos, ¿Qué es lo correcto?, ¿Cómo aplico los valores personales sin incumplir los profesionales?, pareciera que no hay forma de cumplir con una sin que afecte a la otra pero esto no es así, bien podemos tomar una decisión en la que nuestra ética y nuestros valores se conjuguen para la más adecuada solución. En respuesta al planeamiento, a mi ver sería adecuado buscar un acercamiento con la persona afectada (el colaborador) dejándole claras nuestras intenciones de apoyo sin comprometer alguna información confidencial del cliente que se encuentre en nuestro poder, de esa manera buscamos equilibrar los valores personales y la ética profesional. Está claro que pueden presentarse situaciones más delicadas o complejas que la de nuestro pequeño ejemplo, sin embargo, como ven, a veces aunque las cosas parezcan sencillas y fáciles de manejar no siempre tenemos la respuesta correcta de manera inmediata, por lo que es bueno no tomar decisiones apresuradas y en casos donde no tengamos una solución viable, buscar la ayuda adecuada, tomando como base nuestro Código, el cual también hace mención de las consultas a terceros en caso de así requerirlo de acuerdo a cada caso.

Como reflexión, debemos buscar siempre la respuesta en la que logren converger ambas partes, la ética profesional y los valores personales, nuestra carrera nos exige el estudio constante de Normas y regulaciones, así como la obligatoriedad de estar al día en el conocimiento y aplicación de nuestro Código de Ética Profesional, hagamos el h ábito de su lectura, analicémosla y pongámosla en práctica, así como los valores que nos han acompañado a lo largo de nuestra vida personal y profesional, teniendo presente siempre el cuidado de no infringir el Código de É tica que la profesión nos imparte y nos invita a cumplir en el día a día de nuestro actuar profesional.

26 EXCELENCIA PROFESIONAL AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD
C.P. Glenda Bernal Flores Supervisora de Auditoría en RSM México glen9_99@hotmail.com

DR., Mtro., L.D. y C.P.C. José Manuel Miranda de Santiago Beneficiario Controlador

Mtro. Sergio Santinelli Grajales Expectativas Fiscales 2024, Incremento Legal del Aguinaldo, Compensación en el IVA

Mtra. y C.P.C. Mirna Hernández Escamilla Visión 360 de la Seguridad Social en México

L.C.C.F, M.D.F., Mtra. Deyanira Arizbe Guriérrez Previsiones Fiscales Rumbo al 2024 | IVA, ISR

25

SEPTIEMBRE

Mtro. José de Jesús Milla Arufe Alternativas Fiscales para el Empresario

Lic. y C.P.C. Jorge SantamarÍa García Planeación Patrimonial

9:00 A 14:00 HRS. 2 PUNTOS

CUOTA DE CUOTA DE RECUPERACIÓN PARA RECUPERACIÓN PARA SOCIOS $300 SOCIOS $300 NO SOCIOS $400 NO SOCIOS $400 ESTUDIANTES $200 ESTUDIANTES $200

CONVENCIÓN ANUAL 2023 2023

Del 23 al 26 de Del 23 al 26 de noviembre noviembre

HOSPEDADOS HOSPEDADOS

HABITACIÓN SENCILLA LUX

Incluye:

Evento técnico, 4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, kit de convención, foto grupal, cena de gala, cena rompe hielos, impuestos y propinas

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Junio / Julio: $20,200 00

Agosto / Septiembre: $21,600.00

Octubre / Noviembre: $23,500.00

IVA Incluido

HABITACIÓN DOBLE LUX

Incluye:

*Vista al jardín

HUATULCO HUATULCO OAXACA OAXACA

HABITACIÓN SENCILLA PREMIUM

Incluye:

Evento técnico, 4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, kit de convención, foto grupal, cena de gala, cena rompe hielos, impuestos y propinas

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Junio / Julio: $23,950 00

Agosto / Septiembre: $25,600.00

Octubre / Noviembre: $27,300.00

IVA Incluido

HABITACIÓN DOBLE PREMIUM

Incluye:

*Vista a la playa

Evento técnico, 4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, kit de convención, foto grupal, cena de gala, cena rompe hielos, impuestos y propinas.

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Incluye evento técnico para dos personas

Junio / Julio: $35,900.00

Agosto / Septiembre: $38,400.00

Octubre / Noviembre: $41,000 00

IVA Incluido *Vista al jardín

PERSONA EXTRA (ADULTO) EN HABITACIÓN

Incluye:

4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, cena de gala (sin niños), cena rompe hielos, impuestos y propinas

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Junio / Julio: $8,900 00

Agosto / Septiembre: $9,500 00

Octubre / Noviembre: $10,000.00

IVA Incluido

NO HOSPEDADOS NO HOSPEDADOS

Evento técnico, 4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, kit de convención, foto grupal, cena de gala, cena rompe hielos, impuestos y propinas

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Incluye evento técnico para dos personas

Junio / Julio: $39,650.00

Agosto / Septiembre: $42,400 00

Octubre / Noviembre: $45,400 00

IVA Incluido

*Vista a la playa

ACOMPAÑANTE MENOR DE 3 A 12 AÑOS

Incluye:

4 días / 3 noches, alimentos, snacks, bebidas, impuestos y propinas.

*Servicio a la habitación por cuenta del Asociado*

Junio / Julio: $3,050 00

Agosto / Septiembre: $3,050.00

Octubre / Noviembre: $3,050 00

IVA Incluido

EVENTO TÉCNICO

Incluye: Coffee break, kit de convención, foto grupal

Costo por persona, impuestos y propinas: $8,100.00

HOSPEDADOS HOSPEDADOS

Incluye: Coffee break, kit de convención, foto grupal

Costo por persona, impuestos y propinas: $6,500.00

Incluye: Cena 3 tiempos

Costo por persona, impuestos y propinas: $2,500.00

ESCANEA EL QR PARA TU RESERVACIÓN

CONVENIO DIRECTO CON LA AMCP A MESES, PARA LIQUIDAR UNA SEMANA ANTES DEL EVENTO
CENA
NO HOSPEDADOS NO HOSPEDADOS
DE GALA
N.A.A.
25 puntos para la
2023 25 puntos para la N.A.A. 2023

8vo Foro Anticorrupción

La integridad Profesional vs la corrupción

El pasado 23 de agosto, tuvo lugar el esperado 8º Foro Anticorrupción bajo el tema central "Integridad Profesional vs. Corrupción". El evento, organizado por la Comisión de PLD y Anticorrupció, reunió a destacados expertos y disertantes en un espacio de reflexión y debate en torno a la lucha contra la corrupción y la promoción de la ética en el ámbito profesional. Uno de los aspectos más destacados del foro fue la diversidad y la relevancia de los temas abordados por los diferentes ponentes. El comercio exterior, un campo propenso a desafíos relacionados con la corrupción y el lavado de dinero, fue objeto de un análisis exhaustivo por parte de los oradores. Se profundizó en las complejidades de estos temas, destacando la importancia de implementar medidas preventivas y sistemas de control eficientes para garantizar

la transparencia y la legalidad en las operaciones comerciales. Un momento especialmente relevante fue la presentación sobre la "SNA" (Sistema Nacional Anticorrupción) y sus retos y desafíos a lo largo de los 8 años desde su creación. Los ponentes pusieron de relieve la necesidad de una cooperación interinstitucional sólida y un compromiso continuo para fortalecer este sistema crucial en la lucha contra la corrupción en el país. Los delitos fiscales, otro tema de gran resonancia en México, también tuvieron su espacio en el foro. Los contadores, como profesionales en el corazón de las finanzas y la fiscalidad, exploraron su rol en la prevención y detección de estas prácticas ilícitas. Se discutieron estrategias para enfrentar los desafíos en esta área y se enfatizó en la importancia de la responsabilidad ética y legal de los contadores en la sociedad. Una mesa de análisis dedicada a "La Importancia de la Ética y la Moral del Contador ante la Corrupción" permitió un intercambio profundo sobre cómo los profesionales de la contabilidad pueden contribuir a construir una cultura de integridad y transparencia. Se exploraron las implicaciones éticas de las decisiones financieras y se subrayó la necesidad de tomar posturas firmes contra cualquier forma de corrupción. En resumen, el 8º Foro Anticorrupción organizado por la Mtra. María del Carmen Medina Maya Presidenta de la Comisión de PLD y Anticorrupción de la AMCPDF demostró ser un espacio enriquecedor y oportuno para la reflexión sobre los desafíos actuales en la lucha contra la corrupción. Los temas abordados, desde el comercio exterior y los delitos fiscales hasta la ética del contador, resaltaron la complejidad de estos problemas y la importancia de la colaboración entre profesionales, instituciones y la sociedad en general para combatirlos de manera efectiva. Este evento sin duda dejó una huella en el camino hacia una cultura de integridad en el ámbito profesional y en la sociedad en su conjunto.

29 SEPTIEMBRE 2023 DIFUSIÓN

Firma de Convenio

El pasado miércoles 23 de agosto se llevó a cabo la firma de convenio con la Colegio de Licenciados en Contaduría Pública y Finanzas de León, A.C.

Este convenio no solo sienta las bases para una mayor sinergia entre nuestras instituciones, sino que también promueve la difusión del conocimiento contable y financiero hacia la comunidad empresarial y académica de la región. La transferencia de experiencias y la participación conjunta en eventos, seminarios y programas de capacitación enriquecerán la formación de profesionales en el ámbito contable, contribuyendo así al fortalecimiento del tejido económico y empresarial de nuestro entorno.

Diplomado de Certificación del Contador Público

En el ámbito de la formación y la capacitación continua, se encuentra en pleno desarrollo el altamente anticipado "Diplomado de Certificación del Contador Público". Este diplomado, meticulosamente diseñado para abordar una variedad de disciplinas esenciales para los contadores públicos, está demostrando ser una herramienta indispensable para elevar la competencia y el reconocimiento profesional en el campo contable. El diplomado, que abarca áreas críticas como contabilidad, finanzas, costos, derecho, auditoría y fiscalidad, se presenta como una oportunidad única para los profesionales de la contaduría que buscan una formación integral y actualizada. Con una duración total de 155 horas de capacitación, este programa se enfoca en proporcionar conocimientos sólidos y habilidades prácticas que se traduzcan en un desempeño excepcional en un entorno contable en constante cambio.

El objetivo principal del diplomado es claro: otorgar a los participantes una certificación de reconocimiento de idoneidad en la profesión de la contaduría pública. Esta certificación no solo demuestra la competencia y experiencia de los profesionales, sino que también refleja su compromiso con los más altos estándares éticos y de excelencia en el ejercicio de su labor.

Transmisión Comisión PLD y 1/4 de Milla

El pasado martes 22 de agosto se llevó a cabo la segunda emisión de esta colaboración entre nuestra comisión de PLD y anticorrupción y el influencer Ricardo Guzmán de 1/4 de Milla. Durante la transmisión, se abordó el tema del CFDI y su uso para cometer fraudes en la venta de autos.

¡No te la puedes perder!

Puedes visualizarla en nuestro canal de YouTube.

Uno de los aspectos sobresalientes de este diplomado es la diversidad de sus contenidos. Los módulos diseñados en torno a áreas tan cruciales como las finanzas y la auditoría, permiten a los participantes adquirir un panorama completo de las responsabilidades y desafíos que enfrentan los contadores en su trabajo diario. Además, la inclusión de temas relacionados con la legislación y la fiscalidad brinda una comprensión integral de los aspectos legales y regulatorios que rodean la profesión.

El culmen de este diplomado es la evaluación final de idoneidad, un examen que pone a prueba el conocimiento adquirido a lo largo del programa. Este examen no solo es un hito importante en la trayectoria de los participantes, sino que también es un mecanismo esencial para garantizar la calidad y la coherencia de la certificación otorgada.

El "Diplomado de Certificación del Contador Público" se alza como un pilar fundamental en la construcción y el fortalecimiento de profesionales de la contaduría pública. Su enfoque holístico y exhaustivo en áreas clave, su dedicación a la formación de expertos éticos y competentes, y la culminación con un examen de idoneidad, lo convierten en una inversión valiosa para aquellos que buscan destacarse en un campo cada vez más exigente y dinámico.

30 EXCELENCIA PROFESIONAL DIFUSIÓN

CURSOS HÍBRIDOS SEPTIEMBRE 2023

MARTES 05 16:00 A 20:00 HRS.

LA IA EN LA AUDITORÍA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO

INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LOS TRIBUNALES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS

INTELIGENCIA ARTIFICIAL, CANALES DE DENUNCIA Y FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

LUNES 04 16:00 A 20:00 HRS. CURSO HÍBRIDO PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (NO APLICA)

ARTIFICIAL Y COMPLIANCE

LUNES 11

A 14:00 HRS.

IMPACTO DE LA CONTABILIDAD EN LA MATERIALIDAD

DISERTANTE: JOSÉ LUIS ARROYO AMADOR

MAESTRO EN DERECHO FISCAL Y CONTADOR PÚBLICO

CURSO PRESENCIAL PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 07-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA CONTABILIDAD

LA APLICACIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO DESAFÍOS DE LA PROFESIÓN, UN MUNDO HIPERCAMBIANTE CON IA

HÍBRIDO PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (NO APLICA)

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL ÁREA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA INVESTIGACIÓN DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

JUEVES 07 16:00 A 20:00 HRS. CURSO HÍBRIDO

PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (NO APLICA)

SUCESIÓN TESTAMENTARÍA ASPECTOS CIVILES Y FISCALES

DISERTANTE: JOSÉ DE JESÚS MILLA ARUFE

MAESTRO EN DERECHO FISCAL, ESPECIALISTA FISCAL Y CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO

SÁBADO 09 09:00 A 14:00 HRS. CURSO

ZOOM PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 07-SEPTIEMBRE, IVA

PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO

MARTES 12 09:00 A 14:00 HRS.

DICTAMEN FORMATOS SIDEIMSS

(para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2023)

DISERTANTE: JUVENAL O. VILLAVERDE CRISANTOS

MAESTRO EN AUDITORÍA, ESPECIALISTA FISCAL, LICENCIADO EN DERECHO Y LICENCIADO EN CONTADURÍA

PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 08-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00
EN
INCLUIDO)
ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS PARA LA N.A.A. FISCAL
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00 PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS
PARA LA N.A.A.
CURSO EN ZOOM
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00 PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS PARA LA N.A.A. SEGURIDAD SOCIAL 09:00
CLAUSTRO DE DISERTANTES
FISCAL SEMANA COMPLETA POR DÍA ESTUDIANTES 20 PUNTOS PARA LA N.A.A. $535.00 $1070.00 $4,395.00 4 PUNTOS PARA LA N.A.A. NO APLICA
SEMANA COMPLETA POR DÍA ESTUDIANTES 20 PUNTOS PARA LA N.A.A. $535.00 $1070.00 $4,395.00 4 PUNTOS PARA LA N.A.A. NO APLICA
CURSO
SEMANA COMPLETA POR DÍA ESTUDIANTES 20 PUNTOS PARA LA N.A.A. $535.00 $1070.00 $4,395.00 4 PUNTOS PARA LA N.A.A. NO APLICA
INTELIGENCIA
16:00
HRS. CURSO HÍBRIDO PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (NO APLICA) SEMANA COMPLETA POR DÍA ESTUDIANTES 20 PUNTOS PARA LA N.A.A. $535.00 $1070.00 $4,395.00 4 PUNTOS PARA LA N.A.A. NO APLICA BENEFICIOS DE LOS PROGRAMAS DE COMPLIANCE Y SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LOS IMPUESTOS FISCAL LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL COMO HERRAMIENTA APLICADA VIERNES 08 16:00 A 20:00 HRS. CURSO HÍBRIDO PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (NO APLICA) SEMANA COMPLETA POR DÍA ESTUDIANTES 20 PUNTOS PARA LA N.A.A. $535.00 $1070.00 $4,395.00 4 PUNTOS PARA LA N.A.A. NO APLICA TECNOLOGÍA CREACIÓN DE POLÍTICAS DE DESARROLLOS ECONÓMICOS EN LA SEMANA DE LA CONTADURÍA SEMANA DE LA CONTADURÍA SEMANA DE LA CONTADURÍA SEMANA DE LA CONTADURÍA SEMANA DE LA CONTADURÍA A LA SEGURIDAD SOCIAL CIUDAD, CONSTRUIDAS CON EL APOYO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL NORMATIVIDAD CONTABLE
MIÉRCOLES 06
A 20:00

JUEVES 14

DISERTANTE: CARLOS GUTIÉRREZ PÉREZ

PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 12-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

LUNES

TRATAMIENTO FISCAL DE LOS GASTOS DE VIAJE Y VIÁTICOS

DISERTANTE: YADIRA ALBOR VALDÉS

PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO

para el cumplimiento de ÉTICA 2023)

DISERTANTE: JOSÉ MANUEL MIRANDA DE SANTIAGO

DOCTOR EN CIENCIAS JURÍDICAS, MAESTRO EN DERECHO CORPORATIVO, MAESTRO EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO, ESPECIALISTA FISCAL, CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO Y LICENCIADO EN DERECHO

INVERSIÓN CON DESCUENTO

20-SEPTIEMBRE IVA INCLUIDO)

CURSO ZOOM

LICENCIADA EN CONTADURÍA

PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 14-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

CURSO HÍBRIDO

INVERSIÓN SIN DESCUENTO

VIERNES 22 16:00 A 21:00 HRS.

AUDITORÍA INTERNA

DISERTANTE: ROBERTO GONZÁLEZ RAMÍREZ

AUDITORÍA

CURSO EN ZOOM PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 20-SEPTIEMBRE IVA INCLUIDO)

LUNES 25 9:00 A 14:00

DISERTANTE: MIGUEL ÁNGEL DÍAZ PÉREZ HRS.

MAESTRO EN CONTRIBUCIONES FISCALES Y LICENCIADO EN CONTADURÍA

PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO

MAESTRO EN ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS ESPECIALISTA EN DERECHO FISCAL CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO

DE INVERSIÓN CON DESCUENTO

(DESCUENTO

HASTA 27-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

PRECIO DE INVERSIÓN

FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00

HRS.

DISERTANTE: LUIS GUILLERMO DELGADO PEDROZA

FISCAL TÉCNICO FISCAL

CURSO EN ZOOM

5 PUNTOS PARA LA N.A.A.

ESTUDIANTES $200.00 $200.00

PRESENCIAL PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 22-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)

INVERSIÓN SIN DESCUENTO

VIERNES 29 ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00 PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO

EN ZOOM 5 PUNTOS PARA LA N.A.A.

A 14:00 HRS. ESTUDIANTES $200.00 $200.00

Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS INBURSA, S. A. (ASOCIADOS: 50038857014 más referencia (número de asociado), CLABE para transferencias 036180500388570141 / NO

ASOCIADOS: 50038953341, CLABE para transferencias 036180500389533417).

NOTA IMPORTANTE: En el caso de realizar el depósito referenciado en sucursal bancaria, además del dato de su referencia (número de asociado), agregar el dato del número de convenio para depósito referenciado empresarial de AMCP 88800000862-0.

***Favor de enviar copia del comprobante a facturacion2@amcpdf.org.mx* con los siguientes datos: Nombre del participante, Nombre y fecha del curso de interés y Datos de Facturación**

En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas. Programación sujeta a cambios

PAGOS PROVISIONALES PRELLENADOS
09:00
14:00 HRS.
A
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00
ESTUDIANTES $200.00 $200.00
PUNTOS
5
PARA LA N.A.A.
18 09:00 A 14:00 HRS.
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00
DE
ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS PARA LA N.A.A. FISCAL
PROFESIONAL VIERNES 22 09:00 A 14:00 HRS. CURSO ZOOM PRECIO
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00 PRECIO DE INVERSIÓN SIN DESCUENTO ESTUDIANTES $200.00 5 PUNTOS PARA LA N.A.A. (obligatorio
$200.00
PRECIO
ÉTICA
DE
(DESCUENTO HASTA
TRATAMIENTO INTEGRAL DE ARRENDAMIENTO PERSONAS FÍSICAS MARTES 26 09:00 A 14:00
FISCAL ASOCIADO NO
ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00 PRECIO
ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS
CURSO
ASOCIADO Y ASOCIADOS CON
DE
PARA LA N.A.A.
09:00
CURSO
DISERTANTE: JESÚS ZENTENO JUÁREZ PRECIO
ANÁLISIS A LA NIF C-3 “CUENTAS POR COBRAR” Y NIF C-20 “INSTRUMENTOS FINANCIEROS POR COBRAR PRINCIPAL E INTERÉS” FISCAL
MAESTRO EN CONTRIBUCIONES FISCALES, ESPECIALISTA EN IMPUESTOS Y LICENCIADO EN CONTADURÍA CERTIFICADO
CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO
FISCAL ASOCIADO NO ASOCIADO Y ASOCIADOS CON ADEUDOS DE ANUALIDADES PERSONAL DE ASOCIADO $1,337.00 $980.00 $1,475.00 $1,485.00 $1,090.00 $1,634.00
PRECIO DE INVERSIÓN CON DESCUENTO (DESCUENTO HASTA 21-SEPTIEMBRE, IVA INCLUIDO)
FISCAL
EL FIDEICOMISO COMO UNA HERRAMIENTA DE INTEGRACIÓN FISCAL, FINANCIERA Y DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL
ESTUDIANTES $200.00 $200.00 5 PUNTOS
SIN DESCUENTO
PARA LA N.A.A. CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO
NORMATIVIDAD CONTABLE

Calle Esperanza 765, Colonia Narvarte, Benito Juárez, C.P. 03020 México CDMX

www.amcpdf.org.mx

Horario de atención: Lunes A Viernes de 9:00 A 18:00 hrs.

Afiliación:
Conmutador: 55 5636 2370 Académica: 55 8385 6839
55 8385 6560
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Esperanza No. 765, Colonia Narvarte, Del. Benito Juárez, CDMX. C.P. 03020, Teléfono: 55 5636-2370 www.amcpdf.org.mx @AMCPDF @amcpdf @amcpdf AMCPDF AMCPDF 5564363602 AMCPDF

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