Insurgentes Juzgados en León En pleno inicio de la lucha armada, en atención a los achaques del Arzobispo Virrey Francisco Xavier de Lizana, llegó a la Nueva España Francisco Javier Venegas para hacerse cargo del virreinato a partir del 23 de septiembre de 1810. Al día siguiente, pidió un préstamo voluntario patriótico de 20 millones de pesos para ayudar a la guerra que sostenía España contra los franceses. Para suavizar las cosas, en el Palacio de los Virreyes, el 5 de octubre, decretó se liberte de tributo a todos los indios contribuyentes, con expresa prohibición a sus gobernantes indios, caciques y encomenderos, de que se les exija la menor cantidad por razón de tributos. El 12 de noviembre, publicó el primer bando de indulto concedido a los insurgentes, y el 4 de diciembre, pidió se implorara la clemencia de Dios en las iglesias a favor de la nación, y a los países americanos dependientes de España no atendieran las insinuaciones de Napoleón y vivieran unidos a la metrópoli. Mientras, en el campo de batalla, Félix María Calleja del Rey, como Comandante General del Ejército, publicó en Silao el 12 de diciembre de 1810, un bando amenazador: en el pueblo en que se cometa asesinato de soldado de los ejércitos del Rey, de justicia o empleado, de vecino honrado criollo o europeo, se sortearán cuatro de sus habitantes, sin distinción de personas, por cada uno de los asesinados, y sin otra formalidad, serán pasados inmediatamente por las armas aquellos a quienes toque la suerte. Los triunfos alcanzados por los insurgentes, hicieron que el 31 de diciembre el Virrey se dirigiera a los habitantes de la Nueva Galicia para que depusieran las armas y se acogieran al indulto, o serían escarmentados ejemplar y terriblemente. Luego, los invitó a separarse de la sedición. Calleja por su parte, el 26 de enero de 1811, publicó una proclama en Guadalajara, para que abandonen las filas de la insurrección y esperen todo de este gobierno justo y piadoso bajo cuya dirección habéis sido felices trescientos años. Dos meses después, en San Luis Potosí, el 20 de marzo de 1811, publicó las disposiciones dictadas desde el principio de la insurrección, para el arreglo y seguridad de los pueblos y el perdón y castigo de los delincuentes. Por su parte el Virrey, con motivo de la instalación de las Cortes Generales y Extraordinarias, que iban a gobernar en ausencia del Rey Fernando VII, el 5 de abril concedió un nuevo indulto. El 20 de junio, el Virrey proclamó que quedaban comprendidos en el indulto del 21 de noviembre del año anterior, los oficiales del ejército, exceptuando los casos de infidencia. Para el 30 de julio, dictó que quedaban excluidos del indulto los que no se presentasen a gozar oportunamente y mucho menos deben esperarlo los que continúan promoviendo o auxiliando la insurrección por cualesquiera medios. Pasado casi un año, el Virrey decretó el 25 de junio de 1812, sobre la forma de contener y escarmentar a los cabecillas que fomentaban la escandalosa e injusta sublevación del reino, con particularidad a los eclesiásticos que la inflamaran, fomentaran o tomaran partido por ella. Y con motivo de la promulgación de la Constitución Política de la Monarquía Española, el 28 de septiembre, decretó un indulto general para todos los reos militares del ejército, armada y demás personas que gozaban del fuero de guerra e indulto general a favor de los súbditos españoles que se habían hecho reos de delitos. Aboliendo además, el 1° de octubre, la pena de horca, sustituyéndola con la de garrote para los reos que fueran condenados a muerte. 191