Revista Minería Chilena 479

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Opinión

Gentileza Carcelén, Desmadryl, Guzmán y Tapia Abogados

Proyectos y comunidades

¿impuestos como medio para la ansiada retribución local? Por Cristián Ruiz, abogado de Carcelén, Desmadryl, Guzmán y Tapia Abogados

La necesidad de engrosar las arcas fiscales hace que las

negativamente en la imparcialidad de tales organismos,

miradas se dirijan sobre las actividades que se perciben

a quienes les podría asistir un rol en una eventual eva-

como de mejor rendimiento económico, con el objeto

luación ambiental.

de introducir algún ajuste en su carga impositiva. Si adi-

Por tanto, será interesante hacer un seguimiento a las

cionalmente dichas actividades se desarrollan en base

discusiones que busquen destinar parte de la recau-

a la explotación de recursos naturales no renovables,

dación a nivel local, lo cual puede resultar de particular

ese impulso suele ser más intenso y de carácter cíclico.

interés para los propios titulares de proyectos, toda vez

Luego, si el país se ve enfrentado con cierta asiduidad a situaciones de estrés que demandan ingresos frescos, como desastres naturales, y más recientemente una pandemia, también es recurrente que se apunte a la minería como una fuente que permitiría mayor recaudación. En un contexto donde nuevamente estas discusiones están sobre la mesa, como el pro-

que ello podría contribuir a

“Será interesante hacer un seguimiento a las discusiones que busquen destinar parte de la recaudación a nivel local, lo cual puede resultar de particular interés para los propios titulares de proyectos”.

yecto de royalty minero, nos

mejorar su relacionamiento con las comunidades. En alguna medida -aun cuando reducida-, la ley N° 21.210, que “Moderniza la legislación tributaria”, tomó ese camino, estableciendo un fondo de contribución regional de un 1% sobre el valor de adquisición de los bienes físicos del activo inmovilizado de los nuevos proyectos de inversión que excedan de US$ 10

parece de gran relevancia detenernos en algunas voces

millones y que deban pasar por el Sistema de Evaluación

que han propuesto que al menos parte de la recauda-

de Impacto Ambiental.

ción proveniente de actividades que generan impactos

Desde ya es importante advertir que esta clase de

ambientales se destine directamente a las regiones y a

regulación sería solo una pieza dentro de un engranaje

las comunas donde son realizadas.

mucho más extenso y complejo entre los titulares y las

En este escenario, cabe señalar que existen pocos

comunidades, que comprende, entre otras cosas, un

espacios institucionales para que las empresas pue-

relacionamiento efectivo, el traspaso de información

dan beneficiar a las comunidades mediante aportes a

verídica y oportuna, instancias de participación (e inclu-

municipalidades y/o gobiernos regionales, por cuanto

so deliberación), etc.; pero de todas formas estimamos

la Contraloría General de la República -a nuestro juicio

que contribuiría decididamente a acercar a los titulares

con exceso de celo- ha sostenido que ello podría incidir

a obtener la tan ansiada “licencia social”.

www.mch.cl • Mayo 2021 / nº 479

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