Edición #97

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actualidad

EL CROWDFUNDING COMO ALTERNATIVA DISRUPTIVA DE FINANCIAMIENTO Rutilio Antonio Díaz Director General - Law Class Academy

El desafío para el régimen legal salvadoreño, y centroamericano, es facilitar la innovación y modernización de los servicios financieros mediante un desarrollo normativo moderno, a fin de alcanzar la competitividad internacional de su Sistema Financiero sin perder de vista el estatuto del consumidor, las reglas sobre capital y solvencia, la supervisión y regulación financiera, el lavado de dinero y activos

El origen del término crowdfunding es anglosajón y viene de unir crowd (multitud) y funding (financiación). Crowdfunding, financiación colectiva, financiación colaborativa o micromecenazgo son términos que se refieren al fenómeno, relativamente reciente, de personas que se asocian para conseguir dinero u otros recursos para un proyecto o propósito. Este procedimiento es utilizado para impulsar actividades industriales o creativas, campañas políticas, creación de empresas, así como proyectos sociales, culturales o económicos. La denominada economía colaborativa es un nuevo modelo económico basado en comunidades de personas que, organizadas alrededor de plataformas, pueden obtener lo que necesitan las unas de las otras, con o sin intercambio de dinero. Este fenómeno ha hecho surgir un nuevo concepto de USO de los productos y servicios, a partir de la idea de COMPARTIR en lugar de la idea de PROPIEDAD. Empresas como Uber en el transporte y Airbnb en el alojamiento son los claros ejemplos. En el sector de las finanzas ese fenómeno se presenta bajo la figura del Crowdfunding como una alternativa disruptiva de financiamiento al margen de los poderes establecidos por las empresas que dominaban esos mercados.

DERECHO Y NEGOCIOS /24

Están naciendo plataformas a través de las Fintech que permiten que las personas y los grupos se asocien para alcanzar sus objetivos desde el punto de vista financiero, sin intermediarios bancarios. TIPOS DE CROWDFUNDING: Desde el punto de vista de los objetivos y las prestaciones se advierten los siguientes: a) Recompensas. Se espera obtener algún beneficio en forma de regalo, participaciones o suscripciones. Son consideradas como una preventa (anticipo de dinero a cambio de una recompensa). b) Donaciones. No se espera nada a cambio, es un acto totalmente altruista, se asimilan a las donaciones a ONG. c) Equity crowdfunding. Aquí se invierte a cambio de una participación en el capital de una sociedad y, si esta llega a producir beneficios en el futuro, se recibirá una parte de los mismos y una posible plusvalía por la posterior venta de la participación. d) Crowdlending. en el cual los inversores se convierten en prestamistas a pequeña escala y reciben a cambio de su dinero un interés pactado con anterioridad.


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