De gentilicios Y ETNÓNIMOS Andrés Ortiz Garay*
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Abordar el tema de los nombres con los que conocemos a los grupos
indígenas de nuestro país podría ocupar un número completo de Correo del Maestro o más si le dedicáramos tan sólo una página de la revista a cada una de las 68 entidades que el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas reconocen como pueblos originarios de México. Sin duda, este número se incrementaría bastante si incluyésemos las variantes que en los ámbitos regional o local se da a los hablantes de lenguas indígenas.1 Por eso, en vez de dedicar este artículo a una revisión de cada nombre –que forzosamente resultaría incompleta–, efectuaré una somera revisión de ciertos temas que nos acercan a la definición de la calidad lingüística de este tipo de nombres.
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sí, lo primero sería intentar la complicada definición de lo que es un gentilicio y, más precisamente, dentro de esta clase de palabras, lo que es un etnónimo. Comentaré también, de manera breve, que más allá de la calidad estrictamente gramatical de gentilicios y etnónimos, los vocablos que asumen esta función encuen-
tran un reacomodo semántico al formar parte de un discurso que se conforma social, histórica y políticamente. En otro espacio, por publicar en el futuro, abordaré los problemas asociados a las posibilidades y conveniencias de lograr un cambio en la manera de nombrar a los grupos indígenas de nuestro país.
* Antropólogo. Ha laborado en el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional Indigenista y el Instituto Nacional de Ecología. Para Correo del Maestro escribió las series “El fluir de la historia”, “Batallas históricas”, “Palabras, libros, historias” y “Áreas naturales protegidas de México”. 1 Mantengamos en mente dos cuestiones: una es que, en realidad, no hay en la práctica un reconocimiento operante en el ámbito oficial de la definición de grupo étnico (o sus variantes, como grupo indígena, pueblo originario, etnia, etc.) ni de las lenguas indígenas que ahora tienen el estatus de nacionales, aunque indudablemente sí exista una tendencia por parte de al-
gunas instancias gubernamentales o de la sociedad civil, así como de los miembros de los propios grupos así llamados, para lograr ese reconocimiento; la segunda es que el hecho de hablar una de las lenguas consideradas como indígenas no equivale de modo automático a la identificación del hablante como miembro de alguno de los pueblos o etnias originales, pues hay otros criterios que operan para la adscripción de un individuo o hasta una comunidad en la categoría de miembro de un grupo indígena. Sin embargo, para efectos de lo que aquí trataremos, podemos equiparar, así sea grosso modo, los nombres de las agrupaciones étnicas con los que se dan también a sus lenguas.
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correo del maestro
núm. 298 marzo 2021
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