Abogado Digital

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CARTA DEL DIRECTOR EDITORIAL Marco V. Herrera | Director Editorial marco.herrera@forojuridico.org.mx

“LAS COSAS NO CAMBIAN; CAMBIAMOS NOSOTROS” HENRY DAVID THOREAU

I

nicia el 2020 y la profesión de abogado enfrenta un gran reto: los cambios digitales que genera la Cuarta Revolución Industrial que está cambiando todas las interacciones humanas, en donde hoy la digitalización y la tecnología llevan la delantera y como se ha visto en toda la historia del mundo, el humano ha tenido que adaptarse a los cambios tecnológicos.

Estos cambios obligan a que los servicios legales hoy se tengan que adaptar y enfrentar a las nuevas necesidades de los individuos, las empresas, las nuevas regulaciones, los nuevos productos y los nuevos servicios que hoy demanda la sociedad en su conjunto, es decir, enfrentamos a la tecnología que apoya a las leyes, pero también enfrentamos leyes que apoyan a la tecnología. En cualquiera de los dos casos, el Derecho no cambia, sólo se adapta, y lo que debe de cambiar son las habilidades de los humanos en su desempeño profesional, el gran reto es ser mejores abogados digitales. Es por eso que en nuestra primera edición del año les traemos información y entrevistas de un par de Congresos llevados a cabo a finales del 2019 en el viejo continente, específicamente en España y Alemania, en dónde se conjuntaron abogados digitales e innovadores de toda Europa para discutir sobre innovación, digitalización del abogado y las nuevas herramientas tecnológicas que están

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automatizando las labores y los procesos repetitivos de los servicios legales; además de las nuevas habilidades que los abogados tienen que adquirir para enfrentar estos nuevos retos. El nuevo año también nos recibe con dos nuevos nombramientos que son muy significativos para las abogadas en México y que apoyan a la equidad de género en el mundo jurídico nacional, por una parte tenemos a la nueva Ministra de la Suprema Corte de Justicia, Margarita Ríos-Farjat, por el otro, a la titular de la nueva Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la Licenciada Ernestina Godoy, ambas incluidas en nuestra lista de Las Abogadas más Influyentes en México 2019. Desde la Revista Foro Jurídico les deseamos el mayor de los éxitos en el desempeño de sus nuevos cargos. Y como todos los meses, nuestros especialistas analizan los temas de coyuntura, en esta edición podrán encontrar en nuestra sección especializada temas como el tratamiento y derechos sobre el medio ambiente, asuntos laborales e importaciones de riesgos sanitarios. Les deseamos a todos nuestros lectores que este 2020 les traiga salud y éxito, e iniciamos una nueva etapa en la cual estaremos trabajando para apoyar a la industria legal y jurídica en su transformación para enfrentar los retos digitales.


Visita nuestro portal de noticias www.forojuridico.mx en donde encontrarás, noticias diarias, columnas de los especialistas y una sección multimedia con reportajes y cápsulas en video.

Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Marco V. Herrera Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dr. Ricardo Franco Guzmán Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera Editor editorial@forojuridico.org.mx Diseño Editorial Mónica Salazar | diseno@forojuridico.org.mx Coordinación de Información Brenda Amaro | informacion@forojuridico.org.mx Corrección de Estilo Jorge Pérez | jrgforojuridico@gmail.com

Coordinación de Distribución Antonio Estevez Celestino

Fotografía Agencia Cuartoscuro

Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183, transformado al número ean–13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título núm. 13058, expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Platón 429, Colonia Palmitas, CDMX, Tel 84359950. Impresión: Servicios Profesionales de Impresión S.A. de C.V. Mimosas #31, Colonia Santa María Insurgentes, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06430,CDMX.

forojuridico.mx PLATAFORMA MULTIMEDIA DEL ÁMBITO JURÍDICO-POLÍTICO EN ESPAÑOL Noticias | Programa de Radio | Revista | Multimedia

Distribución: Platón 429, Colonia Palmitas. INTERMEX. Foro Jurídico No. 196 enero 2020.

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Contenido ENERO 2020

¿CÓMO SER UN ABOGADO DIGITAL

¿

EN PORTADA

6 8 10

EDITORIAL Va en Serio la Transformación del Poder Judicial Federal

Nombra el senado a Margarita Ríos-Farjat Ministra de la Suprema Corte de Justicia

NOTICIAS ABOGADO DIGITAL El abogado digital ejerce el derecho en las dos realidades imperantes en las que actualmentenos manejamos

Godoy Ramos: 24 Ernestina Primera Fiscal General

FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL La propia imagen en la era digital

26 Cambio en la directiva de la ANMJ

LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL La insoportable mirada frente al espejo

30 Una Justicia Efectiva

Brenda Rangel González

16

20

Lo destacado del mes

Mauricio M. Ocampo Villaseñor

14

de la Ciudad de México

del Poder Judicial de la Federación

y Restaurativa: Dra. Estela Fuentes Jiménez

Jesús Antonio Aquino Rubio

18

34

MIRADOR FISCAL Puntos jurídicos clave de la Reforma fiscal 2020 Juan de la Cruz Higuera Arias

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32

Hay muchísimo que cambiar en la cultura de las organizaciones para hacer del compliance una inversión: Elena Robles Sahagún


EN LA OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

49

Sergio Ricardo Hernández Ordoñez

52

Francisco J. Gutiérrez S

54

Gabriela Hernández Islas

58

Hacia un nuevo régimen en la CONVEMAR

Nuevas reformas laborales y de seguridad social aplicables a personas trabajadoras del hogar

La visión antropocéntrica. Protección y derechos del medio ambiente

Armando Melgoza Rivera

Permisos de importacion emitidos por cofepris. Consecuencias del cambio de fracción arancelaria

62

Daniel de la Parra Huerta

66

Jorge Armando

PLD. Programa de auto regularización origen y consecuencias

Talavera Gutierrez

Claves de la Reforma Laboral

EVENTOS

70

Entrega la ANDD reconocimiento al Mgdo. Plácido Humberto Morales

72

Inaugura la ANADE su XLVIII Convención Nacional en Monterrey La transformación digital no se trata de tecnología sino de visión y liderazgo: Janet Huerta

74 76

CADALSOS

78

LOS LIBROS RECOMENDADOS para nuestros abogados

80 MARCO DEL PODER

Anticorrupción y Compliance para el Futuro Marco V. Herrera


EDITORIAL

Va en Serio la Transformación del Poder Judicial Federal

E

n su primer informe de labores, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, fue claro y contundente al indicar que está trabajando en una reforma integral de la Judicatura que presentará en breve, con la que pretende transformar a ese poder que se encuentra anquilosado, dijo, con un grave incremento de los niveles de corrupción, en el que se ha arraigado un nocivo corporativismo judicial, lo que ha impedido un acceso efectivo a la justicia. Arturo Zaldívar –primer presidente de la Corte que desde la reforma de 1994 no proviene de la carrera judicial–, criticó severamente a algunos de sus predecesores afirmando que la corrupción judicial genera desigualdad, impunidad y perpetúa el círculo vicioso del crimen y la violencia, advirtiendo que la corrupción judicial es un flagelo que debilita a todas las instituciones públicas, porque erosiona la confianza en el sistema mismo. Si el Poder Judicial Federal es percibido como corrupto,

insistió, se pone en entredicho la capacidad misma del Estado.

para a obtener beneficios de las partes en juicio.

Frente al Presidente López Obrador –quien se mostro satisfecho con el tono y contenido del informe, incluso se quedó a comer con los ministros después del informe–, enfatizó Arturo Zaldívar que se deben cerrar brechas del deber ser de la justicia y la que se imparte realmente, afirmando que no es posible juzgar desde una perspectiva de privilegio y que es necesario rendir cuentas a la sociedad.

Un juez de Distrito fue destituido por corrupción y dos magistrados de circuito por graves irregularidades en sus declaraciones patrimoniales.

Explicó que la profunda autorreforma del Poder Judicial ya está en marcha y que se basa en cinco ejes: el combate a la corrupción, la erradicación del nepotismo, la paridad de género, la cercanía con los ciudadanos y la austeridad, asegurando que ya están limpiando la casa con una política de cero tolerancia a la corrupción y que en este año se han destituido e inhabilitado a 16 servidores públicos del pjf por irregularidades patrimoniales, nepotismo en nombramientos o por incurrir en una actuación tendiente a engañar a otras autoridades

Uno más de Jalisco, recientemente fue detenido y se encuentra vinculado a proceso por el delito de lavado de dinero, y, según ha trascendido, un buen número de juzgadores son actualmente investigados. En lo que respecta a las negativas prácticas de nepotismo, con el fin de combatirlo y erradicarlo a la fecha se han cambiado de adscripción a 569 funcionarios judiciales, de los cuales 98 son jueces o magistrados. Se espera que la reforma contemple un nuevo método de selección de Ministros y Consejeros de la Judicatura que deje atrás el actual modelo de designarlos en donde el partido en el poder o el Presidente de la República en turno los nombra a modo. Lo que sin duda cambiará serán los procedimientos de selección, adscripción y ratificación de los juzgadores federales.


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LO DESTACADO DEL MES

EN NUESTRO PORTAL DE NOTICIAS

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1

5

DICIEMBRE

DICIEMBRE

DICIEMBRE

INFORME DE AMLO A UN AÑO DE ASUMIR LA PRESIDENCIA

CDMX APROBÓ LA LEY OLIMPIA

En el Zócalo de la Ciudad de México, el presidente Andrés Manuel López Obrador rindió un informe más de su primer año de gestión —con alrededor de 140 mil personas presentes— en el que destacó el cumplimiento de 89 compromisos de 100, así como las reformas constitucionales con las que se sientan las bases de la transformación de la vida política del país.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó la ley que sanciona la violencia digital conocida como “Ley Olimpia” y contempla de 4 a 6 años de prisión a quien grabe, filme, tome fotos o audio de índole sexual y los comparta sin consentimiento de la otra persona.

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NÉSTOR VARGAS ASUME EL CONSEJO JURÍDICO DE LA CDMX Rosa Icela Rodríguez, secretaria de Gobierno de la CDMX, anunció que Néstor Vargas Solano, quien era asesor en la Jefatura de Gobierno, será el nuevo titular de la consejería, luego de que Héctor Villegas Sandoval presentara su renuncia a la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum.

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10

DICIEMBRE

DICIEMBRE

DICIEMBRE

DICIEMBRE

DETIENEN A GENARO GARCÍA LUNA, EXSECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

MARA GÓMEZ PÉREZ, NUEVA TITULAR DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS

NOMBRAN A ERNESTINA GODOY COMO FISCAL GENERAL DE JUSTICIA EN LA CDMX

ESTADOS UNIDOS, MÉXICO Y CANADÁ FIRMAN LA VERSIÓN FINAL DEL TMEC

El Pleno del Senado de la República designó a Mara Gómez Pérez, como titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas por un período de cinco años sin posibilidad de reelección. En votación por cédula, Gómez Pérez obtuvo 74 votos a favor, de un total de 109, con lo que cumplió el requisito de mayoría calificada de los legisladores presentes como lo establece la ley.

El pleno del Congreso de la Ciudad de México nombró a Ernestina Godoy Ramos como titular de la recién creada Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. La funcionaria tendrá cumplirá con este cargo por los próximos cuatro años a partir del 10 de enero de 2020.

Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública en la administración de Felipe Calderón Hinojosa, fue arrestado en Estados Unidos acusado de nexos con el narcotráfico. García Luna fue detenido en Dallas, Texas, y se le imputa por falsear declaraciones y conspirar para traficar cocaína.

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El pacto comercial entre Estados Unidos, México y Canadá está sellado. Los gobiernos de los tres países han firmado en la Ciudad de México las últimas modificaciones al tratado de libre comercio del que depende la estabilidad económica de la región norteamericana.


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ABOGADO DIGITAL

EL ABOGADO DIGITAL EJERCE EL DERECHO EN LAS DOS REALIDADES IMPERANTES EN LAS QUE ACTUALMENTE NOS MANEJAMOS Entrevista con Mauricio M. Ocampo Villaseñor www.technolawgeek.com www.facebook.com/technolawgeek/ www.linkedin.com/company/techno-law-geek

Mauricio M. Ocampo Villaseñor es Licenciado en Derecho por la Universidad Panamericana, con Especialidad en Derecho Fiscal y Maestría en Derecho Corporativo. Ha estado al frente de las áreas legales de cumplimiento y relaciones con gobierno de diversas empresas transnacionales en el ramo de seguridad, financiero, alimentos, automotriz, comercio electrónico y bancario. Se ha desempeñado como Consultor de diversas instituciones financieras y ha sido colaborador especializado en temas financieros en tres de los despachos más importantes de México, Chévez, Ruiz Zamarripa y Cía; Romo Paillés; y Bello, Gallardo, Bonequi y García. Fue Director Jurídico de Mercado Libre. Es Socio Fundador del Legal Hub denominado Techno Law Geek, dedicado a temas de tecnología, corporativos y transaccionales, siendo Fintech el área de enfoque principal. 10 | Foro Jurídico

Por: Equipo Editorial

¿DESDE SU ÓPTICA CÓMO HA MODIFICADO LA TECNOLOGÍA A LA PRÁCTICA DE LOS ABOGADOS? Definitivamente de forma colosal, ya que el criterio jurídico se amplía a materias y escenarios que hasta hace poco eran impensables. Como analogía, con el abogado digital está sucediendo algo muy similar a lo que la humanidad vivió cuando se creó internet debido a que literalmente se abrió el mundo y quedó al alcance de unos cuantos tecleos. A partir de ese momento, las fronteras se difuminaron y el mundo se convirtió en el mercado potencial y las personas comenzamos a tener la habilidad de consultar cualquier tipo de información, incluso hasta la más “oscura”, sin importar el lugar de origen. Algo muy parecido pasa con el abogado de frente a la tecnología, ya que los ideales de justicia, equidad e incluso nuevas formas de delinquir, tienen una metamorfosis al crear un nuevo mundo, llamado ciberespacio, el cual nos obliga


a pensar, enseñar, aprender y aplicar, de forma muy diferente las reglas del Derecho. Uno de los aspectos que hacen a un abogado un buen asesor es la psicología que podamos inferir del de enfrente, cómo piensa y va a decidir, ya sea con clientes o delincuentes, para tener la facultad de adelantarnos a la solución o al posible riesgo en las operaciones, por lo que al tener ahora un ciberespacio que atender, esto nos obliga a transformar el mazo y la toga, por códigos de programación e identidades digitales, los cuales requieren una forma menos rígida de aplicar las normas jurídicas, ya que, en muchos escenarios, los abogados no sólo estamos practicando el Derecho, sino que lo estamos creando, debido a las grandes lagunas que existen entre las normas y la realidad, que requiere ser atendida legalmente, para permitir relaciones equitativas. Otro de los grandes aspectos que están cambiando son los medios de solución de controversias, así como las maneras de darle seguridad a los actos, ya que con tecnologías como blockchain, la fe está transformándose

“El ciberespacio obliga al abogado a transformar el mazo y la toga por códigos de programación e identidades digitales, los cuales requieren una forma menos rígida de aplicar las normas jurídicas.”

en certeza y los juicios en medios amigables de solución, donde puede participar una comunidad y ésta misma resuelve qué es lo más sano y conveniente para dirimir un conflicto sin necesidad de imposiciones o plazos amplios para llegar a un punto de encuentro entre las partes. Si queremos seguir siendo representantes de la justicia, la apertura a nuevas disciplinas, pensamientos y prácticas, son indispensables para formar un criterio jurídico que permita convertirnos en verdaderos socios de negocio, ya que afortunadamente la figura del abogado sigue siendo indispensable en cualquier negocio y la demanda es alta para los mercados e industrias de la tecnología.

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ABOGADO DIGITAL “Ser asesor legal conlleva conocer a fondo los negocios o escenarios donde tenemos que aplicar nuestro criterio y al estar frente a la apertura de datos de la banca, códigos y ante economías compartidas, las materias y herramientas que debemos conocer y estudiar se potencializan, y nos volvemos en reales asesores del negocio.”

¿CÓMO SERÁ LA PRÁCTICA PROFESIONAL DE LOS ABOGADOS EN EL FUTURO CERCANO?, ¿EN QUÉ VA A CAMBIAR?

puntual y con las alternativas que naturalmente deben existir. Si bien la figura del abogado se ha relacionado con el conflicto, la tecnología nos da la oportunidad de cambiar y adecuar esa percepción, para volvernos auténticos socios de los negocios, sugiriendo y exponiendo nuevas maneras de resolver los posibles riesgos y facilitando la creatividad e innovación, que son ingredientes primordiales de esta era digital. Actualmente ya comenzamos a ver abogados cuyas formas de vender, vestir y exponer, han cambiado con esta ola digital. Afortunadamente entendimos que justificar honorarios o conocimientos con conceptos elevados y lenguaje complicado, frente a las nuevas formas tan rápidas y cambiantes de hacer negocios, nos iba a mandar a la banca.

El mañana de la industria legal y del abogado se ve muy retador y enriquecedor, principalmente porque ser asesor legal conlleva conocer a fondo los negocios o escenarios donde tenemos que aplicar nuestro criterio y al estar frente a la apertura de datos, de la banca, códigos y ante economías compartidas, las materias y herramientas que debemos conocer y estudiar, se potencializan, y nos volvemos en reales asesores del negocio, porque ¿quién mejor que el abogado conoce las fortalezas y debilidades de los negocios o de las personas que asesora?

En muchos campos ahora es la persona la responsable del uso y manejo de su información, por lo tanto, ya no es tan fácil culpar o voltear a ver a las empresas o gobiernos como responsables de nuestra seguridad, así que en ese sentido nos estamos convirtiendo en guías y educadores de la importancia de cuidar nuestro actuar y responsabilizarnos de su mal manejo. En este sentido, más que figuras que salen a apagar incendios estamos dando un giro sin perder las habilidades de defender las causas, debido a que entendemos la importancia de concientizar y prevenir, más allá de defender y pelear.

Debemos seguir con el camino de la multidisciplina y más que conocer de todo, también hay que pensar de manera divergente, para poder resolver los casos específicos de forma

Algunos hemos cambiado los brazos cruzados por sonrisas y abrazos, y los términos elevados por simplicidad y transparencia en nuestra comunicación. Estamos cuidando mucho la

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filosofía que queremos que nos rija y deseamos ser figuras de cambio, que las nuevas generaciones puedan encontrar inspiración en nosotros, debido a que el Derecho sigue siendo un pilar y fuente de valores que rigen a nuestra sociedad. ¿PARA USTED QUÉ SIGNIFICA EL CONCEPTO DE ABOGADO DIGITAL? Lo defino como el especialista que está enfocado en entender y conocer la manera de ejercer el Derecho en las dos realidades imperantes en las que actualmente nos manejamos, la que podemos constatar a través de nuestros sentidos y la que creamos y vivimos en el ciberespacio, y que en muchas ocasiones es una extensión de la primera, sólo que creemos o sentimos que al tener un dispositivo de por medio, podemos modificar o ir más allá de lo que lo hacemos en nuestra realidad personal, lo cual es un error de percepción, ya que hay más trazabilidad en los medios digitales que en la realidad física. Pero ojo, el concepto de abogado digital comenzará a desparecer en breve, así como está sucediendo con el término de “nuevas” tecnologías, que de nuevas ya no tienen nada, ya que hay algunas que llevan más de 10 o 15 años en nuestra sociedad, así considero que el término “digital” comenzará a fusionarse con la profesión del abogado, ya que la mayoría de nuestra práctica será a través de medios digitales, o bien los tendrá como objeto principal de estudio, ya que hoy en día la población pasa más tiempo conectado que viviendo los fenómenos naturales de la realidad, por lo que teniendo de frente la realidad virtual y aumentada, muchos de los


conflictos y estrategias legales deberán tener como base principal la parte digital.

influencia en la sociedad y existen pocos abogados dedicados a estos temas.

Estamos en la coyuntura en la cual nos estamos dando cuenta de la manera en que podemos vivir diferentes escenarios sin salir de casa, ya que cuando te pones unos lentes de realidad virtual, a nivel mental estás realmente viviendo esos hechos, ya que el cerebro no distingue lo real de lo digital, por lo que los abogados tendremos que comenzar a resolver las necesidades de equidad, justicia y satisfacción que se busquen y soliciten en estas realidades alternas, ya que serán servicios por los cuales se pague y se quiere tener protección y derechos que garanticen la seguridad durante la navegación. Como mejor ejemplo estamos viendo el incremento exponencial de los e-sports y su

¿QUÉ TIENEN QUE HACER LOS ABOGADOS ACTUALES PARA CONVERTIRSE EN ABOGADOS DIGITALES? Considero que en general los asesores legales de las diversas ramas del Derecho deben comenzar a considerar como sujetos de Derecho a entes distintos a las personas, ya que por mucho tiempo hemos estado concentrados en las personas y en la realidad física como campo de acción, lo cual, como platicamos anteriormente, debe cambiar, ya que los campos de práctica y batalla ahora se amplían, así como los sujetos de derechos.

“El término ‘digital’ comenzará a fusionarse con la profesión del abogado, ya que la mayoría de nuestra práctica será a través de medios digitales, o bien los tendrá como objeto principal de estudio.”

Hasta hace poco se hacía una ficción legal para considerar a las personas morales como sujetos de derechos, pero siempre teniendo como representantes a una persona; ahora las máquinas inteligentes realizan actos jurídicos y provocan consecuencias de derechos, tal es el caso de diversas obras musicales y de arte, que han sido hechas por robots y que de alguna manera han generado un derecho de propiedad intelectual o de autor.

Si tomamos el término de hackear como aquella actividad que tiene como finalidad detectar las vulnerabilidades de un sistema, considero que los abogados debemos hackear nuestros

sistemas legales, para eliminar las piezas oxidadas y reconfigurarlas, a manera de que estén a la altura de los nuevos mercados e industrias que demandan nuestros servicios.

Con base en esto, el abogado de la nueva escuela debe darse permiso de convivir más con personas de otras profesiones, disciplinas e ideologías, con el fin de permitir construir un criterio jurídico divergente, que facilite la creatividad y la innovación en las soluciones y estrategias legales que deba aplicar.

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FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

LA PROPIA IMAGEN EN LA ERA DIGITAL

E Mtra. Brenda Rangel González brendarangelgonzalez@gmail.com @rangel_brenda @brendarangelg

La era digital representa desafíos para la protección a la propia imagen por su amplia difusión y celeridad en compartir material gráfico. Su protección no es incompatible con la tecnología.

n la actualidad, la facilidad que nos brindan los dispositivos móviles y las redes sociales para captar, reproducir y difundir material gráfico ha generado constantes cuestionamientos respecto a la protección de la imagen. La falta de regulación es evidencia de que estamos ante una situación nunca antes vivida y que los avances tecnológicos superaron cualquier previsión normativa al respecto. La propia imagen es un atributo intrínseco a la persona: nuestro rostro y rasgos físicos nos hacen únicos, identificables y diferentes a otros. Este atributo puede ser cedido para determinados fines, sin embargo no es renunciable. El valor comercial y moral de la imagen –para fines publicitarios, electorales o el escarmiento público– puede vulnerar al individuo en distintos ámbitos de su vida. Por tanto, existen diversos mecanismos para hacer valer su protección, sin que esto modifique su naturaleza como una manifestación de la personalidad. En este sentido, el derecho a la propia imagen es definido como la capacidad que tiene toda persona para disponer de la representación gráfica de su físico, nombre, voz o

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silueta. Asimismo, se refiere a la posibilidad de impedir que un tercero no autorizado obtenga, reproduzca o publique su imagen, salvaguardando con ello un ámbito personal y reservado ante injerencias ajenas. Ahora bien, el derecho a la propia imagen no debe ser confundido o equiparado con el derecho a la imagen. El primero corresponde a la representación de un individuo a través de material gráfico que no requiere de la mediación intelectual. El segundo tiene una cobertura más amplia como el retrato literario o la imagen de animales para evitar su explotación comercial. En la era digital, la propia imagen está sujeta a mayores riesgos a los que en su momento representaron los medios de comunicación convencionales, debido a la celeridad y amplitud de su difusión. Las redes sociales nos empoderan, pero también nos permiten guardar anonimato. La transgresión a la propia imagen puede realizarse de manera silenciosa y aparentemente sin consecuencias, pues quienes interactúan en redes son vistos como “usuarios” y no como verdaderos titulares de derechos dentro de la comunidad digital. Esta noción de lo artificial ha creado la falsa percepción de


que en redes se puede actuar sin limitaciones. Aunado a ello, erróneamente se piensa que la propia imagen pertenece a quien captura el material gráfico, desconociendo al titular del derecho. Asimismo, la vulneración a la propia imagen no es exclusiva de la interacción entre internautas, también las plataformas digitales en sus términos y condiciones solicitan la renuncia a los derechos de la imagen personal sin importar si esto es siquiera posible. El verdadero valor de la propia imagen no se encuentra en su ámbito comercial, sino en el derecho que el titular tiene para decidir cómo su representación gráfica es captada, reproducida o publicada. A pesar de que este atributo no está reconocido

“A partir de la liberación de la plataforma electrónica Marca en Línea por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el proceso de registro de una marca en México rompió paradigmas. Con ello, la legislación tuvo que ser actualizada y mejorada, adecuándose a las necesidades tecnológicas de nuestro país.”

expresamente en la Constitución Federal ni en los tratados internacionales, la doctrina lo desarrolló, dotó de contenido y ha seguido su evolución a través de criterios judiciales. Así, es posible afirmar que la imagen personal merece protección pues es una manifestación de la personalidad que es inherente a toda persona. Nuestra imagen es más que el material gráfico visualizado en un periódico, revista, televisión o teléfono inteligente, es un derecho que nos garantiza un ámbito reservado que no puede ser apropiado o explotado por terceros sin nuestro consentimiento.

de usuarios y desarrolladores de plataformas. El respeto a los derechos que interactúan en la red no es incompatible con los avances tecnológicos. Los esfuerzos de las comunidades virtuales pueden tener mayores alcances que los individuales en el mundo real. Evitar captar o difundir imágenes personales sin el consentimiento de su titular son avances en el reconocimiento del derecho a la propia imagen. Antes de “compartir” cuestionemos el alcance de nuestra publicación, ¿somos titulares de la imagen?

La consolidación y protección de la propia imagen en la era digital requiere del compromiso

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LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL

LA INSOPORTABLE MIRADA FRENTE AL ESPEJO

L Lic. Jesús Antonio Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko@gmail.com @kikotimemachine Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko Maquina del Tiempo Kiko

Hemos llegado al año 2020, han transcurrido cuatro lustros del arribo al famoso “año 2000”, marcado en el imaginario colectivo como la fecha indefectible a partir de la cual podríamos comunicarnos con la mente, volar individualmente, y sanar toda enfermedad.

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a realidad de las cosas es que, esa visión futurista ha quedado en el olvido, y si bien es cierto que tenemos impresionantes avances tecnológicos, de aplicación real y tangible en innumerables campos de la vida, la esencia del ser humano no deja de ser inmutable. Hubo una época en la que como especie afirmábamos ser el centro del universo, y que la tierra era plana. Con los años, y con mucho dolor para reconocerlo, terminamos aceptando que el Sol era el centro de nuestro sistema solar, que la tierra nunca fue plana, más bien redonda, y que con base en un simple principio matemático sustentado en probabilidad, el ser humano no es el centro de la vida, ni de la existencia y seguramente no está solo como forma de vida en el espacio. Hubo un tiempo en que pensábamos que fumar era saludable, de buena costumbre y socialmente aceptado, pero con los años sabemos que es la peor forma de lastimar tu salud, tus pulmones, e invita a detonar el cáncer de cualquier forma en tu organismo. En alguna época nos vendieron la idea de que ser

feliz y moderno era comer hamburguesas, con refrescos de cola y papas fritas, o comer pollo empanizado era el inicio de un buen día, o que satisfacer las necesidades alimenticias recortando tiempo a las comidas y agregándoselo al trabajo se solucionaba con una visita en auto a algún restaurante de comida rápida y comer mientras manejabas a tu destino. Con el paso de los años hemos caído de la nube, con una epidemia de obesidad que nos coloca en un lamentable primer lugar en diabetes infantil y de adultos, y con un grave problema de salud pública en hipertensión y enfermedades cardiovasculares. Hemos jugado al aprendiz con los principios básicos en nuestra forma de vida y hemos pagado caro los errores. Demasiados años y padecimientos para llegar al mismo punto al que ya habían llegado los griegos hace 2400 años: “que la comida sea tu alimento, y el alimento tu medicina”. Perdón Hipócrates por no saber escucharte en todos estos años. Dejando de lado el análisis centrado en el individuo, en lo interior y biológico, y colocando


la vista en lo social, estamos en una nueva crisis: aquella donde el ser humano está aprendiendo a prescindir de sí mismo para sustituir su desenvolvimiento social con un nuevo tipo de interacción virtual. Los jóvenes ya no se reúnen en el parque o los espacios públicos para convivir, ahora lo hacen desde una consola de videojuegos, a través del internet, en espacios virtuales como Fortnite o Roblox, donde utilizan identidades creadas por computadoras, pueden incluso tener una vida “paralela” a la real. Las consecuencias de ello pasarán su factura muy pronto. El nuevo deporte nacional es quejarnos de todo, y utilizamos una herramienta superpoderosa desarrollada desde lo mejor de la tecnología, y gracias al uso de celulares inteligentes, producto de nuestra generación: las redes sociales. Posteamos fotos del bache en la calle, del cable caído, del choque que obstaculiza el tráfico y nos demora en nuestro trayecto a nuestro destino, del vecino que no ha recogido su correspondencia desde hace una semana de la puerta de su casa, y obviamente nos indignamos de todo, y así lo expresamos en Twitter, Facebook, Instagram, o bendita sea la red social de su preferencia. Lamentablemente, ese increíble poder colocado en la mano de cualquier persona no lo hemos utilizado correctamente, pareciera que hemos perdido el sentido humano para visualizar las cosas. Hemos dejado de entender que detrás de la foto del choque posiblemente hay personas heridas y la correspondencia del vecino

“Estamos en una nueva crisis: aquella donde el ser humano está aprendiendo a prescindir de sí mismo para sustituir su desenvolvimiento social con un nuevo tipo de interacción virtual.”

¿sería señal que algo le ha pasado y no ha vuelto a su hogar? Vivimos en un mundo vertiginoso, donde queremos ganar a como dé lugar. Hemos convertido la sociedad en una jungla de cemento y pasiones. Hemos perdido la humildad, la comprensión, la empatía, hemos decidido abreviar las cosas: todo para mí y que se acabe el mundo. La noticia es que el mundo sí se está acabando, nosotros lo estamos acabando, nuestras prácticas, nuestras costumbres, y vivir quejándose de todo no ayuda en nada. Hagamos un trato: Por cada queja que tenga usted, le pido la acompañe de una propuesta de solución. Y si usted puede ser el primer paso en esa solución, ¡por favor no se detenga! Hace falta gente involucrada, comprometida, decidida a cambiar positivamente su entorno para convertirlo en algo mejor, pero cuando es evidente que el camino no es fácil, nos rendimos al placer instantáneo de postear la queja, oprimir “enviar” y dejar que el mundo cambie solito. Lamento decirle que esa es otra idea equivocada de nuestros tiempos. Su queja en internet no cambiará al mundo.

ambiente y con la naturaleza. Ya no es sólo la riqueza por la riqueza, sino combinar su generación con beneficios en todos los aspectos donde la empresa impacta. Somos geniales para quejarnos, muy malos para proponer soluciones, y pésimos para empujar la rueda del cambio. Y es esa insoportable mirada frente al espejo la que, sin verdades a medias, nos grita que tenemos que cambiar, empezar a agradecer por lo que tenemos y sinceramente velar por ayudar de alguna manera, la que sea, a quienes no son tan afortunados como nosotros. Quizás así generariamos una cascada de bendiciones que resultaría en un mejor lugar para todos. Les deso un feliz año nuevo, y que en su corazón surja ese nuevo ciudadano critico, propositivo y detonante de circulos virtuosos que tanta falta nos está haciendo ahora mismo.

En realidad es hora de empezar a cambiar nosotros. Empresas comprometidas con el medio

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MIRADOR FISCAL

PUNTOS JURÍDICOS CLAVE DE LA REFORMA FISCAL 2020

R Lic. Juan de la Cruz Higuera Arias Socio Director de JCH Abogados info@jch-abogados.com

El Congreso de la Unión aprobó, en línea con las tendencias internacionales, cambios fiscales al Código Fiscal de la Federación de singular relevancia.

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egla general antiabuso: se establece la facultad para el Servicio de Administración Tributaria (sat) de desconocer o recaracterizar los actos jurídicos u operaciones que realicen los contribuyentes cuando carezcan de razón de negocios y generen un beneficio fiscal. Lo anterior con el fin de que sus efectos fiscales correspondan con los que se habrían realizado para la obtención del beneficio económico razonablemente esperado. Esta presunción sólo podrá aplicar previo ejercicio de facultades de comprobación, con base en hechos y circunstancias del contribuyente, respetando su garantía de audiencia y previa opinión del órgano colegiado establecido para ese efecto.

su domicilio, expedir o dar efectos fiscales a cfdi’s de operaciones inexistentes, no coincidencia de datos de declaraciones con los que se contienen en los cfdi’s emitidos o en la base de datos de la autoridad fiscal y cualesquiera de los numerosos supuestos de infracción que se contienen en el Código Fiscal de la Federación (cff) en materia de omisión e incumplimiento de declaraciones, pagos, avisos y otros. Derivado de lo anterior, se establecerá un procedimiento de aclaración para que, en tanto se resuelva, se reestablezca el uso del certificado al siguiente día de la presentación de la aclaración.

Certificado de sellos digitales para expedir cfdi’s: se establecen nuevos motivos por los que se podrá suspender temporalmente el certificado de sellos digitales para emitir cfdi’s, antes de proceder a la cancelación definitiva del certificado.

Habilitación y actualización del buzón tributario: con el fin de que las autoridades fiscales puedan interactuar en forma rápida con los contribuyentes, se impone la obligación para todos de habilitar el buzón tributario y mantener actualizados los medios de contacto (correo electrónico, teléfonos, entre otros). En caso de no hacerlo, se aplicarán multas y las notificaciones se harán por estrados.

Entre otros supuestos, se encuentra la omisión en la presentación de declaraciones anual o de pagos provisionales, no localización del contribuyente en

Responsabilidad solidaria: con el fin de evitar que los créditos fiscales de los contribuyentes personas jurídicas no puedan ser cobrados, se establecen nuevos supuestos


para que respondan en forma solidaria los directores generales, gerentes generales, administrador único, socios, accionistas, liquidadores, síndicos y otros. Dicha responsabilidad solidaria será en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la persona moral. Los nuevos supuestos son cuando no se localice al contribuyente en el domicilio fiscal, se omitan enterar contribuciones retenidas o recaudadas, la persona moral aparezca en los listados definitivos a que se refiere el artículo 69-b del cff (operaciones inexistentes) o bien, no pueda desvirtuar la presunción de haber dado indebidamente efectos fiscales a una o varias operaciones inexistentes por un monto superior a $7’804,230.00, entre otros.

Tercero colaborador fiscal: se prevé la recepción del sat de documentación e información de un tercero para combatir el uso de cfdi’s de operaciones inexistentes, siempre que dicho tercero no haya participado en el esquema delictivo. Como recompensa, se establece que el tercero podrá participar en sorteos de lotería fiscal si la información es verificable. Revelación de esquemas fiscales reportables: los asesores fiscales o el propio contribuyente deberán dar a conocer al Servicio de Administración Tributaria los esquemas fiscales reportables, entendiéndose por estos cualquiera que genere o pueda generar, directa o indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal en México. La revelación será con el fin de verificar si son esquemas fiscales agresivos que permitan evitar o disminuir el

pago de contribuciones en nuestro país y deberá hacerse mediante declaraciones informativas que describan detalladamente el esquema, el fundamento legal utilizado y el beneficio fiscal que se obtiene, entre otros datos. Para ello, el sat otorgará un número de identificación a cada esquema reportable. Aun cuando el plazo para cumplir con esta nueva obligación empieza a partir del 1º de enero de 2021, se establece mediante disposiciones transitorias que cualquier plan, proyecto o asesoría implementada en ejercicios fiscales anteriores y que tenga efectos en 2020 o en ejercicios posteriores, deberá también revelarse a las autoridades fiscales. Sería deseable que en la implementación de todas estas

“Sería deseable que en la implementación de todas estas disposiciones para los contribuyentes, así como nuevas facultades para las autoridades fiscales, se respeten los principios de legalidad y seguridad jurídica de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.”

disposiciones que contienen nuevas obligaciones para los contribuyentes, así como nuevas facultades para las autoridades fiscales, se respeten los principios de legalidad y seguridad jurídica, salvaguardando siempre los derechos y garantías de los particulares que se contienen en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, tales como son el derecho a ser informado y asistido, a ser tratado con debido respeto y consideración y a que prevalezca la presunción de buena fe en la actuación de los contribuyentes.

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NOMBRA EL SENADO A MARGARITA RÍOSFARJAT MINISTRA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ABOGADA INFLUYENTE 2019

Por Equipo Editorial

El pasado 5 de diciembre se llevó a cabo la presentación ante el Senado de la República de las tres candidatas, propuestas por el Presidente de la República, a ocupar el cargo de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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ntre las candidatas propuestas se encontraban dos de nuestras Abogadas más Influyentes en México: la Doctora Margarita Ríos-Farjat y la Licenciada Diana Álvarez Maury. En Foro Jurídico nos sentimos muy orgullosos de que dos integrantes de este importante grupo de abogadas fueran consideradas a este honroso cargo en el Máximo Tribunal de Justicia de nuestro país, ¡enhorabuena! La tercera candidata fue la destacada Doctora Ana Laura Magaloni Kerpel. Después de la presentación del día 5 de diciembre en el Senado, la Doctora Margarita Ríos-Farjat fue seleccionada como la nueva Ministra de la SCJN, para ocupar el lugar que dejo vacante Eduardo Medina Mora, luego de renunciar al cargo en el mes de octubre del 2019. LA ELECCIÓN La Doctora Ríos-Farjat fue elegida con 94 votos a favor, lo que representó más de las dos terceras partes que cualquier candidato requiere para obtener el puesto. El Pleno la designó como Ministra de la SCJN y la Presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernandez Balboa, le tomó la protesta de ley a la nueva integrante de la Suprema Corte. La Doctora integrará el Pleno de la SCJN junto a otras dos mujeres, las Ministras Norma Lucía Piña y Yasmín Esquivel Mossa, esta última también integrante del grupo de Las Abogadas más Influyentes en México, de nuestra revista Foro Jurídico.

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LA SEMBLANZA

A continuación presentamos una breve semblanza de la Doctora Ríos-Farjat:

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Licenciada en Derecho y Maestra en Derecho Fiscal por la Universidad Autónoma de Nuevo León. Doctora en Política Pública por la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey. Profesora de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey y editorialista de Grupo Reforma.

COMPARECENCIA En su comparecencia ante la Comisión de Justica del Senado de la República, senadoras y senadores de diversos grupos parlamentarios realizaron cuestionamientos a las aspirantes, sobre temas variados como: la autonomía del Poder Judicial, regularización del cannabis, austeridad, despenalización del aborto, derechos humanos, entre otros.

Entre las preguntas expuestas se realizaron cuestionamientos también enviados por parte de la sociedad civil, atendiendo el principio de Parlamento Abierto. La Doctora Margarita Ríos-Farjat destacó la importancia de fortalecer a las instituciones y la independencia del Poder Judicial y su autonomía presupuestal para no afectar su funcionamiento.

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Autora del libro Suprema Corte y políticas públicas, de próxima publicación, editada por Tirant Lo Blanch. Inició su carrera en el Poder Judicial de la Federación en 1996. También fue abogada privada. Coadyuvó para conformar el colectivo Coalición Anticorrupción para adoptar e implementar el Sistema Estatal Anticorrupción en Nuevo León. Formó parte del equipo de transición del actual Gobierno de México Fue Jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Opinó que la Corte no debe ser ni oposición ni partidaria, sino tener “un discreto y portente papel a la hora de clarificar la Constitución”. Ríos-Farjat consideró que la Corte tiene un papel fundamental en la salvaguarda de los bienes nacionales y en el funcionamiento del mercado. El objetivo es garantizar el crecimiento en términos de justicia, igualdad y equidad, precisó.

“La Dra. Margarita RíosFarjat destacó la importancia de fortalecer a las instituciones y la independencia del Poder Judicial y su autonomía presupuestal para no afectar su funcionamiento.”

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la Suprema Corte expresó: “Se requiere la firme decisión de decir claramente que no a todo aquel que pretende lograr, mediante pretensiones de cualquier tipo, lo que no le corresponde”. También advirtió que no debe olvidarse que en el orden jurídico hay una fractura que no se ha podido subsanar: que para una gran parte de la población la justicia suele llegar tarde. Los mexicanos deben sentir que la justicia es posible, que la palpen, la reciban y la hagan suya, porque todos sus aparatos e ideas sólo tendrán sentido si están al servicio de la gente, concluyó. MARGARITA RÍOS-FARJAT OPINA SOBRE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Sobre la interrupción del embarazo coincidió en que no debe penalizarse. Refirió que quienes están en las cárceles por este motivo son mujeres con necesidades económicas, culturales y educativas. Y agregó que debe existir el acompañamiento educativo, cultural y solidario de sociedad en este tema. Finalmente, expuso que en el caso de la legalización de la cannabis, cree en el libre desarrollo de

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la personalidad y en la autonomía de las personas. Dijo que es necesario que las autoridades discutan, revisen, evalúen y lleguen a un consenso en cuanto a la manera en que se debe legislar este tema. En materia fiscal consideró que sería muy positivo, ya que ha tenido éxito en otros países. EL MENSAJE EN LA TOMA DE PROTESTA Al tomar protesta como Ministra de

En nuestro evento de Las Abogadas más Influyentes en México de 2019, la nueva Ministra se expresó así sobre el ser abogada en México: “Ser abogada en México representa un gran honor y una enorme responsabilidad. El honor es porque servimos al país a través de sus reglas de juego y las reglas de ser; y la responsabilidad es por el servicio que como abogadas debemos de dar a la

sociedad mexicana, lo que representa que ese servicio sea con ética, siempre facilitando las cosas y no obstaculizando”. ¿Qué propuesta haría para abrir brechas a las Abogadas en México? Yo haría un llamado a la iniciativa privada a que proponga ideas creativas sobre cómo pueden incluir a más mujeres en las empresas sin que merme de ninguna manera la productividad y crecimiento de la empresa. En el sector público, para la mujer es más fácil ser reconocida y aportar porque por su naturaleza el servicio público genera valor y se redistribuye, por lo que haría un llamado al sector privado para que se abran espacios de género, cuotas de género para que nos acostumbremos a una presencia femenina en altos mandos. Las empresas generan riqueza y a veces es más difícil que consideren a las mujeres, por eso es importante que existan nuevas oportunidades. En la revista Foro Jurídico deseamos el mayor de los éxitos a la Doctora Margarita Ríos-Farjat en su desempeño como nueva Ministra de Justicia de la Nación.


FELICITA A LA

La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C.

Dra. Margarita Ríos-Farjat por su designación como

Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el Senado de la República para un periodo de 15 años, tomando en cuenta sus méritos profesionales y académicos. La Dra Margarita Ríos-Farjat se ha distinguido por su profesionalismo, capacidad y sentido de responsabilidad durante su desempeño, tanto en el sector privado, como en el sector público.

Atentamente El Consejo Directivo


NOTICIAS

Ernestina Godoy Ramos: Fiscal General de la CDMX Por Equipo Editorial

Como lo advertimos en nuestro número anterior, el Congreso de la CDMX designó, con 60 votos a favor y 1 en contra, a la Procuradora Ernestina Godoy Ramos como la primera Fiscal General de Justicia de la capital del país, por un periodo de cuatro años (2020 a 2024).

de Gobierno no se ajustó al procedimiento legal y en lugar de nombrar directamente a la elegida, regresó la terna al Congreso local, en donde fue seleccionada por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, ratificándola el Pleno. Ella misma ya había declarado que no le preocupaba ser llamada “fiscal carnal” porque está comprometida con los objetivos del gobierno local para dar seguridad a los capitalinos.

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a elección fue muy lógica ya que la abogada es persona de confianza de la Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum, forma parte de los cuadros de primer nivel de Morena en la capital y tiene el 24 | Foro Jurídico

respaldo del Presidente amlo. No por nada se tomaron la molestia de modificar el artículo 44 de la joven Constitución local para que Godoy pudiera contender sin problema. Con visos de simulación, la Jefa

Con su nombramiento termina el proceso de selección y comienza el de implementación con casi ocho meses de retraso, ya que la designación debió suceder en abril pasado. Godoy Ramos tendrá el delicado encargo de planear en un año la transición de la Procuraduría a Fiscalía, con el apoyo del Comité Técnico para la Transición de la Procuraduría a la Fiscalía General. Esperemos que el cambio de nombre de Procuraduría a Fiscalía implique autonomía, y que no sólo quede en el cambio de título y de nombre de la ley, que exista una transformación real de imagen, procedimientos y estructura, en beneficio de la gente.


La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C.

FELICITA A LA

Lic. Ernestina Godoy Ramos

por su nombramiento para un periodo de cuatro años como:

PRIMERA TITULAR DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MEXICO por parte del pleno de la Cámara de Diputados de la Ciudad de México. La Lic. Ernestina Godoy se ha distinguido en su destacada trayectoria política y profesional por su compromiso con la justicia, con la comunidad y con el respeto de los derechos humanos.

Atentamente El Consejo Directivo


NOTICIAS

Cambio en la directiva de la ANMJ del Poder Judicial de la Federación Por Equipo Editorial

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación A.C realizó su Congreso Anual 2019, con el tema: “Retos y Perspectivas de la Justica Federal Mexicana”. Al Finalizar el evento se llevó a cabo el cambio de la Directiva que jeercerá durante el periodo 2019-2021.

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l templado clima de Cuernavaca, Morelos, fue el marco para el nombramiento de los nuevos integrantes de la Directiva Nacional para el período 20202021. El Magistrado Ariel Alberto Rojas Caballero del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del xvi Circuito será el Director Nacional de la Asociación para el periodo 2020-2021 y la toma de protesta fue hecha por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa. En su mensaje destacó los esfuerzos de sus antecesores que han podido consolidarla en 18 años de existencia. establecida de conformidad con el artículo 9 de los Principios

Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura, aprobados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1985. Rojas Caballero enfatizó que los ejes de trabajo de la nueva Directiva serán priorizar el acercamiento con todos los juzgadores federales, a través de nuevas estrategias comunicacionales y brindar una nueva imagen social que permita difundir entre la sociedad las fortalezas institucionales, así como la importancia y trascendencia de las funciones cotidianas que realizan los órganos jurisdiccionales federales en defensa de los Derechos Humanos

Rojas Caballero enfatizó que los ejes de trabajo de la nueva Directiva Nacional de la Asociación serán priorizar el acercamiento con todos los juzgadores federales, a través de nuevas estrategias comunicacionales y brindar una nueva imagen social. Enero 2020  |  27


NOTICIAS y el Estado de Derecho, “lo que involucra rescatar y visibilizar nuestro compromiso con la Ética Judicial, la integridad y, en consecuencia, con la excelencia profesional”. Concluyó enfatizando que todos los juzgadores deben promover el compromiso de desterrar para siempre y de raíz la corrupcion y el tráfico de influencias por atentar en contra de su independencia e imparcialidad. Al participar impartiendo una conferencia magistral sobre el papel y la vocación de los juzgadores, el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que los jueces deben actuar siempre con prudencia, discreción y dignificando su función, haciendo en todo momento honor al juramento que prestaron al asumir esta delicada responsabilidad que es juzgar en la defensa de los Derechos Humanos como dicta la constitución federal y las leyes que de ella emanan, subrayando que una democracia no puede existir sin un Poder Judicial sólido, autónomo y apto para defender a las personas de las arbitrariedades con legalidad y justicia. La mejor manera de defender nuestra

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LA DIRECTIVA QUEDÓ CONFORMADA DE LA SIGUIENTE MANERA: Director Nacional Magistrado Ariel Alberto Rojas Caballero Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del XVI Circuito Subdirectora Nacional Magistrada Dalila Quero Juárez Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito Director de Finanzas Magistrado Arturo González Padrón Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del XVI Circuito Director de Organización Magistrado Serafín Salazar Jiménez Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del XVI Circuito Director de Registro Magistrado Francisco González Chávez Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del XVI Circuito Director de Comunicación e Imagen Juez Nelsson Pedraza Sotelo Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de San Luis Potosí.

Director Jurídico Juez Günther Demián Hernández Núñez Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guanajuato Director de Cultura Magistrado Eduardo Antonio Loredo Moreleón Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito Director de Relaciones Públicas y Vinculación Magistrado José Alberto Montes Hernández Primer Tribunal Unitario del XVI Circuito Director de Publicaciones Magistrado Herminio Huerta Díaz Tribunal Unitario del Trigésimo Circuito Director de Eventos Juez Oscar Gastón Rodríguez Celia Juzgado de Distrito en Materia Mercantil en el Estado de San Luis Potosí Directora de Equidad de Género Jueza Beatriz Eugenia Álvarez Rodríguez Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Aguascalientes.

“Una democracia no puede existir sin un Poder Judicial sólido, autónomo y apto para defender a las personas de las arbitrariedades con legalidad y justicia.” Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo

Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo


Sala Superior del trife, igualmente al menos 3 mujeres de los 7 magistrados y en todos los tribunales colegiados al menos una mujer de los 3 integrantes. Resaltó la importancia de que con la designación de la Dra. Margarita Rios-Farjat tengamos ya 3 ministras y pidió al presidente amlo que en el 2021 mande nuevamente una terna de mujeres para cubrir la vacante que dejará el Ministro José Fernando Franco González Salas para acercarnos a la paridad de género en la Corte.

“Resaltó la importancia de que con la designación de la Dra. Margarita Rios-Farjat tengamos ya 3 Ministras y pidió al Presidente AMLO que en el 2021 mande nuevamente una terna de mujeres.” Elías Huerta Psihas

Ministra Yasmín Esquivel Mossa

autonomía e independencia, comentó, no es otra que hacer de la mejor forma lo que nos compete que es impartir adecuadamente justicia pronta, completa e imparcial, recalcando que es necesario emprender una reforma en el Poder Judicial para transparentar sus actuaciones y sancionar irregularidades e indicios acumulados. Finalizó asegurando que ningun poder se encuentra ni por encima ni por debajo de otro y que su equilibrio descansa en el respeto mutuo de sus respectivas competencias y facultades.

LA NECESARIA PARIDAD DE GÉNERO EN EL PJF Durante su participación en el panel de “Equidad de Género”, el Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Elías Huerta Psihas, se refirió a la necesidad de lograr la paridad de género en todo el Poder Judicial de la Federación como lo ordena hoy la Constitución, por lo que debe haber una reformar en la Ley Orgánica del pjf para que ordene que en la scjn haya al menos 5 ministras de los 11 integrantes, en el cjf al menos 3 mujeres de los 7 consejeros en la

Dr. Elías Huerta Psihas

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NOTICIAS

Una justicia efectiva y restaurativa: Dra. Estela Fuentes Jiménez Por Equipo Editorial

La Magistrada Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (TJACDMX), Estela Fuentes Jiménez, rindió el informe de labores de 2019 en donde reconoció el compromiso de las autoridades capitalinas por privilegiar el estado de derecho de la ciudad.

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l Museo de la Ciudad de México albergó a integrantes de las Salas Superior, Ordinarias y Especializadas del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad, además de notarios, diputados y senadores. Ante ellos, la magistrada Fuentes afirmó, “Nuestro Tribunal, institución altamente especializada con una función de primordial trascendencia social, requiere de la suma de esfuerzos, permanentes y coordinados, que nos permitan mantener las líneas de apertura, transparencia, cercanía y disciplina presupuestaria que le han caracterizado durante su existencia”. La Magistrada enfatizó que el tjacdmx es parte del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad cuyas atribuciones incluyen fijar directrices y mecanismos de coordinación en la materia. Además, mencionó que, apegada a las políticas del gobierno capitalino actual, el Tribunal ha emprendido acciones para seguir las políticas de austeridad y han establecido mecanismos para racionalizar recursos, como vehículos, papelería, servicios básicos, reducción de congresos y eventos, entre otros. Comentó que “se cuenta con la evaluación al 100% de Cumplimiento en Armonización Contable; en Auditorías de Cuenta Pública practicadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México, 100% solventadas al ejercicio 2017”. 30 | Foro Jurídico

Informó que de las 19,157 emitidas por el Tribunal, el gobierno de la Ciudad cumplió 82% sin necesidad de requerimientos; el 18% restante se cumplen mediante recurso de queja y aplaudió el cumplimiento de sentencias por parte del gobierno capitalino. Por lo que es “justo reconocer la convicción y compromiso de las autoridades del gobierno de la ciudad y sus alcaldías, en especial a la Doctora Claudia Sheinbaum, por privilegiar el Estado de Derecho en nuestra ciudad”, expresó la Magistrada Presidente. Detalló que se atendieron 586 solicitudes de acceso a la información pública, 14% más en comparación con el ejercicio anterior. El 88% se recibieron vía Infomex y a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; solo el 12% se capturaron en la Unidad de Transparencia. Especificó que se sesionaron 13,098 asuntos, de los cuales 12,334 corresponden a recursos de apelación; los restantes 564 a cumplimientos de ejecutoria, 66 a excusas, 43 a excitativas de justicia, 30 a recursos de reclamación, 6 a instancias de queja, 37 aclaraciones de sentencia, 5 aclaraciones de sentencia a cumplimientos de ejecutoria y 6 incidentes de nulidad; 13% más con respecto al año anterior. Enfatizó que se dictaron 10,968 resoluciones, de esas 4,990 confirmadas y 5,133 revocadas,


824 modificadas y 21 por incompetencia o desechamiento. “Puedo afirmar que tenemos un 95% de confirmaciones de nuestras resoluciones de segunda instancia”, expresó. Añadió que se realizaron 46 Sesiones Plenarias: 44 ordinarias y 2 extraordinarias, siendo aprobadas 6 jurisprudencias. Durante su informe, la Magistrada Presidenta del Tribunal hizo un paréntesis para reconocer la labor de su antecesora, la hoy Ministra Yasmín Esquivel Mossa, a quien consideró como “tenaz, con gran convicción social y compromiso innegable con el servicio público, cuya gestión al frente de esta institución del Estado Mexicano, ha sido reconocida por propios y extraños, al impulsar a nuestra institución a un mayor reconocimiento”. En seguimiento a las labores en materia de paridad de género, el Tribunal fomenta la equidad, sin embargo, dijo, “aún no hemos logrado conseguir números aceptables en el principio de paridad que debe prevalecer entre géneros”. Explicó que de 22 magistraturas que conforman el Tribunal sólo 9 son mujeres, es decir el 40%. Expresó que los próximos nombramientos considerarán los principios de

perspectiva de género y la no discriminación, aseveró que trabajan para obtener la Norma Mexicana de Igualdad laboral y no discriminación. El tjacdmx forma parte del Comité de Seguimiento y Evaluación para incorporar la perspectiva de género en los órganos de impartición de justicia en la cdmx, así refrenda su compromiso con los derechos de la mujer. Reconoció el trabajo de todos los integrantes del Tribunal por su labor pues gracias a ellos se ha logrado consolidar el trabajo de esa institución. Destacó que se hace labor de capacitación continua en pro del desarrollo profesional y del servicio público. Mencionó que se logró un convenio con la Secretaría de Educación Pública

para la validación oficial de 4 maestrías. La Magistrada declaró, “doy cuenta de la conclusión de una administración que tuvo como objetivo prioritario la modernización de los sistemas, la eficacia de las acciones presupuestarias y la mejora continua en la impartición de justicia”. Precisó que los impartidores de justicia tienen un compromiso para garantizar los derechos de las personas, “nos corresponde el papel de garante de la aplicación igualitaria de la ley sin más interés que la convicción por la justicia, la que se logra a través del cumplimiento irrestricto de la ley y la preservación de los principios y valores institucionales”. Reiteró que el Tribunal está

comprometido con la impartición de una justicia efectiva y restaurativa de forma transparente y respondiendo a las exigencias de la sociedad. Para la recepción del informe, acudió el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la cdmx, Rafael Guerra, y la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum. También estuvieron presentes la Ministra Yasmín Esquivel Mossa y la Ministra en retiro, Margarita Luna Ramos. Asimismo, asistieron Magistrados de los Tribunales de Justicia Administrativa de los estados de Aguascalientes, Coahuila, Chiapas, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

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ENTREVISTA

Hay muchísimo que cambiar en la cultura de las organizaciones para hacer del compliance una inversión Entrevista con Elena Robles Sahagún Directora Jurídica de Estafeta Por Marco V. Herrera

Elena Robles tiene a su cargo la Dirección Jurídica de Estafeta, es Maestra en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana, cuenta con diferentes especialidades en finanzas e impuestos. Actualmente es miembro del Consejo Directivo de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), en donde además es vicepresidenta del Comité Nacional de Industrias y miembro activo del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados, participando de manera activa en la mejora del Estado de Derecho y cumplimiento normativo en México.

¿CUÁL DEBE SER LA VISIÓN DE UNA DIRECCIÓN JURÍDICA DEL FUTURO? Inicialmente, el área legal de cualquier empresa es un área de gasto. Nosotros no traemos un ingreso, yo no tengo una meta, como la tiene el área comercial, de generarle un ingreso a la compañía. Yo soy un staff, soy un servicio y mi obligación o responsabilidad está orientada hacia dos rubros: ser un brazo de apoyo y soporte sólido a la generación de negocio, pero como staff yo no salgo a vender, negocio, documento, evalúo cómo siguen los negocios de la parte comercial y toda la parte de contener el riesgo, desde cómo enfrentas un litigio, hasta el cumplimiento normativo que te evita una contingencia. Por un lado, como staff debo ser el generador del ingreso 32 | Foro Jurídico

de manera indirecta, por otro lado, me encargo de evitar que haya fugas, casi ninguna empresa tiene medido esto, no hay manera hasta el momento. Considero que no hay departamento jurídico ahorita que lo tenga tan claro, que su director legal pueda decir: “el resultado económico de mi área es ésta, aquí está; te evité todo esto y ahorré todo esto. Antes tenías tantas multas y ahora tienes éstas”, y eso es lo que se mide. ¿LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE DIRIGES TIENES LAS DIVISIONES LEGAL Y COMPLIANCE, COMO CONVIVEN ESTAS DOS DISCIPLINAS? De pronto tienes que negociar internamente, incluso con mi propio equipo. Primero, quiero


que entiendan muy bien la operación, que entiendan el negocio en el que estamos metidos. Cualquier empresa tiene dos tipos de riesgos: los que están afuera, que yo no puedo controlar; y los que provocamos aquí adentro, que sí puedo controlar. Debemos tener claras estas dos áreas para entonces determinar muy bien los campos de acción de cada una de ellas, pero con objetivos del negocio. ¿CONSIDERAS EL COMPLIANCE UN GASTO O UNA INVERSIÓN? Debe ser una inversión. ¿Cómo lo ven ahorita?, como un gasto, todos lo ven así, incuso los despachos externos suelen decir: “A ver, ¿cuánto tienes para gastar en compliance?”. Creo que no debe ser visto así. Para cualquier Director Jurídico de empresa el reto debe ser decirle al consejo de administración lo mismo que yo espero de un despacho: “esto es lo que se evitó en contingencias para la empresa”, con número ya puedes decir que es una inversión. Ya hay un gran avance cultural en México, el tema de compliance ya está bien puesto en la mesa. Ya no hay

abogado que no te hable del tema, no hay despacho que no lo tenga claro y no hay empresa que no lo tenga en el radar, eso hace cinco años no existía. ¿Qué sigue ahora?, ponerle cifras y saber darle un valor, no en gasto, sino en inversión. Pero no es fácil. ¿CUÁLES SON LOS RETOS DE LAS EMPRESAS? En el caso de Estafeta, que es una empresa mexicana, el mayor reto al que nos enfrentamos todos los días es que hay nuevos reglamentos, nuevas leyes, nuevos retos, nuevos criterios de la autoridad, entonces todo el tiempo tienes que estar evolucionando. Las empresas en México tenemos muchísimo que hacer, mi punto siempre ha sido que no dejemos el compliance en el papel, por eso tienes que involucrar a todas las áreas de la organización, a comunicación interna, a que lo que estás proponiendo como compliance permeé en la gente, que lo hagas con genuino interés y rectitud, con la intención de que eso se aplique, porque yo conozco muchas empresas que tienen el compliance adecuado en el papel y lo más

importante es que permeé en cada uno de los colaboradores, ya que es un riesgo para cada uno de ellos, pero también puede ser un apoyo; deben convertirlo en un aliado llegando a esa persona y eso no lo hace el área jurídica, eso lo haces en comunicación interna y con campañas.

“Para cualquier Director Jurídico de empresa el reto debe ser decirle al consejo de administración lo mismo que yo espero de un despacho: “esto es lo que se evitó en contingencias para la empresa.”

Hay muchísimo que cambiar en la cultura de las organizaciones.

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¿CÓMO SER UN ABOGADO DIGITAL

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Por Janet Huerta Estefan

l año pasado, en Foro Jurídico establecimos el compromiso de generar contenidos que apoyaran a la industria legal a innovar en la transformación digital. Inauguramos esta línea editorial con la edición del mes de enero de ¿Cómo ser un abogado digital?, seguida por el especial de Ciberseguridad e Inteligencia Artificial en julio, el Foro de Innovación para la transformación digital de la industria jurídica ese mismo mes, la iniciativa de Los Abogados Digitales más Disruptivos de México en agosto, la elaboración del primer Estudio de Innovación en Despachos Legales en México y culminamos con los premios Foro Jurídico: Abogado Digital, Innovación Digital en el Poder Judicial e Innovación en Despachos Legales, que entregamos en octubre. Este año contaremos con estas mismas iniciativas, por lo que presento este número abordando una perspectiva internacional. El mes pasado se llevaron a cabo dos grandes eventos de la industria legal en Europa: el Congreso Europeo de Legaltech en Madrid, España, y el Legal Revolution en Frankfurt, Alemania. Tuve la oportunidad de asistir y de entrevistar a algunas de las personas que incursionan en el estado del arte de lo que sucede en esta materia en el mundo y en este número haré un recuento de lo que vi y de la perspectiva que formé a través de las personas que entrevisté. ▶ EL MUNDO ESTÁ EN TRANSFORMACIÓN El mundo está cambiando. La aparición de internet seguida por la llegada del cómputo en la nube, el machine learning (aprendizaje de máquinas), la inteligencia artificial y el internet de las cosas, entre otras tecnologías disruptivas han transformado la forma en la que vivimos y ha desarrollado una

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COM O ABOGADO SER UN DIGITAL

“Si entendemos el Derecho como la disciplina que analiza los fenómenos sociales para poder establecer los derechos y obligaciones que los sujetos tienen al interactuar, así como los sistemas de reglas y de sanciones, comprenderemos la importancia que toman los abogados en esta era para establecer las reglas con las que se jugará en este mundo digital.” economía digital que se mueve a una velocidad y con dimensiones nunca antes vistas. Estas tecnologías se han empezado a masificar y hoy están disponibles para negocios de cualquier tamaño a un costo accesible. El comercio electrónico ha hecho crecer de manera exponencial el número de transacciones diarias y ha eliminado las fronteras. Haciendo hoy un mundo mucho más conectado y más complejo para resolver las disputas que naturalmente emergen

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de estas interacciones y la protección que se debe de dar a los consumidores y usuarios para poder navegar con confianza en esta cibersociedad. Las interacciones sociales y comerciales, a través de plataformas digitales, están trayendo nuevas formas de controversias y la incorporación de las tecnologías digitales en las industrias acarrean nuevos retos sobre cómo vamos a interactuar ahora. Las leyes que teníamos ya no sirven para un mundo que se vuelve cada vez más global, dinámico, colaborativo y descentralizado. Si entendemos el Derecho como la disciplina que analiza los fenómenos sociales para poder establecer los derechos y obligaciones que los sujetos tienen al interactuar, así como los sistemas de reglas y de sanciones, comprenderemos la importancia que toman los abogados en esta era para establecer las reglas con las que se jugará en este mundo digital. Todo esto ha pasado tan rápido que apenas estamos ajustando nuestras formas de pensar y de trabajar. El cambio es inminente y, de acuerdo con Wolters Kluwer, en un estudio sobre Legaltech, estas son las tendencias que demandan la

transformación y respuesta de los abogados: Aumento en la complejidad de la información: Las cargas de trabajo aumentan debido a la internacionalización y el incremento regulatorio. El compliance obliga a las empresas a tener claros sus procesos y riesgos. Los problemas a resolver son más complejos y de mayor volumen. Demanda de clientes: El cliente quiere soluciones en tiempo real y a menores costos. Además de que está implementando tecnología que sustituye varias de las funciones que antes hacían los abogados externos. Fuerzas económicas: La situación política trae consigo recortes de presupuestarios que afectan la economía. Demográficos: La generación de los millenials empieza a ocupar direcciones y cargos de liderazgo y ellos trabajan de forma diferente. La tecnología es parte de su vida y quieren flexibilidad laboral y propósito en su trabajo.

único objetivo poder ser mejores asesores de negocio, de gobierno o de personas para ayudarles a resolver sus problemas complejos de una forma eficiente y satisfactoria. Por todo ello, una de las mayores características del abogado digital es cuestionar y estar abierto a cambiar, a hacer las cosas diferentes. Además es aquel que estudia las nuevas tecnologías y las integra en su vida profesional para convertirse en un asesor estratégico. ▶ DERECHO Y TECNOLOGÍA El impacto de la tecnología en el Derecho se puede analizar desde dos grandes perspectivas, como las denomina, en la primera entrevista que les presento, Francesc Muñoz, Director de Información e Innovación en Cuatrecasas, uno de los despachos legales más importantes de España: •

Derecho para la tecnología (Law for TechnologyCyberlaw). Tecnología para el Derecho (Technology for Law-Legaltech).

▶ AVANCES TECNOLÓGICOS QUE TRANSFORMAN LAS INDUSTRIAS

▶ DERECHO PARA LA TECNOLOGÍA: CYBERLAW

Ante este escenario, el cambio que se requiere tiene como

En la era digital cambiamos el tablero del juego y es necesario


EN PORTADA

que establezcamos las nuevas reglas con las que vamos a jugar. Se están desarrollando tecnologías que están tomando decisiones autónomas y ya no sabemos ni porqué ni cómo. La revolución tecnológica necesita ética y el desarrollo necesita tener sus límites para no discriminar y garantizar los derechos de las personas en la cibersociedad, ésta será la gran encomienda que tendrán los abogados. Con estos avances también han surgido nuevas áreas de especialización para el abogado digital como protección de datos, ética, blockchain, inteligencia artificial, compliance, propiedad intelectual digital, cibercrimen, etcétera. que por su novedad abren una gran oportunidad para que aquellos abogados que decidan meterse a estudiarlas puedan convertirse en expertos en poco tiempo. En la medida en la que se desarrollan nuevas tecnologías que transforman las industrias, el rol del abogado es conocer la base de su

“Una de las mayores características del abogado digital es cuestionar y estar abierto a cambiar, a hacer las cosas diferentes. Además es aquel que estudia las nuevas tecnologías y las integra en su vida profesional para convertirse en un asesor estratégico.”

funcionamiento, sus implicaciones y sus riesgos para poder establecer las nuevas reglas de interacción. Tanto internamente en las empresas como a nivel regulatorio. Para ello debemos cuestionar para qué y cómo vamos a usar la tecnología. ▶ TECNOLOGÍA PARA EL DERECHO: LEGALTECH

máquinas comienzan a hacer actividades semejantes a los procesos cognitivos del ser humano, que ahora nos permiten automatizar tareas repetitivas y contar con mejores herramientas para tomar decisiones y dedicarnos a tareas de más valor. Esto se está implementando en varias industrias y la legal no es excepción.

En la cuarta revolución industrial, las

Legaltech es el término para aquellas

tecnologías que son usadas para ofrecer servicios legales. En un origen fueron herramientas que ayudaban a los abogados a gestionar sus tareas, sin embargo, ya encontramos también plataformas que ofrecen servicios directamente al consumidor o justiciable. La implementación de herramientas tecnológicas en primera instancia

sirve para automatizar procesos repetitivos. Por ello, para hablar de Legaltech primero se deben de conocer los procesos del departamento legal o despacho. Asimismo, para hablar de procesos debemos previamente de contar con un modelo de negocio ya que cada uno de estos procesos debe de ir alineado con la propuesta de valor establecida por la organización.

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Todo esto se resume en tener una visión integral de negocios. Así que los abogados deben de profesionalizar su labor para determinar sus flujos de trabajo y procesos y de ahí ver qué actividades pueden automatizar, planear, determinar los KPIs de sus proyectos y gestionar de forma diferente. Primero es importante que el despacho se pregunte qué quiere lograr y ponerse una meta para decidir qué tecnología es mejor aplicar o cómo digitalizarse. Conocer

sus procesos y pensar en el cliente. Así lo expone Alejandro Sánchez del Campo, Open Innovator en Garrigues, en la segunda entrevista que presento. En el caso de los abogados de empresa, la visión estratégica debe de estar en conocer sus procesos y detectar en cuales se puede desintermediar. Es decir, dejar de invertir recursos humanos que no generan valor y optar por un software para que se haga cargo. Para ejemplificar con un caso de éxito, entrevisté

a Juan Manual Haddad, Gerente Jurídico de Telefónica en Argentina, quien tomó el liderazgo para digitalizar el departamento legal de la empresa, implementando una herramienta para automatizar la contestación de las solicitudes de información que debían de contestar desde el Poder Judicial. Asimismo, lideró el desarrollo del primer asistente legal virtual de Latinoamérica, Maite, quien responde a otras áreas preguntas sobre contratos,

quitando al abogado de intermediario entre el documento y aquél que requiere una información legal. Como hemos visto, la implementación de las herramientas tecnológicas es el último eslabón de una ardua tarea de gestión legal que empieza desde la planeación estratégica, pasando por el mapeo de procesos legales. Thomson Reuters junto con Legal Geek han desarrollado una taxonomía del trabajo legal en la cual divide los procesos legales de la siguiente forma:

TAXONOMÍA DEL TRABAJO LEGAL ADMINISTRACIÓN DEL NEGOCIO

GESTIÓN Y EJECUCIÓN

TRABAJO DE EJECUCIÓN

SERVICIOS AL CONSUMIDOR

RECURSOS HUMANOS

FINANZAS Y OPERACIONES

CLIENTES

CONOCIMIENTO

ASUNTOS

RIESGOS

GESTIÓN DE DERECHOS

DOCUMENTOS Y CONTRATOS

LITIGIO

TRANSACCIONES

SERVICIOS AL CONSUMIDOR

Reclutamiento alternativo

Contabilidad y facturación

Desarrollo de negocio

Encontrar expertos

Gestión de casos y registros

Gobernanza del Consejo

Archivo de Propiedad Intelectual (PI)

Análisis de documentos / contratos

Descubrimiento electrónico

Debida diligencia

Marketplace (Supermercados digitales)

Educación y capacitación

Gestión de la práctica legal

Boletines de clientes

Exploración de horizontes

Colaboración

Ciberseguridad

Gestión de derechos de PI

Negociación de contratos

Archivo electrónico

Plataformas transaccionales

Defensa Criminal

Marketplace de servicios legales

Gestión de gastos legales

Integración de clientes

Búsqueda de conocimiento

Priorización de casos / Triage

Cumplimiento en privacidad de datos

Búsqueda y monitoreo de PI

Finalización de contratos

Gestión de evidencia

Empleo

Análisis de precios y rentabilidad

CRM

Analitica legal

Gestión de proyectos y planeación

Aplicaciones de orientación

Gestión del ciclo de vida del contrato

Análisis de litigio

Familiar

Registro y análisis de tiempos y actividades

Gestión de conflictos

Investigación legal

Auditoría interna

Automatización de contratos

Resolución electrónica de disputas

Documentos legales como servicio

Noticias

Cumplimiento normativo

Gestión documental

Servicios legales

Know-how tecnológico

Gestión de riesgos

Revisión documental

Lesiones personales

Apoyo en redacción

Bienes raíces

Gestión de obligaciones

Testamento, impuestos, sucesiones

Traducción: Janet Huerta Estefan

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EN PORTADA

Para concluir, en palabras de Tom Dreyfus, ceo de Josef, “Estas tecnologías automatizarán las conversaciones abogadocliente, la provisión de orientación y asesoramiento legal y la producción de documentos legales, mejorando así la experiencia del cliente y la vida cotidiana de nuestros abogados”. En suma, podemos decir que la tecnología no sustituirá a los abogados pero los abogados que la usen si sustituirán a los que no. ▶ LA INDUSTRIA DE SERVICIOS LEGALES Tradicionalmente, los abogados se han visto como profesionistas y la asesoría legal había estado restringida a la profesión. Sin embargo, ante este nuevo escenario, el monopolio de los servicios legales ya no lo tienen los abogados. Con la entrada de nuevos jugadores se abre toda una industria de servicios legales. Para entender la industria primero debemos reconocer que ha habido un cambio en la oferta y la demanda de servicios legales. Antes existía una serie de despachos que ofrecían servicios a los cuales sus clientes se debían adaptar. Sin embargo, ahora que todo está centrado en el cliente, éstos tienen necesidades que el

proveedor debe de ayudar a resolver. Pero ahora el proveedor ya no sólo es el despacho de abogados externo, sino que hay proveedores de servicios legales alternativos (alsp por sus siglas en inglés), además de herramientas Legaltech y las cuatro empresas grandes de consultoría (ey, kmpg, Deloitte y pwc), que pueden brindar por igual estos servicios. Con la llegada de los alsp se crea una nueva categoría denominada “El negocio del derecho”, ya que estos proveedores aprovechan

una combinación de capacidades legales, de negocio y tecnológicas, para brindar servicios que tradicionalmente ofrecerían los despachos, pero con un menor costo, mejor experiencia y mayor flexibilidad o velocidad. Un ejemplo son empresas que han surgido especializadas en analizar transacciones financieras como un componente de las operaciones de debida diligencia de fusiones corporativas. Es importante mencionar que los alsp y el Legaltech son usados tanto por el cliente, como por

despachos para eficientar sus operaciones legales. Aunque al principio los veían como competencia, ya han entendido que también pueden ser herramientas que les permitan enfocarse en su asesoría y área de especialidad, ahorrando dinero y ofreciendo un mejor servicio a sus clientes. Nita Sanger en su artículo titulado “An Industry in Transition: Legal Services ‘Market of the Future’ ” Publicado en Legal Business World, esquematiza la industria de servicios legales como un ecosistema con los siguientes jugadores:

INDUSTRIA DE SERVICIOS LEGALES ECOSISTEMA ACTUAL PROVEEDORES Otros: Servicios de información, publicaciones etc.

Firmas legales

CLIENTES

Departamentos legales coorporativos

Otros – Gobierno, notarias etc Proveedores de servicios legales

Las Cuatro Grandes (EY, KPMG, PWC, Deloitte)

Individuos

Legaltech o proveedores de tecnología

REGULADORES Y EJECUTORES • Reguladores • Tribunales, juzgadores y notarios

INVERSIONISTAS • Capital privado • Capital de riesgo

Traducción: Janet Huerta Estefan

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COM O ABOGADO SER UN DIGITAL

Entrevista con Francesc Muñoz

Chief Information and Innovation Officer en Cuatrecasas

ANTES DE IMPLEMENTAR TECNOLOGÍA DEBEMOS DE CAMBIAR LA CULTURA DE LOS DESPACHOS

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¿

QUÉ IMPLICA PARA TI SER UN ABOGADO DIGITAL? Para mí, un Abogado Digital tiene que ser hábil con la tecnología, debe conocer las tecnologías que pueden hacerle la vida más fácil, quitarle tareas de bajo valor añadido y potenciarle en las tareas de alto valor añadido. Debe abrazar esas nuevas soluciones, que lo van a hacer más eficiente, más eficaz, al final también tienen que ayudarle a vivir mejor. Yo no creo que el abogado virtual sustituya al abogado actual. La tecnología te cambiará la vida. Te va a transformar, dejarás de hacer unas cosas pero surgirán actividades nuevas. Lo cierto es que tú con la máquina vas


EN PORTADA

a ser mejor abogado. Robot + abogado = Abogado vitaminado. Las cosas que no aportan valor añadido se van a automatizar. ¿Qué nos quedará?, la negociación, el cómo te defiendo en un juicio, entender lo que necesita tu cliente; todo ese tipo de cosas son las que van a agregar valor. ¿COMO DEBE DE SER LA FORMACIÓN DEL ABOGADO DIGITAL? Yo creo que se trata de conocer la tecnología, que ésta sea amigable para ti, que seas capaz de ver y de entender cómo te ayudas con ella. Hay que hacer una aproximación muy práctica. No estoy hablando de que el abogado sea un informático ni que programe, pero debe saber cuál es la base. Conocer, por ejemplo, qué es un Smart Contract y ver qué hay debajo; perderle el miedo y ser capaz de ir adaptando lo nuevo que salga. Vivimos en una época en la que habrá cambios cada vez más vertiginosos y debemos apalancarnos de la tecnología, así como incorporar nuevas habilidades para poder adaptarnos. En Cuatrecasas tenemos un programa de capacitación interno que tiene dos vectores: Technology for Law (Tecnología para el Derecho) y Law for

Technology (Derecho para la Tecnología). El primero se trata de potenciar el uso de la tecnología actual y las herramientas que están llegándole al abogado para ser más eficaz, para que dedique menos tiempo a las tareas de bajo valor y dedicar más tiempo al análisis crítico, al conocimiento del mercado y a la relación con el cliente. Y con esto me refiero no sólo a herramientas digitales o softwares sino a los basicos. Si un abogado mercantil sabe usar Excel es capaz de hacer una debida diligencia mejor haciendo algo como

programa llamado Skills for Lawyers, que lo que hacemos es formarlos y que conozcan las tecnologías disruptivas como robótica, blockchain, big data etc, y cómo están impactando en los clientes actuales, en sus sectores como el farmacéutico, turismo o en la banca. También incluye formación en nuevas formas de trabajo como las metodologías ágiles y les hemos estado acompañando con coaching para poder crear productos jurídicos nuevos, para clientes actuales y ayudarles en su

Lo estamos viendo en todos los negocios, todos se están transformando. Quizás el legal sea de los últimos, pero ha pasado en banca, en turismo, en automoción y está pasando en la logística de los almacenes. Cada vez en más compañías, sus empleados les piden una forma distinta de trabajo, más ágil, menos presencial y todo eso tiene implicaciones legales así que o entiendes esa problemática o no puedes asesorarles bien jurídicamente. Ese conocimiento es muy bueno para nosotros como

“Un Abogado Digital tiene que ser hábil con la tecnología, debe conocer las tecnologías que pueden hacerle la vida más fácil, quitarle tareas de bajo valor añadido y potenciarle en las tareas de alto valor añadido.”

un Pivot Table. Se pueden ganar tantas horas usando este tipo de pequeñas utilidades que ya incorpora la tecnología básica que obviamente se viene a complementar si le agregamos una solución basada en Machine Learning que aprenda de nuestra información. El segundo vector que es el Law For Tecnology, hemos creado un

transformación digital, porque todos están cambiando. Tener abogados que jurídicamente les puedan ayudar en su asociación, es fundamental y para eso, requieren este conocimiento. ¿CÓMO ESTÁN DISRRUMPIENDO EN EL CLIENTE ESTAS NUEVAS TECNOLOGÍAS?

abogados, para también innovar en lo jurídico, no sólo en que la tecnología me ayude, sino cómo transformo mi producto jurídico para asesorar mejor a mi cliente actual, conociendo la tecnología que le está impactando a él en su negocio. ¿QUÉ PROCESOS SON AUTOMATIZABLES DENTRO DE UNA FIRMA DE ABOGADOS

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Y QUÉ EJEMPLOS NOS PUEDES DAR DE HERRAMIENTAS QUE USAN USTEDES? Nosotros empezamos con lo más básico: la gestión documental. Nuestro principal activo de información son los documentos así que es importante establecer cómo los vas a compartir tanto internamente como con tu cliente, los contratos, las operaciones de fusión, las demandas, etc. Éste y el de Time Billing (Facturación de horas) son básicos. Es importante tener herramientas que le faciliten al abogado la tediosa labor de imputación de horas. Cada vez tenemos aplicaciones más inteligentes que ya te sugieren en donde imputar la hora. Estamos trabajando con una start up americana que ya le das la indicación por voz y genera en automático la imputación. Actividades de este tipo no generan valor, son más administrativas, por lo cual debemos eficientarlos con la tecnología.

para la colaboración. Es importante primero desarrollar la cultura y visión de trabajo. Fue hasta después que integramos softwares para hacer esto de forma digital. Pero en un inicio no se necesita. Hoy ya tenemos 150 abogados en el despacho trabajando así y muchos que vienen a tocar a mi puerta diciendo que ellos también quieren trabajar así. Los socios están muy contentos ya que tienen en todo momento una visión clara de qué estamos haciendo, en qué etapa va el proyecto y quienes están implicados. ¿CÓMO TRATAR EL TEMA DE LA MULTIDISCIPLINARIEDAD EN UN DESPACHO Y QUÉ DEBE TRANSFORMARSE EN EL TIPO DE PERFILES DE 42 | Foro Jurídico

PERSONAS QUE SE CONTRATAN? En Cuatrecasas somos 1,700 personas: 1,000 abogados, 700 no abogados y seguimos lógicamente siento un despacho de abogados. Además, en mi equipo de tecnología e innovación somos casi 80 personas, comparándolo con el total, creo que estamos en una proporción potente. Nosotros hacemos muchas cosas que competen a la tecnología, capacitar y acompañar en temas de agile, capacitar digitalmente, los coaches digitales que tenemos formando en Tecnology For Law, la innovación abierta en relación con start ups. Hace 22 años cuando entré a esta casa no

Otros ejemplos de innovación que estamos llevando a cabo son una herramienta para anonimizar los datos personales. En Europa tenemos el reglamento de protección de datos que es muy duro, por lo que hemos tenido que implantar tecnología para que al compartir información se cumpla con la ley sin perder el sentido del documento. Finalmente, en el área de innovación, en donde somos muchos ingenieros, entendemos que la operación se debe de gestionar por proyectos con las 3P: proceso, proyecto y planeación. Cada incorporación de tecnología la tratamos como un proyecto y para gestionarlos empezamos a usar metodologías ágiles como el Design Thinking. Es importante recalcar que esto lo empezamos sin herramientas tecnológicas. Tomamos un grupo piloto y los poníamos a planear con sus post its en paredes y tableros que nos ha funcionado bien, ya que las metodologias ágiles son más visuales y se prestan más

hacíamos eso. La hacíamos de bomberos apagando fuegos. Es importante que tengamos los básicos bien controlados en cuestión de tecnología para poder innovar y crecer en escala de valor, porque si yo tengo, por ejemplo, un problema con el correo electrónico cada día, no puedo ir a explicarle a mi socio de start ups, Este valor se consigue de la relación con gente de tecnologías, marketing, recursos humanos finanzas ya que te permite estructurar mejor tus ofertas, analizar el tipo de tareas que haces, crear fases en tus asuntos y ser capaz de presupuestar mucho mejor.

Al final el cliente lo que quiere es que le brindemos una solución y éstas se estructuran mejor con el conocimiento de varias disciplinas. Estamos evolucionando poco a poco para incluir estos roles, ser multidisciplinarios, sin perder nuestra condición y objeto social, de brindar servicios y asesoramiento jurídico. Debemos poner la innovación y la tecnología encima de la mesa, que sea algo que nos ocupe, para eso se requiere dedicar dos cosas: tiempo y recursos económicos y luego, gestionarlo, darle una capa de gobierno para que eso sea permanente.


EN PORTADA

Entrevista con Alejandro Sánchez del Campo Counsel of Startups and Innovation en Garrigues

NO HA HABIDO MEJOR MOMENTO EN LA HISTORIA QUE ÉSTE PARA SER ABOGADO

¿

QUÉ ES PARA TI UN ABOGADO DIGITAL? Un abogado digital es alguien que está más acostumbrado a utilizar herramientas de tecnología. También es alguien que entiende cómo funcionan esas tecnologías y el impacto que tiene toda la economía digital. El que un abogado sea digital dependerá de su área de práctica. En materias más tradicionales, como derecho de familia, herencias o hipotecas, convivirán durante un cierto periodo abogado digitales y abogados que podríamos llamar analógicos o tradicionales. Es primordial cambiar la mentalidad. Nos han enseñado a evitar el riesgo y estamos acostumbrados a buscar los precedentes, a tener la razón, y a una serie de cosas que son más difíciles de llevar a la práctica, porque cada vez más las empresas o personas que asesoramos deben tomar riesgos. El abogado debe desaprender mucho de lo aprendido para, por un lado, estar cómodo con el riesgo y por otro abrirse a nuevos conocimientos. Ahora es muy importante la capacitación continua ya que las pautas

que funcionaban muy bien en un contexto de hace 10 o 20 años, ya no funcionan. Esa flexibilidad, curiosidad, capacidad de aprender y desaprender es fundamental para poder desenvolverse en un mundo tan cambiante como el que tenemos ahora.

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COM O ABOGADO SER UN DIGITAL

“Innovar es hacer cosas de una manera diferente y se pueden hacer muchas cosas de formas diferentes sin tecnología y con ella. Innovar también es poner al cliente en el centro, pero de verdad entender lo que necesita.”

El contenido quizá sea el mismo o parecido al que ibas a escribir, pero el formato es diferente, por tanto, la percepción de quien consume ese contenido, es totalmente diferente.

¿QUÉ ES PARA TI LA INNOVACIÓN Y CÓMO SE APLICA EN UN DESPACHO DE ABOGADOS?

mundo de la tecnología, es arriesgarte a tomar decisiones que normalmente no tomarías.

¿QUÉ RECOMENDACIÓN DARÍAS A LAS ESCUELAS DE DERECHO EN CUANTO A LA FORMACIÓN DE LOS ABOGADOS?

Hay mucha gente que equipara innovación y tecnología. Para mí son cosas totalmente diferentes. Puedes ser una persona muy innovadora y usar poco la tecnología o una persona que usa mucho la tecnología e innove poco. Hay despachos que dicen “dime cuál es el software que tengo que implantar en mi despacho y así lo conecto y nos volvemos digitales”. No funciona así.

Todo este tipo de cosas son para mí innovación y, de hecho, la mayoría de ellas no requieren tecnología, pero si además tienes un conocimiento correcto de las ventajas de la tecnología y eres capaz de usarla de una manera benéfica para tu despacho, obviamente el resultado al que llegas es mucho mejor.

Innovar es hacer cosas de una manera diferente y se pueden hacer muchas cosas de formas diferentes sin tecnología y con ella. Innovar también es poner al cliente en el centro, pero de verdad entender lo que necesita, es replantearte tus propios procesos para ver si lo estás haciendo de la mejor manera, es arriesgarte a participar en un hackatón aunque parezca una cosa para personas que estén en el 44 | Foro Jurídico

¿CUÁLES SON ALGUNAS DE LAS INNOVACIONES QUE HAN HECHO EN GARRIGUES? Lo primero que me viene a la mente es cómo plantear una propuesta de servicios y honorarios al cliente. Hemos trabajado en hacer propuestas mucho más sencillas, entendibles y adaptadas a lo que necesitan. Esta es una innovación porque es presentar nuestros servicios de una forma diferente ya que nos dimos cuenta que a veces la

información no estaba clara o no se definían los alcances que le interesaban al cliente. Los abogados estamos acostumbrados a presentar nuestras propuestas o reportes en presentaciones que llenamos de texto, citas de artículos y lenguaje técnico. Pero existen varios recursos como pueden ser infografías, imágenes, storytelling que se basa en contar una historia, entre otras, para poder comunicar de una forma más adaptada al público. La que escogamos debe de tomar en consideración a qué público o cliente nos estamos dirigiendo. Otro ejemplo es la página web del despacho. La manera tradicional que un abogado cuenta cosas es a través de un artículo sobre el tema. Nos preguntamos si había otra manera de comunicarlo y ahora lo hacemos a través de videos. Los grabamos sobre temas como ciberseguridad, planes de incentivos, protección de datos en un formato de charla.

La educación universitaria estaba focalizada en las materias tradicionales del derecho: penal, civil, fiscal, laboral etc. No se hablaba prácticamente nada de otras materias. Ahora se empieza a hablar de marketing, gestión de despachos, redes sociales, tecnología; aunque todavía hay un desconocimiento grande. Salen los abogados de la carrera, hacen un Master, pero no tienen el conocimiento, por ejemplo, de lo que es montar un despacho, que es una actividad empresarial y requiere entender conceptos más ligados a estrategias de economía. Hay universidades que ya se han dado cuenta y lo están corrigiendo, incorporando materias transversales de negocios y también de la disrupción tecnológica; cómo está afectando y qué


EN PORTADA

herramientas se pueden usar. Aunque eso ya se está haciendo evidentemente hay una responsabilidad individual de los abogados y colectiva de los despachos para mantener ese nivel de conocimientos porque está ocurriendo todo muy rápido. Lo que era válido hace tres años, hoy hay que revisarlo, entonces no vale sólo acabar el Master o la carrera, se requiere de reformar en todas esas habilidades que son adicionales a la tuya. Si tú eres experto en fiscal, lógicamente debes mantener tus conocimientos. No vale el abogado que dice “soy sólo digital” y entiendo las materias digitales, pero no entiendo la base, así es difícil que funcione. Razonablemente debes ser experto en una materia y luego entiendes mejor el mundo digital. ¿QUÉ ES LO PRIMERO QUE HAY QUE AUTOMATIZAR EN UN DESPACHO DE ABOGADOS? Antes de automatizar, lo primero que tiene que hacer el despacho es tener un plan y saber realmente lo que quiere. Porque hay despachos que quieren implementar el blockchain pero ni siquiera saben para

qué ni qué presupuesto tienen. Cada uno debe ser consciente cuál es el punto de partida, hacia dónde debe ir, cuánto presupuesto tiene y, por tanto, a partir de ahí, actuar en consecuencia. Si tu propio despacho tiene 8 socios con más de 60 años que no conocen bien el mundo digital, no vale la pena automatizar, no tiene sentido, porque será dinero que no funciona. Antes de automatizar o antes de implantar tecnología, debes ser consciente de dónde estás, digamos si no tienes siquiera un software de gestión de expedientes, no puedes dar el siguiente paso. Porque automatizar requiere de una cierta organización de la información y digitalización. Una vez que ya tienes un software básico, con el cual consideres que tus expectativas están bien gestionadas, la documentación está digitalizada, podrás avanzar preguntándote, ¿cuáles de los procesos que hago son repetitivos y en qué aspecto de mi trabajo puedo ocupar un software que me ayude a ahorrar tiempo?, que por cierto hay que adaptar a conveniencia del despacho. ALGÚN MENSAJE QUE QUIERAS MANDAR A

LOS ESTUDIANTES, DESPACHOS DE ABOGADOS, ETCÉTERA. Me parece que hay una mala interpretación en el debate de si la tecnología nos quitará el trabajo o nos va a mejorar la vida. Hay mucha gente que está percibiendo todos estos cambios de la inteligencia artificial, robótica, etcétera, como una amenaza, cuando creo que es una oportunidad gigantesca. No ha habido otro momento en la historia mejor que éste para ser abogado. Aunque es un momento en el que las cosas están en ebullición y donde todo está cambiando muy de prisa, se abre una oportunidad para hacerse expertos en un área de especialización. Si somos capaces de utilizar la tecnología a nuestro favor, el abogado podrá proyectar su marca personal y llegar a sitios inimaginables. Hoy tanto el coste de la tecnología, como el de llegar al público, es mucho más bajo. Hay muchas fórmulas que te permiten crecer de una manera que antes no era posible. Hay nuevas oportunidades de crear tecnología para el sector legal, que a pesar de que parecía que eso sólo estaba en manos de las grandes editoriales, ahora están en manos de las start ups.

Entonces, hay oportunidad de ser emprendedor o de ser un abogado que entiende los fenómenos que ocurren, porque han hecho un cambio de mentalidad y son capaces de subirse a esa ola y usar esa fuerza para llegar a sitios donde antes no se podía. En mi opinión es un momento fantástico para personas con una mentalidad abierta y que estén dispuestos a comerse al mundo.

“Entonces, hay oportunidad de ser emprendedor o de ser un abogado que entiende los fenómenos que ocurren, porque han hecho un cambio de mentalidad y son capaces de subirse a esa ola y usar esa fuerza para llegar a sitios donde antes no se podía.”

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COM O ABOGADO SER UN DIGITAL

¿

QUÉ ES UN ABOGADO DIGITAL?

Creo que el “ser digital” es una cuestión de actitud, un cambio de mindset. Tiene que ver con la incorporación de tecnología a la abogacía pero tiene que ver más con un cambio cultural. Entender que estamos viviendo un cambio de época donde se está transformando la forma de trabajar y eso también impacta en la abogacía. El Abogado Digital comprende que en muchos casos es un intermediario y la transformación digital acelera el proceso de desintermediación y autoservicios. Sabe bien donde agrega valor y donde no tiene sentido que participe. Por eso me parece que deberíamos empezar a hablar más de servicios jurídicos digitales que pueden ser prestados por un abogado o no.

Entrevista con Juan Manuel Haddad

Gerente de Legales del Grupo Telefónica, Argentina

SER DIGITAL ES UNA CUESTIÓN DE ACTITUD 46 | Foro Jurídico

¿PARA TI QUÉ ES INNOVAR? Es la ejecución de una idea que genera un beneficio economico o social. Me parece importante destacar que en el ecosistema Legaltech pueden haber muchas ideas buenas pero el tema es encontrar el caso de uso que lo haga rentable. Creo que este es el punto que hay que superar: el retorno de la inversión que puede ser económica o social.


EN PORTADA

¡¿QUÉ SE REQUIERE PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LOS DEPARTAMENTOS JURÍDICOS? Es esencial entender que la transformación digital tiene que ver con las personas y no tanto con la tecnología. En la transformación digital, las personas tienen que estar en el centro del proceso. Es fundamental convencerlas de que la transformación digital las va a ayudar a trabajar mejor. El management tiene que estar involucrado desde el primer día. Uno puede contratar a un consultor para la implementación del proceso de transformación pero lo que no puede tercerizar es la visión y el liderazgo del proyecto. Creo que con un liderazgo y equipo convencido, el proceso es imparable. Hay muchos obstáculos en el proceso que, con todo el equipo convencido, se superan más fácil. Cuéntanos sobre los casos de éxito implementados en el departamento legal de Telefónica en Argentina. Sistema de gestión. Desde 2005 tenemos un sistema de gestión jurídica donde pasan todos nuestros workflows (flujos de trabajo) y donde guardamos toda la documentación. Lo destacable del sistema

es que los procesos están pensados punta a punta y no sólo desde la mirada del departamento legal. Es decir, el sistema interactúa con otras áreas (Back Office, Cuentas a Pagar, Impuestos, etc) Portal Oficios Judiciales. Telefónica Argentina recibe 7 mil requerimientos judiciales por mes. La mayoría son pedidos de la justicia para investigaciones criminales. Ante esta necesidad, decidimos en 2018 implementar un portal web para que nos soliciten digitalmente dichos requerimientos y contestarlos con un robot (RPA) para bajar los tiempos de respuesta. Estamos orgullosos de los extraordinarios resultados y la satisfacción que está generando en la justicia de todo el país. Es bueno saber que desde un departamento legal se pueden hacer aportaciones a la comunidad como esta. Maite. El objetivo que nos habíamos propuesto era poner a disposición información legal en forma sencilla y de fácil acceso. Es decir, responder preguntas legales sencillas para poder desintermediarnos. Así nació Maite, un asistente virtual legal que responde consultas sencillas

“Maite es un asistente virtual legal que responde consultas sencillas sobre contratos (partes, precio, plazo), para cualquier persona del departamento o de la compañía. Estamos muy contentos porque desarrollamos el primer asistente virtual legal de Latinoamérica.”

sobre contratos (partes, precio, plazo), para cualquier persona del departamento o de la compañía. Estamos muy contentos porque desarrollamos el primer asistente virtual legal de Latinoamérica. Cuando uno integra las herramientas digitales con la operación del jurídico se empiezan a automatizar procesos y tareas y se produce una desintermediación, generándose así autoservicios. Es decir, cualquier empleado de la compañía puede gestionarse la información sin necesidad de un abogado intermediario. Es importante entender cuál es la cadena de valor de la compañía y en cuales procesos el departamento legal realmente agrega valor. Si está interviniendo el abogado pero no genera valor, ese proceso se debe de automatizar. ¿QUÉ NUEVAS HABILIDADES TUVISTE QUE

DESARROLLAR PARA LLEGAR AL ÉXITO EN ESTA TRANSFORMACIÓN? Tuve que aprender de metodologías de gestión de proyectos, entender las metodologías ágiles, aprender a construir KPIs (Key Performance Indicators) de gestión, a construir un caso de negocio para justificar el retorno de una inversión y sobre todo aprender que los fracasos son parte del aprendizaje. Es importante que los abogados tengamos la humildad para aprender nuevas habilidades como gestión de proyectos, liderazgo, programación, administración y finanzas. Como abogados debemos ser impulsores de la transformación digital. Liderar el cambio defendiendo que sea un proceso inclusivo donde las personas estén en el centro y sin dejar a nadie afuera.

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EN LA

OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

PROFESIONALES DEL DERECHO ANALIZANDO LOS TEMAS DE COYUNTURA


NUESTROS ESPECIALISTAS

Hacia un nuevo régimen en la CONVEMAR

Mtro. Sergio Ricardo Hernández Ordoñez

LOS RECURSOS GENÉTICOS MARINOS QUE SE ENCUENTRAN MÁS ALLÁ DE LA JURISDICCIÓN NACIONAL CONSTITUYEN UN OBJETO JURÍDICO HASTA AHORA NO REGULADO, SU ACCESO NO MANDATA COMPARTIR BENEFICIOS.

Docente en la Universidad Tecnológica de México sergio_hernandezo@my.unitec.edu.mx

La biopiratería es una problemática que nos aqueja a nivel mundial. Se caracteriza por el uso indebido de los recursos genéticos de una manera no acordada y sin compartir ningún beneficio.1

1

Thomas Greiber, et alt. Guía explicativa del protocolo de Nagoya sobre acceso y participación en los beneficios, Serie de Política y Derecho Ambiental. UICNMinisterio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo-Ministerio de Asuntos Exteriores de Dinamarca, 2013.

PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA BIOPIRATERÍA El actual acceso a los recursos genéticos marinos podría estar evadiendo el compartir los beneficios derivados de su utilización, generando prácticas de biopiratería. Ante la falta de claridad legal y la ausencia de normas jurídicas que regulen el acceso apropiado a los recursos genéticos, la humanidad entera podría perder o estar perdiendo la oportunidad de beneficiarse socialmente de esta riqueza natural. Los recursos genéticos constituyen un insumo fundamental para la industria mundial. Entre los sectores industriales que utilizan recursos genéticos se encuentra el farmacéutico y de cosméticos. Las prácticas de biopiratería ponen en evidencia la fragilidad de los sistemas legales para no

hacerle un frente efectivo. Al mismo tiempo, la biopiratería refleja la necesidad de establecer un marco regulatorio en el tema que permita sentar las bases de la actuación jurídica por parte de la comunidad internacional para enfrentar la problemática, concretamente respecto de los recursos genéticos marinos más allá de la jurisdicción nacional. Entre los beneficios derivados por la utilización de los recursos genéticos se encuentran los ingresos monetarios por la venta al público de los productos finales y por los derechos de propiedad intelectual e industrial que se generan e integran al producto, ello al proteger el proceso y el producto final (patentes, marcas, entre otros). Tales beneficios podrían estarse apropiando sin compartirlos con los legítimos propietarios de los recursos genéticos accedidos, o bien, con la humanidad. Dicha situación

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“La biopiratería refleja la necesidad de establecer un marco regulatorio en el tema que permita sentar las bases de la actuación jurídica por parte de la comunidad internacional para enfrentar la problemática de los recursos genéticos marinos más allá de la jurisdicción nacional.” actualmente es objeto de análisis y discusión jurídica en diversos foros internacionales y desde diversos enfoques. Entre dichos foros se encuentran el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa de los Beneficios que se deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Comité Intergubernamental de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore y el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.

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El acceso a los recursos genéticos marinos más allá de las jurisdicción nacional, su utilización y la participación de los beneficios derivados de su utilización, constituyen aspectos no normados a nivel internacional que configuran un escenario (des)favorable para promover la biopiratería ante tal vacío legal. Es decir, se puede acceder de manera libre a los recursos y no existe una obligación jurídica para compartir beneficios que se puedan derivar de su utilización. El acceso libre y no regulado podría generar sobrexplotación del recurso genético. Este hecho invita a la reflexión jurídica acerca del cómo colmar esos vacíos legales en búsqueda de soluciones jurídicas prácticas, viables, equilibradas y operativas que permitan un combate efectivo frente a la biopiratería. EL CARÁCTER UNIVERSAL DE LA CONVEMAR EN LA REGULACIÓN DEL ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS MÁS ALLÁ DE LA JURISDICCIÓN NACIONAL En abril de 2012, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (agonu) reconoció el valor y los beneficios que pueden brindar los recursos genéticos marinos.2 Destacó también la importancia de la investigación sobre dichos recursos como crucial para la comunidad internacional para el mejoramiento del entendimiento científico

ONU. Oceans and the Law of the Sea, A/RES/66/231. 5 de abril de 2012. Idem. Idem. ONU. Oceans and the law of the sea, A/RES/69/245, 24 de febrero de 2015.

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mundial, su uso potencial y aplicación.3 La agonu subrayó el papel y carácter universal de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar) por constituir el conjunto de reglas legales marco para la regulación de todas las actividades que ocurren dentro de los mares y océanos, así como la importancia estratégica que tiene para toda actividad nacional, regional y global en el sector marino.4 Con el fin de asegurar que el marco jurídico internacional para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina en áreas más allá de la jurisdicción nacional resulte eficiente, incluyendo los recursos genéticos marinos, la agonu mandató realizar los primeros trabajos hacia la identificación de vacíos legales y caminos a seguir para atender, entre otros aspectos, la referida problemática y configurar así un posible nuevo instrumento jurídico.5 Luego de diversas sesiones de trabajo técnico y legal, en julio de 2017 el Comité Preparatorio establecido por la agonu para emprender los trabajos para el desarrollo de un instrumento jurídico adoptó, por consenso, una serie de recomendaciones con miras a la construcción de un borrador de texto del instrumento internacional. Cabe señalar que la relación del nuevo instrumento deberá ser compatible con las disposiciones de la Convemar y con los compromisos adquiridos en otros tratados internacionales, por lo que la confección jurídica debería ser respetuosa y evitar que los regímenes internacionales


generen distorsiones que impidan alcanzar los objetivos legítimos de cada tratado. En diciembre de 2017, la agonu adoptó la Resolución 72/249, por la cual decidió convenir una conferencia intergubernamental para considerar las referidas recomendaciones del Comité Preparatorio y sobre los elementos elaborar el texto de un instrumento internacional jurídicamente vinculante bajo la Convemar sobre la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de las áreas más allá de la jurisdicción nacional (bbnj, por sus siglas en idioma inglés), con miras a desarrollar el instrumento lo más pronto posible.6 A través de dicha Resolución, la onu señala que los trabajos y los resultados de la conferencia deberán ser consistentes con las disposiciones jurídicas de la Convemar y que la conferencia deberá en cada esfuerzo exhaustivo conducirse en buena fe para alcanzar el acuerdo sobre los asuntos sustantivos por medio del consenso.7 HACIA LA ADOPCIÓN DEL BBNJ COMO FÓRMULA DE SOLUCIÓN JURÍDICA En septiembre de 2018, en la ciudad de Nueva York sesionó la Conferencia Intergubernamental sobre el bbnj en cuya oportunidad las discusiones se concentraron en destacar temas sensibles,

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formular preguntas y opciones para discusiones posteriores. Entre las preguntas formuladas destaca la necesidad de determinar con claridad el ámbito de aplicación del nuevo instrumento respecto de la cobertura de recursos genéticos marinos, cómo sería regulado su acceso, qué tipo de consecuencias prácticas tendría una regulación en la materia, qué tipo de actividades requieren de regulación, qué tipo de modalidades deberían desarrollarse para la participación en beneficios y cuál sería la relación entre el instrumento y los derechos de propiedad intelectual.8 Corresponderá a las Naciones Unidas impulsar los trabajos y condiciones políticas a favor de la adopción de un instrumento jurídico en este relevante y moderno tema. La comunidad internacional tendrá la oportunidad de cimentar una nueva arquitectura legal sin precedentes en pro de una distribución en beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos marinos. CONCLUSIÓN El instrumento para la bbnj establecerá sin duda nuevos enfoques y principios jurídicos con motivo de la regulación de los recursos genéticos marinos, incluyendo aspectos de la participación en beneficios como un componente de justicia y equidad.

“El acceso a los recursos genéticos marinos más allá de las jurisdicción nacional, su utilización y la participación de los beneficios derivados de su utilización, constituyen aspectos no normados a nivel internacional que configuran un escenario (des) favorable para promover la biopiratería ante tal vacío legal.”

El inicio de los debates y la consolidación de los trabajos al interior de las Naciones Unidas para adoptar la bbnj constituyen en sí un significativo avance jurídico en la materia y una señal clara de la imperiosa necesidad de regular los aspectos relacionados con el acceso a los recursos genéticos marinos en áreas más allá de la jurisdicción nacional. Los trabajos preparatorios ante una eventual Conferencia Diplomática que lleve a la adopción del bbnj son reflejo documentado para atender la problemática universal de la biopiratería.

Véase ONU, (2018) Resolution Adopted by General Assembly on 24 December 2017. 72/249: International legally binding instrument under the United Nations Convention on the Law of the Sea on the conservation and sustainable use of marine biological diversity of areas beyond national jurisdiction, A/RES/72/249. 19 de enero de 2018. Idem. ONU. Intergovernmental Conference on an International Legally Binding Instrument under the United Nations Convention on the Law of the Sea on the Conservation and Sustainable Use of Marine Biological Diversity of Areas Beyond National Jurisdiction, A/ CONF.232/2018/3. 25 de junio de 2018.

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Nuevas reformas laborales y de seguridad social aplicables a personas trabajadoras del hogar

Francisco J. Gutiérrez Zamora Socio en Chevez, Ruiz, Zamarripa y Cia., S. C.

Citamos a continuación aquellos aspectos que los especialistas en Derecho consideramos más relevantes de estos cambios a la legislación, aunque recomendamos su análisis detallado para identificar otros tópicos que pudieran ser de interés particular.

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EN JULIO DE ESTE AÑO SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL “DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, EN MATERIA DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR”, A TRAVÉS DEL CUAL SE INTRODUCEN CAMBIOS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL RELEVANTES EN TORNO AL TRABAJO EN EL HOGAR.

CÓMO SE DEFINE A LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, una persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar, en el marco de una relación laboral, que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales de ley, en cualquiera de las siguientes modalidades:

Personas trabajadoras del hogar que trabajen para una persona empleadora y residan en el domicilio donde realicen sus actividades. Personas trabajadoras del hogar que trabajen para una persona empleadora y que no residan en el domicilio donde realicen sus actividades. Personas trabajadoras del hogar que trabajen para diferentes personas empleadoras y que no residan en el domicilio de ninguna de ellas.


No se considera persona trabajadora del hogar a quien realice trabajo del hogar de forma ocasional o esporádica.

PROTECCIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y EL ABUSO POR PARTE DE LOS PATRONES

REQUISITOS BÁSICOS PARA SU CONTRATACIÓN Y CONDICIONES LABORALES

Queda prohibido todo tipo de discriminación, así como cualquier trato que vulnere la dignidad de las personas trabajadoras del hogar, se prohíbe del mismo modo solicitar constancia o prueba de no gravidez para la contratación de una mujer como trabajadora del hogar.

La ley prohíbe la contratación para el trabajo del hogar de adolescentes menores de 15 años de edad, para la contratación de adolescentes mayores de 15 años de edad, el patrón deberá cumplir con determinados requisitos relacionados con la salud, la jornada laboral, la garantía de educación secundaria y de habitación segura, en su caso, quedando esto sujeto a la supervisión de la autoridad laboral. • El trabajo del hogar deberá fijarse mediante contrato por escrito, el cual deberá incluir como mínimo: • Nombre y apellidos de la persona empleadora y trabajadora. • Dirección del lugar de trabajo habitual. • Fecha de inicio del contrato o su duración si se suscribe para un período específico. • Tipo de trabajo a realizar. • Remuneración, el método de cálculo de la misma y la periodicidad de los pagos. • Horas de trabajo. • Las vacaciones anuales pagadas y los períodos de descanso diario y semanal. • El suministro de alimentos y alojamiento, cuando proceda. • Las condiciones relativas a la terminación de la relación de trabajo. • Las herramientas de trabajo que serán brindadas para el correcto desempeño de las actividades laborales.

PRESTACIONES Las personas trabajadoras del hogar deben gozar de las prestaciones consistentes en: vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, además, debe clarificarse por escrito en el contrato cualquier otra prestación que se pacte entre las partes. PROTECCIÓN CONTRA DESPIDOS INJUSTIFICADOS Se señala que se considerará despido injustificado de las personas trabajadoras del hogar todas aquellas contempladas en la Ley Federal del Trabajo, así como aquellas que se den por motivos de violencia de género en el trabajo de manera explícita y de discriminación. De igual forma, se prevén los supuestos de terminación de la relación laboral y la obligación de indemnizar en términos de ley en caso de despido injustificado. SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO Se incorpora a las personas trabajadoras del hogar como sujetos de aseguramiento al

“Se incorpora a las personas trabajadoras del hogar como sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del Seguro Social, derogando así la opción de su incorporación voluntaria al régimen obligatorio.”

régimen obligatorio del Seguro Social, derogando así la opción de su incorporación voluntaria al régimen obligatorio. Las disposiciones relativas a la incorporación formal de las personas trabajadoras del hogar al régimen obligatorio de seguridad social iniciarán su vigencia una vez que se realicen las adecuaciones y reservas legales necesarias para dar completa operatividad al reconocimiento de este derecho. Mientras entran en vigor las disposiciones referentes a la Ley del Seguro Social para comprender el trabajo del hogar en el régimen obligatorio, el patrón garantizará la atención médica y los gastos por concepto de sepelio. Estos cambios legales para que las trabajadoras del hogar puedan acceder a derechos laborales, representan un paso importante para dignificar esta labor, las reformas se consideran positivas en el sentido de que brindan mayor seguridad jurídica a las partes.

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La visión antropocéntrica. Protección y derechos del medio ambiente

Mtra. Gabriela Hernández Islas Abogada postulante, coordinadora del área Háblame Derecho y del área Familias con estrella, en Terekua A.C.

¿LA TIERRA ES NUESTRA O NOSOTROS SOMOS DE ELLA? ¿CÓMO FRENAR EL IMPACTO AMBIENTAL? TODAS ESTAS INTERROGANTES EMERGEN AL ANALIZAR LA ERRADA POSTURA FILOSÓFICA QUE HEMOS ADOPTADO, PERO ¿TODO ESTÁ PERDIDO?

www.facebook.com/100003680510203 @Gabriellla08 Gabrielahernandezabogada.blogspot.mx

El reconocimiento de que el ser humano no es principio y fin del entorno mundial sino un engrane más del funcionamiento planetario, plantea una cuestión que a la ciencia antropológica y a la concepción filosófica del antropocentrismo no les ha agradado. 54 | Foro Jurídico

ANTROPOCENTRISMO: UNO DE LOS OBSTÁCULOS PARA AVANZAR El antropocentrismo es una teoría filosófica en la cual se concibe al ser humano y sus intereses como el centro de todo, por lo que se produce una supeditación de lo “demás” (seres vivos, medio ambiente, etcétera) a las necesidades y bienestar del ser humano. Veamos el origen de la teoría que nos ocupa. La evolución del teocentrismo al antropocentrismo se gesta cuando el hombre deja de adjudicarle a la existencia de un ser divino la mayoría de fenómenos, descubre la ciencia, por lo que la divinidad

se ve desplazada para dar pie a la figura dominante: el ser humano. Francois Ost señala que el dominio irracional del ser humano sobre la naturaleza tiene un origen bíblico. Por otra parte, alguna vez el canciller inglés, Francis Bacon, mencionaba que: “el Estado moderno debe concebirse como una república científica […] cuyo objetivo es llegar a un dominio completo de la naturaleza con vistas a mejorar la suerte del género humano”, es decir, una perspectiva antropocéntrica. Por su parte, Descartes propuso una visión dual del mundo otorgándole primacía a los


seres humanos por ser la única especie poseedora de alma y mente (res cogitas); en tanto que el resto de la creación sólo es materia (res extensa) que funciona inconscientemente, de esta manera Descartes abrió una brecha entre el hombre y la naturaleza. En 1633, en Fabula mundi proponía grosso modo una visión antropocéntrica al mencionar “portaros como si fuéramos dueños y señores de la naturaleza”. En consecuencia, se dejó fuera de la ecuación a los seres vivos, ya que el ser humano, como único ser viviente portador de razón se establece como la figura predominante del planeta, mientras que el medio ambiente pasa a cumplir el papel de un mero instrumento, todo esto contra lo dispuesto en la Carta Mundial de la Naturaleza, emitida en 1982 por la Asamblea General de Naciones Unidas, que dicta: “La especie humana es parte de la naturaleza […] Toda forma de vida es única y merece ser respetada […] y con el fin de reconocer a los demás seres vivos su valor intrínseco, el hombre ha de guiarse por un código de acción moral”.

humana conlleva replantearnos cuestiones éticas de carácter histórico a la luz de nuevos elementos de juicio. El tema de la interrelación hombre-medio ambiente es uno de los asuntos que debe analizarse tomando en cuenta todos los elementos (no únicamente al ser humano y sus intereses). ANTROPOCENTRISMO EN MÉXICO México no escapó a la corriente filosófica del antropocentrismo; nuestro máximo ordenamiento jurídico posee un antropocentrismo moderado, es decir, gira en torno a la estabilidad y protección del ser humano; al mismo tiempo y como consecuencia de proveer un contexto digno en el que pueda vivir y desarrollarse, se ha establecido la protección al medio ambiente, lo cual quedó estatuido en nuestro artículo 4, quinto párrafo. De

“Bajo el régimen del antropocentrismo han nacido normas, corrientes ideológicas, posturas políticas etcétera, mediante las cuales situando al ser humano en el centro manipulan el medio ambiente hasta el punto de destrozarlo.”

Bajo el régimen del antropocentrismo han nacido normas, corrientes ideológicas, posturas políticas etcétera, mediante las cuales situando al ser humano en el centro manipulan el medio ambiente hasta el punto de destrozarlo, sin reparar en que el deterioro causado a la Tierra desembocará tarde o temprano en un daño a la propia especie humana. El pronóstico científico nos señala que llegaremos a un punto en el que ya no habrá retorno, nos señala que estamos en el camino hacia ningún lugar. Desbancar el antropocentrismo como eje central de la ideología

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forma muy similar y con un antropocentrismo moderado, legislaron diversos países latinoamericanos, como Ecuador, Brasil, Bolivia, Paraguay, Perú y Venezuela; esto por mencionar algunos ejemplos. No obstante, existe un país en Latinoamérica que le ha reconocido derechos a la naturaleza, nos referimos a Ecuador, el cual en su máxima norma en el numeral 10, segundo párrafo, dispone: “Artículo 10. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución”. Pero la Constitución ecuatoriana no se ciñe únicamente a la disposición citada, sino que en los artículos 71 a 74 se le reconoce derechos a la Pacha Mama, tales como el respeto integral de su existencia, el derecho de mantenimiento, el de regeneración de sus ciclos vitales, así como el derecho a su restauración. Es lamentable que México no haya podido 56 | Foro Jurídico

“Deberíamos cuestionarnos si las bases filosóficojurídicas que sustentan a la normatividad son las oportunas o si debemos mutar hacia una corriente nueva que ofrezca una cura para el mal que se ha causado a nuestro medio ambiente y a nuestros seres vivos no humanos.” (o querido) seguir el ejemplo ecuatoriano, dejándose llevar por intereses mezquinos que van desde políticos hasta económicos, impidiendo una protección acertada de la naturaleza, del medio ambiente, teniendo como eje al ser humano, rezagándonos una vez más a una visión filosófica rebasada. Es hora de preguntarnos ¿qué estamos haciendo mal?, ¿por qué continúa privilegiándose el valor económico al costo natural? Fundamentalmente, deberíamos cuestionarnos si las bases filosófico-jurídicas que sustentan a la normatividad son las oportunas o si debemos mutar

hacia una corriente nueva que ofrezca una cura para el mal que se ha causado a nuestro medio ambiente y a nuestros seres vivos no humanos. POSTURAS FILOSÓFICAS QUE PROMUEVEN UN ENFOQUE HOLÍSTICO Las normas ambientales son las que menos cumplimiento tienen, entre otras razones por la falta de decisión política del Estado para hacerlas cumplir o por la prevalencia de privilegios económicos. Frente a éstos escollos parecería que una primera solución es, como se propuso en líneas anteriores, abandonar el antropocentrismo


en toda la línea política y legislativa nacional y, como consecuencia, lograr el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos incluyendo, desde luego, los derechos de los animales no humanos. La postura holística nos estima como integrantes y no como dueños y señores, entendiendo que formamos parte de un sistema en el que interaccionan elementos bióticos y abióticos dentro de ciertos umbrales y límites físicos de sustentabilidad y adaptación. Diversas posturas se han fijado respecto a la visión heliocentrista, por ejemplo, Aldo Leopold en su ensayo “The Land Ethic” sugiere la constitución de una ciudadanía biótica inspirada en una ética de la Tierra, en el que la conservación es un estado de armonía entre los hombres y la tierra. Por su parte, Tom Reagan en su ensayo “The Case for Animal Rights” ratifica el derecho de otros seres vivos que comparten el planeta con nosotros trasladando a los seres humanos desde el centro a un engrane del todo. No debemos olvidar que los indios norteamericanos y otros grupos indígenas han defendido la espiritualidad fundada en la tierra, para muestra está la carta redactada en 1855 por el Gran Jefe Indio Seattle de la tribu de los Swamish a Franklin Pierce, entonces Presidente de los EE. UU., en la que se lee: “La Tierra no pertenece al hombre, el hombre pertenece a la Tierra. No fue el hombre el que tejió la trama de la vida, él es sólo un hilo de la misma. Todo cuanto haga con la trama se lo hará a sí mismo”.

Además, Jean Christian Smuts nunca admitió la postura antropocéntrica porque la propia ciencia de la ecología es holística; mientras que James Lovelock y Lynn Margulis argumentaron en su “Hipótesis Gaia” que el planeta tierra se autorregula por sí mismo. Por último, no podíamos pasar sin mencionar a Cristopher Stone, Juez estadounidense que en 1972 argumentó en el ensayo “Should Trees have Standing? Toward Legal Rights for Natural Objects”, a raíz del caso Sierra Club vs. Morton, que los árboles que pretendían talarse para construir el parque Disney eran los verdaderos afectados y no la organización Sierra Club. NECESARIA REFLEXIÓN. NO TODO ESTÁ PERDIDO (AÚN) Como hemos visto hasta ahora, la ciencia nos da hoy una visión más amplia y holística de la naturaleza, que debemos aprender a utilizar para aprovechar mejor los recursos. Así, la valoración ecológica parte de un reconocimiento de un parentesco e interdependencia biológica entre todos los seres vivos (incluido el ser humano), y haber aprendido que existe una conexión entre todos los procesos bióticos, del cual nuestra vida como especie depende, esto debería bastar para rever la postura antropocéntrica que sostiene nuestras leyes.

“Deberíamos abandonar el antropocentrismo en toda la línea política y legislativa nacional para lograr el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos incluyendo los derechos de los animales no humanos.” legislaciones la postura filosófica del antropocentrismo, es imprescindible pues realizar un giro, modificar la teoría ideológica lo cual dará como resultado la construcción no sólo de mejores leyes sino una protección ambiental y animal adecuada a nuestro tiempo, una que nos permita ser parte del todo, preservándolo, protegiéndolo, subsistiendo con él.

La concepción antropocéntrica unida con la falta de conciencia respecto del estado real del medio ambiente que nos rodea es lo que ha generado el deterioro actual y futuro de nuestra Tierra, es por ello que resulta una tarea imprescindible replantearse el peso que adquiere en nuestras

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Permisos de importacion emitidos por COFEPRIS. Consecuencias del cambio de fracción arancelaria

Mtro. Armando Melgoza Rivera Director de la Comisión de Comercio Exterior de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México. amelgoza@mfb.com.mx www.mfb.com.mx.

Se tendrá por no presentado al ser diferente la fracción arancelaria sobre la cual se solicitó aquel y como consecuencia se tendrán por no cumplidas las regulaciones y restricciones no arancelarias.

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EN EL PRESENTE TRABAJO SE ANALIZARÁ SI A RAÍZ DE LA MODIFICACIÓN POR PARTE DE LA AUTORIDAD DE LA FRACCIÓN ARANCELARIA DE UN PRODUCTO RESPECTO DEL CUAL SE TIENE LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN PERMISO DE IMPORTACIÓN EXPEDIDO POR LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS (COFEPRIS).

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entro de las diversas obligaciones de los importadores se encuentra cumplir, cuando la fracción arancelaria lo requiera, con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables, en el entendido de que su omisión traerá como consecuencia que se pueda embargar precautoriamente la mercancía (artículo 151 de la Ley Aduanera) y que se puedan llegar a imponer sanciones del 70% al 100% (artículo 178, fracción iv, de la Ley Aduanera) del valor comercial de las mismas, además de que puedan pasar a favor del fisco federal o pagar el valor de las mismas

(artículo 183-a, fracción iv de la Ley Aduanera). Las regulaciones y restricciones no arancelarias debemos de entenderlas como aquellos controles diferentes a los aranceles consistentes en el establecimiento de medios que regulen o restrinjan la entrada de ciertas mercancías al país, y en específico cuando dichas mercancías se relacionen con seguridad, salud o equilibrio ecológico entre otros.1

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Jorge Moreno, Hadar Moreno, Pedro Trejo Vargas. Comercio exterior sin barreras. México, ISEF, 2002, p. 77.


Si bien la Ley de Comercio Exterior no señala qué se entiende por regulaciones y restricciones no arancelarias y tampoco señala cuándo se está en presencia de una regulación y cuándo en presencia de una restricción las mismas están limitadas a la imposición en los casos que la Ley de Comercio Exterior lo contempla, supuestos que pueden ser observados en el artículo 16 de la citada norma, dentro de las cuales encontramos a los cupos, normas oficiales mexicanas, cuotas compensatorias, marcado de país de origen y a los permisos previos.

su solicitud, menos aún en la Ley Federal de Derechos,3 en la cual se establecen las cantidades a pagar por la emisión de dicha regulación por parte de la Cofepris. Partiendo de este punto tenemos que el documento que expide dicha Comisión jurídicamente no existe, ya que la misma no se encuentra regulada por alguna disposición legal, sin embargo, para fines prácticos los seguiremos denominando de esa forma aunque no por ello se reconozca que sea correcto, sino simplemente que ante un tema tan importante preferimos entrar en cuestiones más delicadas, aunque esta también lo sea.

PERMISOS PREVIOS

Pasando por alto este grave error de las autoridades y de los legisladores, hablar de permisos

Un permiso previo se utiliza para importar determinadas mercancías respecto de las cuales el gobierno pretende controlar su entrada o salida del país, consiste en un instrumento utilizado tanto para proteger la seguridad nacional y la salud de la población, como para controlar la explotación de los recursos naturales, preservar la flora y la fauna y para proteger a la industria nacional.

“Dentro de las diversas obligaciones de los importadores se encuentra cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables, en el entendido de que su omisión traerá como consecuencia que se pueda embargar precautoriamente la mercancía.”

PERMISOS SANITARIOS DE IMPORTACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS (COFEPRIS) Es importante mencionar que el concepto “permisos de importación” no existe ni en el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida están sujetas a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud,2 ni en las normas secundarias que establecen los requisitos para

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Dicha norma los denomina “autorizaciones sanitarias previas de importación”. El artículo 195-G de la Ley Federal de Derechos los denomina permisos sanitarios previos de importación.

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“Si bien la Ley de Comercio Exterior no señala qué se entiende por regulaciones y restricciones no arancelarias, las mismas están limitadas a la imposición en los casos que la Ley de Comercio Exterior lo contempla.”

para ello, con base en el principio de legalidad, sería necesario que existiera una norma que así lo estableciera.

de importación significa destapar la caja de pandora en razón de que la legislación correspondiente a dichas regulaciones no arancelarias se encuentra plagada de lagunas y omisiones que dejan al arbitrio de la autoridad, en específico la aduanera, su interpretación, máxime cuando dicha interpretación puede dar lugar a que se configure el delito de contrabando.

RECHAZO DEL VALOR PROBATORIO DEL PERMISO SANITARIO DE IMPORTACIÓN POR CAMBIO DE FRACCIÓN ARANCELARIA

Siendo un tema tan delicado el de los requisitos que debe de contener el permiso de importación para otorgarle validez al mismo, las normas respectivas se encuentran en blanco al respecto, ya que lo más que podemos encontrar al respecto es lo que nos señala el artículo 145 del Reglamento de Insumos para la Salud, que establece la posibilidad de que en caso de que no se llegue a solicitar el permiso correspondiente, se considerará que la mercancía que lo requería se introdujo de forma ilegal, sin embargo, no existe alguna disposición que establezca que se considere que por el hecho de que un permiso tenga errores el mismo será invalidado, ya que

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En la práctica tenemos que la autoridad aduanera llega a señalar sin algún soporte que el permiso de importación presentado ante ella no tiene valor probatorio para acreditar el cumplimiento de regulaciones no arancelarias porque el mismo presenta errores en su expedición, sin que exista, como se ha señalado, alguna norma en la cual se puede fundamentar su actuación, sin embargo, este punto se tendrá que defender ante los Tribunales.

En la práctica, la autoridad aduanera modifica la fracción arancelaria de la mercancía de difícil identificación asentada en un pedimento de importación

después de llevar a cabo un análisis de laboratorio, lo cual aunque es un tema que busca proteger tanto al Estado como a los ciudadanos y está dentro de sus facultades, la actuación posterior traerá diversas consecuencias que llegan a un exceso, donde se pretende rechazar el valor probatorio de los documentos que acrediten el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias por ese cambio de fracción arancelaria, lo cual legalmente es incorrecto. Derivado del cambio de fracción arancelaria, la autoridad pretende que se desconozcan los permisos de importación y, en consecuencia, aplicar la sanción que contempla el artículo 178, fracción iv en relación con el 176, fracción iv, ambos de la Ley Aduanera. No obstante, de los citados artículos tenemos que para que se actualice la hipótesis de sanción es necesario que se introduzcan mercancías al país sin permiso de las autoridades competentes o sin cumplir cualquiera de


las demás regulaciones o restricciones no arancelarias emitidas conforme a la Ley de Comercio Exterior, es decir, no se realizaron los trámites necesarios ante las autoridades competentes, en consecuencia no se consiguieron los documentos que acreditaran el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias. Por lo que si el importador de forma previa presentó una solicitud a la Cofepris y la misma le otorgó un permiso sanitario de importación en donde se detalló la descripción del producto y el mismo coincide con el que la autoridad aduanera muestrea, se tiene claro que el contribuyente no buscó eludir sus obligaciones, sino que como consecuencia de una revisión más exacta la autoridad exclusivamente modificó la fracción arancelaria sin que pueda argumentarse la falta de cumplimiento de las citas regulaciones y restricciones no arancelarias. Es importante tener en cuenta que si no se actualiza de forma integral la hipótesis que contempla la causal de sanción, legalmente no se podrá imponer una multa, ya que ello sería vulnerar el principio de legalidad que impera en nuestro sistema legal. Pretender que se tenga por no cumplida una regulación y restricción no arancelaria por un cambio de fracción arancelaria asentada en el permiso de importación es ilegal, toda vez que el cambio de fracción arancelaria no afecta la validez del documento si en el mismo se tiene que la descripción de la mercancía amparada es la misma que la

señalada en los pedimentos de importación y la que la autoridad en su análisis de laboratorio señala, sobre todo si dicho extremo no se encuentra contemplado en alguna disposición legal. Lo anterior en un sentido lógico en donde en su momento se contaba con la información de que cierta fracción arancelaria era la correcta, máxime que para efectos de la solicitud del permiso tampoco es necesario que dicha fracción sea correcta, sino que la descripción del producto y demás datos sean correctos. Además, no debe de pasar desapercibido, como ya se ha apuntado, que no existe fundamento legal que señale que un error en la fracción arancelaria asentado en el permiso de importación traerá como consecuencia que el mismo no tenga valor, principalmente si la descripción del producto es el mismo, por lo que en caso contrario se tendrá que el actuar de la autoridad será totalmente ilegal.

sanciona cuando no se cuente con permiso de la autoridad competente. •

Si se presenta un permiso de importación, en el cual se asentó una fracción arancelaria que posteriormente fue modificada por la autoridad, el mismo no perderá su validez y valor probatorio para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.

“Derivado del cambio de fracción arancelaria, la autoridad pretende que se desconozcan los permisos de importación y, en consecuencia, aplicar la sanción que contempla el artículo 178.”

El cambio de fracción arancelaria no puede restar valor a los documentos presentados, en especial al permiso de importación, si la descripción del producto coincide con la mercancía importada, ya que este tema dependerá del criterio y análisis de la autoridad, pues lo anterior dejaría en un completo estado de indefensión a los importadores. Como conclusiones a lo antes expuesto se puede señalar que: •

La causal de sanción que contempla el artículo 176 de la Ley Aduanera en su fracción ii, únicamente

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PLD. Programa de autoregularización origen y consecuencias Daniel de la Parra Huerta Socio de la Firma Chevez Ruiz, Zamarripa en el área Litigo Estratégico Administrativo, dparra@chevez.com.mx

Diego Marvan Mas Asociado Senior de la Firma Chevez Ruiz, Zamarripa en el área Litigo Estratégico Administrativo, dmarvan@chevez.com.mx

México se sumó al esfuerzo internacional para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo accediendo a ser evaluada por dicho organismo internacional con el objeto de determinar si cumple o no con ciertos estándares mínimos en la prevención del lavado de dinero (a México se le ha evaluado en cuatro ocasiones: 2000, 2003, 2008 y 2017). 62 | Foro Jurídico

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EN EL AÑO 2000, MÉXICO SE SUMÓ AL ESFUERZO INTERNACIONAL PARA COMBATIR EL LAVADO DE DINERO Y EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, SIENDO ACEPTADO COMO MIEMBRO DE PLENO DERECHO ANTE EL GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI) COMPROMETIÉNDOSE A IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR DICHO ORGANISMO INTERNACIONAL PARA COMBATIR EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.

omo parte de la tercera ronda de evaluaciones realizadas a sus miembros, en octubre de 2008 fue publicado el Informe de Evaluación Mutua realizado a México1 en enero de ese mismo año, dentro del cual, entre otros hallazgos, se determinó que nuestro país no cumplía con la recomendación 12 (actualmente recomendación 22),2 por lo que se llegó a la conclusión de que en México no existía un régimen para la prevención del lavado del dinero y el

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financiamiento al terrorismo, tratándose de Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (apfnd): 1. Casinos; 2. Agentes Inmobiliarios; 3. Comerciantes de Metales y Piedras Preciosas; 4. Abogados, Fedatarios Públicos, Contadores y otros profesionistas que manejen recursos de sus clientes y; Proveedores de servicios societarios y de fidecomisos en ciertos casos. En cumplimiento de las obligaciones asumidas por

FATF-GAFI/Gafisud. Mutual Evaluation Report. Anti-Money Laundering and Combating the Finantial of Terrorism, octubre de 2008. Disponible en: http://www. fatf-gafi.org/media/fatf/documents/reports/mer/MER%20Mexico%20ful.pdf FATF. International Standards onCombating Money Laundering and the Finacing of Terrorism & Proliferation. The FATF Recommendations, junio de 2019. Disponible en: https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/pdfs/ FATF%20Recommendations%202012.pdf


México y atendiendo a los hallazgos detectados en la revisión que le fue practicada en 2008, el 17 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (dof) el Decreto por el cual se expidió la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (lfpiorpi), la cual en términos de sus disposiciones transitorias entró en vigor el 17 de julio de 2013 (con excepción de las disposiciones relativas a la presentación de avisos y las relativas a la restricción de recepción de efectivo). Cabe señalar que en el artículo 17 de la lfpiorpi se establece una serie de actos u operaciones (16 actividades que incluyen las apnfd y otras consideradas de riesgo por México para el lavado de activos) denominadas “actividades vulnerables”, por ende, susceptibles de identificación y en algunos casos objeto de aviso ante las autoridades competentes a través del Portal de Prevención de Lavado de Dinero. Ahora bien, durante los meses de febrero y marzo de 2017 México fue objeto de una cuarta evaluación por parte del gafi, a efecto de determinar el grado de cumplimiento, por parte de nuestro país, de las 40 Recomendaciones y si existía mejoría en comparación con la última evaluación realizada por parte de dicho organismo internacional.

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Los resultados derivados de dicha evaluación fueron publicados por el gafi en enero de 2018,3 dentro de los cuales se destaca que México tuvo una mejora significativa en algunas áreas del régimen para la prevención del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, comparado con el que existía en el año de 2008, señalándose que se ha incorporado a su legislación la obligación, por parte de los sujetos que realizan apnfd, de identificar a sus clientes y usuarios, y en ciertos casos presentar avisos ante la autoridad competente. Sin embargo, en dicha publicación se resaltó que al momento de la evaluación existían en México alrededor de 64,000 sujetos dados de alta ante la Unidad de Inteligencia Financiera como entidades o individuos que realizan apnfd (actividades vulnerables), monto considerablemente bajo atendiendo a un país con una población estimada (en 2015) de 119.5 millones de habitantes.

“Las DCG que regulan los Programas de Auto Regularización en materia de Prevención de Lavado de Dinero prevén dos programas que los sujetos obligados que realizan actividades vulnerables deberán observar para regularizar sus obligaciones: la auto regularización y la condonación de multas.”

De igual forma, en el Informe se establece que desde 2014 a la fecha de la evaluación las autoridades competentes únicamente realizaron 118 visitas de verificación a entidades o individuos dados de alta como sujetos que realizan actividades

FATF/GAFILAT. Anti-Money Laundering and Counter-Terrorist Financing Measures. Mutual Evaluation Report of Mexico, enero de 2018. Disponible en: https:// www.fatf-gafi.org/media/fatf/ documents/reports/mer4/MERMexico-2018.pdf

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Regularización, no procederá la imposición de sanciones respecto del periodo de incumplimiento y el Servicio de Administración Tributaria (sat) podrá condonar las multas que se hayan fijado en términos de la lfpiorpi, debiendo emitir las Reglas bajo las cuales operaran dichos Programas de Auto Regularización. En relación con lo anterior, el 16 de abril de 2019 se publicaron en el dof las Disposiciones de Carácter General (dcg) que regulan los Programas de Auto Regularización5 en materia de Prevención de Lavado de Dinero en las cuales se establecen los requisitos que se deberán cumplir para poder acceder a dichos programas, mismas que entrarán en vigor a los 45 días hábiles siguientes a su publicación, a saber el 21 de junio de 2019.6 vulnerables, lo que implica una revisión del 0.2% de los sujetos dados de alta en el padrón, recomendando a nuestro país que revise los recursos aplicados a la supervisión de las medidas de lucha contra el lavado de activos. Derivado de los hallazgos antes mencionados publicados por gafi y atendiendo al gran número de sujetos obligados en términos de la lfpiorpi que han sido omisos en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la misma, a través de las disposiciones transitorias de la Ley de Ingresos de la

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Federación para 2019,4 se estableció un programa de “facilidades” que permite a los sujetos que realizaron actividades vulnerables y que no cumplieron con sus obligaciones durante el periodo del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018, que cumplan con las mismas y, a su vez, que permita a las autoridades competentes obtener información útil, precisa y eficaz, para el debido ejercicio de sus atribuciones. Asimismo, en dicha disposición Transitoria se establece que para quienes adopten los Programas de Auto

En dichas dcg se establece que la adopción de los programas de Auto Regularización deberá efectuarse mediante solicitud que deberán formular los sujetos obligados, a través del portal de Internet de prevención de lavado de dinero, dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de dichas dcg. Las dcg que regulan los Programas de Auto Regularización en materia de Prevención de Lavado de Dinero prevén dos programas que los sujetos obligados que realizan actividades vulnerables

Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547 401&fecha=28/12/2018 Disposiciones de carácter general que regulan los Programas de Auto Regularización. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/ nota_detalle.php?codigo=5557882&fecha=16/04/2019 Tomando en consideración los días inhábiles establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y la Regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 que establece los días inhábiles para el Servicio de Administración Tributaria.

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deberán observar para regularizar sus obligaciones: la auto regularización y la condonación de multas. Tratándose de los requisitos que deberán cumplir los sujetos obligados que deseen acceder a los Programas de Auto Regularización se establece que la solicitud de adopción de dicho programa deberá incluir la siguiente información: i) Descripción de las irregularidades cometidas, precisando los preceptos legales incumplidos; ii) Detalle de las circunstancias que originaron la irregularidad; iii) Descripción de las acciones que se pretenden adoptar para corregir el incumplimiento. Por otra parte, los sujetos obligados que deseen acceder al citado programa deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: 1. Estar dados de alta en el padrón de sujetos obligados. 2. Que los datos manifestados estén actualizados. 3. Encontrarse al corriente de sus obligaciones durante el año 2019. 4. Que aquellas obligaciones que se pretendan subsanar no constituyan la comisión de un delito. Por otro lado, las dcg en comento establecen que el sat podrá condonar las multas que hayan sido impuestas durante el periodo en que se presentó la irregularidad o incumplimiento que amparen los Programas de Auto Regularización. Al respecto, se establece que para acceder a la citada condonación de multas se deberá presentar una solicitud de condonación ante la

Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del sat correspondiente, dentro del plazo de 20 días siguientes a que haya concluido el plazo de su Programa de Auto Regularización y en la medida en que se hayan corregido totalmente las irregularidades e incumplimientos contenidos en el referido programa. A pesar de que el citado Programa de Auto Regularización presenta ciertas interrogantes que esperamos sean aclaradas próximamente por las autoridades competentes, consideramos importante que los sujetos obligados a quienes les pudiera resultar aplicable dicho programa determinen que aquellas obligaciones a su cargo en términos de la lfpiorpi han sido cumplidas a cabalidad para corroborar la viabilidad de adherirse al beneficio objeto del presente artículo o en su caso optar por las opciones establecidas en dicha Ley para regularizar su situación.

“Los sujetos obligados a quienes les pudiera resultar aplicable el Programa de Auto Regularización deben determinar que aquellas obligaciones a su cargo en términos de la LFPIORPI han sido cumplidas a cabalidad para corroborar la viabilidad de adherirse al beneficio objeto del presente artículo u optar por las opciones establecidas en dicha Ley para regularizar su situación.”

Lo anterior, ya que es evidente que uno de los principales objetivos del Programa de Auto Regularización es atender a las observaciones efectuadas por gafi relativo al bajo número de entidades o individuos dados de alta como sujetos que realizan actividades vulnerables (apnfd), quedando pendiente incrementar la supervisión de las medidas de lucha contra el lavado de activos tratándose de dicho tipo de actividades, por lo que muy probablemente concluido el periodo de adhesión a dicho programa veremos un incremento por parte de las autoridades competentes en la revisión del cumplimiento de obligaciones que deriven de la lfpiorpi.

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Claves de la Reforma Laboral EN LOS ÚLTIMOS DÍAS UNO DE LOS GRANDES TEMAS DE DISCUSIÓN EN LOS FOROS JURÍDICOS NACIONALES HA SIDO LA REFORMA LABORAL. NO SON POCOS LOS LUGARES NI LOS EXPOSITORES QUE EL DÍA DE HOY ANUNCIAN CON BOMBO Y PLATILLO LAS BONDADES DE LA NUEVA REFORMA. Jorge Armando Talavera Gutierrez

“Por ello, en el presente artículo me he dado a la tarea de mencionar algunos puntos estratégicos así como algunas claves de la mencionada reforma y cómo estos pueden causar beneficios o perjuicios a corto y largo plazo.”

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JUDICIALIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES LABORALES Éste es quizá el mejor avance de la reforma, y es que la judicialización permite la dignificación de la justicia laboral la cual fue ninguneada y despreciada por años. Recordemos que al depender del poder ejecutivo, las juntas de conciliación y arbitraje se convirtieron en tema de poco interés para sus titulares tanto en lo federal como en los estados; la razón de este desprecio tiene que ver con el poco “beneficio político” que daban estos tribunales al ejecutivo, por ende, se volvieron una carga administrativa en donde poco se pensó hacer para dignificar sueldos e infraestructura de estos tribunales. Incluso podemos mencionar que son pocos los mandatarios que llegaron o han llegado a entender la función y la importancia de la justicia laboral.

ETAPA CONCILIATORIA En esta etapa, el legislador consideró que el trabajador debe buscar, antes del ejercicio de su acción judicial, la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio con el patrón; por ello el legislador consideró que esta etapa debe constar de 45 días naturales en las cuales se debe acercar a las partes para conciliar intereses y evitar el conflicto. Es menester señalar que también el patrón podrá solicitar la intervención del órgano conciliador para buscar el arreglo conciliatorio con el trabajador. Asimismo, el legislador prohíbe al trabajador actuar por medio de un apoderado legal, lo cual sujeta al trabajador durante un largo periodo de tiempo en el cual deberá estar al pendiente del proceso conciliatorio prejudicial, en donde incluso podrá ser llamado por la autoridad


conciliatoria para llevar el citatorio a su patrón o en su caso acompañar al actuario a notificar el citatorio; el trabajador también deberá estar al pendiente de las notificaciones ya sean personales o en medios electrónicos que le informen el estatus de su proceso. Cabe señalar que dentro de la etapa conciliatoria el trabajador asesorado por el Instituto federal de conciliación o su similar estatal mencionará las prestaciones que pretende, estas prestaciones no podrán variar en lo “esencial” al momento de interponer formal demanda. Lo cual podría generar un escenario adverso para el trabajador, ya que una mala asesoría de inicio impactará en el ejercicio de sus derechos ante los tribunales laborales. También se debe considerar que el legislador prevé que en caso de que el trabajador solicite la conciliación y no se presente a la misma, en ese momento se certificará la inasistencia del trabajador y con ello la improcedencia del certificado de no conciliación, lo cual impide al trabajador ejercer sus acciones laborales a través de la demanda.

la Convención Americana de los Derechos humanos. Ahora bien, en la práctica estos organismos descentralizados deberán tener una enorme capacidad operativa y un gran capital humano para poder hacer frente a las oleadas de conciliaciones y asesorías que tendrán que atender y finalizar en el periodo marcado por la ley. En caso de no contar con los elementos materiales y humanos necesarios estos organismos descentralizados quedarán varadas y sin aplicación como muchas iniciativas en nuestro país, quedando solamente en buenas intenciones. JUICIO ORDINARIO LABORAL Con la nueva reforma el proceso ordinario laboral cambió radicalmente, incluso se puede decir que el legislador trató de homologar el procedimiento laboral haciéndolo coincidir en mucho con otros procedimientos

“La judicialización de los tribunales laborales permite la dignificación de la justicia laboral, la cual fue ninguneada y despreciada por años.” del marco jurídico mexicano. A este nuevo proceso laboral se le denomina sistema mixto laboral ordinario, ya que cuenta con dos etapas: una escrita y otra oral. Etapa escrita. Consta de la demanda y la contestación, la primera se refiere al instrumento jurídico mediante el cual se inicia el procedimiento jurisdiccional laboral. La misma deberá ser presentada ante el tribunal laboral anexando la constancia de “no conciliación” emitida por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

Desde un punto de vista formalista, la etapa prejudicial “conciliatoria” es violatoria de garantías constitucionales y derechos humanos, toda vez que condiciona la acción de un derecho ante un organismo jurisdiccional, sujetándose al requisito previo de acudir a un organismo descentralizado quien dará constancia para poder ejercitar sus derechos laborales. Lo anterior es violatorio de las garantías constitucionales consagradas en el artículo 17 de nuestra Constitución política y en los derechos humanos consagrados en el artículo 8 de

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dará a conocer en esta etapa, las partes podrán disponer de 60 minutos para leer la sentencia y solicitar aclaración de la misma.

o su similar estatal. De igual manera, al escrito de demanda se deberán anexar las pruebas que tengan por objeto acreditar la procedencia de las acciones ejercitadas y los documentos que acrediten la personalidad de sus apoderados legales. Cabe resaltar que tanto los hechos como las prestaciones narradas en la demanda no podrán variar sustancialmente de aquellas narradas por el trabajador en el procedimiento conciliatorio. La parte demandada tendrá un periodo de 15 días al momento de ser emplazada para dar contestación a la demanda; en este momento la parte demandada deberá agregar los documentos que acrediten su personalidad así como las pruebas que acrediten sus excepciones y defensas. Una vez contestada la demanda se llevará a cabo el desahogo de vista al actor quien en un periodo de tres días tendrá derecho a manifestar lo que a su interés convenga. Al finalizar la vista se fijará la litis y

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se concluirá con la etapa escrita del procedimiento dando paso a la siguiente etapa procesal llamada audiencia preliminar. Etapa oral. Audiencia preliminar: en esta audiencia el Tribunal Laboral depurará el procedimiento, es decir mencionara cuáles son los hechos materia del litis dentro del juicio, así como cuáles son las pruebas que se admiten con el objeto de acreditar tales hechos. Esta audiencia finaliza con el acuerdo de desahogo de pruebas el cual se realizará en la siguiente etapa procesal llamada audiencia de juicio. Audiencia de juicio: dentro de esta audiencia se desahogarán todas aquellas pruebas que son materia del litis en el presente juicio, una vez desahogadas las pruebas las partes podrán manifestar sus alegatos. En esta audiencia de juicio el legislador prevé que el tribunal laboral pueda emitir sus conclusiones a través de la sentencia, la cual se

Aunque en la reforma se menciona que esta audiencia se realizará en un mismo día, en la práctica esta etapa puede sufrir retrasos debido a la naturaleza de las pruebas a desahogar, tales como periciales, informes e incluso confesionales. Ante ello es necesario que se visualice la posibilidad de que la mencionada etapa sea suspendida o realizada en diversos momentos por los órganos jurisdiccionales, esto permitirá valorar de manera adecuada las pruebas aportadas y desahogadas por ambas partes, incluso hasta la posibilidad de generar una sentencia con una estructura más fundamentada y apegada a derecho. CARGAS DE LA PRUEBA Toma especial interés la reforma sobre la prueba testimonial, en la cual se obliga a las partes a presentar a sus testigos, lo cual genera un ahorro de tiempo procesal que puede ayudar a

“Tanto los hechos como las prestaciones narradas en la demanda no podrán variar sustancialmente de aquellas narradas por el trabajador en el procedimiento conciliatorio.”


concluir el asunto de una forma más rápida. En el caso de las periciales existe una reforma interesante debido a que la pequeña y mediana empresa, así como los trabajadores, podrán solicitar auxilio del tribunal jurisdiccional laboral para que estos puedan nombrar peritos a su favor de manera gratuita. El grave problema de este beneficio es que la ley no especifica qué criterios o razones se tomaran en consideración para acreditar a un patrón como pequeña o mediana empresa. LOS TIEMPOS DE APLICACIÓN Para finalizar es necesario mencionar los tiempos marcados por el decreto con fecha del 1 de mayo del 2019 y publicado en el Diario Oficial de la Federación en el cual nos menciona las etapas en las cuales deberá estar funcionando a plenitud la nueva reforma laboral: • •

“En la audiencia preliminar el Tribunal Laboral depurará el procedimiento, es decir mencionara cuáles son los hechos materia del litis dentro del juicio, así como cuáles son las pruebas que se admiten con el objeto de acreditar tales hechos.”

para la democracia sindical). Mayo de 2022, inicio de actividades de los centros de conciliación locales y los tribunales locales. Mayo de 2023, inicio de actividades de los centros de conciliación federales y los tribunales federales laborales.

Aunque aún falta analizar algunos otros puntos importantes de la citada

reforma es necesario mencionar que los párrafos anteriores son la parte toral de la reforma laboral aprobada. Insisto en la falta de análisis sobre temas como el derecho colectivo o el de seguridad social, el cual será analizado en artículos venideros. Lo expuesto anteriormente son algunas consideraciones basadas en la experiencia personal sobre la materia.

2 de mayo, entrada en vigor de la Ley Federal del Trabajo en lo sustantivo. Julio de 2019, emisión de los lineamiento para la operación del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma laboral. Agosto de 2019, protocolo para la verificación de la consulta a los trabajadores de los contratos colectivos vigentes. Noviembre de 2019, expedición de la ley orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). Mayo de 2020, plazo máximo para adecuar los procedimientos de consulta a los trabajadores (adecuaciones de estatutos

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EVENTOS

Entrega la ANDD reconocimiento al Mgdo. Plácido Humberto Morales Por Brenda Amaro

La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, en su última reunión de trabajo del 2019, reconoció la trayectoria profesional, así como su labor como Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, del Dr. Plácido Humberto Morales Vázquez. El licenciado en Derecho por la UNAM y Doctor Honoris Causa por la Universidad Autónoma de Ciencias y Artes del Estado de Chiapas es el líder en el proceso de transformación de uno de los movimientos jurídicos más importantes del país: la transición de Juntas de Conciliación a Tribunales laborales, proceso clave de la Reforma Laboral, expresó el doctor Elías Huerta Psihas, presidente de la ANDD y quien fue el encargado, a nombre de los asociados, de entregar el reconocimiento por sus aportaciones al servicio público y como profesional del derecho laboral burocrático en México.

Elías Huerta Psihas, Plácido Humberto Morales Vázquez y Ricardo Franco Guzmán

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on la presencia de más de 100 asociados en un salón del Hotel Marquis, el Dr Huerta Psihas dijo que el encuentro con el Magistrado Morales es una oportunidad para saber de línea directa acerca del proceso de transformación en la justicia laboral. Explicó que una de las tareas del Magistrado Presidente es la de difundir los ejes centrales de la Reforma Laboral, así como los retos que implica su implementación. El presidente de la andd entregó el reconocimiento al magistrado Morales y agradeció su disposición para reunirse con el gremio de abogados y compartir su experiencia, particularmente en justicia laboral entre servidores públicos federales y el Estado.

declaró el Magistrado Morales.

El Dr. Humberto Morales Vázquez agradeció a los integrantes de la Asociación por la afectuosa recepción y afirmó que la Reforma Laboral más que un planteamiento de Estado, es un reclamo de democratización sindical, porque la falta de libertades sindicales estaba asociado a un sistema político. Hacer el ejercicio de la democratización sindical entre las relaciones de los trabajadores es complejo por las resistencias al cambio por la pérdida de privilegios que para muchos representa,

Enfatizó que el deber de los abogados es “constituir, construir un pensamiento sobre el derecho acorde a la sociedad, estamos llamados a hacer posible la transformación nacional, sin ideologías ni propaganda, la sociedad mexicana requiere marchar a una democratización plena con la que se alcance la justicia, fundamentalmente la justicia social y no se puede dar sin nosotros los abogados”.

No obstante, es un paso relevante para que exista una auténtica representación mandatada en la ley, puntualizó el Dr. Morales. Añadió que es necesario construir un nivel de conciencia, detalló que una de sus tareas es comunicarlo para que se entiendan esos derechos y es parte del proceso de cambio. Aseveró ante los Doctores en Derecho que “Nuestro país estaba reclamando un cambio de gran calado en la vida pública nacional y es un asunto de nosotros los abogados. El estudioso del Derecho tiene un deber con cualquier necesidad de cambio que tenga la sociedad, nuestro papel en la transición es vital”.

Como parte de la última reunión de trabajo, el Dr. Elías Huerta

mencionó las principales actividades que se hicieron durante los 12 meses del 2019. Destacó los encuentros con la Ministra en retiro Margarita Luna Ramos y con la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, también integrantes de la andd; con el Dr. Santiago Nieto Castillo, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera; Margarita Ríos-Farjat, extitular del Servicio de Administración Tributaria y actual Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, informó que la andd participó en los foros: Hacia un Código Penal Único, en la Cámara de Diputados; en la Primera Cumbre Panamericana de Jueces sobre los Derechos Sociales, en el Vaticano; y en el foro sobre la Ley de Amnistía, entre otros. Asimismo, anunció algunas actividades que se tienen contempladas para este 2020, como el xii Congreso Nacional de Derecho,

“La sociedad mexicana requiere marchar a una democratización plena con la que se alcance la justicia, fundamentalmente la justicia social y no se puede dar sin nosotros los abogados”: Dr. Plácido Humberto Morales Vázquez.

Justicia y Nuevas Tecnologías. El encuentro también fue marco para la presentación y bienvenida de los doctores de reciente integración a la andd, quienes recibieron su constancia de mano del Dr. Huerta y del magistrado Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, Plácido Morales.

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EVENTOS

Inaugura la ANADE su XLVIII Convención Nacional en Monterrey Por Janet Huerta Estefan

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a Asociación Nacional de Abogados de Empresa (anade), inauguró su xlviii Convención Nacional que se llevó a cabo del 31 de octubre al 3 de noviembre en Monterrey, Nuevo León. Durante dos días de trabajo, los asociados abordaron temas importantes de la actualidad como “El nuevo sindicalismo en México”, “La importancia de la inteligencia artificial en los despachos”, “Inclusión en centros de trabajo”, “Litigio estratégico” y “Retos de la recaudación fiscal”, con el objetivo de que el abogado de empresa tenga los elementos

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para asesorar a su institución (en el caso de abogados internos y a sus clientes (en el caso de despachos). La inauguración se llevó a cabo en el Palacio de Gobierno de Nuevo León, estuvieron presentes en el presídium el Lic. Adrián Ojeda Cuevas, Presidente de la anade; Lic. Francisco Quiroga Fernández, Subsecretario de Minería de la Secretaría de Economía; Diputado Juan Carlos Ruiz García, Presidente del Congreso del Estado de Nuevo León; Magistrado Francisco Javier Mendoza Torres, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León; Lic. Adalberto Núñez Ramos, Subsecretario de Trabajo; Lic. Mario Saucedo Montemayor, Presidente de la Sección Nuevo León de la anade; Lic. Moisés Castro Pizaña, Primer Vicepresidente de la anade; Lic. Consuelo González

Rodríguez, Segunda Vicepresidenta de la anade y el Lic. Sac Nicté Castilla Craviotto, Coordinadora del Comité Académico de la Convención Nacional 2019.

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EVENTOS

La transformación digital no se trata de tecnología sino de visión y liderazgo: Janet Huerta Por Martha Ramos Nava

El pasado 20 de noviembre se llevó a cabo el Congreso Europeo de Legaltech en Madrid, organizado por la Asociación Europea de Legaltech (ELTA por sus siglas en inglés –European Legaltech Association-). Durante dos días, expertos de más de 33 países se reunieron para intercambiar experiencias y opiniones sobre el estado de los servicios legales digitales y de la implementación de herramientas tecnológicas (Legaltech) en despachos de abogados y departamentos legales.

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epresentando a México, asistió Janet Huerta Estefan, Directora Ejecutiva de Foro Jurídico, quien participó en la mesa de debate con el tema Los servicios legales digitales están siendo exitosos.

NECESARIO PARA LOS ABOGADOS TENER UNA VISIÓN DE NEGOCIO

Como primera reflexión, Janet afirmó que para una transformación digital exitosa más que recursos o tecnología, se requiere de visión y liderazgo.

Las firmas legales, aseguró Janet Huerta, no están liderando el cambio tecnológico, sino que sólo responden a la realidad de sus clientes. Los abogados internos de las empresas son los que van encabezando esta carrera digital en el sector, ya que han tenido que hacerlo por los cambios dentro de la cultura de sus empresas. Es por ello que los abogados de empresa son el segmento de mayor crecimiento en la comunidad legal y estos puestos, apalancados por la tecnología, muchas veces sustituyen inclusive la contratación de despachos externos.

Los líderes del sector jurídico deben de innovar y para eso primero hay que abrir la mente para aceptar que las cosas pueden hacerse de manera diferente y simplemente abrirle paso a expertos de otras disciplinas que puedan aportar sus conocimientos y juntos lograr esta transformación, porque los abogados no podrán hacerlo solos.

La implementación de herramientas tecnológicas sirve, en primera instancia, para automatizar procesos repetitivos. Por ello, para hablar de Legaltech primero se deben de conocer los procesos del departamento legal o despacho. Asimismo, para hablar de procesos debemos previamente de contar con un modelo de negocio ya que cada uno de estos procesos debe de ir alineado con la propuesta de

Moderó la mesa María Belén Pose, Directora Jurídica de Seguros Arag, España y participaron también Wolfgang Pichler, Director de Desarrollo de Negocios en Manz, Austria, y Luis Poyatos Gerente en Law You, España.

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valor establecida por la organización. Todo esto se resume en tener una visión integral de negocios. Los abogados fueron educados para ser profesionistas y no empresarios, y su formación en negocios es cuasi nula. Tradicionalmente, los despachos no se ven a sí mismos como un negocio y la mayoría no han establecido un modelo de negocio ni tienen la disciplina de hacer planeación, establecer metas, indicadores con los que puedan medirlas constantemente y menos hacer un mapeo de sus procesos. La transformación digital debe de estar planteada desde la misma visión del negocio y aterrizada en la planeación estratégica y propuesta de valor que le darán una diferenciación y ventaja competitiva a un despacho frente a su mercado. El cliente debe ser el único foco, por lo que si un proceso o tecnología no agrega valor desde la perspectiva última del cliente, hay que evaluar si se debe de llevar a cabo. En el caso de los abogados de empresa, la visión de negocio se ve reflejada en ser integrados como eje estratégico desde el diseño de los productos o servicios y no ser consultado hasta el final de los procesos de desarrollo, cuando la detección de un riesgo

María Belén Pose, Janet Huerta Estefan y Wolfgang Pichler.

jurídico que no había sido contemplado puede inclusive rechazar un proyecto y entonces ser percibido como un freno para el desarrollo de los negocios. Por ello, cada vez más empresas integran en la primera línea de negocio a los abogados. LOS ABOGADOS DEBEN ABRIR LA PUERTA A COLABORAR CON OTRAS DISCIPLINAS Para Janet Huerta, una de las razones por las que existe en el gremio resistencia a la tecnología y a la transformación digital es porque los abogados se encuentran abrumados. Adicional a todas las exigencias y constante actualización que les exige su área de práctica, ahora deben de saber de tecnología, negocios, marketing y un sinfín de nuevos conocimientos. Inclusive hay quienes afirman que los abogados digitales deben de saber programar o manejar las redes sociales. “Yo considero que no es así. Claro que, para dar

una mejor asesoría a sus clientes, el abogado debe usar la tecnología, tener el conocimiento de cómo funciona y de cómo ésta ha impactado en las diversas industrias, pero no debe saberlo todo. Los abogados han sido entrenados para tener la razón (si no cómo ganaría un juicio o un argumento). Y este es un gran freno para la innovación y la colaboración. Es importante tener la claridad de cuál es nuestro expertise y habilidades, ya que son éstas las que pondremos en la mesa de la colaboración. Después, sólo hay que dejar de creer que nuestra opinión es la correcta, abrirnos a complementar visiones y generar mejores propuestas y soluciones con las aportaciones de otros.” Se trata de tener el conocimiento del cliente, de la industria y de las problemáticas que surgen en las interacciones de la cibersociedad, y saber trabajar en equipo para dejar que profesionales de otras disciplinas vengan a aportar lo que saben y

juntos lograr propuestas de mayor valor para nuestros clientes.” Janet huerta considera que en las empresas ya existen equipos interdisciplinarios para resolver problemas o desarrollar proyectos específicos, de esta misma forma los equipos en los despachos no deben de estar conformados sólo por abogados. En países avanzados como Estados Unidos la proporción llega a ser del 50% de profesionales con carreras diversas al Derecho. Asimismo, deben tener una persona encargada de innovación y de los procesos de transformación digital. “Por todo esto —concluyó Janet Huerta—, digo que el proceso de transformación digital no es cuestión de recursos sino de visión. Recursos siempre hay, pero la visión de priorizar la transformación digital hará que el recurso se destine a la transformación organizacional integral que se requiere para que sea exitosa esta transición hacia la era digital.”

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CADALSOS BALANCE DEL GOBIERNO EN EL CUARTO INFORME EN UN AÑO El pasado 1º de diciembre se cumplió el primer año del mandato del Presidente AMLO, de la alternancia hacia la izquierda y de la 4T, como la ha denominado el propio López Obrador. Como ya es su costumbre, rindió un informe más a lo grande en la que ya es su plaza, la Plaza de la Constitución, repleta de simpatizantes. Mientras tanto, del otro lado, en el Paseo de la Reforma, sus opositores, los que ha denominado como neoliberales, fifís, prianistas, etc, esos que se oponen al cambio, se manifestaban en contra de su gobierno. Pero como si no existieran las críticas o las fallas, AMLO afirmó que la base del cambio quedó asentada en “una nueva Constitución”, haciendo referencia a las siete reformas más importantes que impulsó con Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión. Aseguró que hay mejor repartición de la riqueza, aunque sin crecimiento

económico. Por supuesto, mencionó los desencuentros con Estados Unidos, aunque se mostró agradecido con su homólogo por ofrecer ayuda y reafirmó que la cooperación bilateral siempre será de respeto a la soberanía. Uno de los temas más escabrosos es el de la persistente y crisis de seguridad y violencia que va en crecimiento, sin embargo, AMLO se mostró positivo y firme con su estrategia de seguridad y confiado en que los programas sociales hagan su parte para no fallarle al pueblo bueno y sabio. Aprovechó este cuarto informe del primer año de gobierno morenista para manifestar sus buenos deseos para el próximo año y que vivamos “en una sociedad mejor, más libre, justa, próspera, democrática, pacífica y, sobre todo, fraterna”. ¿Habrá querido decir que parará las descalificaciones en sus conferencias mañaneras? Bueno tendremos un año más para otorgarle el beneficio a la duda.

MARA GÓMEZ NUEVA TITULAR DE LA CEAV El pasado 10 de diciembre el Pleno tres propuestas con los requisitos del Senado de la República designó legales, las comisiones de Derechos por la mayoría calificada de los Humanos, Justicia y Gobernación legisladores presentes a la Dra. emitieron un dictamen previo que se Mara Gómez Pérez como nueva pronunció por la elegibilidad de las Titular de la Comisión Ejecutiva participantes, inclusive el senador de Atención a Víctimas (CEAV) por Cristobal Arias Solís, Presidente un periodo de cinco años (2019de la Comisión de Gobernación 2023). En el proceso participaron 3 expresó que las tres eran candidatas mujeres propuestas por el Presidente "extraordinarias", desestimando de la República, la alegida quien las acusaciones vertidas en el es Doctora en Derecho, obtuvo proceso de oscultación. La nueva 109 votos; Melva Adriana Olvera Presidenta Mara Gómez tiene una Rodríguez, Licenciada en Ciencias amplia experiencia profesional en de la Comunicación, obtuvo 20 el ámbito jurídico y de derechos votos; y María de los Ángeles Haces humanos y cuenta con estudios en Velásco, Licenciada en Psicología Derecho Internacional Humanitario Social, obtuvo 15 votos. No obstante y Sistema Interamericano de que algunos Senadores como Emilio Derechos Humanos. Durante trece Álvarez Icaza, pidieron al pleno que años trabajó en diversas áreas en se rechazara la terna por que en su la Suprema Corte de Justicia de la opinión no cumplían ninguna de las Nación y sustituye al expresidente 76 | Foro Jurídico

de éste organismo Jaime Rochin quien dejó un mal sabor de boca en ésta importante tarea en favor de las víctimas de delitos, que son muchas en México.


EL PRIMER AÑO DEL MINISTRO PRESIDENTE EN LA ERA DE LA 4T

En sesión solemne, Arturo Zaldívar rindió su primer informe al frente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Desde que asumió el liderazgo del Poder Judicial de la Federación ha causado algunas incomodidades a personajes de la política actual y no tan actual, si no pregúntenle al expresidente Felipe Calderón. Aunque hay

sensación de la injerencia de otros Poderes en el PJF, el Ministro Presidente Zaldívar ha sido firme en su postura de defensa a la autonomía e independencia de los órganos de impartición de justicia, particularmente del Alto Tribunal. En su informe destacó cinco ejes sobre los que se basa la “profunda autorreforma del Poder Judicial”: el combate a la corrupción, la erradicación del nepotismo, la paridad de género, la cercanía con los ciudadanos y la austeridad. Durante su discurso soltó algunas cachetadas con guante blanco, y enfatizó que se deben cerrar brechas del deber ser de la justicia y la que se imparte realmente; “no es posible juzgar desde una perspectiva de privilegio y debemos rendir

cuentas a la sociedad”, puntualizó. Para concluir señaló que el diálogo con los otros Poderes es vital para lograr los cambios, así se dará “la reforma con y para el PJF”, e informó que pronto darán a conocer las iniciativas de reformas legales necesarias para concretar la profunda y necesaria reforma. En efecto, ha sido un año muy productivo para el Ministro, quizá el próximo año tengamos noticias de la implementación de la reforma y esperemos traiga bajo el brazo un nuevo método de elección de Ministros para alejarse de la vieja controversia de ser a modo. Finalmente, como aseguró el Ministro: hacemos votos “por un poder renovado, abierto y cercano a los ciudadanos”.

INSTALAN SALA CONSTITUCIONAL EN LA CDMX El pasado mes de diciembre se instaló en el Tribunal Superior de Justicia de la CDMX (TSJCDMX) la primera Sala Constitucional, derivado del mandato que emana de la primera Constitución de esta nueva entidad federativa autónoma. El Presidente del Tribunal, Rafael Guerra Álvarez, tomó protesta a los siete magistrados que integran este nuevo Tribunal que velará por el respeto la Constitución de la CDMX, quienes fueron elegidos por sus compañeros del Pleno de Magistrados mediante votación libre y secreta entre aquellos que gozan de prestigio, experiencia y una labor destacada en la judicatura, siendo los designados Adriana Canales, Eduardo Alfonso Guerrero, Antonio

Muñozcano, Sara Patricia Orea, Jorge Ponce, Lilia Romero y Javier Ayala Casillas, este último presidente de la Sala. Durante su mensaje el Magistrado Presidente Guerra Álvarez señaló que el control constitucional tiene como objetivo principal invalidar todos aquellos actos y normas que sean contrarios a la Constitución local y a las leyes que de ella emanan, a fin de mantener los poderes políticos dentro de los límites de sus atribuciones. Enfatizó que la nueva Sala Constitucional resolverá controversias constitucionales y acciones de constitucionalidad y acciones por omisión legislativa y de cumplimiento en contra de titulares de poderes públicos, organismos autónomos y las alcaldías, así como de

impugnaciones de resoluciones definitivas emitidas por jueces de tutela de derechos humanos y en contra del procedimiento de referéndum. Habrá que definir que estas facultades no se contrapongan con las que tiene en estas materias la Suprema Corte.

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LIBROS RECOMENDADOS

Lucio Alfonso Rubio Antelis. Flores Editor y Distribuidor, 2017.

CONTEXTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD SUPRANACIONAL DE DERECHOS HUMANOS AL SISTEMA PENAL

Los sistemas jurídicos penales de todo el orbe han sido trastornados por los convulsivos e inesperados efectos de la globalización, transformando la realidad jurídica de las poblaciones. La contextualización de la normatividad supranacional de derechos humanos al sistema penal se interesa por los diferentes cambios sufridos por este fenómeno en el contexto jurídico local. Por ello, se destaca la importancia que guardan las normas internacionales en materia de derechos humanos y su aplicación a los modelos, formas y sistemas del derecho penal en el ámbito regional. La obra se ofrece como un instrumento normativo para facilitar el trabajo cotidiano de los administradores de justicia en los diferentes ámbitos punitivos y abarca diferentes aspectos doctrinarios, la normatividad aplicable, los diferentes criterios jurisprudenciales tanto locales como internacionales que en conjunto conciernen a los sistemas locales de justicia penal.

COMPLIANCE PENAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL Y SOCIETARIA DE LOS ADMINISTRADORES

Manuel Ruiz de Lara, Óscar Serrano Zaragoza y Luis A. Gollonet Teruel. Bosch (Wolter Kluwer), 2018.

El artículo 31bis del Código Penal ha introducido un sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas que ha supuesto, implícitamente y de facto, el establecimiento de un deber normativo dirigido mediatamente a los administradores sociales y cuyo contenido consiste en que éstos, en el ámbito de su deber fiduciario de gestionar la empresa con la diligencia de un ordenado empresario, deben configurar una estructura organizativa en el seno de la persona jurídica objetivamente idónea para reducir o minimizar el riesgo jurídico-penal de que una persona física integrada en la misma cometa un delito. El incumplimiento de dicho deber normativo por parte de los administradores sociales, tanto por omisión imprudente como dolosa, conllevará su responsabilidad civil/ societaria, siempre y cuando de dicho incumplimiento se haya derivado cualquier clase de daño o perjuicio patrimonial para la sociedad, y de modo reflejo, para los socios y acreedores.

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Walter Arellano Hobelsberger, Miguel Bonilla López y Adriana L. Campuzano Gallegos. Ubijus, 2017.

REFLEXIONES SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS. LA OPINIÓN DE LOS JUECES NÚMERO 1.

Esta obra contiene la opinión de los jueces sobre aspectos de análisis e interpretación constitucional, como inicio de los trabajos que realizan para la elaboración de la Colección Constitucional. Lo relevante de este trabajo, es la conjunción del conocimiento tanto teórico como práctico en la interpretación de las instituciones constitucionales, esto es, no se limita a un análisis abstracto conforme a la teoría del Derecho, sino en conjunción con la experiencia práctica del juzgador. Lo que brinda una mejor perspectiva de las instituciones fundamentales del derecho para su mejor interpretación y aplicación en situaciones concretas. Se destaca que la opinión que brindan los juzgadores en esta obra parte de la premisa del análisis del mismo precepto constitucional, pero a partir de las diferentes especialidades de cada juzgador, lo cual brinda una mayor y mejor opinión del tema en análisis.

TEMAS DE DERECHO PENAL PARA EL SEGUNDO CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA. DELINCUENCIA ORGANIZADA, DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS Y CRIMINALIZACIÓN DE LOS MOVIMIENTOS MIGRATORIOS.

Eduardo López Betancourt Roberto Carlos Fonseca Luján (coordinadores). Tirant Lo Blanch, 2019.

La presente obra reúne cuatro conferencias magistrales presentadas en la Facultad de Derecho de la UNAM, los días 27 y 28 de febrero de 2017, durante el Ciclo de Conferencias La Constitución y el Derecho Penal, celebrado en el marco de las actividades conmemorativas del Centenario de la Constitución de Querétaro. En los trabajos, presentados por académicos de España y México, se discuten los principios de carácter penal que contiene la Constitución y se analiza su evolución a un siglo de la promulgación. En un diálogo fructífero entre el derecho constitucional y el derecho penal, se conectan tres discusiones relevantes de la política criminal contemporánea con la carta constitucional mexicana: delincuencia organizada, derechos de las víctimas y políticas penales en la época de la posverdad.

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COLUMNA

EL MARCO DEL PODER

ANTICORRUPCIÓN Y COMPLIANCE PARA EL FUTURO Marco V. Herrera marco.herrera@forojuridico.org.mx www.twitter.com/@Marcovherrera

El Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés), acaba de lanzar a nivel mundial, justo a un mes antes de la celebración de su reunión anual en Suiza, un nuevo Manifiesto para Davos 2020.

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laus Schwabs, fundador y Presidente de esa asociación, comentó, “El Foro Económico Mundial está lanzando este nuevo manifiesto que establece: Las empresas deben pagar sus impuestos justos, mostrar tolerancia cero a la corrupción, defender los derechos humanos en sus cadenas de suministro globales y abogar por un campo donde exista una mayor competencia competitiva”. El Foro Mundial da a conocer este manifiesto en función de un nuevo capitalismo que se ha venido proyectando desde hace algunos años, el capitalismo enfocado hacia los grupos de interés que rodean a las empresas, lo que implica que las acciones de las compañías deberán de estar orientadas a que sus operaciones sean responsables con los retos sociales y climáticos. Esta nueva orientación tiene que ver con el factor “Greta Thunberg”, la adolescente que hace llamados a

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las grandes empresas y a los Presidentes de los principales países del mundo a que se tomen las medidas necesarias para cuidar el ambiente, obviamente apoyada por las nuevas tendencias de los jóvenes millenials y la generación Z que no quieren trabajar, invertir o consumir productos y servicios de empresas que no tienen valores y que sus operaciones no respetan a la sociedad ni a los retos ambientales que enfrenta el planeta. Es interesante ver el gran cambio que se ha dado en la sociedad de negocio, cuando podemos recordar que en el año del 2010 inicio la gran ola mundial de la creación de las regulaciones antilavado de dinero, anticorrupción y que ha derivado en los sistemas de compliance de las empresas. Considero que además de las nuevas políticas públicas y las constantes regulaciones en esta materia, esta iniciativa va a dar un fuerte

apoyo a las políticas empresariales de llevar al siguiente nivel a los sistemas de compliance en el mundo. Bajo esta lógica, el compliance, que pasó de ser una moda a considerarse un proceso estable y parte de la operación de las empresas, ante este nuevo escenario, podrá subir a un nuevo nivel de madurez en las empresas, siendo la única forma de complementar este nuevo capitalismo responsable y así convertirse en la regla de operación más efectiva para mantener las operaciones con bajo riesgo y muy bien orientadas a las necesidades de los grupos de interés que están preocupados por que las empresas con las que se relacionan sean responsables con las necesidades sociales y del planeta. Esta nueva tendencia apoyará al desarrollo, inversión e implementación de nuevos sistemas de cumplimiento para que los negocios puedan estar totalmente alineados a los intereses mundiales. Los humanos hemos depredado el medio ambiente y a ciertos grupos sociales buscando utilidades como último fin de las empresas, esta nueva regla autoimpuesta por el Foro Económico Mundial habrá de dar una nueva orientación a un capitalismo más responsable. Para los encargados de los sistemas de compliance de las empresas es una buena noticia, ya que podrán trabajar con mucho mejor apoyo de los Consejos Directivos para poder cumplir con las normas legales y ahora de mejor manera con los intereses de la sociedad y el cambio climático.




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